Oficio Nº 0035-2013/Minedu-SG/OGA-UPER sobre destaques y pago de encargaturasDe acuerdo a la Ley de Reforma Magisterial, el oficio de la referencia establece las asignaciones por desempeño de asignaturas de cargos directivos y jerárquicos. Ver archivo: Oficio Multiple 0035-2013-UPER (1). Pago Encargaras

Oficio Nº 0035-2013/Minedu-SG/OGA-UPER sobre destaques y pago de encargaturas

Autor: Hugo Diaz Publicado: mayo 8, 2013

De acuerdo a la Ley de Reforma Magisterial, el oficio de la referencia establece las asignaciones por desempeño de asignaturas de cargos directivos y jerárquicos.

Ver archivo: Oficio Multiple 0035-2013-UPER (1). Pago Encargaras

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  • Buenas tardes .Mi consulta es que hasta la fecha sigue en vigencia el oficio múltiple Nª0035-2013 Porque yo trabajo en escuela unidocente y soy de la ley 24029 quisiera saber si me corresponde ese pago por encargatura o no.Porq hasta la fecha no me pagan la encargatura y solo tengo la resolución de encargatura por función desde el año 2013 hasta ahora 2017.

  • Buenas tardes profesor Hugo le agradeceré por su respuesta,Pertenezco a la UGEL Lambayeque el año pasado estuve destacada en una I.E DE ciudad por salud, la RD. decía hasta el 31 de diciembre, pero resulta que el las boletas de los meses de Enero y Febrero sigo ganado por el colegio de destaque, fui al responsable de NEXUS y me dijo que desde el 23 de Diciembre el sistema me regresaba automáticamente a mi IE. de origen y que tenía que ver con el responsable del SUP.
    Este accionar me perjudica enormemente económicamente ya que mi plaza de origen es Zona Rural 1. Mi pregunta es debo seguir percibiendo mi sueldo de acuerdo a la plaza de destaque o qué?Gracias anticipadas.

  • dr. hola… soy trabajadora de la ugel picota del area de bienestar social… la pregunta es la siguiente… hay muchos docentes encargados de dirección o docentes que trabajan en escuelas unidocentes que solicitan vacaciones entre enero y febrero… esto procede????? es que en la ley de reforma no contempla estos casos

  • este año 2016 un profesor fue reasignado a una intitución unidocente, ahora desea ser destacado a otra escuela unidocente. Tiene que cumplir un tiempo como mínimo en su plaza en la que fue reasignado (en marzo 2017 recién cumplirá un año) y respecto a la autorización de la entidad de origen y solicitud de la de destino? quien la expediría??? teniendo en cuenta que es una institución UNIDOCENTE.

  • Buenas tardes Dr. Hugo Díaz, la presente es para saludarlo y a la vez darle a conocer que en mi I.E, un Coordinador Pedagógico de 40 horas ha cesado por jubilación, por lo tanto la dirección del plantel ha puesto ha concurso la plaza, soy de Cuarta Escala, el docente cesado fue de II escala, he postulado y he ganado el concurso, sin embargo me manifiestan que no me corresponde el pago de 40 horas según la Escala Magisterial docente, por no haberme cambiado de Ley anteriormenete, fui cambiado de Ley automáticamente, estuve en la Ley del Profesorado II Nivel, se me cambió automáticamente a la Primera Escala, pero en la Reubicación docente logre la Cuarta Escala. Por lo tanto el Incremento es de 2,70. me pregunta es, “Esto es correcto a pesar de estar en la Ley de la Reforma Magisterial”. La Institución que laboro es el Colegio Militar Pedro Ruiz Gallo de Piura,

    • Mario. El problema que existe y no se ha superado es el de pagod e bonificaciones. Mientras no se sea titular del cargo se está pagando como si se estuviera en el régimen laboral anterior; en su caso la Ley del profesorado. Es por ello que recibe una bonificación tan baja. Ojalá este tema se supere pronto. Saludos

  • Estimado Hugo Diaz, como analiza el caso de oos maestros que están siendo encargados en Dirección y se les paga como docentes de 28 horas mas 160 soles. Donde queda el principio de primacia de la realidad?, vale decir que trabajan 40 horas cronológicas semanalmente y se les paga por 28 horas pedagógicas?. que le parece? nos están llevando a judicializar nuestros casos y de seguro que el poder judicial ganaremos porque un oficio no puede estar por encima de la ley.. no lo cree?

  • Estimado Maestro Hugo. En primer lugar reciba mis cordiales saludos, luego me dirijo a Ud. para comentar lo siguiente: En las II.EE multigrado con 4 profesores, el director tiene aula a cargo y dicta clases;la consulta es: ¿Existe alguna posibilidad legal que un Director deje de tener aula a cargo para no dictar clases, dedicándose única y exclusivamente al trabajo directivo de esa institución?. Esto está sucediendo en una I.E de la UGEL – Huaraz, en la que la directora en complicidad con personal de la UGEL se ha hecho crear el aula de innovación pedagógica inclusive sin los procedimientos formales, con la finalidad de apoyar a esta directora para que se dedicara a la dirección y al aula de innovación pedagógica y con esta argucia pretende no tener aula a cargo y evita el dictado de clases. ¿Esto es posible maestro Hugo? Gracias por la respuesta.

  • Estimado Maestro Hugo

    En la escuela donde trabajo se han designado nuevos directivos desde el año 2015, en las sub direciones de Administracion , formacion general y areas tecnicas, esto basado en el CAP, el asunto concreto es que para este año pretenden efectuar una estructura organica donde anulan la subdireccion de areas tecnicas para crear una sub direccion de proyectos institucionales.segun manifiesta la Directora que en jornada JEC no hay denominaciones de sub direcciones y que si lo puede modificar,

    Me gustaria que de una opinion al respecto sobre las sub direcciones en las escuelas que estan en jornada completa, porque estan haciendo este atropello, existe en el las escuelas el cargo de subdireccion de proyectos institucionales, los profeores del area de educacion para el trabajo estamos indignados queremos pedir opinion tecnica a al UGEL al ministerio, los cargos de las subdirecciones tecnicas en todo el pais se han otorgado a colegas que no tienen el perfil ni la formacion de una especialidad tecnica, eso es lo que sucede en mi escuela,

    Gracias por su comentario

    Atte

    Carlos

    • Carlos.La norma no hace referencia a los tipos de subdirectores pero en la web de la JEC se hace referencia a un pedagógico y un administrativo, además de los coordinadores. Antes de modificar cualquier cosa es indispensable que la directora vea qué es los que tiene en su presupuesto de personal. Saludos

  • buenas noches señor hugo diaz sobre el caso de las encargaturas también nos corresponde a los contratados dichas asignaciones, según algunos colegas de mi ugel Yungay en el departamento de ancash me dicen que si, pero que debo presentar una solicitud pidiendo se me pague la encargatura y no se como fundamentar mi pedido si seria tan amable de ayudarme en la redacción de mi solicitud por favor y enviármelo a mi correo ansbel.chico@gmail le estaría enormemente agradecido ya son 3 años de encargatura de dirección y durante esos años no se me a pagado ni un sol mas espero su respuesta gracias

  • Estimado Dr. Hugo, en la Ugel a la que pertenezco existe una plaza orgánica de Coordinador de Pronoei de 40 horas, que actualmente ha quedado desierta pasada las etapas de nombramiento y contrato docente.- Soy profesora nombrada 24 años en Inicial con plaza de 30 horas, he solicitado mi destaque por enfermedad, pero la respuesta de los encargados de Ugel es que el sistema NEXUS lo rechaza, caso contrario si procedería el destaque. ¿Es posible el destaque? ¿Cuál sería el procedimiento en el sistema NEXUS? ¿Cómo se haría con la diferencia de horas?.
    Agradeceré bastante su respuesta. Saludos cordiales.

  • Dr. Hugo, en la Ugel a la que pertenezco existe una plaza orgánica de Coordinador de Pronoei de 40 horas, que actualmente ha quedado desierta pasada las etapas de nombramiento y contrato docente.- Soy profesora nombrada 24 años en Inicial con plaza de 30 horas, he solicitado mi destaque por enfermedad, pero la respuesta de los encargados de Ugel es que el sistema NEXUS lo rechaza, caso contrario si procedería el destaque. ¿Es posible el destaque? ¿Cual sería el procedimiento en el sistema NEXUS? ¿Como se haría con la diferencia de horas?.
    Agradeceré bastante su respuesta. Saludos cordiales.

  • DR Hugo saludos a la distancia y gracias por su respuesta. soy profesor que provengo de la ley 24029 actualmente estoy ubicado en la IV escala Magisterial el año 2015 estuve encargado de la sub dirección de secundaria, hasta el mes de octubre me pagaban la suma de 890 soles por encargatura. en los meses de nov. y diciembre mi adicinal viene 0.00. En ralidad quisiera saber cual es el adicional que me corresponde.

  • DR.HUGO QUIERO HACERLE UNA CONSULTA ESTUVE ESTE AÑO DESDE EL 15 DE JUNIO EN UN DESTAQUE EN OTRA UGEL AHORA NO SE COMO ES EL PAGO ME CORRESPONDE EN MI UGEL DE ORIGEN O DICEN QUE SOLAMENTE ME VAN A PAGAR UN PROPORCIONAL POR QUEEE HAY ALGÚN DOCUMENTO SOBRE ESTO POR FAVOR EXPLÍQUEME ES PRIMERA VEZ QUE SOLICITE ESTE DESTAQUE DOCTOR.

  • Doctor un gusto conocerle por este medio. mi pregunta es
    Me desempeñe como director encargado en un Institución Polidocente donde no tiene plaza de 40 horas mejor dicho no tiene plaza directiva. entonces me delegan director por funciones.
    ¿tengo derecho a percibir una remuneración por la encargatura de la dirección ya que me nombre con la CPM?. Gracias por leer y de antemano por contestar mi pregunta

  • DR. HUGO DIAZ ANTE TODO UN SALUDO MUY CORDIAL A UD. Y GRACIAS POR LA ORIENTACION. YO ME PRESENTE A LA CONVOCATORIA PARA ENCARGATURAS DE DIRECCION EN PLAZAS DESIERTAS PARA EL 2016 YA QUE CUENTO CON IV ESCALA EN LA LRM Y PROVENGO DE LA 24029 A LO CUAL ACCEDI A UNA PLAZA QUE EN PASAJE Y REFRIGERIO SE GASTA UN APROXIMADO DE 400 SOLES Y ME ENTERO AHORA QUE SOLO EL PAGO ES DE 160 SOLES LO CUAL ME PERJUDICARIA ECONOMICAMENTE, PODRIA RENUNCIAR A ESA ENCARGATURA O YA NO, PARA ESTE AÑO 2016 QUE POSIBILIDADES HAY QUE SE MODIFIQUE EL OFICIO DEL AÑO 2013.

    • Carmen. En efecto, es así para las encargaturas. En realidad debió averiguar de las condiciones previamente. Ahora es difícil que renuncie al cargo pues al haber seguido el proceso quitó la posibilidad a otro docente. Debe seguir. Saludos

  • Dr. Hugo.- En el año 2013 cumplí 25 años de servicio y solicité el beneficio correspondiente, pero se me niega por ser Interino, me sometí al examen que propugna la Ley de Reforma Magisterial; volví a solicitar mi beneficio y resuelven pagarme un monto de 162 soles de acuerdo al Of. 03346-2013-MINEDU/SG/OGA.UPER en concordancia con el informe legal 524-2012-SERVIR. le agradeceré infinitamente haga un comentario de lo expresado y ojalá pudiera enviarme el mencionado oficio, porque no tengo acceso a pesar de buscarlo por diferentes medios. Muchas gracias prsu atención.

  • señor Hugo Diaz, muy buenas noches y Feliz navidad y un prospero año nuevo; la consulta es la siguiente; yo fui nombrada en una institución unidocente (zona rural) del nivel inicial de 40 horas(plaza organica); usted sabrá nuestro trabajo es el triple se hace de auxiliar, personal de servicio, profesora de aula y directora; y el caso es que yo el 2011 pase a la carrera publica magisterial con mis 40 horas en la cual tengo mi resolución mi sueldo era de 3200, luego me subieron a 4036 el 2012 con la ley de reforma magisterial; asi gane 3 años hasta noviembre de este año; luego me bajaron 1200 nuevos soles este diciembre, en el cual me informaron que ya me bajaron 10 horas, yo no tengo ningún documento donde indica que me van a bajar mis remuneraciones yo soy directora nombrada en la cual a nosotros los unidocentes no nos invitaron a rendir examen, yo no estoy encargada en esa institución yo laboro todo el año y para cualquier gestión yo estoy presente.le agradecería me responda

  • COMO SE PUEDE REGULARIZAR A PERSONAL DE LA ENTIDAD QUE FUERA DESTACADO A OTRA ENTIDAD SIN RESOLUCION, PERO LA ENTIDAD CUBRE TODAS SUS REMUNERACIONES Y BENEFICIOS DE LEY. SE PUEDE SOLICITAR SU DESTAQUE A PESAR DEL TIEMPO. LA ENTIDAD QUIERE REGRESARLOS A SUS PLAZAS DE ORIGEN, PORQUE SON PERSONAL CAP

  • Le comento el caso de mi hermano menor que trabaja en el sector publico en Educación, bueno ahora esta asustado por los hallazgos del área de OCI.

    Resumo, bueno fue contratado para ejercer cargo de proyectista de resoluciones directorales, su error fue no elaborar resoluciones como ejemplo de destaques, etc.
    Por que dijo: su jefe de recursos humanos, q estas acciones serán de manera interna, osea sin que se genere la Resolución. (Bueno el docente que era destacado ejercía labor en otra institución educativa pero cobraba con su plaza de origen que el sueldo era mayor que la plaza de destino.). esa es el hallazgo de OCI de su entidad por omisión de funciones por no cumplir en proyectar las resoluciones si hay documentos sustentatorios para la elaboración.

    Y la oficina de planillas solo se defiende diciendo que no habia resoluciones para las acciones a tomar.
    y su ex jefe solo justifica que son omisión de funciones si están todos los documentos sustentados.

    Ahora esta elaborando su descargo del año 2014.
    Díganos que tan grave esta, y que de solvacion pueda surgir. O quizá me pueda servir el Art. 17 de la Ley 27444, (como para que las omisiones serian regularizadas con sus respectivas resoluciones y el encargado de planillas arias los cálculos y contraste de sueldos, para hacer descuentados en el año 2015, si todos los docentes están nombrados y activos).
    apoyo por favor…

  • DR. LE AGRADECERÍA SI NOS DA ALGUNOS ALCANCES CONCRETOS EN CUANTO AL PAGO DE LAS ENCARGATURAS COMO SUBDIRECCIONES, ASESORÍAS, ETC. EN EL SENTIDO QUE SOLO NOS CANCELARON S/. 2.30 MENSUALES Y EN BOLETAS SEPARADAS DURANTE LOS AÑOS 2012 AL 2014, SOLO POR PERTENECER A LA LEY 24029. ESTO ES REAL. QUE NOS SUGIERE, QUE ACCIONES PODEMOS HACER, DENUNCIAR ANTE EL PODER JUDICIAL O ANTE QUIEN. QUEREMOS QUE NOS PAGUEN TAN IGUAL COMO LOS DE LA LRM.

    • Luis. En efecto, hay una norma que lo que dice es que mientras no se implemente totalmente la ley se irá pagando de acuerdo a los regímenes laborales anteriores. La practica del ministerio amparado en lo que se normó es que mientras el docente no esté en condición de titular no se paga como dice la ley. Eso debería acabar pronto pero parece que en el fisco se maneja de acuerdo a las posibilidades de recursos. Las presiones, denuncias por los medios de comunicación son una opción que deben ustedes evaluar. Saludos

  • Dr Hugo estoy laborando en el presente año en una jefatura de laboratorio, tengo IV escala y lo increíble fue, que me dieron un cheque para cobrar cerca de 10 soles por medio año y todavía consignando la ley 19990 y poniéndome en la boleta como si estuviera en el primer nivel porque yo tenia información que se me pagaría aproximadamente mil soles más. Pregunto a Ud. ¿esa es la asignación por jefatura? será lo mismo el próximo año , aclareme en que ley se apoyan para asignar una irrisoria remuneración .

    • Teodosia. No sé en que condición está desempeñando la jefatura, si como titular o como encargada. Si es lo último, es posible que le estén pagando la bonificación de acuerdo a la ley del profesorado (si provenía de ese régimen) donde la bonificación era una suma irrisoria. Saludos

  • Quisiera hacerle otra consulta, aquí en mi región la reasignación tipo 3 será este martes 11, estoy en un puesto expectante y el docente que antecede esté en calidad de destacado, por las respuestas que Ud, dio anteriormente se que no le corresponde reasignarse, me podría especificar o esclarecer este punto , acerca de la permanencia de dos años, estos tienen que ser recientes, el jefe de personal me indico que si procedía y otros colegas me indican que no, de no ser posible que
    mecanismo procede para impedir que se le de la plaza de reasignación . Gracias por su respuesta

  • Estimado Hugo,
    reciba un cordial saludo mi nombre es yakeli lopez trabajo para RS+ Empresa que brinda consultorias en Responsabilidad Social. Estamos Apoyando a Natura sobre un Evento que organiza llamado PISA 15 AÑOS DESPUES.Quiero contactarme con usted para poder enviarle la invitacion y podamos contar con su presencia en dicho evento.

    En espera de sus comentarios.

  • soy docente nombrado en primaria con encarggatura de director solo me asignan un pago de 165 por mes pero el pago lo hacen al concluir el año,digame por que no me pagan mensualmente.Este año trabaje solo 3 meses a partir del 26 de mayo trabajo en PELA,me corresponde pago por dos meses sobre encargatura,gracias.

  • UN CORDIAL SALUDO DOCTOR HUGO:
    Soy Directora Unidocente nombrada en el año 1992 como Directora titular, pero ahora en las boletas de pago en una linea me sale como encargada, pero doctor desconozco de alguna directiva o o resolucion al cual me bajaron como Directora encargada. Por favor lo agradezco por adelantado que es lo que tengo que hacer por que el sueldo tambien me bajaron. muchas gracias.

  • CORDIAL SALUDO DOCTOR:
    La mayoría de directores de zona rural que hemos asumido el cargo directivo este año estamos preocupados por que se viene llevando a cabo el proceso de reasignación 2015 y no se explica el caso nuestro, no tendremos opción al proceso de reasignación?? La norma dice que no puede haber 2 movimientos de personal al año pero nuestro caso no es definitivo depende de la evaluación que nos harán dentro de tres años, sería injusto no participar en el proceso de reasignación. La norma no explica esta situación y legalmente si no está implicita es posible darse este caso. Por ejemplo mi persona tiene 21 años en una IE rural de la región Cusco – Espinar, pero asumí el cargo de sub directora en la UGEL Arequipa Norte. Como verá es otra región y no sería justo no participar en este proceso de reasignación. Por favor suplico su respuesta. Hay un gran vacio.

    • Dina. Es un tema que voy a sugerir revisar. El problema es que habiéndose hecho un esfuerzo por contar con directores en en cargo por evaluación se tenga que deshacer lo hecho con la reasignación. Pero dejemos que sea el ministerio el que opine. Saludos

  • trabajo como Director hace 4 años en un CETPRO y siempre la UGEL donde presido me dice que no me corresponde el pago de Direccion por el hecho de que soy contratado…estoy contratado por 30 horas en una plaza organica de 40 horas con PAP aprobado y no me explican el porque no me corresponde dicho pago ni a donde va ese presupuesto de 10 horas…¿?

  • Estoy trabajando desde el año 2014-2015 encargada de la asesoria de ciencias con carga horaria de 40 horas, quisiera saber que de acuerdo al Oficio Múltiple N° 004-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD:DITD el pago va ha ser igual al del año pasado, percibir cerca de 50 soles por haber laborado todo un año bajo presión por la responsabilidad, compromiso de trabajo, identidad con la IE,etc.Soy docente proveniente de la ley del profesorado nivel II ya que el gobierno hizo lo que quiso con nosotros por la desunión e intereses partidarios de nuestros dirigentes del SUTEP. La discriminación es notoria pero nuestros representantes-congresistas estan entretenidos en otras cosas- y mucho más ganan un monto excesivo, que puede alcanzar para pagar el sueldo de 30 colegas contratados que también están expuestos a otra discriminación. Por lo visto habrá renuncias en serie (encargaturasjerárquicas) por el monto irrisorio. Habrá algún modo de cambiar esta situación…se pensó el año 2015 iba ha ser diferente, pero por lo visto seguirá igual.¿Debemos hacer conocer nuestro malestar pero a entes superiores e inclusive hacer nuestra queja judicialmente por la discriminación?. Espero su respuesta,saludos.

    • Eliana. Comprendo su indignación. En realidad debería ya desaparecer la existencia de las dos leyes previas y quedarnos solo con la reforma magisterial. Es difícil una acción judicial pues la ley dice que mientras se implementa la reforma magisterial se pagarán bonificaciones de acuerdo a los regímenes anteriores. Saludos

  • Dr hugo buenas noches quisiera que me oriente sobre el trámite de destaque por unidad conyugal . fíjese que el año pasado me rechazaron mi pedido en la ugel informandome que la ley decía que la unidad de destino me tenía que dar una plaza para ocupar y que ya no era como antes que te ibas con tu plaza. Pero he vuelto a leer la ley de reforma y en el capitulo XIV articulo 72 ya no dice lo mismo. ¿Lo han modificado? y si es así ¿ya puedo solicitar mi destaque?Por favor orienteme que estoy muy confundida

    • Marcela. El tema es que si hay un destaque a otra Ugel o Región tiene que saber a que institución educativa va, de lo contrario no es posible. Se necesita saberlo para hacer las transferencias presupuestarias correspondientes. Los destaques de plazas docentes creo que no funcionan por ahora, salvo casos muy excepcionales, por ejemplo de un docente que va a trabajar a la Ugel del ámbito. Saludos

      • Estoy trabajando desde el año 2014-2015 encargada de la asesoria de ciencias con carga horaria de 40 horas, quisiera saber que de acuerdo al Oficio Múltiple N° 004-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD:DITD el pago va ha ser igual al del año pasado, percibir cerca de 25 soles por haber laborado todo un año bajo presión por la responsabilidad, compromiso de trabajo, identidad con la IE,etc.Soy docente proveniente de la ley del profesorado nivel II ya que el gobierno hizo lo que quiso con nosotros por la desunión e intereses partidarios de nuestros dirigentes del SUTEP. La discriminación es notoria pero nuestros representantes mucho mas nuestros congresistas están entretenidos en otras cosas o es que no conocen este problema social porque somos muchos docentes que hemos optado estos cargos por encargaturas.Por lo visto habrá renuncias en serie, por el monto irrisorio.El ministro de educación o directores de los diversos programas del MINEDU podrán trabajar 40 horas semanales y percibir por el trabajo s/.2.39 mensuales. Habrá algún modo de cambiar esta situación…se pensó el año 2015 iba ha ser diferente, pero por lo visto seguirá igual.¿Debemos hacer conocer nuestro malestar pero a entes superiores e inclusive hacer nuestra queja judicialmente por la discriminación?. Espero su respuesta,saludos.

  • Hola Dr Hugo. acabo de ascender en este ultimo examen a la sexta escala ¿por favor en cuanto se incrementara mi sueldo? Soy Prof de 24 horas de Secundaria.
    Desde marzo vengo ocupando CTOE con 40 horas ¿Cuanto me pagaran por ello?
    Disculpe estas preguntas es que debo tener cierta cantidad de dinero disponible para Agosto y necesito proyectarme. POR FAVOR REPONDA q DIOS lo siga bendiciendo.

  • ESTIMADO DOCTOR HUGO DÍAZ:
    SOY DOCENTE NOMBRADA EN LA CPM, ACTUALEMENTE EN LA SEGUNDA ESCALA DE LA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL; TRABAJO EN UNA I.E UNIDOCENTE DE HUAROCHIRÍ, Y HASTA LA FECHA NO PERCIBO SALARIOS POR ENCARGATURA DE DIRECCIÓN; SIN EMBARGO, TENGO COLEGAS QUE ESTÁN EN LA MISMA ESCALA Y FUERON NOMBRADOS EN EL MISMO AÑO EN EL QUE ME NOMBRARON, TRABAJAN EN I.E UNIDOCENTES, Y EL AÑO PASADO HAN PERCIBIDO SALARIO ADICIONAL POR ENCARGATURA, PERO YO NO HE PERCIBIDO NADA HASTA LA FECHA.¿QUÉ PUEDO HACER EN ESTE CASO?
    MUY AGRADECIDA POR SU RESPUESTA.

    • Liliana. El DS 014 del 2014 dice: 3.2. Asignación temporal por prestar servicios en una institución educativa pública ubicada en zona de frontera: Cien y 00/100 nuevos soles (S/. 100,00). La percepción de las asignaciones antes mencionadas no son excluyentes entre sí, de corresponder. Lo que debe verificar es si su colegio está en la estadística del Minedu catalogado como de frontera. De lo contrario no le darán la asignación. La asignación por ruralidad también depende de como está clasificado: si rural 1, 2 o 3. Saludos

  • soy docente nombrado en la II escla de la ley 29944 el una I.E. unidocent en Alto Amazonas mi pago por encargatuta de Dirección solamente es la suma de 498 soles pero en el oficio 035-2013 figura que el pago deberia ser el haber n° 155 que es la suma de 573 soles mas el haber 132 por zana ruralque es la suma de 171 soles recien en el mes de setiembre del 2014 me empezaron a pagar por la encargatura de dirección y hasta la actualidad siguen pagandome esa cantidad de 498 soles la UGEL ALTO AMAZONAS que realmente puedo hacer en este caso antes de realizar una denuncia judiocial

  • doctor una consulta soy profesor que asumio la encargatura de la dirección el año 2011-2012-2013-2014 ; puedo beneficiarme de los beneficios del oficio 035-2013
    y si es así que documentos debo de presentar a la ugel o a que instancia, agradezco por la respuesta

    • Nicanor. Lo que está rigiendo actualmente para los encargos no es lo que semana el oficio. Hay directores que les han venido pagando la irrisoria suma de 2.70 soles por mes. De otro lado una resolución del 2013 no puede aplicarse a años anteriores. Le debe corresponder un pago pero eso va a depender del año que ejerció. Debe averiguarlo en la Ugel. Saludos

  • Dr. Hugo pregunto cuantas leyes existen en el Ministerio de Educación actualmente soy Profesor del nivel secundario nombrado con 24 horas semanal mensual hace 30 años , desde el año 2013 me desempeño en la I.E. donde laboro como encargado de TUTORIA con jornada laboral de 40 horas , pero para efectos de pago nos consideran por el adicional de 16 horas con 2.80 de remuneración por ser de la ley anterior 24029 según oficio múltiple No.0035-2013 MINEDU , pero el caso es que cuento con la nueva Resolución de modificación de la 24029 a la nueva ley de reforma Magisterial 29062 incluso que se nos bajaron de nivel , pregunto un oficio modifica una ley, que injusticia

  • Doctor Hugo Diaz, muchas gracias por sus respuestas, usted nos resuelve nuestras dudas mucho mejor que los del MINEDU. En diciembre concursé a la encargatura de Tutoría de mi colegio y salí ganador y hoy recibí mi Resolución de encargtatura, quisiera que me explique lo que en un párrafo de la resolución que menciona lo siguiente:
    Que, el pago de las asignaciones al personal docente por cargo se efectuará conforme a lo señalado en el literal e) del numeral 18.1 del artículo 18° de la ley N° 30281, Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
    A continuación le describo lo que menciona dicho literal y sucesivamente l demás
    Ley 30281 Presupuesto 2015
    E ) El pago de lo dispuesto en la octogésima sétima disposición complementaria fi nal de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la misma que, para los fi nes del presente literal, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015.

    Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014
    OCTOGÉSIMA SÉTIMA. Prorrógase por el Año Fiscal 2014, la vigencia de lo dispuesto en el segundo párrafo de la décimo cuarta disposición complementaria, transitoria y fi nal de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, para los profesores de carrera provenientes de la Ley 24029, Ley del Profesorado y de la Ley 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial, que temporalmente asuman encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o especialistas, aprobados en su Cuadro de Asignación de Personal – CAP. La aplicación de lo establecido en la presente disposición se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, quedando exceptuado para tal efecto de lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente Ley, así como de lo establecido en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Asimismo, establécese la vigencia permanente del artículo único de la Ley 30002.

    LEY DE REFORMA MAGISTERIAL LEY Nº 29944
    DÉCIMA CUARTA. Supresión de concepto remunerativo y no remunerativo A partir de la vigencia de la presente Ley queda suprimido todo concepto remunerativo y no remunerativo no considerado en la presente Ley. Las asignaciones, bonifi caciones y subsidios adicionales por cargo, tipo de institución educativa y ubicación, que vienen siendo percibidos por los profesores, continuarán siendo percibidos por los mismos montos y bajo las mismas condiciones en que fueron otorgados, hasta la implementación del segundo tramo previsto en la décima disposición transitoria y fi nal de la presente Ley.

    No a la discriminación remunerativa.

  • Doctor Hugo, Continúa la discriminación entre los que proceden de la Ley del Profesorado (Ley Nº 24029) y la Carrera Pública Magisterial (Ley Nº 29062).
    De acuerdo con el Oficio Múltiple Nº 004-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD, inciso 2d, sólo le corresponde percibir la misma RIM de su plaza de origen, más el haber 115 por un importe de S/. 200.00, el haber 119 por un importe de S/. 50.00 y el haber 102 cuyo monto oscila de S/. 2.16 a S/. 4.38 (dependiendo de la Escala magisterial).
    La Declaración Universal de Derechos Humanos, establece en los numerales 2 y 3 de su artículo 23º que “Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual”. De qué revalorización de la carrera nos habla el Ministro de Educación…

  • Doctor Hugo Diaz, muchas gracias por sus respuestas, usted nos resuelve nuestras dudas mucho mejor que los del MINEDU. En diciembre concursé a la encargatura de Tutoría de mi colegio y salí ganadora y hoy recibí mi Resolución de encargtatura, quisiera que me explique lo que en un párrafo de la resolución que menciona lo siguiente:
    Que, el pago de las asignaciones al personal docente por cargo se efectuará conforme a lo señalado en el literal e) del numeral 18.1 del artículo 18° de la ley N° 30281, Ley de presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
    A continuación le describo lo que menciona dicho literal y sucesivamente lo demás:

    Ley 30281 Presupuesto 2015
    E ) El pago de lo dispuesto en la octogésima sétima disposición complementaria fi nal de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la misma que, para los fi nes del presente literal, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015.

    Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014
    OCTOGÉSIMA SÉTIMA. Prorrógase por el Año Fiscal 2014, la vigencia de lo dispuesto en el segundo párrafo de la décimo cuarta disposición complementaria, transitoria y fi nal de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, para los profesores de carrera provenientes de la Ley 24029, Ley del Profesorado y de la Ley 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial, que temporalmente asuman encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o especialistas, aprobados en su Cuadro de Asignación de Personal – CAP. La aplicación de lo establecido en la presente disposición se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, quedando exceptuado para tal efecto de lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente Ley, así como de lo establecido en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Asimismo, establécese la vigencia permanente del artículo único de la Ley 30002.

    LEY DE REFORMA MAGISTERIAL LEY Nº 29944
    DÉCIMA CUARTA. Supresión de concepto remunerativo y no remunerativo A partir de la vigencia de la presente Ley queda suprimido todo concepto remunerativo y no remunerativo no considerado en la presente Ley. Las asignaciones, bonifi caciones y subsidios adicionales por cargo, tipo de institución educativa y ubicación, que vienen siendo percibidos por los profesores, continuarán siendo percibidos por los mismos montos y bajo las mismas condiciones en que fueron otorgados, hasta la implementación del segundo tramo previsto en la décima disposición transitoria y final de la presente Ley.
    ¿Parece que continua la discriminación entre los profesores de la CPM y los profesores de la Reforma Magisterial?

    • Yngrid. No debería continuar para los que fueron evaluados y aprobaron el concurso de plazas directivas y jerárquicas. En ese entendido estoy y es lo que me han dicho en el Ministerio. Las asignaciones antiguas rigen para los que no fueron evaluados en el concurso. Saludos

      • Doctor, yo accedí a mi encargatura por la Resolución de Secretaría General N° 2076- 2014 – MINEDU que aprueba la norma técnica denominada “Normas que regulan el procedimiento para encargos de plazas vacantes de cargos directivos, jerárquicos y de especialistas en educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial“ y competí con la presentación de expedientes con otro colega. ¿Esto es un concurso?, si es así, creo que me correspondería que me paguen por las 40 horas cronológicas que dice mi resolución.
        El Ministerio debe aclarar estas cosas y dejar de discriminar a docentes procedentes de la ley del profesorado.

  • De acuerdo al oficio multiple 004-2015-minedu/vmgp-digedd-ditd con fecha 21 de enero del 2015 diferencia los pagos de las encargaturas y destaques discriminando a los profesores de la ley 24029 ley del profesorado y la ley 29062 la ley de carrera publica con pagos muy inferiores a los profesores de la ley del profesorado pese a que se les considera su ascenso no tienen los mismos beneficios. Pese a tener las responsabilidades iguales y horas iguales de labor, la diferencia es considerable
    en la dirreccion y subdirecciones esto se podria pedir reconsideracion o apelar en algun lugr pues lo considero injusto gracias por su respuesta

  • Tengo una consulta,hace 5 años a mi I.E llego un director para encargatura, era director nombrado en otra institucion pero por proceso adminitrativo no podia regresar a su institucion,en mi institucion no habia plaza de director solo por funciones, 10 horas de pago adicionales y cada año la ugel 04 le renovaba el destaque hasta que llego la evaluacion de directores no aprobó y ahora le han enviado ha otra institucion como profesor la pregunta es nosotros tenemos que elegir un docente para funciones la ugel va mandar a alguien o el profesor puede ser reubicado a nuestra institucion nuevamente.

  • Amigo Hugo, me podrías decir cual es la norma nacional de determina las funciones de los asesores de ciencias y letras, asi como del jefe de laboratorio de ciencias y responsable de tutoria en las instituciones educativas, esta normatividad que sustente para establecerlo en el reglamento interno, gracas

  • Un saludo a la distancia Dr. Mi consulta es: Tengo una encargatura por funciones de directora hasta diciembre del 2015 y acabo de ascender al IV nivel. quiero saber si la encargatura me lo van a seguir pagando de acuerdo a la ley de procedencia, que en mi caso es la Ley del Profesorado osea de 160 soles?

  • Dr. y que diferencia hay entre el Oficio Nº 0035-2013/Minedu-SG/OGA-UPER,anteriormente citado y el Oficio multiple Nº 006-2015-Minedu/VMGP-DIGEDD-DITD de fecha 26 de enero del 2015,quisiera que me diga si cambia en algo la situación del pago a especialista de educación.
    gracias

  • Dr. Hugo
    agradezco anticipadamente su respuesta
    este año se contrato a docentes para asumir la encargatura de direccion por los meses de enero y febrero, en su tiempo de vacaciones.
    mi pregunta es ¿sólo nos van a pagar por la encargatura y nuestras vacaciones como quedan? o nos pagan todo junto

  • Saludos Dr.
    Agradeciendo anticipadamente su respuesta.
    Estoy en la 2da escala con CPM, hasta diciembre 2014 la Institución educativa donde laboro fue unidocente, a partir de este año 2015 ha incrementado un aula, como quedaría mi situación en cuanto pagos, ya que anteriormente recibía el rubro por jornada trabajo adicional. gracias

    • Beatriz. Se convertiría en multigrado. Si en el padrón se cambia la denominación pasaría a ganar la bonificación de una escuela multigrado, no unidamente.Pero eso tiene que oficializarse en el cuadro e asignación presupuestal. Saludos

  • Dr.Díaz quisiera que me ayude por favor, Dr. Yo estoy nombrada en Educación Especial y ahora ya terminé de estudiar Educación Inicial y me gustaría cambiarme al nivel Inicial existe alguna forma de hacerlo en caso de haber reasignaciones. Gracias por su respuesta.

  • Señor Hugo mi consulta es, porque el Ministerio de Educación no convoca a una nueva inscripción para el examen de reubicación, hay un buen número de docentes que no logramos inscribirnos por diferentes razones, pero ahora queremos acceder al examen pero no se nos permite. Asimismo es preciso señalar que en la primera convocatoria no se advirtió respecto a que sólo iba haber una sola etapa de inscripción para los dos exámenes de reubicación.

  • Dr. Díaz de antemano agradecerle por su respuesta. Mi consulta es, yo soy nombrada en una I.E unidocente y durante este año no he recibido la asignación correspondiente como puedo hacer el reclamo, si en la UGEL me dicen que esta I.E no figura en la lista que dio el Ministerio, pero ya tengo 5 años trabajando sola. Gracias.

  • Dr. Diaz:
    Mi consulta es,soy docente nombrada con la ley N° 29062 Ley de CPM laboro en una institucion unidocente en la zona rural y me encuentro en la segunda escala magisterial, durante el presente año hey venido ejerciendo el cargo de directora encargada, lo cual se me adeuda y el responsable de presupuesto de la UGEL donde laboro manifiesta que no me corresponde el pago por direccion por ser una institución unidocente .

  • Dr. Diaz:
    El día sábado se publicó en el diario El Peruano el D.S. 343-2014-EF del 13 de diciembre de 2014, que aprueba el presupuesto para el pago de encargaturas que asciende a más 80’000,000.00. Mi consulta es, si me pagarán por encargatura de funciones de director, pues yo tengo esa condición(provengo de la CPM), la I.E. en la que laboro que es en el nivel secundaria, no hay plaza de director. O por ahí me indicaban que me correspondería percibir por jornada de trabajo adicional(+16 horas). Por favor, sáqueme de esas dudad. Gracias de antemano.

  • Dr. desde diciembre del año pasado no pagan en Ucayali las encargaturas de dirección y subdireción, pero sólo a los que provenimos de la ley la Carrera pública Magisterial, dice porque son los montos muy altos. Pero a los especialistas de la UGEL si los pagan. Esto es una injusticia y ya termina el año escolar, por lo tanto pasaran a devengados y nadie puede hacer algo por solucionar este caso.

    • Nati. Ciertamente que es una injusticia, en otros años recientes algunas DRE lo acumulaban todo y lo pagaban al año siguiente. Ahora hay desesperación de gastar el presupuesto. Ojalá aunque sea por esa razón regilaricen el pago. Saludos

  • Dr. Diaz, con respecto a la participación del colega César Augusto Rivera Córdova, debo indicar que ya son varias las veces que crea expectativas falsas: 1° No se publicó el ansiado decreto de supremo de aprobación de presupuesto para el pago de encargatura de direcciones como él manifestaba, 2° Siempre invita a visitar su página en facebook y allí no encontramos nada de información con relación al tema, y 3° Pide que le llamemos a su RPM, como si todos tuviéramos acceso a ese servicio. Al colega solo pedirle que no juegue con la expectativa de todos los que estamos insertos en este dilema. Saludos.

  • SEÑOR HUGO EN MI CALIDAD DE REPRESENTANTE DE LOS DIRECTORES DE PIURA VENIMOS GESTIONANDO EL PAGO DE ENCARGAT DE DIRECC 2014 Y HAY UN PRESUPUESTO Y EL 2 DE DIC ESTARÁ SALIENDO EL DECRETO Y ADEMAS EN EL VIENE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES..A LA VEZ VENIMOS APOYANDO JUNTO A LA CONGRESISTA KARLA SHEFFER EL TEM INJUSTO DEL NO PAGO A DOCENTES UNIDOCENTES ZONA URBANA —Y OTROS TEMAS DE INJUSTICIA….PUEDEN SEGUIR MI GESTION EN MI PAGINA FACEBBB CESAR AUGUSTO RIVERA CORDOVA AHI INFORMO DEL AVANCE Y CITAS EN EL MEF Y MINEDU…MI TELF PARA YUDARNOS # 949687953

  • Doctor una pregunta ,los jefes de talleres de las instituciones educativas delnivel secundario ,no tienen alumnado y dos o tres profesores a su cargo y estan ganando sumas sin hacer proyectos como es el caso del COLEGIO Lucie del RIMAC ,LAS JEFAS TIENE A SU CARGO DOS O TRES PROFESORES QUE TIENEN 10 0 12 ALUMNOS POR AULA , ELLOS NO PASAN NINGUN EXAMEN Y SE ELIGEN A DEDOCRACIA CUANDO ES EL EXAMEN PARA JEFATURAS AL IGUAL QUE DOCENTES.GANAN SIN PRODUCION Y CARRERAS QUE SOLO UNA PROFESORA DICTA Y NO OBSERVA ESTO LAS UGELES.

    • Rosa. Ha salido una norma sobre los encargos de personal directivo, jerárquico y especialistas que publiqué ayer. Puede consultaren en el Blog. Las normas tienen módulos sobre cuándo hay que crear un cargo jerárquico y cuando hay tan baja carga no se produce. Saludos

  • Dr. Hugo, quiero saber si los encargos jerárquicos van ser remunerador por 40 horas o solo por 24 horas, soy docente EBR secundaria, quiero postular a una encargatura, que me aconseja. O solo pagaran una bonificacion, aunque trabajemos 40 horas con 12 de dicatado de clase y el resto de permanencia como antes.Que sabe Ud?

  • DR. BUENAS NOCHES QUISIERA HACERLE UNA CONSULTA SOY DOCENTE PROVENIENTE DE LA CPM ACTUALMENTE CON IV NIVEL TRABAJO EN UNA INST. UNIDOCENTE ANTES CONSIDERADA RURAL. EN EL PRESENTE AÑO SE ME A QUITADO LA BONIFICACION POR RURAL, ESTO LO PUEDO ENTENDER PORQUE LA CIUDAD SE HA EXPANDIDO Y AHORA ME ENCUENTRO EN ZONA URBANA PERO DICEN EN LA UGEL QUE YA NO ME CORRESPONDE EL PAGO POR SER UNITARIO NO EXISTE EN ZONA URBANA ES CIERTO ESTO ENTONCES COMO SE LLAMA MI INSTITUCIÓN SI TRABAJO SOLO APARTE ANTES ME PAGABAN CON EL RIM DE 40 HORAS AHORA SOLO CON EL DE 30 TAMBIEN ESTO ESTA BIEN HE SIDO AFECTADO CON LA REDUCCION DE MI REMUNERACION PUEDO HACER ALGO AL RESPECTO LE AGRADEZCO DE ANTEMANO SU RESPUESTA GRACIAS

  • Doctor, soy docente de la ley del profesorado que en el concurso de ascenso ha obtenido la V escala en la LRM. Me han propuesto para ocupar la subdirección de mi IE la cual cuenta con 22 aulas (el año pasado no hubo subdirección) pero escucho hablar que los pagos que corresponden por estas 40 horas de trabajo no se realizan, que ocurrirá el 2015 con dichos pagos? me conviene aceptar? oriénteme por favor…

  • Saludos Dr. Hugo
    Hay un comentario de un proyecto de ley en la Comision de Educacion del Congreso de la República sobre la reduccion de la jornada laboral de 40 a 30 horas pedagógicas de los profesores coordinadores de PRONOEI, a mí me parece injusto. Lo que debe hacerse es tomarles una evaluación excepcional similar a lo hecho con los directores y subdirectores y no rebajarles su jornada de manera automática.
    ¿Sabe usted de este proyecto de ley y qué comentario le merece?

  • Buenas tardes Dr. Diaz: Tal vez sepa darnos información con relación al pago de encargaturas de dirección de los profesores provenientes de la CPM, en la UGEL Cusco hace tiempo nos dijeron que iba a llegar presupuesto, pero nada hasta ahora, ya somos prácticamente noviembre y no sé qué pasa. Por favor si fuera tan amable en informarnos al respecto. Gracias por su atención.

  • Dr. Hugo Diaz,en principo hacerle llegar mis saludos y agradecerle por antemano su ayuda. Dr. soy profesor nombrado y llevo cerca de 15 años en la encargatura de una direccion y una institucion rural. Dr. a la fecha no e recibido aparte de mi sueldo alguna dinero por la encargatura. ¿Que debo hacer Dr.? o no se puede hacer nada.

  • Gracias por su respuesta,pero de todos modos es injusto, si el prof cesante era de la ley del profesorado y le pagaban casi mil soles mas.Me dijeron que uno de la nueva carrera a el si le beneficiaba este contrato.Cada vez mas me decepciona el sistema. GRACIAS de todas maneras.

  • Prof. Hugo estoy muy decepcionada y encontré su pág. Le explico, gane un concurso interno en mi I.E de una plaza jerarquica de coordinador de Actividades, y el direc.y el planillero de mi UGEL me acaban de decir que como pertenezco a la antigua ley del profesorado con 24 horas; mi nuevo haber por las 40 horas solo se incrementaría en 6 soles, al mes. Creame que hasta me da impotencia. ES VERDAD, o solo quieren desanimarme para favorecer a otro. XFA CONTÉSTEME URGENTE MI CORREO ES: favera2010@hotmail.com MIL GRACIAS.No se a quien acudir.

    • Fanny. Lo que sucede es que las plazas que tienen respaldo presupuestario para incrementar horas son las que oficialmente convoca el Ministerio de Educación; en este caso y por ahora, las de directores y subdirectores. Las otras todavía no son convocadas nacionalmente a concurso. Esa debe ser la razón que debe estar en la explicación de su caso. Saludos

  • Prof. Hugo quisiera que aclare cual es la situación de las maestras directoras que tenemos aula a cargo y cual es la asignación que me corresponde.Soy maestra de educación inicial de IV nivel y mi Institución es considerada rural tipo 3.
    Le agradecere absolver mi duda; gracias.

  • Profesor Hugo me gustaría me aclare si es que me corresponde pago por dirección, por asignación personal por que soy unidocente y por asignación T rural 2 . ya que he solicitando pago por dirección a la drep .Piura tengo la resolución por encargatura, pero me han contestado que en la Asignación Temporal Unidocente está incluida la encargatura .Mi incomodidad es que solo algunos docentes no han pagado ya que a la mayoría que son uní docentes le pagan normal sus 165 por dirección es injusto ya que soy profesora de educación inicial. me gustaría me conteste a mi correo gracias

  • Sr. Hugo nuevamente un coordial saludo osea antes de retirarme del cargo y/o despedirme tiene que haber una resolución onde indique que el director tomaría nuevamente su cargo como profesor al igual que una para el encargo. y normalmente cuanto tiempo aproximado tomaría esto tramites. siempre agradeciendo sus consejos.
    Gracias
    Saludos

  • Señor Hugo, buenas noches mis saludos coordiales, Soy docente de la cuarta escala magisterial y estoy encargado de la subidrección de mi institución, el año pasado 2013 me pagaron por encargatura según la 035, quiero saber si mi pago será igual o hay otros dispositivos
    Gracias

  • Sr. Hugo tenga usted buen dia y gracias por su ayuda.
    Soy profesor recientemente contratado y por encargatura, sin embargo en estos dias hubo una reunion de profesores onde la ugel ordeno q el director asumiria su cargo de profesor nuevamente ¿esto se puede ejecutar sin pesir descargo alguno a la persona implicada y es al momento o toma su tiempo e n la ejecucion de sta orden? y la ugel podria despedoirme sin culminar el año escolar? y/o q puedo hacer. le rogaria me aconseje . geacias

    • Fernando. Las formas son importantes porque implican el respeto a la persona. Cuando se actúa simplemente abusando de la autoridad se hace mal. Se supone que debe haber una resolución de reemplazo al igual que una para el encargo. Supongo que eso si se ha realizado. Saludos

  • Buenas tardes sr. Hugo le cuento soy profesor y en la actualidad tengo trabajando como director, pero solo por ancargatura y ahora me quieren sacar de dicho cargo y al sacarme perjudicare sin querer al profesor que esta con mi vacante y como ve ya falta poco para culminar el año escolar y no me parece justo me haga esto la UGEL, quisiera saber que esw lo que puedo hacer en este caso ya que mi persona no esta de acuerdo con esta desicion tomada ya que personalmente y de los profesores que estoy acargo me estan apoyando. de antemano muchas gracias por su ayuda. saludos

  • BUEN DÍAS SR HUGO…LES QUIERE TRASMITIR UNA INFORMACIÓN PARA AQUELLOS DOCENTES UNIDOCENTES Y DE MULTIGRADO QUE EN ENERO DE ESTE AÑO 2014 RESULTARON PERJUDICADOS EN SUS PAGOS AL RECORTARLES SUS ASIGNACIONES ..QUE YA SALIÓ EL DS 245 EL SÁBADO 23 AGOSTO..PARA QUE EN EL PRÓXIMO MES LES RESTITUYAN EL MONTO POR SER UNIDOCENTES Y MULTIGRADO…LA LISTA VIENE NOMBRE DE SU I.E …EL DS ESTA EN MI PAGINA DE FCEBOOO..Y SI DESEAN MÁS INFORMACIÓN ACERCA DE ESTE TEMA Y DE ENCARGATURA DE DIRECCIÓN EXCPM..LES BRINDO MI TELF RPM #949687953 PARA PODER UNIRNOS Y AYUDARNOS…ESPECIALMENTE HAY DIRECTORES QUE EL AÑO PASADO NO RECIBIERON SUS PAGOS AL FINAL ..ESTAMOS PARA EXIGIR QUE SE HAGA JUSTICIA Y NO HAYA DIRECTORES BURLADOS PORQ TRABAJARON UN AÑO SIN RECIBIR SU PAGO COMPLETO..QUE DIOS LOS BENDIGA.,.Y MUCHO GUSTO ..SOY DE LA CIUDAD CALIDA DE PIURA Y TUVE LA OPORTUNIDAD DE ASISTIR A SU CONFERENCIA SOBRE SU LIBRO…GRACIAS SR HUGO DIAZ..

  • Buenos días Dr. Hugo Díaz quisiera que me saque de dudas y le agradesco infinitamente por la respuesta.
    Soy docente proveniente de la Ley 29029,y actualmente estoy destacada a la UGEL como Especialista en Educaciòn Inicial con jornada de 40 horas y mi remuneración que percibo actualmente es por 30 horas es justo, esto?. Gracias

  • SR HUGO…SOY PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE DOCENTES DE LA EXCPM REGIÓN PIURA..Y PARA ACLARAR ALGUNAS DUDAS SOBRE EL PAGO DE ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN EXCPM POR PUESTO O UNCIÓN ..ESTUVIMOS EN EL MINNEDU ESTE LUNES CON EL SEÑOR DANIEL CARDENAS Y NOS EXPLICÓ TODO AL DETALLE….CLARO Q HAY PREUPUESTO …EN CALIDAD DE PRESIDENTE ..TENGO UNA PAGINA EN MI FACEBOO…. AHI LES PUEDO DAR ALGUNOS DETALLES Y ACLARANDO ALGUNA INQUIETUD..SON 4 AÑOS Q SEGUIMOS DE CERCA LA GESTIÓN EN TEMAS DE ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN EXCPM…M,I FONO PARA COORDINAR ES # 949687953 CON EL MAYOR AGRADO LOS ATENDERÉ…LA PAGINA DE MI FACC..ES CON MI NOMBRE

  • Dr Hugo,no se si todavia respondera por este espacio donde aclara las dudas de muchos docentes,x favor el año pasado salió un of.mult. del ministerio sobre las encargaturas de talleres, uno de los requisitos era estar como mínimo en la 2° escala, de no haber ningún docente del área en esa escala, podrá asumir la encargatura de Jefe de laboratorio. o a quien le correspondería o quedaria desierta esa encargatura. gracias x la repuesta.

  • BUenas noches Dr. agradeciendole por su respuesta, tengo la encargatura de direccion desde el 15 de enero de este año, pues la directora ha cesado por edad, y me dicen que lo pagos por encargatura recien se van a realizar en Noviembre o Diciembre. Considerando que esta es una plaza organica ¿es correcto que se pague todavia en esas fechas? o deberia pagarse mensualmente, pues esa plaza tiene su propio presupuesto? Cabe mencionar que por racionalización, nos quitaron esa plaza de la docente y directora pues tenia seccion a cargo.

    • Roger. Lo que dice es cierto. La realidad es diferente, no están pagando la bonificación. Una ampliación presupuestaria lo va a posibilitar. Ayer salió una. Ojalá sea para ello, de esa manera empezarían a regularizarse los pagos. Saludos

  • Un cordial saludo y quiero que me ayude a entender , parece el sistema educativo es tan injusto que un Especialista en Educacion de las DRE y UGEL ganen menos que un Director , a que se debe tamaña injusticia ..si los especialistas en educacion muchas veces ven hasta aspectos de personal por los conflictos en las IE , presupuestos …etc…

  • Dr. Hugo, ya estamos casi Junio y hasta la fecha NO SE NOS HACE ENTREGA de los materiales de requirimiento (PECOSAS) coordinadas a inicio de año con las Unidades de Costeo de la Ugel 07. Con qué pretende la Ugel que haremos la limpieza de los colegios, con qué materiales nos sostendremos. Por otro lado se nos entregó en abril muna Guia para el uso de Materiales de Psicomotricidad pero hasta ahora no llegan los materiales!. Las instituciones de Nivel Inicial estamos siendo maltratadas pues por un lado el Estado invierte cuantiosas cantidades en publicidad para que le Padre de familia haga un gasto de utiles escolares de 50 soles. Al menos años pasados podiamos solicitar ayuda a los padres con la limpieza pidiendoles donaciones de detergente, lejia y demás. Ahora se hace imposible tan solo tratar el tema pues los medios de comunicacion nos contradicen. En la practica, no hay materiales, ni tinta, ni papeles…. A este paso no nos quedará más remedio que salir a las calles a reclamar CALIDAD!

  • Dr. Hugo
    El pasado 1° de abril se publicó en las Normas Legales de El Peruano la Ley para el Financiamiento de Actividades en materia de Salud, Educación, Trabajo y otros en el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2014, en la que en el Artículo 4° se asigna a los gobiernos regionales la suma de 490 millones para la implementación de lo establecido en la cuadragésima quinta disposición complementaria final y la octogésima sétima disposición complementaria final de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Años Fiscal 2014. Estas disposiciones se refieren al pago de beneficios de asignación por tiempo y servicios, subsidio por luto y sepelio y también de encargaturas de direcciones, sub-direcciones y cargos jerárquicos. Ha pasado casi dos meses y aún no se publica el Decreto Supremo que autoriza la transferencia. ¿Cuánto tiempo más habrá que esperar? o es que simplemente se olvidaron del asunto.
    Le agradecería que usted pueda indagar sobre esta situación. Dios lo bendiga.

  • Previos saludos,le voy a agradecer me aclare la siguiente situacion ,si en una I.E. se da excedencia de un profesor , se considera valido negociar de tal manera que no se retire al profesor excedente sino que se asigne a otro profesor al cargo de subdirector ; si es así le corresponde? siendo una I.E con dos niveles.Cuales serian los criterios que se deben considerar.considerar. Según las normas de racionalización,entiendo que esto no seria así ,es por ello que le agradeceré me indique lo que es correcto

    Segun

    • Sonia. Si el profesor ha sido declarado excedente es una decisión sobre la cual hay que actuar. No creo que les acepten otra fórmula más aún cuando se está próximo a convocarse el concurso de personal directivo. Saludos

  • Lo peor es que el MED y el MEF con este tipo de DIFERENCIACIÓN EN LAS REMUNERACIONES (a pesar de que ya todos estamos en la misma ley), donde algunos docentes provenientes de la Carrera Publica Magisterial (menos del 0,06% de docentes) reciben sus remuneraciones por una jornada laboral de 40 horas de acuerdo a la Escala Magisterial a la que pertenecen y al cargo que ejercen (director o subdirector) como está establecido en la LRM, mientras que los docentes que provienen de la ley del profesorado por ejercer las mismas funciones y tener la misma jornada laboral y provenir de la misma escala, reciben prácticamente una propina, ESTÁ GENERANDO EL DETERIORO DEL CLIMA INSTITUCIONAL .
    Por ejemplo tenemos el caso que en la directiva 0622-2013-ED para el desarrollo del año escolar 2014 se establece que todas las instituciones educativas deben cumplir con los 8 compromisos de gestión siendo el director junto con el equipo directivo el principal responsable del cumplimiento de estos compromisos, desde un “enfoque de liderazgo pedagógico”, y las UGEL y DRE se han constituido en entes exigentes y supervisores del cumplimiento de dichos compromisos, pues de lo contrario pierden los presupuestos asignados. Esta legislación ha generado una fuerte presión sobre los profesores que estamos en la base que recibimos una remuneración exigua (ni que hablar de los profesores contratados), ya que en sendas “capacitaciones” a directores lo casi exclusivo que se les insiste es el control de asistencia relacionado con el uso efectivo del tiempo en la institución y en el aula y en caso de tardanza o falta se deben imponer las sanciones pertinentes (compromisos 3 y 4). Movidos por estas directivas los directores que provienen de la Ley 29062 (que reciben una remuneración digamos justa) exigen a los profesores muchas veces tiempo extra a la jornada laboral remunerada para cumplir estos compromisos, naturalmente los profesores reaccionamos y exigimos el respeto a nuestros derechos, lo mismo ocurre cuando el director proviene de la ley 29062 y los subdirectores o jerárquicos provienen de la ley del profesorado, el director exige cumplimiento pero los subdirectores exigen respeto a sus derechos ya que reciben solo una propina, de esta manera se GENERAN ENFRENTAMIENTOS ENTRE UNOS Y OTROS MIEMBROS DE LA I.E. QUE A LA LARGA ESTÁN DETERIORANDO EL CLIMA INSTITUCIONAL Y POR CONSIGUIENTE DIFICULTAN LOS LOGROS DE APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES (que atenta directamente contra el compromiso 7: Gestión del clima escolar favorable al logro de aprendizajes), y en este marco el “enfoque de liderazgo pedagógico” es muy difícil o imposible de practicar.

    • Juan Carlos. De acuerdo con su comentario. Se atenta peligrosamente en contra del buen clima de trabajo, además que hay una serie de instrumentos que debieron salir hace buen tiempo. Por ejemplo, había una guía que el Minedu estaba preparando para cumplir con los ocho compromisos. Hasta ahora no sale y ya vamos a llegar a mitad del año.La gestión sigue siendo un problema. Saludos

  • Dr. Hugo, lo del pago de asignaciones por encargo de funciones como jerárquico de una IE parece que en todo el país está así: a los profesores provenientes de la carrera magisterial se les pagó a fin de año de acuerdo a su escala y a lo que debían percibir como profesores de la CPM de acuerdo a su jornada laboral, mientras que a los profesores provenientes de la ley del profesorado se les pagó un monto de 2,68 soles mensuales por delegación de cargo jerárquico. Parece que este año será lo mismo, pues a muchos jerárquicos con encargatura aún no se les paga.
    Este fenómeno evidencia fehacientemente que en realidad la LRM no está financiada y en el MEF están recurriendo (como decía uno de mis colegas) a buscar entre los archivos “papeles amarillentos” (DS, RM, etc.) donde se encuentran establecidos estos montos para pagar a los profesores provenientes de la ley del profesorado de acuerdo a esa ley derogada, así, se aplica una nueva ley para controlar asistencias, horas de ingreso, jornadas cumplidas o incumplidas, metas logradas, en síntesis, solo para sancionar (descuentos, amonestaciones escritas, suspensiones, etc.) pero para pagar a los docentes se utilizan legislaciones pasadas (¿que conveniente no?)

    • Juan Carlos. La verdad es una pena un engaño de esa naturaleza. Si es así, para qué se han sacado normas que fijan nuevas asignaciones para directivos o para el área rural? Por ahora es crear expectativas de asignaciones que no se dan. En ese plan es imposible pensar en reformas que tengan éxito. Buscaré una reunión con personas de la lata dirección para tratar el tema. Saludos

      • Dr Hugo, buenos dias. Lo más probable es que a usted también le den la misma respuesta que nos vienen dando desde que comenzamos a hacer estos reclamos: cuando vamos a la UGEL o DRE nos dice que no hay presupuesto, que el MEF no autoriza los pagos de acuerdo a la LRM y cuando acudimos al MED o MEF nos dice que la LRM está completamente financiada que todo es culpa de las DRE y UGEL, total ¿a quién creer?. Lo unico cierto es que estas asignaciones no se pagan. Creo que no nos dejan otra alternativa…

  • Dr Hugo, le escribo desde Pisco, Soy encargado de la subdirección de mi institución, me pagaron la encargatura del 2013 ya en el mes de marzo del presente en partes. Bueno a mi alfin me pagaron por que provengo de la CPM, sin embargo a mi colega encargado como jefe de laboratorio le pagaron de todo el año 2013 25 soles en cheque, haciendo las indagaciones en otras I.E. de esta provincia, a los docentes que provienen de la ley del profesorado y encargado de direcciones subdirecciones y jefaturas les han pagado montos que oscilan entre 25 a 28 y 30 soles de todo el año.¿Doctor, está correcto esto, mis colegas se sientes impotentes y no saben que hacer?
    Saludos

    • Ciro. Lo que dice la norma es que el año pasado debía pagarse de acuerdo a como ganaban por ejercicio de cargo directivo en la ley de profesorado o en la CPM. Ahora 25 soles me parece increíble.lo comentaría en el ministerio pero requiero el dato más específico. El o los colegios donde se está haciendo esto. Saludos

  • buenas don Hugo soy docente de la CPM segunda escala tengo encargatura de 40 horas y en la Ugel de Coronel Portillo en Pucallpa, en los medios de comunicacion manifiesta su directora que aun no hay presupuesto para encargaturas de ningun tipo y que la ley y la norma esta, pero no se cuenta con presupuesto, que sabe por parte del ministerio, ademas que no se cumple con la ultima resolucion miniterial de asiganciones de frontera y rural agradezco su respuesta.

  • Dr, buenas noches, una consulta, hay algún oficio de este año en el que se indique que las encargaturas de función o puesto, se van a cancelar tal como lo indica la Ley de Reforma o como fue el año pasado, 2013.
    Le agradeceré indicar cual si lo hubiese.

      • Dr. el caso es que la Ugel de Cajamarca no reconoce pago para el encargo de función, que nos ha dado en resolución, según ellos han consultado al ministerio si hay presupuesto para encargo de dirección por diferencia de horas, yo le indique al Sr. de presupuesto que ese tipo de encargo no existe en la reglamentación, pero el dice que el nexus no aplica las 10 horas adicionales y por lo tanto ellos no van a solicitar ningún presupuesto para los incluidos en esa resolución.
        es por eso mi consulta si hay oficio alguno que indique textualmente la asignación por función.
        Le pido por favor me informe si hay algún documento hasta el momento que considere asignación por función.
        Gracias.

  • Respecto a la pregunta de Carlos Enrique .Mi caso soy docente en la actualidad que estoy en la V escala magisterial , me incorporé en el año 2009 con estudios concluidos de Maestria, postulé la IV Escala porque no podía postular al 5º Nivel en esa época porque me pedían el grado y lo lo tenía y ahora en en año 2013 saqué mi grado de maetría. Le pregunto ¿Es posible que me reconozcan económicamenbte? si es posible ¿Cómo debo hacer el trámite? .
    GRACIAS.

    • Ubil. Lo que le van a reconocer es un pago por única vez. Todo aquel que no recibía antes de que se aprobara la Reforma Magisterial lo recibirá asi. Tiene que presentar una solicitud a la Ugel para que le reconozcan ese beneficio. Saludos

  • Doctor Hugo, soy docente de zona rural TERCERA ESCALA destacado en UGEL Chota en plaza orgánica y según oficio múltiple N° 0035-2013-MINEDU, en su penúltima página en EL CASO N° 15 que está a manera de ejemplo, manifiesta que docentes destacados en Ugeles y que laboran en I.E. de zona rural, perciben asignación por maestría y compensación
    extraordinaria transitoria. Mi persona labora en I.E. de zona rural y estoy destacado en Ugel Chota mi pregunta es si me asiste tal asignación, ya que he ido al planillero de esta Ugel Chota Dre Cajamarca y me contesta que está consultando a Lima, pero hasta el momento no me da respuesta y también indicarle si el pago a especialistas es de 40 horas ya que acá nos pagan por 24 trabajando todo el día. Gracias por anticipado y estaré atento a su respuesta,

    • Carlos Enrique. Lo que dice el reglamento de la reforma magisterial es que quienes en la ley del profesorado venían cobrando por maestría o doctorado lo seguirán haciendo. Lo que la obtengan luego de la reglamentación de la ley lo hacen por única vez (una sola). En efecto, a los especialistas les deben pagar por 40 horas. Saludos

  • Buenas Tardes Señor Hugo Diaz. soy docente perteneciendo al régimen de la CPM y en el 2013 estuve encargada de la jefatura de laboratorio salió la resolución de pago con la cantidad que debían pagarme. En enero de este año han pagado sólo a un grupo de docentes y al otro grupo aún no nos cancelan. Voy a consultar a la UGEL 16 Barranca y me dicen que han solicitado al ministerio que espere. En este caso que puedo hacer.Espero su respuesta.Saludos.

    • María Edith. Me es difícil responderle pues no conozco suficientemente el caso para saber donde está el entrampamiento. Si se ha pagado a otros profesores es posible que le puedan pagar en alguna ampliación presupuestaria. Sin embargo seria importante que averigüe a que tipo de cargos ya les han pagado. Posiblemente haya existido alguna prioridad de pago. En todo caso, lo que puede hacer es presentar oficialmente un pedido de regularización de su pago amparándose en la resolución que le han expedido. Saludos

  • Estimado Dr. Hugo, durante el año 2012 y 2013, asumi Encargatura de Direccion, donde se me pago el 2012, mas el 2013 se nos pago recien en enero de este año la cantidad de 1,990, sabiendo que llego un presupuesto para el pago de encargatura de direccion(UGEL N 14 de OYON, REGION LIMA) pregunto que paso con el resto del pago porque de acuerdo a lo indicado deberia hacersenos pagado como el año 2012 y NO lo cancelado 1,990. Indican el al UGEL que han solicitado ampliacion de presupuesto, por lo mismo pregunto ya existe algun documento que trate sobre el pago en referencia, gracias por la respuesta.

    • Elva. El pago de encarga turcas es caótico. No me ha dicho a que régimen pertenecía, si a la ley de profesorado o la CPM. En todo caso el reglamento lo que dice es que se les pagará de acuerdo al régimen anterior. Este año debían pagarle con las nuevas bonificaciones de la reforma magisterial pero en la ley de presupuesto dice que el pago de acuerdo al régimen anterior se xtiende durante este año. Saludos

  • Buenas tardes Dr. Diaz:
    La Ley 29944 en relación a la Implementación de la RIM, asignaciones e incentivos en el item b)indica: “Segundo tramo: Implementación inmediata de las asignaciones e incentivos a partir del 1 de enero de 2014”.
    Sin embargo la Ley 30114-Ley de Presupuesto para el año fiscal 2014, indica:
    “CUADRAGÉSIMA QUINTA. Autorízase al Ministerio
    de Educación y a los gobiernos regionales, durante el Año Fiscal 2014, a implementar lo dispuesto en el literal b) de la décima disposición complementaria, transitoria y final de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial”.
    “OCTOGÉSIMA SÉTIMA. Prorrógase por el Año Fiscal
    2014, la vigencia de lo dispuesto en el segundo párrafo de la décimo cuarta disposición complementaria, transitoria y final de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, para los profesores de carrera provenientes de la Ley 24029, Ley del Profesorado y de la Ley 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial, que temporalmente asuman encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o especialistas,…”
    Me parece que además de ser algo injusto, existe una contradicción evidente, o no?. Gracias por su respuesta.

    • Dante. La cuadragésima quinta disposición es clara. Lo que es contradictorio es la disposición octogésima sétima pues dice que se pagará como en el 2014. Parece que de eso es que se están agarrando para postergar los pagos. Trataré de averiguar con los responsables en el MED cuál es la opción que han elegido.

  • Dr. quiero consultarle lo siguiente:soy una docente destacada a la UGEL- Chupaca Junín, afecto un código nexus de la sede, provengo de la ley 24029,me encuentro en la 1ra escala, he empezado a percibir mis haberes, solo el RIM más S/2.30 por encargatura de 40 horas, es decir estoy percibiendo por debajo mis haberes como docente por horas, he presentado mis quejas, dando a conocer el of. múltiple 035, quisiera que me explique, si el oficio mencionado sigue en vigencia; asimismo quisiera saber si el pago por maestría sigue vigente, porque también eso me recortaron, gracias un abrazo.

    • Maribel. Este año, de acuerdo a la ley de presupuesto, se le debe de pagar como dicen las nuevas normas, es decir, entre 400 y 800 soles. La maestría para el caso de los de la ley del profesorado que ya la recibían antes de la Reforma Magisterial la deben seguir percibiendo. Saludos

  • Buenas tardes Señor Hugo ,le comento que seguimos en la espera de nuestros pagos por las encargaturas del 2013,somos profesores provenientes de la CPM,y lo sque nos dice el director de la UGEL 04 de Trujillo que están esperando el presupuesto y que han enviado el requerimiento de este año también,consulte usted por favor
    ,se nos pide eficiencia en todo,trabajamos desde febrero la apertura del año,con el del buen inicio,los profesores contratados en nuestras plazas,ya estan cobrando y a nosotros aun no nos pagan del 2013,nos gustaría saber cual es la verdadera razon,le pido haga la consulta por nosotros,somos maetros de la I.E. María Negrón Ugarte,de la ciudad de Trujillo,hasta pronto.

  • Ante todo un saludo a Ud. Dr. Hugo..
    Mi consulta es la siguiente, soy docente nombrado en CETPRO por 30 horas pedagógicas, y este año me encargaron la dirección pero con 12 horas de dictado de clases, mi consulta es ¿cuántas horas pedagógicas y cronológicas debe ser mi jornada laboral? y ¿cuánto sería mi remuneración?
    Le agradecería su respuesta… Muchas gracias por anticipado..

  • Estimado Sr. Hugo, soy docente del nivel secundaria de la EBR, actualmente en condición de CONTRATADO. El 10 de marzo inicie mis labores adjudicándome precisamente en la misma institución que labore 5 años consecutivos, actualmente ya tengo 12 años en esta condición en diferentes instituciones. El tema es que en esta institución el director esta sancionado y no tenemos director oficialmente.
    Sr. Hugo, mi pregunta es lo siguiente (a pesar que las normas no me lo permiten) según algunos colegas me han comunicado que la UGEL posiblemente me invite a asumir este cargo, ¿es posible que un contratado pueda asumir esta función y en que condiciones se da?. Teniendo en cuenta que tengo estudio de maestría en gestión educacional.
    Gracias por su respuesta.

  • Previos saludos
    Como docente contratada del nivel primario en zona rural y de idioma quechua, es que me siento MUY INDIGNADA porque los docentes contratados hemos sido excluidos de las bonificaciones por el tipo de zona rural y por el uso de la lengua. Yo me pregunto… Acaso los docentes contratados no vamos a la misma I.E. de zona rural que los demás colegas, acaso no hablamos le lengua materna de los niños??????? ….. en que somos menos que los docentes nombrados. A mi me debería corresponder 150 soles de bonificación, pero solo mis colegas nombrados lo recibieron. Y cuando uno eleva su voz de protesta… responden como respondió el director de la DRE CUSCO … “Si quieren renuncien, hay muchos docentes detrás que quieren trabajar sin hacer problemas”, refiriéndose a los docentes contratados del VRAE quienes tampoco recibirán la bonificación de 300 soles.
    Me parece injusta esta situación, ya que trabajamos y nos esforzamos tan igual o mejor que los docentes nombrados.Saludos, Jessi

  • Dr. Hugo,
    Somos un grupo de Directoras por funciones de Lima que el año pasado, reclamando e insistiendo en estamentos superiores, logramos que se nos emita las RD de encargaturas y se nos haga efectivo el pago. Sin embargo, este año, tenemos el mismo problema, nos hemos acercado a la Ugel muchas veces y el area de personal se niega a darnos respuesta clara, por lo que decidimos acercarnos a la Direccion de la Ugel, ahi se nos menciono que existen dos documentos que norman e proceso de seleccion de las Directoras por funciones y que para definirla haran una supervision y verificacion de que estamos ejerciendo el cargo. (???). Si bien se nos atendio en la Direccion de la ugel, quedamos sorprendidas pues no se nos comunico del mismo de forma oportuna. Ya venimos ejerciendo tres meses en el cargo bajo propuesta de la plana del CONEI y la misma Ugel emitio una serie de Resoluciones (como conformacion de comite de evaluacion) en la que se nos reconoce como Directoras. Por favor orientenos para evitar que se nos sorprenda. Somos Directoras y profesoras decididas a que se nos respete pero necesitamos la suficiente informacion para defender bien nuestros argumentos. Confiamos en que Ud nos oriente.

    • Andrea. Me parece increíble que la Ugel desconozca sus propias decisiones. De qué Ugel se trata? No conozco ni tengo suficientes referencias de los casos pero la resolución en donde la Ugel las reconoce en el cargo es el principal argumento. Saludos

      • Muchas gracias por su respuesta. Se trata de la Ugel 07. Según nos refiere el Jefe de Personal, esta es una decisión de una comisión, pese al ingreso de varios expedientes no hay rpta por escrito y el expediente sigue en su área. Cuando se hablo con la Directora de la Ugel, ella se refirió a dos normas, la 114 y la 110. Pero revisándolas no vemos que se haga necesaria una “verificación”. Este es un caso que arrastramos AÑOS. El maltrato a las Directoras por funciones es recurrente. Esta situación genera muchos problemas en nuestra gestión, por ejemplo, por ser directoras “por funciones” se ha ocasionado el retraso en la ejecución de las obras de mantenimiento, pues en muchos de nuestros casos los montos salieron a nombre del Director de la ugel anterior, lo que ha ocasionado que HASTA LA FECHA nuestras IE no reciban ni un sol.La Directora de la Ugel, acaba de asumir el cargo y esperamos que sus acciones sean prontas, pero deseamos mayor orientación, pues no quisieramos que esta situación se prolongue (el año pasado recibimos nuestras RD entre octubre y noviembre pero para conseguirlo tuvimos que quejarnos ante la Drelm, esto, como comprenderá trajo cola…)Ayúdenos.

  • Quisiera saber si este año 2014 se seguirá discriminando a los profesores proveniente de la Ley del Profesorado,con el pago de las encargaturas,ya que el año 2013 se canceló S/2.39 mensual.Porque ese pago, si actualmente todos los docentes pertenecemos a la Ley de Reforma Magisterial.

    • Pacífico. Se ha emitido un dispositivo que rige las bonificaciones en zona rural. De acuerdo a la Ley hay cinco criterios de pago por ruralidad. Trabajo en escuela unidamente o multigrado, trabajo en escuela bilingüe y dominio de la lengua nativa, trabajo en escuela rural de tipo 1, 2 o 3, trabajo en frontera y trabajo en el VRAEM. La directiva esta colgada en el blog. Puede consultarla. La norma es Oficio Nº 003-2014-ED LRM 29944 Saludos

  • disculpe Sr. Hugo me acabo de cominicar con e responsable de mi Ugel y lo que me informa es que ese recorte viene desde MED y q me agencie del Oficio Nº 003-2014-ED LRM 29944 el cual establece los criterios de asignaciones, pero lo q no me convence que a tan solo me estan considerando en mi boleta de Enero los rubos de RIM y la asignacion por jornada laboral, estoy en el IV nivel pertenencí a la CPM y trabajo en escuela unidocente zona rural y de frontera, que paso con el rubro de tipo de I.E. me lo quitaron ..espero ud me de una rpta a mi interrogante, gracias y disculpe

  • Dr. Hugo tenga buenas noches: soy profesora de escuela unidocente trabajo en zona de frontera, estoy en IV nivel ya que perteneci a la CPM mi duda es que en el mes de enero se me ha quitado en mi pago el importe correspondiente a tipo de I.E. y no hay ptro rubo q lo reemplace no se si eso esta correcto o es un error de la Ugel de San Ignacio- Cajamarca, gracias por su repuesta.

  • Dr. Hugo tenga buenas noches:
    Estuve encargado de dirección de julio al 31 de diciembre del 2013, estoy en la cuarta escala (soy ex CPM) y no nos han pagado la encargatura. En la ugel nos han indicado que pasamos a DEVENGADOS y pasaremos a formar parte de la deuda social y asi como está la deuda recibiremos nuestro pago de aqui a 2 o 5 años. (INJUSTICIA TREMENDA).
    Sigo encargado de la dirección, sin resolución que así lo indique (me han dicho que me van a ratificar y que ya va a salir la resolucion) pero hasta ahora no sale dicha resolucion.
    Osea doctor estoy sin pago, me quede sin vacaciones (enero y febrero), no tengo una RD que me respalde y ya vamos a iniciar el año escolar 2014. Agradecería una luz que me despeje las dudas.
    Agradecido por su respuesta.

    • José Antonio. Lamentable relato el suyo. Lo que se es que en el Ministerio se viene trabajando un estudio para solucionar las innumerables deudas que ha traído este cambio de ley. No es fácil porque a veces no se sabe a quien ni cuanto se les debe. Es un trabajo que hay que hacer conjuntamente con las regiones y a veces no se logra la colaboración debida entre ambas instituciones. Creo que tomará un tiempo pero enero que este año se solucioné parte del problema. Ojalá sea así. Saludos

  • Dr. Hugo buenos días ante todo felicitarle por aclarar nuestras dudas, soy profesora de ed. primaria, me nombre en el 2001 como profesora de aula con encargatura de dirección con una jornada laboral de 40/30 en una I.E. unidocente, tal es asi que en los 2 primeros años mi remumeracion era como directora pero en el 2003 me sacan una resolución con encargatura de puesto de dirección lo cual me hacían el pago solo de marzo a diciembre como directora esto hasta diciembre del 2012 ha partir del 2013 me encarga funciones y no me cancelan pese a que el reglamento de la ley de la reforma educativa lo estipula que se debe pagar las encargaturas de funciones ,sin embargo dice que esta encargatura se da cuando no existe plaza presupuestada de dirección pero con los antecedentes de tener resoluciones hasta el 2012 donde se me encargaba el puesto de dirección me hace presumir que en mi I. E si existe plaza de direccion por lo tanto creo que se me debe reconocer o si no existiera tal plaza se me debería hacer valer mi nombramiento de la jornada laboral de 40/30 porque eso es injusto que yo gane como profesora de aula cumpliendo función administrativa por favor ayúdeme, a donde debo recurrir para despejar esas dudas y reclamar lo justo.

    • Patricia. En efecto, debe corresponderle el pago por encargatura. Lo que sucede es que no han venido pagando por ese concepto, pero no es porque no corresponda sino porque no había presupuesto. Valdría la pena que revise el oficio 005-2013 ED en donde se trata el tema. Saludos

  • Ojalá pudiera responder a mi pregunta,soy profesora de secundaria en Trujillo,proveniente de la CPM,junto a un grupo de colegas estamos en espera de los pagos por encargaturas y hasta ahora nos dicen que aun están en espera del presupuesto,pero que no saben cuando pagarán,sabe usted algo al respecto?

          • Sigo con la misma pregunta,es que los del MED son tan insensibles?,nos ratifican en el cargo ,seguimos trabajando por amor a los estudiantes y aun no se nos paga del 2013,QUÉ ES LO QUE PASA,QUE TAN BUEN INICIO ES ESTE???QUE TAL BUENA ACOGIDA,hemos trabajado todo esto en nuestra I.E. para el resto y para nosotros??,USTEDES TRABAJAN SIN QUE SE LES PAGUE???

          • Jacqueline. Como sabe yo no trabajo en el Ministerio, lo que hago es trasmitir preocupaciones de ustedes a las autoridades. Haré ello con su mensaje. Saludos

          • buenas noches Hugo,deseo saber que noticias tiene sobre elpago de las encargaturas,hasta ahora no nos pagan,segun la encargada de presupuesto dice q el dinero destinado a esos pagos la dirección regional le dio otro uso ,para pagar otras deudas y el director de la UGEL nos dice q aun no se aprueba el presupuesto,quien dice la verdad? mientras he suspendido una cirugía compleja de columna,en la ciudad de Lima,ya llevo nueve cirugías y con diagnóstico de dolor de columna intratable por lo que se me colocó un neuroestimulador espinal para control de dolor,dónde esta el tan promocionado slogan de la meritocracia,si hacemos todo por mejorar y no nos pagan,si dicen que no hay presupuesto cómo es que se programa presupueto para el 2014 sin haber saneado el 2013??,quién tiene la respuesta?

  • Dr.Un gusto poder comunicarme con usted ,soy docente procedente de LCPM quisiera saber si lo que percibia en el tipo de IE. se ha quitado y ha sido reemplazado por las asignaciones de ruralidad , además quisiera saber que tipo de ruralidad me corresponde si trabajo en Sapillica -Ayabaca-Piura. Le agradeceré mucho , Dios lo bendiga.

    • José. La asignación que recibía en la CPM esta siendo reemplazada por las nuevas. Lo UEFA falta es que el ministerio defina algo más de estas asignaciones pues nadie sabe que significa rural 1,2 y 3. Cuales van a ser clasificadas bilingües. Cuando tenga el dato se los paso. Saludos

  • Doctor,buenas tardes, le pido por favor me oriente en cuanto a los pagos por encargaturas 2014, el año pasado estuve encargada de la asesoría de ciencias en mi I.E., me pagaron 2 soles mensuales, lo cual me parece injusto. Este año no se si aceptar el encargo, nos dijeron que no se sabe si van a pagar, que me puede decir Ud. al respecto. Orienteme por favor, pues a lo mejor debo dictar mis 24 horas de clase nada más, pues por 40 horas es injusto el pago único de 2 soles al mes.Gracias. Lo molesto porque en tres ocasiones le he escrito y no he tenido respuesta.

    • Yvan. Depende del tipo de institución que se trate y de si el cargo de director en esa institución educativa tiene incluido en su presupuesto de funcionamiento el pago de las horas y bonificación por ejercicio del cargo. Si no está previsto en el PAP no han forma. Saludos

  • Desde marzo del 2013 estoy encargado del puesto de Direccion de la IE Jesus Tello Marchena del anexo Cojal distrito de Cayalti- Chiclayo
    La plaza cuenta con presupuesto de Dirección, pero durante todo el 2013 no se me ha hecho efectivo el pago por las 40 horas de jornada, aduciendo que vengo de la ley del profesorado y que en todo caso habrá un segundo tramo en donde se nos hará efectivo el pago.
    A la fecha continuo en el cargo de Dirección y para el presente mes de Enero tampoco se ha hecho efectivo este pago y tan solo se me asigna 45 soles por el cargo de Director.
    Solicito su orientación al respecto

    • Walter Antonio. Lo que sucede es que en la ley de reforma magisterial y ahora en la ley de presupuesto 2014 hay artículos que dicen que a quienes ejercen cargos directivos y reciben otras bonificaciones se les pagará de acuerdo a cómo se venía pagando en su régimen anterior, es decir en la ley del profesorado o la ley de CPM. En el caso de la ley del profesorado era 45 soles si el cargo era en una escuela de un turno de funcionamiento. Saludos

  • Doctor buenas tardes, agradeciendo su respuesta a una interrogante anterior, me gustaría saber en el caso de los
    PRONOEI como es su estructura, sí actualmente existen 4 áreas de desempeño, en estos Programas quienes pertenecen al área Institucional y cuales son sus Funciones, así mismo deseo conocer la característica UNIDOCENTE o no, gracias.

    • Maritza. Las únicas áreas que se vienen implementando es la de gestión pedagógica que incluye a los profesores de aula y coordinadores de área, personal jerárquico, y la de gestión institucional que incluye a directores. El resto no se ha implementado. Una escuela unidocente como sabe es una escuela de maestro único. A quienes trabajan allí les corresponde una bonificación que aún no na sido reglamentada. Saludos

  • Dr. soy carolina gonzales peña trabajo en mariscal caceres- san Martín que puedo hacer estoy tres años como encargada de las funciones de dirección en un cacerio de Nuevo Jaén y a salido una resolución para pago de dirección el cual solo algunos han sido beneficiados y hay muchos no y solicitamos a la UGEL que nos de la resolución el cual se niegan a darnos información por tal motivo puedo denunciar a la UGEL por esta irregularidad y ver que medidas han tomado para pagar solo a algunos profesores y al resto que le como el chancho, pero si uno no cumple con los documentos que nos pide la UGEL nos procesan quisiera una pronta respuesta ya que muchos de mis colegas estamos en esta cituacion

  • Dr. el año 2013 asumi una encargatura, cargo jerarquico, solo me pagaron 2 soles mensuales. Este año 2014, será igual? Acaso era mentira que se aplicaria el 2° tramo de la ley de reforma magisterial?. Soy docente de 24 horas y no estuve dentro de la ley de carrera publica magisterial. Gracias por su respuesta.

  • Dr. muy buenas noches gracias por su respuesta hare lo que pense y le parece bien solo estoy esperando la respuesta a mi petitorio por escrito para conocer en que se basan su posición para que con el abogado iniciemos las denuncias.
    Dr. quería hacerle otra consulta, desde el momento en que nos cambiaron los niveles magisteriales por estar en la CPM por las escalas de la LRM nos han ascendido una escala yo eetaba en el IV nivel ahora estoy en la V escala que aparece en las boletas de pago y ya tengo la resolución de reconocimiento de esta escala, lo que no concuerda con la remuneración que debemos percibir por la escala en la que estamos actualmente, ¿nos igualarán nuestras remuneraciones, qué pasa con los meses anteriores, es posible un reclamo por esta incongruencia? anticipadamente gracias por su respuesta.

  • Dr. Hugo Diaz, muy buenas noches En mi I.E. la dirección es de plaza primaria este siendo ocupada por un docente de cuarta escala y del nivel secundario siendo mi persona de 5ta escala y con mayor permanencia en ella, vino el director de la Ugel e impuso a este señor nuevamente el año 2013, en enero en ausencia de profesores, todo el 2013 hice mi reclamo y en enero del 2014 despuès de revisar mi expedienre los especialñistas y confirmandoo que la resoluciòn saldrìa a mi nombre, vuelve a salir a nombre de ese profesor emitido el memorándum el 15 de enero y recién el 17 de enero devuelven a administración mi expediente se supone con la respuesta a mi favor, Los especialistas se tiran la bola por lo que le sugiero me aconseje, puesto que pienso hacer valer mis derechos con la fiscalia,Defensoria, DRE, y nuevo director Ugel. Gracias por su atenciòn.

  • Doctor Hugo DIAZ, muy buenos días, tuve la oportunidad de conocerlo personalmente en una participación en la cuidad de Huancayo y aquella vez le consulté sobre la SITUACIÓN DE LOS COORDINADORES, actualmente en la información de mi talón de cheque el MED me considera como COORDINADORA ACADÉMICA, EN LA RESOLUCIÓN DE UBICACIÓN DE LA REFORMA MAGISTERIAL SOY PROFESORA COORDINADORA,por favor deseo saber exactamente la ubicación que me corresponde así como las funciones que cumplo y quien es mi jefe superior inmediato y mi establecimiento laboral, segura de contar con su respuesta quedo de usted agradecida.

    • Maritza. Es un tema aún no resuelto por el Ministerio. Justamente hace algunas semanas entregué al Ministerio una ayuda memoria solicitando, entre otras cosas, que se reglamente el ejercicio de los cargos de coordinación: quiénes son, su caga horaria, su dependencia, etc. Espero lo hagan pronto. Saludos

  • Reciba un saludo cordial, estimado Dr. Hugo Diaz.
    Desearía saber por favor cuál es la norma con la cual se debe elegir los cargos jerárquicos que surjan en el 2014.
    ¿Soy docente de la IV escala magisterial, si asumo una jefatura de 40 horas mi sueldo según las escalas será 2900?

  • Doctor. Buenas tardes y gracias por su respuesta, somos un grupo de Directores de la UGEL Puno que a la fecha no se pagó las asignaciones por desempeño de cargos directivos y jerárquicos que según Oficio Nº 0035 que hace referencia y establece los Haberes para los docentes de la ley del Profesorado y para los de ex CPM, funciones que asumimos durante el año 2013, El director de la Ugel Puno es de la ley del profesorado y aduce que somos de la ex CPM y no hay presupuesto, esto francamente nos causa indignación ya que prometieron para el pasado mes de diciembre y hoy nos dicen que no hay plata. Doctor Hugo le ruego por intermedio de usted interceder ante el Ministerio de Educación o quien corresponda y pueda Usted sugerirnos que acciones realizar no es posible tanto engaño, maltrato y burla. Ahora se nos dice también que no hay presupuesto para el presente año para las encarga turas. que esta pasando señor ayúdenos a ver con claridad.

    • Félix. Las encargaturas se han estado pagando tarde y solo la deuda mas inmediata. Además, se hace de acuerdo a las bonificaciones que tenían los profesores en su régimen anterior antes de incorporarse a la reforma magisterial. Hay en este campo un caos en donde tanto el MED como los gobiernos regionales tienen que poner de su parte, sobre todo estos últimos clarificando a quién, cuánto y desde cuándo se le debe. Esa información se está haciendo cada vez más difícil de construir a medida que no se encuentre una solución rápida. Yo ya he informado al Ministerio y espero que estén trabajando en ello. Saludos

  • Amigo, antes agradecerle por su respuesta. Soy un docente de arequipa que quiere destacarse a cusco, por unidad familiar. Como queda la figura del destaque de mutuo acuerdo que se venia dando, por que ahora con la reglamentacion de la ley me la ponen complicado, estoy a merced de lo que la ugel disponga respecto de la plaza presupuestada, y no se si se ha pensado pero se abre la puerta a favoritismo insanos.

    • Marco. lamentablemente hay que sujetarse a lo que dice la directiva. Tampoco el procedimiento anterior era lo recomendable. Los destaques no deben ser un acuerdo solo entre dos profesores pues los directores de las escuelas afectadas deberían tener alguna opinión. Saludos

  • las encargaturas de dirección practicamente este año 2013 fue un fracaso no pagaron durante todo el año recien lo hicieron a fines de Diciembre y solo el 20% del presupuesto designado por el estado y el resto la cogieron los curruptos de las UGEL especialmente de San Pablo todo esto lo hicieron para su navidad y año nuevo esperamos que en este año no se repita de lo contrario tomaremos las medidas necesarias y se debe de pagar desde el primer mes o sea desde marzo

    • Jaime Saúl. Mientras usted no lo demuestre con pruebas es dificil aceptar sus adjetivos de corruptos a la Ugel. Puede ser cierto pero también no cierto. Creo que como educador debe tener cuidado en la forma como se expresa. Así como para usted debe exigir respeto, usted debe hacerlo con los demás. Saludos

  • Dr. Hugo, muy buenos días.Soy una profesora nombrada en Chiclayo.Pero estoy solicitando destaque mutuo (con profesora de Lima)y en la UGEL 1,no aceptan. Qué posibilidades tengo hoy de hacer una permuta. Espero su respuesta.

  • Dr. Hugo saludos.Quisiera saber cuanto es el pago por el grado de Maestría,por cuanto ayer al acercarme a conocer los requisitos en la GRELL para la inscripción respectiva del grado este me sale oneroso para mi alicaído bolsillo.

  • Doctor Hugo tenga usted buenas noches tengo una inquietud y quisiera que me ayude lo que pasa que se viene el examen para contratos de docentes 2014 bueno es el día 19 el presente mes ahora la pregunta es yo he trabajado 3 años consecutivo en una institución privada por supuesto tengo recibos por honorarios ahora la pregunta es es valida para expediente otorga punta je por favor si pudiera responderme gracias

  • Estimado amigo Hugo,que importante que existan personas como usted que ayudan a despejar las dudas que tenemos con respecto a educación.Estoy buscando por todos lados el oficio multiple N° 022-2012-ME/VMGP/DIGESUTP que me servirá para hacer un trabajo con respecto a titulación en CEPTROS,ojalá pueda ayudarme a conseguirlo,le agradeceré bastante.

  • hola amigo Hugo en mi escuela ceso el sub director por limite de edad, quien debe cubrir su puesto, el docente de mayor nivel o el que tiene mas años de servicio. soy docente del cuarto nivel de la nueva ley. mis otros colegas estan en el segundo nivel. Le agradecere su respuesta. Gracias

  • Saludos amigo Hugo Diaz, quisiera saber si con la ley de reforma magisterial ante el cese del director de I.E. por límite de edad procede la promoción interna. Soy Sub-directora titular y estoy en el 5to. nivel de la nueva ley.

  • Amigo Hugo quisiera saber si la encargatura de la subdirección procede desde el mes de enero o no, la docente Titular de esta plaza esta destacada a la UGEl de Mariscal Caceres desde el 1° de Enero y por tal motivo me estan proponiendo la encargatura. Pero quiero saber en que norma, decreto o ley me puedo amparar y defender mis derechos.

  • Señor Hugo Diaz estoy encargado de la Dirección del Complejo Educativo Jambur- Paimas- Ayabaca- Piura desde el año 2011. este año (2011) no me pagaron encargatura, 2012 tampoco, este 2013 estoy encargado desde el mes de enero, estoy en la Cuarta escala Magisterial y me han pagado solo 3 300. Que es lo que está sucedidendo. atiendo al nivel inicial, primaria y secundaria y solo me pagan esta cantidad y sin embargo otros profesores que atienden un solo nivel les han cancelado hasta 12.000 soles. que debo hacer

  • Muy buenas tardes estimado Maestro Hugo. Que, habiendose publicado en el diario oficial el peruano, el DECRETO SUPREMO N° 341-2013-EF, para el financiamiento
    del pago de la asignación por tiempo de servicios y del subsidio por luto y sepelio.Que, el suscrito cuenta con una resolucion administrativa de fecha 23 de AGOSTO del 2012, en la cual se me reconocen el monto total de 4,500.00 nuevos soles por concepto de dichas asisgnaciones (luto y sepelio), pero es cierto tambien que ese año pertenecia a al ley nº 29062.
    Quisiera saber, que al publicarse el Decreto Supremo antes señalado, me sera posible exigir dicho pago un avez mas pese de haber solicitado hasta en cansancio el cumplimineto de dicha resolucion administrativa de pago. Espero poder contar con vuestra opinión muy importante para mí.Muchísimas gracias . Dios le bendiga

    • Augusto. Como indiqué en correo anterior, las partidas a nivel regional están ya asignadas, corresponde a cada Gobierno Regional emplearlas y solicitar su disponibilidad. Ojalá puedan hacerlo pronto para que puedan cobrar entre enero y febrero. Saludos

  • Muy buenas tardes estimado Maestro Hugo. Que, habiendose publicado en el diario oficial el peruano, el DECRETO SUPREMO N° 341-2013-EF, para ser el financiamiento
    del pago de la asignación por tiempo de servicios y del subsidio por luto y sepelio.Que, el suscrito cuenta con una resolucion administrativa de fecha 23 de AGOSTO del 2012, en la cual se me reconocen el monto total de 4,500.00 nuevos solos por concepto de dichas asisgnaciones, pero es cierto tambien que ese año pertenecia a al ley nº 29062.
    Quisiera saber, que al publicarse el Decreto Supremo antes señalado, me sera posible exigir dicho pago un avez mas pese de haber solicitado hasta en cansancio el cumplimineto de dicha resolucion administrativa de pago. Espero poder contar con vuestra opinión muy importante para mí.Muchísimas gracias . Dios le bendiga.

    • Augusto. El DS se ha dado el 21 de diciembre de este mes. Dudo que en tan pocos días que faltan para finalizar el año se pueda hacer efectivo el pago. Cada región debe programar su requerimiento de recursos y luego el MED repartir en función de la cifra autorizada. Entre enero y febrero debería hacerse efectivo el pago. Saludos

  • Muy buenas noches estimado Maestro Hugo. Feliz Navidad y que Dios reine siempre en su corazón.
    Soy Mercedes Alvarez Avila profesora de educación primaria de la I.E República de Panamá” de la ciudad de Trujillo, voy a compartirle la situación en que me encuentro . En el mes de Julio la directora de mi I.E cesó por límite de edad, debido a ello la Ugel encargó la dirección a la subdirectora del nivel primaria, quien a su vez me proipone para asumir la encargatura teniendo en cuenta la escala ( 5ta escala) y curriculo profesional. La ugel emanó la resolución de encargatura, pero paralelamente hubo una apelación por otra colega con 31 años de servicios y en 2da escala y recién el 16 de diciembre la misma colega en mención nos hace llegar la resolución de la Gerencia Regional educación anulando la encargatura de mi persona, en la que decía que la ugel a la que corresponde debe elaborar otra resolución para dar la encargatura a la docente en mención. Realmente Maestro Hugo en mi trayectoria siento una gran frustración ya que los que hemos apostado por éste cambio en la educación a partir de la actitud del docente y su preparación no encontramos un soporte normativo claro.Quisiera saber que es lo que se está priorizando las escalas o la antiguedad es clase, ya que según información obtenida en otras regiones se viene implementando evaluaciones y hacen prevalecer las escalas para encargaturas. Espero poder contar con vuestra opinión muy importante para mí.Muchísimas gracias . Dios le bendiga.

  • Sr. Hugo Diaz, buenos días y feliz Navidad, mi comentario tal vez es una consulta en si , pues es el caso que soy profesor de Matemática y me encuentro en la quinta escala magisterial, y trabajo en la Institución Educativa emblemática “Jose Pardo y Barreda” de la provincia de chincha, la situación es la siguiente es que durante el año 2013, en el mes de octubre ceso un profesor que era el subdirector del área técnica y como siendo uno de los profesores de mayor escala es que solicite la encarga tura de la mencionada subdireccion, para lo cual la dirección me dio posesión de cargo vía memorándum y luego
    elevo la propuesta a la UGEL-CH, la cual a la fecha no responde, dado que la jefa de AGI, a pesar de las consultas de la DREI, dice que “Zapatero a su Zapato”, argumentando que yo no soy del área técnica, caso es que de acuerdo a los dispositivos para el concurso para nombramiento a plazas de director y subdirector , la mencionada ne especifica especialidad para el cardo, el oficio 005 -ED – 2013, tampoco lo señala, solo pide escala, ademas debo señalar que el mencionado tiene estudios concluidos de maestría en gestión y administración educativa en la Universidad Federico Villarreal, cumpliendo otro de los artículos de la ley de la reforma magisterial,ademas en un momento inicial la UGEL-CH adjudica a una maestra para que cubra mis horas, a la cual le rescindieron contrato el 11 de diciembre, y hasta la fecha ne encuentro cumpliendo funciones sin que la UGEL-CH diga nada la consulta
    es señor que basado en amplia experiencia y capacidad
    profesional, me asiste o no el derecho a la plaza, POR FAVOR LE ROGARÍA QUE ME RESPONDA A LA BREVEDAD POSIBLE.

    • Mario. La jefa de AGI es la que pone las trabas. En los cargos directivos lo que las norma destacan es el respeto a la escala y tiempo de antigüedad. Además, desde el punto de vista practico. no sé si en el colegio hay quienes reinan los requisitos mejor que usted para ocupar esa laza. La DRE ICA debería pronunciarse. Saludos

  • Ya presenté una apelación a la gerencia regional de educación Arequipa el 31 de octubre y a la fecha nada. como hago para presentar ante el ministerio de educación. Lo que pasa que el docente es su amigo de la directora de la ugel y la protege.

  • Previo un saludo Dr. Hugo mi consulta es. En la Ugel Islay encargaron la dirección a un docente en uso de licencia edil por funcion de regidor. presenté mi reclamo en el momento de la adjudicación pero no me hicieron caso, por lo que presente por escrito a lo que me respondieron luego de mas de dos meses declarando inprocedente por la forma, por lo que apelé al grado superior ya pasaron casi dos meses y aún no hay respuesta. ahora ya se terminó el año que debo hacer?

  • Dr. Hugo Díaz
    Lo saludo respetuosamente , paso a mencionarle que laboro en una institución educativa intergrada (primaria y secundaria), en la que de acuerdo al CAP y la publicación de plazas para concurso la Dirección recae en un docente del nivel secundaria; sin embargo en la UGEL Satipo encargan la dirección a un docente de nivel primaria, sustentan que es el docente con mayor permanencia en la institución. Asimismo la Sub Dirección también está encargada a una docent del nivel primaria. Cabe mencionar que existe una R.D. de la Región Junín, que menciona “queda terminantemente prohibido encargar las direcciones por Promoción Interna…”
    Es inquietud de los docentes del nivel secundaria, la que le hago extensiva, ¿cómo solicitar y sustentar que la encargatura de dirección sea a un docente de secundaria? para inclusive no solo recurrir a la UGEL, sino a otros órganos de mayor jerarquía.
    agradezco su atención a la consulta.

  • Para ser encargada la Dirección de una Institución educativa, se tiene que tener en cuenta que no tenga procesos administrativos ni judiciales. El profesor que logró nombrase adulterando documentos , es decir de una manera ilícita no tiene ningún derecho a tener una encargatura de Dirección . Caso que esta ocurriendo en la I.E. N|. 00815-Carrizal- DRE.
    San Martín.

  • Saludos Don Hugo Díaz, quisiera saber con exactitud, si de acuerdo al oficio N°110-2013-Minedu, se han de ratificar a los docentes que estuvieron a cargo de una encargatura para el año escolar 2014. Porque algunos alguno directores dicen que lo que se van ha ratificar es a la plaza por encargatura, más no a las docentes que estuvieron en dicho cargo.

  • Buenas noches doctor Hugo, a la fecha estamos esperando el pago de las encargaturas por dirección y subdirección en la DRE JUNÍN no cumplen con los docentes, somos conocedores que el gobierno dio la partida en el mes de mayo y la orden ahora en noviembre pero nada de pagos ya estamos concluyendo con el mes de diciembre y nos deben de todo el año.
    Necesito me/y nos oriente que medidas tomar frente a este problema usted sabe que todo trabajo es remunerado y no es justo lo que esta pasando.
    Me gustaría saber si lo mismo esta pasando en los otros departamentos, bueno pertenezco a la ley 29062
    Me acerque a planillas para preguntar y me contestaron que ellos no saben nada, no hay dinero para esos pagos y que ese pago viene directo del MINEDU que ellos ya cumplieron con
    informar, todo eso nos tiene en preucupación. Gracias doctor por la oportunidad espero su respuesta.

    • Alejandra. El DS que disponía el pago de las encargaturas ya salió hace más de un mes. En noviembre no se pudo pagar porque su emisión fue algo tarde para hacer las planillas pero en diciembre deberían de pagar. Allí corresponde no al MED sino al gobierno regional incluir las partidas presupuestarias en el calendario de compromisos. Saludos

  • Según el oficio múltiple N°110-2013- Minedu, donde se han de ratificar a los Directivos y Jerárquicos,se van a pagar a los docentes que provienen de la ley del Profesorado los mismos pagos que han percibido el 2013 o serán otros montos.
    Porque por una jefatura de 40 horas se han pagado S/2.39

  • Gracias por la atencion Dr. Hugo. La profesora que compite conmigo para la direccion tiene Maestria en Gestion de la Educacion y como le dije yo tebngo mas tiempo que ella.
    Actualmente mi sueldo como docente es s/. 1,234.00; si me dieran la encargatura de Director para el 2014 a cuanto ascenderia mi sueldo, teneiendo en cuenta que soy de la CPM y que estoy en la 2do escala mag. y si le dieran a ella, la maestria que tiene en que aspectos le favorecerian
    Nuevamente gracias.

  • Dr Hugo buenos días quisiera hacerle una consulta, considerando que en la regón Lima – Provincia, Huaral a quedado en el último lugar es posible que se ratifiquen a las Docentes acompañantes, pese que el concurso 2013 fue manejado de manera arbitraria,quisiera saber su opinión al respecto sobre el programa PELA. Saludos.

  • Dr. Previos sañudos. Soy un docente de la 2 escala magisterial y es posible que para el 2014 me encarguen la direccion de mi colegio, habra un pago adicional por ese cargo. Cual es la difenreciae entre encargatura por puesto y por funciones. Otro docente de mi escala tiene una maestria, pero yo mas años, a quien le corresponde, ambos venimos de la CPM. Muchas gracias

  • Buen día Dr Hugo seria ud tan amable de aclararme si el último Decreto Supremo del mes de noviembre quese refiere a pago de encargaturas y otros esta considerado el pago de las bonificaciones de 25 y 30 años pues en la UGEL 04 nos manifiestan que no estea considerado asi cuando en la Ley 30097 ordena que este considerado en este rubro de bonificaciones. Somos muchos docente en este caso por lo cual las gracias de antemano por su respuesta.

  • Quisiera saber si con el DS N°288,para el pago de Asignaciones por encargaturas, se pagaran a los profesores que provienen de la Ley del profesorado N° 24029 y a los profesores de la Ley de Reforma Magisterial N°29062 con los mismos montos, ya que ambas leyes han sido derogadas por la Ley de Reforma Magisterial N° 29944.Porque en un párrafo dice” que se pagaran las asignaciones por encargaturas a los profesores en carrera, que provienen de la Ley de la Carrera Pública Magisterial N°29062″, pero no se menciona a los profesores que han sido de la Ley del Profesorado N° 24029. Quisiera una aclaración al respeto.

  • Dr. Hugo Díaz.
    El oficio N°0035-2013,se contradice con la Contitución referente a igualdad de horas y función, existen sueldos tan diferenciados que es vejatorio.Los docentes provenientes de la LCPM por 30 horas en caso de encargaturas, han cobrado cerca de 11 mil nuevos soles y los provenientes de la ley 24029, solo S/. 2.36 acionional.24029adicionaleslosloloparmisma función y horas la suma de

  • digame doctor en las direcciones que habian salido a convocatoria y que luego dichos directores pusieron sus recursos de amparo y hoy estan judicializadas digame el año que viene volveran ellos a dirigir el colegio o se dara encargatura al de mas nivel en dichos colegios, ya que realmente es ineficiente la gestion de muchos de estos directores digame habra algun cambio o que pasara con estas instituciones educativas

  • Buen dia Doctor HUGO: Al amigo viktor le digo que en cuanto al pago de las bonificaciones de 25 y 30 años en la región cusco se están cancelando de acuerdo al orden de prelación de antigüedad es decir desde el 2011, 2012, 2013, sugiero que exijan el pago de esa forma por que considero es lo mas justo.
    En cuanto al decreto supremo mus esperado les informo que salió hoy sábado 23 de Noviembre, en ese entender es un hecho el pago de las encargaturas de directivos y jerárquicos que en el mes de Diciembre tienen que reembolsarnos.

  • Buen día amigo Hugo,
    Interceda ante los funcionarios del MINISTERIO por favor y haga llegar nuestra preocupación, ya que tengo R.D.R. de emitida el año 2011, de Cajamarca para el pago de mis 25 años de servicio pero se comenta que la Ley 30097 solo autoriza el pago de las R.D. que se hayan emitido el 2013, eso significa que se desconocerá nuestros derechos de manera absurda, no puede ser
    sugiera usted señor que tiene más experiencia que primero se pague en ñorden las deudas atrazadas (2011-2012-2013) para poder ir cumpliendo de manera progresiva con el pago de esta deuda social, por favor que piensen un poquito más nuestros funcionarios y que se salgan un momento del escritorio para ver nuestra realidad.

  • Amigo Hugo, ayúdeme a investigar si han autorizado presupuesto a Cajamarca en relación a la ley 30097 para el pago de quinquenios, porque hoy no se puede confiar en estos funcionarios, la corrupción campea por todo lugar y puede que el dinero se quede en medio camino. G

  • Dr. Hugo Diaz
    Soy docente de la Ex CPM y me encuentro asumiendo la encargatura de la Sub Dirección de una IE todo el 2013 y hasta ahora no nos remuneran, ya publicaron la ley 30097 y que esperan las autoridades para efectivizar dichos pagos?.
    Creo que deben ser mas responsables y cumplir con el magisterio.
    Dr. si Ud. podria interponer sus buenos oficios y tal vez informarnos cuando realmente nos van a pagar.

  • que tal buenas tardes mi pregunta es la siguiente mi papá es profesor de una comunidad la cual es unidocente por lo q tengo entendido tiene un sueldo distinto a las plazas unidocentes pero hasta la fecha no le pagan asi y ya son tres años que trabaja asi le han dichoq tiene q hacer un tramite con abogado peor yo quisiera saber que puedo hacer donde puedo recibir orientación

  • Buenas noches Dr. Soy un profesor de aula primaria 30 horas cuarta Escala de la Ley de Reforma Magisterial, III de La Carrera Pública 29062, desde el 1 de enero estoy destacado y encargado una plaza de coordinador de ODEC 40 horas, pero me vienen pagando solo las 30 horas en la DRE dicen que es así y no nos van a considerar el pago de 40 horas, Dr. Hugo quisiera que saber que norma me ampara para poder hacer mi reclamo?
    muchas gracias.

  • DOCTOR HUGO: buen dia,decirles a nuestros colegas del peru que se pagaran las bonificaciones de encargaturas de acuerdo al oficio Nº 035, en ella lamentablemente especifica que los profesores que provienen de la ley 24029 y tienen encargaturas sus bonificaciones llegaran en el mejor de los casos a 100 soles, mientras los provenientes de la ley 29062 sus bonificaciones en el mejor de los casos pueden llegar hasta los 1200 soles, lógicamente existe una gran diferencia y causa molestia en los docentes. A estas alturas no creo que se pueda modificar este oficio ya que presenta inclusive casos prácticos ejemplificados. por otro lado el decreto supremo proyectado para el 04 de noviembre ha sido observado en el MEF y ha sido devuelto al MINEDU, pero de todas maneras tiene que salir.

  • Es lamentable que no se cumplan con los pagos de Encargatura, en mi condición de Docente de la Quinta Escala de la Ley de Reforma Magisterial, IV de La Carrera Pública 29062,en la Gerencia Regional de Educación de la Libertad-UGEL 01 El Porvenir me deben todo el 2010, devengados del 2012, Marzo a la fecha 2013.¿Esa es la forma cómo se trata a un Docente o hay que tener carnet partidario para que nos atiendan, no sólo es mi caso sino de otros colegas?

  • BUEN DÍA SR. HUGO DIAZ MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: LOS PROFESORES DE LA CPM QUE ESTAMOS ENCARGADOS DE DIRECCIÓN NOS DEBEN CONSIDERAR 30 O 40 HORAS YA QUE SOY DOCENTE DEL NIVEL INICIAL NOMBRADA COMO PROFESORA 30 HORAS, SEGÚN ENTIENDO EN EL OFICIO PRECISA QUE DEBEN SER 40 HORAS COMO DIRECTOR ENCARGADO.
    GRACIAS POR LA RESPUESTA.

  • Buenos días Dr. Hugo Díaz. Lo felicito por su blog que nos mantiene informados y expresar nuestros pensamientos. Así como también al colega Felipe Santiago por el alcance de la ley. Soy docente proveniente de la Ley del Profesorado Nº 24029, actualmente tengo jefatura de laboratorio con 40 horas. Considero que sería discriminatorio que la ley Nº30097 solo considere pago por encargaturas a docentes de la CPM (con el respeto que se merecen mis colegas). Esperemos que en la reglamentación se aclare las dudas y/o corrija cualquier aspecto no contemplado. Los maestros provenientes de la ley antes mencionada le pedimos a Ud. que ilustre con sus aportes a las autoridades del MED como lo ha hecho en otras oportunidades (UGEL 04) por que sería el atropello más grande a nuestra dignidad que se mantenga el pago de 2.39 por las 40 horas de trabajo. Exhorto a los demás colegas estar atentos y unidos a esta reglamentación como lo han hecho en Piura y otras regiones. Gracias.

  • BUEN DIA LA CONSULTA ES LA SIGUIENTE:
    ESTUVE EN EL II NIVEL MAGISTERIAL DE LA LEY DEL PROFESORADO Y EN NOVIEMBRE DEL 2012 MEDIANTE RESOLUCIÓN SOY INCOPORADA AL NUEVO REGIMEN LABORAL DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL – PRIMERA ESCALA.
    A PARTIR DEL PRIMERO DE MARZO ME ENCARGAN EL PUESTO DE DIRECCIÓN DE LA I.E Y EN LA RESOLUCIÓN DICE RECONOCER LAS BONIFICACIONES QUE CORRESPONDAN POR MOTIVO DEL PRESENTE ENCARGO DE CONFORMIDAD CON LA LEY 29062. CUANTO DEBE SER MI REMUNERACIÓN TOTAL.

    • Magdalena Socorro. La ley lo que dice es que le pagan lo que se venía pagando a los profesores según el régimen anterior, es decir, la bonificación sería entre 45 y 75 soles. Si logra el titularato en una dirección en el concurso deben pagarle entre 600 y 800 soles. Saludos

  • SOY DOCENTE NOMBRADA, ACTUALMENTE ESTOY EN LA VI ESCALA MAGISTERIAL TENGO MAS DE 20 AÑOS ENCARGADA COMO DIRECTORA DE UNA I.E. DESDE EL MES DE MARZO ME HAN PAGADO POR DIRECCIÓN , PERO ESTE MES DE OCTUBRE ME HAN RECORTADO LO CONCERNIENTE AL CARGO, QUISIERA SABER CUAL ES EL MOTIVO, YA QUE EN LA UGEL DE CHOTA NO DICEN NADA.
    ESPERO SU RESPUESTA MUCHAS GRACIAS.

  • BUEN DIA

    LA CONSULTA ES LA SIGUIENTE

    EN NOVIEMBRE DEL 2012 MEDIANTE RESOLUCIÓN SE HACE EFECTIVO EL CAMBIO DE ESCALA MAGISTERIAL, ESTUVE EN EL II NIVEL Y ACTUALMENTE ESTOY EN LA I ESCALA MAGISTERIAL.
    A PARTIR DEL PRIMERO DE MARZO ME ENCARGAN EL PUESTO DE DIRECCIÓN DE LA I.E Y EN LA RESOLUCIÓN DICE EFECTUAR EL PAGO DE ACUERDO A LA LEY 29062. CUANTO DEBE SER MI REMUNERACIÓN TOTAL. POR FAVOR EXPLIQUEME PORQUE EN LA UGEL UTCUBAMBA NOS INFORMAN UNA Y OTRA COSA QUE AL FINAL NO ENTENDEMOS.

  • Por lo que manifiesta Felipe Santiago Quispe, según la Ley N° 30097, quisiera saber, si están considerados para el pago de bonificaciones los profesores encargados como jefe de taller, que estaban en la Ley del Profesorado, porque en dicha Ley, se esta considerando dichos pagos a los docentes que están en carrera y que provienen de la Ley de la Carrera Pública Magisterial N° 29062, pero no se mencionan a los docentes que han sido de la Ley del Profesorado N° 24029. Por favor quisiera que me aclaren esa inquietud.

  • buenas noches señor Hugo Diaz ante todo agradecerle por disipar las dudas nuestras, bueno soy docente contratada en el nivel primario y me contrataron en una plaza vacante al 31 de dic generada por encargatura de dirección y este docente se enfermo y solicito licencia y otro docente de la misma I.E encargo nuevamente la dirección luego de un tiempo la ugel envió un director de fuera, la ugel me dice que como ya no hay encargatura se me limitara el contrato quisiera saber si eso es lo correcto o no. gracias

    • Rosario. Si no hay la necesidad de la plaza el contrato se suspende. Si la Ugel tuviese buena voluntad lo que debería hacer es identificar donde hau demanda de su cargo (en otro colegio) y demandarle que cumpla su período de contrato allí. Saludos

  • Buenas noches, soy Directora Encargada desde el 2010,estoy en IV nivel, antes III de la Ex CPM, mi pregunta es que en el año 2011, no me pagaron 6 meses a pesar de tener RDR,sólo me pagaron 6 meses posteriores, ahora el 2013 tampoco me pagan. ¿Cuánto me corresponde este año por mes? Tengo Primaria y Secundaria.Un solo turno.

  • SEÑO HUGO DIAZ …SOY PRESIDENTE DE LA ASOCIACION DE DOCENTES DE LA CARRERA PUBLICA DE LA REGION PIURA Y DESDE HACE 3 AÑOS VENIMOS LUCHANDO JUNTO A LA REGIÓN PIURA NUESTROS PAGOS DE ENCARGATURA DE DIRECCION Y CALRO Q SI ESTÁN CONTEMPLADO EL PAGO DE DIRECCION PARA MULTIGRADO Y POLIDOCENTE ..SOMOS LA ASOCIACION QUE EL AÑO PASADO VIAJAMOS 8 VECES JUNTO A LAS COMISIONES DEL GOB REGIONAL A INICIATIVA NUESTRA …AL FINAL EL RESULTADO FUE Q MUCHAS REGIONES DEL PERU RECIBIERON SU PAGO ..GRACIAS A NUESTRO ESFUERZO…HOY SE HAN SUMADO AREQUIPA,TUMBES,PUNO,ANCASH Y …MI GRATITUD A JUANA ATOCHE POR SU APORTE PARA VIAJAR Y ESPEREMOS Q OTRAS REGIONES IMITEN A AREQUIPA Y SUMEMOS…UNAS PALMAS ESPECIALES A LA CONGRESISTA KARLA SCHEFER PORQ GRACIAS A ELLA NO SACARAMOS LA CITA EN EL MINEDU Y EN EL CONGRESO COMO OCURRIÓ EL DIA 30 SET QUE ESTUVIMOS EN LAS DOS SEDES DEFENDIENDO LOS DERECHOS DE TODOS…TENEMOS UNA PAGINA AGREGUENLA ASOCIACION DE DOCENTES DE LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL REGION PIURA …MI TELF PARA Q COORDINEMOS INFORMACION DE ULTIMA FUENTE 976681297

  • BUENOS DIAS QUISIERA Q ME APOYE CON LO SGTE. EN BAGUA HAY UN GRUPO DE DOCENTES QUE LES HAN ESTADO PAGANDO POR 30 HORAS CRONOLOGICAS ES DECIR TIENEN SENTENCIA JUDICIAL Y AHORA CON LA NUEVA INCORPORACIÓN DE LA LEY MAGISTERIAL SOLO TIENEN UNA JORNADA LABORAL DE 24 HORAS PORQ SON DEL NIVEL SECUNDARIO Y SE LES HA RECORTADO ESE PAGO PERO ELLOS ESTAN DENUNCIANDO A LA UGEL ES CORRECTO ESTO O SE LES TIENEN Q SEUIR PAGANDO POR 30 HORAS CRONOLOGICAS CUANDO SOLO TRABAJAN 24

    • Mary. A los docentes de secundaria se les paga por 24 horas. Excepcionalmente, cuando se necesitan horas de clase se puede ir hasta 30 horas. Eso se da desde hace cinco años aproximadamente. No pareceria tener éxito una demanda así. Saludos

  • Sr. Hugo, a qué DS se refiere? finalmente logramos en nuestra ugel que nos entreguen RD de direccion por funciones, pero el equipo de planillas no ha considerado nuestros pagos al menos para este mes, segun el jefe del area hay un nuevo documento al respecto pero no entro en detalles(a parte del oficio 035) ud tiene algun dato al respecto? en él se contemplan pagos?

  • DOCTOR HUGO: La ley ha sido aprobaado por el congreso, luego el MEF debe emitir un decreto supremo que a mas tardar sale el 04 de Noviembre . Amigos es un hecho aquí está el texto de la ley, también queridos colegas les aconsejo que agilicen las demandas judiciales por el 30% de preparación de clases ya que también será aprobado de todas maneras y se pagará a todos los profesores si o si.
    LEY N° 30097
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    POR CUANTO:

    El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

    EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

    Ha dado la Ley siguiente:

    LEY PARA EL FINANCIAMIENTO DE
    PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PRIORITARIOS
    EN MATERIA EDUCATIVA Y DEPORTIVA
    Artículo 1. Financiamiento de programas y actividades prioritarios en materia educativa y deportiva Exceptúase al Pliego 010 Ministerio de Educación de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo 304-2012-EF, durante el Año Fiscal 2013, a fin de realizar las siguientes acciones:
    a) Para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático hasta por la suma de S/. 92 972 343,00 (NOVENTA Y DOS MILLONES
    NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS
    CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), con la finalidad de garantizar el cumplimiento oportuno del pago de las contribuciones sociales, el pago de arbitrios, la provisión de bienes y servicios y otras actividades de sus unidades ejecutoras.
    b) Para efectuar modificaciones presupuestarias a nivel institucional, a favor del Instituto Peruano del Deporte, hasta por la suma de S/. 94 265 568,00 (NOVENTA
    Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y
    CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100
    NUEVOS SOLES), con la finalidad de financiar el pago de las subvenciones para los gastos de organización, preparación y participación de atletas en los XVII Juegos Bolivarianos 2013, los Juegos Sudamericanos 2014 y las acciones de cierre de los I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013, así como la candidatura del Perú como sede de los XVIII Juegos Deportivos Panamericanos 2019.

    Las transferencias de recursos a nivel institucional a las que se hace referencia en el presente artículo se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último.

    Artículo 2. Financiamiento del pago de beneficios establecidos en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, durante el Año Fiscal 2013
    Autorízase al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático hasta por la suma de S/. 127 000
    000,00 (CIENTO VEINTISIETE MILLONES Y 00/100
    NUEVOS SOLES), para financiar el costo diferencial de la implementación de la asignación por tiempo de servicios, compensación por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio, establecidos en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como el pago de las asignaciones adicionales por encargaturas de función directiva y/o jerárquica de los profesores actualmente en carrera, provenientes del régimen de la Ley 29062, Ley que Modifica la Ley del Profesorado en lo Referido a la Carrera Pública Magisterial, que correspondan al presente Año Fiscal 2013 a nivel nacional. Para tal fin, exceptúase al Pliego 010 Ministerio de Educación de lo dispuesto en los numerales 9.1 y 9.2 del artículo 9 de la Ley 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, así como del literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo 304-2012-EF.

    Con la finalidad de que los gobiernos regionales se encuentren en capacidad de financiar el pago de los mencionados beneficios, autorízase al Ministerio de Educación a realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional a favor de los mismos, hasta por la suma de S/. 103 266 130,00 (CIENTO TRES
    MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
    CIENTO TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES).

    Dichas transferencias de recursos se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a pedido de este último.

    Para las modificaciones presupuestales a nivel institucional y a nivel funcional programático autorizadas en el presente artículo, se requiere informe previo favorable de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, vinculado a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público.

    Artículo 3. Autorización al Instituto Peruano del Deporte a otorgar subvenciones económicas a favor de deportistas calificados y de alto nivel Dispóngase en el Pliego Instituto Peruano del Deporte (IPD), la priorización de la actividad “Desarrollo de estímulos a los deportistas de alta competencia”, comprendida en el Año Fiscal 2013 en el Programa Presupuestal “Mejora del Desempeño Deportivo de los Deportistas Peruanos de Alta Competencia” del IPD, y a partir del Año Fiscal 2014 en el Programa Presupuestal que corresponda al mismo Pliego. En el marco de la citada actividad, autorízase al IPD a otorgar subvenciones económicas a favor de deportistas calificados y de alto nivel, las cuales se financian con cargo al presupuesto institucional del citado Pliego, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público.

    Mediante resolución del Titular del IPD se aprueban las normas complementarias que regulan el otorgamiento de las mencionadas subvenciones, incluyendo su monto y condiciones para su otorgamiento, considerando las metas asociadas al correspondiente Programa Presupuestal. Dicha resolución debe ser emitida dentro de los treinta días siguientes de publicada la presente Ley, y debe ser publicada en los portales institucionales del IPD y el Ministerio de Educación, dentro de los cinco días siguientes a su emisión.

    Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

    En Lima, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil trece.

    FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
    Presidente del Congreso de la República
    MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND
    Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
    AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
    DE LA REPÚBLICA
    POR TANTO:

    Mando se publique y cumpla.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil trece.

    OLLANTA HUMALA TASSO
    Presidente Constitucional de la República
    JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
    Presidente del Consejo de Ministros

    • Felipe Santiago. La norma no hace referencia al pago por preparaciòn de clases sino la regularización de pagos por CTS, Sepelio y Luto y el pago de las encargaturas. Lo otro, por su costo, tiene aún un largo camino por recorrer. Saludos

  • buenas noches señor hugo diaz soy docente de la I.E. “Ignacio Merino” de la ciudad de talara profesor de 40 horas teniendo la encargatura del laboratorio de ciencias perteneciente al IV nivel de la Reforma magisterial quisiera saber cual es la remuneración por dicha encargatura, ya que he ido a la UGEL talara y me han dicho que solo me corresponde dos soles con 60 centimos. espero su respuesta. Saludos

  • doctor en el proyecto de ley considera pago a las contribuciones sociales,servicios y otros. se podran considerar a los directores de IE. unidocentes y multigrados que provienen de la ley de la carrera de la reforma magisterial?

    cuando vence el plazo para solicitar el pago del 30% por preparación de clases y si existe posibilidad de pago?

  • DOCTOR HUGO: Ya se aprobó en la comisión de presupuesto el pago diferencial de los profesores encargados de plazas directivas y jerárquicas, asi como también el pago de CTS, Por luto y sepelio; buenas noticias para todos los profesores que reclamaban estos pagos. tenemos que felicitar a la asociación de profesores de la carrera publica magisterial encabezado por el profesor Cesar Cordova …una vez mas se demuestra que los profesores si podemos.

    • A LOS DIRECTORES ENCARGADOS MULTIGRADOS Y POLIDOCENTES EL DS ESTÁ APUERTAS DE SALIR SEGÚN LA CONGRESISTA AMIGA KARLA SCHEFFER NOS HA COMUNICADO Q ESTE FIN DE SEMANA ESTÁN EXPONIENDO OTROS MINISTERIOS YA QUE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN YA SUSTENTO EN LA COMISION DE PRESUPUESTO Y A LA VEZ HA SIDO APROBADO FALTARÍA Q LOS MINISTERIO DE AGICULTURA,,,TAMBIEN SEAN APROBADOS Y DE INMEDIATO A MAS TARDEAR EL 4 NOVIEMBRE SALGA PUBLICADO EL DS PARA Q EN UN PLAZO MAXIMO DE 5 DIAS HABILES SEAN TRASFERIDAS LAS CUENTAS A LAS REGIONES Y ESTAS A LA VEZ A LAS UGELES Y SE PAGUE …EN PIURA PRESIDO LA ASOCIACIÓN DE DOCENTES DE LA CARRERA PUBLICA DE LA REGION PIURA TENEMOS UNA PAGINA QUE LLEVA ESTE NOMBRE..POR FAVOR UNANSE Y SUMEMOS FUERZAS ..ESTE AÑO HEMOS VISITADO 2 VECES EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y ESTAMOS EMPUJANDO EL DS QUE TAMBIEN BENEFICIARÁ A PIURA A 570 DOCENTES EN SUBSIDIO DE LUTO Y A 611 DOCENTES 25 Y 30 AÑOS DE SERVIVIO…PARA ESTE 7 Y 8 NOVIEMBRE ESTAMOS SACANDO NUEVA CITA EN EL MINEDU PARA SEGUIR LUCHANDO AHORA PARA LOS DIRECTORES ENCARGADOS Q ESTE AÑO HAN ASUMIDO DIRECCION Y PARA AQUELLOS QUE EL AÑO PASADO 2012 NO RECIBIERON NADA POR ALGUN ERROR ADMINISTRATIVO …AUNQ SI NO HAY APOYO QUIZA NO VIAJEMOS PERO YA HAY UNA COMISIÓN ENCABEZAda esta vez por la directora regional de educacion y 11 directores de ugel y como siempre la congresista KARLA SCHEFER NOS SACARÁ LA CITA….POR FAVOR LOS COMPROMETIDOS EN ESTOS DS AYUDENNOS A SEGUIR EN PIE …NECESITAMOS QUE SE SUMEN OTRAS REGIONES DEL PERU…HAY QUE IR A LA MISMA FUENTE DE NADA SIRVE ESPERAR Q OTROS LUCHEN Y ESPERAR SENTADOS BIEN GRACIAS..LES DOY MI TELEFONO PARA COORDINAR MAS INFORMACION 976681297 …OJO ESTE AÑO YA NO VIENE EL DS CON NOMBRE VIENE UN MONTO PERO QUE SERÁ UNICAMENTE PARA LOS MISMOS DIRECTORES Q ASUMINOS DIRECCION EL AÑOM 2012 Y RECIBIMOS NUESTRO PAGO..GRACIAS A AREQUIPA JUANA ATOCHE POR APOYARME CON UN PASAJE PARA VIAJAR DESDE PIURA

  • Dr. buenas noches, reciba mis cordiales saludos, soy docente de la región Junín, UGEL SATIPO, el caso es que estamos en el mes de octubre y hasta ahora no nos ha pagado las encargaturas de Dirección. Soy docente de la cuarta escala magisterial. He solicitado a la UGEL una explicación del motivo de la demora y me han respondido que el Ministerio de Educación hasta ahora no ha asignado el presupuesto. Disculpe, ¿Qué acción podría realizar, o en verdad no hay presupuesto?

    • Régulo. No se ha estado pagando en todo el país, posiblemente sea por falta de presupuesto. Además, con el último DS que establece las bonificaciones al director se señala que la bonificación es solo para los titulares. No obstante, la ley no es retroactiva y ustedes podrían reclamar. Siga insistiendo. Saludos

    • Claudia. Presente una solicitud a la Ugel (unidad de personal o al director de gestión institucional indicando que para efectos del trámite xx le están demandando una certificación del carácter de la escuela (unidamente, multigrado o polidocente). Saludos

  • Dr. HUGO, un comentario: EL OFICIO 035-2013, ES DISCRIMINADOR e ilegal, Y PONE EN VIGENCIA LEYES YA DEROGADAs. COMO ES POSIBLE QUE UN OFICIO PUEDE ESTAR POR ENCIMA DE LA LEY Y DEL DECRETO SUPREMO QU ESTABLECE EL PAGO MEDINATE LA RIM. EL PAGO QUE SE EFECTUA CON ESE OFICIO DE TRES NUEVOS SOLES POR ENCARGATURA DE JERARQUICO O DIRECTIVO DE UN DOCENTE PROVENIENTE DE LA LEY DEL PROFESORADO ES ILEGAL, DISCRIMINADOR Y ATENTA CONTRA TODOS LOS DRECHOS. SERA POSIBLE MODIFICARLO?

  • Doctor Hugo, presiento que en los próximos dias saldrá un decreto supremo vía MEF para reivindicar estas deudas que tiene el ministerio de educación, con los profesores que tienen encargaturas de dirección y jerárquicos, solamente decirles a los maestros del Perú nunca desmayemos en nuestros reclamos porque es un derecho que esta contemplado en la misma norma de este gobierno.

  • quisiera denunciar al colegio san ignacio de carabayllo pues hay mucha desorden y descuido de parte del colegio ademas si una padre de familia no paga a tiempo la mensualidad no toman examen a los niños hay preferencia por los alumnos mas destacados y si uno no colabora con los pedidos que no hacen el colegio bajan 5 puntos cuando pasa algun accidente dntro del colegio no se hace cargo… no pagan a los profesores

  • Sr. Hugo .
    Buen día . quisiera por favor que me saque de dudas: en el colegio que trabajo mi director va a cesar y sólo hay 2 profesores que tienen 2do nivel, los demás están en el 1ero.
    ¡A quién le corresponde la dirección por encargatura? Muchas gracias

  • Doctor muy buenas noches, mi pregunta es la siguiente: me nombré en la carrera pública y el año pasado tuve la encargatura de puesto de dirección en mi escuela y me pagaron en el mes de noviembre, este año nuevamente tengo encargado el puesto de dirección y quisiera saber si me van a pagar, por que según comentarios este año no van a pagar a nadie que tenga encargatura de puesto de dirección. me encuentro en la segunda escala. muchas gracias por su respuesta

  • SR. HUGO BUENAS TARDES HE CUMPLIDO 32 AÑOS EN EL AÑO 2012 Y HASTA LA FECHA NO ME PAGAN PORQUE SEGÚN LA DIRECTORA DE LA UGEL Nº 01 ME DICE QUE NO HAY PLATA, LO HE SOLICITADO POR ESCRITO Y PENALMENTE HASTA LA FECHA NADA DR. MÁS PAREZCO UN MENDIGO RECLAMANDO LO QUE LE CORRESPONDE A UNO Y NO ENCUENTRO RESPUESTA ALGUNA, POR FAVOR USTED AL MENOS PODRÍA RESPONDERME Y DARME ALGUNA SOLUCIÓN A ESTE ABUSO DE LA UGEL Nº 01. ASÍ HAY UN MONTÓN DE CASOS.

  • Establecen el monto de S/.800; S/.600; S/.400 de la Asignación Temporal por Desempeño de cargo de Director y Subdirector de Institución Educativa Pública en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial DECRETO SUPREMO Nº 227-2013-EF, a partir de 01-01-2014. ¿Esto es aparte del pago por 40 horas directivo que ya está en la tabla de pago según la reforma 29944 o es el mismo?. Tenga a bien responder le agradeceré.

  • Buen día Dr. Hugo:
    Ante todo felicitaciones por su blog. Quería consultarle sobre mi caso específico, a mí me encargaron las funciones de director de una I.E. secundaria mediante resolución, pero resulta que en el CAP no existe plaza de director; vale decir, que todos somos profesores de 24 horas, yo provengo de la CPM, el año pasado me pagaron por Jornada de Trabajo Adicional, es decir la diferencia(16 horas). Estevaño no me están pagando mas que mi jornada por 24 horas. Fui a planillas y me indican que de acuerdo al Ofic. 0035 no me corresponde ese pago, ¿Es correcta esa interpretación?. Gracias por su respuesta.

    • Dante. Lo que deberá solicitar es que en el Cuadro de Asignación de Personal le incluyan el presupuesto por el desempeño del cargo de director. No se cuántas secciones tenga el colegio en el que trabaja pero si le estaban pagando deberían hacerlo, salvo que no exista el mínimo de secciones que se exigen. Saludos

  • buenas tardes, agrdeceré mucho su respuesta, soy docente contratada en una institución educativa rural, somos contratados 2 docentes y soy encargada de dirección, es factible que me puedan pagar la encargatura y darme resolución por esto… GRACIAS!!

  • Soy director de una I.E.Unidocente nos manifestaron q seguirían pagándonos como veníamos percibiendo pero a la fecha no lo efectúan soy de la CPM del III nivel con la nueva LRM en IV nivel que acciones debería tomar por que la diferencia es abismal aproximadamente me dejan de pagar 650 n.s gracias por su respuesta, ya realize las gestiones ante la ugel y me manifiestan que no hay presupuesto

  • Soy sub director encargado en plaza presupuestada por el MED, mi jornada pedagogica es de 40 horas, sucede que no me remuneran segun el RIM como indica la ley de reforma magisterial, pero a los profesores en cargos Directivos que provienen de LCPM si les remuneran segun la RIM. Dr. Hugo que sustento legal hay al respecto.

  • Dr. Hugo
    A los profesores encargados en cargos jerárquicos o directivos que provienen de la LCPM, se les aplica el RIM según ley de la Reforma Magisterial 2944(se les remunera por sus 40 horas de jornada). Pero a los profesores encargados en cargos jerárquicos o directivos que provienen de la Ley del Profesorado 24029, se le remunera solo por sus 24 horas de jornada. En planillas de la Región de Educ. de Tacna aducen que están aplicando un oficio emitido por el MINEDU. Por favor podría publicar el oficio si es que existe?.
    Le indico que las plazas directivas o jerárquicas están presupuestadas.

  • Dr. hugo saaludos.
    soy un profesor encargado este aaño en la direcciòn de una zona rural de Cajamarca, hasta la fecha no nos pagan las bonificaciones por encargatura pues en el mes de abril solicite el presupuesto para las horas adicionales pues yo vengo de la ex CPM estoy en la tercera escala y en la ugel me indican que mi IE esta por diferencia de hortas, favor de hacer algo por intermedio suyo ya que, dissculpeme pero hay que ser claros usted no esta ayudando mucho solo se limita a que enjuiciemos a las DRE por favor denos otras salidas a traves del MED. MUCHAS GRACIAS

    • Carlos. Yo le puedo dar sugerencias pero no puedo solucionar los problemas de cada profesor. No vivo en Cajamarca y como sabe los gobiernos regionales tienen bastante autonomía en sus manejos. Lo que tiene que averiguar es si su colegio tiene presupuesto para pago de encargaturas y si están pagando a otros directores. En la mayor arte del país no lo hacen. Saludos

  • DR. UNA CONSULTA. SOY DIRECTOR ENCARGADO, UNA DOCENTE CONTRATADA ESTA EMBARAZADA, Y NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS PARA UNA LICENCIA, PERO LA ESTÁ SOLICITANDO A MI PERSONA, ELLA VA A LUCHAR POR SU LICENCIA Y MIENTRAS TANTO EN LA DREP NO ADJUDICAN NUEVA DOCENTE DE COMUNICACIÓN CONTRATADA, AUNQUE YA TIENEN CONOCIMIENTO DEL CASO HACE 15 DÍAS…GRACIAS

  • Dr Hugo, muy buenas noches, soy una docente que pertenecio a la ley 24o29- II nivel, este año continuo asumiendo la encargatura de la direccion por funciones en mi institucion y esta no cuenta con plaza organica vacante,por tener 4 aulas pero segun el oficio 035 este año no tendria derecho a percibir dicha bonificacion.le agradecere aclare mis dudas.

      • Dr. Hugo y que de aquellas que asumimos direccion por funciones y que pertenecimos a la CPM (III nivel) y que ahora con la nueva ley estamos comprendidas en IV nivel? Entiendo que la 035 dice que seguiremos percibiendo lo que hasta el anio pasado 1000 soles aprox. Sin embargo solo tenemos oficio de encargatura firmada por el Director de la Ugel y no RD y la Ugel 07 se niega a darnos respuesta clara. Es mas, nos invitaron a denunciarlos. Cual es el procedimiento mejor que podria respaldarnos? Saludos y mis respetos como profesional.

          • Es Ud. muy amable por su respuesta Dr. Diaz. Le comento que las directoras estaremos en la Drelm este lunes, hemos hecho dos visitas antes a esta entidad y tenemos la conviccion de insistir. Invito a todas aquellas, que esten atravesando esta situacion a unirsenos y, aunque no sea nuestro estilo, presionar para que se cumplan nuestros derechos.

  • Dr. Hugo le felicito por asesorar a los colegas docentes mi consulta es que de acuerdo a la ley 29944 y reglamento para mi destaque a otra ugel necesito la autorizacion de mi ugel origen a pesar q ya me solicitaron por oficio la ugel de destino. En cuanto tiempo debe darme la respuesta y si es negativa q debo hacer.
    Saludos

    • José Angel. Espero que no le pongan problemas en su Ugel El realidad no hay norma que estipule plazos, lo que si seguramente ha hecho es formalizar el pedido de autorizacion de destaque explicando las razones del mismo y pidiendo que la autorización se dada. saludos

  • Dr.Hugo soy docente perteneciente a la UGEL-SANTA CRUZ de la Región Cajamarca, a mis colegas ENCARGADOS DE LA DIRECCIÓN DE SUS II.EE. ,este mes de agosto no han hecho efectivo el pago de dicha bonificación, incluidos los Unidocentes, Multigrados y Polidocentes. Han aplicado el Of. Mult. N° 035-2013 desde mayo a julio y el presente mes en la UGEL mencionan que no hay dinero. ¿Cuál sería la propuesta y sugerencia suya?

  • Dr. Hugo
    Le agradezco anticipadamente su amabilidad y la labor que hace por nosotros los Docentes.
    Mi Consulta es: Actualmente se me ha encargado la Direccion de un CEBA plaza Vacante por Cese del Director Titular, soy un Profesor de 24 horas con 30 años de servicio docente, estuve en el III nivel de la Antigua ley del Profesorado, hoy en la II escala Magisterial, y se me esta pagando solo S/. 165 nuevos soles adicionales a mi remuneracion, es decir por la Plaza de 40 Horas solo me reconocen en la Boleta de pago S/.2.38 lo cual es irrisorio, la pregunta es correcto lo que se me esta pagando?

  • Dr Hugo, por que se cambian las reglas en educación? De institución educativa multigrado. El año pasado pagaron a los de la CPM, estoy el en IV nivel de la ley de la reforma magisterial, en el oficio se lee que transitoriamente los profesores seguirán percibiendo las mismas bonificaciones que tenían antes de aprobarse la ley. por que no se paga? y que procedimiento seguir?

    • Felipe Santiago. Usted ve la forma como me expreso a mis artículo y verá que estoy muy lejos de asumir actitudes como las que usted señala. Cada quien tiene su estilo y maneras de alabar o cuestionar la actuación de otras personas. Estoy en otra línea de conducta. Saludos

  • SEÑOR HUGO DÍAS SERIA NECESARIO QUE USTED COMUNIQUE A LA MINISTRA DE EDUCACIÓN QUE REALICE UNA AUDITORIA A LA REGIÓN LA LIBERTAD, EN EL EL SECTOR EDUCACIÓN QUE ES EL SECTOR MÁS CORRUPTO, EN LAS PROVINCIAS DE OTUZCO JULCÁN Y HUAMACHUCO PUBLICAN QUE ESTÁN PAGANDO A 800 DIRECCIONE LO CUAL LA GERENCIA DE EDUCACIÓN ESTÁ MINTIENDO Y NO SE ESTA PAGANDO.

  • Ante todo gracias por su respuesta, mi pregunta es por qué no se paga las Encargaturas de los Docentes de la CPM, si son Plazas orgánicas presupuestadas y en mi caso estoy encargada desde el 2010, y en este año NO ME PAGAN, trabajo en una zona rural y el pasaje es costoso para remitir los documentos, espero pronta respuesta. Saludos para usted.

  • Buenas Dr. Hugo, soy docente nombrado en CETPRO por 30 horas, ahora en la II escala en la Ley de la Reforma Magisterial.
    Cuanto debo percibir si estoy encargado de la Dirección del CETPRO.
    Contamos con 6 especialidades…. en un solo turno…

    Un favor a ver si me envía el oficio 035 a mi correo…
    Gracias Dr.

  • Ellas noe. Hay que dejar por escrito en la Ugel el no pago pues de acuerdo a la norma les corresponde. En algún momento incluso varios de ustedes pueden llegar a juntarse y reclamar judicialmente ese derecho. El fallo no podría salir en contra. Saludos

  • Dr.tenga mis cordiales saludos como le dije soy directora encarga de institución unidocente fui a drej donde el director me dijo q no nos pagaran por dirección sólo pagaran a multigrados y polidocentes es verdad es algo injusto q no nos paguen nosotros tenemos a nuestro cargo 6 aulas es más cargados nuestro trabajo por favor saqueme de dudas y q medidas podemos tomar sino nos pagan por encargatura de dirección gracias

    • Mell. Es de esa manera como han normado el ejercicio de los encargos. Es más, lo que está sucediendo es que ahora, sean unidocentes, multigrado o polidocentes no les están reconociendo las bonificaciones ni jornada laboral. Saludos

  • DR. Buenas Noches.
    Este año para lograr incrementar mi jornada laboral de 24 Hrs.Solicité a Dirección de la Institución las 5 horas que habían y que año tras año figuraban en el techo presupuestario desde hace más de 10 años y que se juntaban en la “Bolsa de Horas”. Hasta allí,todo andaba bien, mes de marzo.Llegó el mes de mayo, y solicitar vía resolución el incremento de horas; pero grande es la sorpresa que los señores de la Ugel Morropon- Piura, manifiestan que dichas horas el MINEDU las han solicitado , por el cambio de Ley.
    Dr, es verdad lo que dicen los tecnólogos de esta Ugel?..o las han cogido para otra Institución?…Por favor , averigüe.
    Gracias Dr.

    • Jorse. Desde Lima me es dificil averiguar sobre un caso tan particular. En todo caso está eñ director del colegio para defender su presupuesto. Lo que puede haber sucedido es también que si en años anteriores no se emplearon esas horas entonces la Ugel consideró que estaban demás y decidió reorientarlas. Saludos

  • DR. HUGO; QUISIERA QUE NOS ACLARE SI ESTE AÑO SE VA A REALIZAR EL PAGO POR ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN Y SI YA AHY PRESUPUESTO PARA ESTE PAGO Y QUE LEY O NORMA LA RESPALDA, DE ACUERDO AL OFICIO DE MAYO AL PARECER DEBIA APLICARSE POR ESO FIGURA COMO MUY URGENTE, SOY DIRECTOR ENCARGADO DESDE FEBRERO 2013, EN MI IE SON 15 SECCIONES ENTRE PRIMARIA Y SECUNDARIA Y YO ME ENCUENTRO EN LA II ESCALA DE LA LRM PERO EN LA LEY 29062 ESTUVE EN PRIMER NIVEL, QUE PAGO ME CORRESPONDERÍA. AGRADEZCO SU RESPUESTA. SALUDOS DESDE AREQUIPA QUE HOY ESTA DE ANIVERSARIO.

  • Prof. Hugo nuevamente le molesto, cumpli los 30 años la UGEL dice que va a remitir la nomina al Gobierno Regional y ellos al MEF, usted podría interceder y llamar la atención que esto sea lo mas pronto posible, los del MEF demorarán?

    • Jorge. Lo que puedo es pedir al MED que se preocupe de velar porque las DRE cumplan con las obligaciones de pago a los profesores de sus adeudos. La verdad es que no se cuanto éxito habrá en ello pues parece que cada DRE hace lo que le parece. Saludos

  • profesor hugo previo saludo queria preguntarle mi caso soy docente de la ley 29062 que en la actualidad me encuentro en la II escala de LRM y estoy encargado en la direccion de mi plantel solo por funciones por que no tiene presupuesto queria consultarle si me corresponde el pago por encargatura o no gracias

  • Somos dos docentes que estamos postulando a la coordinación de TOE. ●YO, estoy en la 4ta Escala Magisterial, y tengo 25 años de servicio, 08 meses y 15 Días, de servicios Docentes oficiales. Grado de Bachiller en Educación y Titulo de Licenciado en Educación, Además Constancia de Egresado de Maestría concluido en Gestión y Administración de la educación. Diplomado en Actualización Profesional en Orientación y Tutoría, con una duración de un año académico equivalente a 1200 horas otorgado por la Univ. La cantuta, entre otros Diplomados y capacitaciones realizados. ●Mientras que mi colega tiene 2da escala ,Titulo de Master en educacion,mencion educación de la creatividad ,y tiene estudios hasta el 2do ciclo de Doctorado en Psicología Educacional y Tutorial, y 25 años ,24 Días de servicios Docentes oficiales. Mi pregunta es a quien de los dos le correspondería la coordinación de TOE (Tutoría y Orientación del Educando.por favor necesito la orientcion.

    • Roberto. Posiblemente en la evaluación saquen puntajes muy parecidos. Podría influir el tiempo de trabajo en el colegio. También lo que hay que tener en cuenta son los años de servicio como docente titulado y no si se trabajo no teniendo titulo. Saludos

  • que criterios Señor Hugo se debe tomar ahora con la nueva ley y su reglamento para cubrir encargaturas de plazas Directivas y Jerarquicas,ya que por cese se estan dando en Agosto¿prima la escala magisterial?, ¿el tiempo de servicios oficiales ?.Por favor necesito orientacion.

    • Robert. Hasta hace poco primaba el nivel magisterial pero con el cambio de niveles a escalas el MED no ha normado nada que no sea lo que dice la ley y reglamento de la reforma magisterial. Minimo II escala y 10 años de servicio. Saludos.

  • EN EL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,DURANTE ESTE AÑO 2013 NOS HAN ENCARGADO LA DIRECCIÓN EN LA CUAL LA UGEL DE LA PROVINCIA DE JULCÁN NOS HA PROYECTADO LA RESOLUCIÓN CON JORNADA LABORAL 40/30 Y EN UN ARTÍCULO DICE ” ENCARGO DE FUNCIONES DE DIRECCIÓN Y PARA EFECTO DE PAGO QUEDA DISPUESTO A LO QUE DIGA LA REGIÓN”; PERO NOSOTROS REALIZAMOS EL MISMO TRABAJO QUE REALIZAN OTRAS DIRECCIONES QUE SÍ LE ESTAN PAGANDO.¡NOS PAGARÁN LAS ENCARGATURAS QUE ESTAMOS DESEMPEÑANDO? POR FAVOR RESPONDER PARA PODER GESTIONARLO.

    • Miguelito. Lo dispuesto por el MED está en el oficio 035 y eso es lo que debe tenerse en cuenta como pago de bonificaciones. Las DRE y UGEL lo que deben hacer es tramitar el financiamiento de esas partidas en su calendario mensual de gastos. La cantidad de regiones que no pagan es muy grande y siembra dudas si hay o no presupuesto para ello. En todo caso el reclamo tiene que ir a ambos lados: a la DRE y el MED por incumplimiento de las normas. Saludos

  • soy docente de educación primaria.EN LA I.E. 11230 DE L CASERÍO V.P.C.-LAMBAYEQUE VENGO ASUMIENDO LA ENCARGATURA DE FUNCIONES DE DIRECTOR POR MAS DE VEINTE AÑO Y SOLO PERCIBÍ UN AÑO.SE RETIRO LA PLAZA PRESUPUESTADA. Y DICEN ACA EN LA UGEL DE LAMB. QUE NO HAY PAGO ALGUNO..AHORA QUE ESTAMOS EN LA NUEVA LEY Y TENGO EL I NIVEL Y HAY DOCENTES QUE ESTAN EN EL IV NIVEL NO QUIEREN ASUMIR RESPONSABILIDADES .TENDRE ALGÚN BENEFICIO RETROACTIVO . LO TENDRE QUE SOLICITARLO. DISCULPE LA MOLESTIA…VENGO LA LEY DEL PROFESORADO…

  • Saludos y gracias por alguna informacion al respecto, Soy Director de una IE multigrado, tengo 6 aulas de primaria y 5 de secundaria el año que ha pasado se me pago por Direccion pero este año nada hasta la fecha, agradeceria me indique cual seria la diferencia por Direccion el presente año, gracias por la molestia

  • buena noches quiero consultar soy directora encargada del IEI N° 504 CPM STA MARIA ALTA distrito de nuevo imeprial cañete – ugel 08 cañete.
    el año pasado me pagaron la encargatura 1200 mensual este año hasta el momento nada .
    yo postule a la nueva ley de la carrera publica estoy en el tercer nivel cuanto debo percibir y si me corresponde .En mi institucion tengo aula cargo y tres q funcionan zona rural orienteme gracias

    • Ysabel. En varios lugares del país, por no decir en la mayoría no se está pagando por encargatura. En el oficio 035 debe leer los casos y ubicarse si en algunos de ellos se responde a su situación, de lo contrario de acuerdo a la nueva directiva no le correspondería percibir bonificación. Entiendo que se escuela es multigrado, ¿cierto?. Saludos

  • DOCTOR HUGO, BUENOS DIÁS. SOY DIRECTOR EN UNA I.E. MULTIGRADO -UGEL PALLASCA, EL AÑO PASADO SI ME CORRESPONDIÓ EL PAGO POR ENCARGATURA DE DIRRECCIÓN EN ESTE AÑO DE ACUERDO AL OFICIO MULTIPLE 035 LO ENTIENDO QUE EXCLUYE A A UNITARIOS, PERO EN UNA RESPUESTA QUE LEI que dECIA Q TAMBIÉN NO CONSIDERA A MULTIGRADOS. QUISIERA Q ME ACLARE SI CORRESPONDE O NO A MULTIGRADOS.

  • Saludos Dr Hugo Díaz.
    MI consulta es la siguiente: En la I.E que laboro la plaza de Director va a estar vacante por cese por limite de edad. Sin embargo el Director de la UGEL a la que pertenece el colegio dice que va a ocupar la plaza vacante un director titular procedente de otra I.E que por motivos de una sentencia ha sido removido de su colegio. Por lo que ha generado malestar en algunos profesores que se resisten a este movimiento que hará el Director de la UGEL. ¿Es procedente?. Los subdirectores ya no podran solicitar la encargatura entonces….quisiera su opinión técnica…Gracias.
    Por supuesto que el concurso que se viene es la solución y es prioritario.
    Gracias por su respuesta

    • Rocío. Depende si la plaza va a ser concursada o no. Aproximadamente un tercio de las plazas de director serán concursadas, el resto lo serán el próximo año. No es una buena política de la Ugel traer un director que será removido por sentencia. Saludos

  • Soy docente de la UGEL Angaraes – Huancavelica me apena mucho que la Ley de la Reforma se sustentaba en la mejora de las condiciones laborales y remunerativas pero veo con mucha tristeza que es todo lo contrario perjudicando y matando la ilusión de entrega de cada maestro a su labor sobre todo el caso de las encargaturas que aun no se pagan y no puede funcionar una administración sin un sol de presupuesto cuando la carga de responsabilidad es muy fuerte, la verdad espero se rectifiquen sino el Perú se va en pique y no es como creen q estamos en un apogeo y bonanza de la economía nacional eso no se refleja en clase mas humilde como es el magisterio

  • Profesor Hugo, acabo de cumplir los 30 años de servicio al magisterio, presente la solicitud a pesar de ser de oficio en la ugel Huaraz, me sale la Resolucion indicando que no hay presupuesto para este tipo de pagos, y que el ministerio de economia no tiene dinera.espérate un mes o tal vez 1 año versiones del director. Qué hago a donde recurro, cual es la
    norma que me apoya, etc.
    Saludos

    • Jorge. La ley lo apoya, pues dice claramente los derechos que tiene al cumplir los 30 años. No solo me refiero a al nueva ley de reforma magisterial sino a las que ya han sido derogadas. Presente su reclamo con copia a la Unidad de Personal del MED y a la Defensoría del Pueblo. Saludos

  • Dr. Hugo buenas noches,una consulta los Directores de los CETPROS no han sido incluidos para la evaluación, cosa que es algo inaudito,no sé cual es el propósito del MED. Yo estoy en la Quinta escala magisterial y mi Directora en la primera, me pregunto ¿ Ella nos va evaluar en desempeño docente? se supone que los Directores deben ser superiores a los docentes.

  • Dr. Hugo Díaz. Saludos. Con mucha pena acabo de enterarme de este oficio 035. Yo, con mucha ilusión, coberturé por encargatura, una plaza de jefe(e) de laboratorio este año, pero resulta que ahora, el planillero de la ugel me dice que solo me darán 0,45 n.s. por cada mes. En la 24029 yo tenía III nivel, ahora tengo nivel II. ¿Es correcto lo que me indican en la ugel? Yo pensé que al menos me reconocerían las 40 horas según la tasa por hora del nivel II, que haría algo de 2200 n.s. Gracias.

    • Jefe Laboratorio. Es una jugada prevista en la ley y el reglamento. Durante dos años se pagará con el valor de las mismas bonificaciones que habían antes de la ley dependiendo del régimen laboral en el que estaba. Indudablemente que los de la Ley del profesorado estaban en peores condiciones. Saludos

  • Soy profesor proveneinte de la CPM IV nivel y fui hoy dia a la UGEl La esperanza Trujillo, ellos quieren pagar pero no hay fondos, orden ahy, recien hoy dia van emitir a la Region la Libertad, el pago se hara el problema esta en las reguiones segunveo ,los presidentes regionales tienen que hacer el tramite respectivo, si no pagaran es cuestion de desicion politica del estado a traves del MEF. Saludos

  • SOY PROFESORA PROCEDENTE DE LA LEY 29062. ESTOY EN LA IV ESCALA MAGISTERIAL SEGÚN LA NUEVA LEY, MI PLAZA DE PROGEN ES ASESORÍA DE MATEMÁTICA DE LA iNSTITUCÍÓN EDUCATIVA “NUESTRA SENORA DE GUADALUPE Y ACTUALMENTE ESTOY ENCARGADA DE LA SUBDIRCCIÓN DE FORMACIÓN GENERAL DE LA MISMA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
    SEGÚN EL Oficio Nº 0035-2013/Minedu-SG/OGA-UPER sobre destaques y pago de encargaturas. EL PAGO POR ENCARGARURA ES EL 10% DEL RIM EN MI CASO EQUIVALE A S/.259.00 POR ESTAR EN EL III NIVEL DE LA LEY 29062 HASTA EL 2012.
    SIN EMBARGO EL ANEXO 1 INDICA QUE SE ME TIENE QUE PAGAR UN MONTO DIFERENTE EQUIVALENTE A S/. 155.00 SEGÚN EL SEÑOR DE PLANILLAS DE LA DREU UCAYALI
    ENTONCES ESTA SITUACIÓN NO ESTÁ CLARO QUISIERA QUE POR FAVOR ME EPLIQUE ESTA DIFERENCIA.

  • Los diferentes oficios que salen de Minedu tienen contenidos hermosos ,pero en la practica casi no se cumple en la UGEL de HUARAL – LIMA PROVINCIA por que las autoridades que dirigen esta institución siempre repiten lo mismo NO HAY PRESUPUESTO .
    EN EL 2011 tuve la encarga tura de la subdirección de mi Institución educativa y económicamente no percibí nada ,en la actualidad 2013 también estoy ocupando el mismo puesto ,el director de la u gel y otros funcionarios vienen mencionando que esta año tampoco van a pagar por encarga tura

    • Felix. Si la ley de RM quiere que se tenga éxito lo primero que debe asegurar el MED es pagar como se debe. No ´se cuan conscientes sean de ello los altos funcionarios. parecería que no al verse dejar pasar las cosas. Ya son muchos meses y nada. Saludos

    • Azul. Las encargaturas de dirección y subdireccion deberían ser pagadas con una jornada laboral de 40 horas y la notificación correspondiente de acuerdo al oficio 035. Lo que sucede es que las Ugel vienen desconociendo el mencionado oficio. Saludos

  • Buenos Días Dr. Hugo Díaz,soy profesor de primaria ubicado en la 4ta escala, este año me encargaron la sub dirección y tengo resolución desde febrero pero hasta la fecha no se paga a ninguno de la ex CPM, a pesar que existe el oficio 035 de mayo ordenando que se pague, pero en la UGEL que pertenezco, UGEL Santa-Ancash, se está pagando, desde mayo, solo a los de la LDP, mi pregunta es es se nos va a pagar o no, o tendremos que esperar hasta cuando y porque la discriminación con nosotros, solo porque apostamos por la meritocracia, ojalá Ud. pueda interceder por nosotros. gracias.

  • doctor HUGO el 10% no el monto que se pagaba en la LEY CPM
    De acuerdo al reglamento, INDICA que deberia ser lo mismo del año anterior. que hacer?: solicitar el pago a la ugel, me indican que despues hay silencio administrativo negativo y luego hay que ir a servir o al poder judicial , orienteme sobre el procedimiento por favor.

  • DR.HUGO; si estoy en IE MULTIGRADO, estuve desde el 2009 en el III nivel de la CPM Y ahora en el IV de la ley de reforma magisterial, dice que transitoriamente los profesores seguirán percibiendo las mismas bonificaciones que tenían antes de aprobarse la ley. CUANTO ME CORRESPONDE PERCIBIR??

  • Dr. Hugo Diaz
    Una consulta, en mi región para las enacargaturas de directivos se aplico el Oficio No 05 del MED, pero que se obvio los requisitos que estaban en la segunda pagina omitida en su publicación no se sabe si a drede, ahora que los interesados se enteraron, quieren que se cumpla de acuerdo a los requisitos.
    Eso seria lo correcto, pero la DRE no quiere, que hacer en ese caso. A quien recurrir. En todo caso confirme me el numero de paginas de dicho oficio No 05, porque así como en mi región en varias regiones se ha omitido la segunda pagina, solo han publicado la primera y la tercera.
    Gracias
    Que Dios siempre lo acompañe.

  • Prof. soy docente nombrada en la antigua ley estaba estancada en el II nivel y el nueva estoy en la primera escala, de acuerdo a mi CAP, soy subdirectora encargada en plaza vacante libre(hay presupuesto) pero este mes no me han pagado encarga tura porque dice solo hay para los que ingresaron la CPM o dieron examen. Ahora, No todos estamos en al misma ley? Cuanto Ud. cree que debe ser mi sueldo si tengo 38 secciones a cargo? gracias por la respuesta.
    Este espacio es muy bueno para socializar con personas que saben de la materia muy bueno.

  • SOY DIRECTOR ENCARGado DE UNA INSTITUCION EDUCATIVA INTEGRADA ES DECIR SE ATIENDE LOS TRES NIVELES: INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA, PERO NO EXISTE LA PLAZA ORGANICA DE DIRECCION, TAL ES ASI QUE DESDE EL AÑO 2011 A LA FECHA NO ME PAGAN EL TRABAJO ADICIONAL POR DIRECCION,FUI INCORPORADO A LA CPM EN EL AÑO 2010, DE ACUERDO AL OFICIO MULTIPLE Nº 0035-2013-MINEDU/SG-A-UPER, NO ESTIPULA EL PAGO DE ENCARGO POR FUNCIONES, ES ASI QUISIERA QUE ME EXPLIQUE EL POR QUE, YA QUE CUMPLO EL MISMO TRABAJO QUE OTROS DIRECTORES ENCARGADOS EN PLAZAS ORGANICAS

  • Dr. buenas noches una consulta; en la regiones en las que aún no se cancela la asignación de encargatura de dirección y que según el oficio N° 345 del 21 de mayo del MINEDU, indica textualmente que; deben ser cubiertos con cargo al presupuesto institucional del ministerio de educación y de los pliegos de los gobiernos regionales y que además se tenía hasta el 31 de enero para que las Ugels hagan las respectivas modificaciones presupuestarias para el pago de estas asignaciones; y que evidentemente no lo hicieron, que va a pasar en estos casos, que debemos hacer los directores perjudicados, a quien debemos recurrir, debemos denunciar este hecho al MED, solicitar a los gobiernos regionales que asuman estos pagos o se debe pedir el presupuesto al MINEDU, con el peligro que demore todo un año para esto, espero su acertada sugerencia y muchas gracias por todo.

  • OTRA CONSULTA MÁS.EN ESTE AÑO, NUEVAMENTE ESTOY ENCARGADO DE LA SUBDIRECCIÓN. ES UNA PLAZA ORGÁNICA QUE FIGURA EN EL CAP. ES DE 40 HORAS, NO DICTO HORAS DE CLASE Y CONTAMOS CON 37 SECCIONES.PERTENECÍA A LA LEY 24029 Y ESTUVE EN EL III NIVEL.UN DETALLE: CUÁNTO DEBE SER LA RIM QUE DEBE FIJURAR EN MI BOLETA O QUE DEBO GANAR Y CUÁNTO ME DEBEN PAGAR POR ESA ENCARGATURA.DE ANTEMANO MI AGRADECIMIENTO POR SUS ALCANCES.

    • Luis. Supongo que estuvo en el III nivel de la ley del profesorado; por tanto ahora en la segunda escala. Su jornada es a 40 horas y lo que le deben de pagar esa S/. 1710. Revise los casos que están en el oficio 035 y alli encontrará el dato. Saludos

  • DR. ESTE 06 DE JUNIO HE CUMPLIDO 30 AÑOS DE TIEMPO DE SERVICIOS. YA LO HE SOLICITADO A LA UGEL DE BAGUA.DESDE EL AÑO 2012 Y A LA FECHA ESTOY ENCARGADO DE LA SUBDIRECCIÓN DE 40 HORAS. PREGUNTO: TENDRÉ QUE HACERLO POR VÍA JUDICIAL O SERÁ DE OFICIO Y CUÁNTO ES LO QUE DEBEN CANCELARME. MUCHO AGRADECERÉ.

  • Dr. Hugo:
    A pesar que el Oficio N° 035 se ha emitido el día 06 de mayo con carácter de urgente para que sean reconocidos los pagos por encargaturas, acá en la región Junín la respuesta de los responsables de planillas es que no hay dinero, que pueden haber oficios, decretos, leyes; pero que si no hay dinero de dónde se paga. Parece una burla total del MED o en todo caso no sé si la responsabilidad es de la DREJ que siempre espera el fin de año para hacerlo.¿A quién recurrir a fin de regularizar este problema?

  • Dr. Es el caso de una colega. Desde marzo está encargada de la asesoría de letras, que es de 40 horas. Le habían pagado según lo que era correspondiente de acuerdo al RIM, pero en mayo y junio, sólo le han pagado S/. 2.80.- y le han dicho que esa es la cantidad que va a ganar por el encargo de las 40 horas. ¿Dr. esto es legal? Por favor, explíqueme. Pertenecemos a la UGEL de Bagua -Amazonas.

    • Luis. ¿significa entonces que le estuvieron pagando mal en los meses anteriores? ¿Si es así, hay riesgo que lehagan devolver lo que le pagaron demás? Lo que dice la ley es que en materia de bonificaciones los profesores seguirán ganando comiera en el régimen anterior. Si bien había muy oca diferencia entre un profesor de 24 o 30 horas con uno de 40 horas, no creo que la diferencia sea solo de 2.80 soles. Algo no está bien en lo que le han dicho. En un par de semanas me reuno con los encargados de la ley. Pondré el caso en estudio. Saludos

  • Buenos días: Ante todo muy agradecido por poder compartir este espacio que absuelve interrogantes y nos da las herramientas necesarias para reclamar por nuestros derechos. Soy docente nombrado, a diciembre del 2012 estaba ubicado en el III nivel de la Ley 29062 CPM, tengo encargatura de laboratorio,(Marzo – Diciembre) jornada 40 horas, dicto 12 horas pedagógicas. Tengo algunas dudas, el pago que se me hará según lo leído es la diferencial de jornada de trabajo adicional (haber 155) y por cargo jerárquico (haber 136) estos dos montos son adicionales a lo que percibía a diciembre del 2012 o al monto que recibo desde enero del 2013 (IV escala magsterial)- de nos ser así, disculpe la repregunta, estaría ganando lo mismo que hace dos años cuando también tenía la jefatura de laboratorio?.
    Agradeceré infinitamente absolver mis dudas. Y nuevamente felicitarlo por su tiempo y dedicación.

  • Dr. Hugo Díaz
    Reciba mi cordial saludo, y felicitarle por las constantes absoluciones de preguntas realizadas por el Magisterio Nacional, seguidamente para hacerle otra consulta:
    Mire, en el anexo 03 del oficio múltiple N° 035-2013-UPER, especifica en el caso práctico N° 09 que un docente de la Ley 24029 con II nIVEL mAGISTERIAL, UBICADO EN LA SEGUNDA ESCALA DE LA LEY 29944 SE VA DESTACADAO Y ENCARGADO COMO eSPECIALISTA DE eDUCACIÓN EN UNA SEDE ADMINISTRATIVA.Y ESTABLECE SUS MONTOS A PERCIBIR, SIN EMBARGO no indica que un docente que actualmente se encuentra en la segunda escala magisterial proviniente de la ley 29062 desempeñe tal encargo, la pregunta es la siguiente ¡si el Ministerio faculta que un docente ubicado en la segunda escala magisterial proviniente de la Ley 24029, tambien puede desempeñar tal encargatura un docente ubicado en la misma escala, pero que proviene de la Ley 29062?…… además si podría realizar usted un análisis del porqué no establecieron como caso práctico esta situación, si ambos pertenecen se encuentran en igualdad de condiciones. Gracias

    • Hugo. Lo que sucede es que hay que separar casos de la ley del profesorado bidé la Cpm pues las bonificaciones son diferentes. La ley de reforma magisterial dice que transitoriamente los profesores seguirán percibiendo las mismas bonificaciones que tenían antes de aprobarse la ley. Eso lleva a constatar que los que están en la ley de tendran trato diferente segun el regimen donde provengan, saludos

  • Primeramente es para felicitarle por la labor que viene haciendo en favor de la educación, he querido bajr el ofic 0035 pero me sale un error que el documento esta dañado le agradeceria me envie a mi correo ya que aca en Cerro de Pasco tenemos ese problema que no se esta pagando las encargaturas de dirección por lo que nos urge contar con este documento muchas gracias por el envio.

  • Doctor Hugo, estoy encargado en una Dirección de la UGEL 01, designado por concurso, hice mi queja en el libro de reclamaciones del MED por el pago diferencial de las horas adicionales a mi jornada laboral y me respondieron que el presupuesto esta en cada UGEL y que en junio debe empezar a pagar según el oficio 035, pero en esta UGEL cuando uno se acerca a preguntar nos responden que no hay nada todavía, sabe usted de alguna UGEL que ya esté pagando?, gracias por su respuesta.

    • Willy. Lo que sé es que todavía no están pagando y me preocupa pues el oficio puede quedar en letra muerta si es que o se niegan a cumplir o no hay presupuesto. Si no se paga cómo proceder a hacer concurso de cargos directivos? Saludos

  • Estoy encargado como director con 40 cronológicas y al mismo tiempo tengo que cumplir 30 horas pedagógicas en aula en la modalidad técnico productiva “CETPRO” me acerco a planillas y me indican que no me corresponde pago alguno. Primero por que es encargatura de funciones segundo porque en la resolución en la parte resolutiva no indica afectesee al presupuesto año fiscal 2013, tercero soy contratado y no me da ningún derecho, siento que estoy siendo discriminado igual cumplo con las funciones de acuerdo a la ley de la reforma magisterial, responsabilidades y otros que me recomienda hago mi denuncia, busco un abogado que hago.

  • Dr. Hugo Díaz
    Deseo saber si corresponde pago por ENCARGATURA DE FUNCIONES DE DIRECTOR es decir, cuando a un docente nombrado se le ha encargado tales funciones en institución educativa que no existe plaza orgánica vacante de director. De corresponderle, cuanto sería, tanto a los de la I Escala provinientes de la Ley 24029, así como a los de la II Escala provinientes de la Ley 29062?. Gracias

    • Hugo.En el Oficio 035 están las diversas situaciones en las cuales podría recibir la bonificación. Depende del tipo de institución en la que trabaja, el número de secciones. Si cumple con esos requisitos como encargado podría recibir la bonificación. Sin embargo, lo que está sucediendo es que hasta ahora no pagan. Saludos

  • buenas noches doctor hugo diaz, un gusto saludarlo y a la vez felicitarlo por absolver muchas dudas sobre temas diversos que no tenemos muy claro. mi consulta es la siguiente: en mi caso soy docente nombrado hasta el año pasado como docente de 24 horas nivel secundario incorporado a la CPM III Nivel, este año en el IV nivel de la ley de desarrollo docente y por concurso publico estoy ocupando el cargo de Sub DIrector con 40 horas cronológicas y 24 aulas a mi cargo en el nivel secundario. Mi pregunta es ¿cuanto me corresponde por la encargatura de sub dirección según el oficio 035? le agradezco por anticipado su respuesta

  • buenos dias señor Hugo, necesito leer el oficio N° 0035 si le es posible enviarmelo a mi correo, pues soy docente nombrada con encargatura de direccion y como muchos directores de la ugel Ayabaca Piura, tenemos dudas al respecto t esto se suma, al abuso de autoridad de los responsables del pago.

    • Francisco. Son ejemplo de casos de situaciones institucionales. Hay por ejemplo el caso de un director de escuela unidamente o multigrado. Este del 20 es de un director encargado que ocupa el cargo en una determinada característica de escuela. Saludos

  • doctor porque no se paga a los docenetes contarados que asumen la la encargatura de la direccion por el hecho de no pagar por la encargatura de la direccion de las IE. multigrados los docentes contratados estan renunciando masivamente el encargo de direccion cual es la solucion si no se paga y cual es la norma que ampara gracias

    • Angel. Parece que no habrán pagos de encargo con excepción de los considerados en el oficio 035. Si a los docentes contratados se les pagaba por asumir encargos entonces podrían reclamar el incumplimiento de la ley que dice que mantendrán las bonificaciones que tenían. Si no se les pagaba no hay nada que hacer. Saludos

  • mis cordiales saludos doctor, por favor como lo interpreta usted el caso practico numero 18?, donde se refiere a un docente de institucion educativa unidocente, que indica que se le pagara bonificacion por direccion, ademas la misma ley indica que seguirán percibiendo las asignaciones que ya venían recibiendo. HABRA PAGO PARA UNIDOCENTES??

  • consulota; en la UGEL existe una plaza con denominacion Docente cordinador de pronoei de jornada laboral de 40 horas y cuando se le encarga a un docente de 30 horas no acepta nexu, y cuanto le corresponde percibir el encargado po 40 horas.

    • Sandro, Depende si la plaza está en concurso o no. Si no lo está el Nexus no le responderá. Si está en concurso podria haber un problema de acceso. En cuanto a la jornada de 40 horas depende de la escla en que está. Saludos

  • MI ESTIMADO SEÑOR HUGO LO QUE ME GUSTARIA SABER ES SI ME CORRESPONDE PAGO POR ENCARGATURA DE DIRECCION O ESTOY TRABAJANDO EN VANO EN MI COLEGIO TODOS SOMOS CONTRATADOS Y EN MI UGEL NO ME PAGAN ESTE DERECHO
    AGRADECERE NUEVAMENTE SU RESPUESTA

    • Carlos, Respecto a su comentario y el anterior, en efecto, la ley dice que seguirán percibiendo las asignaciones que ya venían recibiendo. En caso de que ello no suceda tendrían la vía judicial para reclamar el cumplimiento de la norma. Saludos

  • Dr. Hugo Diaz, en el caso practico Nº18, del oficio, se aprecia un ejemplo de un docente de institución educativa UNIDOCENTE, lo que hace suponer que también se nos pagara a los docentes con encargatura (unidocentes y multigrado) sin embargo en algunos comentarios, usted indica que nosotros no estamos considerados para pago. Espero pueda aclarar y de no ser considerados que acciones podemos tomar ya que seria injusto, que en este año se nos deje de lado.

    • Carlos.Como observa en el articulado de la norma, no se consideran asignaciones para las escuelas multigrado ni unidocentes por cargo directivo. Lo que no está normado aún es cómo serán las bonificaciones por trabajo en ese tipo de escuelas y hacerlo en zona rural. Es lo que habría que demandar que se acelere una definición al respecto pues los porcentajes aún no están definidos. Saludos

  • Dr. buenas tardes quisiera tener más información sobre el portafolio docente dentro del marco de la evaluación de desempeño y también como es su estructura especifíca para armarlo tengo poca información al respecto, le agradecería su Usted puediera darma algún alcance.

    • Maylale. El portalolio es un conjunto de evidencias que usted puede mostrar para que los evaluadores comprueben el nivel de cumplimiento de uno o mas indicadores del desempeño laboral. Por ejemplo, si el indicador es: Programa oportunamente las clases que dicta, lo que podría hacer es demostrar que antes de dictar clase usted presenta a la coordinación o su superior inmediato lo que piensa trabajar la semana siguiente. Otro ejemplo, si el indicador es que usted conversa con los padres de sus hijos podrìa tener un cuaderno en donde registra todas las reuniones que tiene con sus padres. Todavía no ha producido el MED un documento al espeto. Saludos

    • José. La norma que se apruebe no puede ir en contra la la Ley que dice que se puede postular a partir de la II Escala y teniendo por lo menos 10 años de servicio. Si está en una escala superior y cumple con la antiguedad no debe tener problemas. Saludos

  • En el anexo 3 del oficio múltiple 035-2013-sgoga-uper, se consideran algunos ejemplos prácticos, sería posible que a aprtir de nuestras propias situaciones y casos se propongan nuevos ejemplos, para así poder contrastar con lo que nos los técnicos en planillas de las UGEL a las que pertenecemos. De ser posible esto estaría dispuesta a compartir mi caso con ustedes.
    Gracias

  • Señor Hugo reciba mi afectuoso saludo mi consulta es la siguiente: el pago por encargatura de puesto (subdirección) está afecta a descuentos como afp, entre otros. el caso es el pago del año pasado-docente perteneciente a la CPM.

  • Buenas tardes doctor Hugo; para saludarlo cordialmente y felicitarlo por aclararnos ciertos temas que han generado dudas en el profesorado, quisiera consultarle lo siguiente:
    mi persona es nombrado antes del año 1994, los llamados directores eternos, que va pasar con nosotros vamos a tener que postular o no, porque de hacerlo seria un atropello a nuestros derechos y que podremos hacer…o solo se van a coberturar las plazas que se encuentren vacantes o aquellas que vienen siendo ocupadas por Directores designados… por favor le pido me aclare tal situación…

  • Buenas noches don Hugo, soy docente encargado de una direccón(III nivel ley del profesorado, II escala LRM), según entiendo se me va a reconocer una bonificación de tan sólo S/180,00 aproximadamente, según el oficio 035 porla jornada de 40 horas, siendo mi jornada anterior de 24 horas?, me parece ilógico.

    • Mario. Es una de las razones por lasque la ley ni el reglamento contemplaban los porcentajes de asignaciones si contemplados por la CPM. En efecto, muchos directores ganarán una bonificacion menor de la que antes recibían. Saludos

  • Dr. Diaz, este oficio es muy ilustrativo respecto a la forma de pago, no deja lugar a dudas respecto a los montos y también establece el cuándo es cuestión de leer comprensivamente.
    Respecto al presupuesto este ya ha sido destinado, según mi parecer.
    Comparto el siguiente enlace para el documento que presentaré el día lunes, con el que pretendo se cumpla el pago por DIrección: https://mega.co.nz/#!ll8TWBgB!cBYsMAOBXHBcqJMeXuxnnnUYQX4IH788Lo9u5Q6qMK0
    En la UGEL Chucuito Juli me informan que aún no se han habilitado los “campos” para el pago, y que falta autorización del MED hecho que se contradice con el contenido del mencionado oficio que señala claramente que esta acción ya se ha cumplido, por lo que me permito solicitar por su intermedio algún número telefónico para comunicarnos, Saludos

  • Buenas Noches Doctor trabajo en la UGE Tayacaja- Huancavelica donde para este mes me pagaron 1300 por 30 horas aparte de ello desempeño las funciones de directora,y la institución es unidocente aduciendo que no hay presupuesto , este descuento ha sido afectado para todos los que integramos la UGE Tayacaja es uns pena que en vez de mejorar los salarios cada vez va de peor en peor.

  • Dr. muy buenas, en la UGEL Cajamarca a la que pertenezco, hasta la fecha no sacan las resoluciones de encargaturas y dicen que las van a sacar solo como encargo de funciones, ademas dicen que no hay presupuesto para pagar estos encargos (soy de la ley 29062) digame ellos tienen que hacer alguna gestión para esos recursos ya que el año pasado pagaron en diciembre perro por la transferncia que hizo el MEF despues que se gestionaron los recursos, ademas indican que estas encargaturas no estan prvistas para este año…

    • RosarioEso es un problema. El Oficio 035 traerá cola pues recorta bonificaciones que ya venían recibiendo. El argumento es que están en una nueva ley. Lamentablemente esto parece un retroceso respecto de la CPM pues los encargos si eran reconocidos en todos sus beneficios al igual que un titular. Saludos

      • Buen dia Sr. Hugo Diaz, le comento que somos un grupo de Directoras encargadas por funciones que hasta la fecha (Setiembre) no obtenemos ningun tipo de respuesta formal por parte de la Ugel a la que pertenecemos con respecto a nuestra situacion pues aun no contamos con Resolucion y tampoco se estan haciendo efectivos nuestros pagos. En mi caso pertenecia hasta el anio pasado a la Carrera Publica Magisterial. Nos hemos apresonado innumerables veces a la Ugel 07 y no nos responden y evaden nuestra situacion, menos tenemos una respuesta escrita. Entiendo que la 035 ha generado inconvenientes y vacios. Sin embargo, no tendria la Ugel a estas alturas sincerarse con nosotras, asi tenemos posibilidad de optar si continuamos en el cargo o no. Saludos!

        • Zully. Comparto sus preocupaciones. Yo he conversado con autoridades del MED y dicen que van a regularizar el pago pero no dicen cuando. El relamo es generalizado y la ministra es consciente del descontento de los maestros sin embargo se necesita mas acción. Saludos

  • Dr. Hugo el oficio múltiple 035 hace mención de como y cuanto nos deben pagar a los Directores encargados más no cuando, por que refiere de que en junio se implementara el SUP sabe usted si el presupuesto ya está en las UGELs, o se tiene que gestionar recién al MED como el año pasado

    • COLEGAS…EL PRESUPUESTO SE TIENE Q LUCHAR EN EL MEF..EL AÑO PASADO DESDE PIURA HICIMOS MAS DE 8 VIAJES AL MINEDU Y MEF JUNTO A LOS SEÑORES DEL GOB REG DE PIURA ..LAS UGELS ENVIAN LAS RELACIONES DE TODOS LOS DIRECTORES A CADA REGION Y LUEGO AL MINEDU JEFE PERSONAL ,JEFE DE PRESUPUESTO DEL INEDU Y FINALMENTE LA INSTANCIA FINAL EL MEF PERO SIN GESTION NO SALE NUNCA….HAY Q APURAR Q CADA UGEL SAQUEN LAS RESOL URGENMTE Y LAS HAGAN BIEN TOMANDO COMO REF EL O0FICIO 035- RESOL EN DOS GRUIPOS LOS QUE ESTUVIMOS EN LA LEY CPM APARTE DE LOS DE LA LEY DELPROFESORADPO Y CONTEMPLANDO LO QUE SEÑALA EL DOCUMENTO SI NO ES ASI SERÁN OBSERVADO Y NO SE LES PAGARAMN ASI DE SIMPLE

  • Dr. Hugo soy uno de los 12 directores (Ex Ley CPM) de la jurisdicción de la Ugel Tambogrande que el año 2012 no recibimos pago por Dirección por errores que cometieron los funcionarios de la DREP Piura y otros, ahora el MEF en carta enviada a la Presupuesto de la Región Piura manifiesta que no existe deuda alguna, es lamentable esta situación de haber laborado un año en el cargo de dirección a algunos les pagaron algo, la pregunta ¿habrá pago para los directores que el 2012 no recibieron bonificación?. gracias por su respuesta y que gestión tenemos que realizar en adelante.

    • Miguel. Habría que averiguar porque no se pagó. Si es porque los fondos se derivaron a otros pagos, si ustedes ejercen cargos de dirección en escuelas pequeñas que no están en los alcances del DS 0035 u cualquier otra razón. En varios sitios pagaron las bonificaciones el año pasado, el otros no. Saludos

  • buenos dias Dr. Hugo Diaz pido un favor por mi consulta soy Director (e) segun concurso 003-2013 con R.D. N° 155 de la UGEL Lampa con 24 horas es injusto y ademas sin pago alguno a la fecha actual quisiera saber cuanto es mi haber soy de l 24029 del IV nivel ahora con la III escala en el nivel secundario rural cuanto debo de percibir muchas gracias ddoctor

      • Soy profesor proveniente de la ley del profesorado, actualmente estoy en la I escala Magisterial, estoy como encargado en una jefatura de taller por 40 horas, mi remuneración adicional por dicho cargo es de 2.39 mensual, en cambio los profesores titulares como jefe de taller que provienen de la ley del profesorado y de la Carrera Pública Magisterial si están percibiendo una remuneración por tal cargo es muy superior a la
        nuestra, por que esa diferencia abismal si todos los docentes estamos considerados en la nueva Ley 29944,ley de Reforma Magisterial, solicito una aclaración al respecto. Gracias

  • soy director(e)por mas 17 años de una IEP secundaria rural con 5 secciones a cargo,sin secretario,sin auxiliar,sin apoyo de APAFA, que ademas obligan ha dictar 12 horas pedag.y hacer gestiones correspondientes es muy injusto e inhumano y asi se exige buena enseñanza aprendizaje con que tiempo uno se va a superar. por favor sean reales modifiquen las normas y leyes

  • Buenas tardes Dr. mi reconocimiento por los esfuerzos que hace Ud. para sacarnos de dudas en algunos asuntos de interes para los maestros que trabajamos a nivel de todo el Perú y principalmente en zonas alejadas en donde algunas veces no hay internet y tenemos que esperar el fin de semana para revisar informacion. He estado viendo el oficio 0035 en la que no veo tan claro el pago para lo profesores que trabajamos en II.EE. UNIDOCENTES, por lo que también cumplimos las funciones de Director. Dr. si fuera amable podria Ud aclararme, cuanto es que nos corresponde soy proveniente de la Ley 29062 segunda escala magisterial. GRACIAS POR SU RESPUSTA

    • Rubén. La verdad que también tengo esa preocupación. Al parecer no le reconocen el cargo desempeñado. Lo que hay que ver es como reglamentan el trabajo en zona rural y escuela unidocente para ver si ello compensa. Saludos

  • Buenas noches amigo hugo…hoy tuve el gusto de saludarlo en el evento que organizó La Telefonica con los directores en Piura,,,,y gracias que me brindó esta información del Oficio 035 que ha salido el 6 de mayo …aclarando el procedimiento que debe hacerse para los pagos de encargaturas y con este documento tener una arma legal para exigir que nos paguen completo ya que el año 2012 (recien nos pagaron este año en enero después de una ardua batalla)pero solo pagaron el pago diferencial de las encargaturas más no la ASIGNACIÓN POR CARGO…Según el oficio 035-2013 al igual que el aficio del año 2012,el pago diferencial en un director del 3er nivel(2012) de escuela rural multigrado es s/647.6 y la asignación por cargo es s/291.45 ..esto es lo real y justo…el MEF envia el pago diferencia mientras el dinero para las asignaciones por cargo ya el MEF lo envia a inicipos del año fiscal a cada UGEL..pero las Unidades Ejecutoras no asumen este pago y se han hecho las desentendidas al no haber cancelado ni mucho menos haber emitido la resolución de devengados …todo ello demuestra el maltrato a los directores encargados y este viene desde el año 2009 no se nos hace justicia.Por último amigo Hugo en mi calidad de Presidente de la Asociación de Docentes de la Carrera Publica Magisterial de la Región Piur,tenemos una pagina con el mismo nombre y está orientada a autocapacitarnos y brindar asesoramiento a nuestros asociados. …GRACIAS POR SU ATENCION Y LE REITERO MI PROFUNDO RESPETO Y ADMIRACIÓN A SU PERSONA.

    • Amigo Hugo, disculparas el atrevimiento, pero solo para aclarar, el tema de el pago de encargatura de dirección.
      1.- las transferencias que se realizan para el pago de las encargaturas no se hacen a inicio de año, lamentablemente se hacen en diciembre es mas en los últimos días, es por eso que muchas ugel’s no realizan los pagos mensuales. esta acción se toma para garantizar los pagos de la planilla continua, y no llegar desfinanciados al mes de diciemnbre.
      2.- el pago de S/. 647.87 es el correcto, ya que el oficio que mencionas solo establece el pago por jornada de trabajo por las encargatura que se realizan apartir del 2013.

  • Dr. Buenos Dias
    No se si podria enviarme a mi correo ese material.
    En mi localidad solo tenemos internet del Med, pero es restringido no permite las descargas, abusando de su confianza, me gustaria que me envié, necesito para socilizar.

  • Buenos días doctor Hugo; para consultarle lo siguiente:
    – si los pagos por encargatura que nos habían mencionado que por este año NO habrá y tan solo para escuelas unidocentes ¿YANO VA?
    – en el caso de que, SI van a pagar este año, ¿pagaran lo que nos adeudan de los meses anteriores a Mayo, o solo de la fecha que salió el presente comunicado del MINEDU?

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