Norma para encargaturasResolución de Secretaría General Nº 2076-2014-Minedu. Norma para la encargatura de plazas de director, plazas jerárquicas  y especialistas. Ver link; ENCARGATURA DE PLAZAS DE DIRECTOR, JERARQUICAS Y ESPECIALISTAS - 2015

Norma para encargaturas

Autor: Hugo Diaz Publicado: noviembre 24, 2014

Resolución de Secretaría General Nº 2076-2014-Minedu. Norma para la encargatura de plazas de director, plazas jerárquicas  y especialistas.

Ver link; ENCARGATURA DE PLAZAS DE DIRECTOR, JERARQUICAS Y ESPECIALISTAS – 2015

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  • Doctor Díaz:
    Reciba mis saludos cordiales. Por favor, podría aclararme esta situación del proceso de encargatura (RVM N°255-2019).Hay colegas directivos que en la última evaluación de desempeño en cargo directivo (2018) salieron en situación desfavorable y están ocupando,actualmente,el cargo de docente en su plaza de origen,( LRM). En este proceso de encargatura (2019) se han presentado para postular a una encargatura de cargo directivo, pero en los resultados preliminares de calificación de expedientes observan señalando como motivo el numeral 6.3 (b) y el 13.17 que dicen: “… haber aprobado la última evaluación de desempeño en el cargo…”.
    Podría decirme que quiere decir la expresión ” la última evaluación en el cargo…”. Yo lo interpreto que para casos de encargatura hay que esperar 4 años para poder postular, porque después de 4 años, viene la 2° evaluación de desempeño en el cargo directivo( 2022).

    Y con respecto a la encargatura de especialista en educación, todavía no se da la evaluación de desempeño en este cargo.Puede presentarse a esta encargatura, habiendo desaprobado en el cargo de directivo. La norma dice: “… en el último cargo…”
    Gracias, doctor Díaz.

  • UNA CONSULTA POR FAVOR. EN MI IE EL DIRECTOR SALE DE VACACIONES Y DEJA ENCARGANDO DICHO CARGO AL SUBDIRECTOR NIVEL SECUNDARIO, MI CONSULTA ES PUEDE EL SUBDIRECTOR DESEMPEÑAR DOS CARGOS A LA VEZ, ES MAS DICHAS PLAZAS SON ORGANICAS PRESUPUESTADAS,DONDE ESTA LA OPORTUNIDAD PARA LOS DOCENTES EN ESTE CASO Y COMO LA UGEL PERMITE ESTO. POR FAVOR SU COMENTARIO

  • buenas tardes doctor no entiendo muy bien de las normas ya los leí todo…mi pregunta es: yo me estoy presentando para nombrarme en una institución educativa polidocente multigrado. me supongo que yo voy a asumir la dirección de la institución, tendría que presentar alguna documentación o es automático?. por favor orienteme

  • Buenos días Dr. Hugo muy agradecida por este espacio, que nos sirve de apoyo a los docentes; soy directora encargada y quisiera saber de las bonificaciones asignadas por turnos que corresponde al cargo,cuales son los criterios para considerarlos un turno o dos turnos. Gracias de antemano por su respuesta.

  • soy trabajador del centro juvenil jose Quiñones Gonzales Chiclayo peru e ganado con juicio el pase a la 728 en el cargo de técnico administrativo 2 Y EN UN PRIMER MOMENTO MI JEFE ME PUSO DE APOYO EN ENFERMERIA SACANDO CONSULTA A LOS INTERNOS PERO LUEGO ME DIJO QUE MI RESOLUCION DICE ALGO IGUAL O SIMILAR ME REGRESO A VIGILANCIA MI PREGUNTA ES CUAL MANDA EL CARGO OLA REFERENCIA

  • Dr.buenos dias una consulta soy docente nombrada y e postulado este año como especialista en inicial,tengo licencia por maternidad y es correcto que me retiren del cargo por estar embarazada,segun la ugel dice que han consultado al ministerio lo y hay una norma que nos pueden retirar del cargo,lo cual tengo conocimimiento que tenemos derecho sacar licencia por maternidad,quiero por favor su opinion y que debo hacer en este caso.muchas gracias espero su respuesta.

  • Es una página muy interesante de gran utilidad para nosotros los docentes ya que nos aclara las dudas que tenemos respecto al tema y es loable lo que hace ya que con sus conocimientos nos ayuda a muchos. Éxitos y bendiciones en todo lo que emprende.

  • Dr. buenas noches, agradecerle de antemano por su respuesta. Mi duda es: trabajo en una I.E. Integrado (inicial y primaria) pero somos unidocente en cada nivel ¿a quién le corresponde la encargatura de funciones de dirección? yo tengo la II escala vigente desde el 01 de marzo de este año, la otra colega es del I escala. sin embargo la encargatura le dieron para este año en el mes de diciembre a la colega de I escala ni siquiera me evaluaron mi ficha escalafonaria porque hasta diciembre del año pasado todavía me encontraba en la I escala igual que la otra colega. ¿por lo menos nos deben de evaluar el escalafón a ambas? ¿esta vigente la norma que menciona que se le da la encargatura de funciones al docente de nivel superior en este caso primaria? ¿por ser unidocentes ambos niveles, a cada una debe encargarnos las funciones de dirección?

  • Dr. agradecerle de antemano por su respuesta. Mi duda es: trabajo en una I.E. Integrado (inicial y primaria) pero somos unidocente en cada nivel ¿a quién le corresponde la encargatura de funciones de dirección? yo tengo la II escala vigente desde el 01 de marzo de este año, la otra colega es del I escala. sin embargo la encargatura le dieron para este año en el mes de diciembre a la colega de I escala ni siquiera me evaluaron mi ficha escalafonaria porque hasta diciembre del año pasado todavía me encontraba en la I escala igual que la otra colega. ¿por lo menos nos deben de evaluar el escalafón a ambas? ¿esta vigente la norma que menciona que se le da la encargatura de funciones al docente de nivel superior en este caso primaria? ¿por ser unidocentes ambos niveles, a cada una debe encargarnos las funciones de dirección?

  • Sobre las encargaturas de jefe de taller, de laboratorio y asesores solamente estaran vigentes hasta el mes de mayo del 2019, que tanto hay de cierto esta informacion Dr le agradecere me responda si sabe algo de esto que nos dijo nuestro director

    • Fernando. No conozco que haya salido norma al respecto. Mientras no salga no se puede decir nada. Por el contrario, el MINEDU revisa la cantidad de evaluaciones que ha programado pues superan su capacidad de administrarlas. Saludos

  • Buen día, mi consulta doctor es sobre el siguiente caso: me nombré en una plaza de comunicación en secundaria pero cuando llegué una docente de la misma área había tomado algunas d mis horas para q complete aduciendo antigüedad ya que hubo reducción de aulas. Ahora la docente que estuvo en dirección en otro colegio va a volver a su plaza de origen pero ya no quedan horas completas para ella y me dicen rumores que yo, por ser la última nombrada debo ser racionalizada. Pero he leído que la docente no necesariamente debe volver ya que podría ser reubicada en una plaza semejante dentro de la jurisdicción. Por favor, a quién le corresponde quedarse? ¿Debería reclamar mis horas a la docente q tomó mis horas? ¿Cómo verificar el nexus? Gracias por su respuesta

  • No es específico la Ley de municipalidades; sin embargo se puede interpretar que si asume el cargo de director es pacible de vacancia al cargo de regidor. Invoco a que el MINEDU pueda pronunciarse al respecto. Apelo a su persona para que haga llegar dicha situación a quien corresponda. El cargo de Director es de mucha responsabilidad y requiere de tiempo completo.

  • Hola Soy docente encargada en el CETPRO HUAYCAN de la UGEL 6,resulta que desde el 2013 hasta octubre del presente año no existe libro caja de mi Institución, los estudiantes durante todos estos años depositan el dinero por mantenimiento de maquinarias en el banco de la Nación, el cual está bloqueada por malos manejos de dinero hasta hoy. Asumí la encargatura de directora el 25 de octubre, ya que después de más de 5 años la Ugel 6 tomó cartas en el asunto a raíz de la denuncia que hice como tesorera.
    Ya está encaminado la apertura de libro caja, pronto se activara la cuenta del banco y resulta que el especialista de Cetpros CISNEROS VALENTIN YON RICHARD de ugel 6 se presenta para el cargo de director en dicho cetpro sin tener experiencia en esta modalidad,nunca trabajó en cetpro doy fe de ello, además, nunca se preocupó de la situación que atravesaba nuestra Institución, siendo especialista trabaja en la Ugel 6 y en colegio básica alternativa Edelmira del Pando descuidando los cetpros, (Cetpros funcionan mañana tarde y noche) otra preocupación es que además del especialista de cetpro hay otro especialista de Básica Alternativa BARRIOS OYAGUE EDWIN del mismo área AGEBAT procedente de Ugel 2, del nivel secundaria que también está solicitando el cargo de Director del Cetpro Huaycan. la ONG SAHEE va a invertir en la Construcción y capacitación de nuestro CETPRO, y requieren el personal comprometido con la institución. Estas personas que pretenden el cargo del Cetpro no conocen nuestra realidad.
    La directora anterior era externa, estas personas también son externas y tienen influencias hacen lo que quieran con nosotros, ahora se están disputando el cargo, están apelando a los resultados. Me presenté a la evaluación y no consideran mi título de profesional técnico a nombre de la nación en Cosmetologia, ya que el Instituto cambió de razón social, hoy se llama I.S.T. Naciones Unidas. En el 2017 solicité solucionen este problema y solo lo anotaron en anotaciones y no en estudios académicos, me tienen esperando hasta el momento. Soy profesional técnico, licenciado en Educación, con resolución de méritos por proyectos realizados y ganado la inversión de la Unión Europea por medio de APROLAB en el Cetpro Nicolas de Piérola como directora, Desde el 98 en esta modalidad, desde el 2008 en Cetpro Huaycan. Estoy preocupada por esta situación, el Cetpro Huaycan el mas pobre de todos, ahora es la codicia de muchos. Hice mi reclamo espero me atiendan. lo invito a revisar los resultados en la pagina de la ugel 6 en administración de personal grupo C. http://www.ugel06.gob.pe/portal/ Le pido por favor su opinión o intervenga por el bienestar de nuestros estudiantes. Mil gracias.

    • Gladys. Una pena que algunos burócratas quieran ganar los puestos fácilmente. Lo único que puedo hacer es trasladar su preocupación a una de las autoridades de la Regional para que lo evalúen. No enviaré su mensaje pues puede comprometerla, sino expresar que deben cumplirse las normas sin favoritismos. Saludos

      • Gracias Señor Hugo
        Hoy se observa en la página de ugel 6 los resultados, donde indican que no cumplimos con el numeral 6.2.2.8 de la RM Nº 592-2018-
        MINEDU(mínimo dos años de haber laborado en el sector productivo). La plaza quedó desierta, pregunto convocarán nuevamente?, ya estamos a fines de año el cargo de la dirección culmina el 31 que debo hacer? .
        Quiero saber si el haber tenido salón de belleza mas de 20 años en el mercado laboral de servicios,puede facilitarme el acceso a este cargo, por salud tuve que cerrar, estuve expuesta muchos años a productos químicos. Todo el Asentamiento humano Horacio Zevallos me conoce por el salón de belleza “Yochi”, el tema es que laboré en la informalidad como muchos otros, ya que inicie mi negocio en un asentamiento muy joven donde no exigían ningún tipo de documentación de parte de la municipalidad. Trabaje también en un salón donde me pagaban semanal sin obtener un comprobante de pago de parte del establecimiento. Que puedo hacer Doctor Hugo Diaz. Puedo presentarme nuevamente si hay nueva convocatoria, alguna ley me lo impide? Mil gracias.

          • Estimado Dr Hugo serà posible que dos especialistas de la Ugel 6 del área de AGEBAT asuman el cargo de Director en mi Instituciòn Cetpro Huaycan?, nuevamente se presentaron, me siento impotente, como es posible que trabajando en la Ugel habiendo ganado concurso de esècialistas (orgullosos por el puntaje que obtienen) ahora pretendan asumir tambien la direcciòn del Cetpro. No entiendo si el Cetpro funciona mañana tarde y noche como asumirán el cargo, hasta el año pasado trabajaba el especialista en ugel y por la noche en basica alternativa.
            Me atrevì a denunciar a la Ex directora que estuvo por mas de 5 años sin regularizar el libro caja AFECTANDO A LOS Y LAS ESTUDIANTES. ellos no tomaron carta en el asunto, e inclusive antes de hacer la denuncia le comunique al especialista porque, existe también docentes que denuncian sin sustento,La ugel inmediatamente saco a la luz una resoluciòn que ya estaba desde hace mucho para una sanción de la ex directora.
            Asumì, el cargo por el nivel, en verdad estoy decepcionada de las autoridades, solo velan por sus intereses personales. Hoy es día de reclamo, como debo reclamar, si ellos tienen la sarten por el mango,pido su opinión Dr. Hugo.

          • Gladys. Haga el reclamo. Si tiene una buena justificación que siembre dudas sobre el procesonpresentelo al órgano de control de la Ugel y a la Defensoria del Zpueblo. Saludos

    • Manolo. La Ley de Municipalidades establece: ARTÍCULO 11 RESPONSABILIDADES, IMPEDIMENTOS Y DERECHOS DE LOS REGIDORES
      Los regidores son responsables, individualmente, por los actos violatorios de la ley practicados en el ejercicio de sus funciones y, solidariamente, por los acuerdos adoptados contra la ley, a menos que salven expresamente su voto, dejando constancia de ello en actas.

      Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción. Todos los actos que contravengan esta disposición son nulos y la infracción de esta prohibición es causal de vacancia en el cargo de regidor. Para el ejercicio de la función edil, los regidores que trabajan como dependientes en el sector público o privado gozan de licencia con goce de haber hasta por 20 (veinte) horas semanales, tiempo que será dedicado exclusivamente a sus labores municipales. El empleador está obligado a conceder dicha licencia y a preservar su nivel remunerativo, así como a no trasladarlos ni reasignarlos sin su expreso consentimiento mientras ejerzan función municipal, bajo responsabilidad. Saludos

  • Buenas noches, para postular a la asesoría de Ciencias la Maestría de administración de la educación vale ser considerado para el puntaje. Un docente reasignado en el aula de innovación con título de contabilidad y relacionado con. Área de EPT con título de contabilidad.que cuenta con título de Matemáticas pero que no tiene horas de dictado de clases, puede postular a la asesoría de Ciencias. Gracias por su atención. Es urgente

  • Si fui nombrada en la I.E. Moises Valderrama” y luego soy reasigna hace dos años a I.E. Jorge Pinto , ¿pierdo mi calidad de docente nombrada en I.E. Moises Valderrama”?.
    Pienso que mi situación sería docente nombrada en I.E. Moises Valderrama y reasignada I.E. Jorge Pinto. Me gustaría saber si es así que norma me ampara, porque justo quiero postular a una encargatura .

  • hola, soy profesora nombrada y trabajo hace 4 años en un eba pero avanzado y mi pregunta es en base al siguiente caso:Ya van dos años que pido la encargatura de la sub dirección del eba, tengo tercera escala, maestría y capacitaciones pero le dan la encargatura a un profesor de educación primaria que tiene tercera escala. Que requisitos necesito para asumir como sub directora encargada del eba?

  • Dr. Hugo Díaz, previo cordiales saludos, le consulto:
    Soy actual Director encargado en una I.E. a partir del 9 de enero al 31 de diciembre del presente año. Solicité a la UGEL hacer uso de mis vacaciones por adelantado, pero mi solicitud no fue aceptado, ya que el jefe de personal me manifiesta de que necesariamente tengo que cumplir un año de encargatura (09 de enero 2019) y ello, es imposible porque al 31 de diciembre fenece dicha encargatura. Todo ello, a pesar que le hice presente el DECRETO LEGISLATIVO Nº 1405, Artículo 2 numeral 2.2.2. La verdad, me parece que la instancia que le menciono, ¿no lo está interpretando la norma o es que estoy equivocado?.
    Por favor Dr., espero que me esclarezca mi consulta y en cuanto cumpla al 31 de diciembre ¿Aún tendrè el derecho de solicitar mis vacaciones proporcionales?

    • Jaime. Todos tienen derecho a las vacaciones luego de un año de trabajo. Me supongo que antes de la encargara usted ya trabajaba. No necesitaba cumplir el año de encargatura pues ustedla había estado desempeñando otros cargos. Creo que no hay una correcta interpretación d ella norma por la Ugel. Saludos

  • Estimado Doctor, es cierto que cuando un director titular va a hacer uso de sus vacaciones de 1 mes, puede designar la encargatura de la dirección a uno de su confianza al margen de la escala, siendo el caso que es un colegio de dos niveles en locales diferentes con código de plaza de director en el nivel de secundaria…. en todo caso a quien le corresponde la encargatura

  • Estimado Doctor Hugo
    Soy docente de Cetpro, Profesional técnico en Cosmética Dermatológica(3 años), Licenciada en Educación Física, con una maestría en gestión de la Educación, quinto nivel. Mi pregunta es, ¿puedo acceder a una encargatura de directora o especialista de Cetpro?.
    Mil gracias por su respuesta.
    Gladys.

  • Dr. Debo agregar a mi consulta anterior que el docente nombrado es de 40 horas que accedió al cargo el año 1991 mediante concurso publico, luego ingreso a la Carrera publica Magisterial, conociéndole las 40 horas pedagógicas. percibe por asignación al cargo la suma de 129 soles, mientras que un docente encargado percibe 180. soles. ¿Eso es correcto Doctor?

  • Bendiciones estimado Doctor Hugo.
    Usted es un gran conocedor de la problemática del docente peruano y nos ilustra de manera confiable, por ello mi consulta:
    Dr. Porqué un docente encargado en el cargo jerárquico de una I.E. percibe los 180 soles como asignación al cargo, mientras que en el mismo cargo un docente nombrado mediante concurso publico desde hace mas de 20 años percibe por el mismo concepto la suma de 129 soles?.

    • Margarita. Son las contradicciones de una Ley ue tiene que revisarse. Creo que la Ley de Reforma Magisterial requiere de cambios profundos en cuanto a escalas, políticas de bonificaciones, así como del sentido y las finalidades de las evaluaciones. Saludos

  • Estimado Doctor Díaz, en relación a los requisitos para ser Director en Instituciones Educativas Privadas, uno de los requisitos es tener experiencia mínima de cinco años como docente; por lo que quisiera saber si se refiere a cinco años lectivos o cinco años calendario, gracias.

  • Dr. Hugo, tengo una inquietud, soy docente de especialidad Primaria que aprobé la prueba única nacional en concurso de acceso a cargos directivos, la pregunta es: ¿puedo adjudicarme en una plaza de Secundaria? o sólo me corresponde adjudicarme en una plaza de Primaria. Gracias

  • Buenas tardes dr. Actualmente trabajo como docente del nivel inicial como contratada, asimismo tengo el cargo de regidora en un distrito vecino,¿cómo docente contratada puedo ejercer mis funciones de regidora asistendo a las sesiones de concejo?, desde un inicio solicite licencia con goce de haber para ejercer la funcion edil, sin embargo hasta la fecha no tengo respuesta. ¿Es cierto que como docente contratada no puedo acceder a esta licencia con goce de haber?.

  • DR Buenas noches, Estoy ocupando el cargo de la SubDirección de Secundaria como encargado, ahora el Director que es designado pide Licencia por fallecimiento de Padre, a quien le corresponde asumir el cargo durante su ausencia, ya que en la I.E. La Subdirección de primaria es desiganada. Gracias por su respuesta

  • BUENAS TARDES TENGO UNA CONSULTA:
    ME NOMBRE EL AÑO PASADO EN UNA PLAZA UNIDOCENTE, ME ESTUVIERON PAGANDO LA ENCARGATURA DE DIRECCIÓN PERO AHORA ME DICEN QUE ME DESCONTARAN PORQUE NO SALIO LA RD DE LA ENCARGATURA MI PREGUNTA ES ¡¿TENGO QUE TENER LA RD DE ENCARGATURA PARA RECIBIR EL PAGO, SI ES UNA PLAZA UNIDOCENTE Y QUE DEBO HACER PARA QUE NO ME DESCUENTEN DE LOS 4 MESES QUE ME PAGARON DIRECCIÓN?

  • Buenas Noches Dr.Hugo…Soy subdirectora de una I.E. de zona rural, donde el director es una persona prepotente, abusivo con el personal, el CONEI no existe para él, hace y deshace los recursos de la institución, incluso no cumple su horario establecido, con el cuento que sale a realizar gestiones en la UGEL nunca se le encuentra a partir de las 12 y al día siguiente marca su hora de salida normal como si hubiera cumplido su horario, esto es de todos los días. Realice una denuncia ante la UGEL, el 04 de enero del presente año, hasta la fecha no obtengo respuesta al respecto, pero el tomo represalias ante mi persona mediante un mal informe sobre mi labor pedagógica, la cual absolvi con pruebas..anteriormente tiene diversas denuncias sobre abuso de
    autoridad pero es intocable porque incluso habiendo de por medio una resolución en donde se pide abrir proceso administrativo en el 2016, este nunca se realizo…que acciones aparte de esta denuncia que no prospera ante la UGEL puedo realizar?

    • Anónimo. Primero insista en la demanda ante la Ugel. Si es posible busque firmas de respaldo de padres de familia. Segundo, hágalo notoriamente. Tercero, envíe copia de su denuncia al órgano de control de la Ugel y la DRE, también a la Defensora del Pueblo. Saludos

  • Deseo saber porqué no pagan a los directores encargados los meses enero y febrero si ya estamos dentro de la R.S.G.N 208-2017-MINEDU,soy director encargado de una I.E. primaria multigrado, además todavía no efectivizar los pagos del mes de marzo, a que se debe la demora.Gracias

  • Soy profesora coordinadora de Pronoei. Nombrada desde el año 99. Nunca he postulado a ninguna evaluación para ascenso y aún asi en mi boleta figura: Régimen Laboral: 29944. pensé que para pertenecer a la reforma educativa este era un proceso voluntario. le agradeceré aclarar mi duda ya que no tengo ningún interés en pertenecer a la Reforma Educativa.

    • Lourdes. No es así. Antes con la Ley de Carrera Pública Magisterial el proceso era voluntario. Con la Reforma Magisterial el 100% de los docentes pasó de donde estaba (CPM o Ley del Profesorado) al nuevo régimen. Saludos

  • Buenos días, Dr. Hugo son docente del nivel inicial con encargatura de dirección, percibía mensualmente el pago de maestria pero ahora no me están pagando ya que dice la UGEL que al asumir la dirección no me corresponde. Gracias por su recpuesta.

  • Dr hugo buenas dias para informarle que en el ceba 3030 ugel 02 se esta cobrando por matricula 30 soles cada año piden por matricula y el director no nos dice en que gasta el dinero la ugel entrega papelotes cartulinas pero los estudiantes no tenemos y nos hacen comprar.Al director no se le encuentra en el colegio viene firma y se va y no rinde cuentas a nadies

    • Noelia. Depende de usted.De buscar su traslado a otro centro educativo. Tiene que evaluar las ventajas y desventajas de hacerlo. Las oportunidades de capacitación, de buen clima de trabajo, etc. No todo es ascenso de puesto. Saludos

  • AMIGO BUENAS NOCHES ME PODRIA ILUSTRAR RESPECTO A UN TEMA, DIGAME CUANDO EXISTEN DOS PROFESORES DE SEGUNDA ESCALA , Y UNO DE ELLOS ES EL DIRECTOR ENCARGADO TODA VEZ QUE ES MAS ANTIGUO EN TIEMPOS DE SERVICIOS , PERO EL CASO ES QUE EL OTRO PROFESOR ASCIENDE EN EL MES DE DICIEMBRE DE ESTE AÑO AL TERCER ESCALON , PERO YA EN EL MES DE NOVIEMBRE SE HIZO EL CONCUURSO PARA DIRECTORES ENCARGADOS Y LO RATIFICAN EN SU CARGO COMO DIRECTOR ENCARGADO PERO EN EL MES DE DICIEMBRE ASCIENDE EL OTRO PROFESOR AL TERCER ESCALON ,, DIGAME ES FACTIBLE IMPUGNAR DICHA RESOLUCION TODA VEZ QUE EL OTRO DOCENTE ES DE TERCER ESCALON Y EL DIRECTOR ES DE SEGUNDO ESCALON

  • buenas tardes, para el presente año 2018, desde el o1 de enero vengo ocupando el cargo directivo de subdirectora de una I.E., cuya encargatura finalizará el 31 de diciembre del presente. Me corresponden vacaciones? Cuando haré uso de mis vacaciones?. Gracias pór la respuesta.

    • Rosa María. Supongo que usted trabaja desde hace años en el sistema. Si ya tiene más de un año le corresponden vacaciones. Las mismas debe coordinarlas con el Director para que no haya mes en que alguno de ustedes este presente. Las mismas deben utilizarse entre los dos primeros meses del año. Saludos

  • Ante todo muy buenos día deseo si puede interpretar el DS 345 de fecha 25 de noviembre del presente año que habla sobre el pago de directores designados y especialistas designados, que si bien es cierto esa bonificación ya se les esta cancelando crea suspicacia que vuelva a salir este documento a esta altura del año y asimismo menciona que el pago es desde el 1 de febrero del presente año, cuando a nosotros nos empezaron a cancelar desde el 13 de febrero. Esperando su análisis.
    Gracias por su respuesta

  • PARA EL AÑO 2018 LAS ENCARGATURAS DE DIRECCION ; DONDE ESTA LA MERITOCRACIA.
    EL 2017 ASUMÍ UNA ENCARGATURA POR CONCURSO, DE UNA I.E. DONDE NO SOY NOMBRADA, ESTE AÑO SOLICITE LA RATIFICACION O POR LO MENOS CONCURSAR Y ME DIJERON QUE NO PODÍA PORQUE NO SOY NOMBRADA EN LA I.e DONDE EXISTE LA VACANTE. ME PARECE INJUSTO NO PODER PARTICIPAR DEL CONCURSO. ME PARECE INJUSTO

  • Dr. HUGO, buen día saludos.
    Quiero saber Dr. si me corresponde lo siguiente soy director designado, cuento actualmente con aula a cargo 40/30 horas, la I.E. tiene 3 niveles inicial, primaria y secundaria; 2 secciones de inicial, 6 secciones de primaria y 4 secciones de secundaria, en total 13 docentes. Dr. me corresponde 40/0 horas y no tener aula a cargo. Y si es así que tengo que presentar a la UGEL si me corresponde.Gracias Dr. por su comentario.

  • Estimado Dr. Hugo Diaz: De antemano gracias por la atención de mi consulta. Dr. la Norma que regula el procedimiento para el encargaturas de jefaturas de Laboratorio I de CTA, tiene entre los requisitos y criterios de evaluación considera lo siguiente:
    Que el docente que tiene resolución de sanción por 5 años,presenta declaración jurada falsa, restringido por el minedu al examen de ascenso. Ha podido y esta asumiendo la Jefatura de Laboratorio, sin que ninguna autoridad de la Ugel 05 SJL o la Institucion IEE AOE de Zarate se pronuncie. Esto es correcto, a mi parecer , esto es algo indebido.

  • Sr. Hugo buenas tardes le escrbi para saber si hay alguna norma donde indique que la encargatura de direccion por uno o mas dias el director puede dejar a cualquier persona.. ya que siempre el director deja a una docente como encargada porque el se falta siempre,, y esta directora encargada por uno o mas dias comete muchos abusos….ya s ele indico al director sobre la situacion pero como es su amiga ….entonces no le dice ni hace nada… entonces necesito la norma por favor…

    • Robert. La norma mas específica es laRSG 208-2017 MINEDU NORMAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO PARA EL ENCARGO DE PLAZAS VACANTES DE CARGOS DIRECTIVOS, JERÁRQUICOS, ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN DOCENTE Y ESPECIALISTAS EN EDUCACIÓN. El resto debe estar especificado o en una norma particular de la Ugel o en el Reglamento interno de la institución. Saludos

  • dr buenas noches soy docente y tengo la encargatura de la direccion de mi institucion dos años, pero no me pagan segun dicen que en el año 2016 no pagaban porque era un colegio nuevo ya tenia tres años y en el 2017 no me pagan porque solo sale la resoluion para funciones, la plaza salio a concurso pero nadie quiso y empezaron los problemas porfavor sr que hago

  • Soy coordinadora pedagógica y se me cito el 28 de noviembre para evaluación de desempeño pero no fui evaluada, ahora el director me dice que después ya estamos diciembre y me sigue paseando lo cual lo considero una burla y falta de respeto a mi persona, ya que mis demás compañeras ya fueron evaluadas en la fecha indicada…y yo todavía no ¿qué hago?, necesito la evaluación porque debo presentarme a una convocatoria…

  • Estimado Dr. Hugo agradecer por este espacio para elaborar consulta.
    En La UGEL 04 no han publicado plazas por función del CETPRO. CARABAYLLO, ya que el docente encargado actual no cumple con el perfil al ser docente del II NIVEL, según la RSG Nº 208-2017, los docentes que tenemos los requisitos como postulamos si no han publicado la plaza que debemos hacer, si ellos han ratificado a Directores sin cumplir la norma.No revalorando la carrera docente.
    Por favor cuales son los pasos a seguir.
    Soy una docente del VI nivel y deseo participar en la encargatura por función.

  • Estimado Dr. Hugo: De antemano gracias por la atención de mi consulta. Dr. la RSG Nº 208-2017 Norma que regula el procedimiento para el encargo, entre los requisitos y criterios de evaluación considera lo siguiente:
    De los requisitos específicos:
    6.3.1. Para las plazas de cargos jerárquicos:
    a) Estar ubicado entre la segunda y octava escala magisterial

    6.4. De los criterios de evaluación para calificar los expedientes:
    b) Tiempo de servicios oficiales: Máximo de 12 puntos
    Se otorga un (1) punto por cada año de servicios oficiales en la carrera como profesor nombrado en la modalidad, forma, nivel o ciclo respectivamente, según corresponda al cargo que postula, adicionales a los años de experiencia como docente de aula requeridos como requisito.
    Según estas consideraciones a un profesor de cuarta escala con 15 años de servicio a partir de su nombramiento ¿Cuánto de puntaje se le asignaría?
    Bendiciones.

  • Dr. buenas noches, soy docente del nivel primario, la subdirectora se va de vacaciones, ¿cuál es el procedimiento para cubrir esta plaza?
    Tengo entendido que primero es la escala, luego los años de servicio y luego la permanencia en el centro. ¿Eso es así? Sáqueme de esa duda por favor. Gracias.

  • Dr. tenga Ud. buen día, mi consulta es la siguiente:
    Soy director encargado de una institución rural multigrado, y tengo una permanencia de 16 años en la misma institución. Este año en el mes de marzo llegó un docente a la institución, y resulta que ahora aparece con un oficio de encargatura de dirección aduciendo que le corresponde porque tiene más tiempo de servicios. ¿le corresponde Dr.?

  • buenas tardes Dr. Hugo un saludo a la distancia, la presente es para hacerle llegar mi inquietud sobre el incremento del bono por el desempeño del cargo de Director y Sub director de I.E, que esta contemplado el la ley del presupuesto publico del presente año, quisiera saber porque hasta el momento, estando ya a medio año, el MEF, hasta el momento no refrenda del DS, para hacer efectivo dicho incremento, dado que el nos reconoce actualmente, no es compensable con la gran responsabilidad que tenemos que afrontar en nuestra función y mas aun, que ahora para cubrir pasajes para nuestra capacitación que va hacer convocada por el MINEDU

  • Dr. buenas noches, un saludo afectuoso a su persona.
    Dr. En la institución Educativa en la cual laboro el año pasado un docente nombrado salió por racionalización y se fue a otra institución Educativa en la cual la directora de esa institución no lo quiere en su colegio y está quejándose en la UGEL- DRE del mencionado docente. Dr. La resolución de racionalización puede ser anulada por la UGEL. procede este caso o ya no se puede anular esa resolución. Gracias por su comentario Dr. Hugo.

    • Disculpe la desubicacion de la pregunta, fue referente a las encargaturas que le respondió sobre los pagos a los encargados de dirección y jerárquicos que venimos de la Ley de profesorado, a Nelly el 23 abril 2017, le responde: “Nelly. Es el problema que todavía subsiste con los encargos. Se ha solicitado al Minedu que arregle esta situación….” por eso referente a esa respuesta le hice las preguntas:¿de qué manera se ha solicitado al Minedu que arregle esta situación? y ¿en qué tiempo debe dar una respuesta? o se tendrá que esperar años como se viene esperando hasta ahora?

      • Profculla. El pedido es que se aplique una sola ley y que no haya diferencia de trato entre encargados y titulares. Nosotros cumplimos con detectar el problema y denunciarlo. El resto le corresponde al ejecutivo. Saludos

  • Sr.Hugo soy docente de VI escala y desde octubre 2016 hasta la fecha estoy asumiendo una encargatura por licencia por salud de mes en mes.
    No me deberian reconocer al menos mis horas trabajadas. Ya q trabaje hasta en mis vacaciones . Me han dado solo adicional de 140 en un mes en otro 95.

    O es que por lo qs licencia no me revonocen el pago.Graciad por su respuesta.

  • Dr. Hugo, Le saludo cordialmente.
    Soy extrabajador contratado en plaza docente y fui destacado el 2016 para laborar en una UGEL, en el cargo de Racionalizador, finalizando este vinculo laboral el 31/12/2016, pero por necesidad de servicio me llaman para seguir laborando enero y febrero del 2017 en el mismo cargo, el 17 de enero de año en curso me designan como presidente de la comisión de adjudicación docente 2017, con acto resolutivo, pero para ejercer dicho cargo me encargan las funciones de la Oficina de Planeamiento y de desarrollo organizacional (AGI), el 26 de enero, TECNICAMENTE este vinculo termina el 28 de febrero puesto que terminan mis vacaciones y en tanto el 1 de marzo me adjudican en un plaza docente en una I.E. de la jurisdicción y sigo ejerciendo los cargos mencionados pero no hay ningun documento en la cual me destacan a la UGEL, y tan poco hay un documento en la cual nuevamente me consignan las funciones de AGI y de presidente de la comisión de contratación 2017.

    ESTIMADO DR. según lo planteado se a omitido algún proceso administrativo.

    • Britaldo Lo que debe hacer es solicitar los certificados de desempeño de cargos que ha tenido en estos últimos tiempos. Es importante porque las resoluciones de contrato parece dicen otra cosa y usted necesita resguardarse. Igual tendría que ser con lo que actualmente le están encargando. Saludos

  • Esta es la respuesta del MINEDU a la consulta del pago de encargaturas.
    Estimado Prof. Ernesto, buenas tardes:

    Para el pago de las encargaturas a los profesores comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial, de acurdo a lo que establece la Ley de Presupuesto 2017, se toma como referencia las asignaciones por cargo otorgadas en el régimen laboral de procedencia del profesor.

    La precisión señalada en el citado oficio múltiple es para aquellos profesores nombrados en los concursos de nombramiento (a partir de marzo 2016) bajo los alcances de la Ley de Reforma Magisterial (ellos no provienen de la Ley 24029 ni de la Ley 29062).

    El oficio múltiple está dirigido para los técnicos y responsables de planillas a través de su Director (de UGEL o de DRE), quienes son los que entienden los códigos de haberes y las especificaciones técnicas.

    Atentamente

    ESPECIALISTA MINEDU

  • Dr. deseo consultar respecto a una acción administrativa del año 2004 y 2005, cuando se creó un a Institución Educativa, sin embargo la UGEL no expidió resolución de encargatura de Dirección, solicito su apoyo con la norma que indica que una IE no puede funcionar si no hay un director encargado o nombrado. Gracias de antemano

    • Oscar. No conozco suficientemente el caso que narra. Ignoro que haya norma que especifique lo que dice. Si puede haber instituciones donde el director no está formalmente designado y la institución funciona. Claro que debe regularizarse esa situación pues sino hay problemas con los certificados, actas, etc. Saludos

  • DR HUGO BUENAS NOCHES.
    DE ACUERDO A LA RVM Nª 076-2015 SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LAS ENCARGATURAS DE DIRECCION. MI PERSONA NO PUDO ACCEDER A DICHA EVALUACIÓN POR ESTAR EN LA 3 ERA ESCALA.
    LA DRE PUBLICO 19 PLAZAS PARA ENCARGATURAS Y SOLO SE PRESENTARON 9 DE LA 4TA ESCALA, QUEDANDO 10 PLAZAS.
    EN EL NUMERAL 7.18 DICE QUE LAS PLAZAS DESIERTAS SERAN CUBIERTAS EXCEPCIONALMENTE CON PROFESORES QUE SE ENCUENTREN UBICADOS EN LA TERCERA, SEGUNDA O PRIMERA ESCALA EVALUADOS DE ACUERDO AL NUMERAL 6.4. DR. HUGO DE ACUERO A LOS NUMERALES MENCIONADOS MI PERSONA PUEDE ACCEDER A UNA PLAZA DIRECTIVA?. NECESITO QUE ME ORIENTE POR FAVOR. LE AGRADEZCO SU APOYO.

  • Dr. Hugo
    Me gustaría saber porque es la diferencia en el pago de las encargaturas de dirección entre un docente que perteneció a la carrera publica magisterial y otro de la ley del profesorado,tengo 2 colegas que están en el III nivel a una de ellas le paga S/160 soles y a la otra docente S/600. soles ¿Por que esa diferencia si ambos docentes estan en la misma ley? gracias por su respuesta

  • Me gustaría saber quienes son considerados coordinadores del sector educación. Existen aquellos que perciben un sueldo pero los que no perciben un sueldo pero igual asumen las funciones de ser coordinadores por ejemplo de TOE son considerados también coordinadores del sector educación. Cuál sería la diferencia en ventaja o desventaja para postular a una plaza en donde solicitan coordinadores en el sector educación …tienen igual peso los coordinadores de gestión del riesgo, TOE, etc. ya que éstos son designados con resolución directoral institucional.

  • DR HUGO BUENAS NOCHES PAR CONSULTARLE COMO SERÀ EL PROCESO DE ENCARGATURAS PARA EL 2017 DE ACUERDO A LA R.V Nª076-2015, OFICIO MULT. 093-2016 MINEDU,OFICIO 048-2015 MINEDU , OFICIO MULT. 043-2015 MINEDU.
    *EL ANEXO 01 PARA QUIÈNES ESTA DIRIGIDO ESTA EVALUACION DE DESEMPEÑO.
    *SE TOMARÀ EN CUENTA LAS ESCALAS.
    * EN LA PRIMERA FASE SE DESIGNÒ A TODAS LAS DIRECTORAS.SOBRANDO PLAZAS.
    ES POR ELLO QUE HAN CONVOCADO A CONCURSO DE ENCARGATURAS PARA DIRECCION.

  • Mi consulta es: con las modificaciones realizadas ayer a la ley: -Ya se sabe a cuánto asciende el aumento por escala?
    – se pagará las encargaturas de asesorías por 40 horas como debe ser, o se le seguirá asignando los 2 soles y céntimos?.
    Gracias por su atención.

    • Rosario. El Ministerio ha propuesto que la diferencia entre la I y VIII escala sea de 2.1 y además propuso una diferenciación entre escalas. Lo que no estoy totalmente seguro es que los porcentajes de aumento escala por escala sean los mismos propuestos. Debemos esperar unos tres o cuatro días que salga el texto oficial aprobado. Lo que todavía subsistirá el 2017 es el pago de encargaturas con los problemas que ahora tiene. Saludos

  • Dr. Buenas noches y gracias por su respuesta por favor tengo otra duda en el Of. 098 que norma el pago por encargatura de dirección menciona que los docentes de I.E Unidocentes y Secundaria percibirán una asignación por jornada de trabajo adicional pero están afectos a un 65% a cargas sociales, esto se aplicará al monto total a recibir durante el año o este 65% se aplicara por cada mes.

  • Dr. digame en el caso del documento OFICIO MULTIPLE N°098-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN del 29 de diciembre del 2016 sobre pago por encargatura de direccion , me puede esplicar sobre ls unidocentes que hemos acendido recien en el examen del año 2014 . tenemos derecho a pago por esa funcion. Yo estoy en la IV escala y tengo encargatura de funciones de direccion , mi plaza es de 30 horas, ESTA ENCARGTURA LA TENGO DESDE EL AÑO 2002 y nunca percibi remuneracion alguna por esta función. Gracias.

    • Patricia. La norma parte del principio de que su escuela es de maestro único, por tanto usted es el docente que por ser único también adquiere las funciones de director. Lo que le dan son otras bonificaciones pero no la de directivo pues para ser directivo se requiere que tenga mando sobre otro personal y eso no sucede Saludos

  • Mi estimado Sr Hugo Díaz el caso que comenta el Sr Jorge Pedro es similar a mi caso pese a haber cumplido mi funciones correctamente el año 2016 el director recién hizo mi ficha de evaluación cuando presente un documento de reatificacion puesto que el mismo director ya me había elaborado una ficha favorable 18 puntos de 20 como docente fortaleza y tener acta de reuniones colegiadas de los docentes de mi área de mi especialidad CTA Y AL impugnar esa ficha me amenazan con igual desaprobarme en el CONEI. Los docentes merecemos respeto tenemos ética profesional cosa que no demuestran muchos directores nuevos que saben que si se les denuncian quedan bien librados y los que no los procesos durán cerca a 2 años o más de seguimiento constante en la UGEL .Los directores son los primeros en avatar la normas pero cuando no quieren a un docente que les sea más “manejable” optan por ponerlo a él y responden ,”si quiere denuncieme”. Donde esta el Líder Pedagógico el Clima Institucional donde hay una oficina que dirima soluciones rápidas ante el peso de las normas que los directores no quieren cumplir para adueñarse de la institucion e imponer sus ideas sin por ninguna crítica. Lástima que no pueda llevarme bien con una persona que abusa de otras y por temor se quedan calladas es lo que busca el gobierno mantenernos en letargo en pacto de hablar a media voz. Al igual a los padres queque quieren poner a sus hijos en colegios emblemáticos los directores ponen las condiciones de Matricula sin ton ni son como alumno destacado o deportista. La carrera docente no es p
    ara buscar quedar bien con el director si no es crítico que va a enseñar a sus alumnos que acepte sumiso al superior el querer halagarlo y decirle si a todo. Exijo un explicacion por que al igual que otras carreras somos profesionales y nos avala únicamente nuestro trabajo pese al bajo sueldo que recibimos Muchas gracias.

    • Juan. Lamentablemente es el cuerpo de directores y de docentes que tenemos con el cual no hemos trabajado suficiente para que puedan desempeñar mejor sus tareas. Estas cosas van a seguir pasando en la medida en que no hagamos mayores esfuerzos de formación y capacitación, así como identifiquemos un mecanismo de seguimiento de las actividades de cada quien. Como ice, no basta ver el cumplimiento de la norma sino la justicia y oportunidad en la que se aplica. Saludos

  • Dr. Hugo, previo saludo le deseo hacer conocer la injusticia que estoy viviendo en la institución donde estuve encargado como jefe de laboratorio con IV escala de la CPM en otra I.E. según la 076-2015 – MINEDU, resulta que la Dirección no cumplió dicha norma para la ratificación de ancargaturas para el año 2017, el suscrito no fue ratificado ni hubo evaluación de desempeño hasta fines de diciembre y según el Director todo documento me sería desfavorable nada más por no haber puesto S/. 125,00 para el festejo de la fiesta de la inmaculada concepción, a pesar que era de conocimiento del director mediante una solicitud desde junio 2016 por mi religión, y hasta el momento no desea entregarme tampoco la ficha de evaluación de desempeño, y por la actitud que tomó el sr. Director es un abuso de autoridad, dígame que hago.

    • Jorge Pedro. Situación difícil la que pasa. Siempre hay que tratar de llevarse bien con el director por ser la primera autoridad de la institución. Trate de hacerlo de lo contrario es difícil que pueda superar problemas como el que cuenta. Saludos

  • buenas tardes que el director de I.E. a sido separado del cargo mientras se decida si apertura o no proceso disciplinario y puesto a disoosiicon de la UGE este director puede encargar la direcion al prodfesor de su elccion, y si se le parturo proceso subsiste la encargatura dejada por el , esta disignacion a causado malestar en la comunidad educativa tanto profesores como docentes no estan de a cuerdo, es procedente esta designacion
    me puede dar respuesta.

    • Edilberto. No conozco suficientemente el caso. Supongo que será una emergencia para no dejar el cargo sin cubrir temporalmente. En todo caso ustedes pueden solicitar a la Ugel que les explique oficialmente los criterios de tal decisión. Saludos

      • Tenga usted buenas tardes, le consulto si soy un docente de EBA donde todos los docentes son contratados y tenemos en el CEBA 5 secciones de ciclo avanzado al asumir la encargatura de la dirección me asiste o no trabajar solo doce horas en aula según la norma para el año lectivo 2017 o por ser contratado no me asiste, otra mas cual sería la norma con que me ampararía para reclamar mis derechos si es que lo tengo.

  • DR. HUGO DIAZ. ANTE TODO QUE EL AÑO 2017 SEA MUCHO MEJOR EN TODO ASPECTO PARA SU PERSONA.
    APARTE DE ESO SI ES VERDAD O NO QUE EL DECRETO SUPREMO 370-2016 ES PARA PAGAR LAS ENCARGATURAS DE LOS PROFESORES QUE PROVIENEN DE LA LEY DEL PROFESORADO EN IGUAL MONTO QUE LOS PROFESORES QUE PROVIENEN DE LA LEY CPM. ES UNA INCERTIDUMBRE TOTAL.
    POR FAVOR SI PUDIERA AVERIGUAR PARA SABER A QUE ATENERNOS EN ESTE 2017.

  • En el colegio donde laboro han elegido a asesores en asamblea por votación sin respetar la meritocracia de los docentes de IV y III escala aduciendo que no han cumplido bien sus funciones. Está bien ese proceder son los maestros quienes deben evaluar la performance de los jerarquicos y no los directivos? ¿Qué dice la ley al respecto?

  • Doctor hugo buenas tardes, soy director encargado de una i.e. de la ugel cajamarca y he ganado recientemente el concurso de especialistas de secundaria en otra ugel y quería saber cual es el procedimiento a seguir para dejar mi puesto actual y pasar al puesto de especialista de ed. secundaria

  • Dr. Hugo Buenas noches, soy docente con tercer nivel de la escala magisterial, con 30 horas pedag. En un CETPRO de la UGEL 4, que no tiene plaza de dirección, por tener solo 4 secciones, motivo por lo que asumí la encargatura de direccón por funciones con RD desde mayo al 31 de diciembre 2016, por lo que a pesar de trabajar 40 horas cronológicas, solo adicionaron a mi sueldo de 30 horas pedag. una boleta de pago por S/.165.00. Eso no es todo, se me propone continuar con la encargatura a partir de e ero. Mis preguntas son:
    1.- Tendré algún reitegro que cobrar por la encargatura 2016?
    2.- Me pagarán un sueldo adicional al que me corresponde por mis vacaciones de enero y febrero como docente?
    Gracias por su tiempo en responder mis preguntas..

  • DR. HUGO DIAZ. POR FAVOR UD. QUE TIENE MAS CERCANIA CON EL MINEDU AVERIGUE SI ESTE DECRETO SUPREMO TAMBIEN ES PARA LAS ENCARGATURAS QUE PROVENIMOS DE LA LEY DEL PROFESORADO. OJALA CON LA NUEVA MINISTRA QUE ES UNA EDUCADORA SE HAGA JUSTICIA. SI ES ASI SOLO ESPERARIAMOS LOS DEVENGADOS DE LO ADEUDADO.

  • Doctor Hugo, ha salido esto ayer, me gustaría saber si es para el pago de encargaturas a los que proceden de la Ley del Profesorado.
    Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de encargaturas en cargos jerárquicos, directivos y de especialistas en educación. DECRETO SUPREMO Nº 370-2016-EF.
    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.

  • bUEN dia , quisiera que resuelva mi duda por favor, soy docente contratado, cubro la licencia de un docente de provincia, que gano concurso publico para director en Lima, el tema es que a pesar que en mi resolucion de contrato por la ugel menciona la plaza que tengo que cubrir, hay una docente nombrada en la I.E. donde laboro que desea coger justo el aula donde yo estoy laborando, amparandose que ella es nombrada y yo como contratado debo ceder mi aula y cambiar con el de ella.
    por favor agradecere cualquier ayuda, con base o sustento legal. gracias.

  • Doctor quisiera saber si e Ministro ya presentó los cambios que se hará a la Ley de Reforma magisterial. Nos dicen que la educación será prioridad en el Gobierno de PPK pero veo la misma lentitud que con Humala. Espero que el aumento se haga desde enero y no desde marzo y que sea unos 300 soles. Pero seguiremos esperando. Gracias por su respuesta.

  • buenas tardes señores del ministerio mi consulta es la siguiente: necesito saber si se va a pagar a los docentes que nos nombramos el 2016 por encargatura de direccion, ya que tenemos conocimiento de que los docentes que que se nombraron anteriormente vienen cobrando por encargatura. soy docente del nivel inicial en una institucioon unidocente. Gracias

  • Soy docente de educación primaria el año pasado me sacan por excedencia y lo dejan a la directora designada, sabiendo que en una plaza unidocente una directora no puede desempeñarse pero sin embargo hasta la fecha lo mantienen, lo apelé a la autoridad superior, donde sale el fallo de retrotraer el proceso la UGEL se niega en dar cumplimiento a donde puedo presentar mi queja. frente a la irregularidad de los funcionarios de la UGEL. ya que estos señores me están maltratando psicologicamente y moralmente, espero sus alcances.

  • Dr. Actualmente estoy en una encargatura de Dirección, y según la R.M. 572-2015, que norma los encargos. señala que en el mes de noviembre se puede postular a la renovación en el cargo. Sin embargo, la plaza que ocupo ha salido para el presente concurso de directivos. En este caso, ¿queda sin efecto la 572? o en todo caso ¿puedo tener una prioridad en en dicho concurso en la elección de dicha plaza?

  • Soy docente del nivel secundaria. Cuento con 26 años de servicios oficiales y estoy en la VI escala magisterial, desde diciembre del 2014.Pienso cesar -Dios mediante- dentro de 03 años. Mi pregunta es la siguiente: Como cesante, ¿cuánto ganaría aproximadamente? El problema es que me faltan muchos años para llegar a los 65 años que obliga la ley actual. Un abrazo y muy agradecida por su pronta respuesta Dr. Díaz

    • Karito. El problema suyo es el que define el calculo de la pensión. Es decir, que la función se calcula en función e cuantos años le faltan para llegar a los 65. Si le faltan muchos saldrá perjudicado, con una pensión relativamente baja. Saludos

  • Buenos días Doctor Hugo,hoy me adjudicarán la plaza por encargatura de subdirección,ya que la subdirectora ganadora del concurso cumplio 65 años.Que consejos me daría para desempeñar bien el cargo, además quisiera saber si me pagarán un monto adicional.Estoy en la V escala pero no tengo experiencia alguna. Muchas gracias por su atención.

  • Doc. Hugo una consulta, un docente de aula de innovación gano el concurso de jefe de Gestión Pedagógica, pertenece a la UGEL CUSCO, y gano el concurso para la UGEL CALCA, es obligatorio que solicite licencia por desiganación de cargo, por que la profesora que le esta reemplazo en su institucion hasta la fecha no cobra sus remuneraciones desde el 01 de Agosto.

  • Dr Hugo buenas noches, soy jefe(e) de laboratorio con una jornada de 40 horas y 12 horas de dictado de clases en 5to año. Con las horas adicionales el director a dispuesto que yo me encargue de realizar la nivelación en 2do año, pues dice que todos los profesores tienen que realizar esa tarea. Esta dentro de mis funciones realizar esa labor?. Muchas gracias

  • Dr. GRACIAS X SU RESPUESTA…. LA VERDAD ES Q TODOS NOS PREGUNTAMOS PARA CUANDO NOS PAGAN LAS ENCARGATURAS PUES GENERA MUCHOS GASTOS CUANDO QUEREMOS ASUMIR DE MANERA RESPONSABLE Y DEDICADA X FAVOR YA Q USTED TIENE CIERTA CERCANÍA CON EL MINISTERIO, RECUERDELESDE ESTA DEUDA. GRACIAS

  • DR. HUGO. QUISIERA SABER ASI COMO MUCHOS DOCENTES QUE ESTAMOS EN LA MISMA SITUACION SI AVERIGUO ALGO SOBRE NUESTRO PAGO A LOS PROFESORES ENCARGADOS DE JEFATURAS DE LABORATORIO, EN EL ULTIMO DE LOS CASOS QUE PASO SOBRE LA BONIFICACION DE 300 SOLES QUE SALIO EN MAYO DEL 2016 Y HASTA AHORA NO SE HACE EFECTIVO.
    YA SI UD ,QUE ES PRESIDENTE DEL CNE, NO PUEDE INTERCEDER POR NOSOTROS, NO PODEMOS ESPERAR MUCHO DE ESTE NUEVO GOBIERNO.

  • Dr. se puede renunciar a una encargatura de dirección que solo es por funciones y mas no es remunerado? le digo esto ya que me esta ocasionando mucho gasto y demanda tiempo que puedo aprovecharlo para otro trabajo… gracias por su respuesta…

  • Doctor Hugo buenos días, Dios mediante muchas bendiciones. Soy Subdirectora de una IE primaria,el Director gano la convocatoria para direcciones de UGELs convocado por minedu que asumieron el 1 de agosto. Me apersono a jefatura de personal de la UGEL Puno y me dicen que no me corresponde la dirección por que hay un rankig de diciembre 2015 que prevalece de donde designan la directores por renuncia. Es so vàlido. Gracias por su asesorìa.

    • LO que se busca aplicar ahora es que las plazas sean asumidas por concurso de mérito. Posiblemente en Puno lo que hubo es profesores que aprobaron el concurso para ser directores y no hubo plaza. Ahora les están asignando una. Saludos

  • Doctor me nombre en una I.E unidocente y cumplo mis funciones el 1 de marzo del 2016. Y hasta la fecha no percibo por encargatura de dirección pese a que ya tengo la resoluciòn por 40 horas cronológicas. ¿qué debo hacer o a quién recurro para ver este asunto? gracias por su respuesta.

  • somos un grupo de profesoras unidocentes con resolución de direccion la mayoria pasamos de 30 años de servicio pero nos falta todavis para jubilarnos y hasta el mes de mayo nos estuvieron pagando por 40 horas y desde el mes de junio nos han bajado a 30 horas y en nuestra boleta de pago figuramos ya como profesores no entiendo porque han hecho eso si las responzabilidades son mayores no me parece justo lo peor es que la ley especifica que nosotros debemos seguir percibiendo por lo menos las adicionales pero sin embargo no nos pagan ni adiciolnales me podrisa ud explicar donde hago mi queja porque presentamos a la ugel norte y nadie nos da una respuesta indicada , pienso que no deben atropellar ni vulnerar nuestros derechos en vez de aumentarnos nos descuentan, no se si el ministro podria vivr con ese sueldo tan pauperrimo que nos pagan y se dice que es el que nos va a mejorar que gamamos mas de dos mil soles falso nosotros ganamos 1,200 soles con carga familiar pienso que este es un atropello a la dignidad del maestro. deberia ponerse en nuestros zapatos donde podemos hacer el reclamo respectivo por favor,y otra consultita nosotras somos maestras que comenzamos a laborar en instituciones alojadas y que hemos hecho gestión primero por conseguir terrenos para muestras instituciones educativas , luego las construcciones e implementaciòn de nuestras aulas que estan mejor que un colegio particular no hay un estimulo por estas gestiones si ud va a nuestras instituciones se va asombrar que podemos gestionar por lo menos para una resolución de felicitación esto es lo que debe evaluar el ministro la gestiòn porque no se preocupa por averiguar de estos profesores que en su mayoria ya somos de edad solo falta que nos saquen por viejos, por lo menos deberian cesarnos con dignidad muchas gracias espero su respuesta.

    • Salome. Me parece justa su indignación. No pueden recortar los sueldos sin una explicación, además que legalmente es discutible. Creo que deberían reclamar explicando claramente su caso y presentando las evidencias del recorte del sueldo. Les aconsejo hacerlo no solo ante la UGEL , el Minedu. También ante la Defensora del Pueblo y ante Servir de la Oficina del Primer Ministro. Saludos

  • Doctor buenos dias una consulta
    Soy nombrada en una IE unidocente aun no me pagan por encargatura de direccion pese a que tengo una resolucion en el indica afectese en el presupuesto fiscal ley N# 30372 al consultar en mi UGEL me indican que no esta normado y estamos afectadas como 16 docentes nombradas en el 2015 pero a otras docentes que se nombraron en unidocente con la carrera publica les hacen un pago de 260.00 s/ en forma mensual muy aparte de su RIM, quisiera saber por que la discriminacion a las nuevas nombradas y por favor alguna normativa que me sirva para poder sustentar mi reclamo gracias

    • Yen. Lo que sucede es que se saca´una norma que decía que a los profesores de la ley del profesorado mientras sean encargados se les paga como si estuviesen en esa ley.y en ese caso no hay bonificación por cargo directivo. Una de las cosas que se demanda al Minedu es eliminar las dos leyes anteriores y pagar de acuerdo a la nueva ley. Saludos

  • estimado hugo solicitarlo ante la UGEL o ante el MINEDU, desearia saber si estos documentos alcanzan a mi persona hoy III nivel proveniente de la ley del profesorado coordinador de tutoria…agradecere su amable respuesta

  • DR. HUGO. LO QUE LE MENCIONA LA PROFESORA VICTORIA EN CUANTO A DS. 120-2016 EXISTE DADO EN MAYO O JUNIO DE ESTE AÑO, PERO NADIE DEL MINISTERIO LO HACE EFECTIVO. UD. PODRIA INTERCEDER POR ESTE MONTO DE S/. 300 QUE MENCIONA EL DOCUMENTO ( AUNQUE ESTE MONTO NO ES LO JUSTO) O CUANDO SE HARA EFECTIVA. ESPERAMOS SU RESPUESTA POSITIVA.

  • Dr. buenas noches como le escribe anteriormente hay un DS 120-2016-EF, que dispone el pago por encargaturas en plazas jerárquicas de I.E de 300 nuevos soles publicado en el diario oficial EL PERUANO el día 17 de Mayo . mi pregunta es por que no se ha hecho efectivo el pago en Junio, por según la parte final de dicho decreto, este debe entrar en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial el EL PERUANO, por favor Dr. le pido que indague en el MINEDU, al respecto de esta inquietud

  • estimado Hugo respecto al reconocimiento por diferenciacion de horas a los docentes que estamos en cargos jerarquicos de 40 horas por encargatura visto años anteriores se viene cometiendo la injusticia de no reconocer este derecho remunerativo a los que provenimos de la ley del profesorado haciendo mi consulta a MINEDU este año me enviaron dos oficios multiples el Nº 051-2015 del 23/12/15 y el Nº 004-2015 del 21/01/15, y desearia saber su opinion si es que con ello este año si puedo acceder a este derecho discriminativo…le agradecer muchisimo su respuesta..

  • Dr.Hugo buenas noches soy docente con el V nivel en mi I.E estaba vacante la plaza de subdirección esta libre porque el subdirector nombrado tiene ha cargo la dirección de la ugel, su esposa que es la jefa de laboratorio se le encarga la subdirección estando en el IV nivel y a mi me encargan la jefatura de laboratorio .Quiero saber si es justo que me paguen por la encargatura la suma de S/ 2,60 , tengo entendido que para encargar una plaza directiva es por nivel o estoy equivocada, de ser así el director de la Ugel esta cometiendo un abuso de autoridad . Gracias por sus respuestas

  • Dr reciba mi saludo a la distancia. Que podemos hacer frente al oficio 035-2013 sobre el pago a las encargaturas de dirección porque en mi UGEL solo estan pagando 165 nuevos soles. legalmente que podemos hacer. gracias de antemano por su deferencia.

  • Dr. Hugo
    Previo saludo, quiero consultarle acerca de la publicidad que dice: que el Ministerio convoca para acceso a cargos de Directores de las Instituciones Educativas y especialistas de la DRE y UGELs, cuan cierto es esta? ya que no encuentro norma alguna de la convocatoria.
    Gracias por su rpta.
    Atte,
    Prof. Laquise

  • USTED QUE TIENE MAS CERCANÍA A LAS AUTORIDADES DEL MINEDU HA COMENTADO ESTA INJUSTICIA QUE SE ESTA COMETIENDO CON LAS ENCARGATURAS. PARA EL PRÓXIMO AÑO 2017 OJALA NO SE DE ESTA INJUSTICIA. Y DESPUES LAS AUTORIDADES NO QUIEREN PROTESTAS.
    GRACIAS.

  • Dr. buenas noches mi consulta es fui nombrada como directora con 40 horas en unidocente en el año 2001 luego me reasigne a una plaza de 30 el 2014 donde me salio una resolución quedando sin efecto con dos resoluciones en ese mismo año. Para el año siguiente 2015 sin resolución me dijeron que yo ya estuve reasignadas con 30 horas y no mediero ninguna resolución, asen di a la III escala magisterial donde me piden mi informe confesionario y menciona que sigo de directora con 40 horas ese mismo año sale la resolución de asenso con 30 horas mi pregunta es esta bien este procedimiento

  • Buenos Dias Dr. Hugo, escribiéndole nuevamente, quiero hacerle una consulta, una colega del I.E, San Jose-Chiclayo me ha informado que el MINEDU ha aprobado una disposición para el pago de encargaturas del personal jerárquico de II.EE, equivalente a S/. 300.00 para todos los docentes, eliminando así la discriminación que existía entre los docentes encargados de la 29062 y la 24029, por favor si me pudiera confirmar esta situación Dr Hugo espero su respuesta pronto,

  • Doctor Hugo,tengo una inquietud referente a la evaluación de directores de ugel asi como de jefes de AGP,es un proceso que se viene dando y ya esta en un avance del 50%, quisera saber cuando se dará para los especialistas de primaria y secundaria en las UGELs del pais,ya que tengo entendido que se dará una bonificacion adicional por ser especialistas cuando ganen por concurso,por lo que mi pregunta es cuando el Ministerio de Educación tiene un concurso programdo solo para especialistas en el nivel primario y secundario de las Ugeles del pais, o es que ya no se realizará dicho concurso.
    Gracias por su respuesta.

  • Dr. buenas tardes tengo una consulta este año tengo la encargatura de laboratorio de 40 horas pero el pago adicional es de 2,80 a pesar que ya estoy en la 3era escala, di el examen de ascenso en el 2014, me podría explicar por que no me pagan como los demas

  • dr. deseo saber su opinión al documento que estoy presentando
    Que habiendo sido notificado -15.ABR.2016- con el Oficio N° 994-PER-AAD-D-UGEL.T-DRSET/GOB.REG.TACNA del 13.ABR.2016 (Anexo 02), donde señala entre otros puntos que; “le corresponde los pagos de acuerdo al Oficio Mult. Nº 051-2015-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DITD”, documento por el cual solicité consulta sobre el pago que debería recibir como Director encargado, y al no estar conforme con dicha respuesta y de conformidad al Art.209 de la Ley Nro. 27444, Ley del Procedimiento administrativo General, interpongo RECURSO DE APELACIÓN contra el Oficio N° 994-PER-AAD-D-UGEL.T-DRSET/GOB.REG.TACNA, a fin de que el superior jerárquico, Revoque el Oficio impugnado y Reformándolo declare procedente mi pedido sobre pago por concepto de encargatura de Dirección, y se me remunere de acuerdo a las 40 horas cronológicas que vengo laborando como Director de la I.E. “Simón Bolívar”.

    Sustento mi impugnación en los Fundamentos Fácticos y Jurídicos, que seguidamente paso a exponer:

    II. FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA:
    1. Que en diciembre del año 2015, el suscrito ha participado de una convocatoria (concurso) realizada por la Ugel Tacna, en base a la R.V.M. 076-2015-MINEDU, la misma que norma el Proceso de selección para encargo de plazas vacantes de cargos directivos, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial. Adjunto copia de publicación de relación de postulantes y calificación de expedientes, publicado en la página webb de la Ugel Tacna. (Anexo 03)
    2. Que como producto de dicha convocatoria, el suscrito ha sido designado mediante Resolución Directoral N° 001411 (Anexo 04), como Director de la I.E. “Simón Bolivar” desde el 3 de marzo del 2016 y hasta el 31 de diciembre del 2016, toda vez que el director que conducía dicha institución educativa, postulo a una plaza de Director de la ciudad de Arequipa que actualmente viene trabajando, en consecuencia la plaza de director de IE. Simón Bolivar se encontraba libre, es decir, con sus presupuestos completos.
    3. El suscrito viene laborando a la actualidad, como director encargado de la I.E. “Simón Bolívar”, con 40 horas de labor cronológica, tal y como lo señala la R.D. emitida por la UGEL – Tacna; empero, el pago que recibo es sólo como docente de 28 horas una remuneración de S/.1,860.01(Anexo 05). y adicionalmente como director encargado un monto de S/.167.46(Anexo 06).
    4. Que, se ha efectuado la consulta respectiva la instancia superior sobre el pago que vengo recibiendo, dándome la respuesta que, por ser un cargo de encargatura (temporal) de dirección, corresponde un sueldo conforme se ha fijado mediante el Oficio Múltiple N° 051-2015-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DITD; empero, en aplicación al Principio de la primacía de la realidad, que es un principio propio del Derecho del Trabajador, establece que “en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que fluye de los documentos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos…” (STC N° 1944-2002-AA/TC).
    5. Aplicando al caso concreto otro principio del derecho del trabajador, el principio protector que se manifiesta en tres reglas: Regla In dubio pro operario, que es aplicación de la norma más favorable y aplicación de la condición más favorable al trabajador; requiere en cada uno de los supuestos que exista una duda en cuanto al derecho que se discute; a) en la regla in dubio pro operario, la duda trata en cuanto a la interpretación de la norma; b) en la regla de la aplicación de la norma más favorable, la duda consiste en determinar ¿cuál es la norma que corresponde aplicar?; c) y en cuanto a la aplicación de la condición más favorable, lo que está en duda es determinar si se aplica la nueva condición de trabajo o la derogada.
    6. Bajo el mismo sentido, el principio de la primacía de la realidad también implica la existencia de una duda, pero esta trata, respecto si es válido lo que figura en los documentos, o lo que se ha constatado en la realidad, por lo tanto, solo puede aplicarse el principio de la primacía de la realidad, siempre que se haya verificado plena y fehacientemente lo que ocurrió en los hechos, y si estos hechos verificados son contrarios a lo que fluye de los documentos presentados.
    7. En el caso concreto del suscrito, se puede evidenciar el cumplimiento de la jornada laboral diaria de 8 horas diarias (40 horas semanales), con el cuaderno de asistencia diario que se encuentra en la Institución Educativa (Anexo 07, Anexo 08, Anexo 09, Anexo 10); sin embargo, la remuneración que recibo no corresponde a las 40 horas cronológicas, sino a 28 horas pedagógicas. Vale decir, que mientras laboro 8 horas diarias sólo se me está remunerando por 4 horas con 12 minutos diarios. La prueba en este caso están en las boletas de pago (Anexos 5 y 6) descritas en el punto 3.
    8. Que, Ministerio de Educación ha elaborado el siguiente cuadro para las remuneraciones de los directores que han aprobado el concurso.

    Director designado:

    CARGO ESCALA REMUNERACION (de acuerdo a Tabla) BONIFICACION
    DIRECTOR POR 40 HORAS CRONOLO-GICAS IV 2902.48 (sin descuentos) S/.600.00
    Fuente: Remuneración íntegra y mensual (RIM) según escala y jornada de Trabajo. (Anexo 11)

    Director encargado: (caso del suscrito)
    CARGO ESCALA REMUNERACION
    (la misma de docente) BONIFICACION
    DIRECTOR Encargado POR 40 HORAS CRONOLO-GICAS IV 1860.01 S/.167.46

    Como se puede advertir, Ministerio de Educación ha fijado para los docentes que se desempeñen como directores, una remuneración de acuerdo a la escala y la jornada de trabajo, en el caso concreto, no se aplica dicha tabla, la UGEL Tacna, solo justifica el cumplimiento de un Oficio que no tiene fundamentos que justifiquen, la cual no tiene nivel de norma para fijar un salario (indigno) de encargatura de Director que actualmente percibo.
    9. Que, la desnaturalización de mi cargo como director encargado de una Institución Educativa de la Ugel Tacna, contraviene la norma constitucional de igualdad de trato ante la Ley , la cual es un derecho fundamental exigible, ya que considero un trato diferente (discriminatorio) a los demás directores que ha sido designado con el nuevo cargo, en el presente caso considero un trato indigno e discriminatorio que recibo de parte de una entidad del Estado, toda vez que la UGEL-TACNA, pretende justificar recortando mis haberes, aduciendo que Ministerio de Educación ha fijado mediante un documento “Oficio” la cual no tiene sustento legal; no obstante que en la Resolución Directoral Nro. 001411, que señala como datos de la plaza a encargar:
    NIVEL Y/O MODALIDAD : EDUCACION BASICA REGULAR
    INSTITUCION EDUCATIVA : Simón Bolívar – Ciudad Nueva
    CODIGO DE PLAZA : 112121421125
    CARGO : DIRECTOR
    JORNADA LABORAR : 40 HORAS CRONOLÓGICAS
    VIGENCIA : Desde 03/03/2016 hasta 31/12/2016.
    10. Que ante los argumentos descritos en el presente documento, solicito que sea elevado la instancia superior, mi apelación y con mejor criterio evalúen mi pedido de pago de mis haberes como Director de una Institución Educativa que vengo desempeñando actualmente, y disponga a revoque el Oficio N° 994-PER-AAD-D-UGEL.T-DRSET/GOB.REG.TACNA. Por considerar trato indigno al no respetar el cuadro de mérito del concurso que ha organizado Ministerio de Educación.

    III. FUNDAMENTOS JURIDICOS:
    1. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, establece en su artículo XIV respecto al derecho a la remuneración:
    “Artículo XIV. Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones dignas y a seguir libremente su vocación en cuanto lo permitan las oportunidades existentes de empleo.
    Toda persona que trabaja tiene derecho a recibir una remuneración que, en relación con su capacidad y destreza le asegure un nivel de vida conveniente para sí misma y su familia”.
    2. El Convenio 95, sobre Protección del Salario, establece las garantías de protección del salario ya pactado previamente con un empleador y dentro del desenvolvimiento de la relación laboral.
    3. Art. 1 de la Constitución, referente a la Dignidad Humana.
    4. Art. 2 Num. 2 de la Constitución, referente a igualdad ante la ley.
    5. Art. 23º de la Constitución referente a la garantía de la retribución de la remuneración o, dicho en otros términos, la proscripción del trabajo gratuito, que: “nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento”. El punto inicial para la determinación del derecho fundamental a la remuneración en nuestra Constitución se manifiesta en el reconocimiento de su carácter retributivo, estableciendo, de esta forma, “una vinculación directa entre la remuneración y el servicio prestado”.
    6. Art. 26° de la Constitución que señala; En la relación laboral se respetan los siguientes principios:
    a.) Igualdad de oportunidades sin discriminación.
    b) Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
    c) Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el
    sentido de una norma.

    • Javier. El ministerio no viene pagando como se debe por encargaras. Sin embargo me parece bien que haga ese reclamo. Está en su derecho. Con la CPM los encargados tenían los mismos derechos que in titular. Es lo que debería ser. Saludos

  • Saludos Dr. Hugo mi consulta es referida a la publicacion del D.S.087-2016-EF publicado el 21 de Abril del presente ,referente a una bonificación de 1500 soles por desempeñar el cargo de especialistas de educación, quisera saber si es para los que ahora se encuentran como especialistas o son para los que recien ingresen por concurso del Ministerio de Educación,ya que en el decreto especifica el pago de dicho a los que ingresen por concurso del ministerio o gobiernos regionales.
    Gracias por su repuesta.
    Saludos
    Rubén

  • En la institución el subdirector administrativo ha solicitado licencia por 2 meses sin goce de remuneraciones, la consulta es:

    a)¿ Se solicita a la UGEL cubrir la plaza con uno de los docentes que se presentaron al Concurso de Encargaturas de inicio de año?

    b) ¿Se cubre por promoción interna con el docente de mayor escala?

    c) ¿Hasta cuanto tiempo puede un directivo solicitar licencia sin goce de remuneraciones?

    Agradecidos por su respuesta.

    • Arequipeños. Un directivo o docente puede pedir licencia sin goce de haber hasta por dos años. Hay que informar a la Ugel de la licencia. Si es muy corta, como se señala, lo mas probable es que se encargue a alguien del colegio. En efecto, al docente de mayor escala. Saludos

  • El director de mi IE sale de vacaciones. El sub director asume la direccion. ¿Es correcto que la sub direccion se le encargue a un coordinador que esta en II escala solo porque es nombrado en la plaza, a pesar que hay docentes que estan en V y VI escala? Le agradezco su respuesta por anticipado.

    • Alina. Es un periodo muy corto para el que no se han establecido criterios. Además hay que preguntarse si vale la pena hacerlo. Hasta qué punto la carga de trabajo de subdirector es tan grande que hay necesidad de cubrirla por cuatro semanas? A veces el buen criterio es el mejor consejero. Saludos

  • Buenas noches, soy docente nombrada por 30 horas en una plaza unidocente de 40 horas presupuestadas, hasta febrero estuve percibiendo el pago por la diferencia de horas. ahora que las unidocentes de 40 pasan a plazas de 30. ¿Me sigue correspondiendo el pago?

  • Dr. muchas gracias por la respuesta. Me acerque a mi UGEL y me dijeron que en mi caso no sabian el regimen al cual pertenezco…puesto que hace 5 años trabajé como contratada y recien este 2016 como nombrada..como tomaran el regimen laboral al cual pertenecia?…y mi I.E. es multigrado

  • Dr. Hugo Diaz un placer saludarlo…mi consulta es la siguiente…soy docente nombrada en el ultimo concurso de nombramiento docente 2015 en una I.E. multigrado SIN presupuesto para ENCARGATURA DE DIRECCION..trabajo con otra maestra nombrada de II nivel y me dieron la Encargatura por funciones de la Dirección…ya que la docente nombrada presento problemas de malas relaciones con la comunidad…PROCEDERA EL PAGO POR ENCARGATURA DE FUNCIONES DE DIRECCION HACIA MI PERSONA? Si es asi…de cuanto será?

  • soy docente de EBA III escala magisterial,estudios de maestría culminados 2008; el 9 de marzo del pte. concursé a una jefatura de taller técnico comercial. donde me califican mi CV y se pone en resultado: NO CUMPLE CON REQUISITO ESPECIFICO Num 6.3 (6.3.1)Lit.c de RVM N° 076-2015. entonces no se me califica mi trayectoria.
    es claro que esta parte del literal de RVM-076-2015 dice ” contar con formación especializada relacionada con la gestión Institucional Pedagógica, y/o administrativa de I.E. con un mínimo de 200 horas realizadas en los últimos 5 años de acuerdo al perfil que se requiere en la plaza convocada” entonces cuento con la formación especializada(diploma de egresado maestría-mención en DOCENCIA Y GESTIÓN EDUCATIVA en el 2008). estoy siendo marginada de dicho concurso a pesar de haber presentado el reclamo el subdirector persiste q mi DIPLOMA NO ES VIGENTE. hacia donde debo dirigirme ahora para hacer valer mi derecho en participar en dicho concurso. atentamente. espero su pronta respuesta. Amanda

  • El año pasado trabaje como Coord. de TOE encargada, recibiendo 2.8 al mes por 40 horas de labor. 35 horas de TOE y 5 horas de dictado de clase. Este año tendre nuevamente el cargo de Coord. pero me dieron mi horario con el incremento de 12 horas de dictado de clase Es esto correcto?. Mi I.E. el 2015 tuvo 38 aulas y este año tiene 36. Le agradezco anticipadamente su respuesta.

  • quisiera saber si es factible crear la direccion de secundaria en un colegio dande funcionan todos los grados de 1 a 5 pero que no tiene direccion y esta funcionando con direccion de primaria ojo no es integrado pero como no tiene ireccion lo hacen funcionar asi

  • Doctor Hugo buenas tardes,mi consulta es la siguiente; quisiera saber si tiene algun conocimiento que haya una evaluacion de nombramniento para especialistas en educacion secundaria en las UGEL a nivel nacional como lo viene haciendo para directores de ugel y jefes de AGP.
    Gracias de antemano por su respuesta.

  • soy docente de 24 horas proveniente de la CPM 29062 actualmente me encuentro en la escala II. desde 2013 estoy encargado de dirección el 2013 y 2014 me pagaron 970 soles aproximadamente por mes. el año 2015 bajó en 250 soles aproximadamente mi remuneración. actualmente sigo encargado de dirección.
    Quiero saber exactamente cuanto debo de percibir por encargatura. por favor doctor saqueme de esta duda.

    • Pedro. Depende del número de seciones y turnos de la institución educativa. A usted deberían pagarle entre el 20% y 40% de la RIM que percibe dependiendo de esas variables. 970 soles para estar en el II nivel si parece que era excesivo. Saludos

  • Dr. Hugo un docente nombrado que laboró 12 años inimterrumpidos hasta el 31 de diciembre del 2015, enero y febrero está de vacaciones, y postula ganando una plaza contrato CAS para trabajar en la UGEL desde 01 de febrero hasta 31 de diciembre 2016¿ puede puede pedir su licencia desde 1 de marzo hasta 31 de diciembre del 2016 o desde el 1ro de febrero hasta hasta 31 de diciembre? dado que está de vacaciones como docente en febrero. ¿ Sería legal que reciba 2 remuneracionres en febrero una por vacaciones de docente y la otra por trabajo efectivo de CAS puede percibir en febrero ambas remuneraciones y ya de marzo a diciembre percibiría la del CAS solamente. Gracias.

  • Buenas tardes, tengo una interrogante…las plazas para el proceso de contrata docente..especifica lo siguiente: TIPO DE VACANTE: PLAZA/EVENTUAL/POR REEMPLAZO: ENCARGATURA DE ???
    MI INTERROGANTE QUE SIGNIFICADO TIENE, SU CONTRATO SERA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE O POR UN DETERMINADO MES.
    GRACIAS.

    • Abdel. Que dependiendo de la plaza puede que un contrato dure todo el año o solo unos meses. Por ejemplo que la plaza se de alguien que está destacado en la Ugel o en alguna otra función y su encargo termina a fines de agosto. Entonces el contrato se hace hasta esa fecha. Saludos

  • Buenas noches Doctor, agradeciendo de antemano la respuesta le consulto lo siguiente:
    Soy encargada en una plaza de especialista en Ugel, ascendí recientemente a la cuarta escala y si bien es cierto debido al oficio del 2013 no pueden darnos el mismo trato que a los provenientes de la CPM ¿cuál es el sueldo que me corresponde?
    cuánto sería el RIM que me corresponde, el DS 068 – 2005 (S/. 200.00), DU 012 – 2006 (S/.50.00), Compensación extraordinaria (175.00).

  • ESTIMADO DR.
    SOMOS un grupo de Especialista que venimos trabajando en una UGEL como ENCARGADOS por el concurso rms. 02076-2014 y ahora por ratificación de la rsm 076-2015, por lo cual vemos que solo nos estan pagando la cantidad 28 horas como si estuviesemos en nuestros I.E. asi mismo nuestars RD estan con el codigo nexus de la SEDE y 40 horas de jornada.
    ahora viendo en http://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/docentes-nombrados.php menciona que 40 horas y directivos segun escala nos deben pagar pero no nos pagan. que hacer en esta situacion.
    espero pronta respuesta

  • SOY DIRECTOR ENCARGADO DE UNA INSTITUCION EDUCATIVA UNIDOCENTE, QUERIA SABER SI EL PAGO POR DIRECCION VA SEGUIR SIENDO 45 NUEVOS SOLES, MI PERSONA A PARTIR DE JUNIO DEL 2015 HE ASCENDIDO DE ESCALA DE I A III ESCALA, QUERIA SABER SI PARA EL AÑO 2016 SE VA HA PAGAR LO MISMO YA QUE LAS FUNCIONES DE UN DIRECTOR SON LAS MISMAS. EXISTE UNA DISCRIMINACION POR LAS LEYES, ES MENTIRA QUE HAY UNA LEY IGUAL PARA TODOS.DE QUE JUSTICIA PODEMOS HABLAR.

      • Doctor y que hay con los docentes que no son titulares y provienen de la ley de la CPM para ellos si hay presupuesto,ojo si para ellos el MED da pase para que exista presupuesto, por que no ese presupuesto se nos da a nosotros también (ley del profesorado).No basta con decir tienes que ser titular si existe presupuesto para otros que no son titulares,por que hay concurso para encargaturas si nos van a tratar así,se supone que lanzas un concurso por que hay presupuesto,le pido por favor nos oriente como defender nuestro derecho a la no discriminación en este caso en forma justa.

  • Doctor Hugo, lo vi en una noticia “Sueldo de maestros aumentó en 44%” en la foto sale usted con el Ministro. Veo en esta página que muchos docentes le preguntan por los pagos de las encargaturas. ¿Le preguntó usted al ministro si este año van a pagar las encargaturas?. Aproveche esos espacios para ayudar a los docentes del Perú. El Ministro con el SUTEP han considerado en promover un proyecto de Ley para la homologación de las encargaturas.

    • Ernesto. Invitamos al ministro para que exponga sus planes hasta julio de este año. La reforma magisterial es uno de los temas que habría que seguir trabajando para que se aplique en 100% y no como ahora, aún parcialmente. Saludos

  • DR.HUGO
    Saludos y anticipadamente agradeciendo su respuesta, mi consulta es que el año pasado estuve a encargado de la Dirección de una IIEE, estoy en el III escala de la LRM, hubo convocatoria para la presentación de expedientes en la UGEL hasta el 31 de diciembre, lo cual yo no presente, salio un cuadro final con un docente del II escala, es procedente el acto porque a destiempo fui a presentar mi expediente y me rechazaron, puedo hacer algún reclamo. Y otro esta considerado el pago por encargatura de dirección no titular el presente año? porque el año pasado solo me pagaban 160.00 soles por la función con 24 horas pedagógicas, y otros directores cobraban en mi misma condición hasta 900.00 soles mensuales eso depende del presupuesto de la UGEL, entonces el pago deberia ser para todos no para algunos. Gracias por su respuesta.

    • Jaime. S no se presentó se tomó como que no había decidido volver a asumir el cargo. Si en la evaluación ganó otro profesor es muy difícil que pueda reclamar pues usted no se presentó a la misma. En cuanto al pago sigue mientras no se sea titular. Saludos

  • DR. HUGO RESPECTO A LOS PROFESORES QUE NUEVAMENTE HEMOS SIDO RATIFICADOS EN LAS ENCARGATURAS (TOE MI CASO), ESTE AÑO ¿RECONOCERÁN LAS 40 HORAS A LOS QUE PROVENIMOS DE LA LEY 24029? …EN TODO CASO QUE TRAMITE SE DEBE REALIZAR PARA GARANTIZAR EN ALGO ESTE DERECHO…..GRACIAS

  • DR. previo saludo. sobre encargaturas de direcciones en la reforma magisterial indica claramente que en el segundo tramo debio implementarse pagos de encargo de direcciones, solamente hasta el final del primer tramo es decir 31 de diciembre 2013 las encargaturas ganarian de acuerdo de la ley de procedencia.la consulta sera posible la modificacion de la ley de presupuesto 2016. porque es nuestro derecho q paguen tal como indica la ley de reforma magisterial. gracias

  • Buen Día Dr. Mi consuta es que he partipado en la convocatoria realizada por la ugel de Otuzco dpto La libertad para encargaturas de plazas vacantes de directivos etapa exepcional y me declararon no apto por no contar cpn la opinion favorable del especialista en finanzas y el dire tor del organo dexconcentra numetal 6.6.5 ya q yo vengo de la Ugel de Ventanilla Callao la pregunta es cual de los organos desconcentrados es el que expide la opinion favorable la ugel de origen o la ugel de destino.

  • Acoto lo siguiente la Ugel de destino me dice q me tiene que otorgar dicha opinon la ugel de origen osea la de Ventanilla y y la UGEL de origen me dice que lo tiene q dar la de destino y en esa cuestion de interpretacion me daclararon no apto por favor q debo hacer gracia de antemano por su respuesta q lo estare esperando

  • Dr. Buenos días mi consulta es que he participado del concurso para el encargo de directores en la etapa exepcional en la UGEL de Otuzco dpto La Libertad la cual me declaro no apto por no contar con la opinion favorable del especialista de finanzas y del director del organo desconcentrado ya que yo vengo a participar de la UGEL de Ventanilla Callao mi pregunta es cual de los organos desconcentrados es el que da la opinon favorable,la de origen o la destino segun la RVM N°076-2015 MINEDU

  • Buenas tardes Dr. Hugo, le escribo el presente para hacerle la sgte consulta, referida a las encargaturas de puesto, Dr. según la RVM 076 exige como requisito para una encargatura, tener estudios de especialización de 200 horas como mínimo,en relación al cargo que se quiere postular, resulta que en mi I.E. han descartado a un colega que ha postula a TOE, por no acreditar dicho requisito, pero el referido colega, presentado una constancia de haber concluido una maestría en Psicopedagogia hace un año, mi pregunta dicho estudio no suple el requisito exigido, por otro lado he observado en el cuadro de resultados de la UGEL, en cuanto al criterio para calificar el tiempo de servicios que ha colegas de la 5 y 6 escala le han restado el tiempo mínimo para dichas escalas que estaba estipulado en la norma del año pasado, pero que en la actual norma no esta señalado,pues solo figura solo para la 2, 3 y 4 escala..dígame esta correcta la evaluación realizada.

    • Diofanto. Debe servirle los estudios de Ps9copedagogñia siempre y cuando no se quiera que tengan doble puntaje. Es decir están como estudios de postgrado o como capacitación especializada. En el segundo punto lo que hay que seguir es lo que dice la directiva y nada más. Saludos

  • Doctor Hugo muy buenas noches y de antemano gracias por su respuesta ¿Dónde está normado las funciones de los especialistas de educación secundaria, porque en la UGEL donde trabajo el jefe de gestión pedagógica me ha dado como tarea recibir documentacion de fin de año de los directores. Me puede indicar que documentos debo leer para elaborar mi caja de
    herramientas

  • doctor Hugo buenos días y de antemano gracias por su respuesta
    Por qué a los profesores que provienen de la ley de profesorado les pagan menos que a los provienen de la carrera pública magisterial. M
    e podría indicar cuál es la normativa que regula esto.

  • Gracias Dr.Hugo,me queda la duda referida al pago por hora adicional, si mi jornada horaria es de 28 horas en mi institucion educativa y ahora sería 40 hay una diferencia de 12 horas para las cuales , el pago deberia ser algo de 600 soles , ya que sería multiplicar 12×51 soles, pero me dicen que por venir de la ley 24029 solo me pagaran 2.8 soles la hora adicional.
    Es esto cierto Doctor, en conclusion al trabajar 40 horas en la UGEL ganaria incluso menos que en mi institucion educativa que tengo una jornada de 28 horas, ya que tengo el bono de rural tipo I.
    Para el 2016 existe la posibilidad que nos paguen igual a todos o siempre habra esa diferenciacion de los que provienen de antigua ley como de la nueva.
    Espero sus respuestas para dichas inquietudes.
    Gracias.

  • Buenas tardes Dr. mi consulta es la siguiente, ascendi a la tercera escala magisterial y concurse a una plaza de especialista de educacion, me comentan que me pagarn las horas adicionales con una asignacion diferente al RIM que es de 2.8 la hora,y no me daran la bonificcaion de zona rural I que me correspondia en mi plaza de origen, es cierto ello y porque no se pagarìa como a los que provienen de la nueva carrera publica magisterial.Quisiera me de un alcance para de lo contrario renunciar a dicho cargo ya que me bajarian el sueldo siendo esto absurdo trabajndo mas horas ganaria menos que en mi institucion educativa.Espero sus respuestas gracias.

    • Rubén. Si va coo especialista es correcto que le dejen de pagar la bonificación por ruralidad puesto se paga mientras se trabaje en un cargo en esas za. Debe evaluar su situación. Si ya salió la resolución es posible que su cargo previo también ya haya sido cubierto. Evalué bien antes de tomaran decisión. Saludos

  • DR.HUGO, BUENAS NOCHES, MI PREGUNTA ES: YO TRABAJO EN UNA I.E UNIDOCENTE, PERO NO FIGURO EN EL PADRON DE I.E REPORTADAS AL MINEDU, POR TAL MOTIVO NO SE ME CONSIDERA PARA RECIBIR LAS BONIFICACIONES, SOLO RECIBEN LAS QUE ESTAN FIGURANDO EN EL PADRON. ¿DE QUIEN DEPENDE EN LA DRE QUE MI I.E FIGURE EN EL MENCIONADO PADRÓN?. ¿DEL AREA DE PERSONAL? ¿DEL AREA DE ESTADISTICA? ¿DEL AREA DE PRESUPUESTO?
    COMO PUEDO HACER PARA HACER MI RECLAMO POR ESCRITO. GRACIAS POR SU RESPUESTA.

  • Buenas noches Dr. Hugo.
    mi inquietud es la siguiente:
    De un grupo Docentes que estaban de especialistas en la UGEL, solo uno fue ratificado, ¿pueden los otros presentarse como postulantes ante la convocatoria al concurso de las plazas vacantes?
    ¿En los CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES DELOS POSTULANTES, en el cuadro del literal b, la Constancia de evaluación favorable tiene una asignación de 2 puntos, si no fuera favorable tendrá 0 (cero) y se le puede considerar NO APTO?

  • Dr.Hugo para el 2016 según la RVM N° 076-2015-MINEDU para el encargo en las plazas vacantes de directivos, jerárquicos y especialistas de UGEL, el numeral 7.20 suspende el literal d de los numerales: 6.3.1; 6.3.1 y 6.3.3. En los CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES DELOS POSTULANTES, en el cuadro del literal b, hace mención de una Constancia de Desempeño Laboral Favorable.
    MINEDU mediante Oficio-043-2015-minedu-vmgp-digedd-ditem, adjunta una FICHA DE EVALUACiÓN DEL DESEMPEÑO LABORAL- RVM W 076-2015-MINEDU, señala ” NOTA: – Si el profesor cuenta como mínimo con 18 puntos a favor, reúne las condiciones para ser ratificado
    en el cargo por el jefe inmediato superior de la Institución en el que se encuentra encargado.
    – La presente ficha de evaluación debe acreditar el visto bueno (VOBO) del COPARE, COPALE o CONEI según corresponda.
    – La presente Ficha de Evaluación de Desempeño Laboral del profesor, se aplica para los directivos, jerárquicos y especialistas en educación encargados …
    Si los docentes que no alcanzaron puntaje 18 y no fueron ratificados, significa que los docente no están aptos para presentarse en la convocatoria ante la vacancia de algunas plazas,
    Ya que en algunas instituciones se toma como referencia dicha FICHA.
    Gracias doctor por su alcance.

  • Dr. Hugo, soy director encargado de una IIEE. unidocente asimismo nombrado en el mismo centro. la consulta es por que la Ugel crucero región puno aduce que no me corresponde el el pago por asumir la encargatura de dirección; pero sin embargo existe mi nombre en el padrón de directores con el respectivo monto de dirección.Ya que a los docentes de la CPM se nos cancela cada fin de año.
    Doctor, o existe una norma en la que expresamente diga que no nos corresponde dicho pago, y de ser así a que se debe que vino el nombre de todos los directores y el monto que le corresponde a cada director.

    • Hernán. En las escuelas unidocentes no se paga por dirección. Es un solo docente que no puede terminar siendo director de sí mismo. Lo que tiene que reclamar si son las bonificaciones por unidocencia, por estar en zona rural le podría corresponder. Saludos

  • Estimado Hugo Díaz en principio no es una bonificación lo que uno puede recibir por ocupar un “cargo de responsabilidad” , lo cual si esta contemplado en la ley de reforma magisterial si no es una “asignación temporal” articulo 56 o 58 de la ley 29944, desconozco la “incapacidad” de estos burócratas, que no entienden que estando todo el magisterio en la ley de reforma
    magisterial aún establecen diferencias entre la inefable ley de
    carrera magisterial y los luchadores de la ley del profesorado, que se puede esperar de estos burrocratas de escritorio

    • Raúl. Es cierto que la ley las tipifica como asignaciones y como lo aclara, se dan mientras se ejerza el cargo. Si se deja de ser director o de trabajar en una escuela unidamente o multigrado se pierden las asignaciones correspondientes. Hacer efectiva la ley en toda su amplitud es una urgencia aunque depende mucho de la disponibilidad financiera. Saludos

  • De antemano gracias por su respuesta.
    Soy docente de nivel secundario, ubicada en el v nivel magisterial trabajo en JEC y me pagan por 30 horas, he ganado el concurso para especialista de educación secundaria mi pregunta es ¿cuánto será mi remuneración?

  • Saludos profesor Hugo, mi consulta es respecto a las licencias, soy docente en un colegio de EBR, por cuestiones de estudio solicite licencia por aproximadamente 2 años, para el presente año deseo solicitar licencia para desarrollar mi labor en un ISP público, es posible que se me otorgue dicha solicitud?. Gracias.

  • Doctor Hugo buenas tardes.
    Soy docente de educación secundaria con jornada laboral de 24 horas proveniente de la Ley del Profesorado, ubicado en este ultimo examen en la IV escala, postulé para las encargatura de sub dirección año 2016, en una plaza que se origino por cese de limite de edad del titular; me gustaría saber cuál es la remuneración que me corresponderá en el presente año.

    • Nestor. Siendo encargado y proveniente d ella ley del Profesorado, no percibirá las bonificaciones correspondientes al director sino conmoverían percibiendo los directores en la ley anterior. Si le deberían para por 40 horas. Saludos

  • ESTIMADO DR. HE ASUMIDO PARA EL PRESENTE AÑO 2016 ENCARGATURA DE SUB DIRECCIÓN EN UNA I.E.S. Y PROVENGO DE LA LEY DEL PROFESORADO CON 24 HS. Y ACTUALMENTE ME ENCUENTRO DE LA CUARTA ESCALA MAGISTERIAL ¿CUAL SERIA MI REMUNERACIÒN POR ESTE NUEVO CARGO; TENGO DERECHO A QUE ME PAGUEN POR 40 HORAS Y LOS BENEFICIOS AL CARGO? .
    DR. AGRADESCO ANTICIPADAMENTE SU RESPUESTA

  • Mi estimado Dr. Hugo Díaz, el año pasado 2014 y el presente 2015 vengo trabajando como Especialista en una UGEL, éstoy en la tercera escala magisterial, mi remuineración es 1,554.00, es decir como docente de 24 horas pedagógicas, mi pregunta es: ¿Debo ganar por 40 horas, es decir 2,591.50? Me corresponde ese monto doctor, por favor espero su respuesta.

  • Las encargaturas de dirección de los colegios con plaza de dirección no presupuestada.Se designa como director encargado al maestro que está en la escala magisterial más alta y del nivel secundario?
    También se postula para esos puestos o la ugel designa a quien le corresponda por antigüedad.

  • Buenos días doctor Hugo. Soy docente contratada de Comunicación. Tengo una incertidumbre. Este año he trabajado cubriendo la plaza de encargatura de un docente nombrado de la 4ta escala magisterial. En mi colegio hay una docente nombrada excedente que es de la 1era escala magisterial, mi pregunta es la siguiente: ¿Puede aquella docente de la 1era escala cubrir las horas de la docente de la 4ta escala que tiene encargatura? ¿Puede el director de mi colegio ratificar mi contrato por un año más ya que este se encontrará por 3 años en su cargo como director? Gracias

  • Estimado Hugo:
    Este años 2016 seré propuesta por el Director de mi Institución educativa como coordinadora de TOE y me comunica que trabajaré 40 horas. Mi pregunta es si me remunerarán por las 40 horas conforme a la ley de reforma magisterial. Leo que las encargaturas se regirán con las leyes antiguas y eso significa 2 soles mensuales por la coordinación. Quisiera que me oriente, por favor, gracias.

      • Gracias por la pronta respuesta, estimado Hugo. Pero la verdad es algo contradictorio, porque se está trabajando por 40 horas y la verdad es una labor nada fácil y que debería ser considerada como tal. Lo que más me llama la atención es que en la DREC nos informan que los docentes que asumieron la jefaturas de laboratorio cuando estaba vigente la Ley de la Carrera Pública Magisterial hasta antes del 2012 y continúan siendo propuestos por sus Directores (no son titulares) si se les remunerará según sus escalas y conforme a la Carrera de Reforma Magisterial.
        Pero ellos nos son titulares y en mi I.Educativa hay tres jefaturas que si son remuneradas con la actual escala magisterial a pesar de no ser titulares y no haber concurso público para ello.
        ¿Por qué se da esta situación? No es comprensible.

        • Angelica María. Es por una norma que existe que señala que mientras no sean titulares a los docentes se les paga de acuerdo al régimen anterior; es decir, de acuerdo a las bonificaciones que se pagaba en la ley del Profesorados y la de la CPM. Saludos

          • Estimado Hugo, disculpa que nuevamente moleste tu atención me podrías indicar los números de estas normas para buscarlas y leerlas mejor. Sea resoluciones, decretos o directivas
            Nuevamente gracias,
            Angélica Granados

  • Dr. Hugo. Estoy seguro que Ud. nos va a poder ayudar. En la IE “Crnl. Manuel C. de la Torre” de Moquegua desde el año 2014 a la fecha no se conforma el CONEI ni el Comité de Recursos Propios, designa a personal jerárquico que no cumplen con el perfil, no rinde cuentas y nunca participa ni lidera de las reuniones aduciendo excusas, promueve una persecución psicológica y laboral al personal docente y administrativo de la IE, el Director lejos de ser un líder pedagógico más está dedicado en sus procesos tanto en la Fiscalía y en el Poder Judicial. Se ha presentado un memorial y se ha tenido la presencia del Gobernador Regional, el Gerente de Desarrollo Social del Gobierno Regional y del Director de la UGEL Mariscal Nieto con sus asesores legales y pese a tener conocimiento con toda la documentación no se hace nada. Se envió una copia original de dicho memorial al MINEDU.¿Existen normas legales para poder cesar en el cargo a dicho director? Toda la comunidad moqueguana y los medios radiales saben de los antecedentes del Prof. Antonio Flores Contreras que se ha “paseado” o mejor dicho “lo han hecho pasear” por casi todas las IIEE de Moquegua y en todas ha tenido problemas y le han cerrado las puertas y nuestras autoridades educativas … amén. ¿Es ético y legalmente que dicho Director siga en el cargo?. Pareciese que nuestras autoridades educativas le tuviesen miedo porque según él es un leguleyo y que nadie lo va ha sacar del cargo digan lo que digan. ¿Es un ejemplo de líder pedagógico? Gracias por su apoyo en esta cruzada por salvaguardar la ética en nuestro sector.

    • Sergio Enrique. Lo único que tienen que hacer es seguir insistiendo ante la Ugel y la DRE.. Deben hacerlo oficialmente, por escrito y fundamentando con hechos su pedido. Si no hay reacción de la burocracia muevan a los medios de comunicación para hacer la denuncia. Saludos

  • DR. HUGO, ESTOY EN LA TERCERA ESCALA, MI I.E ES UNIDOCENTE PERO NO SE ENCUENTRA E EL PADRÓN PARA RECIBIR LA BONIFICACION POR SER UNIDOCENTE PUES ESTA PERTENECE A LA DREICA DONDE SE VIENEN COMETIENDO UNA SERIE DE IRREGULARIDADES PARA PAGOS POR ENCARGATURA DE DIRECCIÓN.
    QUISIERA SABER QUE PUEDO HACER PARA QUE MI I.E UNIDOCENTE SEA CONSIDERADA EN EL PADRON, YA QUE LA ENCARGADA DE HACER ESTOS REPORTES NO LOS CONSIDERA HASTA ESTOS MOMENTOS SIENDO PERJUDICADA MI PERSONA, YA QUE NO NOS SE NOS RECONOCE PAGOS POR ENCARGATURA. ¿QUE PUEDO HACER DR. HUGO, QUIERO POR FAVOR QUE ME APOYE, QUE PUEDO HACER FRENTE A ESTOS ATROPELLOS QUE SE COMETE.
    DISCULPE DR. HUGO.
    GRACIAS POR SU APOYO Y CONSIDERACIÓN A PESAR QUE UD. NO NOS CONOCE PERSONALMENTE, QUE EL SEÑOR LE COLME DE BENDICIONES A UD Y TODA SU FAMILIA ¡FELIZ NAVIDAD¡

  • En primer lugar felicitarlo y agradecer por el tiempo que dedica para leer y responder nuestras inquietudes y aquì va la mìa, trabajo un un I.E con la Sub direcciòn del nivel de primaria, mi pregunta es cu`ndo el Directos d emi I.E tome vacaciones a quièn le corresponde el encargo de la direcciòn?

  • Dr Hugo una quien le escribe es una docente nombrada que postula al cargo de dirección mi pregunta es la siguiente el criterio que están teniendo para la calificación de tiempo de servicio es el tiempo que se tiene a partir de la fecha de nombramiento o también los años de servicio en contrata.Esto le consulto por que según la 076 se debe tomar en cunta el tiempo de servicio como profesor nombrado gracias

  • DR. HUGO GRACIAS DE ANTEMANO POR LA RESPUESTA. QUISIERA SABER CUANTO ME CORRESPONDE EN PAGOS EN UNA I.E UNIDOCENTE AL TENER LA TERCERA ESCALA.
    POR OTRO LADO VEO QUE EN EL D, 048-2015 DONDE SE ENCUENTRA TODAS LAS I.E UNIDOCENTES REPORTADAS AL MINEDU, NO SE ENCUENTRA LA I.E QUE VOY A LABORAR A PARTIR DE MARZO DEL 2016, DEBE ESTAR EN EL LISTADO LA I.E UNIDOCENTE QUE ME VOY A SER CARGO A PARTIR DEL 2016 PARA QUE SE HAGA EFECTO MIS PAGOS. POR FAVOR ESPERO SU RESPUESTA.

  • DR. HUGO QUISIERA SABER COMO SERÁN LOS PAGOS PARA LOS DOCENTES QUE TRABAJAN EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS UNIDOCENTES PUES ASCENDÍ A LA 3ERA ESCALA, ESTE AÑO ME REASIGNÉ A UNA I.E UNIDCOENTE QUE ME HARÉ CARGO EL 1 DE MARZO DEL 2016. SE NOS RECONOCERÁ POR LABORAR EN UNA I.E UNIDOCENTE. AGRADEZCO SU RESPUESTA.

  • EN LA REGIÓN PIURA (AYABACA) LAS ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN LAS PAGAN A FIN DE AÑO Y LOS MONTOS PROMEDIOS ESTÁN POR LOS 9000 SOLES,PROFESOR DE I ESCALA CPM ENCARGADO DE DIRECCION.
    Y EN OTRAS UGELES DEL PAIS NO DAN NI MEDIO SOL.
    ESO DE LOS PAGOS DE LAS ENCARGATURAS DE DIRECCION ES PRESUPUESTO REGIONAL?

  • En algunas IIEE de Moquegua (Coronel manuel C. de la Torre) se están renovando las plazas jerárquicas, pese a que dichos docentes en año 2014 para el 2015 dichas plazas el director las designó a dedo y sin reunir los perfiles mínimos. Ahora el 2015 para el 2016 las están renovando dizque en base a un oficio que emitió el minedu. Dichos docentes sólo tiene la primera escala. El director a la fecha no quiere conformar el comité de evaluación. Consulte al minedu dichos actos que tiñen con la injusticia.Lean las dos resoluciones (la 20176-2014, no contempla la ratificación; pero la 076-2015 si)

  • Buenas noches Dr. dando lectura a los anteriores comentarios veo que en otras UGELES si pagaron por las encargaturas;pero en la ugel – Yungay no se nos paga desde 2014-2015 y que tambien en el 2013 tan solo se me pago la suma de 45 nuevos soles pero en otras ugel pagaro 165.00 nuevos soles a que se debe. Y como podria reglamar mis derecho.

  • Dr Hugo Buenas tardes mi duda es la siguiente Si tengo ya 20 años de servicios oficiales al estado y 4 años de estudios como tiempos de servicios reconocidos en una resolución de UGEL , mi ultima ficha escalafonaria al 20/8/2014 señala como tiempo de servicio 23 años, 2 meses, 10 días hasta la fecha indicada. ( contratado fueron 6 años , 10 meses , 1 día, nombrada 12 años , 4 meses, 9 días y Rd que me reconoce los años de estudios 4 años) mi pregunta es me corresponde el otro año pedir mi bonificacion de 25 AÑOS de servicios o cuando tendría que pedirla. Anteriormente la solicite y se me negó la bonificacion de 20 años por haber salido la ley después de haber presentado como 7 meses antes y me lo negaron por escrito. Hoy me encuentro en la ley de la reforma magisterial la ultima y como cambian constantemente las leyes es que yo le pido aconsejarme sobre este punto ya que reconociendo lo descrito el próximo año estoy cumpliendo los 25 años como tiempo de servicio. Muchas gracias por sus sabios consejos.

  • Buenas tardes. En la region lambayeque no pagan las encargaturas de direccion. A nadie. Y por qué en la region PIURA si las pagan
    Asi tenga el colegio una sola aula.y las pagan a fin de año. Y los montos oscilan entre 3000 a 9000 soles. se lo digo porque trabajo en ayabaca y conozco la realidad

  • Buenas noches Dr. Hugo, mi consulta es por qué los asesores del MINEDU. siguen aplicando normas de menor jerarquía de la Leyes derogadas del Magisterio 24029 y su modificatoria, la ley 29062, sabiendo que invocar dicha normatividad es cometer prevaricato aquí en el Perú y en cualquier parte del mundo, o acaso el magisterio es el hijastro del MINEDU o del gobierno de turno. No puedo entender que los decretos, resoluciones y oficios de las Leyes derogadas sigan vigentes. No puede ser que los funcionarios de alto nivel sean tan brutos, ineptos o corruptos.

  • Tengo una consulta y agradecería respuesta urgente.Soy parte de la comisión de evaluación para cargos jerárquicos 2016, en mi institución educativa, y se ha presentado un colega, que tiene todos los requisitos pero actualmente está de licencia sin goce de haber, ¿Está apto para presentarse? ¿Podremos podremos evaluarlo?, recién se reincorporará el jueves 17 de diciembre.
    Gracias por la respuesta

  • Dr. Hugo me presente a la Ugel Condesuyos de la ciudad de AREQUIPA para una encargatura de direcciòn, màs luego me comunicaron que todos los directores serìan ratificados en sus cargos he buscado alguna directiva en la Pàg. del ministerio y no encuentro la que establezca lo señalado agradecerìa muchìsimo me dè luces sobre este tema. Que Dios lo bendiga.

  • Doctor Hugo buenas tardes.
    Soy docente de educación primaria con jornada labporal de 30 horas proveniente de la Ley del Profesorado, ubicado en este ultimo examen en la V escala,estoy postulando para las encargaturas de dirección año 2016, he consultado sobre la remuneración y me han dado como respuesta que me pagarían S/. 160 por dirección y el adicional de las 10 horas.
    Mi pregunta es: ¿Cuánto me pagarían por encargatura de dirección en este año 2016?

  • Doctor Hugo buenas tardes.
    Soy docente de educación primaria con jornada labporal de 30 horas proveniente de la Ley del Profesorado, ubicado en este ultimo examen en la V escala,estoy postulando para las encargaturas de dirección año 2016, he consultado sobre la remuneración y me han dado como respuesta que me pagarían S/. 160 por dirección y el adicional de las 10 horas.
    Mi pregunta es: ¿Cuánto me pagarían por encargatura de dirección en este año 2016?

  • Buenas Dr. Hugo…reportandome nuevamente, y continuar con el desconcierto, en discrimnacion en cuanto al pago de encargaturas, de los docentes que provenimos de la ley 24029, pero en fin, Dr. he leido el articulo 21, literal a de la ley de presupuesto para el 2016, en el cual se afirma que se esta garantizando el pago par los docentes que accedan a cargos segun lo estipulado en los art. 34, 35 y 36 de la ley de Reforma Magisterial 29944, donde indudablemente se encuentra los cargos jerárquicos de I.E. (art 34), bueno hasta el momento lo único que ha salido a concurso son las direcciones de UGEl y DGP, mi pregunta es tiene Ud. conocimiento, si este año el Ministerio también tiene planificado realizar otro concurso para el acceso a cargos jerárquicos en I.E porque la ley de presupuesto esta garantizando el pago , tal como le estoy mencionando antes.
    Muchos saludos..Dr. Hugo esperare pronto su respuesta a mi consulta

  • Dr. Hugo: Muy Buenas Tardes. mi consulta es lo siguiente: Soy especialista en la UGEL de Padre Abad – Ucayali, y lo que sucede en nuestra UGEL es que NO logran interpretar la norma como es el D.S. 272-2015-EF, donde Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar el pago de encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en Educación.
    Lo cual, según la norma, regula un pago a docentes por encargatura y comprende tambien a especialistas, el asesor legal de ésta UGEL da por improsedente el pago que le corresponde a los Especialistas de la UGEL…
    Cual sería su análisis e interpretación de ésta Noram Doctor???

  • Amigo Hugo: Yo he trabajado este año en la jefatura del laboratorio (encargada por cese del titular), a fines del año pasado subí a la tercera escala de la carrera mag. y lo único que me pagan es s/2.87 céntimos por 40 horas de trabajo; quiero saber si de continuar en el cargo para el 2016 me van a pagar lo mismo?

  • Saludos, soy directora con encargatura por función, me he reasignado y en la Ugel me han dicho que me corresponde elegir a la nueva directora para el 2016, aplicando el Reglamento de la ley 004-13, ya que nadie quiere asumir el cargo, en mi escuela hay una docente que tiene 2 nivel y ella es de la carrera magisterial, las demás docentes están con nivel I ya que no quisieron evaluarse. ¿Debo dar la encargatura a la docente que tiene el 2 nivel? bajo que norma, reglamento o ley me amparo para hacerlo. Agradezco su respuesta.

    • Rosa. A nadie se le puede obligar a asumir un encargo si no quiere. El problema, y seguramente usted lo ha vivido, son las bonificaciones cuando los profesos proceden de la Ley del Profesorado. No solo no ganan las bonificaciones sino un deben sacrificar sus vacaciones. Varios no las tomaron este año. Hubo una noma eco cuido de enviarlos pero no ha salido una nueva. Haré la consulta al ministerio. Saludos

      • Amigo Hugo yo estoy encargada de la jefatura del laboratorio y entré a la tercera escala de la carrera el año pasado, me pagan por las 40 horas que trabajo s/2.87, quiero saber ¿si me quedo en la jefatura el 2016 me van a pagar lo mismo?; ¿Por qué a mis colegas asesoras que entraron a la carrera en el gobierno anterior sí les pagan de acuerdo al nivel (más de s/1000.00 adicionales) y a mí no si ya estoy en tercer nivel de la carrera?

  • señor Hugo soy sub directora encargada ha salido un RM 076 -2015 mi encargatura termina el 31 de diciembre del 2015,si mi evaluacion de desempeño es favorable soy ratificada en la encargatura. Mi preguntas es ¿puedo renunciar? ya que tengo un familiar enfermo?

  • Dr, Hugo yo postulé al proceso de nombramiento de directores y no alcance plaza en la UGEL HUANCAYO, por lo que otro director se nombró en el centro donde estuve encargada por espacio de 5 años esto es en la UGEL HUANCAVELICA, ahora soy docente de aula, estoy en la quinta escala, la consulta es si puedo postular a encargatura directiva en alguna I.E. puesto que la mía esta ocupada con nombramiento, si debo adjuntar la Ficha de desempeño y firmada por quien , tal vez deba especificar la institución a la que postule y si puedo postular al cargo de especialista a la vez o es solo uno de ellos, ya que el plazo se vence en esta UGEL y no se de las plazas vacantes.

  • Dr. una consulta al respecto de encargatura de jefatura. puede un coordinador pedagógico del presente año 2015 presentarse a cuncursar para jefatura sin haber renunciado porque su cargo no se para mi todavía termina el 31 de diciembre del presente año posiblemente. de no poder concursar en que norma me amparo por favor mil gracias por su respuesta.

  • Saludos Dr. Hugo, necesito su comentario respecto mi caso, en el presente año me reasigne a otro UGEL que a partir de 1 de marzo del 2016 estaré en mi nueva I.E.AHORA BIEN sale la norma RVM N 076 de encargaturas en ello quiero participar, dime doctor Hugo puedo presentarme para ese concurso en la UGEL de destino o en mi UGEL actual?, porque la norma no precisa al respecto.

    Gracias por su Rpta

  • Haciendo la aclaración , digo que me entero que se perdió el parte de asistencia, por que en la época de mi anterior directora, se extravió las planillas de pago, y me vengo a enterar ahora de que no había sido sólo la planilla que se extravió , sino también el parte de asistencia, y que ese tema lo denunció con el CONEI.

  • Buen día, Dr. Hugo, mi caso es el siguiente, hay un colega que me ha denunciado por que dice que he tenido vacaciones en enero y febrero del 2014, pues yo fui jefa de talleres en el cetpro en los años 2013 y 2014. Para mi mala suerte , me entero por mi actual director, que, se ha extraviado el parte de asistencia de ese año. La directora de esa época hizo la respectiva denuncia. Yo fui a trabajar toooodo el 2014, tuve vacaciones de 15 días en setiembre, nada más. Gracias.

  • Dr. tengo entendido que a partir del 2016 pagaran las asignaciones por 40 horas y demás tal como corresponde según la ley de la reforma magisterial y ya no harán las diferencias entre los que provenían de la ley del profesorado y de la carrera publica¿Que hay de cierto?.gracias por su respuesta.

  • SALUDOS DR. HUGO. RECIÉN ME ENTERO QUE EN LA EVALUACIÓN DE PLAZAS JERÁRQUICAS 2015 EN MI CASO PARTICULAR HUBO ERROR AL MOMENTO DE CONSIDERA LOS PUNTAJES EN LA FICHA DE EVALUACIÓN EN LA CUAL RESULTA QUE SOY EL GANADOR SIN EMBARGO SE LE ADJUTICO A OTRO DEBIDO A QUE SE LE ASIGNO MAYOR PUNTAJE SOBRE EL MÁXIMO. ASI MISMO LA COMISIÓN EVALUADORA SOLAMENTE PUBLICÓ LOS RESULTADOS FINALES, MAS NO PUBLICÓ UN CUADRO CON LOS PUNTAJES PARCIALES POR PARTICIPANTE (A LOS CUALES HOY TUVE ACCESO DE MANERA CASUAL). MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: ESTE AÑO LA NORMA INDICA LA RATIFICACIÓN DE LOS ENCARGADOS, PROCEDERÍA EN EL CASO QUE RATIFIQUEN A ESE PROFESOR QUE ACTUALEMTE ESTA (CON PUNTAJE ERRADO) O EL DIRECTOR DEBE PROCEDER A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO SOLO EN ESTA PLAZA. GRACIAS POR SU RESPUESTA.

  • Dr. QUISIERA SABER SOBRE LOS COORDINADORES EN JORNADA ESCOLAR COMPLETA SI SALDRÁ UNA NORMA DE RETIFICACION PARA ELLOS O SE EVALUARA NUEVAMENTE EN CADA I.E DE EVALUARSE EN QUE NORMA SE AMPARAN Y ADEMAS EXISTIENDO UNA PLAZA DE JEFE DE LABORATORIO LA NORMA DICE QUE DEBE PASAR A SER COORDINADOR PEDAGÓGICO DEL ÁREA AFÍN ESPERO SU RESPUESTA PUNTUAL A MI CONSULTA. GRACIAS.

  • DR. HUGO, SALUDOS CORDIALES.- QUISIERA QUE ME ACLARE ESTA DUDA.- EL NUMERAL 7.23 INDICA “LOS PROFESORES NOMBRADOS EN LAS II.EE. DE NIVEL SECUNDARIA DE EBR ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE COORDINADOR PEDAGÓGICO O TUTORIA NO PODRÁN RENUNCIA A DICHOS CARGOS”, MI PREGUNTA ES (A) SI EL AÑO 2015 ESTUVE ENCARGADO EN DICHA PLAZA SE ME RATIFICA AUTOMÁTICAMENTE O (B) DEBO SOMETERME PRIMERO A LA EVALUACIÓN CONFORME INDICA LA RVM 076-2015-MINEDU Y UNA ELEGIDO GANADOR YA NO PUEDO RENUNCIAR UNA VEZ EMITIDO EL ACTO RESOLUTIVO. GRACIAS.

  • Dr. Hugo. CONSIDERO QUE HAY UNA OMISIÓN EN LA RVM 076-2015-MINEDU PUES NO CONSIDERA LA ESCALA CINCO Y SEIS EN EL TIEMPO DE SERVICIO DE PERMANECIA O ES QUE SE TIENE EN CUENTA DESDE LA ESCALA CUATRO EN ADELANTE.- SOY DOCENTE DE ESCALA 5. GRACIAS.

  • Doctor Hugo ya salió la Directiva de encargaturas para el 2016 RVM Nº 076-2015-minedu, norma que regula el procedimiento para el encargo de plazas de cargos directivos jerárquicos y de especialistas de educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial. La pregunta es ¿pagarán las 40 horas a los profesores procedentes de la ley del profesorado? Porque este año 2015 solo me dieron 160.00 soles mensuales.

  • Estimado Hugo, respecto a la RVM 076-2015-MINEDU de encargaturas para el 2016 ¿estamos considerados los de la ley del profesorado para efectos de reconocimiento de pago de las 40 horas? o sera el mismo acto discriminatorio para los que estamos en estas mismas condiciones.

  • Saludos Dr. Hugo.Revisando la RVM 076-2015-MINEDU de encargaturas 2016 en la pag. 7 en el rubro tiempo de servicios oficiales en la carrera como profesor indica solamente segunda, tercera, cuarta escala no apecere ni quinta, ni sexta. En mi caso estoy en quinta escala,la pregunta es QUE PUNTAJE SE ME DEBERIA ASIGNAR, pues la norma anterior la RSG 2076-2014_Minedu si señala desde el segundo hasta la sexta escala y el puntaje que correspondía.Salvo que por error no se digitó, en todo caso, comunique usted por favor al MINEDU para la rectificacion respectiva. Gracias.

  • Antes Dr. Hugo quiero agradecer por su respuesta para hacer la siguiente consulta si podría presentar por adelantado a la UGEL mis expedientes para la evaluación amparándome en la resolución de secretaria general N° 2056 – MINEDU 2014 para la encargatura de jefe de laboratorio pues anticipándome a que algunas veces las UGEL no comunican a tiempo cuando salga otra norma Por favor espero su respuesta

  • Dr. Hugo quisiera espresarle muestras de agradecimiento por la informacion brindada Gracias,quien se dirige actualmente es Director (e) con puesto de trabajo por lo que continuo en la misma I.E. donde fui nombrado hace muchos años,la cual trabajo solo pero administrativamente eramos dos probablemente hasta este fin de año 2015 por lo que tengo entendido la maestra ya sale racionalizada definitivamente, por lo que puede quedar I.E Unidocente la I.E es zona rural tipo 1, cual debe de ser mi escala de pagos por lo que me descuenta bastante BENDICIONES DR HUGO.

    • Rulo. El cambio a unidamente debe tramitarse y salir en el padrón de lo contrario no rige. Igualmente la bonificación tendrá que estar considerada previamente en el presupuesto para ser efectiva, pues sino no habría respaldo presupuestario. Saludos

  • bueno antes de participar con mi inquietud quiero saludarlo Dr. a usted en seguida es para preguntarle soy docente que trabajo nombrado en un i. e y en el presente año estuve en la encarga tura de jefe de laboratorio y hasta la fecha no sabemos si seremos ratificados o concursaremos con el año pasado hasta la fecha no sale ninguna norma o de salir comunícame por favor que norma es del presente año URGENTE POR FAVOR …..

  • Disculpe Sr. Hugo Diaz para mí no es cuestión de financiamiento, si nosotros los provenientes de la ley del profesorado renunciamos al puesto de Director Encargado y el puesto lo toma un profesor del mismo nivel y procedente de la CPM a ellos si le abonarían más dinero por el cumplimiento de las 40 horas,y para ellos si habría financiamiento. Por mi parte no voy a esperar un milagro, el próximo año no me presento para la encargatura ya que 165 soles por las horas trabajadas no compensa el tiempo de dedicación.

    • Javier. Es su opción. Lamentablemente la solución buscada por el Minedu es injusta pero es la que aplica. A mi me gustaría que todos sean tratados por igual. Es más, lo he escrito varias veces. Pero la razón que le he dado es la que han explicado con los datos respectivos. Saludos

  • estoy en la tercera escala ascendió en setiembre del 2014 en el mes de marzo me dan una encarga tura por funciones y me cancelan 165 mensual no me parece justo ya que hacemos el mismo trabajo que las que pertenecen a la cpm y sin embarga ellas se les paga a fin de año todo y es una buena cantidad se puede reclamar a ugel que se considero la escala magisterial en mi colegio la anterior directora le cancelaban entre 10,000 a 12,000 a fin de año le agradezco mucho por su respuesta doctor.

    • Julia Rosa. Lo que expone es un problema que sucede en todo el país y que el MED debe solucionar cuanto antes. El problema es financiamiento. Cuesta varios cientos de millones arreglarlo. Se necesita que Economía apruebe la partida pues coincido con usted: entre un director encargado y un titulas lo único que los diferencia es la denominación del cargo. El resto no tiene diferencia. Saludos

  • Dr. HUGO DIAZ a todo lo cuestionado con respecto al reconocimiento de pago por encargaturas, nosotros los que procedemos de la ley 29944 ¿podremos hacer algo, ¿se podrá canalizar alguna acción legal? o sinceramente veremos como pasa un año mas de injusticia?…gracias dr. por los aportes

    • Santos Lucio. Es indudable que una acción legal solicitan la vigencia 0plena de la ley es posible, aunque hay una arma que establece el pago para los encargados. Sin embargo hay el precedente en la ley de CPM que titulares y encargados percibían las mismas bonificaciones. saludos

        • Santos Lucio. Tengo entendido que ahora no hay partida presupuestaria para ello. El ministerio es consciente e esa limitación pero choca con la barrera del financiamiento del MEF. El 2016 no será un año fácil pues el presupuesto no se espera que crezca demasiado. En todo caso, una presión de parte de ustedes es buena sobre todo si hay un nuevo gobierno que ingresará. Saludos

  • DR. HUGO, BUENAS NOCHES, PARA EL AÑO 2016 ME REASIGNÉ Y TRABAJARÉ EN UNA I.E UNIDOCENTE, ESTOY EN EL TERCER NIVEL DE LA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL QUISIERA QUE ME APOYE CON QUE NORMA SUSTENTO PARA MIS PAGOS QUE ME CORRESPONDE POSER UNA I.E UNIDOCENTE, QUISIERA SABER SI PERCIBIRÉ POR ENCARGATURA DE DIRECIÓN O SOLAMENTE POR SE UNIDOCENTE.
    PORQUE EN LA DRE DE ICA A LA FECHA NO SE ESTA PAGANDO POR SER UNIDOCENTES, NI POR ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN.

    LE AGRADEZCO SU APOYO.
    LE AGRADEZCO SU APOYO.

  • DR HUGO BUENAS NOCHES, PARA EL 2016, ME HE REASIGNADO A UNA I.E UNIDOCENTE, ESTOY EN EL TERCER NIVEL DE LA LEY REFROMA MAGISTERIAL, QUISIERA SABER CUANTO DEBO PERCIBIR EN MIS REMUNERACIONES.
    QUISIERA SABER TAMBIEN SI ME CORRESPONDE PAGOS POR ENCARGATURA POR SER UNIDOCENTE. QUISIERA QUE ME ENVIE A MI CORREO LAS NORMAS QUE SUSTENYAN LOS PAGOS QUE ME CORRESPONDE.
    GRACIAS.

  • SR. HUGO GRACIAS POR SU RESPUESTA
    sOY PROFESOR DE IV DE LRM.
    EN ENERO Y FEBRERO ESTUVE EN ENCARGATURA Y NO USE MIS VACACIONES.
    ME ADJUDICO EN MARZO POR TRES AÑOS.
    PUEDO TOMAR MIS VACACIONES? O CUÁNDO ME TOCARÍA?
    ALGUNA DIRECTIVA ? MUY AGRADECIDO

  • Sr Hugo, le consulto lo siguiente, hay 4 subdirectores en mi institución en eutimo concurso alcanzaron puesto con distintos puntajes, la dirección esta vacante, a quien le corresponde la encargatura al de mayor puntaje en el rankin o al de mayor escala?.

  • Dr. Hugo Díaz , reciba mis saludos cordiales a su honorable persona , mi consulta es que en el mes de setiembre del pte. año , se me ha descontado de mi haber mensual aproximadamente cerca de 200 mensual por motivo de un Oficio Múltiple N° 004-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD que de acuerdo al SUP se les paga únicamente a los Jerárquicos Contratados y yo que soy Titular Como Coord. de Toe x 40 hrs. se me hace este descuento. Es una aberración que este documento en mención sólo reconozca a los Jerárquicos Encargados y a los Titulares se les descuente , me parece arbitrario y contradictorio y además en este documento no señala que se descuente a los Titulares. Provengo de la Ley N° 29062 y estoy en la VI escala de Nivel Magisterial.
    Por favor Dr. HUgo , espero su respuesta con mucha expectativa.
    Con mis consideraciones especiales.

    • Alfonso. Todo el tema remuneraciones no está bien administrado. Hay muchas cosas que ya se deberían estar pagando y no se hacen. Faltan bonificaciones, alguna normatividad aclaratoria y ver cuando es que la Reforma Magisterial se aplica al 100%. si no se avanza en ello los problemas van a continuar. Saludos

  • Dr. Hugo Díaz, tenga usted buenos días, respecto a las encargaturas de plazas jerárquicas, como mi caso de Jefe de Laboratorio, en el presente año nos están haciendo un pago irrisorio de $/. 2.50 soles mensuales y lo que más indigna es que se está proyectando para el año 2016, mi pregunta es: ¿Qué se puede hacer para revertir este hecho que afecta a nuestros derechos?

  • Dr. muy agradecido: de haber leido mi comentario, me da una luz de esperanza, su interés que tiene por conversar el problema con las autoridades del Ministerio, ojala que analicen bien las cosas para terminar con esta discriminación, tres años son ya suficientes, no se puede seguir tolerando mas esta injusticia: por lo menos pienso yo si es que no hubiere mas presupuesto, por que todo depende de ello, deben darnos en forma equitativa a todos, lo que existe, no le parece.

  • Dr. Hugo mi comentario es en este caso para todos los colegas que le han hecho llegar sus consultas referidas al pago por encargatura en palzas directivas y jeraquicas y que provienen de la 24029 como es mi caso tambien, lo cierto es que lamentablemente al parecer el proximo año 2016, va a continuar la discriminacion en el pago en relacion con los colegas que provienen de la CPM y cierto es que iindigna mucho como lo expresa una colega en su comentario….como puede ser que las ! mentes brillantes! justifiquen esta injusticia, amparandose en leyes que segun la Ley de Reforma Magisterial debian ser derogadas al dia siguiente de su promulgacion sin ambargo para pagar nuestros beneficios que por dercho nos corresponden si las toman en cuenta….Ahora de acuerdo al proyecto de ley de presupuesto publico para el año fiscal 2016…nuevamente prorrogan el cumplimiento del segundo tramo de la decima disposicion transitoria de la ley 29944,,,con lo cual nos estan condenado a continuar recibiendo las ínfimas y ridículas sumas de dinero por asumir encargaturas, salvo que los congresistas observen y nos defiendan antes de aprobar la ley de presupuesto para el 2016…situación que la veo muy difícil sabiendo como actúan estos señores…colegas lean por favor el Art. 21 numeral 21.1 literal b , del proyecto de ley antes mencionado, allí esta lo que les manifiesto

  • Dr.Hugo en la I.E.I somos 5 docentes de los cuales 2 somos nombrados
    La directora encargada sale de licencia por maternidad ella tiene que dejar
    El cargoo o solo deja con un memorandun el cargo y ademas ella regresaria
    En diciembre el 23 vuelve al cargo o la que asume termina hasta el 31 de
    diciembre.

  • Soy profesor de la II escala de CPM, docente de secundaria, el año pasado estuve encargado de la Sud dirección, este año estuve encargado de la Dirección (en los meses de enero y febrero) mientras se desarrollaba el proceso del Concurso de Directores… mi pregunta es ..¿Puedo solicitar mis 2 meses de vacaciones que de acuerdo a ley me corresponde?… gracias…

  • Dr. Hugo. Buenas tardes. Quisiera que me explique porque en la UGEL de Coronel Portillo no quieren pagar las encargaturas por concurso de los meses de enero y febrero, aduciendo que era por funciones y que esto no genera ningún derecho. Pero si le pagaron a los ex directores como si estuvieran ejerciendo el cargo en forma normal. Ya pedimos varias veces y siempre niegan el pedido. Indíqueme la ruta a seguir. Muchas Gracias y Bendiciones.

  • DR HUGO LA RESPUESTA QUE uD. DA SOBRE EL PAGO DE ENCARGATURAS DE JEFATURA DE LABORATORIO , NO ES JUSTA PORQUE EN ESE CASO SI NO HA HABIDO CONCURSOS PARA QUE HAYA TITULARESY TODOS ESTAMOS EN LA LEY DE LA REFORMA Y EL PAGO DE s/. 2.50 MENSUAL ES DISCRIMINATORIO Y ADEMÁS UNA BURLA PARA LOS DOCENTES . Y QUE EN TODO CASO PARAQUE EL EXAMEN DE ASCENSO SI SIEMPRE VAN A BENEFICIAR A LOS QUE INGRESARON PRIMERO .

    • Teodosia. Yo no hago las normas. Solo comento lo que es en la realidad. Estoy de acuerdo con usted en que para esas sumas tan pequeñas es mejor no pagar nada. Lo que el Ministerio tiene que hacer es cuanto antes hacer efectiva en un 100% la ley de reforma.Sino siempre habrán quejas como la suya. Y con razón. Saludos

  • hola hugo, mi pregunta es la siguiente: el proximo año me voy reasignada a una plaza de inicial unidocente de la provincia de Ica y me han dicho que ya no voy a percibir una bonificacion por encargatura ni por tipo de I.E,solo como docente, ¿como en la I.E donde estoy trabajando actualmente si percibo estos beneficios?

  • Buenos dias. sr Hugo,
    Una consulta, el año pasado asumi la encargatura por funciones en el colegio donde laboro, me dieron la RD en Abril, pido mi licencia por maternidad en mayo y me reintegro en agosto, me pagaron normal como docente, pero no me han pagado todo el año por la encargatura, en la ugel 01 me dicen que tengo que solicitar la modificatoria de mi Rd por los meses de licencia, lo vengo pidiendo desde marzo, fecha en que deje la dirección, porque ni los dos meses que estuve en el cargo me pagaron, ¿como puedo hacer para solicitar mi pago? no es justo trabaje todo el año, porque incluso estando de licencia, tenia que ir al colegio para la presentación de documentos como el de mantenimiento preventivo. mil gracias.

  • Dr Hugo. Estoy encargada de una jefatura de laboratorio de 40 horas, el año pasado ascendí a la 5ta escala magisterial. En la ugel de mi provincia me dicen que no me corresponde el pago de 4011 nuevos soles que dice el cuadro de remuneraciones de acuerdo a escala, sino, que solo me corresponde 3170 nuevos soles. Es esto cierto y de ser así, a qué se debe?

  • La profesora Juana, anterior a mi comentario también debe ser encargada ya que aún no se dió concursos para cargos jerárquicos titulares, sin embargo le dice que debe ganar 3549 con IV escala. En todo caso la RS Nª 2076-2014 MINEDU se encuentra dentro del Marco de Reforma Magisterial y es bajo esa norma que me presenté a la encargatura de laboratorio, entonces no debo percibir los beneficios de la Reforma?

    • Marylyn. Como le digo, lo que me indican de Ministerio es que se percibe las remuneraciones de acuerdo al régimen anterior. La diferencia entre usted y la profesora Juana puede estar en que una procede de la Ley del Profesorado y la otra de la Ley de CPM. Saludos

  • Dr. Hugo: saludos y a la vez agradecerle por su respuesta.

    Deseo saber cuánto me corresponde la asignación por desempeñarme en el cargo jerárquico: Jefe de laboratorio cuya jornada laboral es de 40 horas pedagógicas y estando en la IV escala magisterial desde el año pasado.

  • Dr. Hugo Díaz, mi consulta es la siguiente:
    Soy docente de IV Escala y mi I.E. va a ser JEC el 2016.
    Yo deseo acceder al cargo de Asesor de Letras, mi incógnita es, puedo solicitarlo?, en vista de que no hay otro de mi escala, y de ser asi…¿Cuanto sería el sueldo?, teniendo en cuenta toda la responsabilidad del cargo,…solo sería por 30 horas? o 40 horas.
    Muchas gracias por su respuesta.