¿Y el reglamento de la Ley de Reforma Magisterial?La Ley de Reforma Magisterial se aprobó a fines de noviembre y su contenido hacía referencia a dos fechas importantes. Por un lado, establecía que en sesenta días debería presentarse un proyecto de Ley sobre carrera docente para escuelas e institutos superiores de educación. por otro lado, en noventa días debería estar listo el proyecto de reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. Al 14 de abril no se había publicado ninguno de los dos dispositivos.  Las especulaciones sobre la demora en aprobarlos son justificadas y siembran dudas acerca de si la decisión de cambiar la Ley de Carrera Pública Magisterial fue correcta. Los problemas de gestión continúan siendo el Talón de Aquiles de la política magisterial. Lo grave es que no hay indicios de que la situación cambie; por el contrario, el tiempo pasa y surgen nuevos compromisos que el sector debe asumir para cumplir lo dispuesto en la ley. Preocupa el silencio de las autoridades. Frente al tiempo que ya ha transcurrido desde que se vencieron los plazos una explicación debió haberse dado. El magisterio nacional es suficientemente maduro y comprensivo como para entender las razones de un retraso en la aprobación de estos dispositivos. Sin embargo, el silicio no solo genera especulaciones respecto de lo que supuestamente se trama, sino que la ausencia de las normas mencionadas deja varios temas en el limbo. Muchas veces la administración no sabe como resolver determinadas situaciones; otras veces, frente a la ausencia de normas, algunos burócratas se aprovechan para aplicar a su propio criterio lo que creen que debe hacerse. Si estas decisiones fueran justas y transparentes el problema sería menor. Lo que sucede es que el vacío legal genera muchas veces abuso, compadrazgo y un desprestigio de la Ley. Ojalá esta situación se supere en los siguientes días. Ademas se espera que el reglamento aclare varios aspectos de la Ley; entre ellos, las asignaciones que deben recibir los profesores por ejercicio de determinados cargos o trabajo en determinadas áreas y tipo de escuelas. Los tres primeros meses de aplicación de la Reforma Magisterial han sido de decepción para algunos profesores que no recibieron sus haberes tal como fue ofrecido. Las evaluaciones que desde un ángulo particular he realizado muestran que las planillas no han sido bien confeccionadas y que a los profesores se les paga un haber líquido menor que el que deberían recibir. Para bien del magisterio y de la educación nacional, deseamos que lo más pronto posible se superen estos problemas.    

¿Y el reglamento de la Ley de Reforma Magisterial?

Autor: Hugo Diaz Publicado: abril 14, 2013

La Ley de Reforma Magisterial se aprobó a fines de noviembre y su contenido hacía referencia a dos fechas importantes. Por un lado, establecía que en sesenta días debería presentarse un proyecto de Ley sobre carrera docente para escuelas e institutos superiores de educación. por otro lado, en noventa días debería estar listo el proyecto de reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.

Al 14 de abril no se había publicado ninguno de los dos dispositivos.  Las especulaciones sobre la demora en aprobarlos son justificadas y siembran dudas acerca de si la decisión de cambiar la Ley de Carrera Pública Magisterial fue correcta. Los problemas de gestión continúan siendo el Talón de Aquiles de la política magisterial. Lo grave es que no hay indicios de que la situación cambie; por el contrario, el tiempo pasa y surgen nuevos compromisos que el sector debe asumir para cumplir lo dispuesto en la ley.

Preocupa el silencio de las autoridades. Frente al tiempo que ya ha transcurrido desde que se vencieron los plazos una explicación debió haberse dado. El magisterio nacional es suficientemente maduro y comprensivo como para entender las razones de un retraso en la aprobación de estos dispositivos. Sin embargo, el silicio no solo genera especulaciones respecto de lo que supuestamente se trama, sino que la ausencia de las normas mencionadas deja varios temas en el limbo. Muchas veces la administración no sabe como resolver determinadas situaciones; otras veces, frente a la ausencia de normas, algunos burócratas se aprovechan para aplicar a su propio criterio lo que creen que debe hacerse. Si estas decisiones fueran justas y transparentes el problema sería menor. Lo que sucede es que el vacío legal genera muchas veces abuso, compadrazgo y un desprestigio de la Ley.

Ojalá esta situación se supere en los siguientes días. Ademas se espera que el reglamento aclare varios aspectos de la Ley; entre ellos, las asignaciones que deben recibir los profesores por ejercicio de determinados cargos o trabajo en determinadas áreas y tipo de escuelas.

Los tres primeros meses de aplicación de la Reforma Magisterial han sido de decepción para algunos profesores que no recibieron sus haberes tal como fue ofrecido. Las evaluaciones que desde un ángulo particular he realizado muestran que las planillas no han sido bien confeccionadas y que a los profesores se les paga un haber líquido menor que el que deberían recibir.

Para bien del magisterio y de la educación nacional, deseamos que lo más pronto posible se superen estos problemas.

 

 

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  • DOCTOR PREVIO UN CORDIAL SALUDO, ME PODRÍA ORIENTAR EN EL CASO DE QUE UN AUXILIAR DE LABORATORIO NO CUMPLE CON SUS HORAS DE TRABAJO DE 8 HORAS DIARIAS APROXIMADAMENTE SOLAMENTE LABORA 5 HORAS Y ESTO TIENE CONOCIMIENTO EL DIRECTOR Y EL EQUIPO DIRECTIVO, Y NO TOMAN LAS MEDIDAS CORRECTIVAS DEL CASO YO COMO DOCENTE EXIJO EN DIFERENTES REUNIONES Y EL DIRECTOS HACE CASO OMISO A MI PEDIDO, QUE ACCIONES TOMARÍA AL RESPECTO A QUE OFICINA DE LA UGEL ME APERSONARIA

  • Doctor gracias por la aclaración que me pueda dar, soy un profesor jubilado de la 20530 con 30 años de servicios y V nivel magisterial,con pensión nivelable como reza en mi boleta de pago pero con la modificación y derogatoria de la ley 20530 nos ha dejado con un sueldo miserable que recien llegamos a los 1000 soles, en cambio los que se están jubilando con la ley 29944 tienen mejor jubilación que nosotros que estuvimos en el último nivel magisterial y que por tener nuestros años se nos recorta nuestro sueldo, no cree que por lo menos nos corresponde el sueldo se nos nivele con los sueldos de los que se están jubilando recien,
    Le agradezco su comentario.

  • Hola doctor…deseo actualizar la inquietud de la docente Gladys Sullon Leon, en vísperas de las evaluaciones excepcionales para reubicación de nivel, y no se nos está permitiendo paricipar, a pesar que ya muchos de nosotros hemos obtenido el grado de licenciados en educación y se nos está considerando como docentes interinos a pesar que hemos sido nombrados mediante concurso publico y tenemos ya mas de 14 años de servicios….¿Puede informarnos qué se está legislando en el reglamento de la LRM con respecto a los docentes que habiendo obtenido su titulo, siguen aún considerados en las escalas A,B,C ? ¿Cuándo será la evaluacion para estos docentes y puedan así ingresar a la LRM? ¿Pueden acceder a otros niveles considerando que tienen muchos años de nombrados.?……Gracias

  • saludos Dr. Hugo felicitaciones por las orientaciones que nos puede brindar en este espacio virtual. mi consulta es la siguiente:
    en un colegio donde hay un director y un sub director de formacion general, (no hay otra sub direccion mas) como delimitar las funciones entre un director y sub director, hay alguna norma legal que nos permite diferenciar entre las funciones que tiene un director y un sub director dentro de una Institucion Educativa quisiera que me oriente en este sentido porque acabo de asumir funciones de una sub direccion, donde el director acostumbra hacer la mayoria de actividades del colegio, y para no caer en incumplimiento de funciones quisiera saber cuales son mis responsabilidades como sub director amparado en un documento legal (si lo hubiera)

    • Sideral. Debe haber un reglamento interno en el colegio. Allí tienen que estar las funciones. En twrminos generales, al subdirector se le delegan funciones que tienen que ver con la parte académica, por ejemplo coordinar a los jefes de área, la preparación del PCC, etc. Si no hay reglamento interno busque uno de un colegio de lis alrededores y traten de elaborar el suyo. Saludos

  • Gracias Doctor por haber contestado mi pregunta, me siento muy halagada.
    Yo venía recibiendo S/180 por haber obtenido el grado de Magister en Educación desde el 2010, en ese año obtuve el grado, todos los meses desde el 2010 hasta diciembre del 2013, enero 2014 ya no nos vino, somos varios maestro, creo que todos los que obtuvieron el grado de Magister hasta antes que se apruebe la Ley de Reforma Magisterial, yo vengo de la Ley del profesorado del tercer nivel, hoy estoy en la segunda escala, soy de la UGEL Cajamarca.
    He consultado en la Ugel y dicen que están consultando al Ministerio.

    • Ylsa. Las normas sobre Reforma Magisterial lo que dicen es que la bonificación por maestría que venían recibiendo los profesores que estaban en la Ley del Profesorado se mantendrán. No es así para los de la CPM. Solo en el caso de los que obtengan el posgrado después de aprobada la ley reciben la bonificación por una sola vez. Deberían reconocerles. Saludos

  • Buenas tardes, Prof. Hugo me siento indignada con colegas que no merecen llamarse personas, bien empezaré por contarle que tengo una bebe de 13 meses, pues trabajo en un lugar lejos de mi familia. Gracias a dios me fue bien con la bebe, le conseguí nana, luego a los 6 meses la puse a un cuidado diurno cuna + que quedaba frente mi institución. Acabo de enterarme de un proceso en mi contra porque según dice, yo trabajaba con mi bebe, pero es mentira, yo pedí autorizaCión a mi directora solo por 10 minutos los lunes y jueves porque la cuidadora de la cuna venia tarde, digame prof. Hugo ser madre y docente a la vez es pecado que merecería proceso administrativo..¿ solo por proteger a mi bebe 10 minutos ¿¿ . Cree usted que me sancionarían por eso, acaso el gobierno no podría perdonarme por ser madre

    • Gandhy. No sé cuán largo haya sido el periodo en el cual usted se tomaba esos 10 minutos y tampoco si hizo el intento de recuperar esos diez minutos con un trabajo adicional con sus alumnos que podrían haberse perjudicado si la tardanza era reiterativa. Las autorizaciones hay que recibirlas por escrito, de lo contrario no hay como probarlas. lamento su situación. espero que con voluntad se pueda superar. Saludos

        • Gandhy. El problema podría haberse producido posiblemente por falta de un acuerdo previo con el director respecto de cómo balizaría su trabajo. No conozco suficientemente el caso como para darle una opinión definitiva. saludos

          • Prof. Hugo, quien puso la denuncia por abuso, exceso de permisos y haber llevado a mi bebe al colegio, fue un docente, sin el conocimiento de la dirección, este docente lo esta haciendo en forma de venganza porque yo como coordinadora académica de mi institucion presente un informe de mal comportamiento de su pareja una docente contratada, y esta me tomo fotos aprovexhando que tenia a mi bebe en brazos, aparte yo no tengo abuso ji exceso de permisos, las que tengo son licencias y autorizaciones por parte de la dirección para ir a la ugel, señor Hugo, no se imagina la indignación que tengo, pero, ya no creo en nadie, me dicen que no me preocupe, hago mi descargo y punto, pero no quiero nada negativo para mi persona muy no menos para mi perfil profesional….. prof Hugo digame usted que opina, es tan grave esto¿¿¿¿

          • Gandhy. Si es por venganza de otra persona está muy mal. No es un delito que usted vaya con su niño al colegio si los alumnos no pierden clases. Lo que si es una falta de consideración es que alguien quiera aprovecharse de una situación en que por razones de fuerza mayor usted no puede alejarse de su niño antes, haga una denuncia solo con el afán de hacer daño. Me imagino que otros docentes que trabajan con usted estarán indignados de esa denuncia y actitud. Por lo menos eso debe reconfortare, pero comprendo su molestia. Saludos

  • DR. HUGO BUENAS NOCHES.
    QUERÍA PREGUNTARLE, SI UN DOCENTE QUE ESTÁ POSTULANDO AL CONTRATO PARA ESTE AÑO, PRESENTA SUS RESOLUCIONES DE CONTRATO AÑO POR AÑO, PERO NO PRESENTA LOS TALONES DE CHEQUE QUE LO JUSTIFIQUE, ¿ES CIERTO QUE NO SE LE CONSIDERA NINGÚN PUNTO EN SU EXPEDIENTE?
    ESPERO SU RESPUESTA D. Y GRACIAS POR BRINDARNOS SU ORIENTACIÓN.

  • Señor Hugo, buenas tardes: le escribo por intermedio de mi correo de parte de una colega que teme escribir de su correo por temor a replesalias, me comenta que en la I.E.”Simóm Bolivar” del distrito de Sunampe-UGEL CHINCHA, despies del cese del director,en el mes de octubre han encargado la dirección a un profesor que esta en la II Escala, habiendo docentes en la IV y V escala que están postulando a la dirección, el profesor encargado ha venido cobrando 40 horas y nunca cumplió su jornada , asimismo es avalado por el Jefe de personal Señor MATTOS, doctor creo que todo las quejas que hacen llegar los colegas por este medio deben ser comunicados al ministro y, que se exiga a las UGELES cumplir con las normas, todos estos problemas que causan malestar a nivel nacional, es porque las autoridades no respetan las normas,creo que lo mejor será que se respete la escala magisterial en la ratificación de los cargos para el año 2014, porque estos docentes si postularon a la carrera publica magisterial.

  • Buenas tardes,hay colegios de SJL ,donde los directores dicen que ya no hay el Programa de Recuperación Pedagógica ,pero en cambio existe Vacaciones útiles donde enseñan los cursos de comunicación y matemática y los porcentajes que le toca al personal docente ,directivo ,administrativo es como menciona Gloria,me parece que es lo mismo ,es más a este programa siempre enseñan los mismos docentes todos los años ,ya que son muy amigos de los directivos,deben de dar oportunidad a todos los docentes que trabajan en el colegio,los directores tienen que ser imparciales ,pero no es así. Y son profesores que muchos de ellos no tienen tiempo para capacitarse fuera de su horario en el año escolar ,pero cuando se trata de dinero ,si tienen tiempo en vacaciones, que les parece, y así existen muchas…. irregularidades en ese colegio de SJL-ugel 05 y parece que en la mayoría de colegios de todo el Perú. Hay pocos docentes que si están comprometidos con lograr buenos aprendizajes , a pesar de muchas dificultades de que no se les reconozca su labor,esa es la triste realidad.

  • DOCTOR HUGO
    HAN TRANSCURRIDO 11 MESES DESDE QUE LA UGEL 02 NOS HIZO TRABAJAR EN NUESTRAS VACACIONES (ENERO Y FEBRERO) HASTA LA FECHA NO NOS PAGAN, CUANDO UNO VA A LA UGEL NADIE SE HACE RESPONSABLE, PERO SIN EMBARGO SI NOS HICIERON ENTREGAR LAS ACTAS DE NOTAS DE RECUPERACION ACADEMICA.
    POR FAVOR DOCTOR HUGO PONGA EN CONOCIMIENTO A LAS AUTORIDADES DEL MED DE LO QUE ESTA PASANDO EN LA UGEL 02 Y QUE TOME LAS MEDIDAS CORRECTIVAS Y SE NOS ABONE LO QUE SE NOS ADEUDA.

  • DR. HUGO DIAZ, QUISIERA PREGUNTARLE, QUE PASARÁ EN ALGUNAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS QUE SUS DIRECTORES HAN CESADO Y SÓLO SE ENCARGÓ A ALGUIEN POR 2 MESES ¿SE LES RATIFICARÁ TAMBIÉN?Y ¿cÓMO SE HARÁ CUANDO ALGUNOS DIRECTIVOS CESEN? ¿CÓMO SE ADJUDICARÁN ESAS PLAZAS?
    GRACIAS POR SU RESPUESTA.

    • Anónimo. Mañana voy a estar con el Ministro. Voy a seleccionar alguna de las principales cuestiones que ustedes plantean para dejarle la inquietud. Creo que si hay una norma previa que no se ha reemplazado con una nueva esa seguirá vigente para cualquier proceso. Saludos

  • Dr. Hugo,muchísimas gracias por su repuesta, ya que usted conoce tantos temas sobre Educación, muchos directores han cesado y actualmente hay directores encargados por 2 meses, hasta que asuma el cargo el nuevo director que entrara por concurso, mi consulta es:¡Puede el director encargado, estar cambiando al CONEI, Comité de Recursos Propios y otros? le anticipo las gracias por la repuesta.

  • Dr. Hugo, como le comente anteriormente sobre el PRP, hasta el 2012, cada UGEL emitia una Directiva donde este programa era financiado por los alumnos y los montos recaudados,eran distribuidos de la siguiente manera:
    15 % – Director Coordinador
    65 % – Docentes
    10 % – Personal administrativo
    5 % – Materiales. útiles de escritorio
    5 % – Mantenimiento de talleres,
    Pero el año pasado ha salido un D.S. N° 011-2012-ED,
    donde dice que el PRP es gratuito para los estudiantes y financiado por el estado, mi pregunta es?
    Se esta aplicando este dispositivo y adonde debemos acudir para solicitarlo,gracias por la repuesta.

  • Dr. Hugo Diaz
    Mire me encuentro mal ya que la Ugel donde laboro me debe de un cheque del año pasado que pasó a devengado. Lo que pasó fue que mi hijo que es pequeño cogió el cheque y yo no lo encontraba, después de una semana encontré el cheque pero cuando fui a cobrar ya se había vencido. Presenté un FUT a la ugel (el cheque era de noviembre) y hasta ahora no me pagan, es más hablé con el administrador y muy frescamente me dijo que no se me pagará ya que ese dinero se devolvió. Estoy indignada que se maltrate así al magisterio, es un dinero que me corresponde por un mes de trabajo y no es que no quise cobrarlo sino que se extravió y luego de buscarlo lo encontré. Por favor oriénteme qué puedo hacer, ya casi es un año que voy semanalmente a la ugel y nada de pagarme. Oriénteme. Se lo agradeceré.

    • Fanny. No le pueden decir que el dinero se perdió. Usted presente su FUT solicitando que e hagan el cheque nuevamente. Posiblemente demorarán un par de meses en devolverle el dinero pero deben hacerlo. Presente pronto su fUT. Si hay resistencia del especialista preséntelo notoriamente. Saludos

  • Dr. Reciba mis cordiales saludos.
    Con respecto a los 3 días,el oficio 078 – 2013 considera también a los docentes de las escalas magisteriales dice:
    “Al personal docente de Educación Básica y Técnico Productiva ubicado en las Escalas Magisteriales, de la Ley de Reforma Magisterial, en aquello que no se oponga a la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, en tanto el MINEDU dicte las normas complementarias para la aplicación de las diferentes acciones de personal inherentes a su régimen laboral.”
    Dr. Este oficio se emitió el 29 de agosto de 2013, cuando ya existía el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial(mayo 2013); y allí, no se menciona o prohibe los 3 días. Por lo tanto los docentes podrían hacer uso de esos días. Gracias.

  • Dr. Hugo Diaz:
    Me gustaría consultarle sobre el concurso de reubicación de escala magisterial, la cual dice que se dará en diciembre, mi caso es el siguiente:
    Soy docente nombrada en marzo de 1998, y cuento con 4 años de contrata, en mi informe escalafonario sale que tengo 20 años de servicio ( nombramiento más servicios accidentales), quisiera saber a qué escala magisterial me corresponde presentarme,además cuento con el grado de Dr. en educación.
    De antemano gracias por despejarme la duda.

  • Buenas noches profesor, tengo una consulta, el MINEDU emitió un ofiCio N° 00078-2013 MINEDU/SG-OGA-UPER con fecha 29 de agosto del 2013, donde precisa la vigencia de la R.M. N° 571-94-ED (reglamento de Control y Asistencia y Permanencia del Personal) lo referido a mi caso es el siguiente que mi Director no quiere hacer efectivo el uso de los 3 días que no nos corresponde aún a cuenta de nuestros 3 días libres,al año ya que esta aún se mantiene en vigencia, me justifica en el sentido que, para los profesores de Educación Básica, no no corresponde, a pesar de existir dicho documento, y me quiere proceder al descuento, ud mas versado le hago la pregunta: se mantiene o no la vigencia de los 3 días al años tomados como día libre?. gracias.

    • César. El oficio que dió origen al 00078 se circunscribe a los profesores que no están en la carrera, a los administrativos y auxiliares. Ha habido una región como Arequipa que ha extendido ello a los profesores que sí están en una de las escalas de la Carrera pero la mayor parte de las regiones no lo ha hecho. En tanto no haya ese respaldo el Director no puede otorgarle los tres dias de permiso. Estaría el director en una sanción si lo hace sin respaldo. Saludos

  • Como es de conocimiento pùblico el sueldo mìnimo vital actual en el Perù es de 750 NS , lamentablemente miles de centros educativos particulares pagan remuneraciones a su personal docente de 300 a 500 ns en el mejor de los casos, contando varios de ellos con un gran nùmero de alumnos matriculados y rentabilidad en sus ingresos .Para colmo de males un docente en un colegio particular al ingresar tienen que comprar dos juegos de ternos y un buzo que te lo descuentan de la mensualidad, como laboran hasta las 3 ò 4 de la tarde dictando talleres de refuerzo a parte de los estudiantes tienen que comer al mediodìa en la calle y con el gasto en pasajes , algunas veces los citan los dìas sàbados y domingos para reuniòn con los padres y talleres de refuerzo , en promedio un docente invierte o gasta algo de 300 n soles y no gana màs de 100 a 200 soles lìquidos mensual¿quièn defiende los derechos laborales de los docentes?¿el MINEDU?¿el SUTEP PATRIA ROJA? ¿el SUTE CONARE?¿LOS DUEÑOS DE LOS COLEGIOS PARTICULARES EN EL PERÙ TIENEN CARTA LIBRE PARA EXPLOTAR A LOS DOCENTES ?

      • demasiada demanda laboral. el sutep de patria roja solo defiende su status quo frente a la administracion de la derrama en este triste país nadie defiende a los profesores ni ellos mismos. segun las directivas disque reformistas y revalorativas del magisterio el minedu programa capacitaciones fuera del horario laboral a las que un magisterio inseguro y timorato acude afectándose económica y físicamente. programa actividades tremendistas como el dichoso día del logro sin haberse en realidad hecho aun nada significativo ni pedagogicamente ni remunerativamente para mejorar la educacion. nos han impuesto una ley que vista desde lejos puede verse conveniente la realidad es que yo profesor de matematica en secundaria no he visto mejora y segun la ley solo tengo la esperanza de un aumento de 170 soles cada 4 años si asciendo en los niveles de esta reforma estoy en primer nivel y mi aumento real al pasarme de ley del profesorado a LRM ha sido de 27 soles han programado en el papel 2 evaluaciones de reubicacion que ya deberian andar pora la segunda este gobierno incumple lo dispuesto por ellos mismos al igual que la demora en sacar el reglamento otro aplazamiento de medio año para las reubicaciones.
        yo le recomiendo si aun es joven y tiene energia no despercielas trabajando en el magisterio dediquese a otra cosa esta carrera lo va a sumir en la pobresa economica y moral , no se imagina el impacto emocional de saber que estas condenado a ser pobre un ayudante de albañil gana mas que nosotros un barrendero municipal mucho mas un portero de edificio mucho mas no hay vocacion que aguante esa palabra vocacion ha venido siendo usada por todos como argumento para justificar la postergacion profecional de la somos objeto.
        cuide ud el bienestar economico emocional y trate de ofrecerle mejores oprtunidades de buen futuro a sus hijos ahorrese el estres causado por la impotencia.
        la mayoria como ha visto termina acostumbrandose domesticado trata de cumplir las disposiciones sin levantar su voz. dejando de cumplir con lo primero q debemos inculcar en nuestros alumnos el analisis la discusion y la expresion .
        yo tengo 10 años de nombrado insufribles años que parecen 50.
        este trabajo no da satisfacciones.

  • Señor Hugo Diaz Buenas tarde, quisiaera hacerle una consulta sobre los permisos con goce de haberes, hace unos dias el director que tengo este año como encargado, nos menciono que los respectivos permisos con goce de haberes ya sean x cita medica, atención medica, gestación,etc, tienen que ser recuperados, realmente yo no soy neofito en el asunto, cosa que le mencione a mi director que en la ley de la reforma no esta contemplado la recuperación de las mismas, ya que se tiene que presentar la documentación perminente del Esalud para que el permiso sea condonado, pero nos volvio a reiterar que el a averiguado y q apartir de la fecha se va recuperar esos dias en el caso faltemos. Me gustaria me acesore al respecto.

  • Profesor Hugo:
    Segùn la Ley de Desarrollo Docente , los profesores tienen que ser evaluados hasta en tres oportunidades para ver si permanecen en sus cargos como nombrados o son separados definitivamente ¿cuando se realizarà esta evaluaciòn?

  • Buenas tardes Doctor. Hoy me apersone a la UGEL 04 a consultar sobre el cronograma para el proceso de reasignación, ya que tengo entendido que se da a partir de octubre aproximadamente. Como mi caso es por salud, el médico de dicha UGEL me mostro un oficio expedido por en Ministerio el 20 se setiembre en el cual quedaba suspendido el proceso de resignación. Por favor me podría dar mayores alcances al respecto. Muchas gracias por su respuesta.

  • Profesor Hugo :
    Que yo recuerde en el año 2008 un docente contratado de educaciòn secundaria ganaba una remuneraciòn lìquida de 1,080 nuevos soles(24 horas) ; sin embargo ahora es de 8,40 ns¿què sucediò?.
    ¿En el año 2015 se realizarà el concurso de nombramiento docente de ingreso al I nivel?¿se tomarà una prueba escrita o serà en una sala de computo?

    • Anónimo. Los docentes de secundaria ganaban igual que los de primaria. La caida de los sueldos de los profesores de secundaria viene con el DS 079 del 2009 donde se establece que un profesor de secundaria gana las 24/30 avas partes de uno de primaria. Algún funcionario del MED cometió la torpeza de proponer ello que luego ha sido dificil de restablecer. Saludos

  • Un docente contratado de educaciòn secundaria (24 horas) gana un sueldo bruto de 957 ns y con el 10% de descuentos por diversos conceptos tiene una remuneraciòn lìquida de 860 ns , se imagina usted como un profesor puede mantener una familia con ese sueldo, adquirir libros para brindar una mejor enseñanza ,capacitarse (especializaciòn , diplomados , maestrìas , etc), para colmo de males cada 5 años caducan sus certificados de capacitaciòn y tienen que volver a invertir màs dinero

  • Saludos:
    Segùn lo que afirma usted ,un docente de educaciòn secundaria gana un sueldo bruto de 957 nuevos soles(24/30 avas partes de 1,196 soles) con un descuento del 10% por diversos conceptos serìa un aproximado de 850 ns lìquido , si el docente labora en una zona rural del interior del paìs ¿tiene algùn tipo de incremento en su remuneraciòn o no ?

  • Saludos profesor Hugo:
    Quiero aprovechar la oportunidad que usted nos brinda en su portal para expresarle lo siguiente:
    Como es de conocimiento pùblico en el departamento de Huànuco en la provincia de Marañòn los escolares casi en su totalidad viven en condiciones de extrema pobreza ,especialmente en las zonas rurales , en donde el profesor es una autoridad muy respetada por las comunidades.
    Es muy usual que las estudiantes(14, 15 , 16 ,17 años de edad) sean en muchos casos sometidas al abuso o chantaje sexual de los docentes , tambièn lo hacen de forma voluntaria para aprobar sus cursos en el nivel secundario , esto no es ninguna novedad, viene desde muchas dècadas atràs , los mismos padres de familia tienen pleno conocimiento de lo que ocurre , pero por su misma idiosincrasia y pobreza en la que viven tienen el criterio que si sus hijas culminan sus estudios y logran casarse con un docente aseguran en gran medida su futuro y porvenir para escapar de la pobreza , algunos padres incluso ofrecen a sus hijas como futuras esposas a los docentes siendo estudiantes .Esto sucede en diversas localidades de esta provincia como Huachumay , Piso , San Buenaventura , Chocobamba, Chinchil, etc …..existe profesores que màs que Currìculum vitae tienen un enorme prontuariado por cometer este tipo de abusos como son los docentes :EZEQUIEL JACINTO LAGUNA , DONATO DIONISIO FÈLIX , RAÙL FELIX CORSO etc, etc etc, la lista es interminable !es realmente indignante!
    Lo ùnico que realmente pido a las autoridades del Ministerio de Educaciòn y la DRE Huànuco es que envièn una comitiva de autoridades con la participaciòn de Psicòlogos para que investiguen estos casos, pueden hacerle una entrevista a los mismos alumnos varones de secundaria y alumnos(os) egresados para que brinden sus testimonios y ustedes puedan comprobar que no falto a la verdad , en el caso que las autoridades no tomen ninguna acciòn simplemente me verè obligado a enviar esta denuncia a los medios de comunicaciòn (TV)el programa Panorama y Cuarto Poder .
    Gracias por su atenciòn.

    • Anónimo. u denuncia es grave y conocida. He estado estudiando el caso en las regiones de la selva y es como usted dice. Hay mucho que hacer pues no solo involucra a los docentes sino muchas veces los padres conscientes y participan de situaciones de embarazos precoces. El tema es harto dificil pero como usted dice algo hay que hacer. Saludos

  • Don Hugo:
    Me parece muy importante el tema de las acreditaciones de las universidades pùblicas y privadas , se imagina usted lo que es comparar una Maestrìa obtenida en la Universidad Catòlica que tiene un nivel A1 y otra obtenida en la universidad de los San Pedro de Chimbote que es equivalente a conseguirlo en el Jr Azàngaro del centro de Lima mmmmm la diferencia es abismal , pero en un concurso de nombramiento
    docente ambas tienen el mismo valor de puntaje …..soy de la opiniòn que solamente deben ser consideradas para los concursos las Maestrìas obtenidas en las universidades previamente acreditadas y asì de una vez por todas acaben con este negocio que es una verguenza especialmente de la U. Cèsar Vallejo:

  • Ahora el gran negocio de varias universidades especialmente privadas consiste en otorgar Maestrìas , especialmente la Universidad Cèsar Vallejo , lo peor de todo es el pèsimo nivel de su enseñanza , sus tesis parecen trabajos de monografìa de 1ro de secundaria , cualquier payaso es Magister hoy en dìa . El problema es que sirve para acumular un mayor puntaje en la II etapa de los concursos de nombramiento docente , si con la nueva Ley de Desarrollo Docente existe una escala de 8 niveles , deberìa ser un requisito desde el III y no el I nivel, desde el anterior gobierno con el ministro de educaciòn Antonio Chang habìa anunciado que las universidades pùblicas y privadas deberìan ser acreditadas para otorgar tìtulos a nombre de la naciòn y las que no brindaban una buena calidad de la enseñanza solamente otorgarìan tìtulos a nombre de su instituciòn , en la actualidad el Congreso de la Repùblica por intermedio de la Comisiòn de Educaciòn tambièn expresò lo
    mismo sobre este punto de las acreditaciones , pero hasta la fecha no se hace nada concreto por la sencilla razòn que muchas universidades privadas tienen a sus Lobbystas y padrinos en el Congreso que defienden sus intereses !eso lo sabe todo el Mundo!…..existen filiales de facultades de educaciòn por todas las provincias del Perù brindando curso a distancia y el ùnico requisito para ingresar es tener dinero y pagar la mensualidad sin contar con un nivel mìnimo de calidad !hasta para ingresar a un instituto pedagògico pinden una nota mìnima de 14!, es decir estàn mejor que las mismas universidades !què mal estamos!

  • Profesor Hugo:
    quisiera hacer una consulta puntual , cuando un docente se presenta a un concurso de nombramiento y le solicitan como mèritos presentar….. obras científicas, literarias o trabajos de investigación publicados indicando revista, editorial y fecha ¿quièn tiene acreditarlo?las UGEL ,DRE o el mismo MINEDU…..¿cuànto es el mìnimo de pàginas que debe tener ese trabajo de investigaciòn? …….. tambièn solicitan la creación de software educativo o cultural, acreditado por la DIGETE ¿tengo que acreditarlo en las DIGETE de las UGEL ,DRE O MINEDU?, espero que usted tenga la amabilidad de explicarme detallamente los puntos abordados , gracias por su atenciòn

    • Roberto. Lo que debe presentar son copias de los originales o un ejemplar original de la obra si dispone de copias. En caso de ser revistas lo que le podrían pedir es una certificación de la entidad que le solicitó el material para su publicación. El MED no puede certificar algo que no ha pedido. Si tiene obras registradas en la biblioteca mucho mejor. Saludos

  • Dr. Hugo Diaz: Por favor puede absolver mi consulta. Con fecha 29 de agosto del pte. el MINEDU, a través de la oficina de Personal emite el Oficio-Multiple-0078-2013-UPER, sobre la vigencia de la R.M. 571-94-ED, Reglamento de Asistencia y Permanencia del Personal, en la que considera entre sus puntos los tres días de permiso al año y otros derechos. Según el oficio mención se mantiene su plena vigencia para:

    *El Personal Administrativo comprendido en el régimen laboral Nº 276;

    *Los profesionales de la salud comprendidos en la ley Nº 23536;

    *El Auxiliar de Educación en tanto se emitan las normas que regularicen su situación laboral;

    *El profesor nombrado interinamente con título pedagógico, en tanto se emitan las normas específicas que regulen el proceso de selección para se incorporados en la I escala magisterial;

    *El profesor nombrado interinamente sin título pedagógico, en tanto cumpla con el plazo de dos (2)años, contados a partir de la vigencia de la ley, para obtener y acreditar el título profesional pedagógico caso contrario serán retirados del servicio magisterial;

    *El profesor de institutos y escuelas de nivel superior, en tanto se apruebe la ley de carrera pública de los docentes de dichas entidades.

    *El personal docente de Educación Básica y Técnico Productiva ubicado en las escalas magisteriales de la Ley de Reforma Magisterial, en aquello que no se oponga a la ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, en tanto el MINEDU dicte las normas complementarias para la aplicación de las diferentes acciones de personal inherentes a su régimen laboral.

    La consulta es: Los docentes nombrados que NO son nombrados interinos ya están en la Reforma Magistral, por lo tanto, ya no les corresponde los tres días al año de acuerdo a esa norma?. Esta disposición es para los que falta regular su reglamento como los auxiliares y docentes interinos? es decir a los docentes nombrados y menos a los contratados(siempre discriminados) no les corresponde estos tres días año?
    Muchas gracias por su respuesta.

  • Don Hugo:
    En el concurso de nombramiento 2011, uno de los requisitos era que los docentes que laboraron en I.E. Estatales presentaran su talones de cheque y resoluciones directorales ; sin embargo los que trabajaron en I.E. particulares tenìan que presentar una constancia de trabajo y el acta de notas fedateado por la UGEL donde figure su nombre ….. mi pregunta es la siguiente : si un docente laborò en un colegio particular por meses y no culminò el año de estudios ¿còmo puede presentar un acta ?¿solamente puede presentar la constancia de trabajo ?¿què puede hacer ?

  • Espero que las autoridades de la UGEL de Marañon (Huànuco) visiten a la I.E. Santos Atahuallpa del poblado de Chinchil y puedan comprobar que los docentes toman los dìas mièrcoles y jueves para dedicarlos todo el horario de clase a jugar fùtbol y vòley, solamente laboran 3 dìas a la semana .

  • II ENCUENTRO DE PROFESORES DE LA EX LEY 29062 CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL:Se realizará en Lima el viernes 27 de setiembre, hora 4pm.
    Tenemos como agenda:
    1. El viernes 27 de setiembre, 10 am en el MED, gestiones de pago de encargaturas de dirección por la asociación de Piura. El agradecimiento por la cita a la Asociación de Docentes de la CPM de Piura, que siempre está gestionando dichos pagos en el MED desde el 2010.
    2. El viernes 27 de setiembre, hora 4 pm, el II Encuentro de Profesores de la ex Ley 29062, con la asistencia de los presidentes de las Asociaciones de Piura, Arequipa, Ancash, Junín, Lima, Lima Norte y los representantes de Lima provincias, Callao, Puno. Esperamos la presencia de más regiones con las que nos comunicamos en las redes sociales. Son varias las alternativas propuestas para la defensa de nuestros derechos: acción de inconstitucionalidad, proyecto de ley, acciones de amparo y el contencioso administrativo.
    3. El día lunes 30 de setiembre, cita en la Comisión de Educación del Congreso de la República para exponer nuestra problemática y pedidos: Participar en los dos concursos de ascensos y la asignación de maestrías y doctorados a los que la percibían antes de incorporarse a la ex ley 29062. Agradecemos a la Asociación de Piura por esta cita en la Comisión de Educación.
    Esperamos respuesta al documento emitido por el COMITÉ DE LUCHA DE LOS PROFESORES DE LA EX LEY 29062 el 6 de agosto del 2013 y remitido al MINEDU, a la Defensoría del Pueblo y al Congreso de la República.
    Para los colegas interesados de la ex ley 29062 pueden comunicarse a mi facebook o a mi correo juanaatoche@hotmail.com o a la página de la Asociacion de Docentes de la CPM de la Región Piura. https://www.facebook.com/pages/Asociación-de-Docentes-de-la-Carrera-Publica-Magisterial/201442296630367?fref=ts

  • Profesor Hugo:
    Espero que las autoridades del Ministerio de Educaciòn o de la DRE Huànuco realicen una visita a las I.E. de Chinchil , Huachumay ,Huaychao etc etc de la UGEL de la provincia de Marañon (Huànuco), en honor a la verdad la enseñanza que brindan los docentes es muy pèsima , no elaboran sus planes de clase ni material didàctico , dictan sus clases con el libro en la mano especialmente en el nivel secundaria…. ni saben responder preguntas elementales que le hacen los estudiantes sobre los temas que desarrollan , espero que se pongan las pilas las autoridades …. es costumbre de los docentes cada vez que va un inspector de la UGEL el prepararles sus viandas de comida , sus cervezas heladas y su respectivo regalito para que no informen de su pèsimo desempeño en las aulas !què mal estamos!

  • Señor Hugo le saludo muy cordialmente y a la vez agradecerle de antemano por su orientación:
    Soy docente que proviene de la carrera pública magisterial en el Iv nivel ahora en la ley de reforma magisterial V escala magisterial. estoy encarga de la dirección de mi institución educativa y hasta el día de hoy me pagan por el cargo ni por la jornada adicional de horas, es decir sigo cobrando por 24 horas a pesar de trabajar más de 40. En la UGEL Tumbes manifiestan que el ministerio de educación y el MEF no dan el presupuesto para hacer los respectivos pagos, pero hice una consulta al ministerio y ellos manifiestan que son los gobiernos regionales los que deben asumir los pagos. Realmente que esto amarga y asi como yo hay más docentes que no sabemos que hacer, a quien acudir pero sin embargo cada día se nos exjge a nosotros las directoras y directores cumplir con más trabajo y actividades, por favor interceda por nosotros ante el ministerio ya nos deben mas de 3 años o aconséjenos que debemos hacer.

  • Estimados dirigentes a pesar de su medianía y falta de capacidad para conducir a mejores destinos al glorioso sindicato no hay a quien más recurrir.
    Escribo para que consideren la problemática del docente de 24 horas. Esta ley lo discrimina y lo posterga profesional y económicamente dado que para ganar igual que un docente de 30 horas en nivel I nosotros debemos pasar 8 años de ascenso continuo es decir ubicarnos en el nivel III (de esta ley miserable que el gobierno del militar nos impuso), en el nivel III un docente especializado de secundaria percibe la miserable suma de 1540 soles, eso después de 8 años si es que ascendemos continuamente.
    argumentan que tan solo trabajamos 24 horas lo cual es completamente falso y solo lo puede sostener aquel que desconoce por completo nuestra labor, el hecho que sea una labor académica e intelectual no hace que la labor docente sea menos valiosa que la que realiza ya no digamos cualquier profesional si no la labor que realiza un peón de construcción o un obrero de limpieza pública además que los horarios nos obligan a estar en la IE en el mejor de los casos 28 horas y además tenemos una especialización que debería considerarse como mérito.
    Es indignante que ustedes dirigentes hayan permitido que nuestra carrera sea la más miserable entre todas hasta los policías de graduación más baja recién salidos de una escuela de policía ganan mucho mejor.
    Para ser autocritico dentro del magisterio coexistimos muchos que no tenemos condiciones para desempeñar este trabajo pero pauperizar nuestra situación no es el remedio para cambiar eso.
    Esta ley nos condena a una carrera de 30 años con un aumento promedio de menos de 200 soles cada cuatro años aproximadamente.
    Indigna que desde las cumbres del CEN solo promuevan la inconstitucionalidad de algunos artículos irrelevantes y no de toda la ley que nos posterga y nos arrincona a la vergüenza de ejercer una noble tarea desde la esquina más miserable de la realidad sin poder aspirar a mejorar nuestras condiciones socioeconómicas.
    Indigna que blandan como bandera de lucha el pago de la deuda del 30 % aceptando así la mutilación de este justo derecho deberían pelear que persista como un reconocimiento necesario ya ganado.
    Indigna la mediocridad del dirigente que al tener las tribunas de un importante programa político como el de ROSA MARIA PALACIOS que le dijo que a ella no le pagan por prepararse para hacer su programa, el dirigente no tenga la capacidad para rebatir su inmensa soberbia pues ella se apoya en reporteros , redactores editores camarógrafos etc etc para hacer su programa y desde luego no le pagan tan solo 1200 soles, nosotros no pedimos que el 30% persista para prepararnos nosotros sino para preparar material necesario para los alumnos.
    Indigna la falta de recursos de la dirigencia mostrando en su página web anuncios de sendas reuniones con representantes de ningún nivel del ministerio de educación en la mesa de trato directo por que no hace falta ser adivino para saber que de allí no, nunca sacamos nada bueno.
    Quizá si los dirigentes.
    Para el profesor peruano en especial para los de secundaria.
    LAS VACAS SIEMPRE SON FLACAS
    KATARI CAN PA

  • Profesor Hugo:
    La pregunta que le hizo el docente Casas es muy puntual ¿cuando seràn evaluados los docentes nombrados para saber si permanecen en sus puestos laborales como nombrados o son retirados ?, tengo por entendido que todos ya se encuentran dentro de una misma ley , ya es hora que muchos docentes que se nombraron de forma irregular pasen por este filtro de la NUEVA LEY DE DESARROLLO DOCENTE .

    • Marcos. La Ley dice que los docentes serán evaluados en su desempeño laboral cuando el MED tenga una respuesta a lo que ordena la norma. Que un factor de evaluación son los resultados del docente con sus alumnos. Ahora el MED solo evalúa el 2º grado en Comprensión lectora y Matemáticas. La pregunta es cuándo y cómo lo hará en otros grados y áreas de formación?. Lo que más o menos se sabe es que en este gobierno no aplicará la evaluación del desempeño docente. Saludos

  • Ahora que ya todos los docentes pasaron formar parte de la NUEVA LEY DE DESARROLLO DOCENTE ¿cuando se empezarà a evaluar a los profesores para retirar a aquellos que tengan un pèsimo desempeño hasta en tres oportunidades? recordemos que durante el gobierno aprista miles de docentes se nombraron comprando el examen escrito , se capturaron a centenares de docentes con la prueba en la mano , se levantaron decenas de actas fiscales , el MINEDU adulteraba los resultados en reiteradas oportunidades etc etc y todo quedò en la impunidad especialmente en el año 2009 fuè el màs escandaloso de todos ……… los docentes nombrados bajo el segundo gobierno del `regimen aprista son los primeros que deben de ser evaluados ,es importante recordar un artìculo periodìstico escrito en el Diario Correo
    Escrito por León Trahtemberg

    El Consejo Nacional de Educación solicitó al Ministerio de Educación que suspenda temporalmente las evaluaciones de docentes para ingresar a la Carrera Pública Magisterial en tanto se investigan y resuelven las sólidas denuncias de que miles de profesores conocían las pruebas antes de rendirlas y llevaron preparadas las claves de las respuestas.
    En el blog de Hugo Díaz en Educared aparecen denuncias ejemplificadas sobre la corrupción ocurrida con la última prueba del 15 de noviembre (politicasdeeducacion.educared.pe Veamos: 1). El ministro Chang anunció el 19 de noviembre que 41,416 profesores de los 190,317 que rindieron el examen para acceder al primer nivel de la CPM clasificaron a la segunda fase de evaluación con una nota igual o mayor a 14. A ellos les correspondería competir por las 29,874 plazas abiertas para este nivel. Ante las denuncias de que la lista había sido recortada truculentamente, el ministerio curiosamente extendió el número de aprobados con 14 a 74,945.

    2). En el listado de resultados de quienes sacaron entre 14 y 20 de mayor a menor, hay aproximadamente 650 pares de hermanos con idénticos apellidos paternos y maternos que han sacado exactamente la misma nota hasta la décima. (La lista completa está en usuarios. lycos.es/wilcarsistem/drepuno/ReporteOrdenPuntaje.pdf).

    Veamos 3 casos entre los 100 primeros: Puestos 14 y 15: BAYONA ALVITES MARÍA OLIVIA nota 19.4 y BAYONA ALVITES ROCÍO ENMA nota 19.4. Puestos 63 y 64: CASTRO FUENTES GUILLERMO nota 19.2 y CASTRO FUENTES MARGARITA nota 19.2. Puestos 90 y 91: GUTIÉRREZ CHACÓN LIDIA LINDA nota 19.2 y GUTIÉRREZ CHACÓN MAURA MODESTA nota 19.2; y así sucesivamente. Por ejemplo, hay 65 grupos de docentes hermanos (de padre y madre) que tienen la misma nota exacta de 18.4.

    Cualquier persona con algún sentido común sospecharía que es muy probable que muchos de estos cientos de hermanos hayan conocido la prueba y claves anticipadamente, a lo que hay que agregar los otros familiares y amigos cercanos, que por no tener el mismo apellido han quedado un poco más ocultos en el listado.

    La transparencia y honestidad que han prometido las autoridades del Ministerio de Educación las obliga a investigar, explicar y corregir.

    • Casas. Comparto con usted la idea que las evaluaciones deben ser drásticamente reestructuradas. Tal como están no funcionan. Este gobierno quiere institucionalizar el uso del computador y la internet en las evaluación. Veamos como les sale. Saludos

  • Profesor Hugo:
    Hace años que ya deberìan de acreditar a las universidades pùblicas y privadas , pero lamentablemente no se hace nada al respecto porque existe grandes intereses de por medio , es de conocimiento pùblico que muchas universidades privadas e institutos tecnològicos tienen como padrinos lobbystas a varios congresistas que impiden que el proceso de acreditaciòn de la calidad educativa no avance .
    Aquì le brindo un buen dato :

    En el Perú sólo hay 15 universidades donde vale la pena estudiar
    Estudio revela que centros de formación son las mejores del país
    RANKING DE 15 MEJORES UNIVERSIDADES DEL PERU
    ————————————————————————————-
    UNIVERSIDAD / PUNTAJE

    PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ – 84.5
    UNIVERSIDAD DEL PACÍFICO – 56.8
    UNIVERSIDAD DE LIMA – 43.4
    UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR SAN MARCOS – 40.7
    UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA – 37.4
    UNIVERSIDAD CAYETANO HEREDIA – 20.7
    UNIVERSIDAD DE PIURA – 20.6
    UNIVERSIDAD AGRARIA LA MOLINA – 19.9
    UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES – 18.9
    UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS – 18.6
    UNIVERSIDAD SAN IGNACIO DE LOYOLA – 15.5
    UNIVERSIDAD ESAN – 15.5
    UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL – 15.3
    UNIVERSIDAD RICARDO PALMA – 15.3
    UNIVERSIDAD NACIONAL SAN AGUSTIN DE AREQUIPA – 14.8

    FUENTE: Estudio realizado por America Economia

  • Don Hugo:
    Existe docentes que cuando usted observa la sustentación de sus tesis es compárable a una monografía de un estudiante de 3ro de secundaria , el nivel es muy bajo , en la década de los años 60 , 70 , 80 a 90 el nivel era muy superior , lo peor de las tesis son los mismos integrantes del jurado que por lo general no son especialistas en el tema y como son sus propios alumnos en la Maestria, hacen que todos pasen por agua caliente …….como indican algunos amigos docentes, la Universidad César Vallejo es la peor de todas, no puede ser que las Maestrías sean un negocio

  • Una pena que aun no nos hayan pagado a los profesores contratados por concepto de desplazamiento y obtención de logros de Pronafcap-2011 Región Arequipa nivel primario, a esto sumándole los ínfimos 1090 nuevos soles de sueldo además de no poder seguir en los programas de diplomado o especialización de pronacaf solo por ser contratados a pesar de eso ni nisiquiera nos toman en cuenta peor aun nisiquiera hay nombramientos la Ed en el Perú no pareciera que avanza lo que avanza es sensación de decepcion fustracion por una carrera tan linda pero muy o pesimamente remunerada, muchos hablan que el problema es pedagógico le aseguro que el problema es económico claro a eso también sumándole mas control y exigencia personalmente si ganaría mas de 2000 nuevos soles me esforzaría preocuparía solventaría algún curso de maestría etc. ¿Quién no se esforzaría o cuidaría su chamba si estaría en juego su sueldo? , tuve la oportunidad de trabajar para una minera y servís, pero como cuida el trabajo y eso funcionaria en el sector educación se lo aseguro Don Hugo, a propósito que sabe usted de los pagos de Pronafcap-2011 que aun no nos pagan gracias.

    • José. Lo último que supe hace como seis meses es que habían hecho algunos pagos pero desde esa época el tema parece haber pasado al olvido. Se echan la culpa las Regiones y el MED. La verdad no se sabe donde está el impase pero debería solucionarse pues los perjudicados son ustedes. Saludos

  • Don Hugo:
    ¿Còmo quedo el tema de la acreditaciòn de universidades e institutos? , muchas veces cuando se convocan a los concursos de nombramiento docente se presentan miles de docentes hasta con 2 maestrìas en educaciòn , pero al momento de rendir un examen de conocimentos no pasan de la nota de 10 , 11 y 12 ……lamentablemente existe universidades que ofrecen Maestrìas como pan caliente , especialmente la UCV CÈSAR VALLEJO , la verdad que su nivel es muy bajo,! una estafa! , en el Congreso ya se hablò mucho sobre este tema , pero no se hace nada concreto .

  • Profesor Hugo:
    Espero que la ANR y el MINEDU supervisen el proceso de sustentaciòn de TESIS DE MAESTRÌA en la Universidad Cèsar Vallejo que es en la pràctica un verdadero regalo o mejor dicho una fàbrica de otorgar grado de MAESTRÌA en educaciòn con tal de tener dinero , realmente no se hace un trabajo serio de investigaciòn por la mayoria de participantes y el nivel de las tesis es pèsimo , es una verdadera verguenza , la educaciòn no se puede convertir en un negocio , ahora cualquier docente es magister !no puede ser ! espero que las autoridades puedan supervisar este proceso.

  • Profesor Hugo:
    En el año 2011 como es de conocimento pùblico se realizò un concurso de nombramiento docente , en una de sus directivas indicada que los profesores que laboraran en I.E. estatales tenìan que presentar sus resoluciones de contratos y talones de cheques de pago; sin embargo ¿còmo es en el caso de los colegas que trabajaron en centros educativos particulares? solamente basta con presentar una constancia de trabajo o se requiere de otros requisitos .
    Espero su respuesta

  • Dr. Hugo Diaz
    Quisiera saber cuando se va promulgar el reglamento sobre las remuneracioes ya que los docentes nombrados que han pasado de la ley anterior a la nueva si han visto incrementado su remuneración, sin embargo los docentes contratados cumpliendo la misma función tenemos el mismo sueldo de hace años, a pesar de que el costo de vida sigue subiendo y otros sectores como las fuerzas policiales y salud han visto incrementados sus remuneraciones en varias oportunidades a lo largo de estos años y sin tener en cuenta su eficiencia profesional. Quisiera QUE LA MINISTRA VIVA CON EL SUELDO DE 1000 soles que tenemos los contratados y que pueda sostener a una familia, porque no se pronuncia sobre este aspecto es que los docentes contratados al no ser nombrados vamos a tener ese sueldo congelado de hace 7 años en que terminó el gobierno de Toledo. Creo que la ley se refiere a que los docentes contratados teníamos la remuneración del I nivel de la nueva ley.Absuelva mi duda por favor.

  • Profesor Hugo:
    El comentario del profesor Àngel me parece muy acertado e interesante , para que usted una mejor comprensiòn del tema de la pèsima calidad educativa en las zonas rurales quiero poner sobre el tapete una propuesta o alternativa de soluciòn : en colegios Saco Oliveros los docentes por ejemplo preparan una o dos clases como màximo a la semana , enseñan en un colegio por citar un ejemplo 9 horas y si no cumplen sus horas de trabajo simplemente acuden durante la semana a sus diversos locales de su red de colegios con el mismo plan de clase del mismo año de estudios(secundaria) , es asì como se puede brindar una mejor calidad de la enseñanza.Esto tambièn se debe de hacer en varios colegios rurales pequeños y que son cercanos , es imposible que un profesor pueda desarrolar una excelente clase con 8 ,9 a 10 planes de clase por semana como explica el docente letras arriba , màximo debe ser 3 sesiones (semana) para que el docente tenga el tiempo disponible de elaborar muy bien su material didàctico y mejorar la calidad de la enseñanza en las zonas rurales .Hasta la fecha no he visto que ningùn especialista en temas pedagògicos aborde este tema , ojalà el Don León Trahtemberg pueda escribir un informe o comentario al respecto.

    • Julio. Gracias por su comentario y preocupación por un tema tan crucial como el de la educación rural. En efecto, poco se escribe de este tema que no es fácil por la complejidad geográfica en las zonas rurales y la poca preocupación que se tiene por capacitar a docentes. Además tenemos una amplia movilidad de profesores: cambian de un año para otro entre un 30% y 40% que ya no están en la misma escuela. Además la inasistencia hace dificil que puedan seguir planes únicos. Saludos

  • Don Hugo:
    Muchas veces se habla sobre la pésima calidad de la educación en las zonas rurales , pero permítame hacer un comentario al respecto:
    En una I.E.de zona urbana un docente de CC.SS con elaborar un plan de clase puede completar su jornada laboral teniendo 8 secciones del mismo año(3 horas de clase)en total 24 horas , por ejemplo : 5to año secciones A, B,C,D,E,F,G,H…….. en el peor de los casos con dos planes de clase si tiene dos años de estudios bajo su cargo 4to A,B,C,D y 3ro A,B,C,D completando así su horario de clase , esto le permite a un docente tener mucho más tiempo de planificar una mejor clase con la elaboración de su material didáctico en el lapso de una semana; sin embargo en las zonas rurales un docente de secundaria como los colegios tienen una sola sección por año tienen que elaborar varios planes de clase , un ejemplo : un docente CCSS tiene que elaborar 5 sesiones para cubrir 15 horas , entonces para completar su jornada tiene que enseñar otros cursos como ingles o ed física con lo que se obligado a tener que elaborar una mayor cantidad de sesiones clase ……. es decir en una semana se encuentra saturado con un promedio 10 clases por preparar en una semana , en esas condiciones es muy difícil brindar una buena enseñanza para cualquier profesor por más eficiente que sea , ahora peor si se dedica a otra labor fueras de las aulas , desde el año 2009 con el gobierno de Alan García y su ex-ministro Antonio Chang los docentes de ed secundaria dejaron de ganar una remuneración similar a ed primaria por la diferenciación de las horas (secundaria -24 horas_950 nuevos soles)(primaria 30 horas _ 1,1950 nuevos soles)

    • Ángel. Comparto su preocupación respecto de los profesores de secundaria, en especial los de ona rural. Están injustamente mal pagados por un error de la administración que se resiste a corregir. Ojalá pronto se corrija. Saludos

  • buenas noches doctro hugo le digo que he sido contratada para cubrir plaza por licencia de maternidad desde el 08 de mayo hasta el 20 de julio quisiera saber si me corresponde el aguinando por fiestas patrias por que no me han dado si me corresponde para hacer mi reclamo correpondiente . gracias doctor por su respuesta

  • Profesor:
    En el caso de las instituciones educativas parroquiales , un docente contratado en educaciòn secundaria (24 horas )cobra su sueldo mensual igual que un colega contratado en el mismo nivel en un colegio estatal(950 ns) o recibe algo màs en su remuneraciòn .

  • Buenas noches Dr. Díaz.
    El pasado 18 de mayo he cumplido 30 años de servicios oficiales en el Magisterio, me acerqué a la UGEL de mi jurisdicción y la especialista en mención me dijo que están retrazados y que no hay fecha definida para la emisión de la Resolución. En el reglamento de la LRM señala en forma objetiva los plazos. ¿Cuál es su opinión Dr. Díaz?. Saludos.

  • Don Hugo:
    Quisiera saber que requisitos se solicita para poder postular a una plaza de contrato como coordinador del PRONAMA (alfabetizaciòn)en alguna regiòn del paìs ¿en que fechas aproximadamente se da ese concurso ? ¿cuànto en promedio es la remuneraciòn o sueldo que ganan en promedio (aproximado)?

  • Buenas noches es decir que tenemos que esperar hasta el 2015 para postular aun concurso de nombramiento, y seguir siendo las contratadas peores pagadas con miseros S/. 1090 nuevos soles una burla para el magisterio sin nombramiento ahora entiendo poreque colegas varones contratados no les importa abandonar su contrato de un año para trabajar aunque sea de vigilante en una mina, ganan minimo 2500 nuevos soles liquidos ademas de alojamiento alimentacion y transporte graciaS cada vez estamos peor las colegas y los colegas contratados

  • Estimado Don Hugo:
    Lo que afirma el docente Gabriel , letras arriba es cierto , muchos auxiliares y administrativos nombrados pasaron a ser docentes de aula una vez obtenido su tìtulo de docentes rendir ningùn examen , usted dice que eso podrìa ser en el año 2015 ¿quiere decir que existe un vacio legal sobre este tema ?

  • Profesor Hugo:
    En el año 2004 y 2005 cuando yo laboraba en una I.E. de la UGEL 05 , El bibliotecario nombrado en su cargo al obtener su tìtulo de docente en la especialidad de matemàticas tramitò su nombramiento como docente de aula , en igual forma lo hicieron dos secretarias nombradas que laboraban en la direcciòn del plantel quienes con su tìtulo de educaciòn primaria pasaron a enseñar en aulas de clase , claro que en ese entonces la antigua Ley del Profesorado lo permitìa ¿ con la actual Ley de Desarrollo Docente los auxiliares y administrativos nombrados pueden pasar a ser docentes al obtener su tìtulo pedagògico o no ?

    • Gabriel. Ahora no se puede hacer un trámite similar. Lo que podría hacer es que cuando se convoque a un concurso de nombramiento a la I Escala Magisterial puede presentarse al concurso y tentar de ganar una plaza. Eso podría ser en el 2015 pues antes no está previsto. Saludos

  • Doctor Hugo nuevamente buenos días
    Si lo solicitamos pero la ugel o región en algunos casos decía que era improcedente.Porque existía la ley de CPM y alegaban que aparte del titulo se necesitaba una evaluación que nunca se dio.Desde el 2007.
    Pero en algunas jurisdicciones si les dieron el acceso al primer nivel. como le referí en el antiguo mensaje.
    Nosotros queremos ser evaluados pero el tema es que no es justo estar tantos años de nombrado siendo profesionales en otras carreras y tener el titulo de profesor por otros tantos años y seguir sin tener nivel, sin posibilidades ni oportunidades y el 2014 ingresar por examen que me parece bien pero al primer nivel. y luego seguir esperando, no es justo
    Quiero también referir que personalmente yo me nombre en 1999 y lo hice por concurso publico nacional mediante un examen y soy interino por que mi titulo no era en educación soy de área técnica como muchos cuando no existía profesores con mención en área técnica.
    Pero el punto es que es injusto que la Ministra diga que los interinos no nos preocupamos porque no sacamos el titulo y en consecuencia se nos castiga.
    pedimos que se nos evalué pero que se nos de la oportunidad de acceder de nivel de manera extraordinaria a los diferentes niveles.
    gracias por su atención y espero su respuesta.

  • Profesor Hugo :
    Si un auxilar de educaciòn secundaria nombrado en su cargo logra posteriormente culminar la carrera docente obteniendo su tìtulo de licenciado en educaciòn ¿puede dejar su cargo de auxiliar para pasar a ser docente de aula en una instituciòn educativa previo tràmite o no?¿puede proceder de igual forma en el caso de personal administrativo nombrado?¿eso lo permite la NUEVA LEY DE DESARROLLO DOCENTE ?.
    Espero su gentil respuesta amigo.

  • Doctor Hugo
    buenos dias tengo conocimiento de que:
    Con Resolución Nº 887 remitida al Ministerio de Educación.
    Un total de 90 maestros rurales en la condición de nombramiento interino habrían logrado ser reconocidos por el Ministerio de Educación, tras la emisión de la Resolución Directoral Nº 887 del 14 de abril del 2011, que resuelve autorizar el nombramiento definitivo de los docentes con nombramiento interino, ubicándolos en el I nivel de la carrera del profesorado, por lo dispuesto en la Ley 24029, su modificatoria de la Ley Nº 25212 y el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 19-90-ED.
    esto data del 2010 cuando ya existía la cpm.
    Y muchos docentes interinos ya contábamos con el titulo antes de esa fecha y simplememte la jurisdicción donde trabajabamos no nos reconocía el acceso a la carrera.
    Yo le rogaria nuevamente que sugiera el tema.
    Imaginese cuantos años llevamos con el titulo sin poder acceder a la carrera y ganando un sueldo vergonzoso.
    Ayer la Ministra manifestó que el segundo semestre del 2014 se evaluara a los docentes interinos. Y dice la Ministra de los docentes interinos: se trata de personas que ejercen la docencia desde hace muchos años pero que no tienen el título pedagógico, por lo que se les ha dado un plazo de dos años para obtenerlo y postular a la carrera.
    Es que acaso no sabe la ministra que existimos docentes interinos con titulo pedagógico desde hace muchos años,y que vamos a esperar mas de un año para que recién accedamos al primer nivel. Le pido por favor nos ayude y nos oriente somos varios maestros en esta situación…gracias.

    • Antonio. De acuerdo a lo establecido en el Plan Maestro que presentó el Ministerio la semana pasada, el concurso para maestros interinos se realizaría en el segundo semestre del 2014, es decir, con vigencia a partir del 2015. Un poco tarde. Como dice usted, a veces se ignora que hay una cantidad importante de interinos que ya tienen titulo pedagógico. Lo que no he llegado a comprender bien es por qué muchos interinos que se titularon no pidieron su pase al nivel correspondiente de la ley del profesorado cuando ello era posible. Saludos

    • Jimy. No sñe en qué regimen estaba ni cuantos años de servicio tiene. En la ley no se consideran como años de servicio el período de estudios, si el de años de contrato. No es solo una norma para los profesores sino para toda la administración pública. Saludos

  • Dr. Díaz gracias por su respuesta, eso quiere decir que no tenemos derecho a permiso por el día del maestro ya que el reglamento no especifica que hacer si cae sábado y domingo, bueno es uno de los beneficios que se ha perdido con la nueva ley, por lo que entiendo el permiso y descanso físico no requiere presencia en el colegio?.

  • buenos diaz señor hugo diaz , quisiera que me informe sobre lo siguente: soy una profesora nombrada de 24 horas con la carrera publica magisterial hace 2 años, quisera saber con la nueva ley de la reforma magisterial en que nivel estaria y cuanto debe ser mi sueldo… gracias por su respuesta.

  • Buenas noches Dr. Hugo, mi consulta es con respecto a los permisos con goce de remuneración que establece el actual reglamento de la ley de reforma magisterial, en el sub capítulo VIII artículo 199, en donde establece que el profesor tiene derecho a gozar de permiso por el día del maestro, este año el día del maestro cae sábado, tenemos derecho al permiso o ya no por haber caído sábado?, y que diferencia hay entre gozar de permiso y descanso físico que es lo que establecen por onomástico, esto se encuentra en los incisos f y g del reglamento.
    gracias por su respuesta

    • Helem.El reglamento no especifica que si el dia del maestro cae sábado el dia que se tome sea el primer dia util siguiente. Si lo dice para el onomástico. Cuando se refiere a descanso físico es que no requiere presencia en el colegio el día de ese descanso. Saluods

  • Saludos Dr. Hugo.
    Una pregunta puntual Dr.
    No tengo los 15 puntos mínimos o necesarios en “TRAYECTORIA PROFESIONAL” ¿puedo postular a la convocatoria para directores y subdirectores sin ninguna complicación posterior? Debo añadir que los otros requisitos si los cumplo.
    Dr. le agradezco anticipadamente por su respuesta.
    GRACIAS.

    • Emilio. Mi posición es que no tendrá ninguna complicación posterior. Sigo creyendo que lo que al MED le interesa es el puntaje mínimo total de las 2 fases locales, lo que sumado a la I etapa (que si es excluyente) debe llegar por el menos a ese mínimo. Saludos

  • Dr Buenos días la verdad en este proceso para el concurso de directores, estos señores se están agrupando para defender dizque su estabilidad laboral y solicitan que se les evalúen en su desempeño, a grueso modo de ver estos señores nunca han hecho nada hace mas de tres años participe conjuntamente con los directores y subdirectores en una capacitación para ser monitores de los nuevos docentes que se nombrarían con la ley de carrera publica y ahí nos manifestaron que los directores deberían establecer ciertos lineamientos y empezar a investigar de como las instituciones educativa se podrían acreditar en el IPEBA en le colegio donde trabajo nada de esto se ha hecho mas por el contrario la corrupción se ha hecho descaradamente, por ejemplo el actual subdirector de la mañana encargado de la dirección no cumple sus cuarenta horas cronologicas de asistencia y permanencia siempre se para escapando con el cuento de que tiene que gestionar y se escapa para ver su negocio en el mercado que existe cerca al colegio ILLATHUPA de Huánuco, segundo la subdirectora del turno tarde tampoco permanece y no asiste sus 40 horas cronológicas porque tambien trabaja en su mismo turno en la escuela de la policía del valle razón por la cual esta señora no cumple se hizo la queja a la UGEL y a la DRE pero como tiene sus conocidos principalmente la señora Rubio de cader razón por la cual nunca le vienen a supervisar se para escapando para dictar clases de investigación a la policía los días Lunes de 2:45 a 4_15 de la tarde, los miércoles casi ni va y los viernes también se escapa de 2:30 hasta las 5:30 de la tarde.

  • Dr Hugo, lo que pasa es que un especialista de la DREP que ha revisado el programa curricular del colegio, le dijo que Producción Literaria, no es un taller, un taller para las horas de libre disponibilidad debe ser de jardinería, costura,etc. Y lo que yo quería saber si así fue concebida las horas de libre disponibilidad para trabajos manuales. ¿En los talleres no se le da énfasis a las áreas de comunicación y matemática? En enero que asistí a una capacitación de la UGEL y se no dijo que se podían realizar talleres que reforzaran estas dos áreas, la verdad no se a quien hacerle caso, si la misma gente del MED no se ponen de acuerdo, unos dicen que si y otros que no, con orientadores así cambiara la educación?

    • Paco. El especialista está equivocado. Es la institución educativa la que debe decidir el tipo de talleres que necesitan los estudiantes, así como se habla de un taller de producción literaria se puede habla de otro de ciencias, de matemáticas para las finanzas o de ejercicio ciudadano. Saludos

  • Dr. Hugo Diaz una consulta, las horas de libre disponibilidad que tenemos en las escuelas primarias, según la directiva que norma el año 2013 dice que había que poner énfasis en la áreas de comunicación, matemática, persona y valores. Basándome en ello, planifiqué un taller de Creación de producción literaria: Cuentos, leyendas y retahílas,los niños estaban encantados por que estaban conociendo diversas formas para la creación de sus historias. Pero hoy me entero en reunión con mi director y docentes que un “ESPECIALISTA” de la DREP han rechazado el taller por que dice que eso se hace en el área de Comunicación, que más bien haga jardinería u otra labor manual, porque así debe ser un taller; eso es así, estoy mal. Estamos mal en lectura y cuando se propone algo relacionado con ello para ayudar a mejorar este problema, se dice que se haga otra
    cosa. Qué hago, el director ya me dijo que mi taller ya no va.
    De antemano gracias por su respuesta. Saludos.
    Paco.

    • Paco. Lamentablemente es poco lo que puede hacer si el director ha rechazado la propuesta. La única forma de cambiar la decisión es convencer al director que la idea es buena. Si ya había empezado el taller, puede apoyarse en las opiniones de los alumnos y los padres. El problema muchas veces de estas decisiones es que los directores están muy alejados de las aulas, no conversan con alumnos y padres; por tanto equivocan su línea de trabajo. No sé si es el caso pues no conozco su propuesta ni las razones por la que el director tomo la decisión. Saludos

  • Dr. Diaz por favor interceda ante las autoridades para que emitan un video sobre lo que significa el Marco de Desempeño, Las Rutas de Aprendizaje y los últimos documentos, muchos profesores lo hemos leído pero cada uno lo entioende a su manera.Se avecina evaluaciones y no tenemos las ideas claras. Gracias.

  • Dr. Diáz comentarle que en Puno un equipo técnico en el cyual estoy incluido a convocatoria de la DREP estamos trabajando en una propuesta de articulación de las Rutas del Aprendizaje en nuestro PCR Puno, ya tuvimos dos reuniones técnicas incluso una de ellas con el MINEDU, bueno ya le haré llegar nuestros avances. Por favor indicarme cuando vuelve estar por Puno. Saludos.

  • Muy buenas noches Doctor Díaz;
    El motivo por el cual le escribo es para recurrir a su ayuda
    y orientación; soy docente contratado que recién está iniciando su vida profesional siendo este el primer año como laborando en un colegio del estado en el departamento de Puno, y estoy siendo constantemente acosado en el trabajo, los docentes nombrados me quisieron hacer poner una cuota de 250 soles para celebrar una fiesta extracurricular, y a la negativa de no poner la cuota ellos me amenazan constantemente de mandarme memorandums y hasta me han amenazado verbalmente, realmente yo ya hasta miedo tengo de ir a laborar, pues debido al constante atropello por parte de mis colegas, pues me amenazan constantemente infundiendome miedo, solicito a su digna persona me oriente a que instancias puedo recurrir para que se respeten mis derechos.
    Agradezco su tiempo en leer este mensaje y aprovecho para saludarlo y desearle que siga adelante y Dios lo bendiga.
    Espero su respuesta estimado Doctor.

    • Lucho. Que lástima que haya llegado a un ambiente así. La primera pregunta que me hago es si ha usted hablado con el director sobre este tema y qué opina o qué hace por solucionar la situación. Lo segundo es tratar de juntar pruebas. No basta con decir que es víctima de un acoso o abuso. Hay que tratar de tener alguna prueba de ello para proceder a una denuncia. Saludos

  • Buenas noches Dr. le quiero agradecer anticipadamente por la orientacióon que me de respecto al problema que estoy pasando actualmente estoy contratado en una licencia por enfermedad o con goce en la Región Cajamarca ´Provincia de Cutervo bueno al principio dijeron que nuestro pago iba a ser como el contratado por todo el año porque trabajamos igual 30 horas y sucede que ahora me informan que me corresponde solamente el 65% de lo que gana un contratado que asi lo dice una ley a nivel Nacional entonces la pregunta es Dr. esta bien que nos paguen asi el 65% de 1200. estare esperando su respuesta gracias.

    • Wilmer. Las plazas de contrato para un docente de 30 horas son de 1,196 nuevos soles. No es que un contratado que cubre una licencia gana lo que un docente nombrado gana por 30 horas. Es lo que dice la norma de contratos. Saludos

      • BUENAS TARDES DOCTOR USTED DICE QUE EL CONTRATADO POR LICENCIA CON GOCE DEBE GANAR 1 196 PERO AMI SOLAMENTE ME PAGAN EL 65% DE ESE PORCENTAJE Y CUANDO ME ACERQUE A LA UGEL A PEDIR EXPLICACIONES DEL PORQUE ME DIJERON QUE SI ME PAGAN EL PORCENTAJE QUE USTED DICE ESTARIAN COMETIENDO UNA FALTA YA QUE ESTARIAN PAGANDO DOBLE EN UNA SOLA PLAZA. ES POR ESO QUE RECURRO A USTED PARA QUE ME ORIENTE Y ME DIGA QUE DEBO HACER

        • Wilmer. Hay un presupuesto para cubrir licencias con goce de haber, como es el caso que usted señala. En lo que puede usted sustentar su reclamo es en la directiva de contratos. Allí está la remuneracion que debe ganar un contratado. Saludos

          • BUENAS NOHCES DOCTOR AGRACECIENDOLE SIEMPRE POR LAS RESPUESTAS DADAS PERO PARECE QUE LA DIRECTIVA NO ES SUFICIENTE PARA ESTOS SEÑORES YA QUE NO ESTAN CUMPLIENDO CON NUESTROS PAGOS SOLAMENTE NOS DAN EL 65% DE 1200 Y OTRA COSA QUE NOS HAN DICHO ES QUE NO VAMOS A GOZAR DE GRATIFICACION POR FIESTAS PATRIAS NI POR NAVIDAD Y TAMPOCO TENDREMOS PAGO PROPORCIONAL DE ENERO Y FEBRERO Y EN TONO AMENAZANTE NOS HAN DIHO QUE LES DENUNCIEMOS DONDE NOS DA LA GANA QUE NO VAMOS A GANAR NADA YA QUE ELLOS TIENEN LA RAZON, ENTONCES DOCTOR FRENTE A ESE ABUSO NO SABEMOS QUE HACER POR ESO RECURRO A UD. PARA QUE NOS APOYE

          • Wilder. Cada vez me convenzo más que la ley de CPM no debió derogarse sino mejorarse. Se han creado más problemas de los que ya existían y más bien se ha acentuado la incapacidad del MED de poder resolverlos y asumir liderazgo. El siguiente jueves en un coloquio organizado por la Universidad Ruiz de Montoya me tocara ser el comentarista de los dos funcionarios que dirigen la ley de Reforma Magisterial. Será una buena ocasión para expresar preocupaciones como las suyas. A veces dudo respecto a si están al tanto de lo que realmente sucede en el interior del país. Saludos

  • muy buenos dias, me gustaria saber si hay alguna novedad en lo que se refiere a los nombramientos interinos de docentes( mi institución es religiosa y la hermana lo hizo internamente), lo que pasa es que algunos de nosotros fuimos nombrados sin previo concurso público el 2012 (nosotros somos titulados) y ahora estamos en la incertidumbre si nuestro nombramiento vale o no , ¿debemos concursar en el 2015? (como he leido en una página del minedu)
    gracias por su orientación

  • Dr. Hugo, reciba Ud. mi cordial saludo desde el distrito de Nueva cajamarca, en la provincia de Rioja, en la región San Martín.
    Quisiera consultarle con respecto a la parte II de la directiva para el concurso de directores y subdirectores que habla de LA TRAYECTORIA PROFESIONAL, especifica el máximo 25 puntos y necesario 15, le pregunto que sucederá en este caso si no llegamos a lo necesario, mi persona haciento una validación con la tabla del anexo 4, tengo una maestria y dos especializaciones y solo ejercí un año de subdirector.
    apenas llegariá a 11 o 13 puntos, quiero que me aclare ya que en la tabla dice de 1 a 3 años de directivo 3 puntos y de 4 años a más 04 puntos, en el caso de mi grado y especializaciones llego sólo a 10 puntos. Esperaré su respuesta.
    Que Dios le cuide hoy mañana y siempre.
    Con mucho aprecio.
    UBIL

    • Ubil. Interesa que usted alcance el mínimo en la prueba nacional y que en el estudio de casos logre un puntaje tal que le permita que en la suma de las dios etapas saque 72 untos o mas. Por tanto, procure salir bien en las dos evaluaciones restantes. Saludos

  • Dr. Diaz soy docente on el primer nivel , con esta ley me han bajado de nivel (algo que no ocuurre en ningún lugar del mundo)y con casi 20 años de servicio , en estas condiciones no puedo postular a ningún cargo, sin embargo colegas con menos tiempo de servicio y en mayor nivel sí pueden concursar¿Qué está pasando en la Educación Peruana? ¿Porqué pueden concursar los que han estado en cargo directivo de encargatura?

  • Dr. buenas noches: Existe un gran interés por participar en los juegos deportivos escolares y también en los juegos florales 2013, pero lamentablemente existen problemas en el cargado de datos y principalmente de las fotos de los alumnos participantes. Doctor, quisiera que Ud. nos contacte con alguien en Lima que pueda solucionar este problema, porque se dice que el plazo para las inscripciones de los deportistas vence el miércoles 29 de junio y en provincias nadie nos brinda una información certera al respecto.

    Le agradezco anticipadamente el servicio.

    Un abrazo

    • Nando. Lo que puedo hacer es derivar su mensaje a los encargados en el MED para conocimiento y un posible contacto. Pero para ello necesito saber algo más de ustedes. De qué colegio y Ugel son, y cualquier otro dato que interese. Lamentablemente no he estado viendo ese tema. Saludos

  • Dr. Hugo, Buenas Tardes.
    Quiero mostrar mi preocupación sobre cómo se mal informa a la población respecto al concurso de directores que se viene.
    Sabido es que en la Primera Convocatoria podrán participar Profesores de la II Escala Magisterial provenientes de la ley 24029 y los de I Escala que ocuparon cargos directivos en los últimos 10 años y los profesores provenientes de la CPM que estén en la IV Escala.
    Pero en el portal http://www.educacionenred.com, dan a conocer unas declaraciones del Sr. Paiba, en la cual textualmente dice:
    “Como lo dispone la Ley de Reforma Magisterial, por tratarse del primer concurso podrán postular profesores ubicados en la segunda escala y aquellos que provienen de la Ley del Profesorado ubicados en la primera escala que han tenido encargarturas de director en los últimos diez años.
    Entonces Dr. ¿Por qué hablan cosas que no son?, lo dice el señor Paiba ó el Portal pública modificando sus declaraciones.

    • Vanguardia. Lo único que sé es que todavía no hay una decisión al respecto y que por el momento lo que vale es lo que dice el reglamento (y debería ser lo que se respete). La directiva todavía no sale. mientras tanto las ideas podrán ir variando pues lo que parece claro es que el MED aún no está bien entendido en el tema. Saludos

  • QUIERO PREGUNTARLE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN PERTENECEN A LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL O NO PORQUE EN OLA UGEL DE TUMBES EN SUS PLANILLAS A LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN LES PONE LA LEY 24029 Y ESA LEY ESTA DEROGADA FAVOR CLARIFICARNOS O LAS FUNCIONARIOS DE LA U GEL NO CONOCEN LAS NORMAS

    • Jorge. En la ley de reforma magisterial existen algunos articulos referidos a los auxiliares pero la posición del MED es que ellos tendrán su norma propia. En el reglamento aprobado se han comprometifdo a tener la norma en un plazo que creo es de 180 dias. Saludos

  • DR. BUENAS TARDES
    En verdad es preocupante lo que informa y desinforma el MED a la comunidad en general.
    En el Portal del Ministerio dice Textualmente:

    Como lo dispone la Ley de Reforma Magisterial, por tratarse del primer concurso podrán postular profesores ubicados en la segunda escala y aquellos que provienen de la Ley del Profesorado ubicados en la primera escala que han tenido encargarturas de director en los últimos diez años.
    Pero en el Reglamento Dice, que en la Primera Convocatoria podrán participar los docentes que se encuentran en la II Escala, docentes provenientes de la Ley del profesorado, y los docentes que estaban en la CPM sólo lo podrán hacer, a partir del IV Escala.
    Que se hable con la verdad, porque no se dice que los docentes que estan en el II, III Escala provenientes de la CPM no van a poder concursar gracias al SUTEP que tanto daño a hecho al Magisterio Nacional y a la Educación Peruana.
    Porque no se da la oportunidad a todos, que estan en la II Escala, que gane el mejor, a que se le tiene miedo. Hasta Cuando se va actuar de esa manera, haciendo exclusiones en la ley. Alguien tiene que parar estó.

  • que tal doctor,saludos,es preocupante lo del concurso de Directores hay una información sobre la convocatoria,ya se vencieron algunos plazos o fechas,y en Piura no hay inscripciones porque dicen que oficialmente de parte del Ministerio no hay nada.Me encuentro en el quinto nivel y segun lo que ha salido solo participaran los del cuarto nivel y nosotros no podremos participar,según tengo entendido hay normas anteriores que si podiamos. Por favor Doctor si nos mantuviera informados le agradecería mucho.

  • Buenos tardes Doctor la verdad es una pena al leer en todos sus declaraciones de la Ministra solo hable de la NLDRM y de las asignaciones de todos los maestros que ocupan aula , y no dice nada detallado de nosotros los auxiliares de educacion nombrados con titulo pedagogico y a la fecha tenemos el grado de maestria y especializaciones la verdad nos sentimos indignados impotentes en hacer nuestros reclamos la MINISTRA se ofrecio aumento para todos pero como vee usted nos han excluido no tenemos signos de que nos reubique a la primera escala ¿a caso no somos maestros preparados ? ¿ a caso no tenemos derecho a que se nos reconozca nuestros meritos? ¿por que la Ministra no nos da esa oportunidad de ingrasar a la primera escala yo pido que nos evalue de manera excepcional a todos los auxiliares de educacion nombrados con titulo pedagogico para pasar a la primera escala pienso que seria lo mas justo ojala la Ministra reflexione y que nos evalue Pronto de manera Excepcional muchos de nosotros queremos ingrsar a la nueva ley gracias.

    • César. El Med ha dado muestras que su prioridad son la carrera docente. No veo frente a ello ninguna posibilidad para los auxiliares a no ser que postulen y se incorporen a la carrera pero como dice la ley, es decir por la primera escala. Suena injusto pero es lo uno que se observa como posibilidad. Saludos

  • Doctor Hugo
    En la ugel 02 en el verano 2013 salio una directiva sobre el programa de recuperación acad+emica donde decian que los estudiantes que neceistaba recuperacion no pagarian ni un sol, se contrato a docenttes quienes laboramos seis semanas y a quienes nos pagaria la UGEL la cantidad de 600 soles. Buenos hemos terminado en el mes de febrero y hasta la fecha no hay pago alguno, cuando nos acercamos a la UGEL 02 para reclamar nuestro sueldo por trabajo realizado simplemente nos dicen no hay plata.
    Hemos sido engañados, estafados por el gobierno.
    Es una pena que se hable de la gran transformacion, de los valores cuando se roba de esa manera.
    Diganos cual es el procedimiento que debemos seguir para denunciar a estos estafadores.

  • Dr. Hugo, los docentes que venimos de la ExCPM y que tuvimos encargatura de dirección el año pasado, percibimos la asignacion en un 70% en la Ugel Cajamarca (2012), ahora (2013)se nos expide la resolución con encargo de funciones, ¿seguiremos percibiendo está asignación el presente año o no?, pues se informó que sí, antes de que se promulge la Ley de RM.
    Gracias por sus comentarios.

  • Buenas tardes, sobre el reglamento no veo que reglamenten sobre la jornada de trabajo, se habló en un inicio sobre los profesores de secundaria que deberían de tener progresivamente cada año comenzando el 2014 2 horas más para llegar a tener 30 horas tal como sucede con los colegas de primaria, llama la atención este punto porque yo esperaba que este anuncio que está en las disposiciones complementarias de la LRM se detalle en el reglamento pero nada, parece que los docentes de secundaria vamos a estar marginados sobre la jornada laboral quedandonos con las 24 horas, o habrá que plantear de otra forma los profesores de secundaria, porque lo colegas de primaria sobre este caso no dicen nada. Gracias

    • Noe. De acuerdo al reglamento, luego que cumpla años, en 15 días le dan su resolucion de cese. En su capitulo sobre permutas no le permitiría hacerla. Requiere que su cese se produzca con un mínimo de 5 años antes del cese. Saludos

  • Estimado Hugo
    Voy a referirme en cuanto al comentario de su blog, sección informes.
    …”Lo deseable hubiera sido que en lugar
    de promediar la prueba aplicada por el Ministerio y la evaluación en el centro educativo, la primera sea un requisito para postular a una vacante y que la selección recaiga en 100% de responsabilidad en el centro educativo”…

    Seguramente los señores del MINEDU habrán leído infinidad de comentarios publicados aquí en donde se da cuenta de la ineptitud y de la corrupción gerencial de las escuelas y por otro lado habrán tenido que ingeniarse para contentar a la masa sindical que quiere quie las cosas sigan como están.
    En mi opinión está bien que se capacite y evalue a los directores para ir sarandeando la paja del trigo y cuan esté sarandeado pensar en hacer pan

    SALUDOS.

  • ¿Qué hacer? Con la publicación del Reglamneto de la LRM, se despejan las dudas, y aclaran las ideas. Publicada y reglamentada la LRM se inicia la gran transformación e inclusión en lo que concierne al desarrollo docente; resta implementar las evaluaciónes extraordinarias para el cambio de escala; que debe ser antes de la ealuación para cargos directivos.

    • Jorge. No se aclaran todas las dudas sobre la aplicación de la Ley con el Reglamento. En algunos casos la desorientación puede aumentar. Por ejemplo, se dan 15 días para jubilar a los que tienen 65 años luego de cumplir años. la pregunta es: Tan rápida será la administración para colocar el reemplazo de ese docente. la experiencia de cubrir licencias ya proyecta lo que podrá suceder. A veces cubrirla demora tanto que cuando es posible hacerlo se venció el plazo de la licencia. Saludos

  • buenos dias yo percibo por mi sueldo con 30 horas (soy contratada) solo el monto de 1090 nuevos soles doctor ¡cuento deberia de recibir despues de descuentos osea liquidos? hasta verguenza me da decir cuanto gano con tantos años de estudio mientras mis sobrinos con solo bachillerato o una carrera tecnica de tres años gana el doble que yo una pena. Por favor doctor cuanto deberia de percibir como sueldo gracias.

  • 1243 fabuloso sueldo no se si empezar mi maestría o mi segunda especialización o los dos juntos por que para invertir en la superación profesional me va a sobrar dinero si no como ni me visto dignamente gracias al gran gobierno nacionalista y los policías en que se capacitan con el grado mas bajo de suboficiales
    por que no fui policía? Por qu8e me creíame académico cosa que se valora con fabulosos 1243,93 nuevos soles que gran país habrá alguien que valore nuestro trabajo se fue JAVIER UNA PENA

  • Saludos señor Hugo, textualmente en el reglamento dice:
    Ademas del tiempo minimo de permanencia por escala establecido en el artículo 11 de la Ley, la formación
    profesional mínima exigible para el ascenso es la
    siguiente:
    a) Para postular a la sétima escala, grado de
    maestría
    b) Para postular a la octava escala, estudios doctorales concluidos.
    Quiere decir que ya no se necesita como requisito maestria para el quinto y sexto nivel como requisito, como se dio en la carrera publica magisterial?

  • Buenos días Señor Hugo mi consulta es trabajo en una escuela multigrado soy Director encargado en una zona rural,aparte tengo aula quisiera saber si ¿me van a pagar por encargatura de dirección, profesor de aula y zona rural? estoy en la nueva ley, automáticamente pase a la escala IV gracias.

  • Buenos días Dr. Hugo Díaz.
    Los anuncios sobre convocatoria a concurso de 15 plazas directivas (Direcciones y sub direcciones); consideramos que primero debería convocarse el concurso de ascensos de nivel (reubicación) para dar oportunidad a miles de maestros que teniendo entre 10 o 20 años de servicio, con la Ley 29944 LRM, han sido degradados a la I escala, en consecuencia impedidos y marginados de participar en este Concurso de Directores.

  • Buenas noches Dr. entiendo su recargada labor y el espacio que le brinda a los docentes del país, estoy a la espera que presente su opinión respecto a la reglamentación de la LRM y poder dialogar particularmente también voy leyendo dicho documento y pude apreciar que muchos de mis colegas recién comienzan a preocuparse porque confiaban en que no se aprobaría el reglamento pensando en que las acciones de amparo presentado contra la LRM impedía que se promulgue el reglamento de la LRM, entonces estaré esperando que publique un artículo sobre el tema ya planteado. Gracias

  • Doctor buenas noches la verdad leyendo el reglamento puedo pensar que hay una exclusion hacia los auxilires de educacion nombrados con titulo pedagoguico y muchos de nosotros ya optamos el grado de magister, diplomados de especilaizacion y otros cursos , pero envano nuestro esfuerzo pareciera que para el MED no significamos nada, en cuanto a nuestra reminuracion se puede apreciar que no hay ni un solo sol de aumento peor que no hay signos de que tengamos esa prioridad de insertarnos a la primera escala magisterial que tal exclusion escrito esta que en 180 dias se va raglamentar nuestra situacion la verdad no lo creo y ni se acordaran de elaborar que pena Doctor estoy seguro que a nivel nacional nos sentimos fustrados por el maltrato que nos brinda el MED ojala hayan buenos tiempos ojala algun dia las Autoridades se recuerden de nosotros que tambien somos maestros con vocacion de servicio hacia nuestros alumnos gracias.

    • César. Es un tema complejo en el cual no hay conciencia de la importancia de la función. Tanto así que resulta difícil encontrar una norma donde existan las funciones de un auxiliar. Como dice, hay que esperar mejores tiempos. Saludos

  • BUENAS NOCHES DR. HUGO, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE: EN CASO QUE UN DOCENTE FUE NOMBRADO HACE AÑOS COMO JEFE DE LABORATORIO EN EL NIVEL SECUNDARIO POR SUTEP; Y AHORA ESTE DOCENTE ESTA UBICADO EN II ESCALA, Y HABIENDO DOCENTES DE CTA QUE ASCENDIERON A IV ESCALA; LE CORRESPONDERIA LA ENCARGATURA A UNO DE LOS DOCENTES DE IV ESCALA? POR JERARQUIA?

  • Buenos dias
    Sr. Hugo Diaz
    La gente de la UGEL me está explicando que como estoy en el V nivel magisterial no puedo postular a un cargo ni me van a
    recibir los papeles que es por gusto, ya me lo dijeron, es una
    instrucción del Minedu a nivel nacional. Estoy pensando en retirme porque me siento una persona capaz, decepcionada de nuestras autoridades. Para que retrocedan hay que ponerse de acuerdo con otros sectores más fuertes. Vemos como apenas salió el presidente de la Confiep a criticarlo duramente por lo de Repsol, el presidente Humala retrocedió, el Canal E de la educación todavía no se manifiesta claramente sobre estos temas, usted que tiene allí un muy buen programa, haga
    llegar a los privados nuestra problemática para que decidan comprarse el pleito. Por allí viene la solución. Queremos estar orgullosos de nuestra profesión, ahora esto sólo
    es una ilusión.

  • dr. hugo no hay mayor novedad entre el reglamento y el proyecto de reglamento no hace mencion en cuanto al aumento progresivo jornada laboral del profesor de secundarias hasta 30 horas no hay revaloracion de nuestra carrera imagina ud la humillacion que siente uno cuando en determinadas circunstancias lo llaman a uno profesorsito despectivamente por los ingresos que obtenemos imagina ud los problemas familiares que generan una economia precaria. realmente es decepcionante este trato sobre todo para el profesor de secundaria ni que decir los contratados o auxiliares.
    sinceramente he llegado al punto de tener verguenza de decir que soy docente prefiero decir que soy obrero en fin esto no va acambiar estoy convencido. disculpe pero tengo la necesidad de expresarme. con el pretexto de vocacion docente nos tratan como profesionales de tercera categoria una verdadera pena y todo apunta a que esto no va cambiar la docencia en EBR es un cachuelo no un trbajo digno mire ud el trato del sector el sindicato que tenemos mas desmotivado que nunca. ya no espero sus comentarios puesto que no le haran caso no se necesita ser adivino para pronosticar eso

    • Ernesto. Le entiendo y comparto su frustración. En el reglamento era difícil corregir la situación de los docentes de secundaria pues eso requiere ley y no decreto supremo. Pero habrá que seguir insistiendo. Lo que si quisiera aclarar es que mi palabra no es orden en el MED, ni siquiera trabajo allí. Yo solo opino lo que buenamente creo que debe ser la norma. Saludos

  • Doctor Hugo

    Un saludo y felicitaciones por su blog
    Mi consulta es sobre las licencias sin goce de háber. He leido el Reglamento pero cómo quedan los profesores que tienen licencia por trabajar en Pronacaf o PELA. Además, ¿se puede pedir licencia sin goce de háber para trabajar en una dependencia del Minedu?
    Lo que ocurre es que hay un decreto 005-2010 que estipulaba la licencia ilimitada mientras se trabaje en esos programas
    Saludos

    • Sandra. Entiendo que para trabajar en esos programas debe pedir licencia en su puesto docente y dejar de percibir allí.Ese presupuesto debe servir para contratar otro profesor en su reemplazo. En tanto usted tendría que ganar la remuneración que le brida trabajar en ese programa. Ciertamente que la fórmula que aplica el MED es un poco extraña. Comparto su preocupación. Saludos

  • Señores del MINEDU soy una profesora joven y preparada de 45 años de edad que por capacidad ingresé a la CPM al IV nivel magisterial y automáticamente ahora estoy en el V nivel magisterial.
    No es posible que por estar en el V nivel ahora no pueda concursar a un cargo directivo.. Dónde está el trato justo y equitativo para el docente? Esto debe cambiar, que le sucede Sra. Ministra donde está la democracia?

  • un aviso a todos los docentes nombrados y contratados se ha interpuesto la ilegalidad de esta ley de reforma magisterial que atropella los derechos del maestro, cuyo objetivo obedece a echar docentes y privatizar el sistema educativo desconociendo derechos ganados como estabilidad por ello el Dr. Javier Valle Riestra ha tomado el caso y para ello se requiere del apoyo de los docentes

  • huele a pescado malogrado este reglamento, porque ante tantas impresiciones, cada quien lo interpretará a su modo. Que lástima tener una ministra y unos funcionarios de este nivel profesional. Debieron sentarse a analizar y no hacerle caso tanto a don Rene.

  • A estas alturas ya la mayoría leimos el reglamento, y sinceramente crremos que es una completa improvisación, como es posible que en tres meses no se haya hecho una conciensuda reglamentación de la ley. Es una completa improvisación. SOS, LOS MAESTROS ESTAMOS EN PELIGRO.

  • Buenos dias Doctor:
    Al respecto, la colega tiene razon, no solo es la ugel norte sino en sur, cientos de casos.El procedimiento deberia ser pasar un tamiz a todos los cargos y ver si en realidad estan de acuerdo a ley.
    Otro procedimiento, actualizar el escalafon de todos los cargos jerarquicos de los niveles: GREA , UGELS. Logicamente acreditados , con resoluciones actualizadas, y generar una estrategia para comprobar la veracidad de titulos y demas ceertificados.
    Considero que debe ya salir , una excelente reglamentacion para estos casos ya asi sse ira llegando a la transparencia de la evaluacion de desempeño del docente.
    Gracias

    • Damasso. Controlar la documentación de cada profesor en su veracidad va a ser algo muy divicil pues las fuentes de certificación son imnumerables. La evaluación del desempeño tomará su tiempo a tener de lo que dice el reglamento. No se sabe a partir de cuando se aplicará. Saludos

  • Buenos dias, con todos los abuso, que se esta dando contra un contratado, añadiendo el no pago AUN por dezplazamiento y obtencion de logros de PRONAPCAF-AREQUIPA-2011 tenemos que estar soportanto la discriminacion de nuestros sueldos somo los que ganamos menos me gustaria ver los resultados de ECE-2013 haber como afecta en especial a nuestros colegas contratados, y las consecuencias en los resultados este año, ojo nosotros los maestros no solo vivimos del amor tenemos familias y esto afecta enormemente en el desemvolvimiento profesional y peor aun ver que un obrero sin estudios o un comerciante gane mas que un docente solo pasa en el Perú, gracias

  • Buenas noches Dr.Hugo, salió el Reglamento pero hay varios aspectos importantes que se han dejado para más adelante y otros más que deberían ser corregidos. Le pediria que lo analice en su programa de Canal E, para que sus importantes conclusiones lleguen a más personas. Aquí en Huancayo lo estamos viendo. De paso felicitaciones al Consejo Nacional de Educación que con esa amplitud de criterio que no demuestra el Minedu, ha conseguido aliarse con el sector privado y contar con esa impresionante tecnología.

  • Prof. hugo buenas noches, mi duda es respecto a los accesos a cargos jerarquicos, hoy en dia un docente de CTA de IV escala puede obtener la encargatura como Jefe de Laboratorio de su I.E ya que el actual Jefe esta en II escala (quien fue nombrado como tal por el SUTEP)?, cómo se llevaría el proceso? tiene preferencia segun jerarquía? por favor saqueme de dudas. gracias

  • Buenas Noches DR: quisiera preguntarle que pasa con los directores con procesos administrativos que no trabajan van a la ugel y cobran como “ricos” según ellos son los más privilegiados del sector educación y encima corruptos como se observa en la Ugel Arequipa Norte ¿ellos podrian concursar?Gracias por su respuesta, mi estimo dr Hugo Diaz

  • Saludos Dr. Hugo.
    Salió en reglamento, pero si algunos teníamos esperanzas que esta mejore en algo las condiciones del docente, no equivocamos terriblemente. No hay nada alentador, principalmente para los docentes de la ex CPM, y los profesores de secundaria en general que fuimos los mayores perjudicados por esta nueva LRM.
    Colegas no nos queda otra, debemos impulsar acciones de protesta.

  • BUENAS NOCHES DOCTOR HUGO: MI CONSULTA ES, ahora que ya salió el REGLAMENTO DE LA LEY 29944 DE REFORMA observo que en cuanto a los permisos sin goce de haber MENCIONA QUE : en el artículo 200, inciso c)Por enfermedad grave de padres, cónyuge, conviviente o hijos- Se concede al profesor en caso de enfermedad grave de padres, cónyuge, conviviente o hijos, previa a la presentación del certificado médico correspondiente.
    DOTOR HUGO ESTO ES CONTRADICTORIO CON LO QUE MENCIONA LA RECIENTE LEY DEL 26 de abril del 2013 en donde se publica la Ley N° 30012 “Ley que concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave” que en su artículo 1° de la Ley N° 30012: dice: La presente Ley tiene por objeto establecer el derecho del trabajador de la actividad pública y privada a gozar de licencia en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente ENFERMO diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto de asistirlo. EN SU ARTICULO 2° MENCIONA QUE ES CON GOCE DE HABER.
    DOCTOR: ME PUEDE ACLARA ESTA CONTRADICCIÓN? Mi pregunta es qué hago si tengo a mi padre con cáncer terminal? ¿tengo permiso con goce o sin goce de haber?

  • Buenas noches, Dr, así como mis colegas por fin encontramos el reglamento de la ley aprobada, promulgada y publicada, así que ahora nos toca realizar un análisis frió sin apasionamientos, seguro mañana tendremos un amplio diálogo, finalmente ahora solo queda esperar la directiva que anuncie el concurso de directores. Entonces a leer el reglamento de la LRM.

  • Dr. Hugo ya se aprobó el Reglamento y no dice nada de los docentes contratados en cuanto a sus haberes, veo que nadie se preocupa por los docentes contratados, somos evaluados todos los años, ni siquiera nos van a pagar como el I nivel, para nadie es un secreto que el docente contratado trabaja igual o mejor que uno nombrado.Ojala salga un iluminado y hable por los docentes contratados.

  • Buenos Dias Dr. Hugo.
    En el Portal del Minedu indica que se aprobó el reglamento de la ley, aún no lo leí, pero supongo que la demora fue por algo, y espero que ese algo beneficie a todos los maestros y no solo a esa cúpula del sindicado.
    Lo revisaré a detalle y emitiré mi opinión, cabe recordar que se demoro 2 meses más de lo estipulado.

  • Dr. Mientras el reglamento duerme el sueño de los justos; hoy viene un congresista a dar una charla invitado por el SUTEP, sobre lo concerniente a la LRM, su inconstitucionalidad y otros. Realmente no se a donde caminemos ya con respecto a la educación en nuestro país.

  • AL DOCENTE CONTRATADO LE CORRESPONDE LICENCIA CON GOCE DE HABER POR FALLLECIMIENTO DE SU PADRE, DE ACUERDO A LA CONSULTA UGEL ME RESPONDE QUE LOS DOCENTES CONTRATADOS NO GOZAN DE LICENCIA POR FALLECIMINETOS DE HIJOS, CONYUGE O PADRES. POR FAVOR ACLARAR LA PETICIÒN CON FUNDAMENTOS LEGALES

    • John Carlos. La Ley de Reforma Magisterial dice que los profesores contratados no forman parte de la carrera pública magisterial. Por tanto, los alcances que haya en la ley en cuanto a profesorado no le corresponden. Solo la ley de contratación de trabajadores para el sector público que tampoco hace referencia a esa situación. Hay que esperar a ver lo que dice el reglamento. Saludos

  • quisiera saber sobre las licencias por función edil, por un lado la ley orgánica de municipalidades menciona hasta un maximo de 20 horas semanales por licencia por funciòn edil y por otro lado la LRM dice un dia de trabajo semanal mensual, ambas son leyes, entonces como queda las licencias, en si cuantas horas le corresponde de licencia por funciòn edil a un docente.

  • DR. Hugo sea el motivo que sea el país merece una explicación acerca de este retraso en la promulgación del reglamento de la LRM. Es tan importante para el país que resulta incomprensible que solo se preocupe por esta circunstancia el magisterio se debería promover un pronunciamiento oficial al respecto.
    No solo se está creando un clima de incertidumbre y desconfianza en el magisterio si no que se está demostrando improvisación y falta de dirección en la política educativa de parte del gobierno no olvidemos que ya son muchos plazos vencidos uno más es la convocatoria a reubicación de nivel que podríamos esperar con el resto de los plazos una vez implementada esta ley completamente que nunca se convoquen a ascensos que nunca el profesor de secundaria gane por 30 horas.
    Qué compromiso y motivación pueden pedir al magisterio mostrando esa actitud.
    Exigimos un pronunciamiento del ministerio.

    • Daniel. Estoy de acuerdo con usted. Ojala el MED escuche. Se que leen lo que se escribe en el blog. Las autoridades me lo han dicho muchas veces. No obstante, parece que hacen oidos sordos a las recomendaciones. Saludos

  • Dr. buenas noches.
    el reglamento de la ley 29944 nosale por simple calculo de lo que decida el TC o por que se dieron cuenta que la misma ley, tiene vacios, crea dosorden y fomenta problemas donde antes no los habia, SUGIERA que que el MED asuma los compromisos para que la Educacion Peruana Cambie.

    • Víctor. Podría ser lo que usted dice. No hay una razón lógica por la que el reglamento no sale. Siempre creí que era mejor quedarnos con la CPM cuya implementación podríamos haberla mejorado. Cierto, hay mucha confusión y caos. Saludos

  • Doctor, en las demandas de amparo que presentaron muchos docentes, argumentando la inconstitucional de la Ley de la reforma magisterial, Que la ejecución de la ley esta subordinada a su reglamentación eso es un argumento jurídico manejado por la procuraduría del MINEDU, ya dos demandas el tribunal constitucional declaro inadmisible, creo que por ello no lo oficializan la reglamentan están esperando plazos de apelaciones, ello esta generando retrasos, usted que opina doctor

  • Buenas Noches.
    Si aun no existe documento oficial para el concurso de directores, debería el MINEDU primero convocar a los procesos especiales de ascensos de escala, para después de terminar con estos dos procesos, convocar al concurso de directores, si empezaran sus funciones el 2014 ; Porque tanta prisa?.
    De esta manera ampliaríamos legalmente el universo de profesores postulantes al concurso de directores.

  • Estamos 01 de mayo y no hay reglamento, con esto queda confirmado que la implementación de la Ley de Reforma Magisterial solo es fruto de la improvisación.
    Mayo y aun existe un desorden en cuanto al pago de los haberes, directores que hasta la fecha no reciben pagos por 40 horas. docentes contratados excluidos de todo aumento a pesar de cumplir la misma función docente.
    Que pena, creo que no podemos esperar mucho de esta ley producto de la improvisación.

  • Previo cordial saludo Dr Hugo mi inquietud es la siguiente soy subdirectora con nombramiento titular segun ley 29062 ,quisiera saber si se anula las R.D de nombramientos titulares , dicha ley menciona que seriamos evaluados al cabo de un determinado numero de años para sre ratificados o de lo contrario regresar a nuestra plaza de origen,que por cierto ya se encuentra ocupada , cual seria nuestra situaciòn actual .

  • trabajo como auxiliar de educación, asimismo gano otro sueldo por jubilación en el sector interior, tengo problemas si consideramos que los auxiliares de educación pertenecieron a la ley del profesorado así como también nos regimos por la ley de reforma magisterial, mi pregunta se puede ganar un sueldo y una pensión

  • Dr. Hugo Díaz : En relación a los Directores que pertenecemos al régimen pensionario DL. 20530 y tener mas de 65 años la fecha de CESE será el 01/03/2014 por haber transcurrido mas de un año nuestra pensión será el 65 % del RIM y por tener mas de 35 años de servicios por el articulo 18 del DL. 20530 nos corresponde la diferencia del nivel inmediato superior , en la practica un nivel mas en la mayoría de los casos tendríamos una pensión de alrededor de S/. 1,800 y una CTS de mas de S/.10,000 nuevos soles, por lo tanto esperemos con calma el reglamento de la LEY 29944. Un abrazo

  • buenas noches Dr. Hugo díaz, son subdirector de formacion general nombrado por concurso público, el caso es que en la resolucion que nos nombra somos 42 docentes en la cual no especifica el término de nuestro función como si figura en otras resoluciones me puede informar sobre eso, otro, según el ME hay 15000 plaza para directivos pero a la ves dice que son para escuelas nuevas y para directores y subdirectores encargados nosotros tambien tenemos que concursar o será hasta otra convocatoria. agradeceré su gentil respuesta Dr.

  • Dr. Gracias por su respuesta. Soy docente de un Instituto no universitario Pedagógico. Tengo derecho a la acumulación de años de estudios a mi tiempo de servicios, Puesto que como servidor público me corresponde? Y que todavía no contamos con una ley específica. Tengo 29 años de servicios efectivos.

  • Dr. un saludo. Tengo conocimiento que alñ cumplir los 65 años inmediatamente nos están jubilando. Cuando se lanzó la LDD se dijo que era una ley que benefiaba a los docentes que quieren seguir haciendo carrera , no entiedo cómo ahora nos quieren sacar apenaas cumplamos 65 años.

  • El análisis que hace sobre la ley debería de considerar a los Auxiliares de Educación, que de una forma u otra están inmersa en ella, se habla de una escala diferenciada para los Auxiliares,y una norma complementaria para los mismos, pero como UD. dice todavía no tenemos reglamento, y el proyecto nos tiene en el limbo, entonces debe tomarse en cuenta esta apreciación.

  • Doctor soy de la región Puno y deseo presentarme al concurso de directores a la región Arequipa, dígame después de los tres años me vuelven a evaluar sino continuo en el cargo por no aprobar o por deseo personal debo regresar a mi región?. Pienso que los cargos directivos que se ganan por concurso deberían ser una forma de reasignarse a otra zona en base a la meritoracia independientemente si uno desea o no estar en el cargo o por algun motivo no apruebe, espero consideren esto en la nueva ley.

  • Señores congresistas, señora Ministra; hasta cuando se publicará el Reglamento de su ley anticonstitucional, según la UGEL de Bambamarca, está cesando a los profesores con la Nueva Ley y según ellos sus beneficios dará cuando salga el reglamento, ¿No creen que es un abuso? y se vienen los juicios por la via contenciosa con gastos y costos ¿Qué les parece?

  • Dr. Hugo Díaz:
    Buenas noches, para consultarle si Ud. sabe algo o si tuviera algún modelo de “plan de mejora de los aprendizajes”, es que en mi colegio se ha solicitado que cada docente presente el suyo de acuerdo a su área y/o grado, y que sea algo así como el informe técnico pedagógico que se presenta a fin de año. Muchas Gracias por su atención.

    • Carlos. Le recomendaría que trate de clasificar a sus estudiantes en tres nivel de desempeño: satisfactorio, intermedio y básico. Establezca cantidades o porcentajes de alumnos que están en cada nivel de rendimiento. Luego proyecte como mejorará la estructura de sus alumnos; es decir, cuantos más o que porcentaje mas estará en nivel satisfactorio y cuantos menos en el nivel básico. A partir de ello determine que medida requiere para que ello se cumpla. Saludos

  • Un cordial saludo Dr. Los gobiernos de turno en el Perú, con la educación, solamente hacen ensayos mas que ensayos,sin esperar el reultado, en ese lapso, pasa el período de un gobierno y viene el otro, lo borra todo lo dicho o hecho, eso es la verdad, en el Perú, no hay ni habrá una política educativa con visiones de futuro, simplemente habrá de gobierno a gobierno simples ensayos, es por eso que estamos como estamos, mientras los políticos gozan haciendo o promulgando leyes como cambiar un pañuelo, el pueblo peruano estamos cada vez más por los suelos en cuanto los valores, porque no tenemos un objetivo nacional a dónde llegar, cómo llegar y para qué llegar, en pocas palabras para mí, esta nueva ley de carrera magisterial, es solamente para perpetuar la pobreza y la ignorancia del pueblo, cosa que así pueden gobernar a su manera y a la altura de sus intereses por que el pueblo no está en la capacidad analítica y reflexiva.

  • Buenas noches Profesor Hugo Diaz , quisiera me indique por favor si sabe Ud. lo relacionado al caso de los docentes del Aula de Innovación y CRT , ya que en el prereglamento ,no se nos menciona para nada , situación injusta pues no se nos define funciones específicas ni cómo se nos evaluará.
    Gracias por su respuesta.

  • quiaiera que me explique yo soy auxiliar de educacion y segun la ley de reforma magisterial dice que nos regimos por esa ley, yo trabajo en otra institucion y gano dos sueldos por funcion docente por pertenecer a la la ley de profesorado habra problemas si en la ley de reforma dice que nos regimos por la misma, quisiera saber cual es la descrminacion aparte del aumento que no nos dan en cuanto a la funcion que tenemos

  • Saludos Dr Hugo. Nuevamente en contacto con Ud a través de su Blog. Agradezco a su espacio por que a través de el, pude ingresar a la CPM en el año 2009 por el seguimiento que hice a todas las indicaciones que daba es decir “estaba al día” con la información. Ahora nuevamente estoy con Ud haciendo seguimiento para el concurso de directores que esperaba con ansias. Actualmente yo soy subdirectora titular nombrada en una plaza desde el año 2007 y ya era hora que postule a una plaza Directiva pero ¡oh sorpresa! no se cumple el Art 35 de la ley 29994 que dice que se accede a dichos cargos desde la IV a VIII escala, pues estaría impedida de hacerlo pues me encuentro en la VI escala. Tengo la esperanza que el gobierno rectifique. Ud. nos dará la suerte porque somos muchos los que reclamamos y gracias a su espacio se logrará.

    • Gandhy. Depende mucho de como el director maneja el personal de la escuela. Si gana por un determinado numero de horas debe permanecer en la escuela ese número de horas, de lo contrario algo falla en el control de personal. Saludos

  • Es una lastima como el gobierno nos esta tratando, primero comunicaban que para la evaluación para el concurso de directores podrían acceder los maestros que estamos en el II, III, IV nivel ahora el gobierno sale solo acceden a esa cargo aquellos directores que han sido y no los medas una humillación mas al magisterio del actual gobierno es una lastima, espero su respuesta

  • Estimado Hugo,

    Tengo entendido que el actual enfoque pedagógico por competencias está muy cuestionado en el mundo. ¿Qué otras teorías han aparecido últimamente? Hay países globalizados donde ya no se utilice el enfoque por competencias? ¿Me puede decir como accedo a esta información por favor?

    • Luis Francisco. Lo que hay por un lado, es una simplificación o racionalización de los programas de estudios. En segundo lugar, hay muchos países que no obstante los esfuerzos hechos no han podido que sus profesores se acostumbren a trabajar por competencias.Lo que han optado es no darse por vencidos pero si dar un paso intermedio. Simplificar el enfoque de competencia de manera de hacerlo mas llevadero para alumnos y profesores. Sin embargo, lo que no se deja de buscar como objetivo de formaciòn es enseñar a saber ser y saber hacer. Veré si le consigo una bibliografía al respecto. Saludos

  • Dr. Hugo hoy día estaba programada la inscripción para el concurso de directores y gran fiasco el Banco de la Nación respondió que no tenían ninguna orden.
    No es ninguna sorpresa, pues esta gestión ha demostrado sinnúmero de veces incongruencias tras incron… para los profesionales de la educación, es realmente penoso como este gobierno asume su rol frente a la educación en forma general.
    Una total ineficiencia e ineptitud en pleno siglo XXI.
    Deberían titularlo UTOPÍAS DE LA EDUCACIÓN EN EL PERÚ SIGLO XXI

  • Es una verguenza que no nos permitan a los de la V y VI escala magisterial postular a estos cargos públicos de directores y subdirectores. No sabemos hasta cuando se va a seguir dando tamañas injusticoias con el magisterio, especialmente con los de la Ex CPM.

  • Estimado Hugo,

    El Minedu continúa elaborando un nuevo DCN o en realidad ha habido una confusión y no era eso lo que estaba haciendo sino por lo contrario creando un Sistema Nacional de Desarrollo Curricular que remplace al DCN vigente. Este nuevo Sistema Nacional de Desarrollo Curricular está integrado por Mapas de Progreso, Rutas de Aprendizaje y el Marco Curricular.

    Quisiera saber que es lo que ese está haciendo exactamente:

    ¿Creando un nuevo Sistema de Desarrollo Curricular que remplace el concepto de DCN? Aunque por ahora esto abarca a solo 4 áreas.

    ¿Se continúa elaborando otro DCN que remplazará al actual y mientras tanto como una medida solo temporal se establecen los mapas de progreso, rutas de aprendizaje y marco curricular?

    • Luis Francisco. En efecto, el Med. Viene trabajando un nuevo Dcn pero todavía no lo tiene listo. En tanto se le ha ocurrido trabajar en las rutas de aprendizaje pero como una herramienta complementaria al dcn actual. No se sí ha sido una buena medida ello o si hubiese sido mejor que las rutas de aprendizaje salgan después pues se ha creado un gran desconcierto. Saludos

  • Buenas noches Sr. Díaz, le escribo porque estoy con la duda si habido una equivocación al redactar el comunicado cuando dice que solo los profesores de la CPM que estan el en IV NIVEL pueden postular para la dirección, quisiera que saque de esa duda, si es asi se estaría comentiendo una gran injusticia con aquellos q estamos en niveles superiores, y quieren postular a las direcciones y subdirecciones

  • Buenas noches Dr. Hugo; hace dos días la UGEL DM visitó la I.E. donde laboro, la finalidad de su visita era de dar la encargatura a un docente en la segunda escala magisterial; pues, el anterior Director encargado ya llevaba mas de 15 años como tal por estar ahora en I escala,…. el caso es que hoy el exDirector dijo que presentaria una Resolucion ascendiendo a 3 nivel de la LEy de profesorado, y que lo presentaria a la UGEl para ubicarlo segun la reforma a II escala, mi pregunta es ¿acaso despues de casi 5 años aprox. el puede ascender mediante un juicio a III nivel? y ahora poder postular con II esscala al examen de Directores?. gracia.

  • DR. Hugo. El sueldo de los contratados será igual al de todos los años, me parece injusto todos los años damos examen, la ley dice que el ministerio de economía dará una escala que en ningún modo podrá sobrepasar a la nivel I de la ley de reforma, al menos los contratados debemos ganar como el primer Nivel I, no le parece, tranajamos la misma jornada, somo los que mayores supervisiones y monitoreos tenemos, gracias por su respuesta.

  • Doctor Hugo Diaz, de cuanto tiempo estaríamos hablando para que la directiva salga ya que en estos momentos solo tenemos una cartilla dada por la Dirección General de Desarrollo Docente donde existen plazos y fechas, pero no se están cumpliendo por ejemplo se dijo que para el día 24 de este mes saldría el cuadro de plazas directivas para el concurso y no salio, le estare agradecido por su ayuda.

  • En el portal del MED sale un aviso que la Ley 29062 es la que está vigente. Y así es mientras no se reglamente la Ley 29994.

    Y la ministra está buscando visiones sin cumplir sus misiones. Se crea expectativas sin bases sólidas.

    • Raúl. Como Jefe del Area de Gestión pedagógica usted está facultado para formar parte de la Ley de Reforma Magisterial. Además, el pase a la Ley debió ser automático a partir de enero del presente año. Hay en el Ministerio un área de Administración Regional que dirige Patricia Correa. A ella puede expresarle su peocupación. Saludos

  • Por qué se quiere dar “oportunidad” solo a maestros de la antigua ley en este concurso de directores, por qué no excepcionalmente se lo hacen con todos los profesores que tengan ciertos requisitos, tales como tiempo de servicio, buen desempeño docente,,,, y no estar haciéndono líos por escalas, ya que a muchos subieron, a otros bajaron,, en fin un desorden. Si de verdad queremos mejorar la educación busquemos a los mejores directores de un universo más amplio, que este concurso lo hagan pensando en los alumnos y no en las escalas o supuestos merecimientos que tienen algunos maestros,,,,los méritos lo debe lograr el futuro docente mediante un concurso transparente y riguroso, no mediante leguleyadas que a nada nos conduce,,,, pensemos en los estudiantes señores del MED y del CNE.

  • Dr. Hugo, los docentes de la ley del profesoraso han tenido la opcion de ascender al III,IV y V nivel magisterial, sin embargo no lo han hecho por temor a “perder la estabilidad” que tanto ha defendido el SUTEP, me parece justo los criterios que indican en el anunciado concurso de Directores y subdirectores, los de la ex CPM hemos apostado por un cambio en base a la meritocracia, a la preparación y actualización contínua que muchos colegas han dejado de lado. Yo creo que tambien deben tomar en cuenta este aspecto o en todo caso bonificar puntos por estar en determinados niveles, porque se ha logrado con esfuerzo y no como otros dicen que se ha logrado con examenes fraudulentos cosa que es totalmente falso.

  • Saludos cordisles, doctor Hugo Diaz.
    Le agradecería mucho que me ilustre respecto a si se pueden hacer reasignaciones por excedencia aún asi, que todavia no se cuenta con el esperado reglamento de la reforma magisterialy lo que me resulta ma improbable es que se pretenda reasignar profesoras sin titulo en la ugel piura. Reitero mi agradecimiento.

  • Mi comentario ahora no tendrá mucho optimismo: no tenemos, reglamento, estoy ahora en el V nivel no podré postular a ninguna plaza directiva contraviniendo la Ley (Artículo 35), me hicieron un daño al ascenderme?, pensé que sería un error en un documento que ni siquiera aparece en la página del MED. Gracias por permitir emitir nuestro sentir.

  • Estimado Dr. Hugo Díaz:
    Tanto se habla de las evaluaciones de Directores y Subdirectores de las Instituciones Educativas, con el propósito de mejorar la calidad de gestión escolar;sin embargo, la evaluación debe considerar primero a los Directores de las UGELs,Jefes de Area y los Especialistas de Areas, quienes al final serán de una u otra manera parte de la Comisión de Evaluación de Directores y Subdirectores; por lo tanto, ¿de qué mejora en la calidad de la educación hablamos?, ¿Dónde está la aplicabilidad de LRM?, cuando aún no se cuenta con el Reglamento de LRM.

  • Doctor Hugo:
    SEGÚN TENGO CONOCIMIENTO SOBRE EL RECUENTO DE NORMAS LEGALES QUE HAN SIDO DEROGADAS, RESPECTO AL ACCESO AL CARGO DE DIRECTOR DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA:
    La Ley Nº 26269 LEY QUE REGULA EL ACCESO AL CARGO DE DIRECTOR DE LOS CENTROS O PROGRAMAS EDUCATIVOS DE GESTIÓN ESTATAL, publicado el 1º de enero de 1994, en su artículo 1º estipuló: “El acceso al cargo de Director de los Centros o Programas Educativos de gestión estatal de cualquier nivel o modalidad del país, se realiza por estricto orden de méritos y mediante concurso público ejecutado por el Ministerio de Educación. El período de gestión directiva tiene una duración de cinco años contados a partir de la expedición de la resolución de nombramiento. Vencido el plazo, el Director puede concursar nuevamente”. Aquí claramente especifica que la RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO en el cargo de Director TIENE UNA DURACIÓN DE CINCO AÑOS y no es hasta el momento del cese o “de por vida” como erróneamente algunos podrían interpretarla por el hecho de que dice “RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO” o en su R.D.R. en la parte resolutiva dice: “NOMBRAR”. Este Concurso público al que se refiere se hace en estricto cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado y su Reglamento D.S. Nº 019-90-ED (artículo 2º de la Ley Nº 26269).
    En base a lo señalado en la primera parte del artículo 1º de la Ley Nº 26269, se promulgaron leyes específicas como las Leyes Nº’s 26368, 26815, 26974 y 27142, que a continuación se detallan:
    La Ley Nº 26368, publicado el 20 de octubre de 1994, AUTORIZA AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PARA QUE EFECTÚE EL NOMBRAMIENTO DE PROFESORES QUE SE ENCUENTREN LABORANDO EN CALIDAD DE CONTRATADOS EN LOS NIVELES INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA, en su primera disposición complementaria y final indicó: “El Ministerio de Educación cubrirá las plazas vacantes presupuestadas de Directores y Subdirectores de Centros Educativos, mediante una prueba de selección que elaborará para tal efecto”. En su cuarta disposición complementaria y final especificó: “Déjense en suspenso todas aquellas normas que se opongan a la presente Ley, la cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano”.
    La Ley Nº 26815, publicado el 21 de junio de 1997, AUTORIZA AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A CONVOCAR CONCURSO PÚBLICO PARA CUBRIR PLAZAS DOCENTES DE LOS NIVELES INICIAL, PRIMARIA, SECUNDARIA, SUPERIOR NO UNIVERSITARIO Y DE MODALIDADES ESPECIAL Y OCUPACIONAL, en su artículo 5º especificó: “Las plazas del personal directivo de los niveles y modalidades educativas a las que se refiere el artículo 1º de la presente Ley, que a la fecha se encuentren vacantes, serán cubiertas mediante la aplicación de una prueba de selección”. En su sexta disposición complementaria y final explicitó: “Déjense en suspenso todas aquellas normas que se opongan a la presente Ley, la cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial el Peruano”.
    La Ley Nº 26974, publicado el 11 de setiembre de 1998, AUTORIZA AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A CONVOCAR Y EJECUTAR UN CONCURSO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL PARA CUBRIR PLAZAS DOCENTES VACANTES EN DIFERENTES NIVELES Y MODALIDADES, en su artículo 5º detalló: “Las plazas del personal directivo de los niveles y modalidades educativas a las que se refiere el artículo 1º de la presente Ley, que a la fecha están vacantes, serán cubiertas mediante la aplicación de una prueba de selección”. En su séptima disposición complementaria y final indicó: “Déjense en suspenso todas aquellas normas que se opongan a la presente Ley, la cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano”.
    La Ley Nº 27142, publicado el viernes 18 de junio de 1999, AUTORIZA UN CONCURSO PÚBLICO PARA CUBRIR PLAZAS DOCENTES ORGÁNICAS DE LOS NIVELES INICIAL, PRIMARIA, SECUNDARIA DE MENORES Y SUPERIOR NO UNIVERSITARIO Y DE LAS MODALIDADES ESPECIAL Y OCUPACIONAL QUE SE ENCUENTRAN VACANTES EN TODA LA REPÚBLICA, en su artículo 5º puntualizó: “Las plazas vacantes para personal directivo de las modalidades y niveles educativos a que se refiere el Artículo 1º de la presente Ley serán igualmente cubiertas mediante la aplicación de una prueba de selección”. En su octava disposición complementaria y final precisó: “Déjense en suspenso todas aquellas normas que se opongan a la presente Ley”.
    Cuando las Leyes Nº’s 26368, 26815, 26974 y 27142, establecieron que quedan en suspenso las normas legales que se le opongan, éstas no alcanzaron a la Ley Nº 26269, por el contrario afirmó que el acceso al cargo de Director se realiza por estricto orden de méritos y a través de un Concurso Público, con lo cual se cumplió lo estipulado en la Ley Nº 26269 como norma legal de carácter general y permanente en lo que respectaba al acceso y periodo de gestión del Director de una Institución Educativa Pública.
    La Ley Nº 27382 LEY DE NOMBRAMIENTO DE PROFESORES CONTRATADOS AL SERVICIO DEL ESTADO PARA SU INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA, publicado el miércoles 27 de diciembre del 2000, en su artículo 5º determinó: “Deróguense las Leyes Núms. 26368, 26815, 26974 y 27142, que autorizaron los concursos públicos para cubrir las plazas docentes del sector público, y las normas legales que se opongan a la presente Ley”.
    La Ley Nº 28718 LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY 26269, LEY QUE REGULA EL ACCESO AL CARGO DE DIRECTOR DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GESTIÓN ESTATAL, publicado el martes 18 de abril de 2006, en su artículo 1º determinó: “Modifíquese el artículo 1º de la Ley Nº 26269, bajo los términos siguientes: ‘Artículo 1º.- Acceso y ratificación en el cargo: El acceso al cargo de Director de las instituciones educativas de gestión estatal, de cualquier nivel o modalidad, se realiza por concurso público y en estricto orden de mérito. Es conducido por la Unidad de Gestión Educativa Local, en coordinación con la Dirección Regional de Educación. En el caso de Lima Metropolitana está a cargo del Ministerio de Educación, en tanto la Municipalidad Metropolitana de Lima no asuma las competencias en materia educativa. El periodo de gestión educativa es de tres años contados a partir de la expedición de la resolución de nombramiento. Vencido el plazo y cada tres años, el Director se somete a un proceso de evaluación para su ratificación. En el Comité de Evaluación del Concurso Público y del proceso de evaluación indicados, participan los representantes del Consejo Educativo Institucional –CONEI, entre los que se encuentra el representante de la asociación de padres de familia'”. Aquí también mencionó la frase RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO pero eso no significó que el periodo de gestión del Director es permanente sino de TRES AÑOS. Esta Ley no sólo modifica el tiempo de gestión de los directores, sino que además establece en su 2º artículo que esta Ley no afecta a los concursos públicos en trámite.
    La última convocatoria para cubrir, mediante concurso público, los cargos de Directores y Subdirectores encargados al 30 de abril de 2005 se llevó a cabo según el D.S. Nº 010-2005-ED (publicado el 30 de abril de 2005); también aprobó el Reglamento del Concurso Público para cubrir plazas de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas Públicas y Educación Técnica Productiva; su marco legal fue la Ley Nº 26269.
    Según la norma señalada en el párrafo anterior podían postular en una primera fase el personal directivo encargado y el director titular con 5 años o más de servicio en el cargo, así como el personal jerárquico y los docentes de la misma institución educativa donde exista plaza orgánica vacante de Director y Subdirector y en una segunda fase podía postular el personal directivo encargado y el director titular con 5 años o más de servicio en el cargo, así como el personal jerárquico y los docentes de instituciones educativas públicas que hayan postulado o no en la primera fase. En el artículo 16º especificaba que se consideraban también plazas vacantes, según el artículo 1º de la Ley Nº 26269, los cargos de director titular que al 30 de abril de 2005 han cumplido cinco (5) años o más en el ejercicio de la función directiva, quedando facultados dichos directores a postular en el presente concurso.
    Asimismo en su tercera disposición complementaria disponía que los Directores que postularon O NO en el presente Concurso Público, habiendo cumplido al 30 de abril de 2005, cinco (5) años o más en el ejercicio de la función directiva de acuerdo a la Ley Nº 26269, y que no han ganado en el presente concurso, deberán ser reubicados en una plaza docente equivalente a su plaza de origen antes de ser designado director. Es decir que aquellos directores que tenían cinco años o más en la función directiva y que no postularon, según la norma legal, dejaron de ser directores desde ese momento, por lo que debieron regresar a una plaza docente o en todo caso darle una encargatura de Dirección.
    Actualmente la Ley Nº 26269, LEY QUE REGULA EL ACCESO AL CARGO DE DIRECTOR DE LOS CENTROS O PROGRAMAS EDUCATIVOS DE GESTIÓN ESTATAL y su modificatoria Ley Nº 28718 están derogadas, a partir del lunes 26 de noviembre de 2012, por la Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial; así como también están derogadas la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, y su modificatoria Ley Nº 25212; de igual manera la Ley Nº 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial, y su modificatoria Ley Nº 29762 (Décimo sexta disposición complementaria, transitoria y final de la Ley Nº 29944).
    El próximo Concurso Público de Directores y Subdirectores de instituciones educativas públicas se hará cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley Nº 29944 (publicada el domingo 25 de noviembre de 2012) y su próxima reglamentación que debe de salir a finales de febrero de 2013, pues se cumple el plazo máximo de 90 días calendarios establecido en la décimo quinta disposición complementaria, transitoria y final de la Ley Nº 29944. En su artículo 33 explica que el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral (a. gestión pedagógica, b. gestión institucional: director y subdirector de I.E., c. formación docente y d. innovación e investigación) por concurso y por un periodo de tres años. Al término del periodo de gestión es evaluado para determinar su continuidad en el cargo o su retorno al cargo docente.
    El hecho de que esta Ley no está reglamentada no significa que no esté en vigencia, pues la Constitución Política del Perú en su artículo 109º, referente a la vigencia y obligatoriedad de la ley, dispone: “La ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial, salvo disposición contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte”.
    Este es un comentario histórico de las leyes derogadas, que convocaron a concursos al cargo de director pero siempre quedo vigente la ley 26269, que entro en vigencia el 1º de enero de 1994, ojala que este recuento esclarezca dudas a los colegas.

  • Dr.Buen dia.
    Estimado Hugo,el anuncio sobre Convocatoria a Concurso para Directores de I.E. ante tantas imprecisiones esta generando confusión,malestar y especulaciones en la comunidad docente interesada en postular para estos cargos.Solicito a usted,apelando a su cercanía y/o contactos con el MINEDU, pueda dialogar con ellos y brindarnos informacion referente a:
    ¿Es oficial esta convocatoria a concurso?,¿por qué no hay directiva que norme este proceso? si la convocatoria es oficial¿por que no se publica en el portal del MINEDU? existen especulaciones respecto a que solo es un cronograma tentativo,¿Es cierto esto ultimo? los plazos ya empezaron a contar.Existe incertidumbre sobre los postulantes,¿pueden o no postular los profesores de la V y VI escala de la LRM? de ser negativa la participacion de estos profesores,¿qué argumento legal aplican para contradecir lo expuesto en la propia LRM?.Por otro lado,Manifestar mi total acuerdo con lo que manifiestan muchos docentes a nivel nacional respecto a hacer las cosas en orden,¿por qué antes de hacer este concurso no se llevó a cabo la evaluación para reubicar a los profesores de la Ley del Profesorado en las respectivas escalas de la LRM? haberlos reubicado seria un acto de justicia,ya tendrian la oportunidad de postular a cargos director a profesores con mas de 15,18 o más de servicios al
    Estado y fue este el que no convoco a ascensos y por tal motivo se quedaron al el II nivel y ahora pertenecen a l escala I de la LRM y por lo tanto no pueden postular en este concurso.
    Algo mas,la LRM deroga la Ley del Profesorado,la LCPM y establece que el acceso a cargos de director es por concurso.tambien establece derogar todo lo que se oponga a la LRM,entendiendolo asi,nos hace pensar que todos los cargos de director a nivel nacional hoy son plazas vacantes para este concurso,entonces,¿en qué condición se encuentran los actuales directores de I.E que fueron nombrados en estos cargos en el gobierno de Fujimori?
    Espero pueda usted darnos algunas luces que contribuya a despejar estas y otras dudas y polémicas que esta generando este anuncio de concurso.Gracias.

      • DE NINGUNA MANERA LOS ACTUALES DIRECTORES Y SUB-DIRECTORES , NO PODRIAN POSTULAR, obviamente por estar en el primer nivel…. ya que desde el año 90 los ascensos fueron congelados sobre todo en lima metropolitana ya que en otras regiones como ANCASH, si ascendieron de NIVEL, no HAY JUSTICIA … a mi criteruio primero tiene que convocarse a evaluacion de ascensos de nivel y luego para cargos de los directores y subdirectores …….caso contrario, al prensa y los medios de comunicacion saldran al frente y comentaran que hay MALTRATO a los maestros y estos no se quedaran brazos cruzados inmediatamente haran su accion de amparo ..a la plaza y cargo que tienen, por que en desde el año 95 accedieron a ese cargo por concurso publico ……NO HAY DIRECTIVA , ….. y una directiva no esta sobre una ley , LOS DIRECTORES Y SUBDIRECTORES MERECEN RESPETO SRS …..DR. HUGO ILUSTRELO A LOS SRS. DEL MINEDU…..ellos alegremente no podrian despojar del cargo alos actuales directores , primero por que los privan a postular ya que se habla de un requisito SEGUNDA ESCALA MAGISTERIAL y la mayoria de mas del 80 por ciento estuvieron en el segundo nivel que los han bajado y mientras que alos de la CPM , los han premiado subiendoles un nivel aunque ascendieron de nivel con denuincias sobre venta de pruebas para el examne .. que injusticia …..no hubo credibilidad ..y ahora ….que pretende los del MED…..respeto a la carrera del maestro, ya tienn algo ganado y por ello el T.C. tiene que definir la INCONSTITUCIONALIDAD DE ESTA LEY 29944 que aun no se reglamenta hasTA la fecha ya pasaron mas de 90 dias como se estila QUE MEDIOCRIDAD !!!!!!!!! ……….
        ….

        • Marina. El Med se ha metido en un embrollo del cual debe buscar como salir bien. Lamentablemente empiezan con muchos errores e incertidumbres. No pagaron bien los primeros meses del año, muchas directivas se emiten tarde y otras se anuncian sin que haya algo suficientemente maduro. Lástima. Saludos

  • DR. segun el escueto comunicado del MED y de acuerdo a su cronograma escondido hoy se deberia publicar la relacion de plazas que se van a concursar, sin embaro aqui en la region Huanuco en ninguna pagina ni la de la DRE ni de la UGEL aparece nada, es mas creo que en la DRE no estan ni enterados del concurso, realmente una perla mas de la desatrosa gestion de la Señora Salas y esto le quita la seriedad a todo, es mas creo que esto ew nada serio y mas parece una broma mas y una mentira mas de esta pesima gestion ministerial tan desacreditada ultimamente por su deficiente manejo de sus acciones

  • Doctor Hugo Diaz:
    Siempre usted esclareciendonos dudas, que existen en este proceso de transicion de las leyes, 24029 y 29062 a la ley 29944, pero mi duda que todavía tengo es que los directores que fueron nombrados hasta antes del 1º de enero del 94, ellos continuaran en sus cargos quiere decir que sus plazas no serán sometidas a concurso, en base a que norma fueron nombrados entonces, porque la ley que aun quedaba vigente es la 26269, pero también ya fue derogada con la ley 29944 y mi otra duda que tengo es que solo existe un oficio nº 2025-2013, que es que convoca dicho concurso y una cartilla donde se da a conocer algunos por menores, pero todavía no tenemos la reglamentación de la ley de la reforma magisterial; estaré agradecido de antemano por su respuesta.

    • Pedro Pablo. El Med requiere hacer más precisiones. 15000 profesores son sólo la tercera parte del total que existen en el país. Por tanto es necesario definir del universo cuales con las que serán concursadas. El reglamento no tiene cuando aparecer. Saludos

  • Dr. Hugo Diaz, reciba un cordial saludo, y agradecerle el apoyo que nos brinda, soy directora NOMBRADA en el año 1995, y mi promoción de directores fue evaluada en el año 2001, mi última resolución dice RATIFICADA, debo ser evaluada en este concurso? Por favor podría consultar, muchas gracias.

  • Buenas Noches
    En esta transición se pueden presentar muchas injusticias para un sector del magisterio(L. 24029) o para el otro(Ex CPM),por ejemplo en mi institución una profesora con apenas 10 años de servicio esta en la cuarta escala y una profesora con 20 anos de servicio se encuentra en la primera escala.
    Hoy se considera una persona con experiencia la que tiene como mínimo 5 años ejerciendo su profesión, yo propongo que se considere para todos un requisito mínimo entre 5 y 8 años experiencia, de esta manera evitaríamos este divisionismo y daríamos oportunidad a gente joven que quiere cambiar la situación tan problemática de las escuelas publicas.

  • Estimado Hugo
    Estimados lectores.
    Entuciasmados por el anuncio de evaluación para cargos directivos?
    Primero debe haber EVALUACION A DIRECTORES
    porque fíjense bien amigos
    se anuncia 15 000 plazas
    pues bien analicemos.
    15 000 plazas : 26 regiones(incluye Lima provincias)
    15 000: 26 = 577 plazas por región aprox
    De las 15 000 anunciadas veremos cuántas publica cada UGEL
    porque según oficio es bajo responsabilidad del director de UGEL.
    PREGUNTA. ¿Cuántos maestros de la ley del profesorado están en la 2 escala? ¿cuántos de la cpm están en la 4 escala?
    RESPuesta: las cosas van a quedar como estaban

    • José. La ley ha puesto una valla muy alta en cuanto a escala para los de la CPM. Incluso para los de la ley del profesorado será divicil. No han tenido en cuento algo que en la CPM se detectó. Que en muchos lugares del paìs era my dificil conseguir personal con esos requisitos pata cubrir los puestos. Saludos

  • Un saludo Doctor y apenada por las declaraciones de la señora Maria Amelia palacios, y como es posible que hacen una ley y luego la atropellan y cuanto ilógico de sus argumentos, creo que si hay una ley todo debepartir de alli, pero sucede que muchos funcionarios actuan por la herida no se capacitaron y salieron del pedagógico o de la Universidad y nunca más una capacitación y hoy quieren resarcir derechos y muchos directores traen abajo la Educación Pública por su incapacidad y los premian en verdad creo que es un país de “ciegos y el tuerto es el rey” y muy cierto lo que escuche un día: Siun político lee se queda ciego”

  • DR. UNA INTERROGANTE ? … LOS DOCENTES QUE ENLA CARRERA DEL PROFESORADO 24029, ACCEDIERON POR CONCURSO PUBLICO UNA DIRECCION Y SUB-DIRECCION, ESTANDO EN EL 2DO NIVEL AL INCORPORARSE A LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL ( LRM), HAN SIDO BAJADOS DE NIVEL, PERO DESDE ENERO HAN TENIDO UN AUMENTO DE SUELDO POR LABORAR 40 HORAS ENTRE 500 SOLES APROXIMADAMENTE …. PERO ESTAN COMPRENDIDO EN LA 1RA ESCALA MAGISTERIAL, EN ESTE CONCURSO PUBLICO QUE SE REALIZARA EN JUNIO NO TIENE ACCESO A POSTULAR LOS SUB DIRECTORES A DIRECTOR GENERAL POR ESTAR EN EL PRIMER NIVEL , NO OBSTANTE QUE TIENN S5 AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES AL MAGISTERIO…..EN TODO CASO COMO QUEDAN ….Y SINO SE PRESENTAN AL EXAMEN ….. QUE OCURRE YA QUE NO CUMPLEN EL REQUISITO QUE PIDE DE ESTAR EN LA SEGUNDA ESCALA MAGISTERIAL …CUAL VA ASER EL DESTIBNO DE ESTOS DIRECTORES QUE ESTAN EN IGUAL NIVEL CON EL PRIMER NIVEL CONGELADOS DESDE EL AÑO 1990 CONEL GOBIERNO DE FUJIMORI …….NO ES CULPA DE NOSOTROS LOS MAESTROS ….NO OBSTANTE QUE MUCHOS DE ESTOS DIRECTORES Y SUBDIRECTORES LOS HAN BAJADO DE NIVEL Y TIENEN GRADO DE MAGISTER E INCLUSO DE DOCTOR EN EDUCACION Y HAN OCUPADO ALTOS CARGOS DE FUNCIONARIOS PUBLICOS EN EDUCACION….QUE A MI VER DEBERIAN EVALUAR EXPERIENCIA PROFESIONAL CUENTAN CON MAS DE 25 AÑOS DE LABOR EN EL MAGISTERIO COMO QUEDAN SI NO PUEDEN ENTRAR A CONCURSO AL CARGO DE DIRECTOR O DIRECTORA … ????

    • Marina. Parece ser que estar en la segunda escala es el requisito. Para los que están en la primera no podrán concursar. Si tome en cuenta que las plazas a concursar serán 15 mil; por tanto no todas las que existen en el paìs. Saludos

  • Doctor muchas gracias por tener alguien a quien consultar nuestras dudas, mi consulta es la siguiente soy psicologa nombrada de un colegio de educacion especial en Areq ipa y en el CAP estoy como personal de salud pero en la ugel y mi resolucion estoy como personal administrativo yo desearia que me reconozcan como personal de salud por el sueldo de 900
    soles que realmente es tan injusto cuando mi horario es mas que de una docente ¿puedo hacerme reconocer como personal de salud ? mil gracias por la respuesta

      • En el CAP de mi colegio figuro como personal profesional de la salud, con 36 horas de jornada laboral.Mi consulta es, cuánto gana un profesional de la salud en el ministerio de Educación y si nos corresponde los bonos de los profesionales de la salud de los meses de mayo y Diciembre.

        • Nancy. Los profesionales de la salud perciben una remuneración equivalente a la escala A – primer nivel médicos cirujanos y Escala B IV nivel si son cirujano dentista, veterinarios, biólogo, psicólogo, enfermeras, asistente social con título universitario. Desconozco la carrera de salud, no le podría responder a esa pregunta. Saludos

          • Dr. y cuanto percibe un profesional B IV nivel psicólogo con título universitario que trabaja en educación, específicamente en un centro de Educación básica especial. Pues, en la Gerencia de Educación ni en la UGEL no tiene un criterio definido acerca del pago a un profesional de la salud que figura en el CAP del sector educación y resulta hasta vergonzoso mencionar el monto de mi haber.
            Gracias por su respuesta.

          • Nancy. El problema es que como no están en la carrera docente los consideran con un pago como si fueran profesores sin título. Creo que son 1005 soles mensuales. Saludos

  • REALMENTE ¿QUIÉNES PARTICIPAN EN EL CONCURSO PARA DIRECTORES? REFLEXIONEMOS:
    Los que hoy estamos en la IV escala estuvimos en la ley del profesorado en el II nivel, luego incursionamos y nos ubicamos en el III nivel de la CPM, con la actual ley de la reforma nos ascienden a la IV escala. La ley 29944 LRM menciona en el art. 35 que los maestros desde la IV escala pueden participar en el concurso.
    A los de la ley del profesorado les hacen más fácil el camino para el concurso y la diferencia aquí es que nosotros , los de la CPM, para llegar a donde estamos pasamos por evaluaciones, al igual que el que participó en el concurso de nombramiento para la CPM y hoy está en la II escala de la LRM (30675 maestros de la CPM) y de la misma forma los que incursionaron al II nivel en la CPM y hoy están en la III escala (1204 maestros de la CPM).

    Los que realmente no pueden participar, según lo que dice la ley 29944 LRM (Art 35) son los de la II y III escala que antes pertenecían a la CPM, pero sí pueden hacerlo los de la ley del profesorado que hoy están en la I escala( II nivel de la Ley del profesorado) y II escala (III nivel de la ley del profesorado) (5ta Disp. final) siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.
    ¿Y qué pasa con los de la ley del profesorado que los ubicaron en la III escala (IV y V nivel de la ley del profesorado)?¿Pueden participar en el concurso? No se los menciona en la ley de la reforma magisterial.

    • Juana. Creo que en su analisis hay un error.No estaria permitido que un docente de la I escala postule a concurso para directores. Si puede postular uno de la II escala también podrá hacerlo un profesor que esté en una escala superior. Saludos

      • Gracias por leer nuestros comentarios Sr Hugo Díaz. En la disposición final 5ta menciona:”…y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria.” Se refiere a qué docentes de la ley 24029 se les permite participar en el concurso. Se supone que quienes estaban en el II nivel de la 24029 los descendieron a la I escala.

  • Dr. Hugo:
    En el régimen del D. Ley Nº 20530 no especifica edad de jubilación, si se cuenta con más de 30 años de servicios como nombrados de los cuales desde 1990 se desempeña como directores
    nos cesan con las 40 horas? le expreso mi respeto.

  • Dr. Hugo: Tenga usted muy buenas tardes, en el caso de los docentes que pertenecemos al régimen del D. Ley Nº 20530 y que desempeñamos el cargo de Director desde 1990 en calidad de Titular, también serán sometidas a concurso nuestras plazas y si cesamos al 01.03.2014, nos consideran la jerarquía que ostentamos. Le anticipo mi gratitud por su respuesta.

    • Esney. Dependerá si las plazas de su colegio son concursadas. Aproximadamente el 40% de plazas de directores se concursarán, en el resto de casos permanecen en sus cargos. La ley 20530 tiene derechos que deberán ser respetados. Saludos

  • Dr. Hugo, un cordial saludo
    Aunque el tema es la reglamentación de la ley de Reforma Magisterial. En este blog participan maestros inmigrantes digitales de la CPM, ese es mi primera impresión,
    hay un detalle que estamos dejando pasar por alto. En las boletas de los maestros de la antigua ley de profesorado
    se especifica la escala, en cambio en las de los maestros de la ex CPM no se ha modificado ese aspecto. Ojalá eso noinfluya para la postulación a cargos directivos. Estemos atentos a eso.
    Saludos.

  • Estimado HUGO
    Un saldo fraterno, pero la verdad es para quebrarnos en tanta injusticia en contra de los maestros de la ex CPM- pese a que ahora existe una sola ley, siguen las distinciones.pero la consigna es Dividir para gobernar.sin importarles que son nuestros alumnos los mas perjudicados.Donde esta la calidad educativa o la tal llamada Revolucion Educativa. claro como los de patria roja son la mayoría, no se quieren meter con ellos po que de inmediato Huelgas. es como la eleccion de Barrabas y el Nazareno. seguiremos desde aulas trabajando con tener mejores ciudadanos.

  • ¿Un atropello más?

    Dr. Hugo, buenos días..

    En esta oportunidad antes de expresar mis inquietudes respecto a la convocatoria del concurso para directores y subdirectores de I.E me permito reproducir parte del texto publicado en Educacionenred y es tal como sigue:

    “Cabe destacar que de acuerdo con la Ley de Reforma Magisterial (LRM), los cargos de director y subdirector serán evaluados cada tres años.

    Por su parte, la titular de la Dirección General de Desarrollo Docente del ministerio, María Amelia Palacios, anunció que sólo para este primer concurso podrán postular docentes provenientes de la Ley del Profesorado que se encuentren en la segunda y tercera escala de la carrera magisterial.

    “Esto se debe a que nos hallamos en pleno proceso de conversión de regímenes anteriores a la LRM y queremos darles oportunidad a los profesores que han permanecido congelados en la Ley 24029”, señaló.

    En el caso de los profesores procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062), la LRM establece que sólo podrán acceder a cargos directivos los docentes que se encuentren en la cuarta escala magisterial.

    Adelantó que los tres instrumentos de evaluación serán: una prueba nacional clasificatoria, la evaluación de trayectoria profesional y la solución de un caso práctico de gestión escolar.

    • CRONOGRAMA

    01.- CONVOCATORIA AL CONCURSO: 24 Abril

    02.- INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES: 27 Abril

    03.- EVALUACIÓN DE POSTULANTES: 22 Junio

    04.- PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES: 16 Agosto” (Texto copiado de http://www.educacionenred.com)

    Respecto al primer párrafo del texto copiado, es cierto, la LRM expresa claramente que el acceso a cargos directivos es por concurso. Con la publicación de este adelanto de convocatoria, que a mi parecer no es oficial, se esta tratando de dar cumplimiento, aunque tardíamente, a lo dispuesto en el artículo 35 literal d sobre el concurso para acceso a cargos de director de I.E. Sin embargo, para el acceso a cargos como director de UGEL, de director de DGP y especialistas contemplados en los literales a, b y c del mismo articulo, son también por concurso, al momento no se tiene ni idea de la implementación de dicho concurso. ¿Cuándo se realizara el concurso para acceder a los cargos de los literales a,b y c del articulo 35 de la LRM? ¿Se permitirá que postule a director de UGEL un director de I.E que accedió a este cargo por concurso?

    En referencia al segundo y cuarto párrafo del texto copiado, el anuncio que hizo la directora de Desarrollo Docente refiere que podrán postular los profesores que provienen de la Ley del Profesorado a partir de la segunda escala magisterial según la LRM. Sobre la participación en este concurso de los profesores provenientes de la LCPM el anuncio expresa claramente: sólo podrán acceder a cargos directivos los docentes que se encuentren en la cuarta escala magisterial. Si este texto es fiel reflejo de lo expresado por la Directora de Desarrollo Docente, que espero sea un error de digitación, ya que tal como esta redactado se puede entender que únicamente podrán postular a cargos directivos los profesores que se encuentren en la cuarta escala de la LRM. Si esto fuera así, se estaría cometiendo un atropello en el derecho a acceder a estos cargos por los profesores que se encuentran en la quinta y sexta escala de la actual LRM que son los profesores que estuvieron en el cuarto y quinto nivel magisterial de la LCPM. Digo un atropello, un acto de discriminación y violatorio al principio de legalidad ya que la LRM en su articulo 35,literal d ,claramente expresa:”Son cargos a los que se accede por concurso. Para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas publicas y programas educativos el profesor debe estar ubicado entre la cuarta y octava escala magisterial” La norma es clara, pueden postular a cargos directivos los profesores comprendidos a partir de la cuarta hasta la octava escala magisterial. Una vez mas, espero sea solo un error o una idea no terminada por la señora directora de Desarrollo Docente, de no ser así, se estaría cometiendo un atropello más contra los profesores de la LCPM al negarles su participación.

    Los profesores provenientes de la LCPM ya estamos hartos de los abusos y atropellos por parte de las autoridades del MINEDU por ejemplo: En la LRM se nos ubica una escala superior a la que teníamos en la CPM, supuestamente esto significa un ascenso, pero en realidad resulta un burdo descenso ya que algunos profesores ya habían alcanzado el máximo nivel y a otros les faltaba uno o dos niveles para llegar al quinto nivel de la LCPM (máximo nivel contemplado).Sin embargo, al incluirnos a la LRM nos faltaría entre 2,3 y 4 escalas para llegar a la máxima escala, eh ahí el real descenso ya que la LRM es de 8 escalas. Otro punto, en la anunciada evaluación extraordinaria para reubicar a los profesores en las escalas magisteriales según la LRM no nos permiten a los de la LCPM participar en igualdad de condiciones con los profesores de la Ley del Profesorado para alcanzar una escala superior que por derecho nos corresponde, solo los profesores de la Ley del Profesorado podrán postular y reubicarse hasta en la sexta escala magisterial. ¿No tienen el mismo derecho los profesores que provienen de la LCPM? .Otro acto discriminatorio, según la LRM los profesores que provienen de la Ley del Profesorado continuarán percibiendo las bonificaciones por estudios de maestría y doctorado, los profesores que fueron incorporados a la LRM que provienen de la LCPM no tendrán dicha bonificación entonces cabe preguntar al MINEDU.¿Los grados de maestro y doctor son diferentes para los profesores de la Ley del Profesorado y los de la LCPM? ¿Puede el MINEDU explicar el argumento, articulo, principio legal para hacer esta discriminación entre los bonificaciones otorgadas a unos y otros profesores?. ¿Es posible reconocer estudios de maestría y doctorado solo a los profesores de la Ley del Profesorado y a los de la LCPM no?
    Tal como van las cosas, todo parece que es fruto de la improvisación, se trató de hacer una reforma contra el tiempo no tomando en cuenta la capacidad humana para cumplirlos, hay plazos que el MINEDU no ha cumplido como es el caso de la aprobación y promulgación del Reglamento de la LRM, esta ley aun no tiene reglamento oficial ¿Por qué?. Al no haber éste reglamento perjudica la administración educativa y en este caso, perjudica la organización del concurso para directores de I.E que al momento la convocatoria para dicho proceso se viene publicando de manera inadecuada, por versiones o anuncios de personajes del MINEDU, cuando lo real ,justo y adecuado debería ser de modo oficial mediante Directiva del MINEDU, con sus respectivas bases legales, cronograma de actividades, matriz de evaluación considerando los criterios y puntajes para cada rubro. Al momento se ha publicado un cronograma, pero no la directiva que norme dicho proceso, al menos no esta publicada en el portal del MINEDU ni en educaciónenred en este instante ¿Por qué?. El anuncio de la Directora de Desarrollo Docente, ¿se lo puede considerar oficial? Una sugerencia a los funcionarios del MINEDU, revisen lo actuado para los concursos organizados para la incorporación a la LCPM, no había estos problemas, claro todo proceso es perfectible.

    En fin solo tengo la esperanza que el tan esperado Reglamento de la LRM aclare o enmiende errores por el bienestar del magisterio nacional, se supone que la LRM era de carácter unificador, un instrumento que norme, regule y viabilice las relaciones entre los profesores y el Estado como empleador, pero la realidad parece ser todo lo contrario.

    Gracias, hasta otra oportunidad.

    Por. Prof. Adolfo Cuaila Marca.

    • Adolfo. Comprendo y comparto su preocupación. En realidad para el concurso de directores solo hay una declaración pero no una directiva en concreto. Por lo menos no ha sido publicada en la web del MED. Por ahora son anuncios y habrá que esperar que sale. Del reglamento tengo pocas expectativas. ya conocemos el proyecto que aún no se aprueba y aporta muy poco en la solución de los problemas de la ley. Lástima. Saludos

  • La ley esta clara señor Hugo, solo deben postular a directores los docentes que estan en quinto, sexto y septimo nivel.
    Pues la norma dice que deben postular los que estan ubicados entre el cuarto y octavo nivel
    ¿Quienes estan entre el cuarto y octavo?
    Debe corregirse esta ley para dar acceso a todos. Pues yo estoy en el quinto nivel

  • Por favor Doctor, los actuales cambio originan dudas por lo que pido a Ud. se me aclare si es aplicable la Ley 20.047 a los docentes varones, considerando que son servidores públicos y tienen derecho a licencia post natal por 04 días.
    Agradezco su respuesta.
    Elyza

  • Dr. saludos cordiales, es lamentable lo que hace el ministerio. Doctor, quienes asesoran a estos señores. Que va pasar con los Directores que estan designados desde hace 7 años, porque de acuerdo a la publicación la convocatoria es para las 15 mil nuevas plazas. O no es así, espero que nos aclare.

  • Doctor: Lo felicito por este espacio que nos permite aclarar dudas y expresar nuestras preocupaciones, realmente una de ellas es que es urgente la publicación del Reglamento de la Ley de la Reforma Educativa, porque muchos profesores piensan que todavía se puede gozar de los tres días, del descanso por el día del onomástico. Estamos frente a un vacío legal que está creando situaciones que más adelante pueden ocasionar problemas, por ejemplo, ¿Se le descontaría a un docente que ha faltado a cuenta de sus tres días, cuando la reglamentación aún no ha salido?

  • Dr. Hugo:

    Ya se vienen dando las represalias contra los maestros que estudiamos y quisimos mejorar, lo hicimos a pesar de las amenazas que provenian de gente del sindicato y la derrama; es un enorme abuso el no permitir que los maestos de la Carrera pública magisterial postulemos a un cargo; y ahora ¿quién nos defiende? El consejo Nacional de Educación ha claudicado ante la derrama. En la última reunión del sindicato han informado que ahora se alistan a controlar la Encuesta Nacional a Docentes de Escuelas Públicas para que se obtengan los resultados que ellos quieren, con el apoyo del CNE. El Consejo Nacional de Educación ha sido tomado por el Sutep, que se aprovecha de su pasividad y falta de acción ante los hechos, y que al no tomar acción alguna o levantar su voz de protesta ante los abusos, se pone de costado y con ello AVALA los abusos y a la peor gestión del MED de las últimas décadas. El Consejo Nacional de Educación empodera a la derrama, al sindicato, para quedar bien con la Ministra Salas, en perjuicio de los maestros que confiamos en ellos. Confiamos hasta el dia de hoy. Ya no confiamos en el CNE, que se ha convertido en una sucursal de las oficinas de la Salas y el Sutep, esas facciones los han desbordado. Es una lástima.

      • Estimado Dr. Hugo:
        El consejo qué está haciendo para defendernos a los maestros de la CPM, el concurso debe ser universal sin requisitos discriminativos. Qué están haciendo para que esto sea así. Le respondo: nada. Si el consejo de educación no dice nada,
        efectivamente avala lo que están haciendo, están convirtiendose en otros burócratas más, no les interesa nuestros problemas. El consejo nacional de educación es caja de resonancia de la peor ministra de educación que hemos tenido.
        Cuando a ellos les dicen algo en el acto envian cartas de rectificación a los medios y ponen el grito en el cielo. Cuando nos afectan a nosotros los maestros, como está sucediendo ahora no dicen absolutamente nada. Están demostrando en la hora de la verdad que sólo les interesa tener su cargo.

  • Dr. Si Ud se da cuenta parece que el ministerio esta cada vez mas preocupado en a todas costas evitar cualquier tipo de comparación entre los ex CPM.
    Tendrán temor a que estos profesores abran los ojos a la sociedad debido a que pueden ser demasiados peligrosos profesores preparados y críticos que no solo griten sino que transforman su sociedad. Una competición sana es lo que se reclama.

  • Buenas Tardes
    Dr.Hugo Diaz quisiera consultarle sobre el concurso de directivos,en Arequipa salio la convocatoria e indica que podran postular deLey del Profesorado que se encuentren en la segunda y tercera escala de la carrera magisterial y que en el caso de los profesores procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062), la LRM establece que sólo podrán acceder a cargos directivos los docentes que se encuentren en la cuarta escala magisterial.
    Quisiera que me oriente que acción legal debemos realizar , ya que la ley es clara en el articulo 35 y su 5ta disposición complementaria no pueden marginarnos a los de las demas escalas
    La inscripción será el dia 27 de abril y el exámen el 22 de junio

    • Jaime. Lo que dice la ley en su artículo 35 refiriendose a los cargos de director de instituciones educativas es: Son cargos a los que se accede por concurso. Para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas públicas y programas educativos, el profesor debe estar ubicado entre la cuarta y octava escala magisterial. Saludos

      • Estimado Hugo Diaz:
        En los examenes anteriores para superar la evaluacion escrita y pasar a la siguiente etapa habia que tener una nota igual o mayor a catorce. En esta oportunidad segun un link publicado por uno de sus lectores la nota minima sera doce para pasar a la segunda etapa. Me pregunto si sera conveniente bajar la valla a doce. Preferencias para los maestros de una ley, bajan la nota minima a doce, no publican el reglamento, etc, etc. Parece que la reforma que ya era debil esta ahora languideciendo. Adios meritocracia, sigamosle dando un peso exagerado a la experiencia y a los titulos de pseudo universidades. Ojala me equivoque. Saludos maestro.

  • saludos cordiales:desde arequipa – peru
    DOCTOR DIAZ:
    Perdone, pero le insisto, ponga sobre el tapete , algun contacto del minedu, respecto a cientos de profesores que se mantienen con las desaparecidas “asesorias” , calladitos sin que nadie los toque , es la injusticia mas grande que no sepan los altos funcionarios de este orden jerarquico, que estan en la linea de poder de una institucion, y no se pero en mi caso personal, existe en la institucion un personaje de los mas corrupto , tiene el cargo asesor de educacion para el trabajo, no hace nada , con oficina propia computadoras de ultima generacion, con un grupo de “amigos ” hace y deshace, se pone en todas las comisiones de trabajo , lo peor tiene un comportamiento disvalioso, y asi director que va no le hace nada, para el no hay evaluacion, ni horario.
    Doctor Diaz, eso es pues la educacion peruana, como yo siempre digo, a esos profesores no les confiaria ni a mi perrito para que lo cuiden.
    Doctor , por favor que salga a la luz , estos casos, le aseguro que a nivel nacional hay cientos.
    Gracias.

  • Veo con preocupación que el MED está enfrentado a los docentes provenientes de las leyes de CPM y del Profesorado con equivocadas interpretaciones de la LRM; además está dejando fuera de este concurso de directores a un grueso sector del magisterio quienes actualmente nos encontramos en la I escala (provenientes de la ley del profesorado) que nunca tuvimos la oportunidad de acceder a una encargatura y a los docentes de la II y III escala (provenientes de la CPM) a pesar que contamos con estudios de especialización y post grado. No entiendo cual es el apuro en convocar a este concurso; puesto que los directores designados recién asumirán funciones en marzo del 2014. Por tales consideraciones propongo que primero se lleve acabo la primera evaluacion excepcional de reubicación de nivel y después de ello recién se convoque a concurso de directores y que puedan participar de este concurso todos los docentes ubicados desde la II escala hasta la VI. Sólo así podríamos pensar que el MED desea seleccionar a los docentes más calificados y preparados para liderar el aprendizaje en las II. EE. del país, caso contrario sólo serán beneficiados aquellos docentes antiguos que ya tuvieron la oportunidad años atras pero poco hicieron por mejorar la calidad de la educación en el país, con honrosas excepciones.
    Gracias.

    • Pedro. Es cierto que la aplicación de la ley no está uniendo sino desuniendo al magisterio. No sé cuanto cambiara la situación y desempeño de los directores si como hasta ahora no tienen suficiente autonomía, ni respaldo, ni se les da los recursos mínimos para actuar. No sería tan duro con los que están ahora. Posiblemente hay algunos que no se merecen el cargo, pero seguramente hay otros que por más que han querido se han encontrado con una burocracia y normatividad que no los dejan trabajar. Saludos

  • Dr. Buen día, saludos para su persona.
    Dr. sáqueme de duda, estuve en el III- Nivel en la Ley CPM ahora con la NLRM, automáticamente pasaría al IV Nivel. Pero resulta que hasta el momento no tengo una resolución de ubicación al al IV Nivel, tampoco me han hecho llegar mis boletas de pago del mes de enero, febrero y marzo esto es en la UGEL- VIRÚ- LA LIBERTAD.
    Le pregunto podré presentarme al concurso para Directores e inscribirme, por que la inscripción está a la vuelta de la esquina es el 27 de abril. Dr. Por favor espero su respuesta.
    Hasta pronto gracias.

  • Para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas públicas y programas educativos: “El profesor debe estar ubicado ENTRE la cuarta y octava escala”.

    P.D. Solo deberían postular los que entienden, lo que leen.

  • Colegas, con el pase a la LEY 29944, los ÚNICOS beneficiados fueron los docentes de la CPM del I nivel:

    • Ganaron concursos de nombramiento hace dos, tres, cuatro o cinco años; por lo tanto, solo tienen dos , tres , cuatro o cinco años de servicio y se encuentran en la II escala.

    • Los colegas de la Ley 24029, titulados y con veinte o treinta años de servicio, se ubican en la I escala.

    Entonces, por favor, no agudicen los problemas:

    • Reconozcan que son los únicos favorecidos con la LRM.

    • Esperen llegar a la IV escala y postulen a cargos directivos.

  • La LEY 29944 LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL dice lo siguiente:

    “Art. 35 Directivos de institución educativa. Son cargos a los que se accede por concurso.

    Para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas públicas y programas educativos,EL PROFESOR DEBE ESTAR UBICADO ENTRE LA CUARTA Y OCTAVA ESCALA”.

    “DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA 5ta: En la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria…”

    Leamos las declaraciones de la titular de la Dirección General de Desarrollo Docente María Amelia Palacios:”Solo para este primer concurso como lo señala la Ley 29944, podrán postular docentes provenientes de la Ley del Profesorado que se encuentren actualmente en la segunda y tercera escala de la carrera magisterial e igualmente los que se encuentren en la primera escala y que hayan tenido encargaturas de dirección en los últimos diez años. Esta disposición busca dar oportunidad a los profesores de la Ley 24029 que por muchos años no ha tenido oportunidad de ascender en la carrera magisterial y han permanecido congelados. En el caso de los profesores procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062), la LRM ESTABLECE QUE SÓLO PODRÁN ACCEDER A CARGOS DIRECTIVOS LOS DOCENTES QUE SE ENCUENTREN EN LA CUARTA ESCALA MAGISTERIAL”
    Entonces me pregunto si la Señora Palacios puede irse en contra de la ley,si es asi estariamos con todo nuestro derecho de actuar legalmente por el atropello que se daría a los maestros de la 5ta,6ta……..escala

  • A los funcionarios del MED no creo que les interese la educación, se supone que para conseguir a los mejores directores de las I.E., deberíamos buscarlos de un universo más amplio y no poniendo condiciones nada claras. Se está tratando de dar más opción a los maestros antiguos que ya tuvieron su oportunidad de cambiar la educación cuando ocuparon direcciones,pero poco hicieron, claro mi respeto por algunos directores que sí lo hacen bien.
    Claramente se nota que el Sutep(patria Roja- René Ramirez Puerta) tampoco tiene intenciones de mejorar la educación, porque se deja notar una especie de revancha hacia los de la ex CPM, que no hicimos caso a sus mandato de No a los exámenes.
    me da mucha pena que el Minedu se deje llevar por estos pensamientos malvados y retrógrados.
    Soy profesor peruano y con muchas ancias estuve esperando que nos den una oportunidad para dirigir una institución educativa, con metas, objetivos,… tal como mandan los linamientos actuales, sin embargo, nos truncan esa aspiración. Tengo 14 años de servicio, estoy en la tercera escala magisterial, trece años en zona rural y uno en urbana. Señor Hugo haga algo al respecto que el concurso sea más universal, con examen riguroso y transparente, perfiles ideales,…

  • SALUDOS CORDIALES: DESDE AREQUIPA

    DOCTOR DIAZ:
    La incertidumbre, y la ausencia de comunicacion , reglas claras, procedimientos de parte del MINEDU, es lo que hace que los docentes y hasta la prensa especulen de una manera espantosa.
    Por ejemplo: Se esta publicando “como gollerias”los tres dias de permiso y el dia de onomastico. La verdad no es asi , el maestro responsable hace cantidad de labores en la casa y no se toma en cuenta esto. No es un trabajo de escritorio o de portapapeles, etc. Bueno esta pensar tambien que para algunos , no nos hace si hay dia o no pues cuando tenemos necesidad, o problemas, no acudimos al certificado falso o a la compensacion de algun director o subdirector, que ahi pues, le debes un favor si te pasala falta, pero a los que no asumimos, no importa si tenemos que llevar una vida austera de privaciones, pero ahi vamos con honestidad y tranquilidad. Es asi que de plano si es injusto , no hay equidad, es inhumano,es el precio de llevar sobre los hombros esta profesion.
    DIRECTORES Y SUBDIRECTORES, para quien es el concurso, para que plazas son , por ejemplo en el colegio hay un director que esta 10 años y subdirectores casi 20 años estan felices porque segun dicen para ellos no es el examen.
    Ve usted ahi esta el desconcierto, la inceertidumb re , no se norma con claridad. es una gran pena .
    GRACIAS.

  • es especifico
    si con la ley del profesorado los Auxiliares de Educación eran considerados docentes y a la adquisición del Titulo pasamos a la Docencia activa ahora, que somos con la ley de reforma magisterial que ni siquiera nos mencionan, y si somos administrativos que lo digan donde esta el incentivo estamos con Licenciatura y Maestría sin embargo no nos permiten la promoción interna, la ugel niega diciendo que todo ingreso es por concurso y nuestros derechos adquiridos ? donde quedan que atropello .
    gracias
    urgente responder y proponer nuestra situación ante el Consejo Educativo del cual usted es miembro

    • Ofelia. Si tire título que que la ley señala es que tiene la posibilidad de postular a la carrera e ingresar por concurso. Creo que en eso el criterio es más o menos parecido con excepción de la evaluación para el ingreso. El principio de ingreso por concurso no convendria romperlo. Saludos

  • Estimado Hugo Diaz: Resalto el trabajo que realizó durante su gestión en el MED, por tal motivo agradeceré interceder ante las autoridades encargadas , se publica el cronograma para concurso de directores donde dicen quienes pueden acceder al cargo……En el caso de los profesores procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062), la LRM establece que solo podrán acceder a cargos directivos los docentes que se encuentren en la cuarta escala magisterial, esa es la manera de ser equitativo? o justos?, quienes dimos el primer paso postulando a la carrera publica magisterial, recuerdo mucho cuando nos entregaron la R:D en la Región Ica el Director Baltazar Lantaron Nuñez, donde nos reconoció y dijo ustedes son profesores trocheros , estan abriendo el camino y encontraran muchas dificultades sigan adelante, y ahora nos cortan esta oportunidad quienes estamos , en el cargo directivo en la V escala y queremos postular, apoyenos solo queremos que no nos marginen, los docentes procedentes de la otra Ley también también se les convoco nadie los margino, interceda ante la Ministra, le agradeceremos infinitamente

  • La ley de Reforma Magisterial indica claramente que en la primera evaluacion para cargos directivos se permitira postular a los profesores que se encuentran en la segunda escala magisterial. No entiendo porque ahora el MINEDU discrimina a los profesores provenientes de la ex CPM que se encuentran en esta escala. La ministra argumentaba que habia la necesidad de establecer una ley que acabara con la division de la ley del profesorado vs la ley de carrera publica, sin embargo es el propio ministerio que ahora alimenta diferencias y discrimina a un grupo. Olvidemonos de las leyes anteriores, ahora todos los docentes pertenecemos a una sola ley. Y esta ley establece claramente los requisitos para postular a este primer concurso de seleccion de directivos, que me permito repetir: podran participar excepcionalmente profesores que se encuentran en la segunda escala magisterial. Que participen los que cumplan este requisito sea cual fuere la ley de la que proceden. Y que ganen los mejores. Perdamos de una vez el miedo a la competencia y que esta sea sana y transparente

  • Buenas noches. Una sola consulta y por su intermedio que esta duda llegue a los señores iluminados del ministerio de educación. Para el concurso de directores los que preceden de la LCPM que esten ubicados en el cuarto nivel ahora han sido ubicados en la quinta escala de la LRM ellos pueden participar del concurso de directores o es exclusivamente para los que se encuentra ahora en la cuarte escala. Este es mi caso yo ingrese a la CPM en el 2010 y con la nueva ley me ubicaron en la quinta escala, haber si me responde y traslade esta preocupación me parece de muchos docentes que nos encontramos en esta situación.

  • Buenas Tarde
    Estimado Dr.Hugo Diaz,respecto al concurso de directivos la ley a la letra dice lo siguiente.

    Art. 35 Directivos de institución educativa. Son cargos a los que se accede por concurso.

    Para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas públicas y programas educativos,EL PROFESOR DEBE ESTAR UBICADO ENTRE LA CUARTA Y OCTAVA ESCALA”.

    “DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA 5ta: En la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria…”

    Al leer tengo entendido que los maestros de la ex-CPM que estamos ubicados en la 4ta,5ta 6ta,podemos postular a dicho concurso.
    Me gustaria saber su opinion,gracias

  • Después de leer el contenido de la información y sobre todo esta parte: “En el caso de los profesores procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062), la LRM establece que sólo podrán acceder a cargos directivos los docentes que se encuentren en la cuarta escala magisterial”, le planteo mi caso soy docente incorporado a la LCPM en el 2010 accedí al cuarto nivel y ahora con la nueva LRM me ascendieron automáticamente a la quinta escala magisterial, mi pregunta es ¿puedo participar de este concurso para directivos?, me gustaría un comentario al respecto.

  • ¿QUIÉNES PARTICIPAN EN EL CONCURSO DE DIRECTORES?
    Leamos lo que dice la LEY 29944 LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL
    “Art. 35 Directivos de institución educativa. Son cargos a los que se accede por concurso.
    Para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas públicas y programas educativos,EL PROFESOR DEBE ESTAR UBICADO ENTRE LA CUARTA Y OCTAVA ESCALA”.
    “DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA 5ta: En la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria…”
    Leamos las declaraciones de la titular de la Dirección General de Desarrollo Docente María Amelia Palacios:”Solo para este primer concurso como lo señala la Ley 29944, podrán postular docentes provenientes de la Ley del Profesorado que se encuentren actualmente en la segunda y tercera escala de la carrera magisterial e igualmente los que se encuentren en la primera escala y que hayan tenido encargaturas de dirección en los últimos diez años. Esta disposición busca dar oportunidad a los profesores de la Ley 24029 que por muchos años no ha tenido oportunidad de ascender en la carrera magisterial y han permanecido congelados. En el caso de los profesores procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062), la LRM ESTABLECE QUE SÓLO PODRÁN ACCEDER A CARGOS DIRECTIVOS LOS DOCENTES QUE SE ENCUENTREN EN LA CUARTA ESCALA MAGISTERIAL”
    La Sra. Jefa de la Dirección de Desarrollo Docente usa el artículo 35 de la ley pero a su manera y lo desvirtúa.
    Si se permite que los profesores de la ley 24029, hoy ubicados en la II escala participen, entonces lo justo es que los de la 29062 CPM , también lo hagan, si es que cumplen con los requisitos solicitados para estos cargos.
    O si nos es desfavorable interpretemos a nuestro favor esta disposición complementaria y veamos la situacion así:
    Disposición 5ta:
    “ En la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente
    -profesores de la segunda escala magisterial, (No hay palabra que se una a la siguiente oración y la enlace)
    -profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley 24029 y
    -los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria.”
    UN CONCURSO LANZADO CON CRONOGRAMA, SIN DIRECTIVA SIN REGLAMENTO DE LA LEY PERO CUYOS REPRESENTANTES DE LAS UGEL Y DRE YA FUERON CAPACITADOS PARA ESTE CONCURSO.

  • Buenas tardes
    El llamado concurso para directivos deberia ser para todos y no solo dirigido para un grupo de docente,me gustaria saber que criterio emplearon,es realmente una GRAN MARGINACION la que estan haciendo con los ex-docentes de la CPM,no se supone que todos pertenecemos a una sola ley,por que esa marginación si se quiere el mejor personal que dirija las I.E.,
    Por bien de la educación espero que esto se rectifique si no sería un verdadero ESCANDALO EN EDUCACIÓN,me pregunto donde están los especialistas en Educación.

  • Dr.Buenas tarde
    Al ver lo que esta ocurriendo es increible lo que pasa,no se a que se tiene temor ya que los maestros de la ex-CPM participamos en un concurso riguroso e ingresamos con la frente en alto gracias a nuestra preparación,que temor existe del gobierno de limitar la postulación de los maestros en general,o se quiere beneficiar a solo un grupo.Creo que en la cancha se ve quien es más capaz.
    Colegas no nos quedemos estáticos manifestemos nuestra indignación por todos los medios.

  • Buenas Tardes
    Realmente me siento muy indignada de lo que esta pasando en el MED , una vez mas se esta cometiendo un gran abuso al no permitir que los docentes de la ex CPM podamos postular a un cargo jerárquico ,debemos hacer algo y no permitir que este gobierno nos atropelle,somos docentes que seguimos estudiando y capacitandonos y con esto se esta demostrando que realmente lo que pesa es el tinte político y no realmente buscar la calidad y mejora de la educación
    Dr.Hugo Diaz por favor que podemos hacer ,orientenos
    gracias

  • Dr. Hugo Diaz el análisis que hace referencia es realmente la realidad, ya estamos en el mes de Abril y aún no ha salido la reglamentación de la Ley, pero ya se dio el concurso para cargos directivos y a todos el magisterio ya nos pasaron en planillas a dicha ley, aplicando el nivel que correspondemos.Todo ello hace que nosotros los docentes veamos la realidad y planteemos un propuesta y nuestra voz de protesta.

  • Previos saludos Dr. Diaz:
    Agradecer por su intermedio a quienes ayudan a convertir este espacio en un sitio útil de intercambio de información pública, información que algunas autoridades se empecinan en “ocultarla”, he ahí una “cachetada tecnológica”. A quienes creen que es el “muro de lamentos”, por favor, hagan uso del derecho de petición ante nuestras autoridades. Las buenas voluntades no tienen repercusión administrativa.
    Respecto al reglamento, considero que está sacando astillas lo referente al pago de asignaciones considerando la jornada laboral de 40 horas (que está contemplado por ley 29944), los exámenes para reasignaciones, etc. Entonces, viene al caso preguntarse porqué han desaparecido la LCPM y creo que la respuesta es política. Alan Garcia tenía como logro destacado el haber reducido la capacidad de protesta y convocatoria del SUTEP, mediante la implementación de la CPM. Ollanta fue más allá, está encarcelando a quienes intentan realizar alguna protesta (Efraín Condori Ramos) y con la imposición de la Ley 29944 sólo ha hecho alarde de autoritarismo, me explico, si hubiese sido un proceso serio, ya se habrían aprobado el reglamento y dado las directivas necesarias a fin de operativizar esta norma legal.
    Revisando la propuesta y cronograma, lo único novedoso el uso de PCs, TRANSPARENCIA (SERIAS DUDAS) y sustento esas dudas en lo siguiente: van a participar los especialistas de UGEL y DRE; y a estos señores los han designado por confianza, el concurso que debería haberse llevado no se realizó nunca. El resultado es que hay un grupo de personas completamente ineptas e incompetentes en las jefaturas (claro con honradas excepciones) que cumplen con el mas preciado requisito: SER PARTIDARIOS DEL PRESIDENTE REGIONAL. A quienes provenimos del primer grupo de la CPM (insultados, perseguidos, vejados, etc) poner el mayor empeño en prepararse para el examen. Gracias por el espacio y suerte.

  • Doctor Hugo:
    Soy docente contratato, actualmente estoy cubriendo una licencia sin goce de haBer por cuatro meses, he ido a la ugel 03 y me han dicho que aún están esperando el reglamento de al ley, pués no saben acerca del tiempo de las licencias sin goce, estoy preocupado, no se si dejar el trabajo, pues nadie me da razón que me van a reconocer mi trabajo…… Que cierto es todo esto, ya han pasado un mes desde que empece la licencia, la profesora titular está de viaje ¿ Que debo hacer? gracias por su respuesta-

  • SOY SUBDIRECTOR DE PRIMARIA EN UNA INSTITUCIÒN INTEGRADA, EN CUANTO A LOS TRES DIAS DE PERMISOS Y CUMPLEAÑOS, DEBE APLICARSE LA NUEVALEY 29944 O LA LEY DEL PROFESORADO QUE YA FUE DEROGADA , ESTO ESTA CREANDO CONFLICTO EN LAS INSTITUCIONES, GRACIAS POR SU RESPUESTA

  • Sr. Diaz
    si el reglamento de la Ley 29944 no sale publicado, es por que se debe enmendar errores y vacios legales que el CNE le observo, por tanto debe el MED esperar a que se produzcan las enmienmdas a la ley para recien publicar el reglamento, mientras tanto nos crean serias dificultades a los docentes que estan impagos en sus asignaciones, beneficios, y lo que mas indigna es que los organos intermedios del MED en provincias no paguen los beneficios contenidos en leyes vigentes.

  • saludos
    Soy docente de la ex-CPM y me encuentro en la nueva ley en la 5ta escala,quisiera saber si podemos participar en el concurso de directivos o es solo para los de la 4ta escala,si es así sería realmente una injusticia más que se esta realizando con los docentes que quisimos y apostamos por el cambio

  • Dr. Buenas Noches: Una consulta
    Soy docente Nombrado en el primer concurso de la Carrera Publica Magisterial, mediante la Ley de la Reforma Magisterial ascendimos automaticamente al II Nivel y a nosotros no se nos permitirá concursar en el Consurso de Directores? si fuera así esto es totalmente discriminatorio ya que nosotros tenemos a la fecha 4 años y medio de nombrados y nos esforzamos por ser competitivos y le aseguro que si se nos permitiera concursar validarán nuestra responsabilidad educacional. Insisto, nosostros FUIMOS NOMBRADOS mediante concurso totalmente riguroso, mas no INCORPORADOS sin faltar el respeto a los colegas incorporados. Haga saber nuestro reclamo a las autoridades del MINEDU gracias.

  • Estimado Hugo voy a parafrasear lo suyo:
    “… Es una animadversión gratuita del Med hacia la CPM…”. Que duda cabe si ya se está haciendo disqué las coordinaciones con los especialistas de UGEL y con el COPARE para la evaluación de cargos directivos. Pero OJO antes de que salga todo documento ya ellos(Los del Med) saben que no podrán participar los docentes de la CPM de la I,II Y III escala.
    Esto es como el juego “vale todo”, es decir sin ley ni reglamento.
    Entonces , no esperemos sentados pues si es necesario usar otros medios hay que hacerlo, Uds. del CNE, que tienen independencia y pueden mirarlos a la cara por el hecho de estar en Lima. Pidan reunirse y no tan sólo sugerirles, sino impriman y dejen constancia del malestar del magisterio que ellos buscan, es decir, el magisterio esforzado, dedicado, estudioso, comprometido, etc, etc. Usen la Tv. la radio para hacer manifisto el sentir del magisterio. Háganles entender que ya no hay más dos leyes sino que dejen de pensar que todo lo hecho anteriormente fue malo y que mas bien trabajen en beneficio de la educación de esos niños que esperan tanto de sus maestros.Y además que rindan cuentas de los desastrosos resultados de la ECE 2012, que será tema de posteriores debates.
    saludos

  • Dr. Hugo mi saludo.
    Es penoso todo lo que pasa con nuestro magisterio nacional, entramos de una gestión a otra peor, soy profesor de secundaria ingresé al magisterio en el primer exámen de la Carrera Pública Magisterial es decir tengo cinco años, y como contrato tengo otros seis interrumpidos según el oficio que convoca para concurso de directores que era lo único que me motivaba para subir un poco mi remuneración me doy con la sorpresa que no puedo postular porque sólo se pueden presentar los profesores que provienen de la Ley del profesorado y los del cuarto nivel de la carrera pública magisterial, en conclusión sólo pueden postular los de la ley del profesorado y los de ésta ley que se incorporaron porque los que nos nombramos con la CPM recién estamos en el segundo nivel, otra discriminación más a los de la carrera pública magisterial, parecería que esta ley fue dada por castigo a todos los de la CPM por haber postulado unos por convicción y otros porque no teníamos otra opción, mi sueldo como profesor de secudaria es de 1320 soles con cinco años de estudios superiores sin contar con capacitaciones y otros grados, sin embargo veo con tristeza como en otro ministerios con quinto año de secundaria ganan el doble que nosotros ejemplo los notificadores del poder judicial, choferes del ministerio público, que superan los 2300 soles y con bonos adicionales con catorce sueldos al año y yo tendré que contentarme hasta el 2017 con ese sueldo. He tomado algunas medidas porque con ese sueldo que sirve solomente para sobrevivir he pedido licencia y estoy buscando otros trabajos porque me he presentado a estos concursos de otros ministerios uno es más corrupto que otros me ganan el puesto gente de quinto año de secundaria mi expediente es de 109 folios incluido mi título de Ciencias Socieales, segunda especialidad en computación, diplomados, segundo ciclo de derecho pero entran sólo los recomendados y a nosotros los profesores de secundaria nadie nos defiende, hasta un peon gana 1500 soles en cualquier empresa privada, que tan bajo hemos caido los profesores de secundaria y peor si somos de ley de la CPM y, lo peor de todo veo que esto no va a mejorar, por la incompetencia de todas las autoridades educativas, que cuando los profesores pedimos aumento en ese momento se acuerdan de la calidad educativa y no se dan cuenta que es el atrazo del país que en pleno 2013 exista escuelas y colegios como en el que yo trabajo sin bibliotecas, sin internet, y así el profesor desarmado no va a poder cambiar la educación

  • Sinceramente que se muestra una discriminaciòn evidente en contra de los docentes que provienen de la CPM, por què no se nos permite presentarnos a la segunda evaluaciòn para ascenso, que segùn dicen , serà en febrero del 2 014; puesto que a los docentes de la ley 24029 se les permite dar dos evaluaciones para ascenso en agosto y en febrero y a nosotros solo se nos promoviò automaticamente una escala magisterial.
    Tambièn actualmente se estan dando en la I.E. situaciones jeràrquicas raras, puesto que un docente de la primera escala magisterial es el Director de la Instituciòn Educativa en la que laboran profesores de la cuarta escala magisterial. ¿ un alfèrez o teniente como jefe de un comandante o coronel?. increìble.Debe hacerse cumplir la nueva ley de Reforma Magisterial en la que ordena que solamente los docentes con cuarto nivel postulen las direcciones de la I.E. y asi eviatarìamos tantos enriedos.

  • Buenos Días Don Hugo:

    La verdad es preocupante que aún no salga el reglamento. En una consulta que hice a funcionarios del ministerio, me dijeron claramente que el Reglamento estaba en palacio de gobierno desde el 26 de marzo y que solo esperaban que se publique. Ya casi un mes y algo está pasando.
    Por otro lado le envío el material que presentaron, sobre el concurso de directores y el cronograma y todo.
    http://www.slideshare.net/eleazar103/presentacin-prueba-clasificatoria-para-acceso-a-cargos-directivos-versin-031
    Gracias por este espacio.
    Muchos saludos.

  • Previo Saludos Dr. Hugo Díaz, es lamentable que hasta el momento no se hayan pronunciado las autoridades competentes sobre el tema y de la Ministra ni hablar, pese a que todo el problema generado es de vital importancia para resolver los problemas en la comunidad del Profesorado que lo conformamos las CPM y ley del Profesorado anterior.
    Permítame tocar otro tema:
    Entre los problemas generados también por uno de los programas Bandera del gobierno es el programa Qali Warma o desayunos escolares en las que no están dando los resultados que se esperaban, como padre de familia me siento indignado ya que los desayunos y/o refrigerios de media mañana la empresa postora deja a las 7 a.m. Las cuales están arrinconadas en la entrada de la IEI. y hasta que los alumnos lo tomen que es a las 10 am. Imagine, alimentos fríos en la cual en muchos casos generan en que los niños no los tomen, porque están fríos, en la parte rural ni hablar digo con toda sinceridad que en la parte rural los niños están acostumbrados a comer cosas solidas esto acompañados por su canchita, mote, queso, etc. A la que ahora fueron reemplazados por un vaso pequeño de líquido ya sea quinua con leche u otro derivado y esto a su vez acompañado con un pancito, 01 papita sancochada (así como lo ve), mitad de un camote mal cocido en algunos casos malogrados o tubérculos de segundo uso.
    Entonces de que mejora estamos hablando viendo todas estas deficiencias, las cuales ya se realizaron muchas denuncias, en coordinación con el DIRESA (Dirección Regional de salud, con su área de Salud Ambiental área de Alimentos), se realizaron operativos y grande fueron nuestra sorpresa, alimentos sin marca, empresas fantasmas, productos vencidos, mala condición de almacenamiento, etc, etc…
    En tal sentido hay muchas cosas que a que solucionar pero si no se da en momentos indicados esto se ira engordando más y más hasta estallar en otro problema irremediable.
    Disculpas por las queja pero era necesario poner de conocimiento a usted a ver si por intermedio de usted llegar directamente a los responsables ya que por otro medio jamás la noticia saldrá de la región de Ayacucho.
    Muchas gracias.

  • Dr. H. Díaz
    Con respecto a la Jornada laboral semanal mensual de 24 hrs.de los profesores de Ed. Secundaria es necesario recordar lo siguiente:
    Con la lucha de la jornada de o8 hrs. a inicios del siglo pasado, se consideró que todos los docentes tendrían, al igual que todos los trabajadores una jornada de 40 hrs. Se consideró para el docente de E. media (secundaria actual) 24 hrs. de labor en aula,12 horas de preparación de clase (1/2 hora por hora clase) por el nivel y 04 hrs. para evaluación; para el docente de E. Primaria 30 hrs. de clase, 06 de preparación de clase y 04 hrs. para evaluación. En ese contexto los docentes del nivel secundario incluso ganaban igual o mayor sueldo que los del nivel primario, hasta 1990 cuando al reglamentar la Ley del Profesorado 24029 el presidente A. García introdujo la idea que se debía pagar solo de acuerdo al número efectivo de horas de clase, creando la injusticia actual y sus consecuencias. La labor docente implica la preparación de clases y la evaluación y se debería remunerar las 40 horas de labor pedagógica.

    • Juan. Debería ser así. En realidad no debería haber diferencia entre un trabajador docente y de otra área en términos de jornada laboral. Ante la opinión pública Bosé ve bien. Que aparentemente la profesores trabajan menos, pero no sería así. Saludos

    • Con respecto a otros aspectos de la Ley:
      -No se puede rebajar de nivel a los docentes por motivos presupuestarios, los derechos adquiridos son irrenunciables. Al contrario cuando se aumentan los niveles se deben recategorizar en la proporción al aumento de niveles y no al revés. En todo caso que se mantengan los cinco niveles preexistentes.
      -La Ley de Reforma Magisterial tampoco puede rebajar, solo para los docentes, la edad de jubilación a 65 años, en contra del D.L. 276 que rige para toda la administración pública del país y que establece los 70 años. Es una discrimación inconstitucional. En último caso,negado, se aplicaría solo para los docentes recién ingresantes.
      .En el reglamento, deben considerarse todos los derechos preexistentes de los docentes, que fueron ganados en lucha de años, como por ejm. los tres días de permiso por motivos particulares, teniendo en cuenta la lejanía y dificultad de acceso en que muchísimos docentes trabajan.

  • Estimado Hugo,

    Lo que parece se busca con todo lo que se ha predispuesto en la ley de reforma es revertir la situación de superioridad en niveles y en sueldos (excluyéndolos también del pago por maestrías) en la que se encontraban los maestros de la CPM con la anterior gestión y ahora tal vez se busca que haya la menor cantidad posible de directores que provengan de la CPM.

  • Buenas Noches Estimado Hugo:
    Realmente esto es una burla contra la gente que estudia, se capacita, quiere ser mejor. Nunca me imagine que nos DISCRIMINEN TANTO, porque esa es la palabra correcta: Por dar un examen y demostrar que en el magisterio hay gente empeñosa y dedicada.
    Que decepción que los que estamos en el V y VI nivel, con maestrias, doctorados, especializaciones, experiencia no se nos considere para dar examen para concurso de doctorado.
    Digale a la gente del Ministerio que son una verguenza, no valoran al docente que estudia y premian al que le tiene miedo a los examenes. Tanto pesa patria roja que maneja a la Ministra y viceministros.
    Mónica

  • Estimado Dr. Hugo: tenga Ud. muy buenas noches, soy Director encargado, desde el 1º de enero al 31 de diciembre, pertenezco a la V Escala magisterial, pero desde el mes de enero no recibo bonificación alguna como Director encargado, a pesar de tener Resolución de encargatura de Puesto de nDirector, actualmente solo percibo sueldo de docente de 24 horas V Escala, mi colegio es Polidocente Completo, tres niveles, Inicial, Primaria y Secundaria, digame, seguiré ganado por 24 horas o se me reconocerá por 40 horas .

  • Estimado y apreciado Dr. Hugo: tenga Ud. muy buenas noches, soy una admiradora y seguidora suya. Mi preocupación es que a los maestros de la CPM 29062 se nos esta dejando de lado. ¿por qué los que nos encontramos en tercer nivel no podremos participar en el concurso de directores? y los de la ley 24029 si, incluso con 1 nivel.

    Anteriormente percibía pago por maestría, tengo la resolución, pero por pertenecer al la CPM ahora no puedo percibir esta asignación.

    !Es una evidente marginación! para los maestros que optamos por el cambio asumiendo retos y presentándonos a las evaluaciones.

    Muchas gracias por su respuesta.

      • Dr. Hugo, Buenas noches, aprovecho la oportunidad para expresarle mi preocupación. El Ministerio de Educación, con el Of. N° 08-2013- está anulando el servicio y funcionamiento de la Bibliotecas Escolares, las plazas de 40 horas de Docente Bibliotecario lo esta reduciendo a 24 horas o sea está fraccionando la plaza por lo tanto el servicio ya no es idóneo, el profesor de biblioteca no se abastece para atender los dos turnos y los tres niveles como es el caso del colegio donde laboro: I.E. N° 80092 “Carlos Wiesse” del distrito de Chao, provincia de Virú, región La Libertad.

  • Sigue el ensañamiento contra los docentes de la CPM. De acuerdo con la UGEL Arequipa Sur habrá nuevas medidas contra aquellos que nos incorporamos a la CPM
    en el Concurso para Directores que se realizará en el mes de junio.
    Cito:
    “Desde el día miércoles 17 al viernes 19 en la ciudad de Lima, el Mg. Edward Vidal Zea Jara – Director de la UGEL Arequipa Sur viene participando en la Capacitación sobre el próximo Concurso Público de Cargos Directivos de las Instituciones Educativas Públicas que se realizará en la Región Arequipa. […] de acuerdo a la LRM, los cargos de director y sub director serán evaluados cada tres años. Por su parte, la titular de la Dirección General de Desarrollo Docente María Amelia Palacios, anunció que solo para este primer concurso como lo señala la Ley 29944, podrán postular docentes provenientes de la Ley del Profesorado que se encuentren actualmente en la segunda y tercera escala de la carrera magisterial e igualmente los que se encuentren en la primera escala y que hayan tenido encargaturas de dirección en los últimos diez años.
    Esta disposición busca dar oportunidad a los profesores de la Ley 24029 que por muchos años no ha tenido oportunidad de ascender en la carrera magisterial y han permanecido congelados.
    En el caso de los profesores procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062), la LRM establece que solo podrán acceder a cargos directivos los docentes que se encuentren en la cuarta escala magisterial.
    Adelantó que los tres instrumentos de evaluación serán, una prueba nacional clasificatoria, la evaluación de trayectoria profesional y la solución de un caso práctico de gestión escolar”.
    Lamentable, muy lamentable.
    ¿Por favor, alguien me puede decir por qué tuvimos la desdichada idea de incorporarnos a la CPM y de creer en la meritocracia en un país infestado de burócratas ineptos y corruptos que, por lo visto hasta ahora, nunca va a cambiar? ¿Alguien, por favor?

      • Estimado Hugo,

        Hay evidencias muy claras de represalias contra los maestros de la CPM. Esto es injustificable. Exclusión de las dos pruebas para ascender de nivel, exclusión de los pagos por maestrías, desconocimiento de los años transcurridos en los respectivos niveles de la CPM, falso ascenso de nivel al pasar de una carrera de 5 a otra de 8 niveles en solo un nivel más y ahora solo se puede postular a direcciones a partir del cuarto nivel. Hay una carga política muy fuerte detrás de todo esto, ya parece que estuviéramos en otro país donde se acostumbra ha hacer estas cosas con los que son considerados adversarios.

          • Cada vez se descubre más injusticias para los de la CPM en esta Ley de la Reforma. Me parece que el concurso de directores se basa en esta ley, en su reglamento. La directiva que saldrá estará basada en estas normas legales. Pero si recordamos lo que decía en la ley 29062 Ley de la CPM, el requisito era estar en el II nivel, ahora en la ley 29944 menciona que debe estar en la IV escala. Pero también observemos otro punto, profesores que hoy están en la I escala, tienen años de servicio y excelente currículum, no podrán participar en el concurso si es que no ejercieron el cargo de director. Ahora , se está difundiendo la forma en que se evaluará a los participantes y continúa la prueba escrita, solución de casos de la gestión escolar y el currículum. ¿Se considerará la buena o pésima gestión del director que ejerció su función en estos últimos años y considerarlo como un puntaje a favor o en contra? No son muchos los cambios en la evaluación a los directores, excepto que se usarán las computadoras en la prueba. Lo más simple era que participen todos los maestros que cumplen los requisitos solicitados, uno de ellos el tiempo de servicio, sin interesar en que escala se encuentren.

  • DOCTOR HUGO BUEN DIA: a propósito del concurso para cargos directivos al parecer solo podrán concursar los profesores de la 24029 que en los últimos 10 años hayan asumido el cargo de director, y también podrán concursar los de la 24029 que actualmente están en la segunda escala magisterial y ojo solamente podrán podrán concursar los profesores de la ley 29062 que se encuentren actualmente en la cuarta escala magisterial , que tal forma de marginar de esta forma a los profesores de la ex 29062 la verdad ya colmó la paciencia. En contubernios con los de patria roja colmaron la paciencia de los profesores de la 29062 que no nos queda que salir a las calles y reclamar justicia.

  • doctor hugo:
    los profesores de primaria ganan por 30 horas; sin embargo contratan profesores para arte, educacion fisica, religion, computacion, el cual tenemos que pagar los padres de familia; que se sepa el pago es por horas efectivas de clase y no por permanencia en la institucion. todo esto con el aval de la direccion. la pregunta es ¿quien tiene que poner orden?

  • Previos saludo y agradecimiento desde Arequipa , por favor le agradecería indicar a los encargados del MINEDU ser explícitos en cuanto a la información que dan sobre concursos a Directores…a la fecha hay muchas especulaciones y no tenemos documentos para avalar la información que se publica como es la del Oficio 2025

  • Doctor,mis saludos cordiales, si pudiera aclararme lo siguiente: ¿Por qué motivo se siguen suspendiendo las permutas y reasignaciones por salud si son un derecho que tenemos los profesores nombrados? si bien existe la RM 466- 2012, esto ya se esta convirtiendo en atropello a nuestros derechos , hasta cuándo vamos a esperar que procedan las permutas y otros desplazamientos.

  • Gracias por su respuesta, soy profesora con 31 años de servicios, me corresponde la bonificaciòn por 30 años de servicios, aunque en la ley anterior recibì 240 soles por 25 años? He consultado con un abogado y me ha dicho que sí. Gracias de nuevo.

  • DR. Diaz me gustaría que el Tribunal Constitucional se pronuncie si esta ley vulnera o no derechos adquiridos y de ahí seguir para adelante.No crean que los profesores están sólo esperando el reglamento , hay mucho malestar por el descenso de nivel de una ley y el ascenso de la otra ley.Las cosas deben hacerse bien desde un comienzo, porque si en el camino hay grandes errores eso genera retroceso. ¿Qué pasaría si el TC lo declara inconstitucional? , la ley tendría que volver al Congreso, se estaría dando pasos para adelante y grandes pasos hacia atrás.

      • SALUDOS CORDIALES:
        DR. HUGO: Si ya se lanzo el concurso pues en la UGEL SUR AREQUIPA,esta hasta con cronograma.
        Lo que no esta claro, son los procedimientos , por ejemplo si es para todos los que estan en actuales puestos como director y sub director, o solo para las encargaturas.
        Esta situacion es incierta.

        • Juan Francisco.lo que me dijeron es que se concursaran 15000 plszas lo que significa que será plazas seleccionadas. Yo que tengo comunicación con ellos todavía no me han cercado, las razones para optar por esa alternativa del podría ser la más aconsejable, la haré a las 11 am. Saludos

  • Saludos Doctor Hugo Diaz. Veo y me entero que se avecina el concurso de directores. Un concurso muy esperado por los maestros desde hace muchos años. Ya era hora esa convocatoria porque muchos de los directores se habian entornillado en sus cargos realizando una pesima gestion y no permitiendo una fiscalizacion por el compadrazgo que aun persiste entre la asociacion de directores y las DRE. Esperamos que se realice un concurso con transparencia y que sean las universidades de prestigio quienes efectuen el examen de conocimientos si se convoca a nivel regional. Doctor no contamos con el oficio 2025 , el enlace nos lleva a otra parte menos al referido diocumento por eso por intermedio de su blog pedimos que si alguien lo tuviera por favor crear un link para que todos los docentes podamos tenerlo. Gracias Doctor.

      • No entiendo el porque mencionan casi siempre sobre que los directores se hacen dueño de las plazas, o el maltrato que les infieren a los docentes. No metan a todos los directores en el mismo saco, hay de los otros también, directores honestos, con excelente gestión en el cargo. Les deseo suerte a todos los maestros que concursarán y bienvenido a mi escuela el nuevo director. Después de 7 años de una labor continua dejo el cargo. Y no me entornillé en el cargo, porque era el pedido de los padres cada año ante la UGEL de continuar con mi labor. Recibí una escuela con 3 docentes ,45 alumnos y un local inhabilitado por Defensa Civil. El próximo año el nuevo director recibirá una escuela con 8 docentes, 103 alumnos, infraestructura nueva y con la modernidad en las tecnologías educativas. La mayor traba que se encuentra en el cargo, es la total falta de autonomía en las instituciones educativas. Casi en todo dependemos del MED, y son muchos los impedimentos que ponen basados en las normas legales, lo que no ocurre con las instituciones particulares y parroquiales y veamos la diferencia en cuanto a gestión entre las públicas y las privadas o parroquiales.

  • Pareciera que ya se hizo costumbre en el MED realizar las cosas entre gallos y medianoche, es por eso que no se explica como es que aparecen escuetos oficios e informaciones incompletas a escondidas acerca del concurso de directores, pareciera que la Web del MINEDU esta solo para publicar frivolidades y no las noticias que realmente interesan al magisterio, lo peor convocarán a concurso sin haber aprobado la Reglamentacion de la LRM. En que norma se basarán? Una perla mas de la desatroza gestion de la Ministra Salas que a mi parecer se metió en camisa de once varas y todo por complacer a los retrógradas de Patria Roja .

  • esta gestion se ha caracterizado por incumplir todos sus plazos no sorprende entonces el retraso del reglamento ni sorprenderia el retraso en la convocatoria a evaluacion para reubicacion de nivel. Dr hugo la diferencia de haberes que existe entre los profesores de secundaria y los demas niveles es una gran preocupacion ademas de un aumento real de salario que es irrisorio los profesores de secundaria tuienen que estar en el tercer nivel de la escala para ser remunerados como un docente de 30 horas en el primer nivel eso no es muy motivador ademas que las 24 horas de jornada en realidad nos toma todo un turno y no nos da la oprtunidad de emplear las 6 horas pedagògicas de diferencia en otra actividad que nos permita acceder a dinero extra ojala poseyeramos el don de la ubicuidad o tuvieramos horarios a medida la ley contempla que se asignen progresivamente mas horas a los docentes de secundaria pero redactado de una manera tan engañosa que insulta.
    lo que queria preguntarle es que posicion tiene al respecto el CNE o tendre que seguir soñando con el auto propio para seguir haciendo taxi de manera mas rentable por el resto de mis Dìas

    • Daniel. Comparto su preocupación y de digo que públicamente el CNE se ha pronunciado respecto del trato discriminatorio de a Ley de Reforma Magisterial con los profesores de Secundaria. Al congreso, y en febrero, al MED se emitieron informes solicitando que desaparezca el trato diferenciado de los profesores de secundaria respecto de los profesores de inicial y primaria. Saludos

  • Dr. Hugo Buenas noches, si la reglamentación está demorando nos imaginamos que habrá modificaciones pero no se sabe si a favor o en contra con respecto a la desigualdad entre docentes de una misma ley. Si la hibernación continua tendrá efectos colaterales por la ineficiencia de gestión, la comunidad educativa empezará a dudar de los cambios o de la llamada transformación; el equipo del MED no está en el nivel, no son ejecutivos, no hay liderazgo, deben reaccionar y ser oportunos. Ya cuando el tiempo les gane en el año se harán las cosas improvisadas y después se pintará que fue lo máximo. Dr. creo que es el momento para que usted sea partícipe y asesorar al MED, queremos mejorar el Perú desde el lugar en que nos encontremos. Que Dios lo bendiga.

  • Estimado Doctor:
    Totalmente de acuerdo con Ud. por todas las dificultades que la falta del reglamento ha generado en la administración de la educación a nivel nacional. Como trabajador administrativo de educación he podido comprobar que la interpretación de la ley se hace de manera antojadiza y abusiva.
    Es urgente la aprobación y promulgación de este reglamento y esperemos que, en realidad, resuelva y cubra todos los vacíos de la ley.
    Lamento tener que usar este espacio para hacer de su conocimiento que la UGEL ILO celebra su Cuadragésimo Aniversario el próximo 10 de mayo y, en el espàcio cultural, deseamos realizar una Conferencia Magistral que se estaría realizando el miércoles 08 de ese mes, actividad que estaría considerada en el Programa Oficial de Festejos por el Cuadragésimo Segundo Aniversario de la provincia de Ilo, motivo por el cual le agradecería que nos proporcione un teléfono o una dirección de correo electrónico para poder ampliar esta información y llegar a concretar este evento que estaría dirigido a todos los directores y profesores de nuestra provincia.
    Le hago llegar mis felicitaciones por los acertados y claros comentarios que acostumbra entregarnos en su blog.
    Saludos cordiales.

    • Julio Alberto. Compartimos la preocupación por lo que sucede en la implementación de la Reforma Magisterial. En cuanto a la invitación que me hace la fecha la tengo comprometida. Los miércoles debo participar de las sesiones del Comité Directivo del Consejo Nacional de Educación. Será la próxima siempre y cuando me avisen con suficiente tiempo. Saludos

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