Nueva norma para el establecimiento de distribución del Cuadro de Horas

 

Cuadro horas2010.jpgFoto: Ministerio de Educación

Cuando todos los centros educativos estaban trabajando en la distribución del cuadro de horas en base a la Directiva Nº 005-2009-ME/SG/OGA/UPER, el 26 de enero el Ministerio de Educación pública en su página web la Directiva Nº 004-2010-ME/SG/OGA/UPER, que deroga la norma anterior. La directiva del Año Escolar 2010 daba a los directores de centros educativos la responsabilidad de remitir a más tardar en enero de 2010 el Cuadro de Distribución de Secciones de los diferentes niveles educativos y el Cuadro de Horas de clase del Nivel Secundario de su plantel a la UGEL de su jurisdicción para su revisión y aprobación. Les quedan solo tres días para cumplir con esta responsabilidad.

La norma, entre otros considerandos establece:

 

a.     La hora pedagógica es de 45 minutos como mínimo.

b.    El director de un centro educativo con nueve o menos secciones asume 12 horas de clase. En el caso de Lima esas horas de clase se asumen en centros de diez o menos secciones.

c.     En instituciones de EBA el director no tiene a cargo horas de clase.

d.    El personal jerárquico cumple obligatoriamente un mínimo de doce horas de clase. En el caso de los coordinadores de OBE y de Promoción educativa Comunal las horas de clase a dictar es cinco.

e.     Para los profesores comprendidos en la Ley del Profesorado las horas de clase se pueden extender hasta un máximo de 30 horas pedagógicas. Los profesores de secundaria EBR y EBA pueden extender su jornada laboral hasta un máximo de 30 horas siempre y cuando la distribución de horas lo permita.

f.     En la EBR el plan de estudios está conformado por 29 horas pedagógicas obligatorias y 6 horas de libre disponibilidad a la semana. Tratándose de EBA comprende 25 horas semanales y si la disponibilidad presupuestal lo permite, cinco horas de libre disponibilidad.

g.    De las seis horas de libre disponibilidad, en los grados 2º,3º y 4º, 3 horas se destinan al desarrollo de capacidades para la comprensión lectora en el área de comunicación. De esas tres adicionales, dos son para el Plan Lector.

h.      Las horas restantes de libre disponibilidad podrían emplearse para reforzar las siguientes áreas: inglés (si hay profesores para ello); enseñanza de la lengua originaria; educación para el trabajo. En este último caso si existe disponibilidad e docentes con título pedagógico en la especialidad o docentes con título pedagógico y como mínimo estudios técnicos en la especialidad; equipamiento para desarrollar el módulo e infraestructura.

i.      En los colegios de variante técnica las horas destinadas a educación para el trabajo -incluidas las de libre disponibilidad serán: 7 horas para el 1º grado; 5 horas para el 2º, 3º y 4º grados y 8 horas para el 5º grado. Los talleres contemplan un mínimo de 20 estudiantes. Desdoblar secciones con un mayor número de estudiantes implica contar con la disponibilidad presupuestal.

j.      Para determinar las metas de atención se tomarán en cuenta los alcances de la RM 101-2009-ED.

k.     Los contratos eventuales proceden en caso de existir disponibilidad presupuestaria aprobada por el Gobierno Regional y el informe favorable del Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto.

l.      Para elaborar el cuadro de distribución de horas de clase se toma en cuenta el número de secciones/grados aprobados en el Presupuesto Analítico de Personal. La prioridad en la distribución guarda el siguiente orden de precedencia: personal directivo, personal jerárquico, personal docente. A su vez, dentro de cada grupo, prima el siguiente orden de precedencia: nivel magisterial, tiempo de servicios oficiales como docente, tiempo de servicios oficiales como docente en el centro educativo. El tiempo de servicios oficiales no tiene en cuenta los años como contratado, como auxiliar de educación, como profesor en la educación privada ni como personal con cargo administrativo.

m.   La directiva establece, según áreas de formación el requisito de formación profesional necesario (Ver norma en el archivo que figura al final de este artículo)

n.     Si un profesor acredita más de un título pedagógico, de segunda especialidad o profesional técnico en la especialidad requerida, podrá solicitar indistintamente, considerando su orden de prelación y prioridad, las horas de cualquier especialidad de las áreas curriculares que le acrediten dichas especialidades. Igualmente, los profesores que tengan más de una mención (especialidad) en su título pedagógico podrán acceder, en la asignación de horas de clase, indistintamente a cualquiera de las áreas curriculares que le acrediten dichas especialidades.

o.    Los profesores nombrados que fueran desplazados a una institución educativa, vía reasignación, permuta, nombramiento, destaque u otro, con posterioridad a la aprobación del cuadro de distribución de horas, asumirán las horas lectivas durante dicho período correspondiente, no siendo en este caso de aplicación el orden de precedencia no orden de prelación descritos en párrafo precedente.

p.    El cuadro de horas de clase lo elabora el director con la participación de representantes de los docentes.

q.    A los docentes nombrados y contratados comprendidos en la Ley del Profesorado y la Carrera Pública Magisterial por ningún motivo se les asignará una jornada menor de 24 horas pedagógicas en educación secundaria y de 35 horas en EBA ciclo avanzado.

 

Comentarios a la norma

 

a.     Como consecuencia de lo dispuesto en la directiva del año escolar, la norma da muy poco espacio a los centros educativos de educación secundaria para que puedan emplear sus horas de libre disponibilidad. Refuerza el criterio centralista de las decisiones en materia curricular.

b.    Se persiste en que las 3 horas de libre disponibilidad para el desarrollo de capacidades de comprensión lectora sean asignadas a profesores del área de comunicación.

c.     La antigüedad sigue siendo un factor predominante en la asignación de horas de clase.

d.    Se avanza en la posibilidad de que los profesores sean asignados a asignaturas donde poseen otro título, segunda especialidad o título profesional técnico. Se obvia sin embargo a profesores que puedan tener una maestría en la especialidad y la situación dada en la educación técnico productiva, en donde evidentemente, lograr un profesor titulado para varias especialidades no solo es difícil sino que a veces sería mejor que lo asuma una persona con experiencia en la materia y la capacitación pedagógica necesaria.

e.     La norma no contempla plazos adicionales de presentación del cuadro de horas aún cuando su aprobación resulta extemporánea.

f. ¿Como harán los gobiernos locales que han ingresado a la Municipalización de la educación para hacer frente con las nuevas responsabilidades que la directiva les asigna? Muchas no están implementadas con el personal necesario y mucho mejnos calificado.

 

 

Ver Directiva de Cuadro de Horas: Cuadro horas 2010.pdf

Nueva norma para el establecimiento de distribución del Cuadro de Horas

Autor: Hugo Diaz Publicado: enero 26, 2010

 

Cuadro horas2010.jpgFoto: Ministerio de Educación

Cuando todos los centros educativos estaban trabajando en la distribución del cuadro de horas en base a la Directiva Nº 005-2009-ME/SG/OGA/UPER, el 26 de enero el Ministerio de Educación pública en su página web la Directiva Nº 004-2010-ME/SG/OGA/UPER, que deroga la norma anterior. La directiva del Año Escolar 2010 daba a los directores de centros educativos la responsabilidad de remitir a más tardar en enero de 2010 el Cuadro de Distribución de Secciones de los diferentes niveles educativos y el Cuadro de Horas de clase del Nivel Secundario de su plantel a la UGEL de su jurisdicción para su revisión y aprobación. Les quedan solo tres días para cumplir con esta responsabilidad.

La norma, entre otros considerandos establece:

 

a.     La hora pedagógica es de 45 minutos como mínimo.

b.    El director de un centro educativo con nueve o menos secciones asume 12 horas de clase. En el caso de Lima esas horas de clase se asumen en centros de diez o menos secciones.

c.     En instituciones de EBA el director no tiene a cargo horas de clase.

d.    El personal jerárquico cumple obligatoriamente un mínimo de doce horas de clase. En el caso de los coordinadores de OBE y de Promoción educativa Comunal las horas de clase a dictar es cinco.

e.     Para los profesores comprendidos en la Ley del Profesorado las horas de clase se pueden extender hasta un máximo de 30 horas pedagógicas. Los profesores de secundaria EBR y EBA pueden extender su jornada laboral hasta un máximo de 30 horas siempre y cuando la distribución de horas lo permita.

f.     En la EBR el plan de estudios está conformado por 29 horas pedagógicas obligatorias y 6 horas de libre disponibilidad a la semana. Tratándose de EBA comprende 25 horas semanales y si la disponibilidad presupuestal lo permite, cinco horas de libre disponibilidad.

g.    De las seis horas de libre disponibilidad, en los grados 2º,3º y 4º, 3 horas se destinan al desarrollo de capacidades para la comprensión lectora en el área de comunicación. De esas tres adicionales, dos son para el Plan Lector.

h.      Las horas restantes de libre disponibilidad podrían emplearse para reforzar las siguientes áreas: inglés (si hay profesores para ello); enseñanza de la lengua originaria; educación para el trabajo. En este último caso si existe disponibilidad e docentes con título pedagógico en la especialidad o docentes con título pedagógico y como mínimo estudios técnicos en la especialidad; equipamiento para desarrollar el módulo e infraestructura.

i.      En los colegios de variante técnica las horas destinadas a educación para el trabajo -incluidas las de libre disponibilidad serán: 7 horas para el 1º grado; 5 horas para el 2º, 3º y 4º grados y 8 horas para el 5º grado. Los talleres contemplan un mínimo de 20 estudiantes. Desdoblar secciones con un mayor número de estudiantes implica contar con la disponibilidad presupuestal.

j.      Para determinar las metas de atención se tomarán en cuenta los alcances de la RM 101-2009-ED.

k.     Los contratos eventuales proceden en caso de existir disponibilidad presupuestaria aprobada por el Gobierno Regional y el informe favorable del Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto.

l.      Para elaborar el cuadro de distribución de horas de clase se toma en cuenta el número de secciones/grados aprobados en el Presupuesto Analítico de Personal. La prioridad en la distribución guarda el siguiente orden de precedencia: personal directivo, personal jerárquico, personal docente. A su vez, dentro de cada grupo, prima el siguiente orden de precedencia: nivel magisterial, tiempo de servicios oficiales como docente, tiempo de servicios oficiales como docente en el centro educativo. El tiempo de servicios oficiales no tiene en cuenta los años como contratado, como auxiliar de educación, como profesor en la educación privada ni como personal con cargo administrativo.

m.   La directiva establece, según áreas de formación el requisito de formación profesional necesario (Ver norma en el archivo que figura al final de este artículo)

n.     Si un profesor acredita más de un título pedagógico, de segunda especialidad o profesional técnico en la especialidad requerida, podrá solicitar indistintamente, considerando su orden de prelación y prioridad, las horas de cualquier especialidad de las áreas curriculares que le acrediten dichas especialidades. Igualmente, los profesores que tengan más de una mención (especialidad) en su título pedagógico podrán acceder, en la asignación de horas de clase, indistintamente a cualquiera de las áreas curriculares que le acrediten dichas especialidades.

o.    Los profesores nombrados que fueran desplazados a una institución educativa, vía reasignación, permuta, nombramiento, destaque u otro, con posterioridad a la aprobación del cuadro de distribución de horas, asumirán las horas lectivas durante dicho período correspondiente, no siendo en este caso de aplicación el orden de precedencia no orden de prelación descritos en párrafo precedente.

p.    El cuadro de horas de clase lo elabora el director con la participación de representantes de los docentes.

q.    A los docentes nombrados y contratados comprendidos en la Ley del Profesorado y la Carrera Pública Magisterial por ningún motivo se les asignará una jornada menor de 24 horas pedagógicas en educación secundaria y de 35 horas en EBA ciclo avanzado.

 

Comentarios a la norma

 

a.     Como consecuencia de lo dispuesto en la directiva del año escolar, la norma da muy poco espacio a los centros educativos de educación secundaria para que puedan emplear sus horas de libre disponibilidad. Refuerza el criterio centralista de las decisiones en materia curricular.

b.    Se persiste en que las 3 horas de libre disponibilidad para el desarrollo de capacidades de comprensión lectora sean asignadas a profesores del área de comunicación.

c.     La antigüedad sigue siendo un factor predominante en la asignación de horas de clase.

d.    Se avanza en la posibilidad de que los profesores sean asignados a asignaturas donde poseen otro título, segunda especialidad o título profesional técnico. Se obvia sin embargo a profesores que puedan tener una maestría en la especialidad y la situación dada en la educación técnico productiva, en donde evidentemente, lograr un profesor titulado para varias especialidades no solo es difícil sino que a veces sería mejor que lo asuma una persona con experiencia en la materia y la capacitación pedagógica necesaria.

e.     La norma no contempla plazos adicionales de presentación del cuadro de horas aún cuando su aprobación resulta extemporánea.

f. ¿Como harán los gobiernos locales que han ingresado a la Municipalización de la educación para hacer frente con las nuevas responsabilidades que la directiva les asigna? Muchas no están implementadas con el personal necesario y mucho mejnos calificado.

 

 

Ver Directiva de Cuadro de Horas: Cuadro horas 2010.pdf

Escribe un comentario

  • Doctor Hugo, buenas noches.

    Existe mucha duda sobre las dos competencias transversales del nuevo curriculo que estamos aplicando este año que son :GESTIONA SU APRENDIZAJE DE MANERA AUTÓNOMA y SE DESENVUELVE EN ENTORNOS VIRTUALES GENERADOS POR LAS TIC. ¿VAN EN EL REGISTRO COMO DOS ÁREAS MAS?. Como no ha salido SIAGIE todavia, esta circulando por internet modelos de registros y libretas que incorporan las dos competencias y otros modelos no lo consideran en el registro auxiliar.

    Porfavor aclarar esta duda de cómo se deben de trabajar en el aula estas dos competencias transversales.

    Saludos cordiales.

  • Gracias sr. Hugo Díaz, por su ayuda y orientación. Tengo dos inquietudes:
    La primera hay alguna norma sobre familiares que trabajen en un mismo colegio ¿pueden trabajar esposos en el mismo nivel y turno?

    La segunda, hay alguna norma sobre la distribución de grados…¿puede un profesor solicitar el grado que desea trabajar? ¿Depende directamente del Sub. Director?
    Gracias.

    • Rosario. En el caso del sector privado no existe norma. Tampoco la Ley de Reforma Magisterial lo contempla. En el caso de secundaria está la directiva de distribución del cuadro de horas. En Primaria depende del personal directivo. Si es conversado con los profesores mejor. Saludos

  • soy docente que asumi el cargo de direccion de un cetpro por funciones y tengo a cargo 4 docentes viendo que se realiza la misma funcion y documentacion que otra I.E. dicto 30 horas y 10 de direccion pregunto ¿no deberia de dictar solamente 12 horas? segun RM130-2008, RS.360-2017, RS.1825-2014

  • Buenas noches Dr , soy profesor de EPT carpintería, también tengo estudios concluidos de la carrera de Psicología, lo que pasa es que quiero cambiarme de área por salud pues en Carpintera la viruta y aserrín me causa alergia y malestar en la garganta, ya he estado con descanso medico x ello, por favor aclárame si podría enseñar PFRH ,soy nombrado con mas de 18 años.gracias.

  • walter oscátegui torres una pregunta doctor yo fui ganador del concurso para subdirectores y accedí en una institución que es técnico y tiene tres subdirectores y al momento de la adjudicación no se menciono que el primer ´subdirector era técnico y yo elegí ello y desde ese día me obligan a trabajar como tal y yo no soy técnico por ello yo sugerí rotar en el cargo entre los tres subdirectores pero no quieren más aún que los talleres de técnica se encuentran lejos de los pabellones de humanidades, la pregunta es siendo licenciado en pedagogía puedo ser subdirector de áreas técnicas doctor

    • Walter. Es un tema complicado. Las subdirecciones no pueden rotarse debido a que la resolución de nombramiento le asigna una determinada substracción. De no estar de acuerdo con ello, luego que pase el tiempo prudencial tendría que solicitar una reasignación a una institución que le acomode. Saludos

  • doctor Hugo buenos días quiero consultarle lo siguiente soy docente nombrado en el área de arte, tengo mi segunda especialidad de computación, pero este año por necesidad me están cambiando al aula de innovación pero mi director me dice que debo trabajar 30 horas, soy soy prof. de 24 horas, si yo trabajo por 30 horas tendrán que remunerarme por 30 horas, ayudeme con su respuesta. gracias por favor la respuesta a mi correo albertito.40.38@gmail.com

  • Soy director de un colegio y ante el cese del administrador, según el art. 39, enciso 39,1 y 39,2 el comité de evaluación debe determinar quien asume el cargo en el colegio. Sucede que hay unas imprecisiones que me agradaría me pueda responder. Para el concurso de adjudicación por ascenso, se dice que el tiempo de servicio oficial es cuando se ingresa a la carrera no contando los años de servicio como interino. En la ugel en personal me indican que el tiempo de servicio oficiales es desde el nombramiento, con titulo o sin titulo.
    lo cierto es que hay documentos en los cuales se producen contradicciones, ya que en algunos se citan que el tiempo de servicios oficiales es desde el nombramiento y en otros como la resolución jefatural 0050-2010-ED a través de la cual se aprueba la directiva Nº 004-2010-ME/SG-OGA-UPER “Elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas de clase en … etc.
    en concreto, tengo dos candidatos del v nivel. cada uno se atribuye el derecho para ser designado en el carg0, por lo que necesito saber que es tiempo de servicios oficiales, o solo debemos hablar de tiempo de servicios. Se computa los años de contrato, los años de interino, los años de estudio (4 años)espero pronta respuesta y que norma precisa al respecto…

  • por favor si me puede aclarar dos cosas
    primera: la directiva del cuadro de horas es discriminatoria porque no reconoce los años de contratos pero si estos años de contratos ya tienen acumulados al nombramiento sumando años oficiales se puede apelar esta directiva ademas la ley 29944 dice que el escalafón se respeta allí esta sumado todo.
    segundo : un nombrado interinamente a el si le reconocen desde ese nombramiento interino y no desde su incorporación ala carrera eso no es legal porque cuando estaba contratada yo tenia nivel y el interino no
    entonces que pasara cuando para ascender de nivel pidan años de servicio me contaran solo los de nombramiento por favor son tres preguntas que le agradeceré responder

    • Mireya. El criterio que se ha venido adoptando en varios de los concursos es que se toman en cuenta los años de permanencia en la carrera; es decir, desde que fueron nombrados y tenían titulo pedagógico. Los años de contrato se reconocen a efectos de la jubilación, pero comparto con usted que los años de contrato deban ser reconocidos para otros procesos. Saludos

  • BUENO HAY DOS DOCENTES QUE LLEGARON A LABORAR EL MISMO DIA PERO LA RESOLUCION DE UNA SALIO UN MES ANTES Y LA OTRA UN MES DESPUES MI PREGUNTA DE DONDE COMPUTAN LA PERMANENCIA EN LA INSTITUCION EDUCATIVA DESDE LA FECHA DE LA RESOLUCION O EL DIA QUE LLEGARON A TRABAJAR DONDE LA RESOLUCION ESPECIFICA A PARTIR DE ESA FECHA QUE LLEGARON

  • PARA ACLARARLE SI TENGO CONOCIMIENTO QUE EN PRIMARIA NO CONSIDERA PROFESORA DE LABORATORIO PERO ESA PLAZA EN LA IE CESAR VALLEJO DE TUMBES FUE CREADA EL AÑO 83 CONVIRTIENDOLA EN ORGANICA POR INCREMENTO SEGUN RESOLUCION DIRECTORAL DE EDUCACION Y DESPUES DE 25 AÑOS NO LA PUEDEN ANULAR LA PLAZA O LLEVARSELA PORQUE LA RESOLUCION HA QUEDADO FIRME Y CONSENTIDA COSA JUZGADA E INCLUSO DE ACUERDO A NUESTRO ORDENAMIENTO LEGAL , NI EN LO ADMNISTRATIVO NI EL PODER JUDICIAL PUEDE HACERLO POR SER UN DERECHO ADQUIRIDO Y POR LO TANTO TANTO ESA PLAZA ORGANICA DE LABORATORIO LO CUAL PUEDE SEGUIR FUNCIONANDO CONSIDERANDO QUE HA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA QUISIERA SABER QUE OPINAS AL RESPECTO ESTA DE ACUERDO CONN MI APRECIACION

    • Jorge. Las normas de racionalizacion son ahura el referente para tomar las decisiones. En tal sentido las plazas no son perpetuas. Con ello no quiero decir que hay que anular la plaza en mención. Eso dependerá de la necesidad y la justificación que se de de su existencia. No basta decir que fue creada hace 30 años sino si responde al criterio vigente de servir para dictar clases. Saludos

  • una consulta en una institucion hay una plaza por incremento como profesora de laboratorio del nivel primaria del año 83, que se ha venido cubriendo a la fecha pero ahora tanto el director como la ugel quieren sacar a la profesora que esta encargada del laboratorio y considerala excedente considerando que si bien es cierto no hay plaza de laboratorio en primaria pero la resolucion a esa plaza se encuentra firme y consentida como plaza organica para el nivel en dicha INSTITUCION. MI PREGUNTA PUEDEN SACAR LA PLAZA DE LABORATORIO ASI COMO LA DOCENTE QUE SE ENCUENTRA A CARGO. SI SE TIENE EN CUENTA QUE ES UNA PLAZA QUE SE ENCUENTRA CON RESOLUCION FIRME Y CONSENTIDA POR EL PERIODO DE TIEMPO

    • Jorge. El cuadro de administración de personal de lis centros primarios no considera esa plaza y en el marco de la racionalizacion la UGEL puede declararía excedente. Lo que debió hacer el centro hace mucho tiempo es haber sincerado la plaza convirtiendo ED plaza de docente de aula. Ahora no se sisea demasiado tarde. Saludos

  • BUENAS TARDES MI CONSULTA HAY UNA DOCENTE QUE NO TIENE SECCION A CARGO EN PRIMARIA, PERO EL GOBIERNO REGIONAL HA ENTREGADO MATERIAL PARA QUE FUNCIONE UNA AULA DE CENTRO DE RECUROS EDUCATIVOS PARA EL MEJORAMIENTO DE COMNPRENSION LECTORA Y RAZONAMIENTO MATEMATICOS EN PRIMARIA PERO EL DIRECTOR SE NIEGA A DARLE ELN AULA ADUCIENDO QUE NO ES ORGANICA, Y QUIERE DECLARARLA EXCEDENTE AL DOCENTE MANTENIENDO ESOS MATERIALES EN DIRECCION y/O SECRETARIA (EQUIPO AUDIOVISUAL YOTROS). MI PREGUNTA A PESAR DE TENER DISPONIBILIADAD PREPUESTARIA DE UNA DOCENTE Y INFRAESTRUCTURA (AULA) EN QUE ESTARIA INCURRIENDO EL DIRECTOR AL NO PONER EN FUNCIONAMIENTO EL AULA Y HABER PACTADO UN COMPROMISO CON EL GOBIERNO REGIONAL EN DARLE BUEN USO Y NO LO ESTA HACIENDO.

  • VOY ACLARARLE EL PROBLEMA ES QUE HAY UNA DOCENTE QUE LLEGO REASIGNADA AL NIVEL PRIMARIO EL AÑO 92 CUANDO OBTUVO EL TITULO PERO HA ESTADO TRABJANADO COMO AUXILIAR DE EDUCACION EN SECUNDARIA CON NOMBRAMIENTO INTERINO DESDE EL 90 EN LA MISMA INSTITUCION Y QUIER COMPUTAR EL SERVICIO COMO AUXILIAR PARA ESTAR DELANTE DE UNA PROFESORA QUE SE ENCUENTRA REASIGNADA DESDE EL AÑO 91 EN EL NIVEL PRIMARIO Y DE ESTA MANERA NO ESTAR INMERSA EN LA EXCEDENCIA. NI PREGUNTA SE LE PUEDE COMPUTAR SUS SERVICIOS COMO AUXILIAR PARA ESTAR DELANTE DE LA OTRA DOCENTE QUE LLEGO EL 91 AL NIVEL PRIMARIA Y Y LA AUXILIAR LLEGO EL 92 A PRIMARIA. FAVOR ACLARAME.

    • Jorge. La auxiliar no puede computar los años de servicio en ese cargo. Las normas son claras en señalar que para efectos de diversos procesos de administración de personal se computan los años de servicio en la carrera, es decir desde que pertenece a un nivel magisterial. Los auxiliares no están en un nivel. Solo sus años de servicio como auxiliar le sirven para la jubilación- Saludos

  • FUI NOMBRADA INTERINAMENTE EN EL AÑO 90 COMO AUXILIAR DE EDUCACION EN SECUNDARIA LUEGO OBTUVE EL TITULO Y ME REASIGNARON COMO PROFESOR DE AULA DE EL AÑO 92 AL NIVEL PRIMARIA RECIEN OBTUVE I NIVEL MAGISTERIAL ,EN EL MISMO COLEGIO ME COMPUTAN LOS AÑOS DE SERVICIOS COMO AUXILIAR DE SECUNDARIA PARA TENER PRIORIDAD EN LA REPARTICION DE LOS GRADOS DE ESTUDIOS, SOBRE UNA DOCENTE NOMBRADA EN I NIVEL QUE FUE REASIGNADA EN DICHO NIVEL PRIMARIO EL AÑO 91. Y DE ESTA MANERA NO SALIR EXCEDENTE

  • aclarame este punto fui nombrada interiamente comno auxiliar de educacion en secundaria posteriormente reasignada cuando obtuve el titulo en primaria a dicho nivel en la misma institucion me computan los serivicios como auxiliara para prioridad del grados de estudios en primaria

  • Quisiera saber en que parte de la Ley 24029 y su midificatoria Ley 25212 y su relamento D.S 019-90-ED u otra señala que el personal jeràrquico o directivo con horas pedagógicas a cargo será considerado en sus derechos y obligaciones como docente.

    • Beto. El Artículo 74 del Reglamento de la Ley del Profesorado dice: El personal Jerárquico que desempeña cargos de Asesoría, Jefe de Laboratorio, Jefe de Taller, Jefe de Campo y análogos docentes cumplen sus funciones en jornada laboral de 40 horas pedagógicas semanales, distribuidas en los turnos de funcionamiento del centro educativo. Tienen a su cargo el dictado de 12 horas de clases. Saludos

      • Gracias por la respuesta Colega Hugo:
        Pero especificamente en alguna parte de estas normas o quizá en otra he leído que “el directivo o jerarca que tiene horas pedagógicas a cargo es considerado como docente”, es decir por ejemplo que tiene derecho a 60 días de vacaciones. Quiero que me ayude a ubicar dicha norma.

  • Trabajo hace 18 años en un colegio parroquial (convenio) hace dos años ingrese a la carrera pública , como soy de inicial estoy nombrada por 25 horas, como el horario del colegio es de 8 a 2 pm me hacian un pago adicional sin embargo este año me han dicho que si quiero trabajar en el colegio debo ajustarme al horario de la I.E y no quieren pagarme el adicional. Aducen que hay una norma al respecto dada en diciembre del año pasado, porque las instituciones y los niños no pueden perjudicarse…y que nosostros los docentes no importamos?? Conoce algo al respecto? saludos

    • Mónica. No conozco una norma que se haya dado al respecto, pero creo que si el colegio hizo ese pago extra fue por voluntad propia, sin obligación. No quita que algunos promotores de colegio, al ver tanto profesor desocupado, aprovechen la situación y cambien las reglas de juego que ya tenían. Véalo con cuidado pues en medio de este problema está su trabajo. Después conseguir uno no es tan fácil. como también es muy incómodo ponerse en manos de la Ugel por quedar en situación de excedente. Saludos

  • soy docente de un Cetpor el ceptro donde trabajo está integrado a una institución educativa de EB.R. Y EL ESPECIALISTA DICE QUE TODO CETPRO DEBE TENER DIRECCIÓN, POR TAL RAZON SU AMIGO DEL ESPECIALISTA A SOLICITADO PARA QUE SE CONVIERTA A DIRECCION LA SUBDIRECCIÓN Y LUEGO SE REASIGNE EN ESA PLAZA DE DIRECCIÓN, SU AMIGO DEL ESPECIALISTA NO ES DE MI CENTRO SI NO DE OTRO CETPRO. MI PREEGUNTA ES NECESARIAMENTE UN CETPRO DEBE TENER UNA DIRECCIÓN Y NO SER SUBDIRECCIÓN? POR COMO C.E.O. A ESTADO COMO SUBDIRECCIÓN CUANDO SE INTEGRO AL A ESTA INSTITUCIÓMN PULBICA GRACIAS PORT SU RESPUESTA.

  • Mis saludos Sr. Hugo, soy miembro de la comisión del cuadro de horas de mi IE. y tengo una consulta sobre la distribución de las 38 horas en el área de EPT. Le planteo el caso:
    docente 1.
    Título de la U. Enrique Guzman y Valle
    especialidad Electrónica
    Título en Computación en un IST
    II nivel ley del profesorado
    docente 2.
    Título de la U. Enrique Guzman y Valle
    área principal Matemática, área secundaria informática
    I nivel carrera publica magisterial
    ¿A quién debo asignarle las 24 horas ya que ambos manifiestan tener la prioridad, dado que en el colegio se dicta la especialidad de computación?

      • Sr. Hugo
        En la norma de este año que es por no decir igual a la del año anterior dice a la letra: título pedagógico de la especialidad “O” docente con título pedagógico de cualquier modalidad, nivel y especialidad, que acredite además como mínimo título profesional técnico en la especialidad requerida.
        Particularmente esa “O” es disyuntiva y me indica que ambos están en igualdad de condiciones y lo que decidiría las 24 horas para uno u otro docente es el nivel magisterial.
        Por lo tanto, mi conclusión es que debo darle las 24 horas de EPT al docente que acredita titulo pedagógico en electronica y estudios técnicos en computación, pues en 2do nivel. ¿es correcta mi interpretación? Disculpe mi duda pero mi intención es hacer un buen trabajo y evitarme denuncias.
        Muchas gracias por su nueva respuesta.

        • Sonia. Disculpe pero no tengo claro el panorama de su escuela. Si los dos reunen el requisito de la especialidad, el siguiente criterio de prelación es el nivel magisterial, y si hay empate el tiempo de servicios oficiales como docente, en último lugar el tiempo de servicios en la escuela. Saludos

  • buenas señor hugo, felictaciones por el blog,
    mi consulta es referente a la mala distribucion de horas en el area de matematica
    que se dan el las intituciones del estado, las 4 horas que la gran mayoria de colegios en muy minima e insuficiente, veo como mi colegio se va quedando sin alumnos, por el hecho que no se da mas horas a las areas principales como matematica y cta, que son los pilares de educacion cientificay necesario para que un alumno opte un ingreso a una universidada, la gran mayoria de alumnos se vana a colegios particulares donde si le da enfasis al area de matematica, dando subareas como aritmetica, geometria, algebra, trigonometria, razonamiento matematico y fisica , temas que no son abarcasdos en su totalidad en los colegios del estado.
    señor hugo si por su intermediacion pueda hacer el pedido al ministerio de la gran crisis educativa en la enseñanza de las ciencias en los colegios publicos, pueda darse ya una directiva de cuadro de horas 2012, dando mayor horas al area de matematica y cta, muchos profesores y alumnos le agradeceran.
    agradesco su tiempo espero un cambio en 2012 .

  • Estimado Hugo Díaz:

    Agradezco de antemano su respuesta.

    La consulta que hago es la siguiente:

    Primero, en la Institución Educativa donde laboro, existe una docente que ha sido nombrada en el área de Comunicación por ser está su especialidad. Sin embargo, al asignarsele su carga docente siempre ha sido considerada como docente del área de Ciencias Sociales. Por lo tanto, nunca durante sus 26 años de servicios se ha capacitado en la especialidad de Comunicación.
    En ese sentido, en la elaboración del Cuadro de Horas 2011 ha resultado excedente en la especialidad de Ciencias Sociales ya que las metas de atención han disminuido considerablemente durante los últimos años. Será correcto que la mencionada docente sea declarada excedente para la especialidad de Ciencias Sociales?

    Segundo, un profesor que ha sido nombrado como sub director del área técnica puede aceptar una encargatura como sub director administrativo ya que el títular de está plaza ha fallecido. Asimismo, existe alguna directiva que le permita encargar su cargo (sub director de área técnica) a un docente de 24 horas sin renunciar a su cargo de nombramiento.

    Tercero, está permitido que una profesora excedente sin carga horaria asuma el cargo de subdirectora. Cuál es la directiva y/o normatividad que existe al respecto de este caso?

    Cuarto, existen dos profesores del nivel secundaria excedentes en el área de Educación para el Trabajo que se les ha asignado el Aula de Innovación (Uno de ellos es el responsable del Aula de Innovación para el Nivel Primaria y el otro es el responsable del Aula de Innovación para el Nivel Secundaria). Sin embargo, los antes mencionados en lugar de brindar apoyo a los docentes en el uso de las TICs solamente se encargan del encendido de los equipos de computo y el data. Luego, casi no se les ubica en la I.E. porque argumentan tener reuniones en la DREC y/o MINEDU. Existe alguna directiva donde se específique quiénes pueden acceder a tener la responsabilidad del Aula de Innovación.

    Atentamente:
    Sussy

    • Sussy. Varias preguntas.
      1. Si la profesora ha venido desempeñandose en el área de ciencias y allí sobran profesores puede ser declarada excedente.
      2. El subdirector ¿cuánto tiempo tiene desempeñañdo el cargo? Si son menos de dos años podrían impedirselo. Si el subdirector va con su plaza y retiene su cargo no habría financiamiento para el encargo en el puesto de subdirector del área técnica.
      3. Depende del número de aulas con que cuenta el colegio para justificar que exista el cargo de subdirectora. Además los cargos se asignan no a un desocupado sino en funcion de ciertos criterios de nivel magisterial, antiguedad, calificacion para el cargo, etc.
      4. En el caso de las alas de innovación el problema, más de los profesores es de quién los seleccionó. En la página de la DIGETE (de la web del MED) puede encontrar alguna in formación
      Saludos

  • Dr. Hugo : mi pregunta es la siguiente, en caso de racionalización de personal y declaración de excedencia que norma debo utilizar : la 101 – 2009 o el art. 294 de la ley de profesorado, porque no esta claro lo referente a los profesores incorporados a la CPM.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Yrma. La referencia actual es la 101. Saludos

  • Dr. Hugo:
    Para la distribución de horas tengo un problema con una docente que desde el año 1994 viene trabajando en el área de comunicación pero en la RD de su nombramiento no especifica en que especialidad se nombró, solo sale entre otros datos MOTIVO DE LA PLAZA :RD de reasignación del profesor anterior, pero éste docente era profesor de inglés; el título pedagógico de la docente en cuestión dice: religion, Lengua y literatura. Ahora no se donde considerarla si en inglés o en comunicación.
    Si la considero en comunicación el último docente que tiene menor nivel va a reclamar porque le faltaría 10 horas, si la considero en inglés tengo docentes nombrados en ingés con título pedagógico de inglés. Por favor ayúdeme a ubicarla legalmente a que área pertenece para no salir de las normas.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Anónimo. Las normas hacen referencia a que en la.distribuición de horas tienen preferencia, en orden prelatorio. Los profesores que tienen la especialidad. Si usted quiere decidir en el area de comunicación, el profesor la posee, al igual que el otro profesor. El segundo criterio es el nivel magisterial y el tercero la antiguedad, primero en el servicio y luego como docente en el centro educativo. CReo que alli tiene suficientes elementos para decidir Saludos.

  • PARA LA CONFECCION DEL CUADRO DE HORAS 2011 CUALES SON LOS CRITERIOS QUE DE DEBEN CONSIDERAR. ESTOY EN EL PRIMER NIVEL CON 12 AÑOS DE DOCENTES, UN DOCENTE TIENE III CON LA NUEVA CARRERA. EL AÑO PASADO TENIA MIS 24 HORAS DE ESPECIALIDAD Y EL TENIA HORAS PARTIDAS SOMOS DE LA MISMA ESPECIALIDAD. ME INDICAN QUE AHORA LAS HORAS PARTIDAS SERAN PARA MI ¿ ES CORRECTO? GRACIAS

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Edith. Ya he contestado su mensaje. Le indicaba que lo primero que hay que considerar es la especialidad, luego el nivel magisterial y en tercer lugar la antiguedad. Estos factores etablecen la preferencia en la distribucion de horas Saludos

  • Buenas noches ,tengo un caso preocupante en el cual consiste:
    una profesora no ha estado en el CAP,no ha dictado horas de CTA ,no tiene permanencia, ni años de servicio en el colegio, sin embargo el director dijo si no la ponemos en el CAP no nos firman el cuadro de horas?bueno eso paso ya hace 5 años ,ahora es un problema por que a una profesora que tiene permanencia, años de servicio la están considerando excedente, lo que considero algo injusto. podría quejarme ante la FISCALIA?para resolver el caso por lo que en el colegio hacen caso OMISO .gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rosmery. Puede hacerlopero tiene que tener pruebas solidas de ese atropello. Saludos.

  • roberto
    27.01.11
    buenas noches.felicitarlo por sus respuestas y sugerencias que nos da a nuestras interrogantes.Dr Hugo.Mi consulta es la sgte.¿quien tiene prioridad para elegir sus horas de clase ?
    Somos del Area de Matematica, estoy en el III nivel CPM y tengo 25 años de servicios oficiales,incluido 1 año de contrato,y dos de mis colegas estan en el III nivel en la ley del profesorado y tienen 24 años de servicios oficiales a partir de su nombramiento, no tienen años de contrato y estamos en leyes diferentes, como ud. ve todos tenemos el mismo numero de años de nombrado.revisando las interrogantes hay una pregunta parecida que le hacen y menciona años de servicios oficiales en el sector yo entiendo que son los años de nombrado incluido los años de contrato, ¿es cierto?.si es asi entonces me corresponde elegir a mi primero.Asi mismo es correcto que esta resolucion de distribucion de horas se aplique solo en una area y en las otras no.saludos y espero su respuesta, gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Roberto. El primer criterio es el nivel magisterial, el segundo el tiempo de servicios oficiales desde que se tiene el titulo, si hay empate se procede a ver el tiempo de servicios en la escuela. Saludos.

  • Buenas tardes, tenemos un caso: existe una profesora con 5to nivel en la ley del profesorado y otra con cuarto nivel en la carrera magisterial, digame ¿a quién le corresponde encargarle la subdirección? y en que norma se sustenta

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Pilar. Por ahora hay conflicto de normas sobre las encargaturas que el Ministeriod e Educación debe resolver. Por un lado hay normas basadas en la Ley del Profesorado; por otro lo que se promueve en la ley de Carrera Pública Magisterial en el sentido que se necesita pertenecer a la CPM. En tanto el criterio de nivel magisterial es el que está primando. Saludos

  • Saludos, soy una docente incorporada a la carrera pública y me he enterado que el MED va a capacitar a los docentes para hacer un acompañamiento o monitorear a los nuevos docentes pero no se dónde hacerlo, pertenezco a la región La libertad por favor comuníqueme para poder inscribirme antes de aue pasen las inscripciones y en dónde . Gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Milagros. Le sugiero que vea la página del MED: http://www.ciberdocencia.gob.pe Allí debe salir información sobre los cursos . Saludos.

  • Sr. Hugo una consulta: ¿una profesora nombrada en la C.P.M con III nivel y 13 años de servicio puede desplazar en el cuadro de horas a un maestro con II nivel y 20 años de servicio? Me encantaría de su parte una pronta respuesta. Dios me lo bendiga. Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Norma. La especialidad en el cargo es el primer requisito. No puede desplazarse a un profesor no teniendose la especialidad para el cargo. El segundo crtiterio que prima es el nivel magisterial y luego la antiguedad. Entre el III y II nivel pesa más el mayor, aunque el otro tenga mas años de servicio. . Saludos.

  • Hola, estoy en el III nivel de la CPM,soy del nivel Secundaria,de la especialidad de Ciencias Historico Sociales, en mi I.E. segun el cuadro de horas todos los profesores de mi especialidad cubrieron sus 24 horas, y hay horas que sobran un total de 06 en formacion ciudadana y civica,¿ Podria completar a 30 horas y cual seria la remuneracion que podria percibir, que segun CPM estaria en el III nivel con 30 horas pedagogicas? o me equivoco.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Edgar. El DS 079 del 2009 autoriza a que en los casos justificados y cuando haya el financiamiento correspondiente se puedan ampliar las horas. Tendría la dirección del colegio hacer el trámite y de ser factible, obtener la autorización. La hora pagada para un docente de 24 horas es dividir la RIM correspondiente entre 24 y multiplicarla por seis, en el caso que usted me indica. . Saludos.

  • Un miembro de la comision quiere aprobar el cuadro de horas aceptando la propuesta de todas las areas pero no la de mi area, por que mi colega no acepta la precedencia en el area, argumentando que es la comision la que decide, pero si la comision esta aceptando las propuestas de las demas areas, deberia aceptar la propuesta de mi aarea respetando la precedencia. Porque si la comision decide dar otro trato a mi area, seria un trato discriminatorio. Que opina Ud.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Guido. Es un tema que la comisión debe resolver, como usted dice, con justicia y equidad. No deberían darse tratos discriminatorios. Saludos

  • SOMOS integrantes de la comision de Cuadro de Horas y consultamos lo siguiente existe un profesor de ciencias sociales con 22 años de servicio, otra profesora de Filosofia con 19, un profesor de ciencias sociales con 17, un profesor de Historia y Geografia con 13 y el ultimo de Psicologia filosofia con 10 años de servicio. Mi es pregunta es ¿A quien le corresponde en primer lugar al area de Historia y Geografia. La directiva habla de pertinencia, coherencia y afinanidad pero sin ambieguedades como debe ser sabiendo que existen horas para historia, ciudadania y persona. QUE PRIMA LA ESPECIALIDAD ESPECIFICA O EL NIVEL. ESPERO ACLARE ESTE ASUNTO. GRACIAS DE ANTEMANO

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Juan Antonio. El primer criterio es la especialidad. Cuanto más afin más posibilidades. Si las especialidades son las mismas prima los años de servicio y luego los años de servicio en la IE . Saludos.

  • En la I:E. se presenta un caso que quedan 12 horas de biología y Química y 12 horas de Fisica y existen dos profesores: la de Biología y Química con 12 Años. Y la de física y Matemática con 17 Años de servicio. A quien se le debe otorgar las 24 horas indicadas?.
    Agradeceré de antemano brindarme ésta información.
    Atentamente.
    Salomón

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Salomón. En principio los profesores que mas se acercan a la especialidad son los dos primeros. ¿El tercero ha estado enseñando alguna de esas áreas? ¿su resolución es en alguna de esas áreas?. Saludos

  • Buenos Dias Dr. Hugo..
    En mi I. E. ha quedado excedente una prof. en su especialidad de soldadura pero tiene título en matemática. En la I.E. hay solo 2 plazas de matemática donde hay 2 prof. nombrados. La comisión de racionalización en la evaluación,a la prof. de soldadura, no le ha tomado en cuenta su título de matemática para que le evalúe con los profesores de matemática porque manifiestan que de ella su plaza de nombramiento es soldadura y no matemática por lo tanto no se le puede considerar su evaluación con los prof. nombrados en matemática.
    ES CORRECTO LO REALIZADO POR LA COMISIÓN DE RACIONALIZACIÓN?

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Angel. En principio está bien si su resolución es de profesor de soldadura. El considerarlo o no depende mucho de la comsión encargada de esta función viendo el desempeño del profesor. Saludos

  • Agradezco la atención prestada y la dedicación que pone Ud. al leer nuestras inquietudes.
    Las consultas realizadas están referidas a las plazas de Aula de Innovación Pedagógica.
    En el 2009 laboraba como docente de Matemática en un colegio de Convenio y pese a solicitar el Aula de Innovación los años anteriores por tener Segunda Especialidad en Ingeniería de Sistemas no pude acceder a ella, porque esta plaza se cubre contratando a un técnico pagado por APAFA, pese a ser plaza de 30 horas presupuestada por conversión de horas de asesoría de un cese a AIP.
    Al finalizar el 2009 accedí voluntariamente a la excedencia, ocupando en el 2010 una plaza ASIGNADA de Aula de Innovación en un colegio recientemente declarado emblemático.
    Consulta:
    1)En mi I.E. la plaza de Aula de Innovación está en el CAP del Colegio. ¿Por qué no sucede en las otras I.E. el mismo caso? ¿Estas plazas no son permanentes?. (Me indicaron en la UGEL que sólo correspondía a los colegios emblemáticos y aquellos que convirtieron horas de asesorías).
    2)Existiendo una ENCARGATURA de Jefe de Laboratorio de física. ¿Es posible presentarme a ella? Siendo mis datos:
    Especialidad: Ciencias (Con Título Universitario que daba esa denominación, por lo que enseñaba anteriormente matemática y CTA)
    Segunda Especialidad: Ingeniería de Sistemas
    Nivel : IV CPM
    Plaza de ubicación actual: Aula de Innovación Pedagógica (24 horas) Registrado en el CAP de la I.E.
    3) En la UGEL me indicaron que en el Concurso de Nombramiento se están publicando las plazas de AIP, cosa que no sucedía en años anteriores. Y que por lo tanto procede un CONTRATO de asumir la ENCARGATURA. (Según lo analizado con Asesoría jurídica UGEL). Porque la otra opción sería ENCARGAR a otro docente y CONTRATAR en las horas que deja.
    Además me indicaron que NO hay presupuesto para pagar las 40 horas de Jefatura en la CPM, por lo que sólo sería encargatura de funciones, pero no pagadas.
    4)Según lo normado las AIP son de 30 horas, pero el personal atiende 24 horas en secundaria ¿El MED lo regularizará en el futuro?
    5)¿Qué sucede con el AREA DE INVESTIGACIÓN de la CPM?. ¿Quiénes podrán acceder a ella? ¿Y las Aulas Científicas están a cargo de Laboratorio o AIP? ¿Los talleres de Robótica en los colegios emblemáticos quienes lo asumirán?
    Espero su respuesta a fin de compartirlo en la Red de AIP, donde tenemos muchas dudas.
    GRACIAS.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Sandra. Las aulas de innovación se implementan hace muy pocos años y se van cubriendo en función de la disponibilidad presupuestaria. Ahora la prioridad establecida por el gobierno son los emblemáticos puesto que allí se ha concentrado la mayor inversión. Usted reune los requisitos para el encargo de la jefatura de laboratorio; por tanto se podría presentarse a postular. Las encargaturas deberían pagarse al igual que un titular con la diferencia que no se tiene un nombramiento por 40 horas sino por 24 y el diferencial de 16 horas. En realidad la posibilidad de encargar el AI depende mucho de las disponibilidades presupuestarias y del encargo dependen mucho de que la plaza del AI esté realmente en concurso y de que la dirección de la IE solicite y logre financiamiento para el encargo. El AI son 24 horas reconocidas por el MED para efectos del pago. El àrea de investigación todavía no se implementa. Creo que demorará todavía mucho tiempo en hacerse Saludos

  • Buenas Tardes Dr. Hugo Gracias por aclarar nuestras dudas…
    Para determinar la EXCEDENCIA Segun la RM 101, se tiene en cuenta en orden de prelación: 1)título en la especialidad, 2)nivel magisterial, 3)los criterios según el cuadro ( donde se da punto por maestría, desempeño, capacitaciones, pronacaf, etc) 4)el tiempo de servicios en la I.E. 5) el tiempo de servicios oficiales.
    La duda que tengo es: DE LO MENCIONADO ANTERIORMENTE CUAL SE TOMA EN CONSIDERACIÓN PRIMERO: EL TIEMPO DE SERVICIOS EN LA I. E. O EL TIEMPO DE SERVICIOS OFICIALES?

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Rosana. Primero es el tiempo de servicios oficiales y luego el tiempo de servicios en la IE . Saludos

  • Buenas tardes Dr. Hugo. Agradezco de antemano su respuesta.
    En mi I. E. se nombró una profesora en electrónica con título en Ciencias Sociales y con capacitaciones en electróNica pero ahora ha quedado excedente en electrónica. Asimismo en mi I.E. hay 2 plazas de ciencias sociales, los cuales estan ocupados por 2 profesores nombrados. Mi pregunta es:
    ¿LA PROFESORA QUE HA QUEDADO EXCEDENTE EN SU ESPECIALIDAD DE ELECTRONICA, PUEDE ENTRAR A COMPETIR CON LOS PROF. DE CIENCIAS SOCIALES PARA DE ESA FORMA ACCEDER A ALGUNA DE LAS 2 PLAZAS Y NO QUEDAR EXCEDENTE DE LA I.E.?

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Fernanda. Si puede hacerlo teniendo la especialidad. Saludos

  • Buenos días Dr. Hugo. Agradezco por anticipado su consulta.
    Mi I. E. es del nivel secundaria de menores que cuenta con seis secciones, donde la mayoría de los estudiantes provienen de familias desintegradas y por lo tanto presentan grandes problemas que afectan su aprendizaje. El año 2010 una profesora muy aparte de su horas desempeñaba el cargo de defensoría de la I.E. donde trataba estos casos con gran eficiencia; pero este año esta profesora ha sido declarada excedente. Entonces por ser la permanencia de la profesora de gran necesidad en la I. E. nosotros queremos solicitar a la ugel que a ella se le otorgue la defensoría o coordinación de tutoria en la I.E. para que siga tratando estos casos y de esta forma evitar su retiro de la I.E.
    ¿ A La profesora, la Ugel le puede otorgar ese cargo? ¿En que norma podemos sustentar esta propuesta?

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Rosana. La única forma de sustentar su permanencia es demostrando que hay horas de clase para ella y que añadiendo esas horas se cumple con la norma de racionalziación. Saludos

  • Saludos Doctor Hugo… gracias por esclarecer las dudas que tenemos, esta es mi segunda consulta.
    Si solicito a la comisión de racionalización de mi I. E. la relación de cuadros de meritos de todos los docentes evaluados en el proceso de racionalización. ¿La comisión de racionalización tiene la obligación de otorgarme ese documento?
    Le agradezco de antemano.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Frank. De acuerdo a la RM 101, es obligación de la Comisión publicar en panel informativo (no entregar a cadea docente) los resultados de la evaluación para la racionalización. Saludos

  • Buenas días Doctor Hugo…
    En la I.E. donde laboro la comisión de racionalización nunca publicó los resultados de la evaluación de docentes según los criterios para declarar excedencia, tal es así que los docentes no sabemos con exactitud el orden en el que nos encontramos. Asimismo a los docentes que tenemos títulos y estudios en otras especialidades nunca nos dieron a elegir que áreas tener a nuestro cargo, solo nos lo asignaron según la especialidad en que nos nombramos. La comisión solo informo por escrito la situación final de excedencia a los profesores interesados.
    ¿ ES CORRECTO O IRREGULAR EL PROCEDIMIENTO QUE REALIZÓ LA COMISIÓN DE RACIONALIZACIÓN?

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Frank. Depende si la comision cumplió con las directivas de racionalización y distribución del cuadro de horas. El primer criterio es la especialidad que debe coincidir con lo que se enseña, lo segundo es el nivel magisterial, el tercero la antiguedad y el cuarto los años de servicio en la IE. Hay otros criterios mas especificos si no se llega a un resultado en base a esos cuatro citados. Creo que tan importante como aploicar la directiva es buscar que en el maco de sus otrientaciones, el profesorado quede satisfecho. No se puede contentar a todos pero por lo menos a una mayoría. Saludos.

  • Buenas noches Doctor Hugo, gracias por aclarar nuestras dudas.
    Soy profesora titulada y nombrada en Computación pero además soy titulada en comunicación y tengo capacitaciones en inglés ( básico, actualizado y perfeccionamiento). Hay 24 horas de computación en mi I.E. No hay otro docente en la I.E. capacitado en inglés. Asimismo tengo 5 años de experiencia en la enseñanza de inglés.
    ¿PUEDO ASUMIR VOLUNTARIAMENTE 12 HORAS DE INGLÉS Y 12 HORAS DE COMPUTACIÓN? ¿ TENGO ESTE DERECHO DE ELEGIR?

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rosana. Todo tiene que ser coordinado con la Comisión de distribución del cuadro de horas. Usted puede sugerir y solicitar que se evalúe esa opción por los titulos y capacitaciones que posee. Saludos.

  • Buenas noches doctor Hugo…
    En la I.E. donde laboro ha sido declarado excedente un profesor de soldadura que es titulado en matemática con capacitaciones en soldadura y tiene 10 años de nombrado. Asimismo hay un profesor nombrado en matemática con 6 años de nombrado. En méritos ambos docentes están iguales y hay 22 horas de matemática.
    ¿EL DOCENTE EXCEDENTE EN SOLDADURA PUDE ASUMIR LAS HORAS DE MATEMÁTICA, POR ENCIMA DEL DOCENTE NOMBRADO EN MATEMÁTICA?

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    .Angel. El prkmer criterio que juega es la especialidad. Si el profesor de soldadura es también profesor titulado de matemática puede hacerlo, de lo contrario no debería Saludos.

  • Doctor Hugo, mi consulta es la siguiente, yo llego a la I:E. donde laboro actualmente en el mes de setiembre del año 2006 Reasignada por Salud,con 12 horas de CTA y me completaron con otras areas han transcurrido 4 años y me siguen dando pocas horas del Area a pesar de que mi RD. indica 24 horas de CTA, en mi Resolucion el tiempo de servicio oficiales que figuran a esa fecha es de 9 años con 9 meses, en el 2009 llega reasignado un profesor en la misma area con 24 horas de CTA despues de un año que labora es que reclama para el cuadro de horas del 2011. Que esta primero que yo en el CAP,A pesar de que ambos estamos en el mismo nivel alega que el se nombro en el 2002 y que yo me nombre despues, en el 2004 dicho profesor señala que mis años de servicio que figuran en mi RD de reasignacion son acumulacion de mis contratos y que para efectos de cuadro de horas no cuentan a pesar de que mi titulo pedagogigo esta con fecha de 1994 y del profesor es mucho despues que el mio siendo su titulo con fecha del 2000,asi que a el en la actualidad le dieron sus 24 horas del Area.
    Si fuera asi como mi colega indica No me parece justo que a el se le considere por encima de mi persona sin reconocer mi labor como docente brindados al estado como contratada y no se consideren.
    Los años de servicios oficiales se consideran desde la fecha que uno se nombra? La experiencia y la antiguedad del titulo pedagogico no cuentan? para nada en la I.E.
    Aclareme esa situacion Porfavor
    De antemeno se lo agrdezco.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    .Carmen. De acuerdo a las normas de distribución del cuadro de horas cuenta, en orden de prelación: 1) la especialidad, 2) elnivel magisterial, 3) los años de servicio oficiales y 4) los años de servicio en la IE Saludos.

  • Buenas Noches Sr. Hugo. Agradezco por anticipado su respuesta.
    En mi I.E. hay 24 horas de carpintería y 2 profesores nombrados en esa especialidad; uno de ellos titulado en carpintería y con capacitaciones en inglés(básico, actualizado y perfeccionamiento ) y el otro titulado en biología y con capacitaciones en carpintería.
    El primer docente siempre a tenido a su cargo 12 h. de carpintería y 12 h. de inglés; y el otro docente 12 h. de carpinteria, CTA y otros. Todo por mutuo acuerdo.
    El problema se suscita cuando la comisión de racionalización le otorga las 24 h. al primer docente y declara excedente al segundo; sin hacer consulta alguna.
    ¿LA COMISIÓN DEBIÓ DE HABER CONSIDERADO EL ACUERDO DE LOS DOCENTES EN COMPARTIR LAS HORAS DE CARPINTERÍA Y COMPLETAR CON OTRAS ÁREAS, TAL COMO LO VENÍAN HACIENDO?

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    .Miguel.La comisión decide. Cierto es que lo deseable es que los cuerdos busquen un consenso y evitar de perjudicar a las partes innecesariamente. Seguramente ha tenido en cuenta la conveniencia de tener un profesor a tiempo completo. Pero no podría opinar al no conocer suficientemente el caso Saludos.

  • SOY PROFESOR DE LENGUA Y LITERATURA TENGO 14 HORAS CON DOS TERCEROS, 05 HORAS CON QUINTO, Y 05 HORAS CON CUARTO, PERO A UNA PROFESORA DE LA MISMA ESPECIALIDAD LE HAN CONSIDERADO 02 HORAS EN EL MISMO CUARTO AÑO POR PLAN LECTOR, PODRIA SOLICITAR ESAS DOS HORAS DE LIBRE DISPONIBILIDAD PARA CONTRATO DE ACUERDO A LA LEY 29062.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Angel. La decisión está en manos del Director y la comisión que decide la distribución del cuadro de horas, además de la disponibiliad presupuestal . Saludos

  • Antes a todo, reciba Ud. mis saludos cordiales. Al mismo tiempo aprovecho para realizar mi consulta: Soy una maestra con título en Educación Primaria y ubicada en el IV Nivel Magisterial, recientemente racionalizada a otro plantel. Además, estoy con la Ley del Profesorado 25212. Para la distribución de horas de clases o grados, la Norma vigente para la distribución del cuadro de horas ¿se aplica también para docentes en Primaria? o es que siempre estaremos bajo la decisión del Director del plantel, ya que todos los años, siempre los directores ubica a los profesores de Primaria en el turno mañana o tarde de acuerdo a su criterio y/o compadrazgo y además quién le cae bien, o no sé qué denominación se le puede dar a algunos directorcillos que se creen ya los más más leídos o sabelotodo y en lo específico ¡Por favor! ¿Cuál es la Norma de distribución del cuadro de horas o secciones y turnos para Educación Primaria?.
    De antemano, ¡¡muchas gracias!!! por su atención tan gentil que brinda a todos aquellos que le consultamos, y desde luego despeja nuestras dudas.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Marcos. La directiva de distribuciónb del cuadro de horas rige para lka secundaria. El idela en primaria es que un profesor esté con su promoción un minimo de dos a tres años, no cambiar todos los años. Saludos.

  • Estimado doctor gracias por aclarar mi duda pero con esa aclaracion se me presenta una incertidumbre
    por ejemplo en mi I.E. hay profesores con mas tiempo de servicios con respecto a mi persona que estan en el II nivel y han intentado ingresar a la CPM y no lo han logrado, pero mi persona si ingreso a la CPM y estoy en el III nivel por lo que he ascendido en el CAP, ahora que se esta dando nuevamente el proceso de incorporacion a la CPM y uno de estos colegas lograse ingresar o mas adelante entonces estasriamos en el mismo nivel (III) por lo que me estaria ganando por el segundo criterio tiempo de servicio. En conclusion estaria descendiendo en el CAP; sería injusto este tipo de criterio que se esta aplicando por lo que uno se esmera estudiando y actualizando no es justo.Bueno de anteman gracias por las respuesta y siempre le estare haciendo consultas. cuando uno elige los grados y las secciones a dictar la comision puede modificar esta distribución gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    José. Esa es la norma. Por ahora usted tiene la prioridad pues el nivel magisterial es el primer criterio. Si hay igualdad se pasa al segundo criterio que es el de la antiguedad. Saludos.

  • estimado doctor con respecto a la respuesta le indico que mi colega se ha incorporado antes de que se de la carrera publica magisterial el saco su titulo profesional y de acuerdo a la dicha ley lo ubican en el III nivel. ya obtuvo el titulo y se ha ubicado en el III nivel magisterial (antes de la cpm) pero en el nivel el tiene 8 años; mi persona recien se ha incorporado a la CPM en el III nivel. Cuando la directiva manifiesta nivel magisterial ambos tenemos el mismo nivel pero mi colega es mas ántiguo en este nivel
    de antemano gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    José. Ambos tienen el mismo nivel, el segundo criterio es la antiguedad, pero no en el nivel sino la antiguedad en terminos de tiempo de servicios oficiales. Eso es lo que tendrían que definir Saludos

  • Estimado doctor mi duda es la siguiente
    En la I.E. donde laboro existe un colega que estuvo nombrado en forma interina y ya obtuvo el titulo y se ha ubicado en el III nivel magisterial pero en el nivel el tiene 8 años; mi persona recien se ha incorporado a la CPM en el III nivel. Cuando la directiva manifiesta nivel magisterial ambos tenemos el mismo nivel pero mi colega es mas ántiguo en este nivel, pero si consideramos tiempo de servicios oficiales ya le gano por un año, quisiera que me aclare esta duda por lo que estoy en la comision de cuadro de horas de antemano agradecerle por este servico que usted tan gentilmente hace

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    José. No se cuando ingreso su colega a la cpm, pero los interinos ingresan por el primer nivel. En cuanto al cuadro de horas despues del nivel pesa la antiguedad. Saludos.

    gracias

  • disculpe doctor
    Dr. quisiera saber como se da la precedencia en la distribucion del cuadro de horas. el profesor decide sus horas o la comision.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Guido. La comisión evalua teniendoi en cuenta: la especialidad, el nivel magisterial, el tiempo de servicios y el tiempo de servicios en la IE.. Saludos.

  • Maestro Hugo Diaz buenos dias queria preguntarle lo siguiente: Soy maestra del area de educacion para el trabajo (especialidad de computacion) llevo un bloque de 03 horas y tengo mis 24 horas completas; pero en la distribucion me dicen que me van a dar comprension de textos con la finalidad que pueda coger 01 hora de tutoria.
    Digame es eso correcto que me despojen de mis horas de especialidad por dictar cursos que no me corresponde, si mi I.E. hay muchos maestros capacitados desde el año pasado para que lleven estos cursos y hay horas de contrata tambien.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Saby. Lo lógico es que a usted la aprovechen en su especialidad. Saludos.

  • estimado colego: Soy docente de EBA, MI TÍTULO ES LENGUA lITERATURA, GANÉ UNA PLAZA POR REASIGNACIÓN EN LETRAS; PERO RESULTA QUE ESTE AÑO PARA REALIZAR EL CUADRO DE HORAS PUEDO SER DESPLAZADO POR OTRA COLEGA QUE SI SE REASIGNÓ EN COMUNICACIÓN ( Esp.Lengua y Literatura). Además trabajo en semipresencial y ella en presencial. Mi pregunta es.. puedo solicitar a la comisión se me incluya en presencial o manda mi resolución de reasignacion

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Aparicio. La Resolución es la que está determinando su situación. Haga el intento . Saludos

    .

  • DOCTOR DIAZ
    Reciba un saludo cordial y a la vez preguntar:
    somos dos profesores del IV nivel el ingresò a la CPM el 2009 y yo lo hice el 2010, como nuestro tiempo de servicio en la CPM sale cero años, quien de los dos tendrìa prioridad en el cuadro de horas?
    de hecho en la antigua ley del profesorado el tenia 15 años y yo 14 años. Pero supongo que nosotros para nada ya debemos evocar la ley del profesorado….

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Miguel. La directiva de distribución del cuadrod e horas si considera además del niveol magisterial, los años de servicio oficiales y los años de servicio oficiales en la IE. Así figure cero años de servicio hay que recordar que ustedes fueron y siguen siendo empleados públicos. Saludos

  • Señor Hugo Díaz, previo saludo respetuoso, paso a consultarle al respecto del caso siguiente:
    Soy un profesor que me encuentro en el II nivel magisterial en la Ley 25212. El caso es que frente a una posibilidad, me nombré en la plaza de inglés (título que obtuve como segunda especialidad en un instituto particular),en el cual hasta el presente año vengo desempeñándome como profesor de Inglés, pero también antes de obtener el título de Inglés, obtuve el título en la especialidad de Educación física en un Instituto Pedagógico Nacional). Entonces ahora quisiera verdaderamente desempeñarme como Profesor de Educación Física, para el cual presenté mi solicitud ante la Dirección para que ya me consideraran como tal en el nuevo cuadro de distribución de horas para el siguiente año 2011 , que ya precisamente se realizó en la presente semana, caso que me negaron a mi solicitud aduciendo que yo había sido nombrado en la plaza de Inglés y tenía que continuar en ello, pero como quiera que en el colegio en donde vengo laborando, aún no existe la Comisión de elaboración del cuadro de horas, sólo lo determinan la plana directiva, a pesar que este colegio atiende más de 30 secciones de secundaria.
    Ahora no sé qué hacer, ¿presento mi queja ante la UGEL?? ¿Es posible que determinen mi ubicación por orden de prelación o prioridad?, o sea: Título de Técnico en Inglés o el título de educación física? y el nivel magisterial?.
    ¿Qué debo hacer por favor? Espero la sugerencia que será muy aliciente para mi persona. Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Marcos Jesús. Lo primero que tiene que ver es si hay horas para educación física que me supongo ya han sido cubirertas en el 2010 y años anteriores por otro profesor. En segundo lugar, si usted cumple con la especialidad a la que quiere lograr horas puede hacerlo y competir de acuerdo a la norma de distribución del cuadro de horas con los docentes que en el colegio trabajen. Su posibilidad de recurrir a la Ugel está abierta pero primero debe culminar el proceso en el colegio y hacer allí su reclamo. Saludos.

  • Señor Hugo Diaz, nuevamente para incidir en la pregunta anterior.
    El caso es para determinar como se va establecer en el cuadro de horas al profesor nombrado como profesor de banda de musicos en la institucion educativa.
    De la respuesta anterior deduzco que pasa a dictar horas de arte, o se mantiene en la preparacion especifica de formar la banda de musicos y/o cual va ser la situacion para dichos profesores nombrados como PROFESOR DE BANDA DE MUSICA.
    Le agradezo antipadamente la respuesta y le felicito por tener la paciencia de absolver nuestras inquietudes, QUE PASE UNA MUY FELIZ NAVIDAD EN UNION FAMILIAR.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Julio César. Si ha leído la directiva de distribución de cuadro de horas se dará cuenta que es un tema específico no normado. Además deben haber poquísimos casos de profesores dedicados exclusivamente a esa función. La gran mayoría está en un área de formación y dentro de esa área se aplican los criterios de la directiva. Saludos.

  • Muy buenas noches sr Hugo. mi consulta es la siguiente:
    soy profesora de EBR estoy en la CPM este año, yo con la ley antigua venia percibiendo un pago adicional por estudios concluidos de maestria, a la fecha después de haber ingresado a la CPM este beneficio me lo han quitado según los de la DRE dicen que ya se pierde este beneficio, yo me pregunto ¿en la CPM se valora la preparación profesional o no ? se supone que la CPM reconoce la preparación profesional como estimulación en el pago de la remuneración esa es la diferencia que se pregona en esta nueva ley y lo que anima a muchos docentes. Le agradezco de antemano su contestación.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Maria Ellena .Lo que le han dicho en la DRE es cierto. La maestría sirve para el ascenso al IV y V nivel. Eso está bastante claro en la Ley. Yo creo que ustedes deben leer la Ley y su reglamento para que conozcan bien las reglas de juego y eviten sorprenderse de algo ue está normado diferente a la carrera del profesorado Saludos.

  • DR. HUGO RECIBA MIS SALUDOS , LA PRESENTE ES PARA PREGUNTARLE sobre la distribucion de las horas de clase. en mi I.E.el director nos manifiesta que hay dos leyes la de la carrera pública y la ley del profesorado y que según el ministerio o su interpretación hay dos grupos de profesores cada uno en su ley y para repartir las horas lectivas no está claro a quien atender primero ya que no hay superioridad en ninguna ley, y cada profesor como es lógico jala para su bando. unos estamos en la carrera publica en el III tercer nivel con menos tiempo de servicios y otros en la ley del profesorado en en II nivel por supuesto con más años de servicio. ¿Cómo es el orden como nos repartimos las haras? ¿quién se ubica primero?
    otra cosa esto es un malestar que se está presentando en muchas instituciones los docentes no comprendidos en la Carrera Pública por ser ellos muchos más se creen superiores y nos marginan diciéndonos que somos unos contratados y que en cualquir momento salimos, que no tenemos estabiludad laboral y otras muchas cosas más.
    espero pronto respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Alberto. La referencia es la directiva sobre cuadro de horas que rigió este año. Allí se dice que lo que prima es: 1) la especialidad, 2) el nivel magisterial, 3) el tiempo de servicios oficiales y 4) el tiempo de servicios en la escuela . Saludos

  • DR. HUGO RECIBA MIS SALUDOS , LA PRESENTE ES PARA PREGUNTARLE sobre la distribucion de las horas de clase. en mi I.E. en la tarde funciona 1°, 2°, 3° de secundaria y en la mañana funciona 3° 4° y 5to de secundaria , somos 5 profesores del area de educacion fisica , a mi siempre me han dado el 1° de secundaria del turno tarde , pero ahora que estoy en el 4to nivel de la carrera publica magisterial , he solicitado enseñar el 4° de secundaria que esta en la mañana , mis colegas no quieren por que dicen que cada uno es dueño de su turno y yo como enseño primero de la tarde no puedo pasar a 4to de la mañana por que hay un profesor que siempre enseña 4° de la mañana , ellos dicen que no interesa el nivel. A PESAR QUE YO DEBERIA SER LA PRIMERA EN SER ATENDIDA POPR ESTAR EN EL 4TO NIVEL MAGISTERIAL Y ELLOS ESTAN EN EL 2DO NIVEL MAGISTERIAL.
    mi pregunta:
    la distribucion se realiza de acuerdo al orden de prelacion? o no
    – los profesores son dueños de su turno ? por que en la directiva no dice eso.
    por favor quisiera que me responda y adonde debo de quejarme .

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Norma. Los profesres no son dueñosd e su turno. Hay criterios que toman en cuenta el nivel, la antiguedad. El director debe conocer a fondo los alcances de la directiva para actuar con justicia. Saludos

  • Reciba mis cordiales saludos Señor HUGO Diaz, la presente es para manifestarle una inquietud.
    La directiva de distribucion y aprobacion de horas de clase del 2010 ha sido ratificada para el año 2011 y en ella no menciona el caso de los profesores nombrados de BANDA,
    POR FAVOR QUISIERA SABER COMO SE CONSIDERA EN EL CUADRO DE DISTRIBUCION DE HORAS A LOS PROFESORES DE BANDA Y/0 CUAL ES LA FORMA DE PRESENTARLO EN EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL.
    Gracias de antemano por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Julio César. No se a que se refiere a los profesores de Banda ¿De música?.Están incluidos en el área de formación artística Saludos.

  • Muy Distinguido Dr. Hugo Díaz
    El suscrito soy docente nombrado con especialidad Educación Primaria Prof. De aula en 30 horas, y consecuentemente con fecha 02 de Noviembre 2010 he sido incorporado a la carrera Pública Magisterial en IV Nivel y en Jornada laboral 30 Horas Pedagógicas con Resolución Directoral Regional Nro.4128-2010-GRSA/DRESAM . Actualmente laboro en Educación Básica Alternativa CEBA “Serafín Filomeno” Moyobamba por ser de la Especialidad Primaria en el Nivel inicial e intermedio. Mi jornada nos es y ha sido nunca de 24 horas.Situación que hasta la fecha actual sigo afectado en pagos como Prof. Por Horas. Es decir en mi caso desde mi reasignación al Dpto. de San Martín hace 8 años, nunca se ha acatado una Resolución que corrige a la de reasignación, prof por horas, por prof por aula 30 horas. Que contabilizándose a la fecha de emisión de la Resolución Directoral Regional. Nro.1471 a la fecha Diciembre del 2010, de no resolverse oportunamente mi caso, representa 96 meses en 2 304 horas deducibles dejados de percibir por 30 horas como profesor de aula. Y en planilla de pagos por remuneraciones mensuales. Y que en mi caso por haber sido incorporado a la carrera pública magisterial a partir del 2 de Noviembre del 2010 ubicado en el IV Nivel magisterial con jornada laboral de 30 horas pedagógicas. Sin embargo como consta en planilla de pagos del mes de Noviembre se me asigna el pago como profesor por hora y Aún así en el mes de Diciembre, el Director Regional ante mi reclamo me ha indicado a través de oficio que con la nueva ley de incorporación a la carrera me toca sólo 25 horas. Considero que desde que se produjo mi nombramiento docente como prof. de educ. primaria por 30 horas, se ha generado un presupuesto de inversión pública permanente, sin embargo hasta la fecha no me responden sobre las 6 horas semanales dejados de percibir durante estos años nombrado en 30 horas..A quién recurrir ante este hecho Dr. Hugo Díaz,mirar la educación en el país nos hace ver que las cosas están muy malas en la administración educativa. Realmente se requieren Directivas precisas, y cualificar el personal que administra la educación…en veces como nuestra realidad que se presenta. por fuera flores y por dentro temblores..Quisiera saber si los docentes de EBA ciclos inicial e intermedio en la reglamentación que corresponda tenemos la jornada laboral de 25 horas.- Y si es así estaría mal elaborada y con vicios mi resolución de Incorporación a la carrera pública Magisterial en IV nivel en Jornada Laboral 30 horas pedagógicas.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Nexar. Con usted sucede lo mismo que con las profesoras de educación inicial. A ellas se les paga por 25 horas pues el la carga horaria del DCN. En el casod e EBA son 25 horas. Si trabajase en una escuela primaria de educación básica regular si percibiría por 30 horas pedagógicas. Saludos

  • Reciba mis cordiales saludos Dr. Hugo. Mi inquietud es la siguiente:
    La I.E. en que laboro consta de 10 secciones del nivel secundario y 13 del primario. Todos los años se forman Comisiones de trabajo, entre ellas el Comité de Tutoría y Convivencia Escolar y se designa a un profesor para que sea el Coordinador de tal comité. En el colegio no hay personal jerarquico; sólo director y subdirector del nivel primario. Este es el segundo año que he sido designado para el cargo de coordinador de tutoría, el que estoy asumiendo además de mis 24 horas de jornada laboral. Quería preguntarle si me corresponde gestionar ante la Dirección y UGEL lo que indica la Directiva N° 004-2010 ME/SG-OGA-UPER sobre distribución de cuadro de horas y que hace referencia a que “…los coordinadores de OBE (Tutoria) dicten 5 horas de clases”.
    La verdad es que trabajar en tal Comité es de mucha responsabilidad y no alcanza el tiempo para las cordinaciones, tanto así que descuido mis horas de dictado e incluso mi tiempo libre.
    Gracias por la orientación, estaré al tanto.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Ruben. Las cinco horas son el caso excepcional. La directiva no especifica esa excepcionalidad. Se señala además que el cargo debe estar adaptado a la nueva denominación: Coordinador de Disciplina Escolar y Tutoría Saludos

  • Buenas noche señor Hugo
    Permiteme preguntarle respecto al cuadro de horas en ina I.E. con 16 aulas en total por los tres niveles cuantas horas le corresponde dictar al director. Además a un profesor contratado y encargado de direccion, ¿le corresponde el pago por encargatura.
    Gracias por su respuesta y por orientarnos
    Buenas noches

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Betza. La directiva hace referencia a 9 secciones o menos fuera de Lima y 10 secciones o menos en Lima para el caso del director. Saludos.

  • ESTIMADO PROFESOR, RECIBA CORDIALES SALUDOS.
    MI CONSULTA ES YA SALIO LA NORMA PARA EL CUADRO DE HORAS Y QUUSIERA SABER SI LA PROPUESTA QUE LE HAGO EN ORDEN DE PRELACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN DE HORAS EN EL AREA DE HISTOIA GEOGRAFIA ES LA CORRECTA:
    1º PROF. CCHHSSS II 22 AÑOS SERV
    2º PROF. CCHHSS II 21 AÑOS SERV
    3º PROF. HISTORIA Y GEOGRAFÍA 19 AÑOS
    4º PROF. HISTORIA Y GEOGRAFÍA 12 AÑOS
    5º PROF. HISTORIA Y GEOGRAFÍA 10 AÑOS
    6º PROF HISTORIA Y GEOGRAFÍA 8 AÑOS
    7ºPROF. HISTORIA Y GEOGRAFIA 7 AÑOS
    8ºPROF. CCHHSS 5 AÑOS SERV
    GRACIAS POR SU RESPUESTA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Julio. En principio si todos os profesores cubren el requisito de la especialidad prevaece el nivel magisterial, luego los años de servicio oficiales como profesor y finalmente los años de servicio trabajando en la IE

  • Dr. Hugo Diaz, agradezco su respuesta y tengo otra consulta.
    Con respecto al Cuadro de asignación personal (CAP),el factor predominante será siempre la antiguedad (título, nivel, de servicio, permanencia en la I.E) como lo es para la distribución de horas o será solo por el nivel.
    Le agradecería,me indicara los criterios a considerar para la elaboración de dicho cuadro

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Carmen. Hasta ahora he sido la especialidad, el nivel magisterial, los años de servicio y los años de servicio en la IE. No sé si habrá algúin reajuste en alguna nueva norma que pueda salir patra el 2011 Saludos.

  • Apreciado Dr. Hugo: Mi consulta tiene que ver con el tiempo de servicios oficiales.1ro. Un profesor con nombramiento interino desde 1985 (actualmente cuenta con 25 años de servicios), obtuvo su título en el año 1992; y una profesora fue nombrada en el año 1991 (actualmente cuenta con 20 años de servicios), ¿a quién le corresponde primero para la adjudicación de horas de clase? Ambos profesores pertenecen a la Ley del Profesorado.
    2do. Dos profesoras se encuentran en el III nivel, una con la Ley del Profesorado y la otra con la reciente LCPM, ¿quién tiene la prioridad para elegir sus horas de clase?
    3ro. ¿Cómo se toma en cuenta los servicios oficiales, desde el nombramiento interino o a partir de la obtención del título?¿Qué Ley(LP o LCPM) tiene la prioridad para la distribución del cuadro de horas?
    Espero con atención su respuesta.
    Atentamente.
    Marcos Patricio

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Marcos. En el primer caso a quien tiene mas años de servicios oficiales; es decir, con nombramiento definitivo. En cuanto a su segunda pregunta, primero está como condicion la especialidad. Si tienen el mismo nivel magisterial, pesan los años de servicios oficiales en el sector y luego los años de servicio en la IE. No obstante, es posible que una nueva norma ratifique o cambie lo que le estoy señalando. Todavía no hay norma que establezca la prioridad de la CPM Saludos.

  • Dr. Hugo, en la IE donde laboro se ha presentado un problema en distribución de horas, entre una docente titulada en la especialidad CTA y nombrada en 2003 en el área de matemática y otro docente titulado en la especialidad de matemática nombrado hace 6 años,el tiempo de nombrados es la misma de la permanencia en la IE; la pregunta es: ¿Quién tiene prioridad en la distribución de horas?
    Gracias, Dr

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Carmen. El primer criterio es la especialidad. luego el nivel magisterial y en tercer lugar el tiempo de servicios. Saludos.

    .

  • Dr. muchas gracias por su respuesta,pero la duda aun persiste en mi, ya que las plazas que se crearon en el 2008 con D.U.Nº021-2008 y fueron ya cubiertos por contrato hasta la actualidad recién ingresaron al NEXUS en el enero del 2010, se puede nombrar mi hermano en esa plaza que ahora ya es ORGÁNICA.
    Quedaré muy agradecido por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Obispo. Le insisto en lo que dice la norma. Segón la RM 353, la fecha de declaratoria de la plaza orgánica es diciembre del 2009, no el 2010. En todo caso, tendria usted que consultarlo en la Ugel para ver si dentro de las plazas han incluido ella lo que estaría fuera del alcance de la norma. Saludos.

  • Dr. Hugo lo escribo para consultarle respecto al nombramiento de Auxiliares de educación que fue aprobado por ley 29465, Que en su Quicuagésima tercera disposición final, AUTORIZA el nombramiento de los auxiliares de educación que al 31 de diciembre del 2009 cuenten con con no menos de dos (02) años de servicios continuos o alternos en I.E. públicas.
    la plaza que se encuentra mi hermano tiene más de dos años continuos y resulta que en el mes de agosto de 2009, la UGEL que pertenece informo al ministerio de educación para convertirlo en plaza orgánica y dicha institución no concreto dicha conversión con una resolución en su debido tiempo, sino que recién lo convierten en enero del 2010,
    Razón por la cual cuando se presento para el nombramiento le objetaron que el 2009 no estuvo en una plaza orgánica, ya que el REGLAMENTO de la ley de nombramientos establece que para poder nombrarse cada postulante debería de haber estado en plaza organica el año 2009, pero mi hermano si estuvo en una plaza orgánica en el 2009, y que dicha plaza se informo al ministerio de educación en su debido tiempo para convertirlo en su NEXUS, POR TAL RECIÉN EN ENERO RECIÉN SALIÓ LA RESOLUCIÓN DE LA PLAZA QUE ESTA MI HERMANO, CABE aclarar mi hermano ya tiene 32 meses de servicio profesional como auxiliar si cumple con el requisito de 20 meses, la única dificultad es la resolución de conversión.
    Dr.tiene derecho mi hermano a ser nombrado o no ya que cumple con los requisitos de acuerdo a la ley, hasta el 31 de diciembre del 2009 estuvo en una plaza orgánica, tiene 32 meses de experiencia laboral.
    Digame: se puede nombrar en la plaza orgánica que fue informado en agosto del 2009 al Min. de Educ. y que por negligencia administrativa se tardaron hasta el 2010.
    Espero que el Ministerio saque una norma COMPLEMENTARIA para enmendar su negligencia, ya que en mi UGEL hay 36 plazas en esa condición Ayúdeme que puede hacer mi hermano para nombrarse. Que hacer Dr.
    Dr. lo ruego que lea la ley 29465 y la R.M. Nº0353-2010-ED que fue publicado el 07 de Diciembre del 2010.
    Espero ansioso su respuesta GRACIAS.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Obispo. El MED publicó el 1 de diciembre la RM 353 que norma el nombramiento de auxiliares. La puede consultar en la web del MED. Alí se dice que las plazas deben haber estado aprobadas en el CAP 2009 y que este año debe tener finaqnciamiento. Además deben est6r en el NEXUS y no se cubren las plazas de eventuales ni de personas que estando en ausenciqa temporal cubren una plaza.Al 31 de diciembre del 2009 debe acreditar dos años continuos de trabajo. Si su hermano cumple con esos requisitos puede postular Saludos.

  • ESTIMADO HUGO:
    Este año se cometieron muchos excesos e injusticias en diferentes zonas del paìs con respecto a las encargaturas, pues no se respetò la normatividad vigente, especialmente en cuanto a la Ley de la Carrera Pùblica Magisterial. Quisiera saber si el MED no se va a pronunciar en torno a las diferentes denuncias que se le han hecho llegar

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Aura. Normalmente el MED no lo hace. Saludos.

  • Dr Hugo Díaz:
    Soy profesor de la región San martín, en la provincia de Tocache. En primer lugar es un placer poder expresarme por este medio; a su vez, felicitarle por este importante espacio donde nos podemos interrelacionar. Como segundo punto manifestarle mi preocupación de cada fin de año escolar en relación de las plazas de dirección que cada año se da, en la que se observa a docentes tras este “sillón” de poderes en una institución educativa, que buscan no necesariametne mejorar los aprendizajes sino manejar a su mejor antojo y cuando de repente la UGEL encarga a profesional por sus perfiles profesionales en proactividad de un mejor aprendizaje y en cierta manera “obliga” a los docentes reacios a integrarse en las nuevas políticas educativas como de procesos de construcción de aprendizajes estos se reunen buscando desestabilizar o retirar al docente; por lo que llego a su persona para solicitarle cuál o cuáles son las normatividades vigentes sobre la encargatura de dirección si es meritocracio, antigüedad, etc.
    me despido de manera muy agradecido de su persona. JORGE SANDOVAL

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Jorge. Las encargaturas las han venido asignando en base a los criterios que rigen la ley del profesorado; es decir, el peso de la antiguiedad. El MED viene revisando esas normas y seguramente publicará algo nuevo a inoicios del proximo año. Saludos.

  • Doctor Diaz, esperando que ya esté totalmente recuperado de su intervención quirúrgica, ya que su presencia en el cyberespacio es imprescindible a través de este blog tan bien logrado, de gran acogida y que sirve de mucho para hacer valer nuestros derechos en la NLCPM.
    La inquietud es la siguiente: para la distribución de horas es necesario el INFORME ESCALAFONARIO, la cual en su formato (no sé si será en todo el país) está incompleta, ya que no considera los años de servicio en la antigua Ley; tan sólo desde el momento de la INCORPORACIÓN, lo cual afectaría mucho en el momento de prelación.
    Favor de hacer llegar esta inquietud a los funcionarios de Escalafón y Personal del MINEDU para que puedan subsanar este error.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Alfredo. Gracias por sus comentarios. Se los haré saber a la Oficina de Personal. Saludos.

    Gracias y sigamos adelante Dr. Diaz.

  • Estimador Señor Hugo:
    Soy profesor de secundaria, incorporado a la CPM, quisiera saber si en la distribucióon de horas del año 2011, se debe tener en cuenta el nivel al que uno pertenece desde el momento de su incoporación, y además si existieran dos profesores con el mismo nivel en la CPM, se tiene en cuenta el año de ingreso o los años de servicios

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    En cuanto a lo primero, se tiene en cuenta el nivel magisterial. Luego los años de servicio oficiales y los años de servicio oficiales en el centro educativo.. Saludos.

  • Estimado Señor Hugo :
    Soy maestra de Educación Especial, me incorpore al IV nivel de la carrera publica magisterial en esta penultima convocatoria, en mi resolución de incorporación figura jornada laboral 30, desearia saber si mi jornada debe ser de 8 am a 2pm o seguira siendo de 8 a 1pm como siempre lo ha sido. De antemano agradezco su respuesta. Bendiciones.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rosario..Las jornadas laborales no cambian. Lo que sí debe procurar salir luego que los alumnos dejan el plantel. Es parte de una responsabilidad personal, más aún en un centro de educación especial Saludos.

  • Dr Hugo Diaz:
    Muchas gracias por poner este tipo de espacios que nos ayudan a nosotros los docentes a orientarnos un poco mas en nuestra labor educativa. Mi inquietud es la siguiente: Soy profesor de EPT en mi colegio Cuento con titulo pedagogico en computacion e informatica y estudios en ingenieria de sistemas. Tengo 8 años y cuento con II nivel. La nueva directora, con la anuencia de los demas colegas, desde hace 2 años me viene proponiendo ante la ugel para asumir el aula de innovacion pedagogica. Actualmente viene ejerciendo ese cargo una profesora de historia ya desde hace 5 años que tiene conocimientos muy elementales en computacion pero en tics lo que ha generado un malestar en la comunidad docente. Pero la Ugel ha rechazado la propuesta de la directora aduciendo que solo la profesora puede asumir ese cargo ya que cuenta con resolucion de encargatura al haber quedado excedente en su colegio hace 5 años. ¿Que se puede hacer ? ya que esto tambien perjudica al alumno y al colegio en general. ¿Por qué no hay un concurso en donde por merito y estudio se asuma ese cargo? .

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    José. No sé si usted me hizo la consulta anterior. El director tiene que proponer al profesor para que ocupe la plaza. Lo que me dice ahora es que la Ugel les quiere imponer una persona declarada excedente en otro colegio. Seguramente la terminará imponiendo, pero no está actuando correctamente. Lamentablemente es un asunto que deben resolver el director y la Ugel. Saludos

  • BUENAS TARDES DR. HUGO QUISIERA HACERLE LA SIGUIENTE CONSULTA:
    SOY PROFESOR NOMBRADO EN CIENCIAS SOCIALES CON 15 AÑOS DE SERVICIO TAMBIEN TITULADO EN COMPUTACION E INFORMATICA. EL AÑO PASADO SE CREO EL AULA DE INNOVACION EN MI COLEGIO Y SE NECESITABA UN PROFESOR PARA PODER ASUMIRLA. REUNIA EL PERFIL REQUERIDO Y EL DIRECTOR IBA A PROPONERME PERO EN AQUEL ENTONCES HUBO EXCEDENCIA EN CTA. PARA PODER SALVAR A LA PROFESORA SE PROPUSO PARA EL AULA DE INNOVACION A UN PROFESOR DE CTA CON ALGUNOS CURSILLOS EN COMPUTACION Y LA PROFESORA EXCEDENTE PASO A OCUPAR LAS HORAS DEL PROFESOR DESIGNADO. MI PREGUNTA ES QUE OPORTUNIDADES TENGO LEGALMENTE PARA ASUMIR LA ENCARGATURA DEL AULA DE INNOVACION EN MI COLEGIO TODA VEZ QUE LA PROFESORA YA HA SIDO DECLARADA EXCEDENTE

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Félix. Tiene el perfl para ocupar la plaza. Lo que requiere es que el director lo proponga. Creo que áunque duela, en estos casos hay que tener en cuenta consideraciones de especialidad y no tanto de favoritismo. Teer una persona insuficiemente calificada para el cargo no ayuda. Eso parece ser lo que sucedió. Saludos

  • Buenas tardes Dr. HUGO. lo escribo para consultarle lo sigte:
    por que, un reglamento interno de una I.E. no tiene validez, para poder establecer ciertas acciones contra las faltas que cometen los alumnos en una I.E. en nuestra institución nuestro reglamento establece que si un alumno falta respeto, verbalmente(palabras soeces) y físicamente (tirandóle con una pelota al cuerpo agrede), la comisión de disciplina lo suspendió por ser reiteradas veces (03 veces) el padre de familia lo quejo a la comisión y la Ugel lo sanciono con la suspensión de sus cargos por tres meses.
    Entonces que hacer con esas faltas que cometen los alumnos a caso sus derechos están sobre los derechos de los mayores.
    dígame si existen algunas normas para poder conbatir dichas faltas de los adolescentes, le agradecere mucho ya que estamos en el mes de elaborar nuestro Reglamento para los años siguientes, y asi no cometer algun delito o falta contra los alumnos.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Obispo..La norma que exist6e es el Reglamento de Educación Básica pero un tema como el que usted plantea, que es muy importante, no lo contempla. Es uin vacío que hay que superar. En España el no haberlo contemplado trae un verrdadero problema de abuso de los alumnos alos cuales no se los puede corregir pues hay el riesgo de ir a la cárcel. Trateré de conversdar este tema con el viceministro Vexler Saludos.

  • Buenos días Dr. HUGO. lo escribo para consultarle lo sigte:
    fui benefiaciado con un pago por subsidio de luto y gastos de sepelio, con una suma de 2,414.98 nuevos soles, pero cuando fui a exigir el pago con mi resolución que se me dio en la UGEL, y me negaron el pago por lo siguiente:
    en la Parte resolutiva de la resolución dice:
    1º.- OTORGAR: SUBSIDIO POR LUTO a ……Manuel Obispo Chávez con C.M. 1031665564 Personal docente de la I.E César Vallejo la suma de S/. 2,414.98 nuevos soles equivalente a dos (02) remuneraciones totales: Siempre en cuando el Ministerio de Economía y Finanzas otorgue el presupuesto.(La ley no establece que este beneficio se pagara cuando haya presupuesto en el Ministerio de Economía sino es un derecho ganado yo creo así Dr.
    2º OTORGAR Subsidio por gastos de sepelio……la suma de 2,414.98 nuevos soles equivalente …….; Siempre en cuando el Ministerio de Economía y Finanzas otorgue el presupuesto respectivo.
    3º ENCARGAR, al área de Gestión Institucional a través del Especialista en finanzas 1, efectuar las gestiones ante el Pliego del Gobierno Regional de Ancash, para la aplicación del Calendario de Compromisos y/o Créditos Suplementarios para el pago respectivo.
    4º AFECTECE: Pliego 441 – Gobierno Regional Ancash, Fución: unidad de costeo: Programa 047, sub programa:0103, Actividad: 1043724,COMPETENTE3120618, Meta: 00001 Clasificador del Gasto 2.2.2.3.4.2, del Presupuesto Anual Vigente.
    DOCTOR por favor dígame si eso es correcto que no me quieran pagar ya va cumplir un año y ni un sol me pagaron.
    Asesoreme por favor para seguir los pasos para que me paguen; dígame si hay normas que digan que el pago será “si hay Siempre en cuando el Ministerio de Economía y Finanzas otorgue el presupuesto respectivo”
    ES CORRECTO TODO ELLO
    QUE NO ME PAGUEN POR QUE MI RESOLUCIÓN DICE:”Siempre en cuando el Ministerio de Economía y Finanzas otorgue el presupuesto respectivo”
    COMO ME PUEDEN DAR UN BENEFICIO Y LUEGO NO SE ME HAGA EFECTIVO.
    GRACIAS

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Obispo. Las resoluciones que otrgan el beneficio de sepelio y luto no pueden salir con esa descripción. Hay alguien en la Ugel que no sabe hacer resoluciones y un director que firma sin leer. Normalmente estos pagos demoran unos tres meses pero no tanto como usted lo indica. El problema es que en estos casos la solución depende de la región, no del Ministerio. Ella es la que debe incluir en sus calendarios de compromisos esa partida para que le hagan efectivo su pago. Desde Lima no le puedo ayudar Saludos

  • Buenos días Dr. HUGO. lo escribo para consultarle lo sigte:
    En la I.E donde laboro el Director me informo como falta por no laborarar el 08 de octubre, no asisti por que es FERIADO según el calendario anual y según los feriados considerados por el ministerio de Educación, es correcto ese descuento Dr. Hugo.
    Además para el 01 de Noviembre nos obligo a trabajar, basado en que la UGEL aprueba el cuadro de horas con las semanas completas laboradas, si no se trabaja un día feriado de la semana se completa con el día hábil de la siguiente semana, es correcto eso Dr. Pero resulta algo insólito ni la UGEL trabaja los días feriados, pero a las I.E le aprueban el cuadro de horas con lo siguiente: si no se trabaja en los feriados se trabajara 41 semanas al año, pero solo las normas establecen 40 semanas, por todo ello Dr. le agradecere bastante si me envía las normas que establezcan la elaboración de cuadro de horas, calendarización y otras normas que sean pertinentes al caso le agradeceré bastante por colaborar con mi persona.
    ¿Qué puedo hacer para que se me pague el descuento del feriado 08 de octubre? Un abogado me dijo que lo denuncie por abuso de autoridad, al director de la I.E y al Director de la UGEL. puedo hacer eso Dr.
    GRACIAS

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Libia. A usted ni le pueden descontar por trabajar en día feriado. La legislación laboral indica cuales son los feridos laborales y no laborales. Posiblemente en la web del Ministerio de Trabajo lo puede encontrar. Presente su reclamo por escrito y si no le hacen caso, denuncie al director por abuso de autoridad. Saludos.

  • Mi estimado señor Diaz le escribo para CONSULTARLE LO SIGUIENTE:
    Me nombré en agosto y al llegar a esa I.E. me di con la sorpresa que laboran también los feriados, hoy estoy trabajando (siendo feriado) y a la pregunta que ¿porque? , ellos me dicen que en su calendarización del año no se ha considerado los feriados, por eso trabajan.
    Pero al observar la calendarización veo que las clases se iniciaron como en todas las instituciones el 1er de marzo hasta el 17 de diciembre(completando las semanas y horas requeridas)
    Entonces ¿es necesario trabajar los feriados?
    El 30 de agosto trabajamos, el 8 de octubre tambien hoy 1ero y trabajeremos el 8 de diciembre pues son ordenes del direcor.
    Tengo conocimiento que durante el año no se ha perdido ni las clases, si se tratara para recuperar.
    Durante los 12 años de contrato nunca he trabajado los feriados, salvo para recuperar clases (previo acuerdo).

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    IIBIA. La calendarización es un acuerdo que adoptan el director con sus profesores. Si ellos decidieron eso pues se comprometieron a cumplirlo no obstante que no hay obligación de trabajar los feriados . Saludos.

  • estimado maestro, ¿en la distribucion de horas, se toma en cuenta si se pertenece o no a la CPM o es el nivel magisterial mas alto?
    recien el 2010 me incorpore al III nivel de la CPM y en mi IE se estan creando supuestos, como, que los de la CPM sean marginados y que debe regir la carrera del profesorado, como hacer entender a estos colegas, que dispositivo legal expongo para defender mis derechos.
    garcias por su pronta respuesta

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Luis. Todavía el nivel magisterial es determinante en el cuadro de distribución de horas. Pero hay que esperar a ver como sale la directiva del año escolar 2011. Saludos

  • señor quisira saber los requisitos para la racionalización de profesores de primaria de las I.E publicas por favor se lo agradecere. y si hay alguna directiva nueva que mi persona no conozca. porque parece que la persona que dirige la institución que laboro desconoce al respecto

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Gemoad. Explicarle los criterios de la racionalizacion puede resultar un poco largo Le recomiendo que en el Google busque la Resolucion Ministerial 101-2009-ED. Allí están claros los criterios que deben emplearse para racionalizar personal. Saludos.

  • Mi estimado señor Diaz le escribo para dos cosas muy puntuales saber, cual es la jornada laboral del auxiliar de Educacion en el nivel secundaria; y la Modificatoria de la Ley del profesorado no es muy clara con respecto a la incorporacion automatica de Auxiliares de educacion puesto que hace algunos años, muchos colegas pudieron incorporarse automaticamente y yo no pude a pesar de tener mi titulo hace 10 años y este es el caso segun el Sutep de mas de 1200 auxiliares podria aclararme esta preocupacion. Muchas gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Milagritos. La jornada laboral de un auxiliar es la de un personal administrativo: 40 horas cronologicas semanales. En cuanto al nombramiento de auxiliares, se suponñia que este año iba a haber concurso de nombramiento pero hasta ahora no se produce. Saludos

  • Saludos Profesor Hugo Diaz
    quisiera que me oriente, para que me reasignen es necesario estar en la CPM?, Profesor Hugo el presente año me encuentro con una LIcencia sin goce,pertenezco al primer nivel, es posible que pueda dar el examen para el II nivel de la CPM? la que sera en el mes que viene?.Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Jaqueline. No es necesario estar en la CPM para que la reasignen. Para postular a la CPM tiene que levantar su licencia . Saludos

  • Estimado amigo Hugo: me presente a la CPM al IV nivel, aprobé el examen clasificatorio, pero para el de especialidad tuve el inconveniente de ser observado “por estar en situación de excedente”, según la distribución de cuadro de horas 2010. Pero el año 2009 con la aplicación de la RM 101-ED sobre la racionalización me ubique en mi Área de Ciencias Sociales 2º de 12 docentes; cosa que no tuvieron en cuenta para la distribución. Es mas, presente un reclamo a comienzos de año para la modificatoria del cuadro de horas, ya que mi titulo de Filosofía, Psicología y Ciencias Sociales, por eso que solicitaba enseñar en el área de PFRH y FCC, que son mas afines a mi especialidad y que otros colegas no lo poseen. A pesar de eso me consideraron excedente. Cree usted que el reclamo que hice a comienzos de año puede ser atendido, ya que veo vulnerado mis derechos.
    Muchas gracias por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Jorge. Debería ser atendido por la Ugel o DRE correspondiente. Saludos.

  • diculpa señor HUGO DIAZ me han comentado que mediante esta pagina ud ha despejado diferentes dudas de los profesores , disculpa quisiera saber si tendre algun problema en presentar mi C.V. EN LA I.E. YO PUSE LA REGION DONDE POSTULE HUANUCO Y DONDE SEDE DONDE HABIA DAR MI EXAMEN LIMA PROVINCIAS HUACHO-Y RENDI MI EXAMEN EN HUACHO HE APROBADO EL EXAMEN DEL 22 DE AGOSTO 2010 TENGO MAS DE 14 AHORA QUISIRA SABER SI ME TENGO ALGUN INCONVENIENTE POR DAR EXAMEN EN OTRA SEDE CON QUE ME RESPALDO O ME DEFIENDO QUE TENGO QUE PRESENTAR???

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Marleny. Tiene que dar su examen en la región donde usted dijo que quería postular. Por ahora no hay disposición que cambie ese criterio . Saludos.

  • senor Hugo tengo dos preguntas gracias por su respuesta.
    *en una institucion educativa donde hay nombrados interinos con mas años de servicio que los titulados a quien le corresponde ser declarado excedente de estos dos grupos de profesores.
    estoy ley profesorado y solicite ascenso de nivel lo cual se declaró improcedente que tengo que realizar para que se reconozca mi ascenso de nivel seguir la via judicialmente.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Jaime. Le contesté en anterior mensaje que tiene prioridad el que está en un nivel magisterial y tiene más años de servicio, En cuanto a lo segundo, no hay ascensos en la Ley del profesorado. Saludos

  • señor Hugo:
    Para declarar excedencia en una institucion educativa donde hay profesores nombrados interinos y titulados cual es el orden o a quien le corresponde ser declarado exedente.
    gracias por su respuesta

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Jaime. Los criterios a tomar en cuenta son: el nivel magisterial, la especialidad, el tiempo de servicios oficilaes y el tempo de servicios en la institución. Saludos

  • Saludos.
    Soy De la CPM y quisiera saber para el caso de encargaturas de Direccion quien tiene prioridad si los de la ley 24029 o los de la 29062 para asumir dicha encargatura.
    Segun se deduce que una ley modificada es cambiar algunos aspectos pero no la esencia y que el articulo modificado es el legalmente aceptado en todo caso parece que prevalece la 29062
    Por favor quisiera una respuesta ya que en la UGEL Arequipa Norte de Arequipa No saben que hacer pues no me dan respuesta a mi solicitud de encargatura.
    Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Jack. Es un tema que el MED todavía no ha aclarado suficientemente. Supuestamente debería regir el reglamento de la Ley de la CPM pero en ese campo aún no se aplica. Mientras el MED no actualice la norma sobre encargos la duda continuará.. Saludos.

  • Señor Hugo Díaz.Reciba mis felicitaciones por el Blog que nos aclara y nos despeja a los docentes, grandes dudas en lo relacionado a la Educación en nuestro país.
    Soy Profesor de una I.E.del Dpto. La Libertad del Nivel Secundario con título de Lic. en Educación en la Especialidad de Matemática, pero he sido nombrado el año 2003 en dicha institución en el Area de Educación para el Trabajo en la especialidad de Electricidad por contar con certificados de estudios de CEO en Instalaciones Eléctricas Domiciliarias, que a la fecha vengo desarrollándome como prof. en el área y especialidad mencionada,
    En la I.E. que laboro, para este año 2010, la UGEL a que pertenecemos nos viene exigiendo que trabajemos con 04 secciones menos por no contar con el número de alumnos necesarios para cada grado, nosotros a nivel de institución nos hemos opuesto a tal medida, pero cada vez la presión de la UGEL es mayor, es por eso que recientemente este mes de Agosto se ha aplicado el Proceso de Racionalización para determinar la excedencia de profesores, resultando 05 profesores excedentes, siendo yo uno de ellos.
    En el Area de Educación para el Trabajo al cual pertenezco, somos 04 profesores del cual no se me ha evaluado dentro de los criterios para determinar la excedencia de acuerdo a la Resolución MinisterialNº 0101-2009-ED como por ejm mi participación en el exámen Censal de Profesores;y mi participación en la capacitación del Programa de PRONAFCAP, y todo por no contar con título pedagógico de la Especialidad.
    Mi pregunta es Señor Hugo Díaz, si la comisión está en lo correcto o hay alguna Norma o Directiva como la 004-2010 DE “Elaboración y Aprobación del Cuadro y Distribución de Horas de Clase” como lo señala en su Art. 10,4 que en el Area de Educación para el Trabajo el Docente puede acreditar además como mínimo título profesional técnico en la especialidad requerida así como también en el inciso 10,6.
    Espero su pronta respuesta, y le agradezco por antcipado. Saludos

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Willmer. Usted está en lo correcto. En primer lugar hay normas como la de distribución de horas de clase y otras que cita que deben tenerse en cuenta y en función de ello evaluiar las excedencias. En segundo lugar, quizas la excedencia se produce por una baja relación alumnos por profesor, pero reducir de 4 a uno, habrái que ver si no se exagera con la racionalización. Saludos.

  • Señor Hugo
    Favor indicar si fuese posible la norma que regula los criterios pedagógicos para la elaboración de los escolares en el nivel secundario
    Gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Carlos Alfredo. No entiendo lo que me pide ¿criterios pedagógicos para la elaboración de los escolares?. Saludos.

  • Gracias por la respuesta, si las horas se reparte de acuerdo al DCN y ahi menciona que tienen que ser de especialiad entonces el curso de tutoria no seria parte para convertise esa bolsas de horas en una plaza orgánica? como le decia por ejemplo 22 horas de comunicacion y 2 de tutoria son 24 horas porque no lo indica el dcn aunque ahi dice que el profesor puede llevar a cargo una sola aula para el curso de tutoria recien este año sacaron esa norma que se aplicara el otro año, el año pasado la norma decia que podia ser 2 aulas de tutoria que llevara el docente recien este año el mes pasado minedu normo que sea solo una aula pero pidieron ampliar dos horas porque una hora es insuficiente por lo integral que se enseña en tutoria. Tambien en el colegio que enseño hay horas de comunicacion igual el caso de otra plaza con 22 horas de comunicacion y 2 de tutoria pero ademas hay mas horas de comunicacion que se las dieron a los nombrados por ejemplo al de mecanica tambien le dieron horas de comunicacion y al profesor de cta y al profesor de persona familia tambien horas de comunicacion asi pueden salir dos plazas de comunicación porque si no saldrian excedentes los nombrados y como ellos tienen mas derecho se les da ese curso de comunicacion aunque no es su especialidad y asi nombraron este año plaza de cta internamente le completaron con comunicacion si tanto el dcn dice que sea de especialidad porque asi lo piden tambien cuando se postula a nombramiento y en los docentes nombrados no se aplica y el docente de cta y mecanica no saben que enseñar en comunicacion literatura y dicen a los docentes de comunicación mis respetos no es facil y tanto se habla de la falta de comprension de lectura de los docentes y no se le brinda al alumno de la especialidad y asi se da en muchos colegios para que los docentes nombrados no sean excedentes, tiene tambien mas de 6 años esa bolsa de horas de comunicacion de contrato que tiene 22 de comunicacion y 2 de tutoria y hay mas horas que le mencione que repartieron a los nombrados se podra convertir esas bolsas de horas de 24 horas comunicac y tutoria en plaza organica?.Por favor absuelva mis interrogantes gracias por la ayuda. Tambien por favor puede enviar la matriz de evaluacion para este nombramiento del examen 22 de agosto del pte.Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Deborah..La tutoría la puede tomar4 cualquier profesor. Para ser tutor se necesitan ciertas cualidades que las puede tener un profesor de cualquier área. Es importante si que de preferen cia sea un profesor que tenga una jornada completa. No conozco bien el caso de su colegio en relación a la entrega de horas de comunicación a un profesor de mecánica. Hay profesores de educación para el trabajo que también tienen otra especialidad relacionada con otra área bde formación. Si las normas no se están cumpliendo es porque la Comisión respectiva no está haciendo bien su trabajo y existe la complacencia de la Ugel que aprueba la propuesta de la comisión. Si eso sucede hay poco que hacer Saludos.

  • Buenos dias: por favor informeme si las bolsas de horas por ejemplo 22 horas de matematica y 2 horas de tutoria se pueden convertir en plaza organica porque en la plaza que trabajo actualmente tiene mas de 6 años de existencia y todos los años se aprueba en el cuadro de horas con 22 o 23 horas de matematica y una o dos de tutoria segun me han dicho que de acuerdo a norma cuando tiene mas de tres años de seguir la plaza con bolsas de horas automaticamente se convierte en plaza organica y en muchas ugels segun informaciones convertiran estas plazas de bolsas de horas porque el Minedu lo ha pedido. Espero que asi sea nombrarme en esta plaza con tanta desilusion que tuvimos en los colegios que hubo en muchos casos corrupcion. Ya llevo trabajando años de contratada y con tanta corrupcion se espera con esperanza que el presidente Alan Garcia no mienta o se burle porque lo dijo en el congreso y nombren a los contratados y no deje que abusen mas de nosotros las autoridades de turno. Por favor informeme gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Deborah. Las plazas deben repartorse en funcion de lo establecido en el DCN y de los criterios que establece la RM de distribución del cuadro de horas. Ciertamente que may que mejorar esa norma muy pegada a criterios tradicionales que premian la antiguedad antes que el mérito. En cuanto a los nombramientos de contratados, hay que esperar que el Ministro se pronuncie pues la información que ha dado el Presidente es muy genérica. Saludos

  • Señor
    Hugo Diaz buenas tardes y un saludo cordial
    Estoy en la CPM desde el año pasado en el III nivel me han encargado un Sub-Direccion cuanto mas me deben pagar por dicha encargatura y les he dicho que me corresponde 1035 por las 16 horas adicionales + el 10% del RIM por funcion directiva me corresponde dicho pago o no quisiera que consulte al MINEDU por que en la Ugel de Viru se niegan cancelar por que aducen que las plazas son de la Ley 24029 pero el MEF ya designo dinero a través del DS 122 del 04 de junio le ruego responderme gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Rigoberto. Las 16 horas adicionales le corresponden y se calculan a 49.83 nuevos soles por hora. Financiamiento hay para pagar esos costos adicionales que demanda la CPM, lo que debe hacer la Ugel es solicitar en sus calendarios de compromisos ese pago. Saludos

  • Señor,
    Hugo Díaz, buenos dias y un saludo cordial
    Soy un maestro de una I.E. de secundaria, nombrado de 20 años, y nuestro malestar es porque en la I.E. se nos estan haciendo descuentos exesivos y abusivos, se descuenta 45 min. despues de 10 min. de no ingresar al aula
    La consulta es que se nos debe descontar solo los minutos que no se laboran o esta bien que se nos decuente una hora por cada 10 min. esto perjudica al maestros y nos amenazan con informarnos y nos intimidan. He tratado de buscar en las normas y no especifica lo que están haciendo.
    Incluso es malo para todos los que ingresamos y no a la carrera`publica
    Espero su pronta respuesta

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Pedro Carlo. Ya le contesté a una profesora compañera suya. Tienen que cumplir el horario de la sesión de clases. Los alumnos no pueden ser perjudicados. . Saludos

  • Señor,
    Hugo Díaz, previo el saludo respetuoso, paso a consultarle en cuanto a los descuentos que se estan realizando en mi I.E.trabajamos 24 horas a la semana (cada hora pedagógica de 45 min). Sin embargo de una manera arbitraria, se descuenta 45 min. pasado los 10 min. de no ingresar al aula
    a veces estamos de un pabellón al otro, los alumnos nos retienen con alguna pregunta final, etc. Bien la consulta a Ud. es que si somos profesores de 45 min. Esta bien que se haga este tipo de descuentos. Ya he consultado con algunos directores, me han informado que esto no es correcto que nos deben descontar los minutos.
    Sr. Hugo, finalmente esto perjudica al maestro no solo económicamente, sino tambien que informan para sanciones. Lógicamente así se acumula horas.
    por favor respondan

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Nelly. Ustedes no son profesores de 45 minutos. Lo que se hace es calcular la remuneración en función de una hora pedagógica de 45 minutos, pero la obligación es estar durante el horario escolar del colegio. Yo creo que ustedes tienen que controlar más su tiempo. Ser flexible en estos temas puede prestarse a situaciones justificadas por parte de algunos profesores pero injustificadas por otros que toman la no sanción como una costumbre. Garanticen los 45 minutos de duracion de una sesión escolar. Saludos

    Gracias

  • QUIEN TIENE LA PRIORIDAD PARA EL CUADRO DE HORAS UN DOCENTE QUE ESTA EN LA CARRERA MAGISTERIAL EN III NIVEL O EL QUE ESTA EN EL III NIVEL PERO, NO ESTA EN LA CARRERA MAGISTERIAL CON MÁS AÑOS DE TRABAJO.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Manuel. En la distribución del cuadro de horas cuenta la especialidad, los años de servicio y los años de servicio en el centro educativo. Saludos.

  • estimado Hugo Diaz, tengo dos preguntas puntuales para Ud.
    1.- cuanto es el tiempo de permanencia en el IV nivel para pasar al V?
    2.- En el informe escalafonario el informe de tiempo oficial de servicios, consideran los años de estudios reconocidos por resoluciòn eso tendra alguna objecion para la segunda etapa de la CPM ? pues con todo ello yo justo bordeo los 20 años requeridos para el V nivel
    gracias por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Paul. Para pasar del IV al V nivel se requieren 6 años de permanencia en el IV. Para postular al V nivel no le valen los años de estudios sino el tiempo real de servicios como docente. Los años de estudio le valen para efectos de la jubilación. Saludos

  • Señor,
    Hugo Díaz, previo el saludo respetuoso, paso a consultarle en cuanto al proceso de racionalización del 2009 que se aplicó en la I.E. en donde laboro. El caso es el siguiente: en esta I.E. todos pertenecemos a la Ley del Profesorado 24029 y no al nuevo régimen del CPM y que la racionalización se ha efectuado de acuerdo a la R.M. 101-2009-ED. Lo que no entiendo es que en este proceso se ha invertido la consideración del tiempo de servicios oficiales con la de menor tiempo de servicios en la I.E.
    Le explico mi caso, actualmente estoy en el IV Nivel Magisterial y ya cuento con 27 años de servicios oficiales y además por situación de interés personal opté realizar permuta definitiva hace tres años a este nuevo plantel, pero resulta que, como tengo poco tiempo de servicios en la actual I.E. me declararon excedente, según el entender del director de la I.E. y que hasta el momento aún no efectivizan resolutivamente mi excedencia o la racionalización, tan sólo el director lo hizo con un simple oficio o informe ante la Comisión de la UGEL y actualmente desde marzo estoy laborando en otra I.E. con un simple Memo., que a mi entender estoy como ¿apoyo en esta I.E.? .Por favor, quisiera contar con su orientación ante este atropello a mis derechos, ¿Qué debo hacer?. Además, ahora me doy cuenta al revisar su blog en sus diversas orientaciones positivas a las consultas que le hacen otros docente y a la vez me parece que cometieron el aptropello a mis derechos conforme a la Ley del Profesorado Nº 24029-25212 y su respectivo Reglamento D.S.Nº19-90-ED. Art.233 en el que dice “Excepcionalmente, podrán efectuarse reasignación por racionalización de personal como resultado de los procesos de reestructuración,supresión o adecuación total o parcial del centro de trabajo. En este caso el lugar de destino será solicitado por el interesado o consultado previamente a étse.
    Se declara excedente al profesor que no reuna los requisitos o especialidad requeridos para el cargo. A igualdad de condiciones se declara excedente al de menor Nivel Magisterial, se subsistir la igualdad, al de menor tiempo de servicios en el centro de trabajo.”
    La verdad, ahora entiendo que es un abuso que cometieron ante mi persona, ya que hay otros docentes de menor Nivel Magisterial y como también de menor tiempo de servicios oficiales.
    ¿Qué debo hacer ante esta realidad?. Por favor, una vez más bríndeme su orientación ante este caso.
    Muchas gracias.
    Atte.
    Prof. Marcos M.S.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Marcos. La RM 101 considera varios factores que supongo por los años de servicio que tiene usted los posee. Me imagino que su especialidad coincide con el área de formación en la que trabaja. Ese factor es decisivo. Si hay duda entre dos o más docentes entonces se toman en cuenta las consideraciones de estudios y capacitaciones que desconozco si las posee. Si hasta allí hay empates o no es posible decidir entonce se toma en cuenta la antiguedad. Lalemntablemente la racionalización no tiene que ver con la Ley del profesorado o la COM sino con criterios de optimización de la gestión en cuanto a relación alumno por profesor. En todo caso, me parece muy extraño que se haya tenido que llegar al tercer criterio para decidir. Usted imagino cumplía los anteriores requisitos para ya no ser considerado como excedente. Pero esos datos los desconozco. Saludos

  • Sr. Hugo: De antemano le expreso mi agradecimiento a la consulta que disculpará no se trata del tema pero para mí es muy importante. Estoy a cargo de una I.E. UNIDOCENTE en calidad de nombrada y me estoy presentando a la carrera pública magisterial. Si llego a incorporarme; si tengo la oportunidad puedo acceder a una permuta definitiva con otro docente que no está inmerso en la CPM pero que tiene mi mismo nivel?
    Atte.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Nelly. Las permutas tienen que se entre personal que tenga las mismas características y lo que la va a difernciar es el sueldo. El suyo será mucho mas alto dependiendo del nivel. Saludos.

  • Dr Hugo
    muy buenas noches, mi duda es que tengo una niña de 2 años de edad esta en pre nido ella cumplio recien el 9 de marzo del presente año y me acaban de avisar el dia de ayer que salio una nueva resolucion ministerial que solo pasaran a nido los niños que cumplan 3 años hasta el mes de febrero
    mi niña realizo estimulacion temprana, taller de verano y pre nido en el mismo colegio que esta mater purissima no sabia quien me podria indicar a donde podria acercarme o que me orienten por q solo por 9 dias volvera a hacer el mismo grado pre nido ? le pido que me responda lo mas antes posible
    le estoy muy agradecida de ante mano
    atte
    cinthya astete vasquez

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Cynthia. El problema que tienen los colegios es que tienen que llenar un formulario de niños matriculados con sus fechas de nacimiento en donde si la UGEL detecta el incumplimiento de la norma pueden ser sancionados. Yo he consultado varias veces a las autoridades del MED por esa norma y no quieren ceder. Creen que están en lo correcto de ajustar el grado a la edad escolar normativa. No veo donde pueda acudir pues la DRE o la UGEL le dirán lo mismo. Saludos.

  • Lo saluda Evelyn Aranda, analista de negocios del Diario Gestión.
    En este momento me encuentro colaborando en la realización de un informe especial sobre la Situación de la Educación en el Perú y sería grato para nosotros el poder contar con su colaboración.
    A qué número o mail puedo contactarlo.
    mi mail es earanda@diariogestion.com.pe
    Saludos cordiales
    Evelyn Aranda

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Evelyn..Puede contactarme a hdiaz@infonegocio.net.pe Saludos.

  • BUEN DÍA SEÑOR HUGO.
    EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DONDE TRABAJO SOMOS DOS DOCENTES, DE LAS CUALES SE DECLARO COMO EXCEDENTE UNA PLAZA EL AÑO PASADO, PERO NO SE EJECUTO LA RACIONALIZACIÓN. ESTE AÑO (2010) EL NUMERO DE ALUMNOS SE INCREMENTO A 34, EL CUAL INDICA QUE DE ACUERDO A LA DIRECTIVA YA NO SE DEBE RACIONALIZAR POR QUE LA I.E. ESTA EN ZONA RURAL. SIN EMBARGO LA COMISIÓN ENCARGADA DE LA RACIONALIZACIÓN LO EJECUTÓ EL DÍA 21 DE MAYO, QUEDANDO ASÍ LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CON 34 ALUMNOS MATRICULADOS DEL PRIMERO AL SEXTO GRADO Y UN SOLO DOCENTE. YO CREO QUE ES ANTIPEDAGOGICO, Y ADEMAS DE ELLO SI EXIGIMOS CALIDAD EDUCATIVA, QUE LOGRAMOS CON ESTO.
    ADEMAS DE ESTO EN LA ZONA TAMBIÉN HABÍA UNA I.E QUE ATENDÍA HASTA EL SEXTO GRADO Y FUE RACIONALIZADA UNA PLAZA. EN CONCLUSIÓN ESTAS INTITUCIONES EDUCATIVAS SERÁN CONVERTIDAS EN UNIDOCENTES LAS CUALES SOLO ATIENDEN HASTA EL CUARTO GRADO, POR LO TANTO A DONDE IRÍAN LOS ALUMNOS DEL QUINTO Y SEXTO GRADO. MI PREGUNTA ES ¿CUAL SERIA LA SOLUCIÓN? PORQUE YA HICE MIS RECLAMOS Y NO LO TOMARON EN CUENTA.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Paolo. Lo que hace la Ugel es una pésima medida. A cualquier Ugel lo que le debe interesar es tener menos escuelas unidocentes y más multigrado (el ideal es que cada sección tenga un profesor pero eso es un sueño). Lo que veo por su mensaje es que la Ugel está haciendo las cosas al revés. Lamentable. Saludos.

  • Señor Hugo, muchos saludos y permítame hacer el siguiente comentario. En mi I.E donde laboro, ya se dio la excedencia. Los criterios dados son en mi primer lugar los de la R.J. 050-2010-ED. De los docentes evaluados de CTA no se ha considerado la docente que tiene el cargo de jefa de laboratio, no se si el cargo jerarquico que tiene ella no le permite ser evaluada para determinar los excedentes. En los resultados aparecen solo 6 docentes de los cuales 3 son declarados excedentes. De los 3 excedentes una colega aduce que la jefa de laboratorio deberia ser tambien evaluada, ya que en la directiva 004-2010 aparece en el numeral 10.3. de que no existe prioridad por cargos jerarquicos para distribucion de horas de clase. Si esto fuera asi la excedente seria la jefa de laboratorio por que según en el orden de prelacion ella esta despues por tener menor tiempo de sevicios de la colega que esta reclamando.
    Señor Hugo me despido de Ud. esperando su respuesta a este impase presentado. Ojala se lo más pronto posible porque sólo hay tres dias para reclamar. Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Manuel. De acuerdo a la directiva 004, el personal jerárquico tiene prelación en el otorgamiento de horas; por tanto de no quedar excedente respecto de los docentes. Saludos

  • Señor Hugo, la verdad que estoy leyendo varios comentarios de colegas sobre racionalizacion y esto es un problema de nunca acabar y de nunca entender. eso de que quien es primero y quien es segundo (R.J. No 050-2010-ED y R.M. No 101-2009-ED) esta como la del huevo y la gallina. Deberian darnos mas luces al respecto porque a mi ya me entro la duda y estoy mas confundido que al comienzo. Y asi me digan que esta clarito ya nadie lo entiende. Y le voy a poner un caso de la I.E. donde laboro, esperando que su respuesta sea de lo mas precisa al respecto.
    Somos un de total de 7 docentes de CTA en un primer momento cuando aun no se declaraba la excedencia (habian 24 secciones) los 7 nos acomodamos las horas con tutoria y matematica porque sobraban horas es esa area. Claro respetando la R.J. 050-2010-ED (directiva 04) los de menor nivel magisterial y tiempo de servicios les dieron esas horas. Todo marchaba bién hasta que llegan los de la UGEL y de un zarpazo nos quitan 4 secciones(140 horas pedagogicas). Bendito problema ahora todos se pelean por no ser excedente. En nuestra área se van 3 docentes. La incertidumbre es quienes seran y a viene el meollo del asunto, unos dicen primero que se distribuyan las secciones y luego los que quedan sin horas de la especialidad son los excedentes y pasen a ser evaluados considenado la R.M. 101-2009-ED, otros dicen no primero que se aplique la 101 y despues la 050. Quizas Ud me va a responder tiene que aplicarse los dos criterios de la 101 y yo le voy a responder como se va aplicar los criterios si no sabemos que profesores no tienen horas de especialidad. Entonces le planteo las preguntas
    ¿quien es el excedente un profesor del III nivel magisterial con 28 anos de servicios o un profesor del I nivel con 2 años de servicios?
    ¿Esta bién que un profesor sea juez y parte en la evaluación para determinar los excedentes?
    Gracias por la molestia señor Hugo.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Manuel. Estos problemas de la racionalización y distribución de clase no deberían existir. La excedencia es el paso para defibir el cuadro de horas y en ambos procesos lo que prima es: la especialidad, afin a lo que se enseña, el nivel magisterial y el tiempo de servicios. Todos esos criterios en orden de prelación. Emn realidad, luego que el colegio ha definido su cuadro de horas no deberían producirse más excedentes ni destaques o reasignaciones porque hacen inmanejable la situación. Es clave que se revisen los criterios para hacer una distribucuión más justa. El mérito no tiene ningún valor en la asignación de horas y eso es un error. Saludos

  • SEÑOR
    DIAZ
    LE ESCRIBO PARA CONSULTAR POR FAVOR DIGAME UD HASTA QUE MES DURANTE EL AÑO SE PUEDE DAR LA EXCEDENCIA O PUEDE DAR EXCEDENCIA A UN DOCENTE EN CUALQUIERA DE LOS MESES DE MARZO A DICIEMBRE
    EN ESPERA DE SU RESPUESTA
    SALUDOS

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Dalila. La noma no lo indica pero es logico que antes de efectuar el cuadro de distribución de horas de clase debe culminar ese proceso. Saludos

  • Previo un cordial saludo Dr. Hugo quisiera por favor me informara el monto que se paga por hora adicional a los docentes de la CPM y el monto que se para por hora a los docentes de la ley del Profesorado, esto porque en la I.E donde laboro algunos docentes de la ley del profesorado desean asumir horas restantes pero no tiene claro el pago y esto podria perjudicar a los alumnos en vista de que el pago pueda que no satisfaga sus expectativas y quieran dejar dichas horas , agredeciendo anticipadamente su respuesta me despido.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Ruth. Los docentes de la CPM por hora adicional ganan 49.83 soles. En la Ley del profesorado eso se reduce a muy pocos soles. Dependiendo del nivel, pasar de 24 a 30 horas puede significar entre 30 y 40 soles en total. Saludos

  • En mi evaluación censal estoy con 3 en CL y 3 en LM; me reincorpore con 17,2 al III Nivel de la CPM; pero como el ministerio anda de cabeza, seré capacitado por el PRONAFCAP por docentes que ni siquieran dieron evaluación censal, sin nivel, y menos en la CPM.
    Causa asombro y disgusto. Falta orden y respeto a la tan renombrada meritocracia.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Marco. Los acontecimientos han superao largamente la capacidad de gestión del MED en cuanto a los programas claves de la política educativa. Municipalización capacitación, carrera pública magisterial, entre otros, hacen agua frente a los magros resultados que obtienen. Saludos

  • Muy cordiales saludos Profesor Hugo la presente es para emitir un comentario acerca de los programas de capacitacion que el MINEDU esta implementando.
    Sr. Hugo particularmente valoro la intencion del gobierno por las capacitaciones, mi persona es un docente nombrado el 2008 en la CPM, a este tiempo pareciera que el MED se ha olvidado de nosotros que si bien somos pocos, representamos la voluntad de renovar el concepto de educacion en el Peru es asi que entre algunas cosas podria mencionar:
    1. Las capacitaciones que implementa son para los docentes incorporados recien el 2009, dejandonos de lado los que ingresamos al I nivel de la CPM el 2008.
    2. El tan comentado proceso de insercion con un docente tutor es letra muerta para nosotros.
    3. LAs remuneraciones que con tanta propaganda demagogica se anunciaban se modifican con un Decreto de Urgencia dejando de lado la Ley 29062.
    A esto podriamos agregar algunas otras cosas que usted muy conocedor del tema puede agrager ante esto yo me pregunto:
    ¿Que debemos hacer los docentes que ingresamos al I nivel de la CPM el 2008 para poder conseguir nuestros legitimos derechos?
    Pienso que espacios como el que usted nos brinda sirven para informar a la comunidad magisterial y la sociedad civil merece conocer esto, nosotros no hallamos como dar a conocer esto, le comento que muchas veces escribi al MINEDU en su pagina web y nunca halle respuesta alguna creo que mejor deberian de suprimir ese espacio.
    Antes de despedirme Sr. Hugo le suplicaria que me informe que nuevos cambios o perspectivas hay con respecto a nosotros los docentes que ingresamos al I nivel de la CPM el 2008 y si usted tiene la posibilidad de hacer llegar estas apreciaciones a los funcionarios del MINEDU y ademas manifestarles que se educa con el ejemplo pero tambien con la verdad y la equidad.
    Muchas gracias.
    Atte.
    Ernesto Rodriguez Huamani
    Cusco

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Ernesto..Muchas gracias por sus comentarios. Duros pero realistas. Ciertamente que hay un problema grande de implementación de la carrera. Parece que al MED esta implementación sobrepasa sus capacidades. Es la razón por la que cuando se diseño la Ley se solicitó que vaya paralela a una reforma de la gestión, el presupuiesto y la capacitación docena. Haré llegar sus preocupaciones al MED Saludos.

  • cuando se realiza la distribucion de horas un profesor con jornada de 15 horas se ubica de acuerdo a su nivel o al final por no tener jornada completa? que directiva , resolucion o ley respalda lo anterior
    GRACIAS MIL

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    NN. La referencia es la directiva de distribución de horas 2010. La preferencia es la distribución de profesores a tiempo completo de acuerdo a los criterios establecidos (nivel magisterial, años de servicio y años de servicio en la escuela), antecedidos de ser profesor de la especialidad. Saludos

  • Buenas Tardes Dr. Hugo Diaz, tengo una duda pero que no está relacionado al tema, y es lo siguiente.
    Terminé de estudiar Educación primaria en el año 2009 y ahora estoy estudiando una carrera técnica de secretariado, y de los 9 cursos puedo convalidar 5 pero quisiera saber si me pueden pasar al III ciclo, subsanando los cursos que me faltan de I y II ciclo.Quisiera saber si esto es posible. Gracias por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Andrea. En principio si usted cubre todos los cursos del I y II ciclo puede pasar al III. No veo problema. No obstante, es bueno que lo converse en el Instituto donde estudia pues si es privado, cada uno tiene unas normas académicas propias. Saludos

  • Señor Hugo Díaz:
    Soy EUSEBIO RODRIGUEZ SANCHEZ, profesor 24 horas en el Colegio Libertador San Martín Tahuantinsuyo-Independencia. Título de LICENCIADO EN EDUCACIÓN (Lenguaje-Literatura por la UNFV) y LICENCIADO EN FILOSOFÍA (por la Facultad de Letras y Ciencias Humanas de la UNMSM)
    En La UGEL 2-Rímac a pesar de haber presentado mi expediente Nº13867 del 19-3-10 en la que solicito horas de CCSS basado en mi Titulo de Filosofía, ya que resulté siendo excedente en Comunicación según la RM 101-2009. Creo que me asiste el derecho a reclamar las horas de CCSS, que las hay en mi colegio, según la Directiva Nº004-2010 en el artículo 10:4.Debo afirmar que tal posibilidad la especialista Alicia Tello, de AGP de tal UGEL, dio por correcta. Además, consulté mi caso en Asesoría Jurídica de la mencionada UGEL (Doctor Salcedo Acuña) dándome la razón.
    Entonces no me explicó cómo han aprobado el Cuadro de Horas, el 30-3-10, de mi colegio Libertador San Martín Tahuantinsuyo INDEPENDENCIA habiendo tal pedido de por medio en la UGEL desde el 19-3-10 ya que en mi colegio no dieron solución satisfactoria a mi pedido (Exp. 515 del 10-3-10).Es más la UGEL ha guardado silencio y hasta la fecha no tengo respuesta por escrito.
    Procederé a denunciar el caso a la Departamental y a CADER, pero antes le agradecería su orientación.
    Gracias por su respuesta orientadora

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Eusebio. Me parece bien que lo haga. Si es posible hagalo notarialmente para asegurar una respuesta. Es claro que en el camino aparecen a personas a las que se quieren favorecer. fundamente bien su pedido basandose en las directivas de racionalización y de distribución del cuadro de horas. Saludos.

  • APRECIDO DOCTOR HUGO DÍAZ:
    Haciendo llegar un saludo cordial y agradecimiento por el espacio virtual que conlleva a despejar nuestras dudas, desearía hacerle una consulta.
    El 15 de marzo del presente año se aprobó el cuadro de horas de mi I.E. y a nivel de la UGEL ya salió la Resolución. Soy docente nombrado, 24 horas Matemática. Mi institución educativa tiene dos turnos (Mañana y tarde) y este año me tocó trabajar en el turno mañana, el cual estaba yo conforme. Por motivos de salud de mi señora hermana que surgieron imprevistamente me es urgente estar libre en las mañanas para poder atenderla. Estuve conversando con un profesor de mi área (también de matemática) del turno tarde, explicandole la situación que estoy pasando y me aceptó hacer un cambio es decir para enseñar yo en el turno tarde y el en turno mañana.
    La pregunta es: ¿Es posible hacer este cambio? realmente me es urgente. No sé si este problema es muy simple o demasiado complejo.
    Pensaba solicitar a la Dirección de mi I.E. la autorización para que a ambos profesores, que somos de la misma área nos conceda hacer el cambio de turno. Me imagino que si el Director da un visto bueno al expediente elevará a la UGEL para que emita una RESOLUCIÓN MODIFICATORIA en cuanto a ambos profesores (el uno enseñaba puro 5tos y yo enseñana puro 1ros, ahora será lo contrario), esto para que cuando vengan a supervisarnos todo este en regla.
    Tengo los documentos del seguro que acreditan la necesidad de hacer este cambio de turno.
    Aunque se que muchos casos como el que le expongo no estàn estipulados en las normas, acudo a sus sugerencias para ver si mi proceder es correcto.
    Agradeciendo sus sugerencias me despido.
    Muy atentamente,
    Ricardo

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Ricardo. El primer paso ya está dado, coordinar con un profesor para hacer el trueque.Lo segundo es convencer al Director que acepte el cambio y que eleve la solicitud de rectificatoria a la UGEL. Si presenta una buena justificación espero que en la UGEL sean comprensivos. Saludos.

  • APRECIADO
    SEÑOR
    LO SALUDO CORDIALMENTE Y SOLICITO TENGA A BIEN HACER LLEGAR AL MINISTERI DE EDUCACIÒN EL PEDIDO SIGUIENTE QUE PARA CRITERIOS DE EXCEDENCIA SE TOME EN CUENTA PRIMERO EL TITULO Y LA ESPECIALIDAD PORQUE SON LOS PRIMEROS REQUISITOS QUE EXIGEN PARA EL INGRESO A LA CARRERA , LUEGO LOS AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES Y LOS AÑOS ACCIDENTALES , LOS AÑOS DE PERMANENCIA EN LA MISMA I.E. LUEGO LOS ESTUDIOS DE MAESTRIA, SEGUNDA ESPECIALIDAD , SEMINARIOS. CURSOS DE ACTUALIZACIÒN ETC ETC.
    NO ES POSIBLE QUE LOS QUE SE TITULARON INTERINAMENTE SIN HABER TENIDO EL TITULO EN SU MOMENTO ESTEN CON MAS VENTAJAS DE LOS QUE SI CUMPLIERON EN SU MOMENTO Y LO HICIERON TODO DE MANERA CORRECTA . A VECES EN ESTE PAÌS NO CONVIENE SER PUNTUAL NI HACER LAS COSAS DE ACUERDO A LAS NORMAS O LEYES PORQUE LOS QUE HACEN LAS COSAS POR OTROS CONDUCTOS IRREGULARES PORSUPUESTO AL FINAL TIENEN MAS DERECHO QUE LA PERSONA QUE ES LEGAL EN TODAS SUS ACCIONES, ESTO DESANIMA BASTANTE
    QUE SE REVISE BIEN LOS CRITERIOS Y SEAN BAJO NORMAS LEGALES Y JUSTAS SIN FAVORITISMOS PARA NADIE, NI ATROPELLOS DE SUS DERECHOS

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Zulema. Como lo indicó un asiduo lector del blog, también habría que considerar como un criterio prioritario; quizá el más importante, el buen desempeño laboral. Saludos.

  • Buenas noches, soy profesora del área de Comunicación, nombrada en el concurso del 2008, quería consultarle en mi colegio han distribuido las horas según dicen por años de servicio, pero mi horario tiene horas antipedagógicas pues un día dicto una hora y al día siguiente la otra hora; también tengo bloques de tres horas seguidas; horas libres (puentes), un día tengo tres horas pero a las últimas del día; no poseo día libre, cuando otros profesores vienen solo 2 o 3 días a la semana, en síntesis mi horario es un desastre.
    Puedo ver que algunos profesores se han beneficiado y perjudicado a otros como yo. ¿Es posible que se abuse de un profesor solo por ser nuevo y joven?. En fin, quiero presentar mi queja y tomar medidas porque no me parece nada justo lo que han hecho. Le pido me oriente sobre qué debo hacer primero…para presentar mi queja, porque no quiero que se quede así…
    Gracias por su ayuda…

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Jany. El problema, totalmente injusto, es que la directiva favorece a los más antiguos y ellos abusan de los que tienen menos tiempo de servicios. Hay que cambiar la directiva. Por ahora es poco lo que puede hacer. Saludos

  • estimado hugo un saludo muy especial por la información, pero quisiera saber cuánto debo pagar por solicitar los certificados de estudios secundarios concluidos en una institución educativa , en qué norma odirectiva se encuentra estipulado el pago o la gratuidad para obtener dichos documentos por primera vez al concluir mi quinto año de estudios satisfactoriamente . te pido una pronta respuesta por que en san pedro de lloc i.e. razuri piden 20 soles para darlos

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Juan. En el TUPA, que aparece en la pçagina web del Ministerio de Educación están las normas para diversos procedimientos, entre ellos, la expedición y pago de certificados. Saludos

  • Estimado Hugo,
    Considero que en los criterios de excedencia deben estar primeros en el orden de prelación los estudios, capacitaciones y desempeño laboral antres que la antiguedad o tiempò de servicios. El planteamiento de la profesora Gisella Candiotti Uceda es nuevamente anteponer la antiguedad ante todo y eso no es correcto.
    En cuanto a la norma para distribución de horas, en la directiva o4 dentro de los criterios para preferencia en distribución de horas también se deberían considerar las maestrías en la especialidad, puesto que duran 4 semestres y se debe elaborar una tesis (además de saber inglés u otro idioma extranjero) y no sólo 2 semestres y sin tesis como es en el caso de la segunda especialidad que sí se está considerando.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Luis Francisco. Cierto. Las normas a veces olvidan es espíritu de la CPM que es la meritocracia y dar menos peso a la antiguedad. Es algo que el MED tendrá que corregir. Saludos

  • SEÑORES
    LO SALUDO ATENTAMENTE Y SOLICITO QUE POR FAVOR HAGA LLEGAR A LOS SEÑORES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN LA SUGUERENCIA QUE REPLANTEEN LOS CRITERIOS PARA LA EXCEDENCIA DE DOCENTES EN LAS I.E. LO PRIMERO QUE SE DEBE TOMAR EN CUENTA ES EL TITULO Y LA ESPECIALIDAD , LUEGO LOS AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES, LOS AÑOS DE PERMANENCIA EN LA I.E. Y POSTERIORMENTE LOS ESTUDIOS QUE HAYAN PODIDO CURSAR EN EL TRAYECTO DE SUS LABORES.
    AGRADECIENDO DE ANTEMANO POR LA ATENCIÒN BRINDADA Y CON LA SEGURIDAD QUE SE ME TOMARÀ EN CUENTA MI PEDIDO ME DESPIDO
    GISELA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Gisela. Gracias por su comentario. En efecto, hay que revisar varias normas, una de ellas la de excedencia, así como la del cuadro de distribución de horas. Saludos.

  • Muy estimado Sr. Hugo Diaz siempre oportuno para los docentes que desean ampliar sus horizontes y de informarse acerca de sus derechos y deberes, en este caso mi inquietud es la siguiente:
    soy un docente del I nivel de la CPM (secundaria) nombrado el 2008 y este año mi jornada laboral es de 24 hrs. pero por la falta de docentes en el cuadro de distribucion horaria me dan 30 horas es decir 06 hrs. adicionales, a lo cual el director envia el informe a la ugel pero ahi manifiestan que no hay presupuesto para este año y que por la norma de la 101 van a enviar docentes que ya se esta tramitando pero el MEF aun no autoriza me preguntaba si usted sabe si el MEF autorizara ese gasto ya que los alumnos estan sin docentes y yo laborando 06hrs, adicionales que no se si me las pagaran y en todo caso cual es el tramite que debo seguir para el pago de esas horas y si el presupuesto para las horas adicionales esta garantizado.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Ernesto. La UGEL para financiar las hotras adicionales tiene que tener presupuesto asignado para esas 6 horas en ese centro educativo. Si no lo tiene el Director debe tramitiarlo; ver si en la UGEL hay centros educativos tienen presupuestos no utilizados que puedan transferirse al suyo. De lo contrario es difícil que le puedan pagar. Tendrían que buscar otra alternativa, como la reasignación de algún profesor que haya quedado excedente Saludos.

    Sin mas que decir me despido agradeciendo su orientacion.
    Ernesto
    Cusco

  • SI UNA PROFESOR PIDIO LA HORAS DE EDUCACION PARA EL TRABAJO EL AÑO PASADO PERO ESTE AÑO YA NO QUIERE ESA ESPECIALIDAD SI NO VOVLER A SU ESPECIAL ANTERIOR EDUCACIÓN FISICA PERO NO HAY HORAS COMPLETAS QUE PUEDE HACER….
    DE ANTEMANO GRACIAS POR SU RESPUESTA…

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Jack. Debe evaluar si le conviene un tiempo completo de 24 horas o tener menos hjoras dedicandose a la educación física. ¿Quién queda a cargo de las horas de educación para el trabajo? No solo son los deseos del profesor sino la necesidad del servicio. Saludos.

  • SEÑORES
    POR FAVOR QUE ANULEN LA LEY QUE ACEPTA A OTROS PROFESIONALES DE CUALQUIER CARRERA PARA QUE EJERZAN LA DOCENCIA
    NO HAY CUPO PARA LOS QUE ESTAMOS EN EDUCACIÒN HAY DEMASIADOS PROFESORES SIN NOMBRAMIENTO
    Y QUIEREN TRAER A OTROS PROFESIONALES ES EL COLMO NO SE PUEDE ACEPTAR NI TOLERAR ESTE ATROPELLO

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Irene.Creo que no hay que ser tan contundente. Hay áreas de la formación ara erl ytrabajo donde es imposible conseguir un docente, incluso otro profesional Saludos.

    NO HAY SITIO PARA LOS QUE SOMOS DOCENTES Y VAN A TRAER A OTROS MAS

  • ESTIMADO PROFESOR
    La comisión de cuadro de horas de la I.E. “Meliton Carvajal donde laboro hace caso omiso a las normas legales vigentes para efectuar la distribución de horas de Libre disponibilidad (Resolución Jefatural 004-2010, el plantel tiene la característica de ser ex variante técnica y cuenta con talleres implementados y con resolución de funcionamiento de las especialidades que brinda (Automotores, mecánica de producción, carpintería, electricidad, electrónica, Contabilidad, Informática, Industria de la confección, alimentaría) con docentes con titulo pedagógico de especialidad técnica y con el presupuesto requerido porque hasta el año anterior se ha trabajado con horas las horas de libre disponibilidad para acreditar el desarrollo de la opción ocupacional que se oferta, sin embargo todo esto lo están desconociendo a nivel de la comisión de cuadro de horas y solo han otorgado las siguientes horas incluyendo las horas de libre disponibilidad: para el primer año 5h, segundo año 3h, tercer año 3h, cuarto año 3h y quinto año 5h, esto ha ocasionado un malestar entre los colegas de EPT y los propios alumnos ya que habrán mas del 50% de profesores excedentes y algunas especialidades tendrán que cerrarse a consecuencia que no alcanzan las horas dadas para cubrir la carga horaria, somos alrededor de 16 profesores del área EPT y contamos con un sub. Dirección de áreas técnicas. Se ha reclamado esta situación ante la UGEL 03 y ahi también los responsables de la evaluación y aprobación del cuadro de horas apoyan esta situación, hasta la fecha (24 de marzo) todavía no han aprobado el cuadro de horas a raíz de nuestra impugnación.
    Que sucede con los directores y los funcionarios de la UGEL 03 las normas se emiten y no se cumplen y es mas lo avala el personal de la UGEL. Por favor necesito su opinión al respecto, estaremos mis colegas y yo muy atentos de su respuesta. Gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Carlos. Hay mucha queja respecto del cuadro de distribucion de horas en el sentido que desfavorece la educación técnica. Es cierto que con el tratamiento que se ha dado a la comprensión lectora esa caos se ha acentuado. En principio había conversado con el viceministro que se haga la comprensión lectora una actividad vertical, lo aceptó pero lamntablemente no salió así. Hubiera facilitado el tratamiento de problemas en la educación técnica. Saludos

  • Estimado Hugo,
    En relación al mensaje de Carolina Ríos Cerpa,
    Considero que no podemos volver al viejo criterio de que la antiguedad es uno de los primerios criterios antes que los estudios de post grado, pronafcap y capacitaciones. Lo que hace la actual R.M. 101 de racionalización es valorar los estudios posteriores a la formación inicial y yo estoy de acuerdo con eso.
    Más aún deberían también agregar el segundo título pedagógico y título de segunda especialidad para así estar acorde con la directiva 04 de distribución de horas.
    La antiguedad debe ser uno de los últimos criterios en el orden de prelación.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Luis Francisco. Gracia spor la opinión. Lo que creo es que el problema está en los pesos de los factores de evaluación. A veces son tan determinantes que distorsionan la finalidad de la misma . Saludos.

  • ESTIMADO
    SEÑOR
    DIAZ
    MUY BUENAS TARDES ESTOY COMPLETAMENTE DE ACUERDO QUE SE REFORMULE LO REFERENTE A LA DIRECTIVA DE RAZONALIZACIÒN DE DOCENTES LOS CRITERIOS QUE DEBEN PRIMAR SON EL TÌTULO Y LA ESPECIALIDAD , LOS AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES Y LOS AÑOS DE PERMANENCIA EN LA MISMA INSTITUCIÒN EDUCATIVA.
    PORQUE HAY MUCHA CONFUSIÒN CON LOS QUE SE NOMBRARON INTERINOS ESTUVIERON COMO 20 AÑOS DESPUES SACARON SUS `TÌTULOS EN CAMBIO LOS QUE DESDE UN INICIO CUMPLIERON CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS Y SE PRESENTARON A DAR SU EXAMEN CON SU TÌTULO COMO CORRESPONDE DESPUÈS QUEDAN EN DESVENTAJAS POR QUE POR HABER SEGUIDO LOS TRÀMITES POR CONDUCTO REGULAR NO ME PARECE CORRECTO.
    SE DEBE CAMBIAR Y HACER PREVALECER EL TÌTULO Y ESPECIALIDAD AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES Y TIEMPO DE PERMANENCIA EN EL COLEGIO DONDE LABORA
    OJALÀ MI PEDIDO TENGA LA ACOGIDA ESPERADA
    MUCHISIMAS GRACIAS
    ATENTAMENTE
    AZUCENA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Azunena. Gracias por sus comentarios. Seguramente será evaluado por las autoridades del MED. Saludos.

  • APRECIADO
    SEÑOR
    LE PEDIRIA ELEVE EL PEDIDO PARA QUE REFORMULEN EN EL MINISTERIO LOS CRITERIOS PARA LA RACIONALIZACION DE DOCENTES.
    LO PRIMERO ES EL TÌTULO Y ESPECIALIDAD YA QUE ES EL REQUISITO NUMERO 1 Y PRIMORDIAL PARA INGRESAR A LA CARRERA MAGISTERIAL ,AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES Y AÑOS DE PERMANENCIA EN LA I.E. POSTERIORMENTE TODOS LOS ESTUDIOS QUE HAYA PODIDO CURSAR EL DOCENTE EN SU TRAYECTORIA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Carolina. Gracias por sus aportes. Creo que serán útiles pues hay que mejorar la directiva, incluso ponerle un período en el cual debe operar este proceso durante el año Saludos.

  • ESTIMADO DR:
    SOY PROFESORA DE SECUNDARIA DEL III NIVEL PERTENECIENTE A LA C.P.M., ESTE AÑO ME HAN DADO 27 HORAS DE TRABAJO, 24+03 HORAS ADICIONALES, PERO VEO CON INDIGNACIÓN QUE PESE A ESTAR LABORANDO DESDE EL 01 DE MARZO EN LA I.E”MELCHORITA SARAVIA” DE CHINCHA, AUN NO SALE EL ACTO RESOLUTIVO Y MENOS EL PAGO Y MAS AUN HAN ENVIADO A UNA CONTRATADA A CUBRIR MIS 3 HORAS.
    EL JEFE DE PERSONAL DE LA UGEL DE CHINCHA HACE CASO OMISO, PESE A QUE EL DIRECTOR DE MI I.E MANDO MI PROPUESTA EN EL CUADRO DE HORAS Y TAMBIEN UN INFORME, AGRADECERIA SU ATENCION EN ESTE CASO.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Claudia. Si no hay problemas de procedimiento, la UGEL debería respetar el cuiadro de horas propuesto por el Director. Seguramente en la UGEL alguien quiere favorecer a una persona. Lo único que le quedaría es quejarse ante el organo de control de la UGEL Saludos.

  • Sr. Hugo Díaz
    En primer término saludarlo y felicitarlo por mantener informados a los docentes con temas actualizados en la labor pedagógica. Si es posible sugerir a los del MINEDU que la norma en lo referente a la distribución de horas sea clara y precisa, considerando prioridad la Especialidad, especialmente en el área de Historia y Geografía; ya que en las IE los docentes de Ciencias Sociales acaparan las horas haciendo prevalecer el tiempo de servicios. El cuadro de especialidades sugerido por el MINEDU debe ser en orden prelativo.
    Asimismo, aprovecho la oportunidad para pedirle me envíe algún proyecto que pueda desarrollar en el Area de Historia y Geografía

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Flor. Gracias por sus comentarios. Los haré conocer al MED. En cuanto a materiales sobre historia y geografía le pediría que me lo haga recordar la siguiente semana que regreso al Perú. Aquí no dispongo de los materiales que me solicita. Saludos.

  • Estimado Señor Hugo:
    Por favor, podría hacer precisiones respecto al pago de profesores contratados que laboramos más de 24 horas, porque hay varias versiones conversando con otros colegas, unos dicen que 15 soles, otros 5 soles, otros 42 soles. Por favor, podría darnos mayor precisión al respecto o es que el MED todavía no lo tiene. Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Luis Alberto. Depende de cual es el régimen al que pertenece. Si es a la Ley de CPM es 49.83 soles. Si está en la Ley del Profesorado es muy poco. No estoy seguro pero creo que es 5 soles. Saludos.

  • Señor Hugo. Reciba mis cordiales saludos.
    Si en mi I.E hay 6 horas más de Comunicación por incremento de un aula ( 31 estudiantes más) y suponiendo que la UGEL lo aprueba. Mi pregunta es ¿A quién le correspondería esas horas, al profesor nombrado en Lengua y Literatura y que está en el III nivel de la CPM o a un docente por contrato con 18 horas de inglés?
    Teniendo en cuenta se solicitó oportunamente a la Comisión de Cuadro de Horas esas 6 horas adicionales. Gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Le debería corresponder al profesor de la especialidad que además tiene un nivel magisterial más alto.. Saludos.

  • SEÑOR
    HUGO DIAZ DIAZ
    LE SALUDO ATENTAMENTE Y LE INFORMO QUE NECESITAMOS QUE UD NOS AYUDE ENVIANDO A LOS SEÑORES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN , MIEMBROS DEL CADER A LA I.E. SIMÒN BOLIVAR 2026 EN SANTA LUZMILA COMAS UGEL 04 A LA ALTURA DE LA CUADRA 8 DE LA AV UNIVERSITARIA YA QUE EL DIRECTOR ESTÀ COMETIENDO UNA SERIE DE ABUSOS DE AUTORIDAD ,QUITANDO LAS HORAS DE LA ESPECIALIDAD Y DANDOLAS A OTROS QUE NO TIENEN NADA QUE VER , HACIENDO EL CUADRO DE HORAS A SU MANERA PERJUDICANDO A LOS DOCENTES.
    POR FAVOR CONOCEDORES DE LA GRAN LABOR QUE UD REALIZA EN FAVOR DEL MAGISTERIO Y CON LA JUSTICIA QUE LO AMERITA.
    CONFIAMOS EN QUE UD, NOS BRINDE EL APOYO SOLICITADO
    ATENTAMENTE
    ELENA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Elena.. Es la tercera vez que les informo que el CADER del MED no ve estos reclamos si previamente no han sido evaluados por la UGEL la DRE. Tienen que seguir ese procedimiento. Saludos.

  • Saludos:
    despeje mis dudas soy docente nombrado y en el ano 2008 eramos tres docentes con el I nivel magisterial y por la racionalizacion uno salio excedente, pero siempre estuvo destacado en otra I.E. ahora en el 2010 este profesor regresa y me declaran excedente a mi porque el tiene II nivel y yo continuo en el I. pero en el PAP, CAP sigo figurando y este profesor no figura en los documentos que le menciono mi pregunta es se puede volver a evaluar lo que ya se realizo en el 2008, y deberia irme excedente sin reclamar o la ley me permite reclamar.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Luis. Depende cómo salió. Si salió como destacado puede regresar, pero si salió reasignado a otro centro ya no debería regresar. En caso que pueda regresar el nivel magisterial prevalece. Saludos.

  • APRECIADO
    SEÑOR
    LE ESCRIBO LA PRESENTE PARA SOLICITAR HAGA EXTENSIVA NUESTRA SOLICITUD A LOS SEÑORES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN , SE APERSONEN LOS INTEGRANTES DE CADER A LA BREVEDAD POSIBLE A LA I.E. SIMÒN BOLÌVAR 2026 EN STA LUZMILA COMAS URGE SU PRESENCIA.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Alberto. No sé si usted u otra persona me escribió hace pocos días. Lo que le respondía es que estos problemas tienen instancias. La primera es la Ugel. Allí es donde tienen en primer lugar que levantar su pedido. Al MED no le corresponde la administración de centros. Saludos.

  • SEÑORES
    EDUCARED
    FELICITACIONES POR SU PRESTIGIOSO BLOG LES AGRADEZCO TODOS LOS APORTES QUE NOS BRINDA AL MAGISTERIO Y LE SOLICITO LO SIGUIENTE
    POR FAVOR POR INTERMEDIO DE UDS, PIDO QUE A LOS SEÑORES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN TENGAN A BIEN REFORMULAR LAS NORMAS PARA LA RACIONALIZACIÒN TENIENDO EN CUENTA PRIMERO LA FECHA DEL TÌTULO DEL DOCENTE YA QUE ES EL DOCUMENTO DE PARTIDA PARA QUE OBTENGA EL NOMBRAMIENTO Y POR ENDE EL INGRESO A LA CARRERA MAGISTERIAL , LUEGO LOS AÑOS OFICIALES, DESPUÈS LOS DE PERMANENCIA EN LA I.E. Y LOS POSTERIORES ESTUDIOS QUE HAYA PODIDO REALIZAR EN SU TRAYECTORIA LABORAL.
    CONFIANDO EN SU BONDAD Y APOYO AL MAGISTERIO NACIONAL.
    ESPERO QUE MI VOZ SEA ESCUCHADA A TRAVÈS DE EDUCARED
    AGRADECIENDO ANTICIPADAMENTE SU ATENCIÒN
    ATENTAMENTE
    YOLANDA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Yolanda. Gracias por sus comentarios. El blog es leído por funcionarios del Ministerio que de seguro leerán sus recomendaciones. Saludos.

  • SOLICITO SE ME INFORME
    RUC DE LA DRE DE LAMBAYEQUE
    UGEL DE FERREÑAFE

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    César. Tiene que ingresar a la página web de la Sunat y averiguar allí. Hay una sección que da informaciones sobre el RUC Saludos

  • Sr Hugo Díaz es cierto que a todos los profesores de la LEY DEL PROFESORADO, que trabajen una hora más (nivel secundario) les van a pagar 40 soles mensual por hora ??
    Digo esto porque en el colegio donde laboro el director llego con esa información y el que menos (hasta los que nunca quisieron trabajar más de sus 24 horas) tomaron una hora más (la de tutoría) y ellos ahora están alegres porque dicen que les van a pagar 40 soles más en forma mensual.
    Lo que yo tengo entendido es que eso sólo corresponde para aquellos profesores que están en la Carrera Pública Magisterial, a ellos creo le pagan 49 solés más , en forma mensual, por cada hora adicional
    Espero su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Rocío. El pago de 49.83 soles por hora adicional solo corresponde a quienes están en el régimen de la Ley de CPM. Saludos

  • ESTIMADO
    SEÑOR
    POR FAVOR SI PUEDE HACER LLEGAR ESTA NOTA A LOS SEÑORES DE CADER DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN PARA QUE VENGAN A LA I.E. SIMÒN BOLÌVAR EN SANTA LUZMILA COMAS A VER LO RELACIONADO CON EL CAP Y EL CUADRO DE HORAS HAY DEMASIADAS IRREGULARIDADES QUE DEBEN DE SABERLAS Y SOLUCIONARLAS A LA BREVEDAD POSIBLE ANTES QUE SEA DEMASIADO TARDE.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Armando. El blog es leído por autoridades del MED, pero corresponde a la UGEL correspondiente arreglar problemas que están en su ámbito. Saludos

    AGRADECIENDO ANTICIPADAMENTE SU ATENCIÒN
    SALUDOS

  • Anónimo
    Sr Hugo Diaz:
    Nuevamente requiriendo de sus servicios de orientación.
    Concretamente:¿Puede la comisión del cuadro de distribución de horas de un colegio proceder a repartir las horas sólo y únicamente según la directiva 004-2010 pero siempre y cuando la comunidad de profesores esté de acuerdo con tal proceder? ¿ esto implicaría una desobediencia a la existencia de la RM 101?
    Quedo desde ya agradecido por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Anónimo. La directiva dice que la distribución del cuadro de horas se hace con la participación de profesores. Se supone que en la comisión hay representates de los profesores; además que se hacen las consultas del caso para buscar suficiente justicia en la fijación de horas para cada profesor . Saludos

  • APRECIADO
    SEÑOR
    LO SALUDO ATENTAMENTE Y LE CONSULTO LO SIGUIENTE ES VERDAD QUE LAS HORAS DE COMPRENSIÒN LECTORA TERMINAN ESTE AÑO 2010 Y QUE A PARTIR DEL PRÒXIMO AÑO 2011 LAS HORAS DE INCREMENTO LE TOCARÀ AL AREA DE MATEMÀTICA
    TIENE UD. CONOCIMIENTO AL RESPECTO O SON SOLO SUPOSICIONES DE LOS COLEGAS Y CONTINUARÀ LAS HORAS PARA EL ÀREA DE COMUNICACIÒN
    MUCHISIMAS GRACIAS POR SU RESPUESTA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Eduardo. Todavía no hay ninguna decisión al respecto.Es muy temprano para . hacerlo. Todo lo que se diga son especulaciones. Saludos.

  • Previo un cordial saludo Sr. Hugo quisiera saber si este año a los docentes del I nivel de la CPM que llevamos por necesidad de la I.E. 06 hrs. adicionales se nos va a remunerar ya que en la Ugel ponen trabas al afirmar que no hay presupuesto cosa que la directiva de distribucion de horas no especifica es mas dice que si podemos aumentar nuestra jornada laboral en todo caso cual es el procedimiento que se debe de seguir para que nos remuneren dichas horas y por favor desearia saber si estas horas adicionales son solamente para las areas de comunicación y matematica o para todas las areas agredeciendo anticipadamente su atencion me despido.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Ernesto. Se reconoce el pago por horas adicionales -hasta 30- por las horas efectivamente dictadas. Si no son horas de clase no se reconoce el pago. Saludos.

  • Estimado Señor Hugo.
    Los profesores contratados del nivel de secundaria que laboren mas de 24 horas ¿¿con cuánto de remuneración serán reconocidos? Porque es legal que se trabaje y no se pagué? En qué lugar se puede pensar que se trabaje gratis. El derecho laboral que señalará al respecto para evitar que se cometan abusos. Gracias por su respuesta. Le agradeceré mucho que pueda ilustrarme.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Luis Alberto. La legislación sobre remuneraciones reconocida por el Ministerio de Economía es que a usted se le paga por hora de clase dictada y que se le puede dar hasta un máximo de 30 horas. Lamentablemente esa es la Ley. Saludos.

  • APRECIADO
    SEÑOR
    SOLICITO A UD, POR FAVOR NOS APOYE A LOS DOCENTES ELEVANDO NUESTRO PEDIDO A LOS SEÑORES DEL MED PARA REPLANTEAR LAS DIRECTIVAS CON RESPECTO A LA RACIONALIZACIÒN DOCENTE PARA VER LO DE LA EXCEDENCIA DE DOCENTES EN LA I.E.
    LO PRIMERO QUE DEBE TOMARSE EN CUENTA ES EL AÑO DEL REGISTRO DEL TITULO PORQUE ES CON EL TÌTULO QUE UNO INGRESA A LA CARRERA PÙBLICA DESPÙES LA ESPECIALIDAD.
    LUEGO LOS AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES Y LOS AÑOS DE PERMANENCIA EN LA MISMA I.E.
    POSTERIORMENTE LOS ESTUDIOS ADQUIRIDOS DESPUÈS DE LA CARRERA. YA SEA MAESTRIA O DOCTORADO.
    ESPERANDO NOS BRINDA EL APOYO QUE TANTO NECESITAMOS LOS DOCENTES QUE HEMOS INGRESADO A LA CARRERA POR VOCACIÒN Y EN FORMA LEGAL POR LO CORRECTO COMO DEBE DE SER CON TRANSPARENCIA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Erika. Lo que usted plantea es entonces una modificacion del primer y tercer criterios. El primero en su concepción y el tercer en su prelación. Veré de hacer llegar su sugerencia al MED Saludos.

  • estimado amigo
    pot favor quisiera comunicarme con su persona para poder coordinar una capacitacion a profesores de carhuaz y huaraz.
    saludos mi correo es dcarrion_c@hotmail.com
    mi telefonos: 043-422621, 943265795
    Dcarrion “centro de capacitación y eventos academicos”

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Jaine. Su mensaje ha sido publicado. Seguramente habrá un profesor calificado que se interese. Saludos

  • Saludos Dr. Hugo:
    En el mes de Enero de distribuyó la carga horaria,dando una hora electiva a CTA, por los proyectos ambientales que se realiza en el colegio durante todos los años ; pero en la UGEL 04 no se aprobó el cuadro de horas, sólo se dejó una hora electiva para primer y segundo año. Mi consulta es somos dos docentes del area, y pienso que lo justo y honesto sería que los grados con horas electivas deberian repartirse entre ambas colegas, pero sin consulta alguna la docente de mi area, que está en la comision del cuadro de horas, completó su carga horaria con los grados de horas electivas, 1º y 2º, sin darme la oportunidad de opinar, sabiendo además que yo soy la que realiza los proyectos ambientales haciendo uso de esa hora electiva y he representado siempre a la I.E. ¿Qué opina?

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Laura. Ciertamente que nsi usted ha sido la encargada todos los años de esa actividad lo que se comete es un abuso del poder por el hecho de formar parte de una comisión en donde se es juez y parte interesada. Saludos.

  • Estimado Sr. Hugo Díaz:
    En primer lugar felicitarle y agradecerle por su presentacion en Canal N, donde expuso claramente mucha de la problemática en el sector educación.Ojalá que con el apoyo de la prensa se pueda lograr mejoras.
    También quisiera saber qué sucede con los docentes que son declarados excedentes en las I.E. municipalizadas. Este año fueron declaradas excedentes dos docentes de mi I.E. (La Divina Providencia) que lamentablemente ahora pertenece a la Municipalidad de Surquillo.
    Se supone que la Municipalización debería beneficiar al colegio, pero no se percibe así, por lo que puedo darme cuenta estamos perdiendo lo que se recibía por la unidad de costeo y quien sabe qué otros beneficios…
    Muchas gracias por su oportuna respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Marlene. Es cierto. También he sabido que en la distribución de matwriales y equipos que llegan a las UGEL los colegios municipalizados tienen también problemas. Las normas sobre racionalización no dicen nada respecto de la excedencia. Me imagino que es personal que tendrá que pasar a la UGEL para su reubicación. Saludos.

  • APRECIADOS
    SEÑORES
    TOTALMENTE DE ACUERDO EN QUE SE REVISE Y SE RECTIFIQUE LA NORMA CON RESPECTO A LAS RESOLUCIONES PARA APLICAR LAS EXCEDENCIAS EN LAS I.E. LO QUE DEBE PRIMAR ES EL TÌTULO, YA QUE ES EL REQUISITO INDISPENSABLE PARA SER NOMBRADO E INGRESAR A LA CARRERA MAGISTERIAL Y EJERCERLA , LUEGO LA ESPECIALIDAD ,EL NIVEL, LOS AÑOS DE SERVICIOS OFICIALES Y LOS AÑOS DE SERVICIOS DE PERMANENCIA EN LA MISMA I.E.
    YA DESPUÈS ES QUE LOS DOCENTES SIGUEN SU SEGUNDA ESPECIALIDAD O SU MAESTRIA.
    LO QUE NO DEBE SER, ES QUE SE CONSIDERE A UN DOCENTE NOMBRADO INTERINAMENTE SIN EL TÌTULO , QUE DESPUÈS DE MÀS DE 20 AÑOS LO OBTENGA BAJO AMENAZAS QUE SI NO LO HACE PUEDE QUEDAR EXCEDENTE Y LO ASCIENDAN A UN III NIVEL , MIENTRAS QUE AQUEL QUE INGRESO POR LA VIA CORRECTA Y EXIGIDA , SOLO QUEDA CONGELADO EN EL II NIVEL Y EN PELIGRO DE SER ÈL LA PERSONA QUIEN CORRA EL RIESGO DE EXCEDENCIA.
    NO ES JUSTO NO ESTÀN BIEN DADAS ESAS NORMAS , POR FAVOR ,HAGA UD LLEGAR MI VOZ PARA QUE LOS SEÑORES DEL MINISTERIO SE DIGNEN REORDENAR, REPLANTEAR ESA NORMA Y SACAR UNA NUEVA CORRECTA Y JUSTA DE ACUERDO A LA LEY PARA TODO EL MAGISTERIO NACIONAL.
    DESEANDO SER ESCUCHADO Y AGRADECIENDO LA OPORTUNIDAD QUE UD. BRINDA AL DOCENTE A TRAVES DE SU TAN VISITADO Y PRESTIGIOSO BLOG PARA EXPRESAR SU MALESTAR E INCONFORMIDAD.
    DIOS LO BENDIGA POR SIEMPRE POR ESTAR AL LADO DE LAS PERSONAS QUE MÀS NECESITAN JUSTICIA
    ATENTAMENTE
    SEBASTIAN

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Sebastian. Creo que su comentario es muy pertinente pues la norma es injusta con aquellos profesores que ingresan por la vía correcta a la carrera. Haré llegar su mensaje al MED. Saludos.

  • Señor Hugo Diaz 7-3-10
    Un determinado colegio para la distribución de horas debe seguir la siguiente secuencia:
    1º)Debe aplicar la Resolución Jefatural 050-2010-ED(directiva 004);sólo después
    2º)Aplicar la RM Nº101-2009-ED a los profesores que hayan salido excedentes como consecuencia de la aplicación de la norma 004-2010.
    Mi pregunta es por el orden o secuencia ¿o acaso es al revés? Es decir para efectos de distribución de las horas,primero se aplica la Rm 101 y sólo después la directiva 004-2010.
    Gracias por su respuesta

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Anónimo. Como dice es la revés. Primero, en función de la matrícula y las secciones con que puede funcionar aplica la RM 101, determina la excedencia y luego aplica la directiva de distribución de cuadro de horas. Saludos.

  • SEÑOR
    HUGO DIAZ
    FELICITACIONES POR SU PONENCIA EN CANAL N EXCELENTE QUEDÒ BIEN CLARO COMO ESTÀ LA SITUACIÒN DE LA NUEVA CARRERA MAGISTERIAL.ES UNA PENA Y VERGUENZA DEBE SUSPENDERSE LOS EXAMENES A LA NUEVA CARRERA MAGISTERIAL YA VEMOS EN LA T.V. QUE LOS DOCENTES QUE NO HAN ALCANZADO LA PLAZA SE ESTÀN CORTANDO LAS VENAS DADA SU DESESPERACIÒN Y LA SITUACIÒN POR LA QUE ESTARAN ATRAVESANDO SOLO ELLOS LO SABEN.
    DEBEN DEJAR UN PAR DE AÑOS DE DESCANSO PARA NUEVAMENTE EMPEZAR LOS EXAMENES A LA NUEVA CARRERA MAGISTERIAL E IR BUSCANDO LAS ESTRATEGIAS PARA VER QUE NO SE ROBEN LAS PRUEBAS SE VENDAN Y PLAGIEN Y SE NOMBREN LOS QUE NO ESTUDIAN Y LOS QUE ESTUDIAN NO.
    SEÑOR SOLICITO A UD. CANALICE CON LOS RESPONSABLES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN QUE MODIFIQUEN LO CONCERNIENTE A LO RELACIONADO A LA RACIONALIZACIÒN DE DOCENTES SE DEBE TOMAR EN CUENTA EL TÌTULO AL MOMENTO DE SER NOMBRADO POR QUE MUCHOS SE HAN NOMBRADO INTERINAMENTE ESTUVIERON 20 AÑOS EN ESA CONDICIÒN Y DESPUÈS REGULARIZARON SU SITUACIÒN OBTENIENDO EL TÌTULO Y ESO ES UN ENREDO LAS COSAS DEBEN SER MÀS CLARAS Y PRECISAS YA QUE PARA INGRESAR A LA CARRERA DEL MAGISTERIO ES OBLIGATORIO TENER EL TÌTULO Y PARA NOMBRAR EL TÌTULO Y LA ESPECIALIDAD EN QUE SE NOMBRA.
    ESE ES OTRO PROBLEMA ALGUNOS SE HAN NOMBRADO EN OTRA ESPECIALIDAD O MODALIDAD MUY DIFERENTE A LA QUE MENCIONA EL TÌTULO Y ES ENTONCES DONDE SE CREA OTRO PROBLEMA PARA RESOLVER.
    FRANCAMENTE QUE CADA AÑO HAY MAS ENREDOS Y CONFUSIÒN Y AHORA PEOR CON EL NIVEL MAGISTERIAL ,A LAS FINALES EL QUE INGRESÒ PRIMERO AL MAGISTERIO TIENE MÀS QUE PERDER QUE AQUEL QUE RECIEN SE HA NOMBRADO INGRESANDO EN LA NUEVA CARRERA MAGISTERIAL.
    LO QUE DEBE PRIMAR ES EL TÌTULO ,LA ESPECIALIDAD EN QUE HA SIDO NOMBRADO Y LOS AÑOS DE SERVICIOS ,PORQUE EN EL TRAYECTO LUEGO DESPUÈS LOS DOCENTES PUEDEN ESTUDIAR LA MAESTRIA SEGUNDA ESPECIALIDAD O DOCTORADO.
    ESPERO QUE MI PEDIDO SEA TOMADO EN CUENTA
    GRACIAS

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Alfredo. Gracias por sus comentarios. Hay mucho que corregir en las normas. Su mensaje con seguridad es leído por funcionarios que están preparando nuevas normas. Sé que es un referente. Ojalá hagan caso a nuestras preocupaciones. Saludos.

  • SEÑORES
    LES ENVIO LA PRESENTE PARA SOLICITAR SU AYUDA PARA QUE ATRAVES DE SU BLOG INTERCEDA ANTE LAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN , DEPARTAMENTAL Y UGEL 04 EN COMAS A FIN DE QUE SEAMOS ESCUCHADOS. POR PIEDAD LES IMPLORAMOS YA NO PODEMOS SOPORTAR LOS ABUSOS QUE VIENE COMETIENDO EL DIRECTOR DE LA I.E. SIMÒN BOLIVAR 2026 DE LA URB SANTA LUZMILA EN COMAS ALTURA DE LA CUADRA 7 DE LA AV UNIVERSITARIA.
    HACIENDO MAL USO DE LAS HORAS DE COMPRENSIÒN LECTORA TRAJO A UNA DOCENTE NOMBRADA REUBICADA DEL COLEGIO ESTHER FESTINI DE RAMOS OCAMPO ,QUIEN A SU VEZ EN ANTERIORES AÑOS TRABAJO EN UN COLEGIO DE CHORRILLOS PERTENECIENTE A LA UGEL 07
    ESTE AÑO ESE NOMBRAMIENTO ESTÀ GENERANDO PROBLEMAS EN EL AREA DE COMUNICACIÒN. ADEMÀS LOS HAY EN OTRAS AREAS Y POR SU CAPRICHO DE NO ACCEDER A UN HORARIO COMO LO ORDENA LA UGEL NOS ENTORPECE LAS LABORES NO PUDIENDO INICIAR LAS CLASES HASTA LA FECHA POR NO CONTAR CON CARGA HORARIA Y MUCHO MENOS CON UN HORARIO PARA INGRESAR AL DICTADO .
    NECESITAMOS QUE UD NOS AYUDE A CANALIZAR ESTA QUEJA A LAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÒN PARA QUE SE APERSONEN A LA BREVEDAD POSIBLE A LA I.E. ARRIBA MENCIONADA Y A LA BREVEDAD POSIBLE NOS AYUDEN A SOLUCIONAR ESTE PROBLEMA, CAMBIANDO DE DIRECTOR SI ES POSIBLE QUE ELLOS MISMOS TRAIGAN UNO ,PERO QUE SEA PRONTO YA NO PODEMOS SOPORTAR TANTO USO Y ABUSO DE AUTORIDAD NO SOMOS IGNORANTES ,SABEMOS NUESTROS DERECHOS Y PEDIMOS SER TRATADOS CON RESPETO, IGUALDAD, JUSTICIA PERO BIEN DISTRIBUIDA NO SOLO A SUS ALLEGADOS
    AGRADECIENDO Y ESPERANDO RESPUESTA Y LA ANHELADA JUSTICIA A TRAVES DE SU PRESTIGIOSO Y TAN LEIDO BLOG POR TODO EL MAGISTERIO NACIONAL E INTERNACIONAL

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Enrique. Canalizaré su mensaje al MED para sugerirles que la UGEL haga el seguimiento respectivo. Saludos.

  • Saludos y gracias por su respuesta. En la I.E. donde laboro se viene presentando un problema con la distribución de secciones. Las horas y secciones se distribuyeron como siempre por grupos de docentes, considerando el nivel magisterial, el tiempo de servicios y el titulo correspondiente, Pues bien los docentes de cada área elegian sus secciones respetando los criterios arriba señalados hasta completar 24 horas. Eso se ha hecho desde varios años, sin ningun problema. Pues resulta que este año los docentes de comunicacion de mayor nivel magisterial eligieron las secciones de quinto grado y la directora les cambio las secciones. Los colegas de comunicación hicieron una denuncia de abuso de autoridad. Tanto asi que un especialista de la UGEl llegó a la IE a clarificar y dar solución al problema.
    Se sabe que existe la directiva 04-2010, la misma que dispone la formación de una comisión de distribución de horas. Directiva, que de no haber problemas nunca se hubiera formado, pero por acuerdo de los denunciantes, el especialista de la UGEL y directora se formará mañana.Parece que el problema seguirá por algunos días mas, teniendo en cuenta según los denunciantes ellos pueden elegir las horas y secciones y la directora dice que la comisión designa las horas y secciones a los docentes.
    La verdad quisiera saber quien tiene la razón y así llevar un planteamiento mañana en la asamblea.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Manuel. El ideal hubiese sido que la directora siga la costumbre que ustedes ya habían adoptado. Además, la directiva establece los criterios quen usted ha expuesto. De otro lado lo que dice la directiva es que el cuadro de horas se elabora con la participación de los docentes. Saludos.

  • Estimado Hugo,
    En relación al mensaje de José Domingo Castañeda Pilo Pais:
    Existe la siguiente directiva de la Ugel 01, la cual hemos utilizado en mi colegio para elaborar los documentos de gestíón: PEI,PCI, PAT, RI,IGA. En los anexos incluye esquemas para todos ellos.
    DIRECTIVA Nº 006 – 2010-UGEL.01-AGI-EP
    NORMAS PARA EL PROCESO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL Y FORMULACIÓN, EVALUACIÓN DE LOS
    INSTRUMENTOS DE GESTIÓN 2010 A NIVEL DE LOS PROGRAMAS E II. EE. PÚBLICAS, PRIVADAS Y
    POR CONVENIO DE LA JURISDICCIÓN DE LA UGEL Nº 01 LIMA SUR
    Atte.
    Luis Francisco Melendez Ruiz
    I.E. Mariano Melgar-6019
    Ugel 01 – SJM

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Luis Francisco. Nuevamente mil gracias, Siempre aportando positivamente en favor de otros profesores. Saludos.

  • Señor Díaz. Mi consulta no tiene mucho que ver con el tema, pero no he encontrado otra vía de comunicación. Qusiera que me informara si el Ministerio de Educación tiene un esquema para elaborar el Plan Anual de Trabajo (PAT) o si usted tiene un esquema que recomienda.
    Muchas gracias de antemano.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    José Domingo. A su correo le envío material que se ha utilizado en el Pronafcap. . Saludos

  • BUENAS TARDES
    Soy profesora con titulo de ciencias sociales y con diez años de servicios y mi
    colega hace tres años obtuvo el titulo de COMUNICACION pero fue nombrada interinamente en ciencias sociales hace 18 años.
    Mi pregunta es quien de las dos tiene prioridad en este caso.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Milagros. Si se trata de definir la prioridad la pregunta es ¿para declarar excedente o para el cuadro de horas? Si es para ser excedente el criterio es si tiene título pedagógico en el nivel o modalidad y si tiene la tiene título ern la especialidad, Luego se valora los estudios de perfeccionamiento, desempeño y participación en el Pronafcap y finalmente, el que tenga mayor nivel magisterial y más tiempo de servicios en la carrera del profesorado o la CPM. En el cuadro de hora en orden de prioridad se considera el nivel magisterial, los años de servicio en la carrera del profesorado y los años de servicio en la IE. Saludos.

  • BUENOS DIAS, PROF HUGO:
    MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE : SOY DOCENTE CON NOMBRAMIENTO TITULAR EN EL AÑO 1998 , Y HAY OTRA DOCENTE CON NOMBRAMIENTO INTERINO QUE OBTUVO SU TITULO EN EL AÑO 2000, SIN EMBARGO SE HA HECHO RECONOCER SUS AÑOS DE SERVICIO COMO DOCENTE CON NOMBRAMIENTO INTERINO . QUISIERA SABER SI ESTE RECONOCIMIENTO ES VALIDO PARA QUE TENGA PRIORIDAD EN LA ELECCION DE LAS HORAS O LOS AÑOS DE SERVICIO OFICIALES , ES DESDE LA OBTENCION DE SU TITULO PEDAGOGICO . QUIÉN TIENE PRIORIDAD EN LA ELECCIÓN DE LAS HORAS , YA QUE AMBAS ESTAMOS EN EL II NIVEL.
    MUCHAS GRACIAS

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Ana. El tiempo de servicios que se reconoce para la distribución de horas es el acreditado para la CPM o Ley del Profesorado. Si a la otra profesora ya le reconocieron sus años de nombramiento interino entonces se le contabiliza para efectos del tiempo de servicios oficiales y del cuadro de distribución de horas Saludos.

  • Hola Dr. Hugo.
    Soy docente del IV nivel de la CPM, del área de CAS, del CEBA “Ignacio Sánchez” – Piura; brindamos atención presencial y semipresencial. Mi inquietud es la sgte:
    Puedo solicitar se me prefiera en cuanto a la distribución horaria, ya que mi colega de la misma área pertenece al III nivel de la ley anterior.
    Agradezco anticipadamente vuestra atención.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Socorro. Tener un nivel magisterial mayor le favorece en la asignación de las horas de clase. Saludos

  • Buenas noches,por favor quería saber si existe alguna norma o documento que diga sobre la elección del dia libre en el mivel secundaria pues en la I.E donde laboro hay una profesor que valiendose de su antiguedad no quiere que le cambien el dia lunes como dia libre.le agradezco desde ya su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rosalía. No hay ninguna norma. Lo que deben hacer es determinar en cada caso como cumplen con las 24 horas de la jornada laboral; algunos lo pueden hacer en cuatro días, otros en cinco. Depende de la aplicacion de la directiva de distribución del cuadro de horas y que los profesores se pongan de acuerdo . Saludos.

  • Si se distribuyen las horas de acuerdo a la Directiva Nº004-2010 y un solo Profesor queda sin horas de su especialidad ¿Es declarado excedente? O se aplica la RM Nº101 a todos los docentes de dicha especialidad. muchas gracias por su respuesta

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Teodocio. Primero se aplican los criterios de excedencia jidaos en la RM 101 y luego la directiva de distribución del cuaro de horas. Saludos.

  • Me comunico con Ud. porque tengo una inquietud.
    según la Directiva Nº 004-2010-ME/SG/OGA/UPE,
    Sucede que estamos en las mismas condiciones con otro profesor, tenemos el mismo nivel y fuimos nombrados el mismo dia, nuestra resolución de nombramiento tiene la misma fecha, somos de la misma especialidad. Según ” el tiempo de servicios oficiales en la IE”. el docente que compite conmigo tiene posesion de cargo con fecha 17 de abril del 2 001, en cambio yo me a persone a la institucion educativa un dia despues de ser nombrado a la I.E. osea el 4 de abril de 2001, donde el director me puso a disposición de la ugel, mediante un oficio con fecha 04 de abril, pero yo asistia y cumplia mis 24 horas en la I.E. hasta que se solucione mi situacion del cual no tuve culpa de este problema .MI PREGUNTA RADICA SOBRE el tiempo de servicios oficiales en la IE . A QUIEN SE LE DEBE DAR PRIORIDAD EN LA DISTRIBUCIÓN DE HORAS, TENIENDO EN CUENTA QUE MI TITULO PEDAGOGICO ES MAS ANTIGUO.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Jaime. ¿Tienen el mismo nivel magisterial, el mismo tiempo de servicios oficiales en el sector educativo público como docentes titilados, el mismo tiempo de servicios en la institución educativa donde laboran? Es la primera cuestión a resolver. La otra es si alguno de ustedes tiene alguna segunda especialidad; si es así podría solicitar completar sus horas o trabajar en ella. Saludos.

  • Estimado Hugo,
    En relación al mensaje de Ángela:
    En un mensaje anterior yo había elaborado una lista de posibles dificultades que presenta la R.M.101 y precisamente uno de ellos era que no toma en cuenta el nivel y de frente pasa a antiguedad de tiempo de servicios en la I.E. Esto si es que hubiera empate en los criterios previos referentes a estudios, desempeño profesional, examen censal, etc.
    Sin embargo creo que serían pocos los casos de empates en estudios y capacitaciones. De todos modos es importante que se considere primero el nivel para desempates.
    Atte
    Luis Francisco Melendez Ruiz
    I.E. Mariano melgar-6019
    Ugel 01 -SJM

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Luis Francisco. Así es. En realidad son varios los factores que establece la RM relacionados con formación y capacitación que hacen difícil el empate; más aún en un centro educativo. Si se tratase de un ámbito geográfico más grande quizá podría darse esa posibilidad. Saludos.

  • Antes de comenzar mi consulta deseo felicitarlo por la orientacion a los maestros del Peru, mi consulta es la siguiente: Soy un docente nombrado en la CPM el 2008 y el año 2009 mi jornada fue de 30 hrs. y bueno se me pago por las 6 hrs adicionales, para el 2010 sale la directiva para la distribucion de horas y tambien especifican el pago por horas adicionales ¿este pago de hrs. adicionales es solo para matematica y comunicacion como lo manifiestan algunos funcionarios en la Ugel donde laboro? o es para cualquier area y ademas desearia saber a que se refiere con disponibilidad presupuestal para el pago de las hrs. adicionales.
    Agradeciendo anticipadamente su atencion me despido.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Ernesto. Yo había contestado este mensaje pero no sé por qué no se grabó la respuesta. El pago de horas adicionales no necesariamente es solo para comunicación y matemática. Hay colegios de matrícula suficiente que pueden justificar dar horas adicionales en otras áreas. Por disponibilidad presupuestaria se entiende que hay recursos para financiar esas horas adicionales en su centro educativo. Saludos.

  • Estimado Señor Hugo Díaz:
    Mi consulta recae en la R.M. Nº101-2009-ED .
    Es posible que se declare excedente a una profesora de III nivel de la CMP y otra profesora que tiene el II de la ley del profesorado no, pues tiene más tiempo de servicio en la I.E. ambas han dado su prueba censal y Pronafcap y no se tiene en cuenta el nivel magisterial alcanzado pues la R.D. no lo especifica. ¿Quién debería salir de excedente? y como entender la R.D. 101?

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Angela. La RM dice “En caso de los docentes titulados, se declarara excedente de manera excluyente a los docentes que no reúnan los siguientes requisitos:
    a.1 Título pedagógico que no es del nivel o modalidad educativa
    a.2 Título pedagógico que no es de la especialidad requerida para el cargo.
    A igualdad de condiciones se considerará excedente al docente con menor puntaje de acuerdo al siguiente cuadro (incluye estudios de docntotrado, maestría, etc.): Luego dice En caso de igualdad de condiciones será declarado xcedente el docente que tenga menor tiempo de servicios oficiales en la Institución educativa, de subsistir la igualdad será declarado excedente el que tenga menor tiempo de servicios oficiales docentes al Estado. Para el nivel de educación secundaria (EBR), ciclo avanzado de EBA y de Educación Técnico
    Productiva, los profesores serán previamente agrupados por especialidad y modalidad.. Saludos.

  • Gracias por la respuesta:
    Buen Dia Dr.Hugo Diaz, el año pasado
    estuve contratada en una ugel de Cusco en el nivel secundario con 30 horas de las cuales solo nos pagaron 812 soles en marzo y abril,luego salió el DS 104-2009-ED donde se incremento a 1020 soles. Bueno varios colegas hemos presentados nuestro reclamo a la ugel para que se nos abone de esos dos meses, pero hasta el dia de hoy no nos pagan, ademas todos los docentes del nivel secundaria que trabajamos en esa UGEL trabajamos todo el año con 30 horas pedagogicas y se nos pago solo por 24 y otros por 27 horas, como debemos proceder ya que las horas trabajadas correspondian al Cuadro de distribuion de horas de nuestras instituciones y tenian presupuesto.Se ha hecho el reclamo a la UGEL, DRE Y a la Region, pero no nos han solucionado nada.
    Por favor una consulta mas, yo he ingresado a la nueva carrera magisterial en la especialidad de Comunicacion, y quisiera saber si en el transcurso del tiempo, puedo cambiarme de especialidad ya que cuento con una segunda especilialidad. Muchas gracias, se lo agradecere.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Elizabeth. Si entiendo su mensaje ha venido siendo contratada y reclama el pago de enero y febrero; por otro lado me dice que está en la CPM, es decir, está nombrada. Si está contratada, para percibir enero y febrero tendría que tener contrato vigente, no sé si lo tiene. En cuanto a cambios de especialidad en la carrera es posible en la medida que las normas sean más flexibles en cuanto a que docentes con segunda especialidad pueden trabajar en esa segunda área. Por ahora exigen el título profesional. Saludos.

  • Buenas noches Sr.Díaz,Por favor oriénteme.
    1-Soy profesora de secundaria y fuí nombrada en primaria. Tengo 23 años de servicio y desde octubre 2002 solicito reasignación ¿Qué norma me ampara para que me atiendan?
    2-Ante solicitud de licencia sin goce por un año, sale una RD de menor tiempo ¿Qué hacer para que se cumpla mi derecho del tiempo que pedí? ¿Puedo pedir otro año? Tengo 25 años de servicio y 47 años de edad.Nunca pedí licencia
    3-¿Existen normas que rigen la municipalización, quién decidirá nuestras labores y se respetarán los derechos de los docentes de más de 20 años de servicio?

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Mirtha. Cada DRE está sacando sus propias directivas de reasignación tomando en cuenta lo uqe dicen la Ley del proyesorado y la Ley de CPM. Entre las causales de reasignación están el interés personal, unidad familiar, por emergencia, salud y representación sindical. La reasignación tiene un plazo, debería hacerse antes de iniciar el año escolar. Las licencias pueden ser hasta por dos años durante toda su carrera profesional. La municipalización es una modalidad de gestión que no afectará sus derechos laborales . Saludos.

  • Estimado señor Hugo Díaz.
    Soy docente de una I.E de ex Variante Técnica de la ciudad de Huánuco.
    Le comento acerca de las irregularidades que viene cometiendo la señora directora de la I.E y un grupo de profesores del área técnica y, que éstos están avalados por las autoridades de la DRE-Hco. El caso es el siguiente: En el año que pasó no se aplicó la Movilización Nacional por la Comprensión Lectora siendo ésto una norma en la que se establece destinar obligatoriamente tres (3) horas de libre disponibilidad al área de Comunicación para el desarrollo de las capacidades de la comprensión lectora.Este año se pretende hacer lo mismo aduciendo que, como es un colegio de “variante técnica” no es importante aplicar esta disposición ya que, en la actualidad dizque al alumno no hay que enseñarle sólo a leer y escribir, eso era antes, ahora se enseña para la vida y no solo para la escuela ( sea para la escuela o para la vida, como dicen ellos, primero, hay que saber leer. No comprenden la gran importancia de la lectura).La verdad es que no puedo concebir tal absurdo concepto de algunos colegas y autoridades que pregonan trabajar mucho por mejorar nuestra educación peruana. Creo yo que eso no es la razón por la que no quieren aplicar está norma; hay otros intereses de por medio.De nuestra parte venimos reclamando desde el año pasado, incluso mi persona consultó con el especialista de Educación para el Trabajo allá en el ME, quien dijo que las normas son para cumplir y no hay nada que discutir.Bueno , hay mucho que comentarle al respecto. Quisiera que usted me oriente qué debo hacer para qué esto no suceda ahora.Le reitero que para hacer prevalecer sus argumentos y hacer lo que quieran están confabulados con algunas autoridades de la DRE.Salvo que haya alguna otra razón justificable para no aplicar esta disposición que desconozca, por favor oriénteme. Gracias por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Esperanza. El marco de la programación curricular es la directiva de actividades educativas 2010 y allí se hace referencia a las 3 horas adicionales para comprensión lectora del 2 al 4 grado. Cuando empiecen las clases, si este caso irregular es denunciado a la directora podrán sancionarla. Saludos.

  • Estimado Hugo,
    ¿Hay alguna novedad sobre los colegios emblemáticos?
    Yo sugiero que los profesores nombrados que nos hemos incorporado a la CPM seamos reasignados o destacados a esos colegios de manera voluntaria. Espero nos den esa oportunidad, creo que la merecemos.
    Atte.
    Luis Francisco Melendez Ruiz
    I.E. Mariano Melgar-6019
    Ugel 01 SJM

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Luis Francisco. Mañana trataré de indagar con uno de los viceministros sobre el tema. Parte de los locales se van a inaugurar pronto y sería interesante complementar el anuncio con una propuesta como la que describe. Saludos.

  • Dr. Díaz, en mi I.E., me corresponde la jefatura de laboratorio, estoy en III nivel, Ley 29062-CPM, mis colegas de CTA están en II nivel y en la Ley anterior. El problema radica, y esto hasta ahora nadie lo quiere comentar, que nosotros los de la CPM, no le somos tan simpáticos a muchos, especialmente a los dirigentes del SUTEP y también a algunos maestros que siempre buscan la oportunidad de tener cargos estratégicos y/o estar en comisiones,como por ejemplo el cuadro de horas, dicen para un mejor servircio educativo. Lo cierto es que la jefatura de laboratorio, este año 2010, le han asignado a una colega de II nivel que no ingresó a la Ley 29062-CPM. La Comisión de Cuadro de Horas y el Sr. Director como presidente, aducen que ya me hice cargo el año anterior y que además presenté a destiempo el informe de las prácticas de laboratorio del 2009, también agregan que tuve algunos altercados con dos colegas. Bueno, yo me podré defender y ellos seguirán sosteniendo lo contrario. Lo que debe quedar claro, es que nosotros, (somos tres profesores incorporados a la CPM) estamos sin defensa y expuestos a los acuerdos de la mayoría, tal como lo sostiene mi director, quién dice, ya la comisión aprobó el cuadro de horas en la I.E., solo falta la UGEL Nº 02 RÍMAC. Lo irónico y anecdótico, es que he sido jefe(e) de laboratorio el 2001, 2002, 2007, 2008 y 2009 sin que me remuneren las 40 horas pedagógicas trabajando por amor y por vocación de servicio, y ahora que se presenta la oportunidad, me niegan este derecho. Ud. puede ayudarme.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Anselmo. El reglamento de la CPM y la directiva de distribución del cuadro de horas fijan los criterios para asignar las horas. El mayor nivel magisterial prevalece y al parecer usted lo tiene. Por tanto, está en posibilidad de hacer su reclamo. Es verdad, hay profores que están en contra de quienes han ingresado a la CPM, a veces por envidia pues ustedes están en posibilidad de desarrollar una carrera más atractiva. Saludos

  • Saludos Maestro Hugo gracias por las respuestas. quisiera que me saque de algunas dudas soy nombrada recientemente,estoy dentro de CPM y en mi colegio somos tres nombrados (CTA,MATEMATICA Y COMUNICACION)Y SOCIALES PARA LA CONTRATA. La duda es ¿como nos vamos a distribuir las horas de clase? si somos de 24 horas; ¿si cada uno podemos coger otras areas o asignaturas? y llegariamos a tener un aproximado de 40 horas o mas y ¿esos adicionales nos pagarán?. y por otro lado no hay un director en la institucion ¿quien de los tres nombrados asumiria este cargo? y será pagado como director o como profesor de 24 horas.
    Por favor recomiendame que normas, reglamentos, folletos,etc.debo leer para informarme todo de la CPM.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Rosalía. Los criterios para establecer la distribución de horas está en la Resolución jefatural 050-2010-ED. Los criterios son: la especalidad, el nivel magisterial, los años de servicio oficiales y los años de servicio en la IE. Ignoro si tiene plazas vacantes que se cubran por contrato. En todo caso la directiva señala que el máximo que pueden cubrir son 30 horas simpre y cuando haya la reserva presupuestal a nivel de UGEL. El director encargado es pagado de acuerdo a su nivel y se le paga una bonificación por las horas adicionales que cubre hasta lelgar a las 40 horas. El reglamento de la CPM es otro documento importante que puede leer Saludos

  • Profesor HUgo, muy buenos dias, con respecto a los contratos, quisiera saber si puedo presentar expedientes a diferentes UGEL’s, para un posible contrato.
    O, puedo ser anulada para el proceso?
    Me ure saber, tengo plazo hasta el 26

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Solo puede presentarlo a una UGEL. Saludos.

  • Doctor: En una I. E. de la zona rural que cuenta con el nivel primario y secundario, a quien le corresponde la encargatura de la dirección: a un docente con III NIVEL que pertenece al nivel primario o a un docente con II NIVEL que pertenece al nivel secundario. Tengo entendido que con el nuevo DCN (integrado), ya no se tiene en cuenta si es de primaria o secundaria.
    Gracias por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Segundo. Cierto. le corresponde al docente que tiene el mayor nivel magisterial. Saludos.

  • Maestro Hugo: quisiera saber cuál fue la acogida la idea de subir a la Web del MED los Módulos 4 y 5 del Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora. Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Nardo. Después de las denuncias que hubo sobre los manuelas de comprensión lectora el MED ha decidido revisar todo antes que salga cualquier cosa. Ha contratado nueva gente para hacer una nueva revisión. Saludos.

  • ESTIMADO SR. HUGO DIAZ
    SOY UN PROFESOR NOMBRADO INTERINAMENTE AL IGUAL QUE OTRO DOCENTE. AMBOS FUIMOS NOMBRADOS EN LA MISMA RESOLUCION COMO DOCENTES DE PRIMARIA Y LUEGO ROTADOS AL NIVEL DE SECUNDARIA EN EL AÑO 1990. EN EL ACTUAL PROCESO DE RACIONALIZACION AMBOS, QUE SOMOS DE LA MISMA ESPECIALIDAD, ESTAMOS CON LA INTERROGANTE: ¿CUAL DE LOS DOS SERIA EXCEDENTE? PUEDE TOMARSE EN CONSIDERACION QUE, SI BIEN AMBOS TENEMOS LA MISMA CANTIDAD DE AÑOS EN LA INSTITUCIÓN PERO YO TENGO UN AÑO MAS DE CONTRATO QUE MI OTRO COLEGA.
    ¿CUAL DE LOS DOS SERIA EL EXCEDENTE??
    GRACIAS POR LA ATENCION.
    SALUDOS

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Juan Carlos. Los dos ingresaron teniendo título profesional docente? ambos tienen título asociado a la especialidad? ¡no tivieron experiencia previa en oytro centro educativo? Son interrogantes que no conozco pero infliuyen en la decisión que se adopte. Saludos.

  • En primer lugar, agradezco infinitamente su pronta respuesta y su dedicación a aclarar las dudas de los docentes, GRACIAS.
    Tengo otra duda, es verdad que existe una norma que dice que los prof. de la nueva carrera magisterial no pueden ser declarados excedentes en un proceso de racinalización? Esto me lo han comentado varias personas así que ya tengo dudas. Pues yo creía que se aplicaba la RM 101 a todos. Y si en un proceso de racionalización, entre dos profesores en igual de condiciones en cuanto a especialidad, en el mismo nivel (p.e. nivel II) se declaraba excedente al que tenga menos tiempo de servicio, sea de la nueva carrera o no. ¿Estoy en lo cierto?
    Muchas gracias nuevamente.
    Que el Señor lo bendiga a usted y a su familia.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Marlene. No conozco una norma en donde la excedencia preferencia el regimen de carrera. Para el encargo sí. Saludos.

  • Estimado Sr. Hugo Diaz:
    Tengo una inquietud: Cómo es posible que las autoridades del MED y de los órganos intermedios piensen en contratación de personal y/o nombramiento de docentes, cuando en tantos colegios están habiendo problemas de excedencias? ¿No sería lógico pensar primero en reubicar a esos docentes? ¿Qué se va a hacer con tantos excedentes?¿Por qué se esta dando tanta excedencia?
    En realidad hay necesidad de nuevos docentes? Veo por las noticias las grandes colas que hacen los docentes para acceder a una plaza, de ellos poquísimos alcanzan plaza? ¿En realidad hay demanda de docentes?
    No será mejor, encaminar los esfuerzos (como ya se hizo con el Pronafcap) de capacitar a los docentes que ya estan nombrados?
    Muchas gracias por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Marlene. Tiene razón. En realidad la racionalización y los procesos de reasignación debieron ser antes para saber cual es la necesidad real de nombramientos y contratos. La verdad es que no sabría responder respecto a cual es el fundamento de convocar a concurso “x” plazas de contrato. Saludos.

  • Reciba mis saludos de antemano le agradezco su respuesta.
    En mi I.E.La comisión del cuadro de horas distribuyó las horas teniendo en cuenta el título profesional y especialidad requerida, nivel magisterial tiempo de servicios oficiales como docente quedando en el área de CTA el último docente como excedente (II nivel 7 años de servicios) ya no habian horas para él pero ahora la comisión de excedencia cambia las cosas y aplican la RM Nº 101-2009 y DECLARAN EXCEDENTE a otra profesora de CTA (II nivel 19 años de servicios)Ambos estan en la ley del profesorado. ¿se debe aplicar la ley del profesorado en este caso? ¿QUIÉN DEBE SER EL PROFESOR EXCEDENTE? ¿La experiencia acaso no tiene ningún valor? Muchas gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Teodocio. En orden de prelación los criterios son: nivel magisterial, tiempo de servicios como mdocente titulado poseyendo un nivel magisterial y tiempo de servicios en la escuela. Creo que son claros los criterios y no deben dar lugar a malas interpretaciones.. Saludos.

  • QUIEN TIENE LA PRIORIDAD PARA ASIGNAR LAS HORAS DEL CUADRO, EL TITULO O EL NIVEL MAGISTERIAL?
    A QUIEN SE LE ASIGNA PRIMERO LAS HORAS AL QUE TIENE UN SOLA ESPECIALIDAD O AL DE DOS ESPECIALIDADES DE ACUERDO A LAS AREAS CURRICULARES?
    EJEMPLO: MATEMATICA O MATEMATICA – FISICA PARA EL AREA DE MATEMATICA AL MARGEN DEL NIVEL

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Eduard. El título en la especialidad es un requisito. El primer criterio es el nivel magisterial, luego el tiempo de servicios oficiales como docente en algún nivel magisterial y en tercer lugar el tiempo de servicios en el centro educativo. No hay preferencia a que tenga dos especialidades. Saludos.

  • Dr. Hugo, por favor interceda ante los del MED con este pedido: como quiera que los docentes estamos en pleno trabajo de elaboración nuestra Programación Anual sugerería que los módulos 4 y 5 del Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora lo cuelguen en la Página Web del MED o en el Portal Educativo Perú Educa para tener conocimiento del contenido de cada módulo e insertarlos o relacionarlos con los temas del DCN y de esa manera tener nuestros documentos técnico-pedagógicos en regla para el primer día de clases. Sería un gran apoyo para los docentes de provincias y sobre todo teniendo en cuenta la burocracia que si bien es cierto la entrega se iniciciaría en marzo en Lima, lo más seguro que en provincias sea en abril o mayo como lo fue el año pasado acá en la Región Huánuco.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Nardo. Es una buena sugerencia. Se lo plantearé al señor Vexler con quien me reuno este fin de semana. Saludos.

  • SEÑOR HUGO DIAZ,ME DIRIJO A UD. HAY PROBLEMAS EN MI COLEGIO TUNGASUCA UGEL 04, PARA LA ELABORACION DEL CUADRO DE HORAS DEL 2010, SOY PROFESORA DE C.T.A CON 10 AÑOS DE NOMBRADA TITULADA ESTOY EN EL SEGUNDO NIVEL, TENGO ESTUDIOS DE INGLES, COMPUTACION, ESTUDIOS DE MAESTRIA EN PROBLEMAS DE APRENDIZAJE, LA DIRECTORA ME DECLARA EXCEDENTE POR DARLE 12 HORAS DE FISICA A OTRA PROFESORA DE MATEMATICA FISICA QUE ESTA EN EL PRIMER NIVEL Y SE NOMBRO EN 2004, PERJUDICANDOME, ESTA UGEL SE CARACTERIZA POR SER MAFIOSA, NO SE HA HECHO UNA RACIONALIZACION TRANSPARENTE,HAY OTRA PROFESORA CON MENOS MERITOS TIENE BACHILLER Y ESTA SEGUNDA EN EL CAP, LA ESTAN BLINDANDO EN DICHA UGEL, NO HAY JUSTICIA QUE PUEDO HACER.SALUDOS.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rosa María. Si no es posible reclamar en la UGEL quéjese a la Defensoría del Pueblo de la localidad con copia a la DRE fundamentando que la norma no se está cumpliendo. Saludos.

  • Reciba mis saludos
    Quisiera, por favor su opinión sobre un caso de racionalización.
    Según la Ley de la CPM, todos los maestros que no se han incorporado a ella mantienen todos sus derechos adquiridos en la Ley del profesorado 24029.
    Sin embargo, a pesar que en la Ley del Profesorado se establecen los criterios de la excedencia con claridad, priorizando el nivel magisterial y los años de servicio, el Ministerio de Educación viene ilegalmente imponiendo la R.M. Nº101-2009-ED que establece otros criterios de excedencia.
    Siendo jurídicamente la Ley del Profesorado una norma de mayor jerarquía con respecto a la R.M., se viene cometiendo un atropello a los derechos del docente, en cuanto a la declaratoria de excedencia en las instituciones educativas.
    Le agradezco su respuesta

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Teodocio. Hay un conflicto de normas que tiene que aclararse. Hay demasiadas y contradictorias. Estoy de acuerdo con usted en que las normas de más alto rango tienen que respetarse y si se quiere racionalizar tiene que haber el respaldo de una Ley. En este caso no es la resolución ministerial el sustento de la medida sino como verá usted en las bases legales de la norma una serie de leyes sobre austeridad y presupuesto que disponen ello. Saludos.

  • Maestro Hugo: El 6 del mes en curso hice dos comentarios relacionado al Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora‏, sobre la carencia de material de lectura para los alumnos del 4to. grado, puesto que ellos ya en el 3er. grado habían leído los módulos 2 y 3 y lo mismo hicieron sus compañeros del 4to. grado. Le alcanzo un dato: desesperado por hallar una respuesta envié un correo al Sr. ELVIS FERNANDO FLORES MOSTACERO, uno de los responsables de este programa y me ha dado la siguiente respuesta: “Nardo, este año se distribuirán los módulos 4 y 5 para quienes ya leyeron los módulos 1, 2 y 3.” y a la reiteración de mi consulta para cuándo me da el este otro mensaje: “Si todo va bien, en marzo debe empezar la distribución”. Dr. en marzo ya se inicia las clases, los docentes antes del 1 de ese mes debemos entregar a la Dirección nuestra Programación Anual en la que debe incluirse cada una de las actividades de lectura de este Programa. En fin, pero ya al menos aguardo las esperanzas que sea máximo en la primera semana de marzo. Y por favor Dr. usted que es tan generoso con el magisterio peruano tenga la ambilidad de insistir ante el MED o los responsables directos la entrega de estos módulos cuanto antes posible.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Nardo. Así lo haré. El viernes debo estar presente en el MED y conversaré del tema. Saludos.

  • un saludo desde la tierra de las dunas, Ica.
    Para consultarle que un jerarquico debe dictar mínimamente 12 horas de clase, entonces puede dictar 14 horas, esto es como resultado de la distribución de horas. Además, esas horas adicionales de un jerarquico (40 horas) serán pagadas? gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rosendo. Están dentro del pago que le corresponde a un jerárquico. No hay pago adicional por el dictado de esas hotras; es parte de su responsabilidad. Saludos.

  • Buenas tardes Señor hugo y gracias por la respuesta. En La institucion Educativa nivel secundario que voy a trabajar son pocos alumnos por grado hay una sola seccion yo soy de CTA y voy a tener 15 horas y como voy a completar mis 24 0 30 horas.por favor sacame de esta duda.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Anai. Podrían completarle con otro curso o solicitar a la UGEL que le complete en otro colegio. Saludos

  • buenos dias Dr. Hugo Diaz
    mi consulta recae en que la directiva de contrato docente 2010 hace una diferenciacion en cuanto a la modalidad, donde dice que debemos optar por una modalidad. resulta que en la ODEC de Carabayllo (profesores de religion) hasta el año pasado nos completaban horas de dia con horas de noche, y este año con la directiva ya no se puede a pesar de la potestad que tiene la ODEC para evaluar a su personal y asignar horas, esta directiva nos deja sin trabajo a muchos profesores y en otros casos nos resta horas.¿Cuál seria su análisis al respecto? ya que yo como di examen en EBR AHORA TENDRIA QUE DAR EXAMEN EL DIA 21 DE FEBRERO PARA EBA. PERO UNA ANULA A LA OTRA, POR LO TANTO ESTE AÑO NO PODRE TENER MIS HORAS COMPLETAS DE TRABAJO.TENDRE QUE OPTAR POR UNA DE LAS DOS.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Ana María. La ODEC tiene cierta libertad de manejo de la situación. Creo que es un tema en el cual yo no le puedo responder, solo sugerirle que la directora lo plantee a la Oficina que tiene enlace con los funcionarios del MED para que lo conversen. Saludos

  • Sr. Hugo Díaz, mucho le voy agradecer me despeje la siguiente duda: En mi I.E. hay poquísimo alumnado y de todas formas quedaremos algunos docentes como excedentes, quisiera que me indique quienes serían ellos:
    En la R.M. 101-2009 Lineamientos para la Evaluación y Racionalización ….” dice:
    7.2 Criterios para Determinar Excedencia del personal.
    7.2.1 …será declarado excedente de acuerdo a la siguiente tabla:
    a. Profesionales de la Educación (docentes titulados)
    a.1 título pedagógico que no es del nivel o modalidad
    a.2 título pedagóbico que QUE NO ES DE LA ESPECIALIDAD requerida para el cargo. a Igualdad de condiciones se considerará excedente al docente con menor puntaje de acuerdo al siguiente cuadro:
    – Estudios concluidos de Doctorado re lacionado a Educación: 5 PTOS.
    – grado de Doctor relacionado a Educación: 10 ptos.
    – Estudios concluidos en Maestria relacionado a Educación: 5pts.
    – Grado de Maestría relacionado a Educación: 5 pts.
    – Desempeño profesional: Muy bueno: 5 pts.; bueno: 3 pts. ; Regular: 1 tp.
    Participó en la evaluación censal: 3 pts.
    – Participó en la capacitación del Pronafcaf 2 pots.
    la ley del Profesorado Capítulo XIII Art. 233, indica: se declara excedente al profesor que no reúna los requisitos O ESPECIALIDAD requerida para el cargo
    Como Ud. verá en los dos casos me parece que le da prioridad a la ESPECIALIDAD
    Ahora también me dicen que saldría el profesor que tiene menos tiempo de servicios oficiales, claro sin interesar de qué área es.
    POR FAVOR QUISIERA QUE VEA USTED BIEN LAS RESOLUCIONES, NORMAS Y DIRECTIVAS, PARA QUE ME DE UD. UNA RESPUESTA PRECISA Y mencionándome en qué documentos señala tal cosa, porque unos dicen una cosa, otros dicen otra y ya no sé a quien cree.
    GRACIAS DE ANTEMANO POR SU RESPUESTA

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Sonia. El numeral 7.2.1. de la directiva se hace referencia a los años de servicio luego de mencionar los citerios que usted señala en caso de que los criterios anteriores no permitan definir la excedencia. Saludos.

  • Previos saludos cordiales, quisiera que me absuelva la siguiente duda: Soy docente secundaria pero fui NOMBRADA (oficialmente) en primaria, después de 03 años pasé al nivel secundario. Para contar mi tiempo de servicios oficiales en secundaria, me están contabilizando desde la fecha en que pasé al nivel secundario, porque dicen que no me contabilizan el tiempo que trabaje en primaria. Me ha dicho esto cuando se iba a distribuir las hras de clase. ¿ES CIERTO ESO? y si es así por favor indíqueme en que RD u otro documunto está respadado esto.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Nicolás. El criterio está mal aplicado. A lo que se refiere la directiva es al tiempo de servicios oficiales; es decir, cuantos años de trabajo como docente titulado en un nivel magisterial tiene usted . Saludos.

  • Previos saludos respetuosos, le manifiesto el caso que se está presentando en mi Institución Educativa- Área de Comunicación: Existen 07 profesores en esta área con los siguientes títulos:
    4 profesores Licenciados en Educación, especialidad LENGUA , LITERATURA Y FILOSOFÍA. 2 del V Nivel, 1 del III Nivel y 01 del II Nivel. y
    03 profesores Licenciados en Educación, especialidad: letras, 02 del III Nivel y 01 del II Nivel.
    Siempre hay problemas para la distribución de las horas en esta área.
    Según la Directiva 004-2010 “Elaboración y Aprobación de Distribución de horas de clase”, en punto 10.3 a la letra dice: “ A su vez, dentro de cada grupo la distribución de horas de clase se realiza teniendo en cuenta el título profesional y ESPECIALIDAD requerida para cada área curricular, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
    •Nivel Magisterial
    •Tiempo de servicios oficiales como docente
    •Tiempo de servicios oficiales como docente en la Institución Educativa
    10.4 La distribución de horas de clase, bajo responsabilidad, debe considerar la pertinencia y coherencia entre el enfoque de las áreas curriculares y la formación que los profesores tienen, por lo que se presenta las posibilidades que pueden darse para la asignación de las horas a los profesores a las áreas curriculares vigentes
    ÁREA CURRICULAR
    PROFESORES O LICENCIADOS EN EDUCACIÓNCON MENCION EN LA ESPECIALIDAD DE
    Matemática: especialidadMatemática
    Comunicación y Comprensión Lectora: Especiaidad en: Comunicación o Lengua y Literatura
    Tomando en cuenta estos dos puntos de la directiva, se ha distribuido las horas de clase de la siguiente forma:
    1º.Los profesores que en su título tienen Especialidad: Lengua y Literatura
    •Los colegas que están en el V nivel
    •Los colegas que están en el III nivel
    •El colega que está en el II nivel
    2ºLos profesores que en su título tienen especialidad: letras.
    •Los colegas que están en el III nivel
    •El colega que está en el II nivel
    ¿Está bien esta distribución? Recuerde que en la directiva habla priorizando la especialidad

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Nicolás. Parec que la decisión respeta la directiva. mire usted. A veces es difícil en una IE dar cumplimiento estricto a la norma cuando hay casos de nivel y formación similar. Lo importante cuando se dan esos casos es conversar y llegar a un acuerdo. Es complicado cuando hay profesores intransigentes.. Saludos

  • Saludos Dr. Hugo mi consulta es la siguiente…..fui nombrado como profesor de educaciòn religiosa en la educacion secundaria…por propuesta del obispo en el año 2000….de acuerdo a esta directiva de ditsribucion de horas…puedo pedir horas de mi especialidad …que de acuerdo a mi titulo pedagogico es Ciencias Naturales….y enseñar el area de CTA?……actualmente me encuentro en la Ley de Carrera Publica magisterial en el 3er Nivel…..por ahora luego de haber solicitado a la ugel Ica el movimiento de pesonal reasignacion, rotacion, ubicacion desde el año 2006…he conseguido que la DRE ica me destaque a una IIEE para enseñar el area de CTA dado que en mi colegio donde me nombré no hay horas de mi especialidad….y el obispado no me autorizo para continuar enseñando dado mi intenciòn de cambio de area….pregunto tambien si esta directiva favoreceria el hecho de pedir horas de mi especialidad en mi colegio donde me nombre haciendo prevalecer mi nivel y mis años de servicio, etc…gracias por la atencion.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Jesús. Los colegios de convenio tienen algunas potestades en administración de personal que no las tienen otros colegios. Tiene que ser a aceptación del colegio, de lo contrario no creo que tenga posiblidades. Saludos.

  • Dr. Hugo Díaz.
    Mi saludo cordial, quisiera un consejo sobre las acciones que he tomado y me ha causado sanción Administrativa de 2 meses de separación de mis funciones como Director de la I.E. María de Lourdes” de Pomalca, sin goce de remuneraciones.
    En mi cuadro de horas aprobado por la DRE Lambayeque, menciono la necesidad de Una plaza de Educación para el Trabajo con opción laboral de Industria del Vestido y una Plaza de Arte con mención: Música, por contar con Talleres implementados de Costura y Banda de Música respectivamente, ya que en mi I.E. solamente se educan niñas y adolescentes en los Niveles Inicial, Primaria y Secundaria de menores.
    En el mes de marzo del 2009, la Coordinación de Personal de la DREL, que jefatura el Lic. Daniel Suárez, me envía un Docente Reasignado por motivos de Salud de la Especialidad de Física Matemática, para enseñar el Área de Educación para el Trabajo, docente que no contaba con la opción laboral solicitada, y por presión y amenazas del CADER se le dio Posesión de Cargo, de esta manera se cerró nuestro Taller de Costura y el Profesor realizaba tareas de Auxiliar de educación por que no sabia ni ensartar una aguja, situación que era de conocimiento del Jefe de Personal de la DRE Lambayeque, pero como no les interesa la educación paso por Desapercibido, perjudicando a nuestras alumnas en el dictado de clases de esta importante Área.
    En el mes de marzo, nos envían un Docente Contratado por 24 horas Titulado en la Especialidad de Educación por el Arte –Música,, según R.D.R.S. N° 0506-2009-GR.LAMB/DREL, con vigencia del 02-03-2009 al 31-12-2009, acciones que estaban de acuerdo a nuestros requerimientos de nuestro Cuadro de horas; pero en el mes de agosto del 2009, nos llega un Reasignado por motivos familiares Titulado en la Especialidad de Lengua y Religión, según R.D.R.S. N° 2020-2009-GR.LAM/DREL, de fecha 04 de agosto de 2009, desplazando al docente Contratado de la Especialidad de Educación por el Arte-Música, para enseñar el Área de Arte, Acciones contraproducentes, sin ningún sentido técnico y legal, por lo que como Director de la I.E. N| 11521 “María de Lourdes” del distrito de Pomalca, con más de 06 años en la Dirección del Plantel, opte por presentar mi queja a la DREL con fecha 07-08-2009, pero el día 28 de agosto del 2009, nuevamente se hace presente a la Dirección del Plantel el CADER, para obligarme mediante presión a darle Posesión de Cargo al Prof. De lengua y Religión para que enseñe el Área de Educación por el Trabajo – Música, optando en defender los derechos de nuestras alumnas en contar con una educación de calidad con personal docente idóneo, especialistas en sus áreas curriculares, OPTANDO EN NO DAR POSESIÓN DE CARGO por no ser el Docente Ideal para enseñar el Área de Arte- Música, a lo cual me negué rotundamente.
    Mientras tanto los Profesores desplazados de ARTE en numero de 07 pertenecientes a diferentes II.EE. de la Región, quienes también fueron desplazados por Prof. Titulados en Biología y Química, Matemática. Inglés, etc. apelan las Resoluciones de Reasignación y siendo el caso de nuestra Institución, la R.D.R.S. N° 2020-2009 y el Gobierno Regional de Lambayeque hace justicia y declaran fundada su apelación,, emitiendo el Gobierno Regional la R.D.R. N° 777-2009-GR-LAMB/GRDS DE FECHA 24-09-2009, donde se resuelve dejar sin efecto la R.D.R.S. N° 2020-2009-GR.LAM/DREL, de fecha 04 de agosto de 2009 de Reasignaciones y dan nuevamente Vigencia a la R.D.R.S. N° 0506-2009-GR.LAMB/DREL DE FECHA 16-03-2009 ORDENANDO LA REINCORPORACIÓN del Profesor Contratado titulado en Educación por el Arte – Música; de esta manera se restablece la vigencia de los contratados y anulando las reasignaciones.
    Que, a pesar de HABER UN DISPOSITIVO SUPERIOR EMITIDO POR EL GOBIERNO REGIONAL, PARA SU CUMPLIMIENTO, LA DREL A TRAVÉS DEL JEFE DE PERSONAL Y EL DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN SE NIEGAN A ACATAR esta disposición de la superioridad, movidos por intereses personales y extraños.
    Que, a habiéndose anulado la R.D.R.S. N° 2020-2009-GR.LAMB/DREL de fecha 04-08-2009, SE LE APERTURA PROCESO ADMINISTRATIVO AL DIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, por no dar Posesión de Cargo al Profesor Reasignado con la Anulada Resolución 2020-2009 y es así que se me instaura Proceso Administrativo con R.D.R.S. N° 2943-2009-GR.LAMB/DREL. de fecha 13 de octubre de 2009. Que mientras tanto el Profesor Contratado de ARTE no podía reincorporarse a pesar de existir acto resolutivo, por que el Coordinador de Personal de la DREL así lo quería y el Docente Reasignado nombrado del la especialidad de Lengua y Religión estaba depositado en las oficinas de la DREL sin realizar labor efectiva venia ganando sus remuneraciones en forma normal sin trabajar, a pesar de habérsele notificado la anulación de su Resolución de reasignación, pero con el consentimiento del Coordinador de Personal y Director de la DREL seguía depositado.
    Que, el 11-12-2009, recién el Director de la DREL, asesorado por su Coordinador de Personal emite la R.D.R.S. N° 3815-2009-GR.LAMB/DREL,de fecha 11-12-2009, dando cumplimiento a la R.D.R. N° 777-2009-GR-LAMB/GRDS DE FECHA 24-09-2009, donde se deja sin efecto la R.D.R.S. N° 2020-2009-GR.LAMB/DREL de fecha 04-08-2009 y RESTABLECEN LA VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN{ON N° 0506-2009-GR.LAMB/DREL de fecha 16-03-2009, restableciendo la vigencia y reincorporando al docente Contratado de la Especialidad de Educación por el Arte, desde el 02-03-2009 al 31-12-2009.
    Pero es curioso que en esta misma fecha, el 11-12-2009 se emite también la R.D.R.S. N° 3813-2009-GR.LAMB/DREL, reasignando nuevamente al Docente nombrado de Lengua y Religión en Plaza de Educación por el Arte, desplazando al Docente Contratado titulado de Educación por el Arte-Música, sin haber anulado la R.G.R. N° 777-2009.
    Lo más curioso Señor Doctor, que ambos docentes se presentan a la I.E. a reclamar Posesión de Cargo, habiéndose dado solamente al Docente Contratado de la Especialidad de Ed. Artística- Música, por ser el indicado de acuerdo a la necesidad de nuestro Cuadro de Horas.
    Pero Dr. Hugo Díaz, aquí viene lo mas penoso, que el 05 de Enero del 2010 soy notificado con la R.D.R.S. N° 3918-2009-GR.LAMB/DREL de fecha 18-12-2009, donde se me SANCIONA CON SEPARACIÓN TEMPORAL EN EL EJERCICIO DE MIS FUNCIONES COMO DIRECTOR, SIN GOCE DE REMUNERACIONES, POR EL LAPSO DE 02 (DOS) MESES, POR NO DAR POSESIÓN DE CARGO AL DOCENTE REASIGNADO DE LA ESPECIALIDAD DE LENGUA Y RELIGIÓN PARA QUE ENSEÑE EL ÁREA DE ARTE. y con la R.D.R.S. N° 2020-2009 totalmente viciada y anulada, entonces pregunto a usted doctor, ¿está bien estas acciones tomadas contra mi persona? o ¿existe un abuso de autoridad eminente por parte del Coordinador de Personal y Director de la DREL Lambayeque? Al sancionarme por no cumplir con actos resolutivos anulados, viciados, etc, etc. LE PIDO ´POR FAVOR INTERVENGA EN FORMA URGENTE A TRAVÉS DE UN DIRECTIVA O DOCUMENTO QUE ACLARE A LA DREL SOBRE ESTAS ACCIONES DE MOVIMIENTO O REASIGNACIONES DE PERSONAL DOCENTE Y POR FAVOR DARME UNA RESPUESTA MÁS CLARA Y CONTUNDENTE DE QUE TIPO DE ABUSO SE ESTA COMETIENDO CONTRA MI PERSONA, YA QUE EN EL MES DE ENERO NO HE PERCIBIDO PAGO O REMUNERACIÓN ALGUNA, AFECTÁNDOME A MI PERSONA Y FAMILIA ASÍ COMO MI ESTADO EMOCIONAL.
    DARME UNA RESPUESTA EN FORMA URGENTE Y SEÑALARME ALGUNAS DIRECTIVAS QUE ME SIRVAN DE SUSTENTO PARA APELAR DICHO ACTO RESOLUTIVO QUE ATENTA CONTRA LA VIDA Y LA SALUD DE MI FAMILIA.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Gregorio. Lamentable su caso. Quiero expresarle mi solidaridad pero también quiero decirle que yo no soy funcionario del Ministerio. Lo que puedo hacer es canalizar para conocimiento de las autoridades su caso, pero más o menos intuyo la respuesta: debe ser vista en la UGEL y DRE. Recuerdo que yo le dije que acuda a la Defensoría del Pueblo. Es la que realmente podría ayudar a que le hagan justicia. Saludos

  • Sr. Hugo:
    Previos saludos, mi consulta se refiere a lo siguiente: ¿En el caso de los profesores que tienen el título de profesor de ciencias sin especificar la especialidad, dentro de qué área se le debe considerar, dentro de Matemática o CTA, en todo caso cuál es el criterio que se debe aplicar?.
    Al respecto se hizo la consulta a la UGEL Arequipa-Norte y el especialista mencionó que al profesor se le considere de acuerdo al memorándum con el cual llegó reasignado a la I.E. De acuerdo a este memorándum, el profesor venía en lugar de una profesora que tenía a su cargo horas de CTA. Entonces, para el especialista, el profesor debe pertenecer al área de CTA. ¿A qué área pertenece el profesor para la distribución de horas? ¿Se debe recurrir a los memorándum de reasignación a la I.E. para la distribución de horas?
    Gracias por su atención.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Carlos. La directiva dice que para enseñar matemáticas debe ser profesor de matemáticas, y para enseñar CTA puede ser profesor de Ciencias Naturales, Física, Química o Biología. En el marco de ese criterio hay que buscar su ubicación Saludos

  • Sr. Hugo
    Gracias por la información usted como siempre teniéndonos al día con relación a la lo malo que hace el MED quiero pedirle un favor si puedo obtener información SOBRE LA NUEVA GRAMÁTICA española

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    No cuento con información al respecto. Veré que puedo averiguar. Quizá si a través deel yahoo o Google busca séría recomendable. Además ayudaría saber que aspecto específico de la gram´tica española le interesa pues es un tema amplísimo.. Saludos.

  • como siempre el estado con las improvisaciones y después hechan la culpa a los docentes cuando son ellos los que no planifican ni siquiera han cumplido con entregar los DCN y tanta gente trabajando en el MED. que mal

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Edwin..Es verdad, la improvisación es una caracterítica de la gestón que preocupa cada vez más Saludos.

  • buenas noches señor Hugo:
    Soy profesor con 17 años de servicio, con nombramiento interino, sin titulo pedagogico, sólo técnico, Me gustaria saber si obtengo mi titulo e ingreso a la ley del profesorado Hasta que nivel puedo ingresar? o tengo que empezar desde el primer nivel, gracias por su respuesta. Me han dicho que puedo ingresar hasta el tercer nivel , ¿es cierto esto ? Donde encuentro informacion para saber mas al respecto.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Renzo. Ya no hay ingresos por la Ley del Profesorado sino por la CPM y debería hacerlo por el I nivel. Saludos.

  • Buenos días Sr. Ante todo mi agradecimiento por la respuesta. Mi pregunta es la siguiente: En mi colegio hay 2 profesores de sociales y para la distribución en el cuadro de horas no nos ponemos de acuerdo. Siendo mi especialidad Ciencias sociales pienso que de acuerdo a la norma me correspondería las áreas de Cívica, PFRH e Historia y la especialidad de mi colega es Historia y geografía, entonces me parece q solamente le corresponderia Historia y geografía, a`pesar que él tiene más años de servicio, aunque estamos en el mismo nivel.
    Por favor acláreme el panorama.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Samuel. El orden de prelación si tienen el mismo nivel magisterial es la antiguiedad en servicio oficial (como docente titulado) y el tiempo de servicios en la IE. Ojalá puedan ponerse de acuerdo conversando. Saludos.

  • Buen día Dr.
    Agradezco de antemano su respuesta.
    Soy docente de Ciencias Sociales – secundaria, con 24 hrs. de jornada laboral.
    Resulta que en la I.E. somos 3 docentes de la misma área, siendo yo soy de menor nivel (II) y por ello, para este año 2010 solo me ha quedado 11 horas de especialidad y 13 horas que no lo son: Comunicación, Ed. por el arte y dos tutorías. Mi pregunta es si puedo yo solicitar que me declaren excedente y tal vez pueda encontrar otra plaza de acuerdo a mi especialidad; en todo caso quisiera saber cuáles son los criterios que definen que un prof. sea declarado excedente y si ese es mi caso.
    Estaré atento a su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rubén..Puede solicitar la excedencia en caso que no tenga las horas que permitan completar su jornada laboral o que le asignen horas en especialidades que usted no maneja. El riesgo de la excedencia es que no sabe donde irá a parar. Lea la directiva y evalúe la conveniencia de hacerlo. En el blog está publicada la directiva Saludos.

  • Dr. Hugo Díaz, sobre el cuadro de horas, si en mi IE me extendieran hasta 30 horas pedagógicas de acuerdo a la 004- 2010, estoy en el III nivel de la CPM, y deseo solicitar la encargatura de jefe de laboratorio ¿ mi remuneración sería por 24, por 30 ó por 40 horas? ¿cuántas horas de dictado de clases tendría, 12, 15, ó estoy obligado a cumplir las 30 horas y al mismo tiempo, asumir la jefatura de laboratorio de 40 horas, cargo jerárquico que el gobierno ha descuidado, porque aparte que no se le paga a los encargados, ahora los que somos de la especialidad de CTA tenemos solo 3 horas (distribución del cuadro de horas) para la teoría y para la práctica de laboratorio. Además, a un jefe de laboratorio de ciencias, puede la comisión de cuadro de horas hacerle dictar 4 horas de inglés o respetar sus 40 horas exclusivas para atender el laboratorio de ciencias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Anselmo. La encargatura no significa pasar de percibir 24 a 30 horas, loq ue se hace es se le pagan 6 horas adicionales pormsu trabajo. En cuanto a las encargaturas del personal jerárquico se paga el adicional hasta 40 horas. En el artículo sobre el cuadro de horas está como anexo la norma que la rige. Sería bueno que la lea usted mismo para que sepa que obligaciones y derechos tiene. No es lo mismo que yo le cuente a que usted tome conciencia de qué es lo que le corresponde Saludos

  • señor Hugo Diaz.
    Reciba mis cordiales saludos y a la vez hacerle una consulta soy profesor de educacion fisica de 30 horas nivel primaria en el turno tarde. Resulta que solo tengo para este año 24 horas por racionalizacion de aulas, es posible que se pueda completar las 30 horas pedagogicas con dictado de talleres deportivos.Quisiera por favor me aclare si las normas respaldan esto puesto que el sub director de primaria me dice que no existe ningun inconveniente. gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Eberth. Siempre y cuando hayan dos cosas: la anuencia del director y el presupuesto pata financiar las 6 horas adicionales. tendrían que solicitarlo a la Ugel. Saludos

  • Walter
    Buenos días
    Quisiera saber que norma legal establece la obligatoriedad de la presentación de programaciones y unidades didacticas de los profesores de las instituciones educativas

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Walter. El Diseño Curricular Nacional tiene al final una amplia descripción sobre el trabajo que debe realizarse en cuanto a unidades didácticas y sesiones de aprendizaje como parte de la programación curricular anual. Saludos

  • Ante todo mis felicitaciones y saludos mi consulta es la siguiente. Soy profesora de secundaría II nivel Ciencias Sociales y Comunicación con maestría y participacíon en el PRONAFCAP 2010 con nota de promedio 19, entre otros méritos desearía saber si puedo tener acceso al cargo de OBE en mi institución puesto que otro colega no esta incluido en la CPM ni tiene maestría.
    Le agradecería por su respuesta para dar ese alcance a la dirección.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Janny. Depende de si hay otra persona que tenga un nivel magisterial mayor y esté interesada en el cargo; asimismo, de los años de servicio oficiales que tenga enla carrera, sea del profesorado y/o magisterial. Saludos.

  • Sr. Hugo Diaz:
    Reciba usted un cordial saludo, pero estoy un poco confundida primero usted dice que Teóricamente el horario debería ser hasta las 11.45 am en cuanto a las profesoras de Inicial pues a nosotras nos estan pagando solo por 25 horas y luego se contradice pues no se tiene en cuenta los recreos y otros tiempos que no sean trabajo en el aula pues yo le puedo decir como maestra de inicial que nosotras estamos en permanente trabajo con los niños dentro y fuera del aula, en actividades libres y dirigidas en sus momentos de recreacion y de alimentación es por esta razon que no comprendo hasta ahora la falta de consideración con nosotras las maestras de inicial pues a pesar del tiempo que dejamos en el jardin lo complementamos en el hogar, ademas el trabajo con padres de familia y comunidad no lo estan teniendo en cuenta o acaso los del ministerio trabajan gratis, creo que no. El nivel primaro que es el mas proximo tambien tiene horario de recreacion y como a ellos no se les descuenta por esas horas, el gobierno debe ser mas justo y no poner excusas simplemente para tapar su error.
    Atentamente,

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Blanca. Su comentario lo entiendo perfectamente y es más, estamos defendiendo una posición como la suya ante el Ministerio. Pero lo que pienso todavía no se refleja en las normas. El MED lo que establece es lo que le he escrito: que no se cuentan los recreos ni otros tiempos que no sean trabajo en el aula. Por lo demás, yo pienso que ustedes deberían ganar por 30 horas como percibe un profesor de primaria. Se que el MED trata de corregir su error pero requiere ampliación presupuestaria. Saludos.

  • DOCTOR HUGO , MUY INTERESANTE SU COMENTARIO.
    MI CONSULTA ES EL SIGUIENTE
    PARA ELABORAR EL CAP , SE TOMA ENCUENTA PRIMERO LOS NIVELES EN FORMA CONJUNTA INCLUIDO LOS INGRESANTES A LA CARRERA PUBLICA. O LOS AÑOS DE SERVICIO. POR QUE EN MI CENTRO EDUCATIVO ESTAN TOMANDO LOS AÑOS DE SERVICIOS.
    ES EL CASO DE MI PERSONA QUE ESTOY COMPRENDIDO EN EL CUARTO NIVEL EN LA CPM Y OTROS COLEGAS QUE ESTAN EN EL TERCER NIVEL NO COMPRENDIDOS EN LA CPM ESTAN PRIMEROS . QUE ACCIONES SE DEBEN REALIZAR PARA CORREGIR LO ELABORADO POR LA DIRECCION DE MI I,E,
    MUCHAS GRACIAS

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Juan. EL CAP solo presenta la distribución de personal por cargos y no tiene respercusión en otra medida. Solo para ver que plazas orgánicas existen, cuáles están cubierta y cuáles vacantes. Si su pregunta va con respecto a la distribución del cuadro de horas, lo primero que prima es el nivel magisterial, se esté o no en la CPM, luego los años de servicios oficiales como docente en algún nivel magisterial y en tercer lugar los años de servicio en la IE

  • Estimado Dr. Hugo:
    Agradecerle de antemano por sus orientaciones y celebrar este espacio para ayudarnos a resolver nuestras inquietudes.Respecto a la formulaciòn del cuadro de Horas. En mi colegio, se presentan dos situaciones:
    1.- Tengo 2 turnos de funcionamiento, Mañana y tarde, en la Mañana 20 horas de Inglès, en la tarde 22 horas. Hay dos profesoras nombradas con II nivel, cada una dictando el àrea por años en el turno respectivo. Resulta que una de ellas, la que dicta en la tarde tiene mas tiempo de servicio y por ello, decidió pasarse a la mañana aduciendo prelación. La comisión le denegó por respeto a la estabilidad en el “turno de trabajo” (DS 019-90-ED) por esta acciòn hemos sido pasibles de denuncia de parte de ella.¿Tiene razón? ¿Esta RJ 050-2010-ED es norma especìfica de respecto a la estabilidad laboral que consagra el DS 019-90-ED?
    2.- Hay 03 docentes de CTA,en el turno mañana; el problema es con dos de ellas; una tiene tìtulo de Ciencias naturales y otra de matemàtica Fìsica; la segunda el año anterior dictaba Matemàtica y completaba con CTA en 5to sec. en la mañana. La que tiene título de CC.NN tiene màs tiempo de servicios y exige las horas de CTA que quedan en la mañana, la Comisión le dió la razón. La otra docente no quiere dictar algunas horas en la tarde que si las hay, aduciendo estabilidad en el turno, ¿Que hacer al respecto? ¿Se puede negar a tomar horas en el turno alterno? ¿el tener título de Física le da “mas” derecho para dictar en 5to sec, aduciendo que los contenidos son de física?
    Espero sus apreciaciones para estos casos.
    Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    William. Lo que rige en la distribución del cuadro de horas es la RJ que salio hace pocos días. La UGEL debe respaldar esa norma. Ella establece que los profesores deben de ser de la especialidad y para el caso de CCNN se da más de una alternativa de especialidad. A partir de ello que la prelación se establece 1) por el nivel magisterial,, 2) por el tiempo de servicios oficiales como profesor titulado en un nivel magisterial y 3) el tiempo de servicios oficiales en la escuela. Sobre esa base tiene que definir los dos casos. Ciertamente que lo ideal es juntar a los profesores y solicitarles que ellos traigan una solución que sería aceptada por la Comisión, pero a veces es dificil lograrlo por la incomprensión de alguna de las partes. Saludos.

  • Estimado Dr. Hugo:
    Antes de empezar lo felicito por el blog y sus comentarios ,reflexiones, es dificil dar la razòn a todos.
    Estoy de acuerdo con Ud. en cuanto que hasta ahora siga primando la antiguedad y tiempo de servicios para la distribucion del cuadro de horas, donde queda los estudios de maestria, capacitaciones como del pronafcap y otros llevados en Universidades con nuestro propio peculio, un docente como es mi caso todos los años llevamos capacitaciones como en el uso de las Tics , utilizando la tecnologia y es precisamente estos docentes los que ofrecen resistencia y siguen con la metodologia de los años 80.Se deberia evaluar nuestro legajo personal y colocar un puntaje como criterio de nuestras capacitaciones, maestrias ,etc como lo hacen para una plaza de nombramiento o contrato.
    Si ocurriria asi estpy segura que estos docentes vitalicios en horas, grados y horario, se preocuparia por actualizarse o capacitarse.
    En mi IE ocurre algo singular, 3 docentes de la misma area nos nombramos en esta IE el mismo dia y ¿ahora como se dirime? por que faltan horas en nuestra area ¿a que docente se completaria con horas de otra area?
    En mi caso yo tengo mas años en la IE incluido los años de contrato, pero como ahora ya no se toma en cuenta estos años, hay un triple empate.
    Espero analice esta situacion y me envie una respuesta.
    Gracias .

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Si se sigue tomando en cuenta los años de servicio en la IE en caso que todos tengan el mismo tiempo de servicios oficiales en el sector público. Revise la directiva de distribución del cuadro de horas y verá que continua ese criterio.. Saludos.

  • Maestro Hugo gracias por su respuesta a mi consulta anterior, pero en la Resolución Ministerial Nº 0044-2009-ED y su Directiva Nº 001-2009-ME/VMGP da pautas sólo para el año 2009 de igual manera en la Resolución Directoral Nº 0391-2009-ED, pese a que en DIRECTIVA PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2010 EN LA INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO PRODUCTIVA habla de más horas para Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora. Quizás sea pedirle mucho, pero por favor a través de la comunicación que tiene Ud. con los del MED, sería tan amable de averiguar si para este año tienen previsto entregar otros módulos distintos a lo que ya tenemos. Si en caso no está previsto la entrega de otros textos de lectura nosotros los docentes conjuntamente con nuestros estudiantes y por qué no con nuestros padres de familia elegir los textos que están a su alcance y sobre todo que les guste leer; pero, ¿qué pasaría si el MED saca nuevos textos luego que ya hemos elaborado nuestra programación anual y se nos diga que el contenido de los nuevos libros se tiene que incluir en la programación anual? Sería un doble trabajo. Dr. por eso es mi preocupación y en mi caso ya estoy comenzando a diseñar mi programación y no olvidemos que las clases se inician el 1 de marzo. Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Nardo.La proxima semana haré la consulta. Sería bueno que visite la web del MED; en la página central hay dos noticias sobre la distribución de material educativo que quizá puedan relacionarse con su inquietud. Saludos.

  • Sr. Hugo: Quizá no sea tema de debate del blog pero con las disculpas del caso tengo que saber que opina Ud. sobre este caso. Desde la creación del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú a mi modo de entender las autoridades del MED le están dando más importancia a éste. ¿Por qué será? Entiendo que este colegio es del nivel secundario, porque así dice inclusive su nombre, entonces debe cumplir con la Directiva para el año escolar 2010 y que en uno de sus contenidos señala lo siguiente: “3. UNIFORME ESCOLAR: En la Educación Básica y Técnico – Productiva no es obligatorio el uso del uniforme escolar en las IE públicas. En las IE privadas, se hará de acuerdo con su reglamento interno”. Hago este comentario porque en la Web del MED con fecha 5 de febrero se ha publicado practicamente una licitación para la cofección de uniformes del aludido colegio. Dr. ¿este colegio es estatal o particular? ¿y si es estatal por qué no cumple lo que manda la directiva? Gracias por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Abel. Interesante observación la que hace que muestra una contradicción entre a política para otros colegios y la del colegio mayor. Este colegio tendrá un régimen especial, con una programación curricular, régimen de contratación y funcionamiento propios, diferentes a los del resto. por lo menos es lo que se conoce de la propuesta. Saludos

  • Maestro Hugo: Soy docente del Área de Comunicación. El año pasado trabajé con dos secciones de tercer grado y consecuentemente en cumplimiento al Programa Movilización Nacional por la Comprensión Lectora, mis alumnos leyeron los módulos 2 y 3. Los alumnos de cuarto grado también utilizaron los mismos módulos. Este año voy a enseñar a los alumnos de cuarto grado y cómo hago para programar mis actividades de Comprensión Lectora si los módulos 2 y 3 ya han sido leído cuando éstos cursaban el tercer grado. ¿El MED dotará de otros módulos distintos a los que ya tenemos? Reviso todos los días la Web del MED y al parecer están más preocupados por su Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Nardo. Debe seguir lo que dispone la directiva del Programa Nacional para Comprensión Lectora. Si los chicos ya leyeron las lecturas que estaban previstas en ese módulo, lo que podría hacer es trabajar con otros materiales (periódicos y otros que los propios alumnos pueden aportar). Recuerde que en estos programas una de las claves del éxito es dar a los jovenes la oportunidad de elegir por lo menos parte de las lecturas que queiren leer . Saludos

  • GRACIAS POR SU ORIENTACIÓN, QUISIERA CONSULTAR SOBRE LAS II.EE. QUE SON INTEGRADOS, EN LA MAÑANA FUNCIONA LA PRIMARIA, EN LA TARDE SECUNDARIA, Y EN OTROS HAY NOCTURNA, CÓMO HACER POSIBLE LA JORNADA DE 45′ , HAY ALGUN DOCUMENTO QUE NORME ELLO O ES QUE DEPENDE DE CADA DIRECTOR? ES UN PROBLEMA QUE VENIMOS DISCUTIENDO MUCHO TIEMPO.
    GRACIAS, UN ABRAZO DESDE AREQUIPA
    HERMELINDA

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Hermelinda. En la DRE deben darle orientación acerca de cuales son las jornadas de trabajo en cada turno. Sobre la base de esa referencia es que tienen que organizar su programación. Por ejemplo, tengo entendido que la jornada de trabajo de los centros de educación de adultos es más corta que las del turno de la mañana y tarde Saludos

  • Me comunico con Ud. porque tengo una inquietud.
    Trabaje como nombrado pero sin titulo pedagogico, según la Directiva Nº 004-2010-ME/SG/OGA/UPE, se considera como “los años de servicios oficiales” o se considera desde la inscripción del titulo pedagógico.
    Sucede que estamos en las mismas condiciones con otro profesor, tenemos el mismo nivel y fuimos nombrados el mismo dia, somos de la misma especialidad, en este caso depende la antiguedad del titulo. MI PREGUNTA RADICA ES A QUIEN SE LE DEBE DAR PRIORIDAD EN LA DISTRIBUCIÓN DE HORAS
    GRACIAS POR LA DEFERENCIA

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Anónimo. Si ambos tienen el mismo nivel magisterial y la misma antiguedad del título pedagógico, lo que define son inicialmente dos criterios: la antiguedad del tiempo de servicios oficiales (desde que es docente titulado), que entiendo es similar, y la antiguedad del tiempo de trabajo en la institución educativa. Luego hay otros factores que tienen que ver con capacitaciones y perfeccionamientos que peuden ver en la directiva a la que hace referencia. Saludos

  • Dr. Hugo Díaz:
    Felicitándolo por todas las novedades que nos brinda en su portal manteniéndonos de esta manera informados de todo el quehacer educativo.
    Tuve el honor de tenerlo a Ud. como profesor en la Escuela de Directores de IPAE, en el año 2008-2009. Soy profesora del nivel secundario, del área de comunicación de un colegio de convenio; quisiera saber qué posibilidades de ser monitor de PRONAFCAP en mi área, a dónde tengo que dirigirme.
    Atte.
    Carmen Olivera.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Carmen. Tendría que acercarse a la Dirección de Formación y Capacitación Docente o a uno de los entes ejecutores de la capacitación que se realizará este año. Los concursos para seleccionar los entes ejecutores deben estar por salir pues el tiempo apremia. Saludos.

  • BUENAS TARDES
    QUIEN TIENE LA PRIORIDAD PARA EL CUADRO DE HORAS UN DOCENTE QUE ESTA EN LA CARRERA MAGISTERIAL EN II NIVEL O EL QUE ESTA EN EL III NIVEL PERO NO ESTA EN LA CARRERA MAGISTERIAL

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Marivel. La directiva no distingue quien está o no en la CPM sino da prevalencia al nivel magisterial mas alto. Saludos.

  • Saludos Maestro Hugo.
    Quisiera, por favor su opinión sobre un caso de racionalización.
    Según la Ley de la CPM, todos los maestros que no se han incorporado a ella mantiene todos sus derechos adquiridos en la Ley del profesorado 24029.
    Sin embargo, a pesar que en la Ley del Profesorado se establecen los criterios de la excedencia con claridad, priorizando el nivel magisterial y los años de servicio, el Ministerio de educación viene ilegalmente imponiendo la R.M. Nº o1-2009-ED que establece otros criterios de excedencia.
    Siendo jurídicamente la Ley del Profesorado una norma de mayor jerarquía con respecto a al R.M., se viene cometiendo un atropello a los derechos del docente, en cuanto a la declaratoria de exdecencia en las instituciones educativas.
    Muchas gracias por su opinión.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Victor..Hay un conflicto que debería ser aclarado por el MED pues en la carrera solo hay menos de 10 mil docentes; por tanto sus alcances son difíciles aún de implementar. Enviaré su inquietud al MED Saludos.

  • saludos dr. hugo
    le recalco mi inquietud soy nombrado interino ya mas de 20 años en educacion fisica pero estoy sacando mi bachillerato primero luego mi titulo me demore por motivos de trabajo y dinero pero que tanto me afecta y que tiempo tengo gracias por la respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    No entiendo bien su inquietud. Pensé que usted me decía si saco el título cuales son mis posibilidades y eso es lo que tyraté de responderle. Si fuese más preciso en lo que quiere quizá le pueda ayudar… Saludos.

  • Saludos cordiales Sr. Hugo Diaz
    Con el incremento de horas electivas al area de comunicacion el area de CTA trabaja solo con sus horas mínimas, 3 horas, y en el colegio donde laboro somos dos docentes. Las docente con mayor año de servicios tiene sus horas completas quedando para mi sólo 9 horas del area. Además tendo estudios de computación y en el colegio solo hay un docente nombrado en EPT y hay horas para enseñar en el área; pero no me quieren dar esas horas. Mi pregunta es ¿pueden declararme excedente? sabiendo que hay docentes nombrados sin titulo pedagogico de otras áreas.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Laura. Si hay horas disponibles y usted tiene mejores calificaciones que otros en cuanto a poseer título pedagógico, nivel magisterial y años de servicio, entonces los riesgos que la declaren excedente deben ser menores. Saludos

  • doctor hugo, primero para saludarlo ya estos espacios son muy importantes para poder quitarse de las dudas que tenemos, luego le consulta….. yo soy un docente nombrado interino en el area de educacion fisica me nombre en el año 1989 cuando aun estaba estudiando en la universidad y luego me cambie de educacion secundaria bio- quimica a la especialidad de educacion fisica lo que acabe y egrese lo malo es que aun no he sacado mi titulo y tuve algunos contratiempos pero ya estoy en la condicion para primero sacar el bachillerato automatico y el titulo despues
    lo que me preocupa es que creo que tengo tiempo hasta este año para poder presentarlo a mi ugel que es la nº 04 de comas yo tengo ya mas de 20 años de servicio y tengo mis tres quinquenios….. ahora es asi?? y me puede aconsejar claro que de que tengo que sacarlo lo estoy haciendo pero me afecta mucho cuales pueden ser las consecuencias gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Juan. Mientras no tenga el título no le vale el tiempo de servicios para acceder a un nivel de la carrera del profesorado que no sea el primero; por tanto es urgente que lo saque. De otro lado la marginación en la distribición del cuadro de horas y los riesgos de la excedencia son posiblidades que también están presentes. Saludos

  • Señor Hugo Diaz
    Es la primera vez que le escribo, y se que no es del tema en mencion, pero deseo otra opinion, es sobre registro de mi segundo bachiller en educacion , en la direccion regional de lima, el cual se me fue rechazado, en vista que estaba ya registrada, y me indican en la universidad que salgo Catolica Sedes Sapientae que fue un error darte este segundo bachiller, pues yo lleve mis 10 ciclos en esa universidad, y no fue separada en ningun momento por segunda especialidad, dandome como solucion anular mi segundo bachiller y mi segundo titulo saldria como segunda especialidad, lo cual me perjudica en vista que este tiene menor grado.
    contestandole este caso espero me de otra opinion, porque no me parece una negligencia decirme si nos equivocamos cuando termine casi despues de 5 años mi 2da carrera.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Karina. Ciuertamente que fue un gravísimo error de la universidad que la ha perjudicado. Debería presentar su queja ante el decano de la Universidad referida, si es posible con copia ante la ANR. Saludos.

  • Doctor Hugo: En mi colegio existen 5 encargaturas de jefatura de taller; y en una de ellas, el director se la ha dado a un profesor que no cuenta con titulo pedagógico.Yo verbalmente le pedí una, pero me la negó.
    Es posible que pueda apelar esa decisión ante la UGEL ya que recién se esta terminando el cuadro de horas y si además, me podría amparar Yo en el documento dado por el MINEDU en lo que respecta al cuadro de horas dado recientemente o no.Gracias por su atención.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Eusebio. Para el encargo se requiere titulo, estar en un nivel magisterial y tener estudios en la especialidad. Si usted los tiene puede apelar. Saludos.

  • ESTIMADO DR. HUGO DIAZ
    ME GUSTARIA HACERLE UNA CONSULTA
    EN UNA I.E SE PRESENTAN DOS PROFESORES A CUBRIR UNA ENCARGATURA T y OBE, UNO ES DE LA LEY 24029 Y EL OTRO DE LA CPM ¿A QUIEN LE CORRESPONDERÍA LA PLAZA, YA QUE EL PROFESOR DE LA ANTIGUA LEY SOLO TIENE AÑOS DE SERVICIO Y EL OTRO TIENE MAESTRIA Y ESTA CAPACITADO PARA EJERCER DICHO CARGO.
    ME GUSTARIA QUE ANALICE EL REGLAMENTO DE LA CPM EN EL ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, ME PARECE PERO ALLÍ DEFINE ESTE IMPASE

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    María. . El reglamento de la CPM dice que el candidato debe pertenecer a la CPM. Saludos.

  • Seño Hugo Díaz:
    Una vez más el estado realiza acciones contraproducentes a la educación, vg. las horas de libre disponibilidad, en la cual las instituciones educativas promueven, desarrollan, ejecutan acciones que permiten contrarrestar las problematicas pedagógicas locales, ahora resulta que el plan lector prima, y sobre todo diagnóstico, se utiliza la mitad de las horas de libre disponibilidad para un programa que no tiene monitoreo y éxitos evidentes durante ya los cinco años de emrgencia educativa. Hay que entender que la comprensión lectora, no es propiedad de una área curricular, es una capacidad que las áreas deben promover, prouqe si sólo una área lo enseña se produce que:
    a) Los alumnos tendrían sólo una posibilidad buena o mala de desarrollar técnicas y hábitos para la compernsión lectora.
    b) Se deja de lado las 10 áreas restantes para innovar en la comprensión lectora.
    c) Se va creando la falsa imagen en la mentalidad de los estudiasntes que la comprensión lectora es una tarea de un área y no una capacidad recurrente en todas ellas.
    d) La comprensión lectora se hace desde la prespectiva del área de comunicación, y por consiguiente el texto recurrente solicitado y usado son narraciones literarias, ya que los doecentes de comunicación poseen en el Perú más una formación literaria – gramatical, y no una exigencia multidisciplinaria, como textos científicos o artículos de divulgación.
    Espero que el estado peruano permita a las instituciones pensar la educación, consultar, evaluar los procedimientos realizados en cada centro educativo, y las practicas exitosas reproducirlas, y los hechos educativos deficientes propagarlos con el fin de conocer lo que no resulta, la pedagogía del error debe inculcarse en la capcitación docente permanente.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Percy. Varias de las recomendaciones que usted hace los sugerimos antes que salga la directiva del año escolar. Los funcionarios del MED dijeron que la incorporarían y al final no lo hicieron. Estoy con usted que tanto comunicación como matemáticas deben ser áreas transversales y que la comprensión lectora no debe ser atributo solo del profesor de comunicación. Saludos.

  • Dr. Hugo gracias por su repuesta.
    ¿Qué es lo que se debe tomar en cuenta para la asignación de horas del docente?:
    ¿El grado de Mg. o Dr.? o ¿El nivel I – II …?

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Máximo. El nivel magisterial prima, luego los años de servicio oficiales y en tercer logar los años de servicio en la IE. Saludos.

  • LO SALUDO ATENTAMENTE PROF. HUGO Y A LA VEZ QUIERO SU APOYO ANTE ESTAS INTERROGANTES:
    1º EN MI I.E. EXISTEN CINCO DOCENTES DE II NIVEL CON EL TITULO DE HISTORIA Y GEOGRAFÍA.
    2º ADEMÁS HAY TRES DOCENTES DEL III NIVEL CON EL TITULO DE CIENCIAS SOCIALES.
    3º LA DIRECTIVA DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS INDICA QUE SE DEBE TENER EN CUENTA EL TITULO PARA EL AREA MATERIA DE DISTRIBUCIÓN.
    MI PREGUNTA RADICA ES A QUIEN SE LE DEBE DAR PRIORIDAD EN LA DISTRIBUCIÓN DE HORAS
    GRACIAS POR LA DEFERENCIA

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    José. La directiva hace referencia a que en orden de prelación prima: 1) el nivel magisterial; 2) los años de servicios oficiales (desde que se incorporó en un nivel magisterial en la carrera del profesorado o pública magisterial), y 3) los años de servicio en la institución educativa. En función de esos criterios se da la distribución. Saludos.

  • la ley de presupuesto para el nombramiento de auxiliares de educación dice que se nombrarán los que estén con contrato y tengan 2 años consecutivos o acumulativos de auxiliar, pero dice en la ugel que laboran, lo que deseo saber como lo interpreta ud. si es que uno no se puede cambiar de colegio o de ugel para este año y nombrarse, pregunto porque soy auxiliar hace 5 años de la ugel 07 y quiero presentarme a la ugel 02 por que es más cerca para mí deseo saber si ahí me puedo nombrar igual, por favor le agradesco me responda porq estoy preocupada y no se que hacer, esto dice en la ley de presupuesto 29465 en la quincuagésima tercera.
    muchas gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Ana Edith. En los siguientes días sale una convocatoria de contratación para auxiliares, allí podrá encontrar la respuesta a su duda. Saludos.

  • UN SALUDO PAR UD PROF. HUGO PERMITAME UN COMENTARIO Y UNA PREGUNTA A LA VEZ DIGAME PROF PORQUE RAZON ES QUE SIEMPRE EN LA INSTITUCIONES INTEGRADAS EL DIRECTOR TIENE QUE SER NECESARIAMENTE DEL NIVEL SECUNDARIO YO NO SE TALVEZ EXISTA UNA NORMA QUE ESPECIFIQUE ELLO SI ES ASI POR FAVOR SI LA TUVIERA A LA MANO ENVIEMELA A MI CORREO. PERO CONSIDERO INJUSTO QUE UN DOCENTE DE SECUNDARIA TENGA QUE HACERSE CARGO DE TODOS LOS NIVELES EXISTENTES EN ESA INSTITUCION, YO ME PREGUNTO QUE SABE UN PROF DE SECUNDARIA DE PRIMARIA ELLOS SABEN TANTO COMO LOS DOCENTES DE PRIMARIA SABEN DE SECUNDARIA EL CARGO DE DIRECTOR SE LE DEBE OTORGAR AL MAS CAPAZ SEA DEL NIVEL QUE SEA LO IMPORTANTE ES QUE SE TENGA LA HABILIDAD Y EL CONOCIMIENTO PARA ELLO Y EN CREATIVIDAD E IMAGINACION LOS DOCENTES DE PRIMARIA LE DAN CATEDRA A LOS DE SECUNDARIA LAMENTABLEMENTE LA MAYORIA DE PROF DE SECUNDARIA SON APATICOS E INSENSIBLES SOLO SE CENTRAN A DICTAR SU CURSO Y SE ACABO, TAL VEZ SEA DURAS MIS EXPRESIONES PERO NO PODEMOS TAPAR EL SOL CON UN DEDO ESA ES LA REALIDAD. BUIENO PROF GRACIAS POR SU A TENCION Y GRACIAS TAMBIEN POR SU RESPUESTA.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Edwin. Recuerdo que cuendo se hizo la ley de CPM se discutió el tema al igual que en el reglamento. No se consideró en ningún momento que sea el profesor de secundaria el único con posibilidades de dirigir el colegio. La elección es en función del mérito. Saludos.

  • Estimado Profesor, quisiera saber si este año se va a dar la presentación de expedientes para reasignación, porque cuando voy a la ugel de comas me dicen que no hay, es así para todos o algunas ugels son autonomas, ya que tengo entendido que se presentaron.
    por favor, agradeceré su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Pedro. En estos moementos cada región está condiciendo su propio proceso; es lo que he podido observar en las web que he visitado. Saludos.

  • Sr. Hugo Diaz:
    Me comunico con Ud. porque quiero consultarle mi situación.
    Ingresé a la CPM en el 3er. nivel de la Ugel 03 y deseo saber sobre mi jornada laboral, horario de entrada y salida con las 25 horas pedagógicas programadas para Educación Inicial, sobre las 5 horas presupuestadas, si hago las 30 horas.
    Podría Ud. enviarme un documento que indique todos estos datos?
    A cuánto ascenderá mi sueldo si decidiera hacerlas?, porque en realidad necesito tener un horario fijo para programar mi tiempo y ver si puedo trabajar en las tardes. Gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Marisol. A usted le pagan por 25 horas pedagógicas. Teóricamente su horario debería ser hasta las 11.45 am pero lo que no cuenta son los recreos y otros tiempos que no sean trabajo en el aula; por tanto debería salir a la hora normal que siempre fue para los profesores de inicial. Lo que está estudiando el MED es la posibilidad de aumentarles las horas pedagógicas por las que le pagan, pero eso depende también del Ministerio de Economía y Finanzas. Su remuneración incluida la preparación de clases es 1,669.40 soles. De ellos, el 65% tiene descuentos por cargas laborales. Si busca un trabajo complementario tiene que ser en un horario que sea diferente y le dé tiempo para llegar al mismo. No es posible que salga en uno a las 13 horas y el el otro ingrese a la misma hora. Saludos

  • Estimado Doctor:
    Estoy a favor de las nuevas disposiciones dada por la directiva, cierto es, que incomoda por la tardía en su aprobación; Pero se necesita cambios eso es “ya conocido”. Los directivos al asumir horas de dictado pedagógico me parece acertado. Ya que para identificarse con la IE y su gestión se debe vivenciar la realidad de las aulas.
    Lo que me preocupa es ¿Cómo no se toma en cuenta TUTORIA? si bien es cierto es Transversal segun se planifica en el DCN: pero es el soporte básico de toda la gestión y calidad educativa.La nueva norma no observa la denominación del Coordinador de tutoria en secundaria para la función respectiva, ya que se aplicaría solo por denominación en las Comisiones de año en asamblea de profesores, pues por experiencia le comento que se debe designar al Coordinador (a) con estudios especializados como psicopedagogia, o psicologia. Esta área necesita la mejor calificación para quién lo gestione en la “Coordinación” así como la formación de los Tutores con estudios especializados o capacitaciones a nivel superior. La nuevas generaciones de escolares necesitan a un Tutor que aplique los nuevos enfoque psicológicos y se adecuen a los nuevos tiempos en que viven nuestros escolares.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    María del Carmen. Lo que dice usted es una gran verdad. La realidad lo que nos muestra es que en la política educativa la tutoría no tiene la prioridad que debe tener. Cuando se produce una vacante de psicologo el gobierno no la vuelve a cubrir, no obstante la cantidad de riesgos sociales y falta de orientación que tienen los jóvenes. Yo estuve inclinado a restituir los antiguos departamentos de psicopedagogía que tan buen aporte dieron en los sesenta. Ojalá algún día sea posible. Saludos

  • Dr. Diaz
    Soy la Lic. Azucena del Aguila, una convencida del poder pedagógico de las TIC.
    Son muy ilustrativas las respuestas que brinda, a las consultas diversas que le hacen llegar colegas de todo el país
    Le sería posible informarme, si se pierde la pensión de cesantía de la 20530, en el caso de reincorporación en la CPM
    y si se puede sumar los años trabajados para el estado, posteriores al cese
    Muchas gracias y Bendiciones

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Azucena. No he entendido bien su pregunta. Dice que usted está incorporada a la CPM;, que cesó y luego al parecer se habría reintegrado a la actividad pública. Pregunta si eso lo puede sumar ¿cierto? Si demandó su cese ese es el período que se computa para efectos de la jubilación. La Ley no permite el reingreso después del cese para acumula años de servicio . Saludos

  • ESTIMADO Dr. HUGO
    Mi pregunta es la siguiente he dado las evaluaciones censales 2007 2008 y he trabajado años como contratada, el último contrato fué hasta el 31 de diciembre del 2009.
    deseo inscribirme pero me piden el nombre de la I.E. donde laboro actualmente, podría inscribirme con el nombre de la I.E. donde laboré hasta el 31 de diciembre.
    GRACIAS POR SU RESPUESTA
    ELSA

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Elsa. Indique la IE donde laboró y entre párentesis ponga la fecha hasta cuando laboró. Saludos

  • Tambien espero que salga una directiva para el Nivel Técnico Productivo, por que hasta la actualidad hay muchos problemas, ya que tenemos docentes del nivel secundaria, inclusive de primaria enseñando en los CETPROs, que no reúnen el perfil para CETPRO, y el Ministerio no hace absolutamente nada por dar solución a este problema, existe un divorcio entre el los CETPRO y el Sector Productivo, a mi parecer mientras que se tenga docentes y directores que no reunan el perfil, no habra mejoras. Ojala respeten los niveles para contrato de este año. Consideremos que los profesores de CETPRO tienen que elaborar proyectos productivos, deben conocer sobre gestion de empresas y tener experiencia en el sector productivo. Otro tema para discusión es sobre la complementación pedagógica en el nivel técnico para los docentes sin título pedagógico que laboran en los CETPROs. Como es posible que un docente de CETPRO tenga que hacer complementación pedagógica para el nivel Secundaria para enseñar en CETPRO. El Ministerio debe proponer la complementación pedagógica para los Docentes de CETPROs que no tengan título pedagógico como lo planteo el su Plan Estratégico al 2011. Hoy tenemos Nivel Técnico incompetente, gracias a los que se opusieron a esta propuesta. Es hora que se diferencien bien los niveles.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Daniel. Muy buena sugerencia. Su quremos elevar la imagen de la educación técnica tenemos que invertir en ella y con gastos de calidad. Cierto, los CETPROS, la ex secundaria de variante técnica son los olvidades en la cena. Saludos

  • Estimado Dr. Hugo Diaz
    En primer lugar agradecerle el tiempo que dedica a responder las inquietudes y dudas del maestro.
    En segundo lugar, tengo una consulta: En mi colegio (que para mala suerte nuestra, está municipalizado) hay una profesora que pide destaque pues su esposo es militar y lo han transferido a provincia. El destaque ha procedido ya años anteriores ( como 3 años ), incluso ella ya tiene su reemplazo (otra profesora, esposa de militar que necesita trabajar en Lima). El problema es que en la municipalidad le están diciendo que los destaques ya no proceden, que el convenio que había para esposas de militares ya no está válido… eso es cierto? o es sólo una excusa de la municipalidad porque no sabe como se realiza los trámites administrativos? ¿Depende de alguien el destaque? ¿ o es un derecho que ya tiene, al tener ya su reemplazo?.
    Y una tercera pregunta, con respecto también a la municipalización…. antes mi colegio tenía asignado un monto de dinero via “unidad de costeo” que la UGEL lo asignaba… ahora después de la municipalización ya no hay nada… y donde quedó ese dinero? El colegio se perjudica económicamente al ser municipalizado??
    Muchas, muchas gracias por su respuesta! (la verdad no tenía a quien acudir)

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Marlene. El problema con la municipaliación es que los centros muncipalizados figuran en presupuestos difernetes al del MED, por tanto la transferencia de recurso de un lugar a otro se complica y es más difícil. Lo mismo sucede con su tercera interrogante; ya no forman parte de las activiaddes de la UGEL, por tanto no participan de los beneficios que pueda acarrearles la unidad de costeo. Saludos.

  • Agradeciendo el servicio que realiza en bien de tantos docentes. De darse pronto la Directiva para contratos en la cual los docentes de CETPROS tienen que dar una prueba, ¿No sera demasiado tarde? Porque no basta un examen y el desempeño de los docentes anteriores, en educación técnico productiva el dominio de la formación profesional es decisiva, si no la deserción es inmediata. Y por qué nunca salen directivas de cuadros de horas para CETPROS, me parece que somos los eternamente olvidados o rezagados, fijese que ni para las Capacitaciones nos toman en cuenta. Gracias por sus comentarios.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Lucio. La básica alternativa, especial y técnico productiva paracen las ovejitas negras de la familia pues la política no les da la prioridad que merecen. Una pena, siendo tan importantes. En el casod e los CETPROS más importantes ahora que el país crece y requiere de toda clase de tecnicos. Saludos

  • Reciba cordiales saludos Dr. Hugo.
    Agradezco de antemano la respuesta.
    Dr. quien le escribe es docente nombrado; y en el mes de diciembre he sido nominado para integrar el Consejo Académico para el año 2010 en el área de letras. Mi jornada laboral es de 24 horas. Mi inquietud es saber si por el cargo que me han asignado me sigue correspondiendo el dictado de las 24 horas de mi jornada laboral o sólo 12 horas, como es el caso de las asesorías. Hago mención que en la I.E. que laboro no hay personal jerárquico.
    Gracias por la atención prestada.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Bruss. Las normas de distribución del cuadro de horas se refieren al personal coordinador y jerárquico no a un profesor que integra el comité académico. Saludos

  • Saludos dr. Hugo
    Yo me nombre en nivel primario pero segui una segunda especialización en Informatica educativa, me reasigne a un colegio secundario con la segunda especialidad y ya trabajo hace 4 años en dicho colegio, al hacer el CAP para distribución de horas no cuentan mi tiempo de servicio desde mi nombramiento, solo desde que trabaje en secundaria, no me parece justo pero quiero saber si esto esta mal o no.
    Por otro lado aprovechare el momento para hacerle otra consulta, ante incluso de seguir la segunda especialidad consulte a los funcionarios de la direccion de educación y de la UGEL si la 2da esp me serviria para reasignarme y me indicaron que si, asi fue me reasigne con la segunada especialidad como ya le comente de primaria a secundaria, pero ahora que quiero reasignarme de mi actual colegio que queda en provincia hasta la ciudad donde vive mi familia me han rechazado por dos años mi expediente pues alegan que no puedo reasignarme con la segunada especialidad, pues solo hay segunda especialidad en secundaria y mi titulo es de primaria, por favor digame que hacer ya en su momento acudi a un abogado pero el tambien dijo que no se podia y dejo el caso, quien tiene la razon, yo por mi parte estoy siguiendo un curso de Titulacion como profesor de Computacion e Informatica.
    quedo muy agradecido por su respuesta

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Edgar. La directivo dice que cuentan los años de servicio en general como profesor titulado sin hacer distibción de si lo hizo en primaria o secundaria; por tanto le valen si ha tenido en ese tiempo el título pedagógico. En cuanto a lo segundo; por un lado hay un tema asociado al tiempo que tiene como reasignado al colegio secundaria donde está; hay un minimo de tres años que debe permanecer allí. Lo segundo es que el título pedagógico en el nivel es fundamental. La segunda especialidad puede ser para luegohoras en la especialidad seguida. Saludos

  • Dr. Hugo:
    Soy docente del área de C,T,A y cada vez veo en los lineamientos de la política curricular del ministerio, improvisación y desorganización, por ejemplo el área de C.T.A. que tiene que ver mucho con la preservación y conservación del medio ambiente, con el conocimiento de nuestro cuerpo y el de los demás seres vivos, los factores ambientales, etc. se nos corta cada vez las horas, antes que se incrementen para poder formar a los alumnos con una base científica y tecnológica de acorde al desarrollo de la sociedad actual.
    Mi comentario busca una respuesta suya y del Ministerio de Educación
    Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Miguel. Yo coincido con usted. La distribución de la carga horaria merece una revisión total. Perjudica no solo CTA; tambien matemáticas y Educación para el Trabajo. No obstante, dudio que este gobierno cambién su actual estructura. hay que ir pensando en la nueva administración. Saludos.

  • Saludos cordiales Dr. Diaz:
    Sinceramente, la desazón que produce cada norma emitida por el MED a destiempo a veces contraponiéndose ellos mismos es muy grande.
    Respecto a la distribución del cuadro de horas quería hacerle una consulta toda vez que parece que las normas se interpretan multimodalmente.
    En mi I.E. las horas de las áreas de Matemática y C.T.A. se distribuyeron con previo acuerdo de los docentes y el comité de cuadro de horas de tal manera que en el área de C.T.A. donde existen dos profesoras se distribuyeron equitativamente las horas pero en en ambos casos completaron sus horas con otras áreas.
    Con esta nueva directiva nos dice el sub director que esa distribución no es válida que se deben distribuir primero 24 horas de especialidad según el orden de prelación de tal manera que quedarían una docente excendente.
    Quisiera preguntarle Dr. Díaz si lo que manifiesta nuestro sub director es definitivo o puede funcionar la figura que le manifesté acordamos en Asamblea de mi I.E.?

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Yesenia. La directiva hace referencia que la distribución se hace con participación del personal docente. Siempre y cuando se respeten las lineas básicas de la norma ustedes deben ser escuchados. Saludos.

  • Dr Hugo Diaz:
    Muchas gracias por poner este tipo de espacios que nos ayudan a nosotros los docentes a orientarnos un poco mas en nuestra labor educativa. Mi inquietud es la siguiente: Soy profesor de EPT en mi colegio Cuento con titulo pedagogico en computacion e informatica y estudios en ingenieria de sistemas. Tengo 8 años y cuento con II nivel. La nueva directora, con la anuencia de los demas colegas, desde hace 2 años me viene proponiendo ante la ugel para asumir el aula de innovacion pedagogica. Actualmente viene ejerciendo ese cargo una profesora de historia ya desde hace 5 años que tiene conocimientos muy elementales en computacion peor en tics lo que ha generado un malestar en la comunidad docente. Pero la Ugel ha rechazado la propuesta de la directora aduciendo que solo la profesora puede asumir ese cargo ya que cuenta con resolucion de encargatura al haber quedado excedente en su colegio hace 5 años. Que se puede hacer ya que esto tambien perjudica al alumno y al colegio en general. Porque no hay un concurso en donde por merito y estudio se asuma ese cargo.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    José. La prioridad le asignan a la encargatura. Pero en realidad tiene razón, es mejor para EPT tener una persona que tenga formación en el área como es su caso. Veré de apoyar para que las directivas al respecto sean más claras. Saludos.

  • Muy calurosos saludos para UD Dr. Hugo:
    Mis consulta es la siguiente. En mi especialidad CTA ocupo el ultimo lugar tengo II nivel Soy nombrado en Biologia quimica. Tambien soy egresado en la carrera tecnica de Computacion e informatica. En CTA sobran 20 horas y en EPT hay una plaza completa. Mi pregunta es ¿puedo yo tomar las horas de EPT en mi colegio? Respondame por favor. Le agradezco anticipademente. Saludos

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Freddy. Reune los requisitos. Lo que puede es tomar horas por su jornada de 24 horas y hacerlas extensibles hasta un maximo de 30 horas, siempre y cuando no tenga usted otros profesores competidores que le superen en nivel magisterial. Saludos.

  • Apreciado Hugo:
    DENUNCIA URGENTE
    La DRE Puno ha emitido la DIRECTIVA Nº 003-2010-ME-DREP-OAD-EAP, que convoca a un proceso de reasignaciones en el que se EXCLUYE a los profesores incorporados a la la LCPM (24029) en su segunda disposición final y transitoria señala: “10.2.- La presente Diretiva no tiene alcance al profesorado incorporado a la carrera pública magisterial, en observancia de lo establecido en el D.S 003-2008-ED, Reglamento de la Ley Nº 29062”.
    Recurro a Ud. para que me ponga en contacto directo (teléfono) con algún funcionario del MINEDU que tenga la capacidad de detener este abuso y actitud arbitraria de esta dirección regional, que sin duda intenta dejar de lado a quienes apostamos por ingresar a esta NLCPM.
    La prisa y urgencia obedece a que el plazo establecido para la presentación de expedientes culmina el 08 de febrero.
    Agradecido por su colaboración.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Suaquita. Quizá podría comunicarse con la dra. María Esther Cuadros. Su e mail es mcuadros@minedu.gob.pe. Saludos.

  • Doc Hugo mis felicitaciones.
    Mi IE tiene ex variante técnicas: La consulta es según DCN en el 1 y 2 grados deben realizar la Iniciación Laboral asimismo en esta directiva autoriza realizar desdobles en que medida se podría realizar estos desdobles para el cumplimiento de la iniciación laboral y garantizar un buen trabajo pedagógico.
    En primer grado tenemos 5 secciones
    En segundo grado 5 secciones.
    Las especialidades que desarrollamos son seis:
    Mecánica Automotriz, Industria del vestido, Mecánica de Producción, computación, Industria del vestido y Agrindustria.
    Quisiera una sugerencia al respecto.
    Algo más quisiera su opinión sobre las ambiguedades de esta directiva porque dice para comunicación de libre disponibilidad entre 2 y 3 grado 3 de las HLD y 3 para EPT(ex variante técnicas) y que son de las distintas áreas como CTa Inglés y las demas sin embargo claro que recomienda la norma pero con la magnitud de problemas mi institución educativa nos ocasiona mas problemas en mi IE tenemos administrando 1995 hrs y 55 secciones considero que esa norma no es precisa toda ves aqui en mi IE los docentes de las distintas áreas no quieren ceder entonces ????? claro para hacer uso de esta HLD se debe hacer un diagnóstico y plasmado en el PEI.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    César. Plantea temas muy difíciles de resolver justamente por lo que usted comenta en su último párrafo. Las horas de libre disponibilidad están reducidas entre 2do y 4to.grado, además que prácticamente las horas para los centros que eran de variante técnica están prácticamente impuestas dejando estrecho margen para que los centros puedan decidir como organziarse. Su mensaje lo enviaré al MED para ver que opinan sobre una solución Saludos.

  • Doctor HUGO DIAZ:
    Me auno al pedido de los docentes que trabajaron como contratados el 2008 y/o 2009 para que nos admitan y podamos prepararnos en el PRONAFCAP.
    Personalmente he trabajado el 2008 en una I.E. publica y en la I.E.donde laboraba,los nombrados asistian al curso de PRONAFCAP,la primera vez que fue el capacitador el director de la I.E. nos invito a todos,nombrados y contratados,pero el capacitador al tomar lista,nos hizo saber “democraticamente” que solo eran para los nombrados y los que habian dado la evaluacion censal…ya no asistimos las demas clases.Habia sacado mi titulo de profesora el año anterior, a pesar de haber trabajado en I.E privadas.
    El MED dice profesores preparados….y no nos dejan prepararnos en el PRONAFCAP…cuando hay profesores nombrados que no tienen interes en dar su evaluacion censal …porque dicen le falta 3,4 o 5 años para jubilarse como he tenido oportunidad de escuchar.
    Soy de las personas que cree que solo no se debe pedir,crear problemas…sino tambien,DAR SOLUCIONES.Ahi va la mia:
    Una solucion seria que para los contratados del 2008 y/o 2009 se valide la nota de nombramiento 2009 como evaluacion censal y se nos admita para prepararnos en el PRONAFCAP.
    Gracias,por permitirnos expresar nuestras opiniones.Estamos esperando la directiva del contrato que sale hoy……

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Edith..GRacias por sus sugerencias que me parecen justas. Quedé en remitir esa sugerencia al MInisterio y lo estoy haciendo. En cuanto a la directiva, la estoy esperando. He ingresado a la 1 de la tarde pero todavíoa no está colgada. Saludos.

  • Saludos cordiales Doctor Hugo
    mi consulta es que ya se inicio las inscripciones para los estudios del PRONAFCAP 2010 y los requisitos es haber dado la evaluacion censal 2007 y 2008 en mi estado trabajando como profesora contratada desde el 2008 a la actualidad y no pude dar el examen censal, pero creo que debería recibir la capacitación del para brindar una mejor educación a mis alumnos PRONAFCAP 2010
    Me parece injusto no poder recibir la capacitación sabiendo que incluso varios nombrados no han dado examen censal y no tienen acceso a esta capacitación. Debería haber una solución para nosotros, podemo dar el examen censal en todo caso
    GRACIAS POR LAS RESPUESTAS

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Rossy. Su mensaje es parecido al de algunos docentes que desean capacitarse y que por las normas no pueden hacerlo. Voy a tratar el tema con el MED en estos días para ver si ellos pueden trabajar una salida. Saludos.

  • Dr. Diaz:
    EStuve leyendo algunos comentarios de este provechoso blog y en mi I.E.se presenta el siguiente caso:
    En la directiva menciona “tiempos oficiales como docente nombrado”,¿Lo que se tienen cuenta es la fecha de la Resolución de nombramiento como docente para efectos de antiguedad?… ¿No se tiene en cuenta las licencias solicitadas para efectos de descuento de tiempo y estimación real de tiempo de servicios? Aclareme esa duda, por favor.
    Agradecidamente, me despido de usted.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rogelio. El tiempo de servicios oficiales se considera en la carrera; es decir, desde que usted se incoporporó a un nivel de la carrera del profesorado o magisterial. En cuanto a las licencias, las hay dos: las oficiales que se dan por razón del servicio y las que puede pedir un profesor por voluntad propia para dedicarse a otra cosa. Estas últimas no cuentan. Saludos.

  • Saludos profesor Hugo Diaz:
    Agradeciendo de antemano su respuesta. Estoy de acuerdo con la mayoría de los que han enviado sus mensajes sobre que la directiva 004-2010-ED ha salido a destiempo (22 de enero 2010). Como todos los años, la Comisión de Cuadro de Horas se suele nombrar en diciembre, y a estas alturas ya casi todas las IE han distribuido las horas de clase a los docentes de secundaria y tienen los documentos listos para enviarlos a la UGEL respectiva. Pero bueno, debido a esta desorganización me imagino que se tendrán que realizar las correcciones respectivas. Mi primera pregunta tiene que ver con los docentes incorporados a la CPM y que deseen completar su carga horaria de 30 horas ¿es posible eso y será remunerado como lo indica la mencionada ley?, la segunda es más específica, como docente de AIP (aula de innovación) cumpló una jornada de 24 horas (incluyendo un día libre) pero me agradaría saber si se ha contemplado que nosotros podamos completar la jornada de 30 horas mejorando de esa manera el servicio educativo que brindamos y además favoreciendo nuestra economía. En caso de no estar considerado me agradaría que usted realice las consultas respectivas en el MED.
    Mil Gracias por su acertada respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Marilú. La directiva se orienta más a la educacion secundaria, regular o de adultos. Los profesores de primaria y de inicial tienen aseguradas sus 30 y 24 horas. Los de secundaria deben alcanzar una jornada de 24 horas que podrían ser extensibles hasta 30 horas si hay secciones y disponibilidad presupuestaria. Lo mismo es el en caso de quienes están en aulas de innovación. La directiva no hace diferencia de profesores; por tanto se cumple para todas las áreas de formación- Saludos.

  • Profesor Hugo Diaz:
    Soy profesor de educación primaria, trabajo en la zona rural en una I.E. de tipo multigrado, segun la ley general de educaciòn el PEI se elabora a traves de la red educativa.
    Pero en la realidad eso no se cumple porque las clases comienzan a destiempo y la casi totalidad de profesores son contratados, por esos motivos no hay coherencia para elaborar el PEI, cada profesor trabaja segun su criterio.
    Mi pregunta es si mi I.E. no cuenta con PEI ¿Cómo tratar el DCN?
    Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Daniel. Una cosa es el proyecto educativo institucional y otra la programación curricular. Lo que tiene que asegurar es la programación curricular . Saludos

  • Buenos Dias Dr. Hugo
    Quiero referirme acerca de los especialistas en la Ugel-Virú pues no hemos visto o escuchado alguna convocatoria para concurso en el cargo de especialista de: inicial-primaria-secundaria pues se lo encargan a quien ellos quieran.
    ¿Que está pasando en la Ugel de Virú.
    Respondame si eso es factible. y que deberiamos hacer los maestros de la provincia.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Magali. La transperencia es lo que se debe acostumbrar; por lo menos anuncios previos sobre esa convocatoria y el cumplimiento de las normas que hay al respecto. El reglamento de la Ley de CPM fija las reglas para encargos. Saludos

    Virú

  • Marilin.
    Buenos Dias Sr. Hugo saludos y mi consulta es porque continuan en las I.E.Iniciales de la provincia de Virú encargandose por años las direcciones en los jardines cuando estas ya deben cubrirse por concurso o reasignacion, demasiada burocracia encargando a quien crean ellos conveniente, en una ugel casi recien creada.Pues en el año 2009 han pasado 3 directores de ugeles y demasiados trabajadores. Un dia los vemos y al siguiente dia ya no.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    María. El reglamento de la Ley de CPM define el mecanismos de encargatura y el el nivel magisterial el que se constituye el factor principal previo tener el título que corresponde al nivel educativo. Saludos

    gracias

  • Buenos Dias Sr. Hugo Diaz.
    Mi inquietud es la siguiente : ¿me correspondera la encargatura de la dirección en el nivel inicial si tengo II Nivel Magisterial 7 años de contrato y 8 de nombrada en la misma I.E.I.y Grado de Maestria, “Gestion Educativa” pues la Ugel a encargado la dirección a una profesora con III nivel ,12 años de servicio y estudios de profesionalizacion para sacar el titulo y estudio en pronafcap -2008.
    Doctor indiqueme cuales son los criterios que se consideran para la encargatura de la direccion en las ugeles o varias en ugeles
    ¿Porque para algunos tramites te consideran tu maestria y para otros no.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Sandra. El Reglamento de la Ley de CPM dice que a igualdad de t{itulos y especialidades tiene preferencia el profesor con mas alto nivel magisterial. Las diferencias respecto de como se obtuvo el titulo no estan contempladas. Saludos

  • Señor Hugo muchas gracias por su futura respuesta, de antemano veo q es usted un hombre muy dedicado a los intereses de los profes quiero q me saque usted de una duda las décimas correspondientes al mes de enero y febrero de un profesor contratado se recibe un sueldo mas cada mes le pregunto esto por q hay un planillero aqui en huaraz q dice solo vamos a recibir el 90 por ciento del sueldo normal cada mes quiero que me aclare esto por favor y sobre la escolaridad tambien recibimos los contratados? muchas graciaS POR SU RESPUESTA

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Sandro. La escoilaridad está en función de las avas partes trabajadas. De acuedo a las normas su haber de contradado está sujeto a descuentos de ley que equivalen al 10%, por ello recibe el 90%. Saludos.

  • Saludos Sr. Hugo Díaz y gracias por su respuesta. La verdad que la directiva 004-2010-ED sale a destiempo (22 de enero 2010), a estas alturas ya casi todos las IE han distribuidos las horas de clase a los docentes y con los cambios que aparecen tendran que redistribuirlas a inicios de marzo. En mi IE nivel secundaria se distribuyeron las horas de clase a fines de diciembre considerando 6 secciones de primer grado, sin embargo hasta el momento solo llevan 22 alumnos matriculados. Esto es lamentable. Si no se logran las metas de atención 2010 se perderían 4 o 5 secciones y habrian entre 6 o 7 profesores excedentes.
    Lo dificil es saber quienes serian los excedentes, teniendo en cuenta la R.M. 101-2009-ED y la directiva 004-2010-ED, ya que ambas normas no son excluyentes. Es por tanto la siguiente consulta.
    Quienes son los excedentes: los que quedaron sin horas de clase por tener el menor nivel magisterial. Es a ellos a quienes se aplicaría la R.M. 101 o es que todos los docentes, según su especialidad, seran evaluados para conocer quienes son los excedentes.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Manuel. En efecto; esta directiva ha salido muy tarde. En cuanto a la determinación de los escedentes, lo primero a tener claro es cuantos alumnos y secciones van a tener; luego aplicar los criterios que aparecen en la RM 101 y loa de la nueva directiva, que aunque pocos, tiene algunos cambios importantes, sobre todo en cuanto a quienes pueden encargarse de un área de formación. Saludos.

  • Hola Hugo;
    Mis honores para alguien que se preocupa por los docentes en particular.
    En cuanto a la directiva en cuestion es casi la misma que la del año pasado.
    Una aclaracion, una directiva interpreta o detalla las leyes y reglamentos, mas no los cambia ni tergiversa; es decir, cada año trata de ser mas detallista. Una directiva aprobada por resolucion jefatural no puede contravenir contra un decreto ley , decreto supremo, menos una ley.
    Que sucede, esta ultima directiva es mas detallista en cuanto a acciones que se deba tomar en mejora de la atencion de los estudiantes.
    Existen directores y comisiones tan poco preparados para interpretar las normas que cometen injusticias por lo que sale esta directiva aclarando lo que ya esta en leyes y reglamentos.
    Un ejemplo: Hay directores que interpretan que tiempo de servicio en general es lo mismo que en docencia (lo de auxiliar es lo mismo que docente), no es asi desde la ley del profesorado pero que pasa, se hizo tantas injusticias por no saber interpretar las normas superiores a una directiva que escuetamente decia: a igualdad de nivel, tiempo de servicio.
    Lo que si resulta un problema es que en caso de instituciones de ex variante tecnica, no se encuadrado a la nueva ley de educacion en que todas las instituciones son iguales sin ninguna disticion, se siguieron haciendo reasignaciones con simples certificados de estudios de alguna opcion tecnica, y ahora se le ocurre pedir por su titulo y trate de desplazar a uno. Simple, racionalizacion y el que vino ultimo pierde. Esperamos que otra vez la poca preparacion de los directores y los que integran las comisiones les falte capacidad de interpretar las normas superiores.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Marco. Interesantes sus comentarios que los considero acertados. En efecto, la norma es más detallista, aún así requiere algunos perfeccionamientos y salir más oportunamente. El tratamiento del área técnica es una de las cosas que habría que mejorar. Saludos.

  • Sr. Hugo:
    Cordiales saludos, y ante todo las gracias por informarnos y responder a nuestras inquietudes. Espero que se cumpla y aplique bien esta directiva para la distribucion del cuadro de horas, porque se ve, que algunos docentes, quienes se encargan de elaborar los horarios, los hacen acomodando sus horas en la menor cantidad posible de dias, pero esto a costa de los contratados a quienes se les distribuyen pocas horas en varios dias y con muchos puentes. desconozco si esto esta bien legalmente o no, pero genera malestares.
    Bueno, mi consulta es sobre algo aparte, es sobre el PRONAFCAP, he visto en la pagina web del Minedu que piden inscribirse para esta capacitación a quienes no la recibieron, tambien he visto en el diario oficial “El Peruano” con fecha 22, que han firmado un convencio con OEI para encargarle la administración de la capacitación en inglés para los profesores de esta area de IE publicas, siendo yo un docente de esta area, y siempre con el afán de mantenerme actualizado respecto a la enseñanza de inglés, pero habiendo recibido la capacitación del Pronafcap en el año 2007, en provincia ¿seria posible acceder a esta capacitación al menos en lo que respecta al área?
    Reitero las gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Rafael. Tendría que hacer la consulta directamente al Ministerio. El comunicado es muy general. Quizá si se comunica con los responsables del programa en el MED. Saludos.

  • BUENAS NOCHES DOCTOR HUGO
    MI ENQUIETUD ES LA SIGUIENTE
    TRABAJE MUCHO TIEMPO EN EL NIVEL SECUNDARIA AHORA ESTOY NOMBRADA EN CETPRO Y POR ELLO NO ME PERMITIERON DAR EL EXAMEN CENSAL Y AHORA NO PUEDO PARTICIPAR DEL PRONACAF, COMO HARIA? EN EL MOMENTO ME ENCUENTRO COMO ESPECIALISTA DE EDUCACION PARA EL TRABAJO
    GRACIAS POR SU RESPUESTA DIOS LE BENDIGA

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Luz. Como le indiqué en anterior respuesta, el PRONAFCAP no contempla la capacitación de profesores de los CETPROS. Saludos.

  • gracias por la respuesta doctor Hugo
    soy nombra en un CETPRO y por ello no me permitieron dar el examen censal, quisiera saber cuando y como inscribirme en el pronacaf.
    dios le bendiga Luz.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Luz. El comunicado que ha emitido el MED señala que el PRONAFCAP es solo para docentes de educación básica regular. Saludos.

  • Buenas noches, quiero hacer una consulta: En mi institución educativa somos 2 profesoras de sociales , estamos en el mismo nivel magisterial I , pero ella tiene más años de servicio que yo, mi título dice Ciencias históricos sociales y el de ella dice Historia y geografía. Mi pregunta es como debemos distribuirnos los cursos , de acuerdo al título o por antigüedad.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Anita. Ambos por la especialidad pueden dictar en el área. El segundo criterio a utilizar es el de años de servicio oficiales como docente titulado, y el tercero, años de servicio trabajando en la escuela. Saludos.

  • Buenos tardes maestro Hugo Diaz, bueno al igual que muchos docentes que no han alcanzado el nombramiento porque solo me saque de nota 15.60 pero los demas comprando claves sacaron hasta 19 y en la fase final me ganaron. y ahora estoy preocupado porque con eso de que la contrata este año sera de acuerdo a la nota del 15 de noviembre pues igual los que sacaron 18 y 19 comprando las claves aqui en HUANCAYO – JUNIN seguiran siendo favorecidos en las CONTRATAS ya que aunque no tengan años de experiencia se les dara trabajo, bueno opino que CADA REGION DEBE TOMAR UN NUEVO EXAMEN DE ACUERDO A SU REALIDAD AQUI EN JUNIN ESTAN PRESENTANDO LOS DE LA DIRECCION REGIONAL UN NUEVO DISEÑO CURRICULAR REGIONAL, mi consulta es la siguiente:
    Creo que estos dias estan reunidos en Huampani los funcionarios del MED y de la regiones, cree Ud. que ahi definiran una nueva directiva de contrata para el 2010?
    ¿nos diran en todo caso a que UGEL o region podremos presentar nuestro expediente? ¿tal vez a la UGEL donde te presentastes en la primera y segunda fase del nombramiento? ¿o tal vez a nivel nacional?
    ¿es decir ya no vale haber trabajado varios años como nos pidieron en el concurso de nombramiento tan solo la nota? ¿nos pediran como en otros años la contancia de desempeño laboral? digo esto porque en mi caso mi director que trabaje el 2009 me dio un desempeño muy bajo porque no simpatize con el ya que el dice que siempre traia su gente y con eso de que les quito la autonomia o la mamadera ya ellos no podian negociar las plazas y por lo tanto a muchos que entramos a una contrata por el examen nos miraron mal los directores que nogociaban y ademas no estaban de acuerdo con la nueva ley pero mas es porque ya en el 2009 año no pudieron negociar las plazas de sus colegios.
    mi ultima consulta doctor es
    si dicen que sera el contrato de acuerdo a la nota del 15 de nov. entonces ¿por que ya no se habre el link de resultados de la prueba clasificatoria en la pagina web del MINEDU?.
    Estuve todo el dia intentando abrir ese vinculo o link para imprimir de nuevo mi nota y no se abre.
    cuando saldra los resultados de la reuniòn den Huampany la directiva final de contrata?
    GRACIAS POR LA RESPUESTAS ACERTADAS QUE SIEMPRE NOS HA BRINDADO DOCTOR HUGO.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Arturo. Me hace preguntas muchas de las cuales no puedo responder puyes no soy funcionario del MED ni tampoco el proceso de contratación está totalmente definido, Como dice usted, uno de los temas de la reunión con los regionales es los contratos docentes. Tendrán que conversar y llegar a un acuerdo. Todo por ahora es extraoficial. Se espera que los primeros días de la siguiente semana salga la directiva; allí se aclararán muchas cosas. Saludos.

  • Saludos cordialisimos de Arequipa doctor:
    gracias`por sus aportes:
    La consulta:
    “El tiempo de servicios oficiales no tiene en cuenta los años como contratado, como auxiliar de educación, como profesor en la educación privada ni como personal con cargo administrativo.”esta norma es nueva o siempre estuvo vigente? pues en mi colegio una señora de 20 años de servicio como auxiliar accedio a la docencia en el 2007 y me adelanto en el ranking yo con 18 años de servicio como profesora pues siempre lo fui estuvo esto correcto.
    gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Juan Francisco. Está presente desde que se reglamento la Ley de CPM y se iniciaron los concursos para incorporarse a la misma. Los años como contratado o auxilair valen para efectos de la jubilación; no para pertenecer a un nivel magisterial y para efectos de la distribución del cuadro de horas. Por lo que usted narra no ha estado aplicada bien esa norma. Saludos

  • Maestro Hugo Díaz: Esto de la distibución de horas en que prime el nivel, tiempo de servicios o permanencia en la I.E. me parece que debe de cambiar para los próximos años. Para mi criterio sería bueno escuchar a los alumnos y a los padres de familia porque ellos conocen mejor a sus maestros o maestras.
    Por otra parte, en mi I.E., para nada se respeta la directiva y esto es problema de todos los años. El principal criterio es que cada docente tenga sus 24 horas y listo. A un docente de Ciencias Sociales le dan horas de Inglés, a uno de Comunicación le dan horas de Arte, a otros les dan horas de Tutoria, etc. ojo sin que estos docentes tengan ningún tipo de estudios adicionales a sus estudios pedagógicos. El año pasado hubo un descontento de los alumnos, pero a ellos nadie los escucha. Los papás no dicen nada quizás por temor a represalias. Una profesora, al inicio del curso el año pasado, anecdóticamente, a sus alumnos les había dicho que ella no era profesora de Inglés y “que juntos vamos aprender”.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Nardo..Cierto, hay que mejorar esa directiva basada en extremo en la antiguedad Saludos.

  • Buenos dias Sr. Hugo, de antemano gracias por su respuesta.
    En la norma menciona que el tiempo de servicios oficiales no tiene en cuenta los años como contratado, pero yo solicité mi acumulación de tiempo de servicio en la UGEL y me reconocieron los dos años que trabajé como contratada.
    Me nombré como docente en el 2001 pero hice las gestiones ante la ugel que se me reconozca mis dos años de contrato del año 1995 y 1996 y me reconocieron. Actualmente mi tiempo de servicios en mi escalafon sale como 10 años y 5 meses. Tengo prioridad con respecto a otros docentes que se nombraron el 2000 o 1999?
    Muchas gracias por su rspuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Rutty.. La norma también dice que los años de contratom sirven para efectos de la jubilacion, mas no para la preferencia en la distribiución de horas de clase. Saludos.

  • Reciba un saludo cordial y gracias por su respuesta referente al tiempo de servicios oficiales:
    Lamentablemente el Ministerio debería decir explicitamente otros detalles más importantes. Habemos profesores que nunca faltamos ni hacemos uso de nuestros 3 dias de permisos al año sin embargo en mi I.E. existen docentes que se van de licencia por motivos personales un mes o dos meses CADA AÑO dejando a los alumnos y si embargo siguen teniendo prioridad en el cuadro de horas. UN ejemplo concreto:
    Yo ME NOMBRE en 1998, II nivel nunca pedi licencias y tendre en todo mi record laboral 5 faltas. Mi otro colega SE NOMBRÓ en 1996, II nivel pero en todos estos años que laboro CADA AÑO solicita licencia 2 meses, 1 mes, 3 meses, una semana, etc SIN EMBARGO SIEMPRE TIENE PRIORIDAD EN EL CUADRO DE HORAS por haberse nombrado antes que yo, de hecho es MAS ANTIGUO que yo.
    ¿ES CORRECTA ESTA SITUACIÒN DE ACUERDO A LA PRESENTE DIRECTIVA DE CUADRO DE HORAS?
    Debería acumularse hasta incluso las licencias por un día, dos días, 15 días desde que nos nombramos para ganar derechos en el cuadro de horas. Es injusto.

    RESPUESTA de Hugo Díaz.
    Tiene usted toda la razón. Además, el espíritu de la CPM es valoraa el.mérito, no la antiguedad. Saludos.

  • Muy buenos dias Doctor Hugo
    mi consulta es que ya se inicio las inscripciones para los estudios del PRONAFCAP 2010 y los requisitos es haber dado la evaluacion censal 2007 y 2008 en mi caso soy sudirectora del nivel primaria a mi no me permitieron dar la evaluacion censal por estar con el cargo de subdireccion , pero yo siento que necesito hacer los estudios de PRONAFCAP 2010
    para poder trabajar con los docentes de mi I.E y de esa manera mejorar la calidad educativa
    de los niños y niñas.
    Doctor yo di la primera evaluación para el ingreso a la carrera pública magisterial y mi nota fue mas de catorce y esto debe constar en los archivos del MED esta nota me ayudaría para que pueda inscribirme en PRONANCAP 2010.
    GRACIAS POR LAS RESPUESTAS Y QUE DIOS LE BENDIGA.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Eli. En efecto las normas ponen el requisito que usted señala. El problema con ekl PRONAFCAP es que no cubre al 100% de profesores sino a un 10% y deben priorizar. Sin embargo usted tiene razón. Creo que hay que calificar a los docentes que puedan hacer un efecto multiplicador en el colegio y eso es lo que podría suceder con usted. Esperemos que durante el año se produzca una convocatoria para personal directivo ne la que pueda beneficiarse. Trataré de averiguar. Saludos

  • Quisiera saber si una profesora de religión nombrada hace más de 20 años y que por el proceso de racionalización este año sólo cuenta con 16 horas , con la nueva directiva puede completar sus horas en la misma Institución educativa si ella tiene con otro título pedagógico de filosofía y ciencias sociales?;
    pues su directora le ha dicho que no puede por ser nombrada en religión.
    Gracias por su respuesta.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Rosa. La directiva sobre el cuadro de horas señala que si valen ambos títulos y segundas epecialidades para desempeñarse en otra área. Si podría. Dígale a la directora que lea la directiva de distribución del cuadro de horas 2010 que está al final del artículo que usted ha leído. Haga un click en el archivo y puede bajarla Saludos.

  • Buenas noches señor Hugo:
    Me disculpará usted, pero definitivamente que estamos empezando con mal pie, el ministerio de educación no se toma el tiempo para reflexionar en nada, me parece ilógico y una falta de descuido tremendo que un profesor del I nivel recién nombrado se vea perjudicado, tal como le mencionó un docente a su blog por no emitir una directiva cabal y lógica. Son innumerables las deficiencias que se están presentando, como normas a destiempo, cambiando unas a otras, modificando otras, ¿qué nos espera el resto del año?.
    Por enésima vez, ojalá se aprenda de estos inconvenientes.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Eleazar. Cierto. Si se tuviera que ser abogado defensor del MED en un juicio por todas las irregularidades sería muy difícil defenderlo. Hay una ineficiencia de la gestión muy grande. Ahora en la web del MED anuncian que la directiva la consultarán con los directores regionales en la reunión que empezó hoy y culmina el viernes . Saludos.

  • Sr estimado hugo soy integrante del cuadro de horas de mi institucion y quiero saber si un profesor queda en excedencia si solo se le asigna 12 horas en su especialidad y las otras 12 la completa con ingles ept. es importante su rpta gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    José. Si el profesor tiene calificación para enseñar inglés (segunda especialidad u otro estudio que lo califique) puede encargarse del área. Saludos.

  • Buenas tardes Señor Hugo Díaz
    Gracias de antemano por su respuesta
    Primero una curiosidad que significa exactamente eso de “considerando su orden de prelación y prioridad” para los profesores con dos especialidades…
    luego quisiera que me aclare… acaso los profesores que ingresaron a la nueva ley de la CPM no llevarán obligatoriamente 30 horas??? los sueldos que el gobierno publicitaba para convencer a los profesores era por las 30 horas… significa entonces que los que no tengan las 30 horas completas no ganarán lo que ofreció el gobierno???
    y por último…. es tan difícil hacer una norma de este tipo para el Ministerio y darla a conocer por lo menos antes que termine el año… mis colegas ya estaban trabajando el cuadro de horas y ahora deben comenzar de nuevo… aunque no hay mayor cambio igual me parece otra desorganización más del ministerio
    Gracias

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Betty. Empecemos por lo último que expresa. No es difícil tener la norma antes de fin de año; hay descuido e irresponsabilidad en funcionarios del Ministerio. En cuanto a prelación y prioridad. Lo que significan es que los criterios van siendo exlluyentes a medida que se analizan según cada profesor; por ejemplo, si un profesor tiene 4to nivel y otro tercer, prima el que tiene el 4to nivel y allí se defnió el tama. Si ambios tienen el mismo nivel magisterial se va por los años de servicios oficiales como docente. Si siguen empatados, entonces se toma los años de servicios como docente en la IE. El primer criterio determina si se toma el segundo y así sucesivamente. Respecto de la jornada de trabajo para un docente de secundaria, se estableció el año pasado que era de 24 horas pedagógicas Saludos.

  • Hugo:
    Viendo la necesidad de que mi instituciòn cuente con un sistema de gestión de recursos materiales, el mismo que nos permita optimizar el soporte físico de la misma, un gupo de colegas hemos creído conveniente elaborar una propuesta, como paso inicial de nuestro propósito, razon por la cual solicito a ud. material que nos pueda servir para materializar nuestro cometido, ademàs del marco normativo sirva como sustento legal.
    Gracias anticipadas

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Félix. La referencia son las funciones que la Ley y el Reglamento de gesti{on les asignan a las IEs. El resto debe ser creado por ustedes en función de su realidad concreta y considerar las normas pertinentes en el reglamento interno. La verdad que sobre eso no conozco material escrito que le pueda enviar. Es un tema bastante amplio pues cubre servicios de biblioteca, materiales de apoyo a estudiantes y profesores, organización de ambientes, horarios, etc. Quizá si en el buscador Google busca algo así como gestion de recursos didácticos en las escuelas pueda encontrar algo que le interese. Saludos.

  • Este blog es la mejor fuente de información que he encontrado con respecto a la normas del sector educación. Una consulta Dr Hugo, en la norma que hace referencia hay un articulo que dice que los profesores de la CPM de EBR pueden laborar hasta 30 horas pedagógicas siempre y cuando la distribución de horas lo permita.¿Eso implica un pago adicional por esas 6 horas dictadas?.
    Asimismo, sabe usted si existirá una norma o estaran elaborando una especifica para los colegios EMBLEMÁTICOS.
    Gracias.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Luis. Si hay un pago adicional pero diferneciado en función del régimen. A los profesores de la Ley del Profesorado les pagan una misería; a los de la Ley de Carrera son 49.83 soles por hora semanal mensual. No se ha previsto normas especiales en el caso de los colegios emblemáticos; solo lo poco que aparece en la directiva del año escolar que es muy general. Saludos.

  • Dr. Hugo
    Quiero agradecerle su contestación y felicitarlo porque realmente sus respuestas son oportunas y rápidas. En esta ocasión quisieran consultarle sobre el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Mi institución se caracteriza por ser una institución con diez especialidades técnicas y equipadas con sus respectivos talleres. En diciembre del año 2009 el director nos comunico que este año 2010 no se hará el programa de exploración de intereses que hacemos todos los años en el mes de enero para los alumnos que ingresan al primer año con la finalidad de ubicarlo en una especialidad o en una familia profesional, el motivo dice el director que un padre de familia lo a denunciado en la UGEL. La UGEL le ha dicho al director que para hacer este tipo de programas que son financiados por los padres tienen que tener su PEI donde dicho programa debe estar indicado. Por este motivo y porque quiero que mi institución educativa pueda mejorar la calidad de sus servicios educativos que brinda a la comunidad estoy decidido a organizar grupos para poder este año trabajar en el documento del PEI y en los proyectos de innovación que podamos plantear. Los profesores ya han avanzado haciendo el PCI de la institución y el PCI de técnica. Pero veo que han hecho cada uno de ellos sus respectivos diagnósticos, pero revisando información de Internet me parece que el diagnostico debe ser uno solo, además pienso que debería haber un solo PCI. Mi IE tiene Un sub. Director de administración, Un sub. Director de técnica, 2 sub. Directores de formación general, 5 jefes de taller, 2 jefes de laboratorio, una asistenta social, una secretaria, 100 profesores y alrededor 1900 alumnos en dos turnos de educación secundaria. Mi pedido seria que me de algunas ideas directrices para poder empezar hacer mi PEI y, demás documentos de gestión. También pedirle por favor que me envíe a mi correo los formatos de PEI, PCI, y demás información que me pueda servir para poder hacer un buen documento que me ayude a motivar y a convencer de las ventajas de tener un PEI a más de 100 docentes que trabajan en la IE
    Saludos cordiales.

    RESPUESTA de Hugo Díaz
    Raúl. En el Blog hay tres archivos que tienen que ver con la elaboracion del PEI, cteo que le puede ayudar. Estoy de acuerdo con usted en el sentido que hay que trabajar con pocos problemas (no más de cuatro o cinco), un objetivo para cada problema y las estrategias correspondientes para cada objetivo. Eviten introducirse en consideraciones conceptuales (marcos teoricos, por ejemplo) pues eso no permite avanzar. Recuerden que el PEI es una herramienta de gestión, para tomar decisiones y debe ser un documento muy práctico, corto y que fije responsabilidades en cuanto a las estrategias a desarrollar. En el caso de su institución, es muy importante asociarse a las variables del mercado de trabajo en la zona. El PEI en ese caso no puede estar divorciado del mundo productivo . Saludos

    • Dr. Buen día. Soy docente de un Instituto Superior de Educación Superior Público. La pregunta es. Es Posible en la distribución de la carga horaria de la Materia (que son nombrados en Comunicación), puedan compartir por igual por ejemplo, tres docentes de la misma especialidad, cuando sólo a penas alcanza para dos docentes?, claro para complementar con otras tienen otros títulos. con el fin evitar excedencias. Gracias Dr. por la Respuesta por anticipado.

      • Percy Sebastian. En principio las cargas horarias se ofrecen en función de la especialidad y las horas disponibles. Es lo que hay que respetar. Se supone que el director de la institución fundamenta ante la Ugel o el órgano correspondiente el uso del personal. Saludos

    • Comentarios: 307
    • Valoraciones: 0
           

     

    Publicaciones relacionadas

    Cartilla para familias de estudiantes con Trastorn ...

    Desde Educared, queremos compartir a las familias una guía muy útil elaborada por el Ministerio de Educación en alian ...

    Educación más allá del aula: ¿Cómo atender a ...

    Educación más allá del aula es un conjunto de conversatorios online organizado por Fundación Telefónica y Educared ...

    Educared se une al portal “Aprendo en Casa” de ...

    A través de Fundación Telefónica/Movistar y “la Caixa” Foundation se ha puesto a disposición del Ministerio de E ...