El Ministerio de Educación, continuando con la aplicación de la Reforma Magisterial, ha iniciado la realización del Concurso Público para el acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas.
El concurso busca asegurar la calidad de la gestión de las escuelas como aspecto clave para la mejora de la calidad educativa y se enmarca en la política de revalorización docente y fortalecimiento de la gestión educativa con énfasis en la dirección de las escuelas.
Quienes aprueben las bases cel concurso y logren una plaza accederán a los cargos de director y subdirector por un periodo de tres años y mejorarán sus remuneraciones en el marco de la implementación de la Ley de Reforma Magisterial.
No hay consecuencias negativas por participar de este concurso. No habrá despidos.
¿Quiénes pueden participar?
Pueden paticipar los profesores y profesoras que están entre la 4ta y 6ta escala de la Ley de Reforma Magisterial.
Solo en el concurso 2014, también participarán quienes: están como mínimo en la 2da escala magisterial de la Ley de Reforma Magisterial y provienen de la Ley del Profesorado; y quienes están en la 1ra escala de la Ley de Reforma Magisterial, provienen del 2do nivel de la Ley del Profesorado y han asumido la dirección de una escuela como mínimo 1 año lectivo en el tiempo de servicios requeridos. En ambos casos se debe acreditar como mínimo 11 años de servicios en la carrera. ¿Qué ventajas tiene este concurso? El concurso permite la mejora en remuneraciones por mayor cantidad de horas de trabajo (40 horas). Asimismo , entre los que ganen, percibir la asignación por función directiva: S/. 800 directores de dos turnos, S/.600 directores de 1 turno y S/. 400 subdirectores.
¿Qué requisitos deben cumplir?
• Acreditar formación especializada de un mínimo de 200 horas en los últimos 5 años o estudios de segunda especialidad o de postgrado relacionados con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las escuelas.
• No registrar en el Escalafón sanciones ni limitaciones para el ejercicio de la profesión docente.
• No tener antecedentes penales ni judiciales al momento de postular.
• No haber sido condenado por los delitos consignados en la Ley N° 29988.
• No haber sido condenado por delito doloso o estar suspendido o inhabilitado judicialmente.
• Para el caso de las instituciones educativas de Educación Intercultural Bilingüe debe acreditar el dominio oral de la lengua originaria correspondiente.
¿Cómo deben inscribirse?
El periodo de inscripción va entre el lunes 16 de setiembre al viernes 3 de octubre todos los profesores de manera gratuita podrán inscribirse en la página web del Ministerio de Educación.
Pasos:
• Ingresar a la web www.minedu.gob.pe, registrar el DNI y correo electrónico.
• Buscar en el correo electrónico registrado el mensaje del Minedu con el enlace al Formato Digital de Registro de Inscripción.
• Completar los datos en el formato e imprimirlo.
• Confirmar la inscripción en una agencia del Banco de la Nación con el formato impreso y el DNI.
• Confirmada la inscripción, recibirás un correo electrónico con el usuario y clave asignados que te servirán para conocer el resultado de tu evaluación.
• Para evitar contratiempos recomendamos a todos los maestros a inscribirse oportunamente y no esperar el último momento. Características de la prueba
• La evaluación consistirá en dos pruebas: La prueba comprensión de textos funcionales al ejercicio directivo y la prueba de solución de casos cerrados.
• Ambas pruebas son escritas y de opción múltiple.
• Se valorará la experiencia del maestro con la calificación de la trayectoria profesional.
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Dr. Hugo buenas tardes. He sido director varios años, sin embargo en la evaluación de desempeño directivo 2018 la comisión de la Ugel me desaprobó, bueno tendrán sus razones. Mi pregunta es ¿cuanto tiempo un docente que ha sido directivo y ha desaprobado el examen de desempeño no puede ejercer una encargatura de dirección?
Le agradezco por anticipado su respuesta.
Victor Hugo. Tres años. Saludos
Quisiera obtener una evidencia de haber aprobado el concurso de directores en los dos últimos examenes. Gracias
Rosa Martha. Tendría que solicitarla a la comision de evaluación de la Ugel. Saludos
buenas tardes una consulta mi pregunta es si un director es desaprobado la norma indica que tiene que volver a su cargo de origen o una similar en la jurisdicción pero si esa plaza esta ocupada pueden concluir a la docente en cualquier momento sin haber culminado su contrato solo por reubicar a ese docente.
Elizabeth. He estado viendo en mis viajes unos problemas. Realmente de difícil solución cuando se vencen los plazos para guardar la plaza. Lo que se está haciendo es colocarlos en algunas plazas que a veces no están cubiertas como son las de Aulas de Innovación. Saludos
Dr. Hugo. Buenas tardes, tengo una duda y espero me ayude a resolverla.
En el 2004 llegó al CETPRO UTCUBAMBA una docente reasignada a la plaza de dirección por cese del director anterior. Mas adelante se dieron los concursos de directores para conservar sus plazas, desaprobando ella los dos exámenes. Actualmente ella se encuentra en la tercera escala magisterial. Por otro lado, yo soy la única docente de la institución que se encuentra en cuarta escala magisterial. Quiero saber si yo puedo pedir el cargo de dirección del CETPRO UTCUBAMBA, puesto que la directora no ha sido reubicada hasta el momento?
Viviana. Lo mas probable es que la plaza se concurse al igual que el resto. Allí podría postular. Saludos
Quería decir si podía pedir la encargatura de la dirección del CETPRO por este año… Saludos. Muchas gracias.
Viviana. Las encargaras suponen concurso y evaluación. De lo contrario es muy difícil aspirar a las bonificaciones. Debe consultarlo a la Ugel. Saludos
Soy docente de secundaria gane el concurso de directores si puedo pedir direccion de colegios integrados pero estan publicados como direccion de primaria.
Roldán. Depende cómo funcionan esos colegios. Si solo tienen primaria no. Saludos
BUENAS TARDE TENGO UNA CONSULTA EN LA REGION DEL CALLAO HAY CONCURSO PARA PUESTOD DE DIRECTORES DE LA UGEL, EL DETALLE ES QUE EL DIRECTOR ACTUAL POR CARGO DE CONFIANZA HA POSTULADO PARA DICHO CARGO PERO EL HASTA LA ACTUALIDAD SIGE EJERCIENDO EL CARGO DE DIRECTOR; NO HA PEDIDO LICENCIA, PARA POSTULAR AL CARGO DE ANTE MANO LE DOY LAS GRACIAS POR SU RESPUESTA
Charly. No necesita pedir licencia para postular al cargo. Solo en caso de ganar el cargo la Ugel se encargara de trasladar su cargo al nuevo que ocupe. Antes no lo hará. Saludos
Me parece interesante. Lo que no me agrada es que tiene que haber necesariamente una terna para ser nombrado como director de la DRE o UGEL. Como es un cargo de confianza, los de la DRE pueden nombrar no necesariamente por orden de mérito.
Víctor. De todas maneras hay un avance. No se puede nombrar a alguien que no esté en los tres primeros lugares. Saludos
Un Director de IIEE en la sexta escala (con grado de Doctor) que se proyecta cesar con 30 años de servicio tiene derecho a cesar con la misma renumeración (4,146 soles)?. De modo similar, los cargos por concurso nacional para Direcciones de Ugel o Departamental nos otorga el derecho a cesar con la misma renumeración?
John. El cese es por edad, no por años de servicio. La Reforma Magisterial dispone el cese a los 65 años. Por lo tanto, el que cesa puede tener 30, 35 o los años de servicio que sean dependiendo de cuando ingreso a la administración. Es en función de ello que resulta la pensión. La pensión se calcula sobre la base el último sueldo o del promedio de sueldos percibido no recuerdo si es en los últimos dos años. Saludos
Buenas tardes:
Una consulta, ¿Conoce cuándo depositarán el sueldo de Marzo?. Fui designada como subdirectora en el concurso de directores y subdirectores 2015, en una IE Pùblica, sin ningún contratiempo, mi RD tienne fecha de 3 de Marzo, sin embargo hasta hoy no me han depositado mi sueldo. ¿Qué habrá pasado? ¿Será para todos o solo algunos?
Norma. Me es dificil responderle. Los pagos se programan por Ugel y DRE. Si su resolución tiene fecha 3 de marzo es posible que todavía su cheque salga con el sueldo anterior. Me da la impresión que la resolución salió en el límite para hacer las planillas. Saludos
Entonces por qué el Ministerio de Educación permite que siendo del nivel secundario y trabajando en el nivel primario ingresemos a las evaluaciones de ascenso si al final no nos va a servir para ocupar por lo menos una encargatura. Por lo que analizo eso de las escalas solo sirve para acceder a un poco más de aumento en nuestras remuneraciones.
Yolanda. Es una respuesta que la debe dar el Ministerio. Yo solo le comento lo que se deriva de las normas. Saludos
Soy licenciada en educacion secundaria y mi pregunta es si puedo acceder a una encargatura de subdirección en una institución de nivel primario. Me encuentro actualmente en la tercera escala magisterial y vengo laborando 21 años en el nivel primario. Siempre me dicen que por ser de nivel secundario no puedo acceder a la subdirección o debo ser la primera en ser racionalizada. Por favor absuélvame esa duda.
Yolanda. En efecto. Se permite en unos casos que alguien de primaria asuma la encargara de inicial por la insuficiencia de profesores pero no así en el caso de secundaria con primaria. El estar en un nivel de enseñanza diferente es un riesgo en la racionalización. Saludos
Dr. Hugo
Se me ha adjudicado una plaza de Directora UGEL NORTE AREQUIPA, y resulta que la I.E. estaba focalizada para ser sede del COAR, a mi se me informa en la I.E. que la comunidad educativa y APAFA no están de acuerdo con la reubicación por que el local al que se le pretendía trasladar no reúne las condiciones para albergar a los estudiantes quienes han aumentado la meta y elevado su rendimiento según ECE.
También se estaría desatendiendo las expectativas de los Padres de familia ingresantes puesto que al enterarse que la I.E. va a ser reubicada podrían retirar a sus hijos.
Esta situación afecta mucho el clima institucional de la I.E. y como comprenderá yo debo de llevar el parecer de la Comunidad Educativa de la que ahora dirijo, pero me siento presionada por los señores de la Región Arequipa como por asesoría Jurídica de la UGEL NORTE.
Ante esta situación le pido por favor su asesoría.
Anticipadamente agradezco su opinión.
Jackeline. El diálogo con la Ugel es la mejor solución. Esta dene explicarles las razones y conveniencias del cambio. Saludos
Dr. Hugo, buenas tardes un cordial saludo a su persona.
Bueno disculpe la consulta que le hago, soy director de una I.E multigrado, que recién me han encargado tambien cuenta con nivel inicial solo con una aula ahora se presenta que la UGEL en coordinación con la municipalidad nos propone que si queremos ampliación del nivel secundaria nos pueden dar pero como anexo de otra I.E. con el 1º Gdo. Solo nos dan 2 docentes Dr. esto es posible
que suceda en una escuela multigrado. Nos beneficiaría o perjudicaría a la I.E. Ya que es una I.E. Multigrado. Por favor Dr. espero su respuesta gracias de antemano.
Hasta pronto.
Marco. Sin conocer mucho la situación me parece que pasar de ser multigrado a tener secundaria no parece muy coherente. Hay que ver si se justifica, sin hay una población mínima que se pueda atender en mejores condiciones que las que se le atiende hoy. Saludos
Estimado Dr. en mi I.E. “AUGUSTO SALAZAR BONDY” se está viviendo una incertidumbre, La plaza de director fue adjudicada al docente MARIO pero lamentablemente renunció ayer. De otro lado el docente JOSÉ que hasta el año pasado fue director en mi I.E. se le adjudicó una plaza de director en otra I.E.(NESTOR MARTOS) y pretende renunciar aquí para que se le pueda adjudicar la plaza en el SALAZAR BONDY. ¿Procede esto? ¿Se le puede dar el cargo de director de mi I.E. si renuncia al mismo cargo en la otra I.E.?
Un dato adicional, en la UGEL que pertenezco ya no hay directores en lista para ser adjudicados.
Maria. La norma dice que a esta altura del proceso no se puede renunciar y que habrá sanción administrativa. saludos
Mi pregunta es la siguiente una ex directora que no aprobo tiene que retornar a su plaza de origen verdad?
el caso es el siguiente ella era Directora con 40 horas de un IE Inicial y la retorna como docente de 30 horas pese que ella fue nombrada como docente coordinadora, lo correcto seria retornarla como DOCENTE COORDINADORA y solo como DOCENTE de 30 hrs y en base a que?
Narox. Debería retornar a su plaza de origen si la dejó hace menos de un año. De lo contrario busca otra asignación. Saludos
La Ugel 01 ha adjudicado todas las plazas a concurso a todos los docentes por orden de merito donde hemos quedado docentes que no hemos sido adjudicados por falta de plaza cual sera nuestra situación ya que estamos aprobados en las 2 etapas .Existen colegios que estan siendo cubiertas por encargaturas como es su situacion de aquellos directores
Jane. Eso depende de la Ugel y de la disponibilidad de plazas que haya. Pata obtén una de ellas no basta haber aprobado sino que hay que alcanzar el numero suficiente de plazas. saludos
Dr he sido adjudicado una plaza en un distrito de Piura, pero me dicen que el director anterior ya le aceptaron su demanda y ha presentado su demanda y ahora esta a la espera de su medida cautelar para regresar a su plaza, mi pregunta es cual sera mi situación si ya fui adjudicado\ que es lo que debería hacer?? SE PERDERÍA MI DERECHO DE desempeñarme como Director pese haber ganado una plaza directiva??
Carlos. El Ministerio está viendo esos casos. Son situaciones en donde el poder judicial está actuando equivocadamente. Espero que pronto solucione los mismos. Saludos
Gracias Doctor Hugo Díaz por atender mi consulta, me comuniqué con la asesora del señor Jorge y me comentó que se realizarán otros concursos a nivel del minedu. Sería bueno calificar como experiencia profesional el acompañamiento pedagógico en el Programa de Especialización y el de Formador en el Programa de Didáctica ambos ejecutados por las IFD en convenio con el Minedu.
Jeny. Me alegra que la hayan atendido. Esperemos que otras convocatorias vayan mejorando. Saludos
Maestro le comento que en la publicación final estuve en el 1° puesto y ahora me sacan del concurso en la publicación definitiva.
La justificación es que al momento de la inscripción yo estaba en la 1ra escala pero ahora tengo la resolución de la cuarta escala, el día en que me inscribí ya sabía que sería reubicada a la 4ta escala. Lo curioso es que en mi región hay varios casos análogos y solo a mí se me retiró del concurso. ¿Hay algo que se pueda hacer?
Agradezco por anticipado la respuesta. Gracias Doctor.
Jeny. Tendría que hacer su consulta a la Dirección de Desarrollo Docente del MED. Al señor Jorge Arrunátegui. Saludos
Tengo la misma inquietud que Juanita, recién han cambiado las reglas del juego, a unos dìas de la adjudicaciòn, cada uno ya sabìa la cantidad de plazas por nivel y modalidad, ahora incluyen una forma màs de adjudicaciòn que no estaba planteada inicialmente, se originarà un caos, dejando algunos aprobados de lado que inicialmente se inscribieron en su nivel y modalidad y que aparentemente alcanzaban cubrir plazas segùn la directiva inicial.
Que el MINISTERIO DE EDUC. RESPETE LO QUE PLANTEARON INICIALMENTE.
Aida. No entiendo el caos. Una de las tres o dos personas que accede a la dirección en el colegio también será el director general del mismo. Saludos
Gracias por su atención Dr., buenos dia: Lo decía en el sentido en que, qué pasaría si en el extremo de los casos, Ejemplo1: en una institución integrada (primaria y secundaria) todos los directivos adjudicados pueden ser del mismo nivel ya sea primaria o secundaria, cuyas plazas inicialmente estaban distribuídas entre primaria y secundaria (direcccion: secundaria, subdirección primaria, subdirección secundaria), sin embargo, todas son ocupadas por profesores de primaria (o secundaria) en esta adjudicación.
Ejemplo2: Ocupo el 100 puesto en secundaria de 108 plazas publicadas en secundaria, contenta con que logaría el cargo; sin embargo después de esta última publicación (23 de enero) ocupo en cuadro de méritos general 202. ¿Qué pasará si tan solo 10 profesores de primaria que están antes que yo en el cuadro general eligen colegios integrados cuyas plazas están publicads como secundaria? practicamente quedaría fuera de esta evaluación… Planteamiento que al inicio no era así, cada uno sabía la cantidad de plazas por nivel y se inscribió de acuerdo a su nivel. Lo mismo ocurrirá en plazas de inicial y primaria.
Gracias por su atención nuevamente. Reciba mis cordiales saludos.
Aida. Lo que dice la norma es que las plazas se ocupan respetando el orden de méritos en el puntaje. Es lo que hay que cumplir. No creo que haya lugar a especulaciones. Saludos
DR.HUGO DIAZ CON LOS SALUDOS Y AGRADECIENDO SU RESPUESTA. MI CONSULTA SOY DOCENTE APROBADO PARA ACCESO A DIRECCION EN HUANCAVELICA. RESULTA QUE LA UGEL HUANCAVELICA SOMOS MUCHOS APROBADOS Y ESTA COPADO DE PLAZAS PARA DIRECCIONES EN NIVEL SECUNDARIO; PERO RESULTA QUE HAY PLAZAS MAS DEL 80% EN LAS DEMAS UGELES DE LA REGION HUANCAVELICA; ES POSIBLE CUBRIR ESAS PLAZAS DESIERTAS – INTER-UGELES POR LO QUE SOLICITO.
Valentín. Es una decisión que deben tomar en una coordinación entre una y otra Ugel pues significa transferencia presupuestaria. Desde aquí no le puedo asegurar que eso suceda. La decisión debe ser compartida entre Ugeles. Saludos
Dr. Hugo muy buenas noches.
Según el artículo 6.2 de la Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU. A La letra dice:
PUBLICACIÓN DE PLAZAS DIRECTIVAS PUESTAS A CONCURSO
La relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso será aprobada por resolución ministerial, dentro del plazo establecido en el cronograma, indicando las modalidades (EBR, EBE y EBA) y forma educativa (ETP). En el caso de EBR, se indicará el nivel (inicial, primaria o secundaria), asimismo en el caso de EBA se indicará si es Inicial/Intermedio o Avanzado.
Entonces si mediante Resolución Ministerial el MINEDU publicó plazas directivas para inicial, plazas directivas para primaria, plazas directivas para secundaria. Porque ahora el MINEDU fomenta el caos a través del OFICIO MULTIPLE N° 005-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD sobre las direcciones de colegios integrados.
Si las direcciones de colegios integrados ya habían sido publicadas en los tres niveles. Es decir hay direcciones de colegios integrados que son para primaria y hay direcciones de colegios integrados que son para secundaria (CONCURSO PÚBLICO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS 2014
RELACIÓN CONSOLIDADA DE PLAZAS DIRECTIVAS PUESTAS A CONCURSO
R.S.G. N° 1551-2014-MINEDU / R.M. N° 430-2014-MINEDU / R.M. N° 471-2014-MINEDU / R.M. N° 549-2014-MINEDU)
Dr. Hugo cuando nosotros nos inscribimos tomamos en cuenta esta publicación de plazas y sabíamos cuales eran de inicial, cuales de primaria y cuales de secundaria. por eso nos inscribimos a la UGEL donde teníamos más opción de coger plaza. (repito las plazas de colegios integrados ya estaban distribuidas unas eran para inicial, otras para primaria y otras para secundaria)
Deben de respetar las reglas puestas antes del concurso y no ahora a través del oficio 005 quieran hacer una mezcolanza de plazas.
Desde un inicio las plazas han estado separadas para los tres niveles inclusive las de colegios integrados.
Acotar algo más que este oficio 005 ocasionará en muchos casos que el Director y suddirector sean de primaria o sino los dos sean de secundaria. es decir sean de un mismo nivel.
Dr. Hugo ayúdenos a hacer respetar las plazas puestas a concurso ya que nosotros nos inscribimos de acuerdo a dicha publicación de plazas.
DIOS LE DE BENDICIONES.
Tengo la misma duda Dr. Hugo, ahora los profesores de secundaria tendremos menos oportunidades, pues en nuestra UGEL tenemos de 50 plazas secundarias publicadas, 26 integradas. Una situación injusta. Se debió plantear desde el inicio.
Angel. Trataré de averiguar si son perjudicados pero mi impresión es que no. Uno de los que accede a la dirección de uno de los niveles asume a su vez la dirección del colegio integrado. Saludos
Juanita. Haré la consulta al Med. Me da la impresion que en el caso e las integradas el oficio ya no incluye a los directores de los niveles sino al director general de la institución educativa. Pero déjeme confirmarlo. saludos
Buen día Doctor Hugo. ¿Que opina al respecto?
OFICIO MÚLTIPLE N°005 – 2015 – MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, a fin de realizar precisiones para la aplicación del acápite 6.10.3 del numeral 6.10 de la Norma Técnica aprobada con Resolución de Secretaría general N° 1551.2014-MINEDU, la cual señala que “La adjudicación de plazas deberá respetar la modalidad, forma y/o nivel educativo al que se inscribió el postulante”.
Al respecto, para la aplicación de los dispuesto acápite 6.10.3 del numeral 6.10 de la Norma Técnica aprobada con Resolución de Secretaría general N° 1551.2014-MINEDU, deberá tomarse en consideración que, cuando se trate de plazas de Director de Instituciones Educativas de Educación Básica Regular (EBR) denominadas integradas en las que se imparte dos o más niveles educativos (Inicial, primaria, secundaria), podrá adjudicarse un profesor que se haya inscrito en cualquiera de estos niveles.
Cabe añadir, que la precisión realizada se rrealiza en el marco del acápite 7,14 del numeral 7 de la Norma Técnica en mención, la misma que dispone que todo aquello que no sea contemplado por la presente norma será resuelto por la Dirección General de Desarrollo Docente. Firma Miguel A. Cardenás Huayllasco, Director (e) de Trayectoria y Bienestar Docente.
Al respecto, creo que a nivel Nacional, se publicaron las plazas que son destinadas para los tres niveles (Inicial, primaria, secundaria); así mismo ya se publicó un Ranking de docentes en el nivel que les corresponde. Había orden; asimismo cada uno de los postulantes ya sabíamos qué plaza adjudicar. Sin embargo aparece el oficio de fecha 26 de enero del 2015, creando desconcierto en que ya estaba organizado y ordenado; pues ahora se tendrá que hacer un solo ranking de los tres niveles; y no se piensa en el caos que se ocasiona, por que si hay 10 plazas para secundaria de las cuales 5 son integradas; y si estas son adjudicadas por profesores de otros niveles; entonces los postulantes de secundaria tienen menos opciones de adjudicar una plaza, estando entre los 10 primeros puestos. Ruego a Ud. hacer llegar este malestar e incertidumbre al Ministerio al respecto; y que se deje sin efecto; porque muchos docentes hasta ya han presentado sus quejas ante este hecho. Creo que como estaban ya dada la forma de este proceso estaba bien y no perjudicaba a nadie; y la aparición de este oficio si está causando malestar e incluso muchos se quedarán sin plaza. Gracias.
Con esta disposición, los profesores de secundaria tendrán menos oportunidades…. Realmente una pena que estè sucediendo esto. Las plazas y la forma de adjudicación ya se conocìa inicialmente. Saludos Dr. Hugo, gracias por su atenciòn.
Hayde. Menos oportunidades no es tan cierto. Las oportunidades se dan en función al número de colegios secundaria que siempre son menos que los de primaria. Es esa la razón. Saldos
Josue. Haré llegar su precupación a la Dirección General de Desarrollo Docente. Saludos
Dr. Hugo veo que la observación que hizo el profesor Sigifredo ya le llegó, le comenté antes sobre el mismo tema (10% de bonificación para lecenciados de las fuerzas armadas) me alegra que esa fecha Ud. haya dado su compromiso de elevarlo al Ministerio, sólo queda esperar la respuesta. Este es el texto de la solicitud que presenté a la UGEL que postulo el día 06 de enero del 2015: SOLICITA : Inaplicación del numeral 6.9.3 de normas técnicas aprobado por Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU.
Que, al amparo del artículo 2° inciso 20 de la Constitución Política del Estado, solicito la Inaplicación en el presente concurso del numeral 6.9.3 de la Norma Técnica denominado, “Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014” aprobado por Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU del 09/09/2014 por los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
1) el artículo 61 de la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar establece como uno de los beneficios de los licenciados de las Fuerzas Armadas una bonificación del diez por ciento (10%) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública; disponiendo asimismo que, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes, en ese orden se aprueba el reglamento de esta ley por Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG, que en sus artículos 87 y 95 dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes mediante Resolución. A la luz de ello se dicta la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE del 01/09/2010 estableciendo en su artículo 4° de su parte resolutiva que:
Artículo 4º.- Procesos de selección
Todo proceso de selección que realicen las entidades de la administración pública incluyendo la contratación administrativa de servicios, deberá considerar, entre otras etapas, como mínimo, las siguientes:
a) Evaluación curricular.
b) Evaluación técnica.
c) Evaluación psicológica.
d) Entrevista.
La etapa de Evaluación psicológica es obligatoria para las entidades señaladas en los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.6 del artículo 3 de la presente Resolución. En los Gobiernos Regionales y Locales, incluidos sus órganos y entidades, corresponderá a las autoridades evaluar la aplicación de la mencionada etapa, tomando en cuenta además la disponibilidad presupuesta! de las entidades.
Aquellos postulantes que superen todas las etapas mencionadas precedentemente, y hubiesen acreditado documentalmente la condición de personal licenciado de las Fuerzas Armadas, recibirán una bonificación del 10 % en la última de las etapas señaladas (entrevista).
2) Como sabemos en el presente Concurso Público de Acceso a Cargo de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014, no existe la etapa de entrevista, consecuentemente, no existe esta bonificación del 10% a los licenciados de las Fuerzas Armadas, pese que así lo dispone en su numeral 6.3.9 y 6.9.3 de las Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014 aprobado mediante Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU del 09/09/2014, pues en esta misma norma como se aprecia, no existe la etapa de entrevista. Entonces, esta norma técnica sobrepasa lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE al pretender establecer en este numeral 6.9.3 que: El docente postulante que acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas, reciben una bonificación del 10% sobre el puntaje final alcanzado, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29248 – Ley del Servicio Militar; con cargo a la acreditación según se establece en el numeral 6.3.9 de la presente norma técnica. Como bien sabemos, en caso de haber existido la etapa de entrevista en este concurso esta bonificación del 10%, solo sería sobre esta etapa de entrevista, no sobre el puntaje final alcanzado, en consecuencia es inaplicable este numeral 6.9.3 primero por no existir etapa de entrevista y segundo, porque la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE no dispone ninguna bonificación del 10% a los Licenciados de las Fuerzas Armadas sobre el puntaje final alcanzado de todo el proceso de concurso del Estado.
3) Ahora, lo dispuesto por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE se dicta a la luz de la vigencia del Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG, específicamente a lo dispuesto en sus artículos 87 y 95, y no así en base al artículo 61 de la Ley N° 29248, en ese sentido, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE queda sin vigencia al ser modificado el artículo 61 de la Ley N° 29248 por Decreto Legislativo N° 1146, en ese mismo sentido, también derogado el Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG por la disposición complementaria derogatoria única del Decreto Supremo N° 003-2013-DE publicado en el Diario Oficial el Peruano el 03 de Junio de 2013, entonces el numeral 6.3.9 y 6.9.3 de las Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014 aprobado mediante Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU del 09/09/2014, invocan normas derogadas, los mismos que no pueden ser aplicadas supletoriamente por el parecido que pudieran tener la asignación del 10% al personal licenciado de las fuerzas armadas que establece el artículo 88 inciso 1° del Decreto Supremo N° 003-2013-DE que es por única vez y no de manera indefinida como con la vigencia del Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG.
4) Queda demostrado que la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE regulaba hasta antes de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1146 y el Decreto Supremo N° 003-2013-DE, quedando claro además que, no existe en la actualidad disposición legal que regule la modificación del artículo 61 de la Ley N° 29248 y el artículo 88 numeral 1° y artículo 96 numeral 2° del Decreto Supremo N° 003-2013-DE, nuevo reglamento de la Ley N° 29248, vigente en la actualidad. Entonces aplicar normas derogadas en el presente concurso, significa vulnerar el principio del debido procedimiento administrativo establecido en el artículo IV inciso 1° numeral 1.2 del Título Preliminar de la Ley 27444, así como generaría nulidades posteriores conforme a su artículo 10° inciso 1 de esta Ley del Procedimiento Administrativo General, hecho que retrasaría los resultados finales del concurso, perjudicando a los postulantes innecesariamente.
POR LO EXPUESTO:
Sírvase inaplicar el numeral 6.9.3 de la Norma Técnica en razón de no estar vigente en la actualidad la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE.
Juan Javier. Gracias por el mensaje. Un tema que tiene que ser tratado de la mejor manera posible. En efecto lo había enviado pero lo recordaré. Saludos
dr. aqui en la ugel PUNo aprobaron 364 prof en secundaria para 53 plazas, y los resultados han cambiado significativamente con el 10% que se les considera a los licenciados del ejercito. mire no se trata de quitarles su 10% dispuesto en la ley, sino aplicarla correctamente aqui no se trata de ingreso a la administración. es una forma de ascenso creo yo puesto que ya estan trabajando.
otro dr. en los contratos cada año se les bonifica con el 10% y la ley dice por unica vez . espero que ya no sigan cometiendo el error los del ministerio de educacion y las ugel.
gracias por su comentario.
José. Creo que es un tema que hay que consultarlo con la oficina Servir del Primer Ministro. Veré de canalizar esa consulta. Saludos
Doctor Hugo Díaz, ya no sé ni que pensar con tanta incertidumbre, primero; las medidas cautelares de muchos directores para proteger sus plazas y ahora nos salen con el Statu Quo en varias regiones del País, para dejar sin efecto el concurso de directores y subdirectos, cuál es su comentario al respecto, le agradezco su respuesta, saludos.
Nolberto. Lo del statu quo me sorprende pues no hay razón para hacerlo. Ya en las plazas que estaban congeladas el problema se superó con la evaluación excepcional de directores. En todo caso enviaré su correo al ministerio para saber que piensan sobre este tema. Saludos
sr. hugo saludos, me presente a la evaluacion para plazas de directores y aprobe y segun la note que obtuve estoy dentro de los aptos para escoger una plaza, pero acabo de acceder a una plaza cas en un coar de provincias, mi consulta Sr. hugo es, puedo adjudicar una plaza para direccion y luego solicitar licencia sin goce para trabajar este año en el coar.agradezco su rpta.
Jaime. No lo puede hacer. Saludos
En la ugel que me presento los postulantes que ascendieron en el ultimo examen de escalas ( III, IV, V y VI escala) y que al momento de inscribirse registraron I escala en el formato de inscripcion ya que provienen de la ley del profesorado , son considerados en los listados de calificacion de la trayectoria profesional pese a tener 00.00 en el rubro experiencia profesional contradiciendo la norma. ya que los requisitos debe tener el postulante al momento de inscribirse y dichos postulantes no tienen un año de direccion segun su propia calificacion. ¿como saber las escalas con las cuales se inscribieron ya que el ministerio no publica? en bien de un concurso transparente deberia revisar minuciosamente lo mencionado porque muchos postulantes tienen favoritismo por parte de la comision.
Rene. Es lo que deben hacer las Ugel y DRE. Todo no se puede publicar e detalle. Hay que tener también un poco de confianza. Saludos
Dr. Hugo:
En mi acta de evaluación bajada del Ministerio de Educación estoy observada sólo por el certificado de 200h, sin embargo, ayer, lunes, 26 de enero me citan en mi Ugel para supuestamente hacer un descargo y el comité de evaluación me dice que además de esa observación no he firmado la declaración jurada y por lo tanto por omisión no cumplo con algunos requisitos y estoy retirada, ¿es posible que este hecho?
Silvia. ¿Por qué olvido una cosa tan simple que la norma lo pide? Si no hay buena voluntad de la comisión no le ayudarán. Saludos
Dr. HUGO DIAZ
Agradezco anteladamente su respuesta.
Para acreditar requisitos en el numeral 5.5.3 de la norma técnica señala: “Contar con formación especializada de 200 horas o con estudios de segunda especialidad o de postgrado, relacionados con la gestión Institucional…….”
Además en el punto 5.6.1. dice “Los profesores postulantes deben cumplir con todos los requisitos señalados en el numeral 5.5. al momento de su inscripción”
En el punto 5.6.2. especifica: Los profesores que superaron la Prueba de Comprensión de textos deben presentar “Copia de la Documentación que acredite que el profesor cuenta con formación especializada de un mínimo de 200 horas, estudios de segunda especialidad o de postgrado relacionados Directamente con .a gestión Institucional, pedagógica y/o administrativa de una I.E”
Para evidenciar este aspecto presente a mi Ugel mi constancia de egresado de maestría en Administración de la Educación.
Mi pregunta es:
¿Es válido este documento?
Toda vez que en el se especifica que terminé mi maestría en el año 2012, anterior a la fecha de inscripción al concurso, pero la constancia me otorgaron el 17 de diciembre del 2014
Juan. La fecha de expedicion no interesa. Lo importante es cuando culminó sus estudios. Es correcto su expediente. saludos
Quería compartir el video con aquellos profesores que se sienten burlados por algunas Ugeles que no respetan las orientaciones dadas por los especialistas del ministerio de educación, la idea es ver el video y luego fundamentar su reclamo:
el video: https://www.youtube.com/watch?v=SdLUsgA5NFM
Grupo para reclamo: https://www.facebook.com/groups/1038117162872340/
Nestor. gracias.lo veré. saludos
Acá te envio el video de video conferencia para cargos de director y subdirector, MINEDU se contradice
https://www.youtube.com/watch?v=SdLUsgA5NFM
Néstor. Gracias. Seguramente interesará a otros colegas. Saludos
Dr. tengo una resolución de encargatura del mes de mayo al mes diciembre, es valida para acreditar un año de experiencia de director. Gracias por su respuesta.
SE PUEDEN HABLAR MUCHAS COSAS PERO LO IMPORTANTE ES PAPELITO MANDA:
5.5.2 Excepcionalmente y por única vez, en aplicación de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria y Final de la LRM, pueden participar además profesores comprendidos:
b) En la Primera Escala Magisterial dela LRM, provenientes de la Ley del Profesorado, que acrediten al menos 11 años de servicios de la carrera y hayan asumido encargatura de dirección por un periodo no menor de un (01) año lectivo dentro del tiempo mínimo de servicios requeridos.
– Encargatura de Dirección = Director, pero NO subdirector.
– 11 años de servicio de la carrera = se refiere a 11 años de servicio en la carrera pública, pero no en la privada.
No menor de (01) año lectivo = se entiende como año lectivo al periodo de marzo a diciembre.
– Los profesores que están ubicados en la 1ra Escala Magisterial de la LRM mínimamente con 11 años de servicios de la carrera y hayan asumido encargatura de Sub- dirección, eran conscientes de que la norma no los favorecía, es por eso su retiro del concurso.
Joel. Nuevamente gracias. Valentino leerá su mensaje. Saludos
Valentino. Parece que no. El año va de marzo a diciembre. saludos
Buen día Dr. Hugo Diaz, mi consulta. El Ministerio dio ha conocer la infografìa de 4 700 plazas en 12 regiones a no ser cubiertas y habrà otro concurso tengo entendido este año. Pero no es tan especìfico con las plazas desiertas que ocurrirán dentro de cada región que para su conocimiento en algunas ugeles hay más aprobados y con excelentes puntajes y otras ugeles pocos aprobados y muchísimos plazas vacantes. Pregunto ¿Tendrá alcance regional para su nombramiento de dichas plazas o sea inter-ugeles?
Edu. Hasta el nivel regional es posible hacerlo. Fuera de una región conlleva unas modificaciones presupuestales que no son fáciles.. Saludos
dr. le envio el sgte analisis a cerca de 10% fuerzas armadas
La pretensión del Ministerio de Educación (MINEDU) de otorgar una bonificación del 10 % sobre el puntaje final alcanzado para cada Licenciado de las Fuerzas Armadas, tal como lo ha expresado y estipulado en el numeral 6.9.3. de la Norma Técnica del concurso aprobada por Resolución N° 1551-2014-MINEDU del 09 de setiembre 2014, resulta ser exagerada, injusta y sobre todo ilegal; pues no se ajusta a los dictaminado por la legislación nacional, no es característica de población vulnerable y menos puede ser criterio que asegure calidad a un directivo de colegio alguno, más todavía si consideramos que no están en concurso las plazas directivas de los colegios policiales y de las Fuerzas Armadas.
Veamos: La Ley del Servicio Militar es la Ley N° 29248 de junio de 2008, en su artículo 61 estipula los “Beneficios de los licenciados”; ese artículo 61 fue modificado, junto a otros artículos de esta ley, por el Decreto Supremo N° 1146-DE de diciembre 2012; entonces la redacción en vigencia es la siguiente: “El personal licenciado del Servicio Militar Acuartelado, al momento de licenciarse y por única vez, tiene los siguientes beneficios: 1. Bonificación de diez por ciento (10 %) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública. Para ello, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes”.
Los reglamentos: El primer reglamento de la ley en mención fue aprobado por Decreto Supremo N° 021-2009-DE/SG en agosto de 2009; pero este fue derogado por el Decreto Supremo N° 003-2013-DE de junio de 2013, la cual en su artículo 88 dice: “El personal del Servicio Militar Acuartelado, al momento de licenciarse y por única vez, tiene los beneficios siguientes: 1. Bonificación de diez por ciento (10 %) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública. Para ello, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes”.
Entonces, notemos que, bajo ningún punto de vista el actual concurso directivo es un “concurso para puestos de trabajo”, no es para acceder a puestos de trabajo pues todos los que concursan ya tienen un trabajo en la administración pública y de no lograr cupo entre las plazas directivas no van a quedar desocupados en el trabajo que ya tienen.
Si queremos aproximarnos al espíritu de la Ley, digamos que la diferencia vital y decisiva entre los artículos modificados y derogados con la nueva redacción es el agregado de la frase “al momento de licenciarse y por única vez”; no es para siempre ni para todo y entre los postulantes al actual concurso el mínimo permitido son once años de servicio; lo que se facilita es el acceso al trabajo, el cual indudablemente ya lo tienen. No se avizora una pro militarización de la administración pública en el espíritu de la Ley.
La norma técnica del concurso también estipula en su numeral 6.3.9. que el abono está conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE, lo cual no es verdad. Veamos: La Resolución en mención establece los criterios para asignar la bonificación del 10 % en concursos para puestos de trabajo de los licenciados de las Fuerzas Armadas y lo especifica en su artículo 4, el cual dice: “Aquellos postulantes que superen todas las etapas mencionadas precedentemente, y hubiesen acreditado documentalmente la condición de personal licenciado de las Fuerzas Armadas, recibirán una bonificación del 10 % en la última de las etapas señaladas (Entrevista)”; está claro que en el presente concurso no hay entrevista, pues no es concurso de acceso reciente a puestos de trabajo, y ninguna legislación prevé que sea reemplazada por otra etapa, por lo tanto no procede la bonificación no hay donde darla ni razones para otorgarla.
Espero que los equipos del MINEDU y todos los intervinientes en la organización hagan esta corrección por el bien del magisterio, la salud del concurso, el buen derrotero de todos los cambios pedagógicos que se están trabajando y el respeto a nuestra legislación.
RESPECTO AL 15 % DE ABONO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Considero correcto y justo, aplaudo la Ley N° 29973 que norma esta bonificación. Solo me permito hacer una atingencia: Consideren la definición de persona con discapacidad que la misma Ley ofrece en su artículo 2, “La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás”.
Cumplo con comunicar mis observaciones. Espero el MINEDU cumpla con las correcciones.
SIGIFREDO SÁNCHEZ CRISANTO – Profesor
Sullana – Perú / sigsancri@yahoo.com
Jesús. Gracias por su importante contribución. La remitiré al MED para que la evalúen. Saludos
Estimado Dr. muy buenos días. Quisiera me oriente para hacer un reclamo a la comisión de evaluación de rayectoria profesional. En el rubro Formación Académica 1.5. Título de 2da.especialidad docente acreditado con título consideré un Diploma de 2da. especialidad en formación magisterial de la PUCP y no se me consideró los 6 puntos. Tengo entendido que una 2da. especialidad se obtine a partir de un primer título de profesor. Le ruego me ayude para efectuar mi reclamo.
Carmen. Lo que tiene que tener es el grado expedido por la Universidad. Espero que lo haya presentado. Saludos
Buenas noche, mi consulta es la siguiente: en la I.E. donde laboro existen 6 secciones, una de cada grado por lo que indico que somos 6 profesores titulares y un contrato para educacion fisica por 15 horas.¿es correcto que haya plaza para nombrar a un director? pues la UGEL publicó plaza. Mi inquietud surge ya que de acuerdo a norma corresponde director(sin seccion a cargo cuando hay mas de 8 secciones y ese no es el caso de mi I.E. Gracias por su respuesta
Karola. En efecto, para ese tamaño de secciones no debería haber un director titular sino alguien encargado que cumpla con esas funciones. Saludos
La respuesta de la Ugel 06 es; sólo pueden postular los que han estado en encargatura de Dirección mas no los que estuvieron en la Subdirección… pero yo entiendo que el consurso es para cargos directivos (dirección y subdirección)
Néstor. Asi es. Creo que hay una mala interpretación de la Ugel pues la directiva es clara al respecto. Saludos
si procedes de la 1ra escala , tienes que haber sido encargado en dirección, mínimo un año , en la carrera pública
Dice dirección NO DIRECTIVO
Denis. Gracias por la precisión. Saludos
Prof. buenas mañanas, mi pregunta va en el sentido de como debo presentar mi reclamo a la ugel habiendo esta no considerado mi tiempo de servicio como director en
José. Presente una solicitud acompañando la resolución respectiva por la cual acredita que ha desempeñado el cargo. Saludos
Soy Profesor de la Primera Escala Magisterial de la LRM, provenientes del segundo nivel de la Ley del Profesorado, con mas de 15 años de servicio, con 1 año y 2 meses en la encargatura de la subdirección, durante este periodo demostré mis cualidades de liderazgo obteniendo una felicitación con R.D. por parte de la UGEL 02, La ugel 06 me retira por no cumplir con los requisitos, hasta ahora aún desconozco los motivos, pero revisando el numaral 5.5.2 en la letra b)”… y hayan asumido en la encargatura de dirección…”. Entiendo que el concurso es para cargos de Director y Subdirector (cargos directivos), no creo que esa única palabra “dirección” sea el causal para mi retiro o en todo caso los Sres. del Ministerio deben aclarar esta situación.
He revisado el video conferencia donde da orientaciones y en el 1:03:55 menciona 2 requisitos para los profesores de 1º escala y que provienen de 2º nivel de la Ley del Profesorado, tener 11 años de servicio ademas acreditar 10 meses lectivos en ejercio como directivo ya sea como director y subdirector, luego ratifica en 1:20:50… pero la UGEL 06 meciona solo para quienes han ejercido la dirección de acuerdo a la norma…
Gracias por sus orientación… http://evaluaciondocente.perueduca.pe/acceso/recursos/conferencias-virtuales/
SE PUEDEN HABLAR MUCHAS COSAS PERO LO IMPORTANTE ES PAPELITO MANDA:
5.5.2 Excepcionalmente y por única vez, en aplicación de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria y Final de la LRM, pueden participar además profesores comprendidos:
b) En la Primera Escala Magisterial dela LRM, provenientes de la Ley del Profesorado, que acrediten al menos 11 años de servicios de la carrera y hayan asumido encargatura de dirección por un periodo no menor de un (01) año lectivo dentro del tiempo mínimo de servicios requeridos.
– Encargatura de Dirección = Director, pero NO subdirector.
– 11 años de servicio de la carrera = se refiere a 11 años de servicio en la carrera pública, pero no en la privada.
No menor de (01) año lectivo = se entiende como año lectivo al periodo de marzo a diciembre.
– Los profesores que están ubicados en la 1ra Escala Magisterial de la LRM mínimamente con 11 años de servicios de la carrera y hayan asumido encargatura de Sub- dirección, eran conscientes de que la norma no los favorecía, es por eso su retiro del concurso.
MUY BUENA INTERPRETACIÓN COLEGA, EN ALGO SE HACE JUSTICIA PARA LOS QUE ENTRE EL 2009 Y 2011 APOSTAMOS POR LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL, YA HUBO DEMASIADO FAVORITISMO A LOS PROVENIENTES DE LA LEY DEL PROFESORADO
Denis. Joel seguramente leerá su mensaje. Saludos
Joel. Muchas gracias seguramente Nestor leerá su mensaje. Saludos
Néstor. Hay un error de la Ugel 06. Envaré su correo al MED. Saludos
Muchas gracias por el apoyo, también envié por correo a la siguiente dirección: evaluaciondocente.acceso@perueduca.pe
pero no responden…
Borraron el video conferencia, francamente es falta de respeto y no aclaran ni responde el ministerio de educación.
Néstor. Gracias por la información. Saludos
Nestor. Gracias. Saludos
Néstor. Gracias. Me parece que la directiva es clara. Lo que puede estar sucediendo es que puede haber alguna limitación en el expediente presentado por su parte. Sin embargo no lo sé. En todo caso, presente una solicitud reclamando y adjuntando pruebas del ejercicio del cargo por el tiempo mínimo -o más- que demanda la norma. Saludos
Doctor Diaz; otra vez la norma, solo a favor de docentes que ocuparon cargo de Directores, ¿Es que acaso los docentes que ocuparon cargo de subdirectores no son parte de los cargos directivos para el MINEDU? ¿Nuevamente fustración y seguramente muchos ocn depresión por esta segregación…
Luis. Pero la norma dice que ocuparon cargos directivos. Me parece una mala interpretación de la Ugel. Saludos
Dr. Buenos días, mi consulta es que soy profesor nombrado como director, pero no he aprobado el examen de directores, mi plaza ha sido puesta en concurso, pero tengo conocimiento que en mi Ugel los que han aprobado el examen son solo 45 y las plazas puestas en concurso son 93, ¿me encargarán nuevamente la dirección?, teniendo en cuenta que soy nombrado como director en primaria pero con título en inicial.
Muchas gracias por su respuesta.
Edgar. Depende mucho de la misma Ugel. Me es dificil contestarle su pregunta. Saludos
DR. HUGO, Saludos para su persona.
Sobre el concurso pùblico de acceso a cargos de director y subdirector de II.EE. pùblicas. La comisiòn evaluadora no me considerò puntaje en el rubro 3: Experiencia profesional, en una resoluciòn por encargatura de Direcciòn por la vigencia de 01-04 al 31-12-2002. Antes el año escolar duraba solamente 9 meses. Pero segùn la norma para el concurso considera como año lectivo el periodo de marzo a diciembre. La consulta Dr. hago el reclamo de esta resoluciòn o simplemente ya no segùn norma no procede el puntaje motivo por cual no hay flexibilidad en la comisiòn de evaluaciòn.
Gracias por su apoyo.
Hasta pronto.
Marco. Reckame. Cierto es que el año escolar en esos años era de un mes menos. Saludos
Dr. Buenos Días:
La Resolución de encargatura de dirección que presenté al concurso de directores indica el mes de inicio (mes de junio) pero no de término, pues solo consigna HASTA NUEVA DISPOSICIÓN, y esta nueva disposición se dio en el mes de mayo del siguiente año, esta resolución es válida para acreditar el año de experiencia como director? Además esta resolución indica que solo se encarga las funciones de director sin beneficios correspondientes. Gracias.
Manuel. La norma dice que deben ser con anterioridad a diciembre 2013. Saludos
Dr. El año de la resolución que le describo es del 2007.
Manuel. No debería habrr dificultad. Saludos
Prof. Hugo Díaz, Buenas Noches
He sido nombrado el 08 de diciembre de 1992 en el Colegio Secundario de Menores y Primario y Secundario de Adultos, “Tito Cusi Yupanqui” – Modalidad Adultos – San Ignacio – Cajamarca, pero antes de ser nombrado trabajé un año en Educación Secundaria de Menores en la misma institución, para el concurso a cargos de director y sub director postulé a Educación Básica Regular Secundaria logrando aprobar el examen, pero resulta que ahora veo en la parte de consulta individual del Ministerio de Educación dice NO CUMPLE REQUISITOS, me gustaría me aclare mi situación y qué puedo hacer al respecto.
Luis. Causas puede haber varias. Lo primero que debe verificar es si respondo a los requisitos de la norma en cuanto a escala, años de experiencia en gestion y lo exigido en cuanto a estudios. Como sabe, la prueba es un factor de calificación pero no lo es tupid. Saludos
Buenas noches Prof. Hugo Díaz.
¿Y que va a pasar con las plazas que tienen medida cautelar?
Hago esta pregunta debido a que durante el proceso de Concurso se han venido presentando ante el Poder Judicial acciones de Amparo que han derivado provisionalmente en medidas cautelares, creando incertidumbre entre quienes han aprobado los exámenes para acceder a cargo de director y Sub director.
William. Es cierto lo que dice pero la situación cambió al darse la evaluación excepcional. Con ello los jueces deberían reexaminar sus fallos. Como le dije en anterior mensaje, el MED con sus abogados ya está viendo el caso, Saludos
¿Y que va a pasar con las plazas que tienen medida cautelar?
William. Es un tema que el Minedu está tratando de solucionar con el Poder Judicial. Saludos
Dr. buenas noches cordiales saludos.
DR. No publicaron los resultados finales del concurso a cargos de Director y Subdirector de II.EE. pùblicas en la pàg. del MINEDU de acuerdo al cronograma modificado. Porque no lo hicieron, talvez hayga alguna explicaciòn al respecto. Gracias Dr. por su comentario.
Hasta pronto.
Marco. Trataré de averiguar mañana lo sucedido y le comento. Saludos
Buen día maestro. tengo dos inquietudes.
1. Los postulantes a cargo directivo que lograron su inscripción a pesar de estar en la I escala de la Ley del Profesorado pero que ascendiernon en octubre del 2014 a IV, V, VI nivel, pues la rpesentación de su escalafón fue posterior al ascenso, podrán ser evaluados??
2. Los maestros de la II escala provenientes de la CPM donde estuvieron en I nivel, y que tuvieron cargos directivos en su colegio de convenio pueden ser evaluados?, toda vez que no cumplen los requisitos de este concurso, solamente por tener convenio con sus ii. ee.???
Gracias por su atención
Aida. Serán evaluados todos aquellos que lograron su inscripción para la primera etapa del concurso. Saludos
Buen Día Dr. Hugo.
Saludos cordiales. Tengo mis dudas en lo relacionado a la formación especializada en 200 horas. En la UGEL donde estoy postulando me dicen que no van a considerar los cursos de capacitación (como son por ejemplo un certificado por más de 200 horas en “entornos virtuales para el aprendizaje” ejecutado por la Universidad Católica de Santa María y otros certificados de capacitaciones que lo ha ejecutado el Gobierno Regional con auspicio de las Dirección Regional de Educación y la UGEL). Cumplo con dicho requisito con las capacitaciones detalladas líneas arriba. Mucho agradeceré su opinión y consulta al MINEDU
Lurdes.Tiene que ver el anexo 2 de la directiva que se refiere especificamente a la trayectoria profesional. Allí solo se consideran los grados de doctprado, maestría y segunda especialidad. Saludos
Señor Hugo Diaz le hago llegar mi saludo cordial y de esta manera comentarle sobre el concurso de directores y sub-directres que me tiene preocupada debido a que al momento de inscribirme no llene correctamente el rubro de la lengua materna y en la zona de Ancash la mayoria de las instituciones son consideradas en la lengua originaaria (QUECHUA ) Y EN REALIDAD NO SE PORQUE TANTO TRABA SI EN LA UGEL DONDE ME PRESENTE HAY 15 PLAZAS Y APROBAMOS EL EXAMEN 8 Y NO PUEDO TOMARLO ESAS INSTITUCIONES DÍGAME POR FAVOR SI REÚNO LAS CONDICIONES NO HABRÁ ALGUNA POSIBILIDAD DE QUE EL MINISTERIO RECONSIDERE Y EN REALIDAD EN LA INSTITUCIÓN DONDE TRABAJO YA TENGO 22 AÑOS DE DIRECCIÓN Y NO E TENIDO NINGÚN PROBLEMA Y LA GRAN MAYORÍA HABLAN EL CASTELLANO, ESPERO SU PRONTA RESPUESTA GRACIAS.
Edda Giovanna. Si en la Ugel ya la conocen y saben de su manejo del idioma espero que no haya problema. Mas bien trate de regularizar su expediente. saludos
Buen dia Dr. Hugo Diaz
Gracias por su respuesta. Estoy en proceso por cuanto ya presenté mi experiencia laboral y todo para Acceso a Cargo de Director para EBA avanzada. Provengo del III NM de 24029 con 20años de servicios oficiales, actualmente estoy enII Escala. Mi consulta es:
i) Inicialmente laboré en EBR Secundaria, hace 3 años atras
me reasigné a EBA Avanzada, Podrían objetarme al rspecto?
ii) Me indican que como no tengo ni 01 año de haber asumido cargo de Director, podrían observarme por ese requisito. Es posible eso??
Saludos
VICTOR MAMANI MAGNO
Víctor. La norma hace referencia al año que en el caso de los directores de la escuela púbica son 10 meses. Saludos
Gracias Dr. y otra consulta. estoy en la II Escala, con más de 11 años de servicio, no tengo ni 01 año de servicio como Director o Subdirector, podrían observarme al respecto.
Victor. La experiencia profesional en el cargo se valora. Saludos
buenas noches señor hugo diaz:
soy posttulante a un cargo de director en este concurso de directores…mi pregunta es sobre el requisito del informe escalafonario…en cuanto a la escala magisterial aparece asi: ESCALA 2… mis colegas me han dicho que debe aparecer asi: ESCALA II O ESCALA SEGUNDA…el asunto es que postulo a otra ugel de otro departamento..¿tendre alguna observacion o problema de parte de la comisiòn? muy agradecido señor hugo diaz
Sibina. No me parece que haya problema. Poner II o 2 es lo mismo. Saludos
buenas tardes:
mi consulta es si un sub director postula al concurso de directores debe renunciar al cargo y a partir de cuando se hace efectiva la renuncia, si en caso no renuncio y trata de sorprender a las autoridades que medidas se debe tomar.
gracias
Jesús. Se debe hacer al momento de saber que fue designado para el nuevo cargo. Saludos
Buenos dias:
Pero la norma indica que al momento de la entrega de su legajo en la etapa de trayectoria se debe adjuntar renuncia al cargo, ahora si aprobo con puntaje regular y no consigue plaza, cual seria su situacion laboral, retorna como docente o se mantiene en el cargo.
Jesús. Ni se afecta su cargo actual, simplemente tentó otro cargo y no lo logró. Saludos
buenas noches señor hugo diaz:
estoy postulando a un cargo directivo en este concurso de directores…mi pregunta es sobre la formacion especializada de 200 horas en gestion pedagogica, educativa o administrativa…obtuve un certificado PRONAFCAP DE 22O HORAS EL 2009 ¿este certificado vale como gestion pedagogica? ¿si la comision observa y no considera este este certificado como gestion pedagogica tengo posibilidades de reclamar con exito? gracias doctor diaz.
Alons0. Debe valerle. No entiendo porque se lo podría objetar. La única razón es que no esté dentro de los cinco años pero no parece que sea así. Saludos
Por favor, hasta cuando hay plazo para presentar los expedientes?
Sisi. No hay inscrilpcion es esta etapa. Solo rectificación de documentos en caso os hubiera. Saludos
Buen Día Dr. Hugo Díaz; agradecerle por los alcances y orientaciones al magisterio peruano; mi consulta, hay muchos docentes aprobados para acceso a plazas de Dirección y subdirecciones como el caso Lima, Cuzco, Junín entre otros; pero a la vez otras pocas regiones como el caso Huancavelica sobrarán plazas vacantes; ¿habrá la fase nacional o regional a coberturar dichas plazas? porque para un futuro Director por vocación será oportunidad a desempeñarse y contribuir con la educación cual fuese la distancia y el espacio a ubicarse. Comparto en que evitemos la mesquindad habiendo talentos en regiones o ugeles vecinas. Agradezco su respuesta.
Gonzales. Tengo entendido que el alcance es regional por cuestiones presupuestarias. Saludos
Doctor Hugo Díaz, soy profesor del nivel secundario y estoy participando en el concurso para la designación de directores, dígame es posible que me adjudiquen una plaza directiva de una Institución Educativa Integrada(inicial, primaria y secundaria) gracias por su respuesta
Nolberto. Depende como salga en la evaluación y como salen sus competidores. Saludos
Dr. Hugo, mi consulta es respecto de los profesores comprendidos en la primera escala magisterial provenientes del segundo nivel de la Ley del profesorado, necesariamente tienen que acreditar haber sido encargados en la plaza de director?¿es valido la encargatura en Sub direccion?. ¿Es valido la encargatura de Direcccion de una I.E particular?
no es valido, la norma es clara, si es de la 1ra escala tienen que tener encargatura en DIRECCIÓN, (no vales subdirección) y tiene que ser dentro de los últimos 11 años, y tiene que ser de colegio público
Denis. Gracias. Seguramente Pastor leerá su mensaje. Saludos
Pastor. Tiene que ser pública y desempeño en un cargo equivalente al que postula. Saludos
Dr soy participante del concurso de directores 2014 (nivel secundario) y la plaza que pretendo pedir en adjudicación es un plaza de educación de nivel primaria (según reporte minedu). la plaza en mención es de una IE que atiende los 2 niveles. ¿Sera posible que se me adjudique?. Agradecidamente
Noé. Si se ubica en el cuadro de meritos con el puntaje mayor que sus otros competidores si. saludos
si lo hice en mi informe escalafonario que presente dice 12 años y meses me reconocerán muchas gracias
Masiel. Recuerde que el tiempo que debe declarar es Desde que fue nombrada en algún nivel de la carrera. No el de contrato o interino. Saludos
Dr despues de aprobar el concurso me abrieron proceso administrativo el 4 de diciembre por negligencia funcional, estoy preocupado porq tengo alto puntaje y cumplo con los requisitos pero en los demeritos de mi escalafon aparece que me han instaurado el proceso quiero saber si esto no impedira que me asignen la plaza
Aldo Sebastián. Esperemos que no, pero no tener un demérito es un requisito. Saludos
Buenas tardes doctor yo estoy en la misma situacion que la colega yo me inscribi por que estaba encargada en dirección el año pasado tengo 6 años y 6 meses de nombrada proveniente de la carrera reconoci mis años accidentales cuando estaba en la otra ley que pasara conmigo irterceda por nosotros por favor gracias
Masiel. ¿No leyo la directiva que establecía los cronograma para el concurso en esta segunda etapa? Allí se especificaba con claridad que había plazo para corregir la información. Saludos
Masiel. Debió haber hecho la rectificación de sus datos en los plazos que la directiva acordó. ¿Lo ha hecho? Saludos
DR. HUGO, buen día.
Para comentarle que en las II.EE. donde algunos directores que fueron reubicados a Aula en la UGEL- VIRÚ-LA LIBERTAD, los reubicaron en la misma Institución Educativa. Dr. esto es posible o deberían ser reubicados en otras II.EE. Gracias por su respuesta.
Hasta pronto.
Edgar, De preferencia deben ser ubicados en la plaza de donde provenían. Saludos
Doctor buenas noches quisera saber si hay alguna norma que prohiba que un profesor que esta actualmente particpando en el concurso de directores pueda ser designado como DIRECTOR DE UGEL Y SEGUIR en el procesod e nombramiento de directores.Estaré muy agradecido por su aporte.
Ismael. La norma no dice nada de ello. Son casos muy aislados. La DRE debe decir al respecto. Saludos
Pero cree que esto es justo que s eaproveche del momento plolitico para quitar derechos a otros profesores que con tanto esfuerzo se ha logrado aprobar.
Ismael. Los derechos son derechos. Saludos
los documentos que se presentan para la fase de trayectoria en el concurso de acceso a cargos directivos deben ser fedateados o autenticados. La norma no lo menciona..gracias
José. En efecto, no lo menciona. Debe averiguarlo en la Ugel misma pues cada comisión adopta su propio criterio. Saludos
Dr Hugo , respecto al 10% que la Ley reconoce a los Licenciados de las Fuerzas Armadas, la respectiva norma y SERVIR lo aclara que ese porcentaje se añade en la entrevista personal, o también menciona que se añade a la última evaluación, si en el presente proceso no existe la entrevista y la última evaluación es la de expedientes entonces por qué la RSG 1551-2014 dice que este porcentaje debe añadirse al PUNTAJE TOTAL obtenido. ahí creo que está el error de los señores del Ministerio quienes no interpretaron bien y debiendo de cumplir con las normas cometen el terrible error de perjudicar a las mujeres en un 1000% ?volvemos al machismo? ¡eso es lo que ellos pretenden? miremos hasta dónde están en Comprensión lectora los señores del Ministerio? ?así exigen que los docentes y alumnos rindan en Comprensiíon lectora cuando ellos tienen deficiencias?
eso perjudica no solo a las profesoras, sino también a los profesores, que terminando la secundaria, continuamos estudiando, inmediatamente en la academia, para prepararnos para ingresar a la universidad, mientras que otros se fueron al servicio militar obligatorio, salieron se nombraron como auxiliares, con el 2do gobierno de Belaunde o el 1er gobierno de Alan, estudiaron educación a distancia en la cantuta , desde el 15 de enero al 28 de febrero hacían un ciclo, y en 2 semamas de agosto hacían otro ciclo,,,,,,,,,,,,, haciendo 2 ciclos en 2 meses,,,,,,,,,,,, quiere decir un ciclo = un mes,,,,,,, 10 meses para optar el titulo de licenciado, mientras que nosotros estudiamos en forma regular cada ciclo 4 meses, nuestra formación en 40 meses.
En el 2002 la sra meche Cabanillas, saco esa bendita ley de reubicación de personal administrativo (limpieza) y auxiliares, para que con titulo en mano se reubiquen en plazas docentes , sin dar ningún tipo de evaluación, lo que el apra malogro en los 80s lo termino a inicios del milenio
Joel. Gracias por el comentario. Seguramente Haydée lo leerá. Saludos
Haydee. Gracias por la observación. Comentaré su mensaje. Saludos
Dr. Diaz, buen día y Feliz Año Nuevo 2015.
Al respecto hice esta pequeña infografia, lo cual lo comparto. Gracias y esperemos que el MINEDU enmiende su error.
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=673716066072632&set=a.102394389871472.5694.100003027332935&type=1&theater
Alfredo Edgardo. Muchas gracias. La revisaré. Seguramente será muy útil para ñas colegas profesores. Saludos
http://www.slideshare.net/alfredin1000/error-en-la-bonificacion-de-10
Alfredo Edgardo. Muchas gracias. Saludos
Doctor, Dios le bendiga y que tenga en un feliz año nuevo. Interceda porque se lleve un proceso limpio y transparente en el concurso para directores. ¿Qué va a suceder si en una UGEL acepta como requisito un certificado de capacitación (200 horas) de temas pedagógicos o de gestión dado en el año 2014? y en otra UGEL donde no se acepte certificados de capacitación; y muchos docentes con altos puntajes tengan que abandonar el concurso. Por favor haga llegar nuestra preocupación al Ministerio sobre la aclaración de este requisito. Muchas gracias.
Oscar. Es un riesgo que se está afrontando. Ojalá como dice se realice el proceso sin mayores inconvenientes. Es un tema que lo haremos saber al ministerio. Saludos
Dr. Buenas Noches
¿Puede un docente sin ninguna experiencia anterior en Dirección, aspirar a una plaza directiva de una Institución Integrada siendo de Primaria, cuando el Director haya sido del nivel secundaria?
Guillermo. Hay un requisito de un año de experiencia en dirección de un centro. saludos
Dr. Hugo,en el presente concurso para acceso a cargos directivos se está considerando en la evaluación de expedientes el acreditar ser Licenciado de las Fuerzas Armadas, pregunto ?No están discriminando a las mujeres con este criterio que les otorga el 10% más del total del puntaje obtenido? ahora que estamos luchando por la igualdad y sabiendo que las damas generalmente no han hecho servicio militar han pensado acaso en la brecha discriminatoria que acaban de originar entre los profesores, convirtiendo a esta norma en machista y excluyente a las profesoras como todas las colegas que se esfuerzan por superarse y han demostrado ser eficientes en las tareas encomendadas? ? de qué manera el MINEDU puede solucionar este problema?
Albetrto. Es un problema dificil de solucionar pues es una ley que habría que derogar. No depende del Ministerio, Saludos
Doctor reciba Ud mis calurosos saludos. Soy docente de la tercera escala que provengo del segundo nivel de la Carrera Pública Magisterial y he aprobado el examen. ¿Tengo posibilidades de ocupar el cargo de director? Gracias por su respuesta
Wilfredo. Depende de cuántos se han presentado y que puntajes alcanzaron. Saludos
Buenos días profesor Hugo, provengo de la Carrera Pública Magisterial y me encuentro en la segunda escala magisterial de la actual ley, tengo 5 años servicio como nombrada, así mismo, logré aprobar la evaluación de acceso a cargos directivos, con una de las notas más altas de mi UGEL, mi consulta es ¿seré eliminada del concurso por no tener experiencia de 11 años? tengo entendido que estos 11 años sólo se les pide a los profesores que provienen de la ley del profesorado, pues, en la quinta disposición complementaria de LRM dice: “podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores del tercer nivel de la Ley del Profesorado y profesores del segundo nivel de la Ley de Profesorado que se encontraban encargados” en la presente convocatoria, sólo hace mención a los docentes que provienen de la ley del profesorado para acreditar los 11 años, y para quienes provenimos del la Carrera Pública sólo nos pide la segunda escala. ¿Es lógico mi razonamiento?
Andrea. La norma dice: Pueden participar en el concurso los profesores ubicados entre la cuarta y sexta escala de la Carrera Pública Magisterial de la LRM. La excepción es para los de la ley del profesorado. Saludos
Dr. Hugo, ¿En un colegio por convenio, puede continuar ejerciendo la encargatura de Subdirección un subdirector que no haya aprobado el último examen? OTRA PREGUNTA: ¿Los colegios parroquiales tienen potestad para proponer Directores o Subdirectores que no hayan dado el examen? Gracias anticipadas por su respuesta.
Juana. Deberá llegar un reemplazo para el director que no aprobó. En tanto sigue en el cargo. Los colegios parroquiales tienen esa libertad pero ahora respetando que el candidato haya concursado en la evaluación. Saludos
Dr. Hugo , mi preoupacion esta en la siguiente: Si un Director de EBE debe ocupara una direccion de EBR?. En mi parecer no es regular este movimiento de personal. Gracias
Carlos Fernando. Un requisito es la especialisdad que debe estar dentro de los tres niveles educativos de la EBR: inicial, primaria o secundaria. Saludos
buenas noches señor hugo diaz:
sobre el concurso de directores y subdirectores…en la trayectoria solicitan “FORMACION ESPECIALIZADA DE UN MINIMO DE 20O HORAS REALIZADO LOS ULTIMOS 5 AÑOS, O CON ESTUDIOS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD O DE POSTGRADO QUE ESTEN DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA GESTION INSTITUCIONAL, PEDAGOGICA Y/O ADMINISTRATIVA DE UNA II.EE.”….tengo un diplomado emitido por la UNDAC de cerro de pasco en gestion educativa en IE por 1200 horas… ¿cumple con ese requisito para postular a una direccion de una IE?….gracias señor hugo diaz.
Pedro. Ambos lo cumplen. El primero de especificar las 200 horas Saludos
SEÑOR HUGO DIAZ LA SIGUIENTE CONSULTA, HE APROBADO EN EL ULTIMO CONCURSO PARA ACCESO AL CARGO DE DIRECTORES Y SUB DIRECTORES, PERO TENGO UNA DUDA EN CUANTO AL FORMULARIO DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS Y TRAYECTORIA PROFESIONAL, YO SOY MAGISTER EN ADMINISTRACION DE LA EDUCACION. EN LOS DOCUEMNTOS A PRESENTAR DICE: COPIA DE LA DOCUEMNTACION QUE CUENTEA CON FORMACION ESPECIALIZADA DE UN MINIMO DE 20O HORAS REALIZADO LOS ULTIMOS 5 AÑOS, O CON ESTUDIOS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD O DE POSTGRADO QUE ESTEN DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA GESTION INSTITUCIONAL, PEDAGOGICA Y/O ADMINISTRATIVA DE UNA II.EE. A LA VEZ HE OCUPADO CARGO DE SUB DIRECTOR EN UNA II.EE. AHORA ES NECESARIO ACREDITAR UNA CERTIFICACION DE 200 HORAS COMO MINIMO. ES LA CONSULTA. A LA VEZ TAMBIEN DICE EL POSTULANTE NO PUEDE UTILIZAR UNA MISMA EVIDENCIA PARA ACREDITAR MAS DE UN CRITERIO. QUIERO QUE ME ACLARE.
Fresa Jesus. Si usted es magisterio presente la copia federada del grado. Eso ya le da puntaje. Si además tiene una capacitación en gestión superior a 200 horas presente el certificado respectivo. Lo que no puede hacer es que la maestría le sirves para atender esos dos criterios. Saludos
Buenas Tardes: ¿Con mis certificados de estudios de Especialización en CTA (Segunda especialidad) en el nivel secundaria (IPNM- 2012) , cumplo con el requisito para que puedan evaluar mi trayectoria profesional y no ser retirado del concurso?.
Miguel. Si el certificado consigna que duró 200 horas o más si. Saludos
Prof. Me podría mencionar cual es la comisión que evalúan los resultados del concurso y quienes la conforman…Muchas gracias
Willian. La Res de la Secretaría General 1551 en su numeral 5.9, del concurso especifica con claridad los roles y composición de la comisión de evaluación a nivel de la Ugel presidida por su director. Léala por favor. No debe suceder que se presenten a un concurso sin haber leído detenidamente la directiva. Saludos
como dicen que cada uno tenia que presentarse en la modalidad donde esta nombrada , pues la ugel 07 no esta respetando , ya que en cetpro hay profesores de ebr y han postulado a cetpro
María Luisa. Hay que ver la situación de esos profesores. Pueden ser de EBR pero nombrados en CETPROS. En todo caso es obligación de la Ugel cumplir la norma. Saludos
buena noches señor hugo diaz:
agradeder a Dios y a usted por su invaluable apoyo desinteresado que nos brinda a todos nosotros…
tengo dos consultas por favor:
1. estoy laborando en una ugel de huancayo, pero postulando a una plaza en la ugel 2 de lima para este concurso de directores…¿puedo fedatear mis documentos en huancayo o es necesario fedatearlo en la ugel 2 de lima para que no haya problemas posteriores?.
¿es mejor y mas seguro legalizar con notario mis documentos que pide la directiva para que la comision no los rechace o solamente autenticar y fedatear?….muchas gracias señor hugo diaz…
Cosme. Tiene que hacerlo en donde la Uge pueda comprobar la veracidad del documento, sin embargo, como dice, el ideal es que sea en la Ugel 02. Me es difícil darle una respuesta segura, se la tiene que dar principalmente la Ugel 02. No es necesario pero ayuda que un notario apoye la confiabilidad del documento. Saludos
DR. BUENAS NOCHES PERSONAS COMO UD ES JUSTO Y NECESARIO QUE EXISTA EN ESTE MUNDO GRACIAS DE ANTEMANO POR SU RESPUESTA.
MI PREGUNTA ES :
APROBE EN EL ULTIMO CONCURSO DE DIRECTORES PERO ESTUVE CON LINCENCIA CON GOCE DESDE ABRIL HASTA JULIO Y LUEGO SIN GOCE DESDE AGOSTO HASTA EL 16 DE DICIEMBRE Y ACTUALMENTE ME REINCORPORE PERO MI DUDA ES QUE ME SAQUEN DEL CONCURSO POR ESAS LICENCIAS. MUCHISIMAS GRACIAS POR SU RESPUESTA QUE DIOS LO BENDIGA
Edelinda. En principio hay plazos máximos de licencia que creo que usted no los ha cubierto. Sin embargo usted sabe que las direcciones no pueden dejarse sin ser cubiertas. Debe acercarse a la Ugel planteando su intención de reasumir su cargo. Ellos le dirán como han abordado el caso. Saludos
Dr. Hugo feliz navidad.
Disculpe la inquietud, en el registro de trayectoria profesional a presentar para el concurso de directores y subdirectores, para el rubro 2:Méritos solo los libros se asigna el puntaje o las revistas también son consideradas para el puntaje Dr. o solo los libros. gracias por su respuesta.
Edgardo. Sol se hace mención a libros. Saludos
Dr. Diaz, en primer lugar, que haya tenido usted una linda Navidad al lado de su familia y que Dios haya puesto sus ojos sobre su hogar colmándolos de muchas bendiciones.
Dr. Hugo, disculpe mi insistencia, es con respecto a que pueda usted interceder en el Ministerio por nosotros, los postulantes a cargos directivos, para que se aclare sobre el “CERTIFICADO de estudios concluidos”. Esperamos nos pueda usted ayudar para que se realice esta aclaración a nivel de Ministerio, en el marco de la ley, pero también de la justicia, puesto que la norma no dice “CERTIFICADO DE ESTUDIOS” y el “certificado de estudios concluidos” no existe, tan solo una una Constancia, quizás se pueda añadirse el record de notas, bueno, quedamos a su disposición.
Miguel. El curdo que acredite que duro 200 horas p mas. Saludos
quiero hacerle una consulta cuento con una constancia de estudios concluidos la puedo presentar para mi trayectoria profesional ya que pase la prueba de comprension de textos por que hay un problema que los certificados de estudios concluidos lo expediran en la universiddad que ternmine mi maestria el 7 de enero .Quiero saber si es valido por el COMITE DE EVALUACION DEBE SER FLEXIBLE
Luis Walter. Va a depender mucho del criterio del comité de evaluación. Para mí sería suficiente presentar la constancia de la debida universidad. Saludos
Doctor Hugo, Dios le bendiga; y desearle una feliz navidad. Quisiera que aclare mi duda. En la UGEL me manifiestan que el certificado de 200 horas sobre gestión debe ser del año 2013 hacia atrás; y que si el curso se ha llevado en este año 2014 no tendría valor. Dígame si esta afirmación es verdad, por favor.
Así también, si tengo documentos de haber inscrito en la Biblioteca Nacional con fecha del mes de diciembre del 2014, normalmente tiene validez? Le agradeceré muchísimo su respuesta.
Sesi. La norma no establece fechas máximas para la capacitación. Lo de la biblioteca si puede tener dificultades de ser reconocida pues fue hecha después de la inscripción. Saludos
Buenas tardes, estoy postulando una plaza directiva de educación inicial, tengo 29 años de servicio y asumí una encargatura de dirección el 21 de agosto de 1985, pero recién se me reconoció en 1986, esta resolución cumple con el requisito solicitado? Ah, estoy en la tercera escala magisterial. Muchas
gracias.
si Ud esta en la 3ra escala si puede seguir en el proceso …………. si tiene un año de encargatura de dirección , le puede servir para la evaluación de expediente (siempre y cuando sea año lectivo de marzo a diciembre)
El requisito de haber sido DIRECTOR mínimo un (1) año es para los que están ubicados en la 1ra escala……… y tiene que ser dentro de los último once (11) años….. ojo sólo vale encargatura de dirección , pero no de subdirección y obviamente tiene que ser del colegio público
Sebastian. Son los problemas que se generan en la construcción de la norma cuando se quieren satisfacer muchas situaciones heterogéneas. Ojalá las Ugel puedan actuar con competencia sino los reclamos será muchos. Saludos
Consuelo. Lo que dice la norna es que tiene que tener el encargo de dirección pir un año. Con lo que me dice no lo puedo apreciar. Saludos
Buenas tardes, acerca de los Títulos y otros, las copias ¿Deben ser legalizadas o autenticadas?. Años anteriores las UGEL no querían autenticar títulos, solo certificados de capacitaciones menores.
Saludos
Lo que dice la norma es que el certificado debe ser expedido por la institución formadora. No dice más. Saludos
Estimado Dr. Hugo Diaz, acabo de llamar por teléfono al Ministerio de Educación al 6409163 y tajantemente me dicen que la constancia de haber concluido la maestría no será aceptada y que solo es válido con los certificados de estudios. Por favor, recurrimos a Ud. para que se pueda hacer la aclaración respectiva.
María Elena. Veré que puedo hacer. Lamentablemente estamos a las 2.30 de la tarde y no sé si habrá gente trabajando en el MED. Saludos
Gracias Dr. Hugo por la respuesta inmediata, pero en el Ministerio (he realizado una llamada para consultar y me dicen lo contrario) las UGEL 01 (tengo un familiar que pertenece a esa jurisdicción)y UGEL 03 (a la cual pertenezco) no están al tanto de ello, he conversado con una especialista de la UGEL 03 y me dice que es un requisito el presentar los certificados de Maestría para justificar los estudios concluídos, de lo contrario no se tomará en cuenta. Se están dejando llevar por la primera parte en la que se dice “Certificado de estudios concluídos”, pero no entienden que no se pide los certificados de estudios, solo un documento que certifique los estudios concluidos, que en este caso puede ser una constancia o lo que emita la Universidad.
Le pediría por favor, que interceda por nosotros para que se realice esta aclaración a nivel de Ministerio para que el proceso sea justo. Gracias una vez más, por estar siempre apoyándonos, por estar al lado de la educación, la veracidad y la justicia.
María Elena. Remitiré sus preocupaciones al ministerio. Como dice, se hace referencia a certificado, no a certificados. Saludos
El documento “ NORMAS PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS 2014 en el punto 5.5 REQUISITOS DE LOS POSTULANTES” en el articulo 5.5.2 Excepcionalmente y por única vez, en aplicación de la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la LRM, pueden participar además profesores comprendidos:
b) En la Primera Escala Magisterial de la LRM, provenientes del segundo nivel de la Ley del Profesorado, que acrediten al menos 11 años de servicios en la carrera y hayan asumido encargatura de DIRECCIÓN por un periodo no menor de un (01) año lectivo dentro del tiempo mínimo de servicios requeridos.
• El detalle es que hay muchos profesores que se encuentran ubicados en la 1ra escala, se han presentado al concurso y han aprobado; pero no reúnen el requisito de haber asumido la encargatura de DIRECCIÓN por un periodo no menor a un año.
Al parecer muchos de estos profesores están buscando constancia de haber ocupado cargo de director en instituciones particulares, aquí hago un llamado a los señores del MINEDU, para que tengan en cuenta esto, aunque la norma es clara, tomando en cuenta lo siguiente.
– Acreditar mínimo 11 años de servicios en la carrera, es obvio que esos 11 años son en la carrera pública, (contados a partir del nombramiento con título ya sea en la Ley del Profesorado o en la Ley de La carrera Publica Magisterial, además de nuestra actual Ley de Reforma Magisterial.
No valen los años de servicio prestados en la educación particular, por lo tanto la encargatura mínima de un año solicitada en la norma tiene que ser una encargatura de DIRECCIÓN en la educación pública.
• Otro tema es que otros profesores, que también han aprobado, se encuentran ubicados en la 1ra escala, pero no reúnen el requisito de haber asumido la encargatura de DIRECCIÓN por un periodo no menor a un año, creen que por haber tenido encargatura mínima de un año en SUBDIRECCIÓN también están habilitados en este concurso. La norma es clara dice de encargatura de DIRECCIÓN, mas no encargatura de SUBDIRECCIÓN
• Y para terminar en la “Matriz de valoración de trayectoria profesional” en el ítem de “Cargo de director o subdirector en institución educativa privada, acreditado por resolución” la cual otorga dos puntos por cada año lectivo, hasta doce (12) puntos. La información que deben consignar para la aplicación del medio digital es la de constancia o contrato, para evitar los casos de fraude, se debería exigir copia legalizada de acta de estudios de un determinado grado por cada año, en el cual se aprecie los datos completos del director.
interesante análisis Sebastian, es por eso que veo a muchos profesores aqui en mi región buscando como locos constancias de haber sido directores de colegios particulares. Es algo que el MINEDU debe pronunciarse de una vez, y no esperar al ultimo cuando ya haya problemas, y Ud. Dr. tiene que ayudarnos
Joel. De acuerdo. Saludos
Sebastian. Gracias. Vale la aclaración. Saludos
Dr haga saber este escrito a los funcionarios del MINEDU
Cesar. Ellos leen el blog por lo que estarán enterados. Saludos
Estimado Doctor Hugo:
En el Formato de registro de trayectoria profesional que se encuentra en la pàgina del MINEDU se especifica que para evidenciar los estudios concluidos de maestría es necesario presentar el CERTIFICADO DE ESTUDIOS CONCLUIDOS. Una amiga llamò al nùmero de telèfono que figura en la pagina web del MINEDU y la señorita a quien consultó le respondió que eran necesarios los certificados de estudios. Disculpe mi insistencia pero quisiera saber si debo registrar los estudios concluidos de maestría lo cual solo puedo evidenciar con mi CONSTANCIA DE EGRESADO.
MUCHAS GRACIAS
Rozana
Roxana. Lo que debe ver es la columna de la derecha del anexo 2 que establece los documentos justificatoritos de la trayectoria. Si usted quiere asegurarse mas presente sus certificados pero la norma no pude eso. Saludos
Dios le bendiga doctor Hugo. Preguntarle lo siguiente: Este año 2014 he participado en un curso de capacitación en relación a gestión educativa con una duración de 200 horas; ¿Tiene validez como requisito para el concurso? También he inscrito en estos días mis cuentos en la Biblioteca Nacional; si presento ese registro tiene validez; asimismo si he sido asesora pedagógica en la producción intelectual de un libro de inglés; en el libro consta mi nombre; pero en el certificado que emite la Biblioteca Nacional solo figura el nombre del autor; si presento ambos documentos me darán validez como producción intelectual? También tengo un certificado de producción intelectual de haber participado en el concurso de Horacio Gamez ¿Tiene validez? Le agradeceré muchísimo su respuesta.
Sesi. Respecto del curso de capacitación no debe tener problema en incluirlo si cuenta con la documentación pertinente. La asesoría de un libro no cuenta para el puntaje sino es coautoría. Los certificados de producción intelectual no están contemplados. Saludos
Doctor HUGO, un saludo cordial a su persona.
Una consulta como documento obligatorio a presentar al concurso de directores y subdirectores, puedo acreditar como formación especializada de un mínimo de 200 horas. Con un diplomado en estrategias para la enseñanza del razonamiento lógico matemático, con un total de 1200 horas académicas y 40 créditos. Gracias por su respuesta Dr. Hugo.
Hasta pronto.
Marco. Está dentro de los alcances de lo que puede presentar. Saludos
Buenos días doctor Hugo.
Para consultarle sobre el registro de trayectoria profesional,para el rubro 3:Experiencia Profesional dice.
En el caso de experiencia como directivo de IIEE. se entiende como año lectivo el periodo de marzo a diciembre. A mi persona le encargaron la dirección en el año 2001, en ese entonces se trabajaba de abril a diciembre, la Resolución Directoral lo emitían de fecha de abril a diciembre. Dr. Hugo cree Ud. que me considerarán puntaje.
Gracias por su respuesta.
Claudia. Si me parece porque esa era la duración del año escolar. Saludos
Dr. Hugo buen día.
Como documento obligatorio a presentar para el concurso de directores y subdirectores, el que no tiene estudios de segunda especialidad o de postgrado, se debe acreditar que el profesor cuente con formación especializada de un mínimo de doscientas (200) horas. A que tipo de documento hace referencia a (certificados de capacitación, diplomados) relacionados con la gestión institucional,pedagógica, y/o administrativa de una IIEE. o estoy equivocado, por favor Dr. sáqueme de dudas. Gracias por su respuesta.
Edgar. Puede ser cualquiera de ellos siempre y cuando se cumpla con el criterio de las horas mininas. saludos
Estimado Dr. Hugo Diaz, estoy preocupada por el requisito de “Certificado de estudios concluidos” en maestría, el documento que nos otorga la Universidad es una constancia y siempre ha sido válido, en este caso, si se trata de los certificados de estudios, resulta un costo muy alto, puesto que la Universidad en la que realicé mis estudios a duplicado sus costos y debo suponer que sucede lo mismo en otras instituciones. Hoy estuve en la universidad y no pude gestionar los certificados porque no me alcanzó el dinero.
Por otra parte el tiempo que demanda la entrega de los certificados, en estos momentos, ya excede al límite de la fecha para presentar los documentos en la UGEL.
¿Será posible que se pueda presentar la constancia de egresado legalizada o fedateada?
María Elena. Si se fija en el Anexo 2, lo que la matriz le está exigiendo es lo siguiente. Si tiene el grado lo presenta con el número de registro, el año de obtención, el nombre de la institución y la mención del grado. En el caso que tenga estudios concluidos pero no el grado le piden los tres últimos requisitos y no el primero. Por tanto, los certificados no son necesarios. Si el documento expedido por la universidad que certifica que ha concluido los estudios. Saludos
consulta:
Doctor Hugo Diaz buenas noches, quisiera saber con claridad referente a la Publicación de la relación de profesores que deben rendir la Evaluación de Dominio de la Lengua Originaria según cronograma de concurso. Le agradeceré la explicación.
Marcos. No he seguido esa parte del concurso. Déjeme averiguar. Saludos
No estoy de acuerdo con la modalidad de la evaluación por que hay docente que tienen 27.5 ,35 ,55 en psc y están en la relación.Y otros que tienen en pct 56 y psc 72.5 no figuran en la relación.que injusticia.
Esperanza. La primera prueba es la excluyente y la que tiene puntaje minimo. Esas son las reglas de juego. Saludos
una consulta acerca de la trayectoria profesional,en un concurso para encargos, se presentó una situación: Un colega obtuvo el título de profesor en un instituto pedagógico y posteriormente su licenciatura en una universidad, y la comisión le otorgó puntaje como otro título profesional. Ahora se presenta de nuevo esta situación, ¿Cómo debería considerarse este título de Licenciado, ¿Cómo otro título profesional o como segunda especialidad?. ¿O no tiene puntaje?
Gracias por la respuesta
Ana. Los titulos profesionales son claros. Un titulo profesional de acuerdo a la ley no es una segunda especialidad ni maestría. Cuando se hace referencia a otro titulo profesional está implícito que es diferente del original no importan la institución quien lo otorgue. Saludos
Dr. ¡Buenos dias ! realmente sorprende el estilo de evaluación del Minedu , hay docentes que teniendo alto puntaje en Solución de Casos , y solamente por tener 55 puntos en comprensión de textos ,no hayan clasificado , y por el otro lado hay profesores que tienen 60 puntos en CTF y 35 puntos en solución de casos esten en la relación de clasificados ¡ es una barbaridad ! ¿ a caso no hay puntaje mínimo clasificatorio para Solución de casos ? , la Directiva dice que el puntaje mínimo para solución de casos es el 50% . Aclare por favor Dr. estos errores garrafales y de una contestación acertada y así solucionar el problema y que nos llamen como ganadores .
Coralia. En la primera evaluación hay mínimo porque es condición para pasar a la evaluación de casos. La segunda no tiene mínimo pirque ese se establece en función de las vacantes. Es decir los que tienen los más altos puntajes cubren las plazas disponibles. Saludos
Dr. Hugo Buen día.
Mi consulta es la siguiente, como documento obligatorio acreditar que el docente cuente con formación especializada un mínimo de (200) horas. Cuento con grado de Maestría en docencia y gestión educativa, este documento es suficiente para la acreditación obligatoria de requisito. Ahora este documento en la valoración de la trayectoria profesional será valido también para obtener puntaje en ese criterio.
Puesto que en la recomendación dice que los postulantes NO puede utilizar una misma evidencia para acreditar más de un criterio. Dr. Por favor acláreme esa situación.
Gracias.
Edgar. Usted mismo se ha dado la respuesta. Es decir, su grado de maestría le da para obtener puntaje en el rubro donde están los títulos y grados pero ya no para otro puntaje mas. Con una evidencia no se puede obtener doble puntuación. Saludos
Estimado Doctor Hugo:
Mi consulta es sobre los procedimientos para el registro de la Trayectoria Profesional en donde se especifica que para evidenciar los estudios concluídos de Maestría se debe presentar el CERTIFICADO DE ESTUDIOS CONCLUIDOS, lo que a nosotros nos entregan en la Universidad es la CONSTANCIA DE EGRESADO DE LA MAESTRÍA, que pone en envidencia que hemos concluido nuestros estudios. Haciendo referencia a la normas ¿Será necesario presentar los certificados de estudios o basta con la Constancia de Egresado? A mi parecer y como en anteriores concursos, debería tomarse en cuenta la CONSTANCIA DE EGRESADO puesto que a estas alturas, las universidades van a hacer su agosto, por ejemplo, fui a tramitar a la Universidad donde estudié la maestría y me cobran 400 soles, lo cual resulta oneroso.
Por favor, si Ud. pudiera hacer la consulta y/o sugerencia a los responsables, pues imagínese cuàntos maestros que hemos aprobado el examen estamos en esa condición. Podréan exigir la CONSTANCIA DE EGRESADO fedateada o en su defecto, legalizada ante notario, pero considero que los certificados de estudios, tanto por el costo como por el tiempo, nos complican más nuestra situación.
Muchas gracias por su apoyo
Roxana. La constancia de egresado creo es suficiente, además como dice ya ha sido así en veces anteriores. Haré la sugerencia de aclaración. Saludos
Estimado doctor Hugo:
Gracias por su pronta respuesta, muchos colegas como yo estamos a la espera de la aclaraciòn por parte del MINEDU, pues es una situación que nos preocupa sobremanera. La CONSTANCIA DE EGRESADO podría ser exigida como requisito que esté fedateada o legalizada por un notario, pero sacar los certificados de estudios està provocando que las universidades hagan su agosto, por ejemplo me comentan que en la Universidad donde estudiè hace dos meses el certificado de cada ciclo costaba 50 soles, es decir en total por cuatro ciclos 200 soles, pero hace poco han cambiado los montos a 100 soles por ciclo, en total 400 soles, imaginese la diferencia.
Gracias por su respuesta siempre acertada.
Saludos
Roxana
Roxana. En el Anexo 2 de la directiva, lo que la matriz exige es lo siguiente. Si tiene el grado lo presenta con el número de registro, el año de obtención, el nombre de la institución y la mención del grado. En el caso que tenga estudios concluidos pero no el grado le piden los tres últimos requisitos y no el primero. Por tanto, los certificados no son necesarios. Si el documento expedido por la universidad que certifica que ha concluido los estudios. Saludos
Doctor Hugo, un saludo fraterno.
Quiero saber el Informe Escalafonario como documento obligatorio a presentar para el concurso de directores y subdirectores se lo solicita personalmente a la UGEL, para su emisión correspondiente y luego adjuntarlo a la carpeta para su presentación. o la UGEL se encarga de ajuntar automáticamente el Informe Escalafonario del postulante. Por favor Dr. acláreme esta situación. Gracias por su respuesta.
Marco. Usted debe de adjuntarlo luego de recibirlo. Además recuerde que lo que debe consignar son sus años de servicio como nombrado en un nivel magisterial. Saludos
Buenas Dr. para el colega Guillermo el puntaje en PCT (prueba de comprensión de textos) tenia la característica de tener puntaje mínimo y el puntaje es de 60 puntos los que no lograron ese puntaje no pasaban a la otra etapa de PSC (prueba de solución de casos cerrados), esta ultima no tiene puntaje mínimo, por lo tanto el que logro en PCT 48 no clasifico, en cambio el que logró 60 puntos clasifico y pasa a la otra etapa, donde no hay puntaje mínimo.
Roberto. Gracias, aclara el tema. Guillermo seguramente leerá su mensaje. Saludos
Hola Doctor, busque su opinión y aprovecho para conocerla ¿cómo cree usted que se decidirá el concurso si haya una gran cantidad de aprobados? Mi duda está centrada en las pocas posibilidades que tendremos quienes no tenemos años de experiencia en gestión. Agradeceré su comentario. Saludos por las Fiestas Navideñas.
Patricia. No basta estar aprobado sino que luego de ello se hace un cuadro en función de las vacantes disponibles. Es decir, se va hasta donde se logran los puntajes mayores de acuerdo al numero de plazas. Saludos
pregunto …si daran el bono de beneficio del 10% a los licenciados tal como indica la ley para puestos de trabajo adm. publica.
Nelson. La ley dice eso. Saludos
Hola doctor Hugo. Con mucha tristeza tengo que comentarle que es una pena que en mi IE, este año no se haya dado el mantenimiento como en todas las escuelas del país. En el primer semestre no se dio y, cuando pensábamos que en el segundo semestre sí se daría, tampoco se dio. Todo el año he pasado con vidrios rotos en mi aula. El CM de mi IE es 0343020.
Le comento esto, porque sé que su blog es seguido por personas que trabajan en el MINEDU. Por eso espero que me dé alguien una respuesta, ya que nuestros estudiantes también merecen tener mejores ambientes.
Agradezco la atención que le dé a mi comentario y preocupación.
Mary. Se puede deber a alguna razón, por ejemplo, no se rindió cuentas de lo anterior, hay infracción de procedimientos, etc. No se la causa. Saludos
Despues de ver los resultados del Concurso de Acceso a Directores y Sub Directores me surgen algunas dudas.
Un colega de trabajo Hizo en PCT 48 Puntos y en PSC 60, pero no pasa a la siguiente fase.
Observando la relación una colega hace en PCT 60 y en PSC 35 y aprueba.
No se supone que en ambas etapas tenian que tener nota aprobatoria minima.
Guillermo. Raro, hay que ver el peso de lod otros factores de evaluación. saludos
Doctor en la R.S.G N°1551 estaba indicado que en PCT el mínimo era de 60 puntos la única prueba que tenía el mínimo para pasar las otras dos etapas.
Luis. En efecto, muchas gracias por el dato. En efecto para el caso que planteó el profesor Guillerno donde uno tuvo 48 puntos no alcanzo el mínimo. Saludos
Doctor Hugo, buenas noches saludos a su persona.
Disculpe la consulta, los documentos a presentar para el Registro de Trayectoria Profesional, para el concurso público de acceso a cargo de directores y sub directores. Dichos documentos deben ser fedateados por la UGEL a la cual se postula o deben ser copias simples. Por favor Dr. me puede ser la aclaración.
Gracias por su respuesta.
Marco. En el casi de titulos y grados deben serlo. saludos
Saludos Dr. Hugo Diaz. Es la primera vez que escribo en este blog y me parece muy interesante y felicitar que personas como UD se den el tiempo para absolver las dudas que ha traído consigo la reforma magisterial.
Yo tengo 27 años trabajando en el magisterio,en la UGEL de Urubamba Cusco y he sido nombrada en educación inicial.Pero mi título es de nivel primario. Es legal que yo que no he aprobado el examen de directores me reubiquen a un centro que esta en otra región y que tiene que ser en el nivel primario, pues yo he enseñado y recibido todas la capacitaciones en el nivel inicial durante mis 27 años de carrera y realmente me preocupa esto. Agradezco de antemano su respuesta y felicito otra vez este espacio.
Delfina. El tema para los que no aprobaron es que regresan a su plaza de origen guardando la misma hasta por un año. Pro como eso es inusual la administración va colocando personal donde hay necesidad de plazas. Esa puede ser la razón. Damas se están guiando por la especialidad seguida no la real y ocupada. No se si inicialmentebla nombraron como profesora de inicial o primaria. saldos
Disculpe Dr. Diaz, pero la disposición de que norma se refiere?
pues tengo un caso parecido y quisiera investigar mas. Gracias
Delfina. Conteso mas de 50 casos al dia y no se a que mensaje previo se refiere. por favor me indica. saludos
Buenas tardes. Por favor quería preguntarle ¿Cómo queda la plaza de un docente nombrado como director o subdirector después del concurso del domingo 14 de diciembre? Realmente no lo sé. Algunos dicen que la plaza queda reservado hasta después de tres años y es cubierta por contrato, otros dicen se somete a concurso o reasignación como plaza orgánica. Estoy con esa duda. Muchas gracias de antemano por su respuesta.
Andrea. Los que ganen el concurso tienn designación como titulares por tres años. Ellos por estar en una escala son nombrados. Saludos
Un saludos muy cordial a cada uno de mis colegas, DESEO SABER SI HABRÁ UN SEGUNDO CONCURSO PARA CARGO A DIRECTORES. A los que den mañana 14 Dic. su examen, muchos éxitos.
Nicolás. Me parece que este es el último por ahora, quizás hasta el 2016. Saludos
Doctor que gusto saludarle; pues tengo una duda en cuanto a las evaluaciones encargatura en el año 2015 para Directores (e) pues si uno deja de ser titular ¿tienes la misma asignación de sueldo como encargado?
José Luis. Si la tendrá salvo que usted vaya a un centro con menos secciones en donde se haya dispuesto una bonificación menor. Debe verlo antes de decidir. Saludos
Doctor, gusto en saludarle.
Respecto a las encargaturas, según la resolución de Secretaría general Nº 2076 – 2014, de directivos, jerárquicos y especialistas de UGEL. Lo que yo deseo saber es si los docentes que tienen condición de licenciados de las FF.AA. recibirán la bonificación del 10% en su evaluación. Acláreme esta duda. Muchas gracias. Saludos.
Alexander. En los concursos que se hagan si,. Saludos
Dr Díaz.
Seguramente no soy la primera maestra que mediante Ud. desea hacer llegar la voz de los maestros que confiamos en el ascenso planteado por ley de la CPM, fuimos evaluados por mas de 3 veces,se reviso nuestro record profesional y los años de servicio. La nueva ley nos dejo mal parados, según el ministro el ascenso automático fue un favor, personalmente lo veo como un perjuicio,mis colegas que ascendieron lo hicieron con una sola prueba, no se considero los años de servicio ni los estudios. Con lagrimas en los ojos le digo que nosotros nos jugamos por una ley,luego de una huelga del magisterio y ser llamados comechados por el presidente de la república sabrá Ud que fuimos marginados por los colegas que no quisieron ascender, nos tildaron de amarillos, nos marginaron y a pesar de eso el ministerio nos sigue marginando.Lo único que pedimos es poder dar el examen de ascenso,pues considero injusto este trato que recibimos los docentes de la CPM. Pedimos ser evaluados nada mas.
Rocío. Yo he sido un defensor de la CPM pero realisticamente le digo que el gobierno ya no dará marcha atrás. Hay que cumplir el tiempo de permanencia en una escala para ascender. Saludos
Dr. Hugo mis saludos y reconocimiento. Hace 20 años fui directora de una institución educativa por un solo año, ¿puedo dar el examen del 14 de diciembre?; la norma no aclara al respecto. Gracias
Cora. En efecto, la norma no especifica plazo para presentar el ejercicio del cargo como experiencia. Lo que no prohibe se puede hacer. Si dice un año. Saludos
Dr. Hugo los directores que no lograron el puntaje requerido para seguir siendo directores en el examen de Agosto , ¿ pueden participar en el examen del 14 de diciembre del 2014 ? o ya fueron excluídos del proceso . Saqueme de la duda , le agradezco por anticipado .
Karmín. Pueden hacerlo. Saludos
Dr. HUGO, buenas noches saludos.
Con respecto a las encargaturas que según la resolución de Secretaría general Nº 2076 – 2014 – MINEDU. Mi persona postula para una plaza en la Ugel en la que laboro, este 14 de diciembre.Puedo inscribirme en la Ugel, para la encargatura de algunas de esas plazas vacantes en paralelo no habría incovenientes. Porque la adjudicación de esas plazas se va a dar la tercera semana de diciembre. Que pasaría si apruebo la evaluación del 14 de diciembre y este es un proceso más largo. Espero su respuesta Dr.
Hasta pronto.
Edgar. Tengo entendido que solo puede presentarse a una laza pues el concurso es simultáneo. Saludos
para saludarle, y agradecerle por contribuir con sus orientaciones a los maestros y ponernos al tanto sobre los diversos concursos en el magisterio, por favor quisiera saber cuándo es la fecha del concurso se Directores para la segunda fase, GRACIAS.
Juan. Empieza el 14 de diciembre y termina el 6 de marzo. En una hora estará publicada en el blog, de lo contrario visite la página del minedu. Saludos
buenas noches señor hugo diaz:
respecto a las encargaturas de la direcciones y subdirecciones correspondientes a enero y febrero 2015…hay una información extraoficial queeee manifiesta que la ugel convocara un concurso de encargatura para cubrir la vacancia de esas plazas en enero y febrero 2015 ¿que hay de cierto al respecto señor Hugo Diaz. Gracias de antemano por su respuesta.
Carlos. No conozco de ello. Me guío por normas que se están trabajando no por rumores. Saludos
dr. Hugo Diaz justo quería que me explique respecto a las encargaturas que según la resolución de Secretaría general Nº 2076 – 2014 – MINEDU van a ser concursadas y las inscripciones se dará en cada ugel en la última semana de noviembre y la 1era semana de diciembre. Dígame, es sólo por enero y febrero?
Gracias por si respuesta.
Ana. En muchos casos no pues si quienes concursan a cargos directivos no pasan la evaluación dejarán sus cargos. Saludos
me escribí para la evaluación de directores y subdirectores pero no tiene visto bueno del banco la nación es valido o no
Celestino. Se supone que cuando se inscribe en el Banco de la Nación le dan una constancia. ¿Por qué no se la han dado o no la reclamó? Saludos
Soy profesora de inglés de secundaria y tengo casi 29 años de servicio. Acabo de ascender de la II a la VI escala. Actualmente soy Coordinadora (e) de TOE (sólo recibo alrededor de 2.00 nuevos soles por la encargatura) y estoy pensando presentarme en el concurso para cubrir cargos jerárquicos (que también son encargatura), me puede decir ¿cuánto voy a recibir mensualmente en caso gane el concurso? Doctor, muchas gracias por su respuesta. Bendiciones!!!
Victoria. La encargaturas de cargos jerárquicos todavía no están reglamentadas en cuanto a bonificaciones, lo que si le puedo decir es que su RIM en la sexta escala alcanzará los S/. 2,468. Saludos
Muchas gracias Doctor.
Victoria. Un gusto, Saludos
Dr. Hugo felicitaciones por su espacio,pregunto en caso de las plazas que no fueron publicadas ya que los directores aprobaron el exàmen pero estàn con algunos impedimentos legales lo que no les faculta de recibir su oficio, sin embargo han iniciado acciones para hacerse cargo.
Estas plazas podràn ser publicadas luego? o què es lo que podri
a suceder?
Gracias por su respuesta
Lourdes- Son las plazas que serán concursadas en el concurso siguiente que organiza el MED. Saludos
Buenas noches Dr. Díaz, solicitarle que haga recordar a los funcionarios del MINEDU, que deben publicar la matriz de contenidos que tendrá la evaluación a cargos directivos de Instituciones Educativas Públicas, que se realizará el 14 de diciembre del presente año. No vaya a suceder como ha ocurrido con la evaluación de reubicación docente, faltando 12 días el MINEDU a publicado los contenidos de las pruebas, ante el rechazo de los docentes. Saludos
Carlos Segundo. Haré presente su preocupación. Saludos
Dr. desde el 2011 hasta el 2013 me han venido pagando por 40 horas, es una plaza orgánica que actualmente en Chulucanas sólo la Institución donde laboro existe. El 2014 todavía no se hace efectivo el pago de encargaturas; el Director dice que la capacitadora le hizo saber que al Colegio le corresponde otra subdirección, puede haber una convertibilidad de la plaza. Además tengo entendido que existe la posibilidad de un concurso para cubrir cargos jerárquicos
Gracias
Aloys. Lo que tiene que certificar es si en el cuadro de asignación de personal de la IE existe la plaza aprpbada y si hay presupuesto para financiarla. Si es así hay posibilidad de lo contrario no se podría. Saludos
Estoy de acuerdo que hay muchos directores con procesos administrativos están inscritos, pero cuando presenten el expediente de trayectoria profesionalserán separados del concurso. También se han inscrito muchos docentes de la I Escala Magisterial que nunca han sido Directores, declarando bajo juramento cumplir con los requisitos, es trabajo del Comité de Evaluación de las UGELES.
Particularmente, no estoy de acuerdo con los puntajes asignados en la trayectoria profesional; sin embargo tengo que someterme a las reglas porque las conocía antes de inscribirme.
Dr. le hago la siguiente consulta ya que en la UGEL ni en la capacitación que ha tenido el Director la han resuelto. Actuelmente mi Institución Educativa cuenta con Director, Subdirector y un cargo JERÁRQUICO 40 HORAS DE COORDINADOR DE OBE CUYA PLAZA ES ORGÁNICA y la estoy cubriendo mediante ENCARGO; resulta que mi Institución ha ssido seleccionada para la Jornada Escolar completa, donde de acuerdo a la directiva, al Colegio donde laboro le corresponde 4 Coordinadores pedagógicos y un Coordinador de Tutoría obviamente la jornada laboral es de 30 horas. Dígame cómo queda el Cargo Jerárquico de 40 horas si actualmente son pocos los Colegios que tienenesa plaza, pero la ley de Reforma Magisterial lo considera como parte del Área de Gestión Pedagógica
Agradezco anteladamente su gentileza
Aloys. La jornada laboral es de 30 horas. Lo que puede suceder es que las 10 horas adicionales se las otorguen como una bonificación, no como parte de la RIM. Es importante para saber su caso como le pagan las 40 horas, como RIM o parte como RIM y otra parte como bonificación. Saludos
Dr. previo saludo, me encuentro en capacitación de directores por MINEDU en la cual se prioriza una improvisación en comprensiòn de textos funcionales y de ejercicio directivo que las considero capciosas y ambiguas que los capacitadores no conocen sobre administraciòn y/o gestion educativa este curso es una improvisacion es obvio la evaluacion no determina el mejor director con una convocatoria de 200 horas de formalismo como pèsima capacitaciòn, lo correcto debe ser de requisito inprecendible de tìtulo al cargo directico de lic. en administraciòn educativa o segunda especialidad en gestion educativa y no Magister en gestiòn educativa y/o pedagogia ya que los post grados son de altos estudios de investigaciòn superior y no se puede atribuir al ejercicio directivo.OTRO SI:En el curso siguen participando los directores que no reunen los requisitos al cargo directivo peor aun tienen antecedentes de denuncias y procesos administrativos pendientes en actos arbitrarios y ilegales en administraciòn pùblica por incurrir en negligencia administrativa y en actos de corrupcion e inmoralidad afortunadamente siguen en capacitación. Lo correcto se debiò admitir solo aquellos profesores que realmente les corresponde por formaciòn profesional al cargo y capacitarse para el concurso en la cual debe intervenir la UGEL de oficio por que existe registrado en escalafon y es muy lamentable que los directores que aprobaron en el anterior concurso registran denuncias y antecentes en procesos admistrativos pencientes en estos casos es complice los famosos ficalizadores del SUTE . espero su explìcita respuesta LE AGRADESO ANTICIPADAMNTE.
Alberto. Los requisitos para el cargo de director previstos en la ley son difíciles de cambiar pues hay que cambiar la ley. Eso no es posible por ahora. En cuanto a quienes son aceptados como candidatos, es un tema en el que la Ugel debería preocuparse más de verificar antecedentes. Pero debe tener en cuenta usted que si bien es correcto excluir a los que ya tienen proceso en curso, no se puede hacer lo mismo con los que se piensa que han cometido una falta grave pero no está probado. Saludos
Buenas noches sr Hugo Diaz :
este mes me ha venido 200 soles mas en mi sueldo de maestro….me informan en UGEl quees por las dos horas adicionales de incremento…y que los profesores tenemos que trabajar dos horas mas osea 26 horas…podemos trabajar dicen reforzando aprendizajes con los alumnos en otro turno en la misma IE o haciendo labor de consejeria con los padres de familia… es cierto esto..Si es asi en que norma legal se encuentra expresado esto. Gracias.
Carlos. La norma lo que dice es que la IE presentará a la Ugel un plan de empleo de los docentes que incorpore las dos horas adicionales. Saludos
BUENAS NOCHES DR:
VEO CON PREOCUPACIÓN QUE HAN PROGRAMADO LA PRUEBA EL MISMO DÍA QUE LA SEGUNDA VUELTA DE LAS ELECCIONES REGIONALES (7 DE DICIEMBE), YO SOY DE CHINCHA Y TENGO QUE VIAJAR A ICA A RENDIR LA PRUEBA, EN ESE CASO NO PODRÌA SUFRAGAR POR EL TIEMPO DE VIAJE ENTRE IDA Y VUELTA. SABE UD. SI VAN A MODIFICAR EL CRONOGRAMA?
Claudia. Saldría en estos días un anuncio modificando la fecha. Saludos
Dr Hugo Diaz, soy directora de la I.E, por 15 años tengo todos los requisitos para postular a una plaza de direccion, provengo de la ley de la CPM, actualmente estoy en la III escala de la ley de reforma magisterial, me parece que es descriminatorio que nos considere para dicho examen a directores, y subdirectores, porque solo a los docentes de la ley delm profesorado si muchos de ellos no cuentan con los requisitos y estan en la I Y II escala de la ley.
Carola Esther. Asi es, a los de la CPM se les pide IV Escala lo cual resulta poco equitativo. Parece difícil que el Minedu quiera cambiar ese criterio. En todo caso, expresaré su preocupación. Saludos
Señor Hugo Diaz: lamentablemente perdí el documento de inscripción que estaba dentro de una agenda que me hurtaron… de su respuesta deduzco que ya no puedo rendir la prueba de evaluación del concurso de directores..A que numero de teléfono del ministerio de educación puedo hacer la consulta sobre este caso….gracias por su respuesta señor Hugo Díaz.
Cosme. El correo al que puedes escribir es: http://evaluaciondocente.perueduca.pe/acceso/ Saludos
Por favor un dato adicional…estoy postulando al concurso de directores…
Cosme. Trate de hallar su inscripción. Saludos
Buenos días señor Hugo Diaz. Soy docente que está en la V escala magisterial y estoy inscrito para el concurso de diciembre próximo… sucede que he perdido en estos días el documento que emitió el Banco de la Nación al momento de inscribirme. por favor dígame si hay una alternativa de que como puedo solucionar este incoveniente…. le comento que tengo una copia simple de dicho documento…Gracias señor Hugo.
Cosme. Siempre en estos casos ha sido dificil superar la perdida de la inscripción. No ha habido alternativa. Saludos
Buenas noches sr Hugo Diaz:
Me disculpara sobre otro tema que tocaré. Es referente a los contratos de docentes para el año 2014. Mi consulta es sobre si los contratos serán cubiertos por examen concurso púbico o será por ratificación a propuesta de los directores de las IE. Gracias por su respuesta.
Carlos. Todavía no sale la directiva. En principio la renovación automática del contrato estaba prevista para el 2016 pero hay varias reformas que se aceleran. Saludos
Buen día Dr. agradezco por anticipado mi consulta, Soy Docente del CEBA “Victor E. Vivar” – Huamalies – Huánuco, paticipante en el concurso para el acceso a cargos de director y sub director, estamos en plena capacitaci{on para dicho concurso PERO LAMENTABLEMENTE TODO ESTE CURSO GIRA EN TORNO A EBR y no se dice nada sobre EBA, quisiera que nos proporcionen por lo menos el formato y los ejemplos de examennes para el programa por que la tematica y el desempeño ddirecivo es muy diferente. ojala los examenes sean tambien acorde al programa que postulamos.
Gracias
Flavio. Gracias por su comentario. Expresaré su preocupación a quienes llevan este programa. Saludos
cuando van a colgar el temario para el concurso para directores.
WILder. El ministerio deberá hacer el anuncio. Dejémoslo respirar un pico. Saludos
CORDIAL SALUDO:
Recordado Dr. Hugo me encuentro preocupada, me preparé para el concurso de directores en los cursos del MED (febrero marzo 2014) pero ahora cambiaron las reglas de juego ahora existe el proceso de comprensión lectora y no nos apoyaron en mejorar esta capacidad al 1er grupo. Ahora existe otro proceso de preparación y supongo que fortalecerán este aspecto y ahora no tenemos esta oportunidad los que ya recibimos la capacitación, porque ya no permiten inscribirse en esta nueva capacitación.
La verdad es que si me hubieran dado a escoger entre escoger una capacitación con el ISP “LA SALLE” Y EL ISP “GREGORIA SANTOS”, hubiese escogido el primero porque no hay seriedad con la 2da, lamentablemente el MED debe tener mucho cuidado al seleccionar los entes capacitadores, le comento ello porque debe haber durante el proceso de capacitación una evaluación constante a las instituciones capacitadoras vía internet para mejorar el proceso.
La mayoría de docentes en la 1ra capacitación estuvimos desmotivados por la falta de capacidad de los facilitadores y por la informalidad del trabajo, cambio de fechas sin previo aviso y consenso, dilatación del tiempo, poca exigencia en la producción de trabajos grupales y se convirtió en charlas de asuntos amicales que el propósito del taller. Lamentablemente muchos docentes decidimos ya no asistir solo cuando el facilitador tenía algo de reputación decidíamos recibir la capacitación, así que el último día que fuimos para saber si existía alguna novedad y lo peor fue observar que hicieron firmar planillas de asistencia de varios días con el fin de darnos un certificado. Todos los docentes hacían cola para regularizar las firmas, me quedé triste porque solo de esa manera pudieron motivar asistencia el último día. Déjeme decirle también que no es la 1ra vez que tengo esta mala experiencia, el 2009 también recibí capacitación por esta misma institución y fue la misma experiencia. Ojalá el MED se preocupe en monitorear bien cada proceso de capacitación. LA MEJOR EXPERIENCIA FUE VIRTUAL, la exigencia es mayor y hasta la calidad de los trabajos. OJALA NOS DIERAN CAPACITACIÓN VIRTUAL EN COMPRENSIÓN DE TEXTOS. Si no sabemos comprender lo que leemos como vamos a enseñar a nuestros niños a comprender, digo esto con mucha vergüenza pero una gran debilidad de mi persona y mis colegas.
Dina. Entiendo sus preocupaciones, pero la capacitación es un apoyo, no debe ser definitiva en la posibilidad de ascender. Lo irritante es el suero que usted haga para salir bien en la evaluación. Saludos
Siempre he felicitado a todos los que aportamos por el cambio y la mejoras en la educación de nuestra nación. Mi caso es que me inicié en el campo laboral como Bachiller en Economía-Administración; con 8 años de experiencia en el sector público. Luego estudié para Docente en el nivel inicial. Luego estudié;para estar actualizada y brindar servicios a la organización educativa.Bachiller en Educación en Ciencias Histórico Social; estoy por acabar y concluír mi Post Grado de Maestría en la mención Administración de la Educación. Siempre he hecho comentarios sobre la labor del cargo de Director y Subdirector; que se debe de tener un perfíl de preparación académica en las Ciencias de la Economía y Administración de la Educación; toda vez que las instituciones educativas; ya con esta reforma de reestructurar todo el aparato educativo; vienen a llamarse las instituciones educativas “Organizaciones Educativas”; bien dicha la expresión;porque se va administrar el recurso humano y el recurso financiero de las organizaciones. llevo 8 años como docente de inicial laborando en el sector público; y 8 años de experiencia en la administración pública. siento que muchos maestros nos sentimos capáces de desempeñarnos como tal;pero los requisitos para poder postular a director o subdirector; no van de la mano con lo que uno hace tanto sacrificio,esfuerzo y entrega cada día como profesional y poder brindar de uno los mejores servicios al usuario; de esta manera poder aportar a la educación de nuestro Perú.Bueno como profesional deseo brindar mis servicios a la educación y a nuestro PERÚ.mUCHAS BENDICIONES DR. HUGO DIAZ.
Olinda.Gracias por su positivo comentario. En efecto, poco a poco hay que avanzar a un criterio meritocrático pleno. Por ahora estamos en camino. Saludos
I.E.I. N° 675 “Retamitas de Yarucaya” (nivel inicial) C.M. 1078294, I.E. N° 20050 nivel primaria C.M. 0819961 y nivel secundaria C.M. 1055466, del centro poblado San Juan de Yarucaya, del distrito de Cochamarca, provincia de Oyón y bajo la jurisdicción de la UGEL 09 de Huaura.
Carlos. Ok. Saludos
Dr. Hugo muy buenos días, referente a las plazas publicadas para el Concurso de Directores, pertenezco a la IV escala magisterial y estoy encargado de la dirección hace 4 años en una I.E. en la zona rural que tiene los tres niveles integrados (Inicial, Primaria y Secundaria). Originalmente la plaza para dirección se creó para el nivel primaria y desde 1996 se amplia a nivel secundaria.La pregunta es porqué no puedo postular a la dirección de mi colegio donde estoy nombrado desde el 2002 en el nivel secundaria y de quién depende para que se produzca este cambio de nivel en la plaza. Este caso se replica en varias I.E. de la zona altoandina de la UGEL 09 de Huaura.
Carlos. Si es por la escala magisterial no tiene problemas en postular. Lo que no me indica es cual es la razón por la que me indica no puede postular. Si la escuela tiene los tres niveles no hay problema para que el profesor de un nivel que cumple los requisitos pueda hacerlo. Saludos
La plaza en mi colegio, que es integrado, está considerado para el nivel primaria y yo estoy nombrado en el nivel secundaria, esa es la razón que no pueda postular. Por el tiempo transcurrido, de 1996 a la fecha, no se ha hecho la actualización de información, pues para el sistema nacional mi colegio aún es de nivel primaria.
Carlos. Tendría que solicitar primero la actualización de información de lo contrario tendrá problemas. Saludos
Quisiera saber si los directores encargados que aprueben el examen, se quedarán en sus mismas plazas.
Ana. Han postulado a una plaza y es a ella a la que van. Saludos
Dr. estoy sumamente preocupada por lo que estoy inscrita para elconcurso de directores pero en los ultimos tres meses estoy con licencia sin goce de remuneración , y peor aún Dr. en los meses de noviembre y Diciembre me urge seguir solicitando licencia por problemas netamente personales y de salud , indiqueme Dr. las controversias que podrían presentarse. ¡ayúdeme Dr.,lo que si deseo por encima de todo presentarme al concurso de directores ! Gracias Dr. por sus orientaciones, por anticipado .
Karmín. Si quiere hacerlo tiene que estar en servicio activo.Saludos
PREGUNTA:
-ESTIMADOS PROFESORES, EN LO REFERIDO AL RUBRO DE TRAYECTORIA, 1.-FORMACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL
1.5.- TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD DOCENTE ACREDITADA CON TITULO:(6 PUNTOS)
CUENTO CON TÍTULO PROFESIONAL DE PROFESOR DE EDUCACIÓN PRIMARIA, PERO ADEMÁS TENGO UNA SEGUNDA ESPECIALIDAD CON TÍTULO PROFESIONAL DE PROFESOR DE EDUCACIÓN SECUNDARIA ESPECIALIDAD MATEMÁTICA
1.7.- OTRO TITULO PROFESIONAL ACREDITADO CON TITULO (3 PUNTOS)
CUENTO CON TITULO PROFESIONAL DE TÉCNICO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA
3.-EXPERIENCIA PROFESIONAL:
3.4 DIRECTOR O JEFE DE GESTIÓN PEDAGÓGICA: (05 PUNTOS)
DURANTE LOS AÑOS 2012, 2013 Y 2014 ME DESEMPEÑO COMO ACOMPAÑANTE PEDAGÓGICO DEL PROGRAMA LOGROS DE APRENDIZAJE- PELA- ASUMIENDO EL CRITERIO DE QUE EL CARGO DE ACOMPAÑANTE TIENE RANGO DE ESPECIALISTA
CONSULTA:
CONSIDERO QUE EN CADA UNO DE LOS CASOS DESCRITOS ME CORRESPONDE EL PUNTAJE INDICADO POR SER JUSTO DE ACUERDO A LA DIRECTIVA.
Luis. Lo que la directiva le permite acumular puntaje es correcto. Verifique bien si el otro titulo profesional acreditado le es válido. Saludos
Doctor Hugo reciba un cordial saludo, la inquietud que tengo es de los profesores que se inscribieron al concurso de Directores el año en el anterior; pero que no se dió, quedaron anulados automaticamente? o estan considerados para este examen.
Alberto. En otro proceso diferente, deben volver a inscribirse. Saludos
Estimado Doctor Hugo Diaz: Le hago llegar mis saludos a la vez me pueda absolver una duda, a la fecha vengo estudiando una maestría en la USIL por PRONABEC, como becaria y estoy con licencia con goce de haber, siempre espere este concurso de directores para poder presentarme y cumplo con todos los requisitos. Logre inscribirme y también daré el examen, mi pregunta va si gano una plaza me la darán ya que estoy con licencia y mi maestría termina en diciembre del 2015. Es factible que pidamos que nos reserven la plaza hasta nuestro retorno al lugar de origen. Muy agradecida por sus aportes.
Lourdes. Es una pregunta que no la puedo resolver. Depende la la DRE y la Ugel correspondiente. Saludos
Un saludo cordial, y a la vez hacerle llegar mi sugerencia, que con los cambios permanentes hay necesidad que los docentes constantemente se estén preparando y actualizando en educación y a veces las maestrías y los doctorados se hace en un tiempo largo y no es continuo, pero sí los diplomados con temas didácticos y de actualidad por lo que se debe de considerar para el concurso de directores y subdirectores 2014, por lo menos hasta dos diplomados con 6 puntos ya que tienen una duración de un año hasta 18 meses, en el anterior concurso con mucho criterio y amplia visión se ha considerado y ahora no. Por lo que pedimos que se modifique este aspecto a evaluar.
A ver si hace presente mi modesta sugerencia a los del MINEDU especialmente a los que tengan que ver con estas evaluaciones.
Gracias,
Atentamente
Elipio Luis. El problema con los diplomados está en el control. Todo el mundo los ofrece y es difícil saber cuando un certificado es verídico y cuando no.
Buenos días Dr.
El presente es para por su intermedio hacer llegar mi solicitud al MINEDU, en el sentido de publicar una nueva relación plazas para el concurso a cargos directivos (07 de diciembre), considerando las nuevas plazas de sub dirección generadas por renuncia de los titulares con el propósito de postular a una plaza de dirección. Es este el caso de la Institución donde laboro y en particular mi caso, toda vez que tengo planeado postular a la sub dirección porque el titular, luego del proceso de agosto, ha renunciado para postular a la dirección. O es que dicha plaza no se considerará para dicho proceso? Le agradeceré su intervención o aclaración según sea el caso.
Las gracias enormes por su apoyo.
Felix. No sé como estará viendo ese tema el Ministerio. Me imagino que tendrá primero que hacer será conocer específicamente cada caso y luego armar las vacantes definitivas. Sin embargo eso es muy difícil mientras no termine la inscripción. Saludos
Si Dr. estamos dentro del marco de los requisitos , por tal motivo le estamos pidiendo encarecidamente que nos apoye . haciéndole recordar al minedu que se coloque la fecha de inscripción del concurso a la segunda convocatoria en la página web del minedu . Gracias
Karmín. Como les he indicado, ya hace más de dos semanas he expresado al MED mi preocupación sobre el tema expresando ellos que están revisando la segunda convocatoria. Se los recordaré. Saludos
Dr. Hugo ¿puede apoyarnos ? pidiendo al minedu la fecha para la inscripción a la segunda Convocatoria de Ascenso de escala magisterial . Ya que muchos profesores no logramos inscribirnos para la primera convocatoria , esperamos que todos logremos inscribirnos .Gracias de antemano Dr.
Karmin. Depende de ustedes si están en el marco de los requisitos que se establecen, no tanto del MED. Algunos esperaron hasta el último momento y no lo hicieron. Luego pedían que se amplíe el plazo. Saludos
Saludos Dr. Hugo.
Tengo una inquietud Dr. relacionado al Concurso de Direcciones, si en el próximo examen de Directores hablando específicamente de la modalidad de EBA no hubiera aprobados, que pasará con las plazas desiertas, serán ratificados los directores encargados actualmente o bien se llevará nuevamente otro concurso para ocupar esa vacante. Agradeceré su respuesta.
Hernán Roberto. Sean a dar con el que viene dos concurso. No creo que de inmediato haya uno tercer.Dado que habrán menos vacantes es posible que las bases del concurso empiecen a ser más rigurosas, lo cual me parece bien. Saludos
Hernán. LO más probable es que si hay alguien que aprobó en otra institución educativa pero que allí no logra vacante porque hay otro que logro puntaje mas alto el que ocupa el segundo lugar vaya a otra institución. Saludos
Saludos cordiales Dr. Hugo.
Tengo una inquietud en el colegio que laboro es un colegio piloto tengo entendido que ellos pueden dar la RD. al nuevo sub director si fuese por tres meses, pero sucede que fue por cuatro meses .se llevó a cabo una reunión de profesores y se eligió a un profesor que esta nombrado desde el año 2010. por ser una persona carismática, líder en el colegio y por tener experiencia en una universidad de del departamento de Piura se presentó su expediente a la UGEL 04 la cual ha sido denegado el día viernes 17/10/14, él ha estado laborando apoyando al colegio incluso como no salía su RD. él seguía trabajando en sus horas pedagógicas, la UGEL ha manifestado que él no puede ser Sub director, así se haya realizado una reunión de profesores.
Manifiesta la UGEL que tiene que ser un profesora del cuarto nivel o quinto nivel de la carrera magisterial , los profesores no están de acuerdo y piden que se respete su opinión. Que se puede hacer en este caso el colegio se encuentra ubicado en CARABAYLLO y finalizando el año escolar, no se puede estar en estos problemas con cambio de Directores que se viene a fin de año. los perjudicados serán los alumnos, me parece q está actuando mal la UGEL.
Se quiere que un director sea LIDER PARA QUE PUEDA GERENCIAR BIEN EN UNA INSTITUCION que se lleve bien con la plana docente y así todos puedan trabajar en armonía no con imposiciones. Gracias por leer todo lo que manifestamos los docentes mil veces gracias
Lidia. Lo rimero que hay que preguntarse es si al momento d elegir al directivo ustedes revisaron las normas de elección viendo los requisitos mínimos que debe cumplir. Saludos
En la UGEL 04 NOS INFORMARON QUE SI HABIA ALGUN PROFESOR DEL CUARTO NIVEL QUE DESEA SER SUBDIRECTOR PERO Q SEA ELEGIDO EN REUNION POR LOS PROFESORES PERO QUE SI NO DESEA QUE FIRME UN DOCUMENTO DESISTIENDO DE ESTE CARGO POR ALGUN MOTIVO LO CUAL SE REALIZO. DISCULPE LO QUE DESEO SABER ES Q SI UN PROFESOR DEL SEGUNDO NIVEL CON 4 AÑOS Y 9 MESES EN UN COLEGIO PILOTO PUEDE SER SUBDIRECTOR, YO ME ACUERDO QUE HACE 6 AÑOS UNA PROFESORA CONTRATADA FUE SUBDIRECTORA EN UN COLEGIO DE INDEPENDENCIA
DISCULPE LA MOLESTIA PERO UD. ES UNA BELLA PERSONA QUE SE DIGNA A CONTESTAR A TODAS LAS PERSONAS Q SIEMPRE LE PREGUNTAMOS
Lo que tengo entendido es q los colegios pilotos tienen autonomia para elegir a su personal por tres meses o en casos de la subdireccion no se puede.
Lidia. Los colegios pueden proponer pero en el marco de las normas para la selección de directores y subdirectores. La norma dice que si provienen de la ley de CPM deben estar entre el IV y VI Escala. En la II Escala para los de la LEY DEL PROFESORADO pero con 11 años de servicio. Saludos
Dr. Hugo Diaz, o sea los profesores que después de los resultados del 10 de octubre ascendieron, inmediatamente el día sábado 11, fecha en que se cerraban las inscripciones, se inscribieron para el concurso del 7 de diciembre no podrán acceder a una plaza de directores, y la pregunta es ¿Cómo podrán saberlo si en su ficha escalafonaria, que es el documento que acreditara la escala, para la fecha en que lo soliciten ya figurará la escala nueva? Puesto que ya están inscritos y van a dar su evaluación, porque no ha existido un filtro de rechazo para los profesores de la ley del profesorado. Saludos
Barboza. No lo pueden hacer pues todavía no salen las resoluciones de reubicación. Lo que he dicho es que cuando estén oficialmente en una escala podrán concursar. Antes, así hayan aprobado no es posible pues no tienen esa resolución de reconocimiento. Saludos
Dr. Hugo Diaz, quiero que me despeje de una duda, los docentes que han sido ascendidos con la evaluación del 28 de septiembre, pueden postular a un cargo de director y subdirector considerando que ya se encuentran el IV, V O VI escala de la LRM y anteriormente estaban en la I y no lo podían hacer. Saludos
Barboza. En el nuevo concurso que se convoque si. Saludos
ante un empate poara ocupar uhn enacrgo en puesto directivo o jerarquico a quine se prefiere al q tenga el título pedagógico más antiguo o al que tenga más estudios académicos???? gracias
Martín. Prefiero la segunda opción pero analizando no la cantidad de cartones sino la calidad de los mismos. saludos
EN LOS ENCARGOS DE DIRECTIVOS POR LO GENERAL SON LAS UGELES QUEIENES EMITEN LAS RESOLUCIONES DE ENCARGATURAS, PERO ESTAS UGELES PODRÍAN DELEGAR A LAS UNIDADES OPERATIVAS PARA QUE EMITAN ESA RESOLUCIÓN DE ENCARGO???????? PARECE Q RESUILTA ALGO COMPLICADO MÁXIME SI LAS UO no tienen presupuesto aunque sí aliviaría la carga laboral de las ugeles est´pá de acuerdo??? bgrtacias
Martín. Si las reglas de selección de los encargados son claras, no vería problema en que esa decisión baje a la escuela. Saludos
Sr. Hugo Diaz:
Felicitaciones por el cargo, un merecido reconocimiento a su labor en favor de la educación.
Mi preguntas es la siguiente: Hay muchos docentes de la ley 24029 ley del profesorado que han participado de la primera evaluación de reubicación docente y han aprobado, pero en tiempo de servicio han colocado incluyendo sus contratos logrando una vacante que no le correspondía, cuando el MED identifique estos casos que va a pasar con el docente que se “equivoco en tiempo de servicio” se le bajará al nivel que le corresponde o se le anulará su postulación, en caso del primero, se desplazará a otro postulante con menor puntaje, que si registró bien su tiempo de servicio y tiene menor puntaje del que se equivoco?. Por favor indague sobre estos casos, hay muchos con ese error y la preocupación es de los de menor puntaje si van a ser bajados en el cuadro de merito perdiendo su vacante.
Jennifer. Para cada escala hay un cupo de plazas a asignar. No se puede pasar de ese cupo. En el caso de los que han errado al poner su tiempo de servicios seguramente se les pondrá en su verdadera escala respetado los cupos anteriormente mencionados. Los que tienen puntaje mas alti son los que acceden al descenso. Saludos
Saludos cordiales Dr. Hugo.
Tengo una inquietud Dr. que me preocupa y agradecer por su intermediación y respuesta, es sobre las REASIGNACIONES de personal docente en su etapa de TIPO 2, la cual no se llevó a cabo el año pasado en la DREP Puno. Según la normativa R.M. Nº 426-2014-MINEDU relacionado al concurso de directivos en su articulado 3 manifiesta y dice: “Suspender a nivel nacional durante el año 2014, los procesos de reasignación de los procesos comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley, por las causales de interés personal y unidad familiar, establecidas en la presente norma” y ello creo que no debería suspenderse a sabiendas que al próximo año según manifestaciones del Ministro de Educación habrá nombramiento de docentes y tengo entendido que en el presente año hay bastantes plazas por cese de 65 años que se produjeron, entonces, lo más lógico y atinado es de que esas plazas sean cuberturadas mediante reasignaciones por parte de profesores que hemos estado por varios años alejados de la familia y en lugares recónditos de nuestra patria y que las plazas dejadas de parte de los docentes reasignados sean cubiertas posteriormente por los nuevos nombrados.
Hernan Roberto. Gracias por su aporte. Buscaré de comentarlo en algún momento con las autoridades. Saludos
SALUDO DR.
RESULTA PARADÓJICO QUE, EN LA ERA DE LA INCLUSIVIDAD SUCEDA QUE PARA INGRESAR A LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL, COMO ES EN MI CASO PARA EL IV NIVEL, TUVIMOS QUE AFRONTAR UN PROCESO EVALUATIVO DE CUATRO EXÁMENES MÁS UN MÍNIMO APROBATORIO DE 14 Y HOY PARA ACCEDER INCLUSO A LA VI ESCALA LO HAN HECHO CON UNA UNICA EVALUACION Y CON UN CALIFICATIVO MUY INFERIOR A 14. ¿QUÉ LLAMARLO A ESTO?
EN EL PEOR DE LOS CASOS NOS EXCLUYERON O NOS PRIVARON (ROBARON) LA OPORTUNIDAD DE PODER PARTICIPAR DE ESTA EVALUACIÓN. ¿QUÉ LLAMARLO A ESTO? ES ACASO UNA “POLITICA DE EDUCACIÓN”, MARGINAR A LOS QUE APOSTAMOS POR LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN?
EMPERO Y AUN ESTÁN A TIEMPO DE ENMENDAR EN ALGO SU DEPLORABLE ACTITUD Y EN EL SIGUIENTE PROCESO DE EVALUACIÓN DE ENERO NOS OTORGUEN LA OPORTUNIDAD DE HACERLO.
ENTRE OTRO ASUNTO, SUGIERO CAMBIAR LA ADMINISTRACIÓN DE LOS PAGOS A LOS MAESTROS, TODA VEZ QUE LAS REGIONES NO LO HACEN CONVENIENTEMENTE. SE DA EL CASO DE LA REGIÓN TUMBES QUE PARA SUS TRES UGELES TIENES DINERO SOLO PARA PAGAR HASTA EL MES DE OCTUBRE, PARA LOS DOS MESES RESTANTES DEL PRESENTE AÑO YA NOS HAY PRESUPUESTO. ES TANTA LA SITUACIÓN QUE LOS DOCENTES DE ESTA REGIÓN ESTÁN PLANEANDO LABORAR SOLO HASTA EL MES QUE LES REMUNEREN. HECHO QUE ATENTARÍA ENORMEMENTE AL APRENDIZAJE DE NIÑOS Y ADOLESCENTES ESCOLARES.
SÉ QUE EN SUS MANOS NO ESTA LA SOLUCIÓN PERO SÍ PUEDE CANALIZAR NUESTRAS INQUIETUDES, ES ESTA LA RAZÓN POR LA QUE EMITO EL PRESENTE MENSAJE.
MUCHAS GRACIAS POR ESE APOYO INCONDICIONAL Y TRASCENDENTAL A LA VEZ.
Félix. Así lo haré. Converso frecuentemente con funcionarios y autoridades y siempre les expreso preocupaciones como la suya. Saludos
Saludos de mi estima personal, tengo pendiente procesos administrativos en la UGEL en materia de denuncia que registran desidia e intransigencia administrativa sujetos a silencio administrativo son vulnerados a la normatividad por los funcionarios de educación quedando impune, es obvio aquí prima las influencias en la corrupción y/o inmoralidad institucionalizada que negocian terminando hasta en laS DRE . mi consulta si es posible interponer ante el CADER de ministerio central de educación y/o enviarme de respuesta el FAX O telèfono.Agradeceré su respuesta
Albert. Lamentablemente me es dificil ayudarlo pues no conozco los pormenores del caso. Trate de arreglar primero de buenas formas con la Ugel, recuerde que son los que ostentan el poder. Un buen trato y relaciones ayudan así el problema continúe. Saludos
alguien tiene el link del temario del concurso de directores? para descargarlo?
Cristian. Cualquier profesor que o tenga seguramente se comunicará con usted. Saludos
Dr. Hugo Díaz, estoy actualmente en la cuarta escala provengo de la carrera pública magisterial y ahora viendo los resultados de las reubicaciones de escala, veo que con los requisitos con los que cuento ahora hubiera estado en una escala superior, mi pregunta es ¿Habrá un concurso para ascender de escala para los que provenbimos de la Ly de la CPM?, por que en realidad no estoy en la escala que me corresponde, esto por que en el momento de ingresar a la CPM, aún no tenía maestría en educación sino en derecho.
Tania. Tiene qu cumplir el plazo de permanencia en el nivel para poder hacerlo. Saludos
con todo respeto le pido que para los próximos concursos o evaluaciones el minedu incluya en las normas el puntaje mínimo……..sólo lo aplicaron para la evaluación excepcional pero no para las demás convocatorias……..por qué sería????….
María Isabel. En efecto, es un tema a evaluar mejor. Saludos
Profesor Hugo.
Me permito expresarle un saludo cordial y al mismo tiempo hacerle llegar esta inquietud, ¿Por qué a los docentes que se presentaron a las evaluaciones anteriores, se les exigió cuanto documento hayan obtenido y solo alcanzaron hasta el quinto nivel?, sin embargo ahora les ha bastado sus años de servicio y superaron a los anteriores ¿Qué pasó? ¿Hay temor a algo o a alguien?. Gracias.
porque saben que tienen una gran responsabilidad en la educación
Josefina. No he estado participando en el diseño de las normas. En parte en la CPM se vio la necesidad de reducir papeles que no había como demostrar su veracidad. No sé si se pasaron al otro extremo. Saludos
dr de aprobarse una njueva directiva sobre encargos en cargos directivos, jerárquicos y de especialistas de educación, en qué debería redundar estos proyectos????? para darse el gran cambio GRACIAS
Martín. La prioridad del MED ahora es hacer cargos para titulares no para encargos. Seguramente los habrá pero pocos. El gran cambio es que los encargos también deberían considerar algún concurso y no solo regirse por la escala y antiguedad. Saludos
excelente idea aunque ello pueda demandar gastos millonarios Gracias por su opinión
Martin. Un placer. Saludos
dr disculpe que insista en el punto sería conveniente que en el concurso para encargos de directores, jerarquicos se comnprenda una evaluación de conocimientos o basta con el examen documentario del recorrido laboral en el magisterio??? gracias
Martín. El examen de papeles no basta. Creo que es un tema en donde ya existe consenso. Saludos
en ese mismo sentido qué pasarfía si dentro de un colegio ningún docente quiere asumir la encargatura de cargos jerárquicos y subdirectivos de la escuela, qué debería hacer la ugel o director en ese caso ????? GRACIAS
Martín. Traer alguien de fuera. Saludos
dr qué pasaría si nadie acepta ser encargado de la dirección de un colegio ??????? hay un vacío legal en ese sentido, qué se podría proponer si se da ese caso???? GRACIAS
Martín. Lo que no puede quedar vacío es la responsabilidad. Hay que actuar. Saludos
dr estoy en lo cierto que lo q le corresponde a un director encargado es remuneración de su plaza de origen más el adicional (asignación) ????? gracias
Martín. Hace un par de años hice la consulta a la Unidad de Personal del MED y me indicaron que lo único que diferencia a un encargado de un titular es la resolución de designación pero que deberían tener los mismos derechos económicos. Eso parece haber variado no tanto por el derecho que les corresponde sino por el desorden presupuestal. Pero en lo que dice está en lo correcto. Saludos
SALUDOS, MAS QUE COMENTRIO ES UNA CONSULTA QUE EL MINISTERIO A PESAR DE HABERLES ENVIADO CORREOS SOBRE ESTO NO ME HA CONTESTADO.
SOY DOCENTE DE 17 AÑOS DE SERVICIO, AL INTENTAR INSCRIBIRME AL CONCURSO DE DIRECTORES Y DESPUÉS DE HABER LLENADO EL FORMATO VIRTUAL, AL ENVIAR PARA EL SIGUIENTE PASO, NO GENERABA EL SIGUIENTE PASO, POR QUE ME SALIA EN EL CUADRO DEL DNI UN MENSAJE QUE DECÍA: SU DNI NO CUMPLE REQUISITOS PARA SU INSCRIPCIÓN, NO SE POR QUE, HABRÁ ALGÚN PROBLEMA CON MI DNI. ENVIAR RESPUESTA A MI CORREO POR FAVOR
Juan Carlos. generalmente e DNI es rechazado cuando entra en conflicto con uno de los requisitos obligatorios de la norma. No sé cual es su situación. Saludos
Dr. agradeciendo su respuesta.
¿cuando los docentes de la CPM 29062, podremos ascender de nivel o escala? Ud. cree que en este gobierno o tendremos que esperar al proximo donde ya no este Patria Roja que le aterraba la 29062 por eso la siguen combatiendo, utilizando todos los medios………espero su respuesta.
Roberto. Podrán hacerlo cuando se cumplan los plazos de permanencia en la escala previa. Saludos
Dr. Jugo saludos cordiales a su idonia y proba persona, le rogaría que sus respuestas sen mas explicitas con fundamento de nivel administrativo lo que hace falta ya que los profesores carecen de èste conocimiento desde luego es una oportunidad que su digna persona està educando a los profesores a nivel nacional . en vista que hay profesores su pregunta no lo fundamentan debidamente a falta de conocimiento. Le agradezco anticipadamente.
Alberto. Me es muy divicil atender su pedido. Comprenderá que por día me llegan a veces más de 50 mensajes. Yo hago lo que puedo por ayudarles pero tengo múltiples ocupaciones que debo atender. Si no las hago no tengo como sobrevivir. Me disculpa. Saludos
Tengo una inquietud. Recibí como tutora un memorandum donde responsabilizan a los tutores de secundarias como profesores de aula en primaria sobre pérdida o deterioro de culaquier mobiliario del aula. Me pregunto si en mi colegio alquilan los directivos las aulas los fines de semana a universidades privadas ¿por qué los tutores tenemos que ser responsables directos? ¿por qué cada estudiante se hace responsable de su mesa y silla y costear la reparación en caso de deterioro?
Lourdes. Creo que hay mucha razón en lo que dice. Planteen a la dirección la realidad de las cosas y la necesidad de replantear la norma dada. Saludos
Dr. Hugo.
Al haber aprobado el examen excepcional de directivos 2014, he sido designado en el cargo de Sub Director de una I.E. Mi consulta es sobre las funciones que corresponde desempeñar como tal, toda vez que ya no se precisa si es Sub Director de Formación General o de Área Administrativa.
Gracias Doctor por su atención.
César. Primero tiene que averiguar que tipo de cargo es el que va a asumir. Saludos
dr
una pregunta las 200 horas de especialización en gestión educativa en los últimos 5 años ,,,, puede ser con varios certificados que sumen las 200 horas o más????
Profesor CPM. Se requiere que el curso sea integral. La suma de varios certificados no es lo que se pide. Saludos
doctor para la encargatura de un director de un plantel quien debería predominar el docente con mas tiempo de servicios oficiales o eld e mayor jerarquía””????????? gracias
Martín. Lasultimas directivas privilegiaron ela antiguedad, Saludos
pero no cree usted independientemente de las normas que se debe prefreir al de mayor escala magisterial?? gracias
Martín. Yo estoy de acuerdo con usted. Lo que sucede es que las normas han sido caprichosamente elaboradas en los últimos años. Saludos
Ante todo felicitaciones Dr. Hugo por el cargo logrado. Laboro como Director encargado desde el año 2013 y 2014 en una plaza orgánica presupuestada de Dirección y con jurisdicción a la DREP Puno, provengo de la CPM Ley Nº 29062 con II Escala Magisterial hasta el momento no se hace efectivo el pago correspondiente. Por favor, tenga a bien interceder por nosotros.
Por otra parte Dr. Hugo cuanto nos deberían pagar de acuerdo a los datos arriba proporcionados de acuerdo a las normativas vigentes en cuanto a Cargo de Directivos. SALUDOS, agradeceré infinitamente su repuesta.
Roberto. Depende en que tipo de institución educativa trabaja. Para el personal que está ejerciendo el titularato del cargo las bonificaciones van de 400 a 800 soles. Saludos
Conoce de alguna norma que prohíba la convocatoria a directores a capacitación durante la jornada laboral de clases??? yo no conozco creo que se puede capacitar a los directores dentro de su jornada siempre y cuando se encuentre prevista en su plan anual de capacitación?????? Gracias
Martín. No existe la norma, solo iun acuerdo entre el MED y las DRE que las capacitaciones deben procurar hacerse fuera de las horas de clase. Saludos
Estimado Sr Hugo Diaz
Comparto las opiniones de mis colegas de la CPM ,que los señores del Med todavia estan a tiempo de rectificar su eeror de habernos excluido del exaMEN de ascenso estamos dispuestos a participar en la segunda convocatoria que sera en enero ,no sean injusto ,para estar en el nivel que estamos nos costo mucho esfuerzo, se dice que hasta con nota de 10 estan en la tercera escala.
Pedimos por intermedio de Ud que nuestro pedido sea escuchadoi .
Muchas Gracias Y que Dios lo Bendiga , asimismo que los señores del MED escuchen y ejecuten este pedido ,no hay nada imposible .
Jesús. Haré elevación de su consulta. Saludos
Buenas noches doctor Hugo:
Existen casos en que los directivos ratificados se lo merecen pero en otros casos con el de la Subdirectora de mi institución, la evaluación debió realizarse observando su trabajo porque conoce de las normas vigentes sabe en algunos casos como actuar, pero nunca lo aplica. Ya que es autoritaria y burocrática, evita las reuniones para concertar y tomar decisiones en forma democrática.En las raras reuniones que convoca a exigencia de los coordinadores,ya que no reune a los docentes en conjunto, no acepta las decisiones de la mayoría ni los compromisos que queremos asumir, opta por lo que ella le parece. Quisiera que oriente que medida se debería tomar porque sufrimos acoso laboral, en cada Asamblea de forma personal me alude que no trabajo en la institución difamándome publicamente y hace oídos sordos mi participación o corta mi participaciòn, esto se lo he tolerado ya en varias oportunidades, inclusive por el bien de la institucion el cuadro de horas del presente año que ella elaboró sola nos perjudica a varios docentes en nuestras horas no respetando que los de mayor escala y tiempo de servicios merecemos nuestras horas de especialidad, aprovechando que estamos de vacaciones nos respeto nuestros derechos, perjudicándonos en algunos casos con 2 tutorias y horas de otras áreas que a otros docentes de menor tiempo le correspondía,a mi plaza le asigno 8 horas de otra àrea, reclame con documento al director y en la UGEL solo consultamos porq los reclamos provocaria retraso en clases al moverse el cuadros de horas y por el bien de la institución tuvimos que aceptar la distribución, pero la UGEL enterada ni siquiera le hizo una llamada de atención para que acepte su error, los especialistas de la UGEL nos dan la razón, pero como esta protegida por el partido de turno de la región, no le paso nada a pesar de memoriales. Yo estoy encargada de jefa de taller pero en estas semana de asamblea me ha atacado de la misma forma que yo no trabajo y que no aporto a la institución. Señor Hugo en la medida de mis posibilidades fuera de mi jornada laboral con un equipo de docentes que somos acosados, hacemos proyectos: Boletines de producciones literarias cuya utilidad es reinvertida en los alumnos como paseo a los alumnos talentos, agasajos para ellos, publicamos libreta de apuntes, agendas elaboradas por nuestros alumnos y la utilidad en un caso fue para hacer un pequeño enrejado a un area verde en otros casos equipamiento de talleres, clases vacacionales y la utilidad se compro 2 proyectores que queríamos que nos sirvieran para nuestras clases extracurriculares gratuitas pero que la Dirección le dio a otro área, en fin hay tanto proyectos que venimos haciendo por el bien de nuestros alumnos con el agradecimiento de los padres de familia, y la Subdirectora abusa de su autoridad y no pierde oportunidad de tratarnos de holgazanes y de acusarnos que en el problema de deserción escolar no hemos hecho nada, desde mi cargo hago lo que mis fuerzas me dan. Por favor oriente cual es el proceso para denunciar este acoso que ya queremos que cese, porque la Subdirectora tiene 3 años mas de ratificada, pese que vino hace 2 años sancionada de otro colegio donde hacia lo mismo. Instruyanos a que me medida formal tomar medidas correctivas al maltrato que somos víctimas. Muchas gracias.
Es cierto que no todos los directivos merecen ser ratificados. Donde laboro han sido ratificados pero el colegio es un caos.Antes del examen pidieron vacaciones anticipadas y casi ni se los veía por el colegio. Ahora que han aprobado las cosas siguen igual que antes…¿Tenemos que soportarlos 3 años más para que se evalue el buen deempeño de los directivos de acuerdo a las metas de atención y encuestas?
Es un panorama desolador y nos sentimos impotentes al no observar un cambio de actitud a fin de lograr una acreditación solo un beneficio personal de estabilidad en el cargo.
Lourdes. Hay que buscar la colaboración de los padres de familia para denunciar esas situaciones. Pueden haber aprobado pero también ser sancionados por incumplimiento de funciones. Saludos
Ruth. Lamentablemente cuando a más de 100 mil candidatos es imposible una evaluación como la que solicita con el mecanismo que ha concebido el Ministerio. Solo se puede confiar en pruebas de opción múltiple. Cuando sean menos los postulantes se podrá pensar en evaluaciones más refinadas. Saludos
Maestro, mi consulta es: estoy ubicada en el tercer nivel con la nueva ley magisterial, no he estado encargada de una direccion o subdireccion. Mi pregunta es puedo acceder a este concurso ya q cumplo con todos los otros requisitos y de aprobar el examen lograria una direccion. Gracias
Lourdes. No indica de que régimen procede: ley del profesorado o CPM. Saludos
Dios le bendiga doctor Hugo. Continúan transcurriendo los meses y acerca de los pagos por encargatura de dirección no se efectúan hasta el momento. Laboro como director encargado desde el año 2013. Cuento con resolución de devengados y en el 2014 también la resolución del reconocimiento; sin embargo no se hace efectivo el pago en la región Arequipa. En el 2013, se hizo el pago a aquellos directores que estaban comprendidos en la 24029; y a los que estábamos en la CPM, solo a unos cuántos; y a un buen número no se nos concretó el pago. En este año 2014, están pagando sólo a aquellos que provienen de la 24029; y no a los que somos de la CPM. Según comentarios de algunos funcionarios de la GREA y UGELES aducen que que tal presupuesto ha sido utilizado en otras actividades; y es por ello que no se hace efectivo dicho pago. Ante esta situación doctor ¿Cree Ud. que este mal uso del dinero, sea verdad? Sí esto fuese así ¿Es posible hacer estos movimientos de dinero que entrega el MEF para pagos, y son destinados para otros fines? Quisiera que me brinde UD. doctor información al respecto y me dé una respuesta de cuándo es que nos van a hacer efectivo el pago ¿En manos de quién está la responsabilidad? Por favor, interceda por nosotros. Gracias.
José. Los pagos dependen de la DRE Arequipa. Según las normas,los pagos que tienen que ver con remuneraciones y asignaciones no pueden ser destinados a otros rubros. Está prohibido. Lo que yo sabía es que los pagos por encargaturas ya se han regularizado en varias regiones. No entiendo porque razones no en Arequipa. Trasladaré su preocupación. Saludos
eSTIMADO HUGO SI EL PUNTAJE EN EL CONCURSO ERA 700 SE SUPONE QUE LA MITAD ES 350 PUNTOS (10)Y PARA ESTAR APROBAD NECESITAS 385 COMO MÍNIMO, CMO ES QUE EN PRIMARIA EN LORETO HAYAN ALCNAZDO UN NIVEL CON 231 PUNTOS. ME PUEDE EXPLICAR.GRACIAS
Manuelita. No soy yo quien puedo explicar ello. Lo que puedo hacer es trasladar su pregunta al Ministerio. Saludos
Usted comenta que le informe de todas las injusticias al viceministro de manera personal. Le da el viveministro alguna solucion?????
Martín. Yo no soy una persona perteneciente a un organo ejecutor del Ministerio, solo recomiendo. Son ellos los que deciden. Unas veces atienden mis sugerencias. Saludos
Estimado Hugo, es obvio que es muy injusto. Deberían dejarnos dar el examen a los maestros que provenimos de la CPM, aunque sea en la segunda oportunidad. También podría ser a través de una modificatoria de la ley.
Luis Francisco. Es lo que he venido conversando con las autoridades pero al parecer no están dispuestos a tramitar un cambio de la ley. Saludos
Pues insista con su pedido de que al menos nos dejen luchar por las poquitas plazas que hay para 4, 5 y 6 escala para el segundo examen de enero. Lo que se cometio, con los que apostamos por un cambio en la educacion sometiendonos a las evaluaciones de la CPM y con requisitos mucho mas exigentes que los actuales y que nos impidio llegar a las mas altas escalas, fue un total abuso, hasta diria que se nos quizo castigar y no entiendo porque. Creo que es el sentir de los de la ex CPM. Espero sus buenos oficios para tener esa pequeña oportunidad.
Riasol. Lo he mencionado ante las autoridades y haré un último intento. Como les decía a otros colegas el tema es que hay que cambiar la ley lo que no es fácil. Saludos
HOLA DR BUENAS TARDES YO ME INSCRIBÍ AL CONCURSO DE DIRECTORES Y SUBDIRECTORES QUE SE LLEVARA A CABO EN DICIEMBRE, TENGO RESOLUCIÓN DE ENCARGATURA DE DIRECCIÓN POR 2 AÑOS CONSECUTIVOS. ?PUEDE SER SUFICIENTE ELLO O NECESARIAMENTE TENDRÍA QUE PRESENTAR LA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN? LE AGRADEZCO DE ANTEMANO.
Dina. Entre los requisitos la norma dice que debe contar con formación especializada por un mínimo de 200 horas. Saludos
Me inscribí para el concurso para directivos y se anuló, en la nueva convocatoria se cambió el cronograma y pensando que ya estaba inscrita no lo volví a hacer, sé que ampliaron, pero sería bueno que amplíen un día UNICO en este mes PARA AQUELLOS QUE TUVIMOS ALGÚN INCONVENIENTE, sería bueno para que todos los docentes preparados puedan participar. Ojalá pueda sugerir eso.
Mercedes. Trasladaré su opinión al MED. Saludos
Sr. Hugo Diaz, después de algún tiempo vuelvo a comunicarme con Ud. y en primera instancia permítame felicitarle por su elección como Presidente del CNE (2014-2017).
Al igual que el colega Luis Francisco, formo parte del grupo de docentes que nos incorporamos a la CPM en el 2009 y al ver consumado el proceso de “exclusión”, siento que lo único que está generando este gobierno es marcar más aún la diferencia en el trato, según de que ley uno provenga; es por ello que muchos colegas encontramos a través de su Blog el único medio para expresar nuestro sentir desazón y solo esperamos que Ud. siga apoyándonos y sobre todo como mencionaba líneas arriba siga haciéndoles entender a los Srs. del MED, que el tránsito a la LRM está siendo muy injusto.
Creo yo que aún están a tiempo de subsanar algunos errores y pasar a la historia como un gobierno verdaderamente inclusivo!!!
Muchos saludos.
Nancy. Gracias por su comentario. Seguiré insistiendo no sé si con suerte pues a los gobiernos les es dificil rectificar sus propias normas. Saludos
LOS DOCENTES QUE PROVIENEN DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, PODEMOS DAR EXAMEN DE ASCENSO EN LA SEGUNDA OPORTUNIDAD
Silvia. Si se refiere a la nueva convocatoria si. Sólo debe cumplir con los requisitos que establece la norma. Saludos
CUANDO EVALÚAN A LOS DOCENTES INTERINOS, YA SE PASO LOS DOS AÑOS
Y SI EL 2015 VAN A SEGUIR LABORANDO COMO DOCENTES
Silvia. Tengo entendido que el 2015. Saludos
Estimado Hugo,
Luego de la publicación de los resultados de la primera de 2 oportunidades extraordinarias de ascenso de nivel exclusivas para los maestros que provienen de la ley del profesorado 24029 se consolida también una primera etapa de exclusión en forma muy injusta de los maestros que provenimos de la ley de carrera pública magisterial (CPM) 29062. Injusta porque nosotros reunimos con creces los requisitos solicitados para este ascenso, el cual es a niveles superiores en los que nos hallamos. Por lo tanto la oportunidad es mucho mejor ahora que la que tuvimos en su momento cuando nos incorporamos a la CPM. Es necesario recordar también que los distintos procesos de incorporación a la CPM (el cual incluía ascenso de nivel con requisitos mucho más exigentes y no solo la antigüedad como es ahora) fueron abiertos para todos los maestros y no excluyentes en forma discriminatoria como viene siendo ahora al cerrar el paso a los maestros de la CPM. Todo esto se trata de justificar con un falso ascenso gratuito de un nivel. Falso porque el ascenso no es tal al pasar de una carrera de 5 niveles a otra de 8 en solo un nivel más. Esto todo lo contrario significa un descenso en forma muy clara para los que tienen un mínimo conocimiento de matemáticas.
Espero que algún día se tome en cuenta esto y se sepa del daño que nos están haciendo como un castigo por haber respondido al llamado a la meritocracia hecho por un gobierno anterior.
muy de acuerdo. ES INJUSTO QUE NO SE CONSIDERE A LOS EX-CPM
Roberto. Gracias. Luis Francisco seguro leerá su mensaje. Saludos
Luis Francisco. Muy de acuerdo con usted. Hoy justamente comentaba ello con uno de los viceministros que viajaba conmigo a Cusco. Saludos
Estimado Hugo,
En relación a los cambios que se vienen dando en el currículo: ¿Cuál es la diferencia entre un Diseño Curricular Nacional y un Marco Curricular Nacional. ¿Porqué ya no Diseño ahora y Marco sí?
Luis Francisco. Se supone que el DCN es más amplio pues ese llegar hasta las especificidades de cada área. El marco expresa los lineamientos. Vera cuando conozca la tercera versión del marco curricular. Saludos
Prof. Soy docente de comunicaión por 24 horas,con 17 años de servicio, provengo de la ley del profesorado, obtuve un III nivel en este último concurso, obtuve 395 puntos, aunque vi a colegas que con 317 puntos estaba en el IV nivel, me gustaría me explique esta diferencia; tambien, me oriente, me presento al examen de directores en diciembre y con mucho esfuerzo lo logre, cree usted que puedo presentarme al examen en Enero 2015 para otra vez ascender? gracias por la deferencia.
Manuelita. Lo que me indican en el Med es que dados los resultados hay un plazo para que quien ni esta conforme con su evaluación renuncia al ascenso y pueda presentarse al siguiente concurso de reubicación. Lo que tiene que hacer es pensar si le conviene. Al postular nuevamente pierde lo ganado. Es decir, si postula y no aprueba pierde el Iii escala que había ganado. Saludos
Buenas tardes Dr. Hugo Díaz, le sugiero que derive mi petición a los funcionarios del MINEDU, responsables de las evaluaciones a la función directiva. Que publiquen en forma oportuna y adecuada el temario para este concurso, para que los docentes nos preparemos convenientemente, con los contenidos específicos de acuerdo al nivel y especialidad del docente aspirante, teniendo en cuenta que la gran mayoría de aspirantes son profesores de aula y no tienen experiencia en Dirección y Subdirección.Saludos.
Carlos Segundo. Gracias, haré saber su sugerencia. Saludos
La profesora Victoria tiene mucha suerte, pasar de la II escala a la VI escala, y en diciembre se va a presentar al concurso de directores y en el mes de enero posiblemente postularà a la VIII escala, ¡por fin alguien disfrutarà de estar en la tan ansiada VIII escala!¡aplausos para el MINEDU que està regalòn!
Wilson. Las oportunidades deberían haber sido para todos no para un sector del profesorado. Saludos
Una buena oportunidad
Margot. Asi es. Saludos
Soy profesora de inglés y tengo casi 29 años de servicio. Acabo de ascender de la II a la VI escala. Actualmente soy Coordinadora (e) de TOE, me puede decir ¿cuánto voy a recibir mensualmente? El viernes me inscribí para participar en el concurso de acceso a cargos de director y subdirector pero todavía no lo registro en el Banco de la Nación, ¿tengo oportunidad de hacerlo recién este lunes? Por favor espero su respuesta a estas dos preguntas. Muchas gracias por ser como es. Reciba muchas bendiciones!!!
Victoria. Supongo que es de Secundaria con 24 horas. Su RIM sería de 2468 soles. Las inscripciones se cerraron el 11 de octubre. Saludos
saludos, me podría decir que si la prueba para Diredtivos es una sola o habrá por cada nivel, es decir una para primaria, secundaria, inicial y Tecnico productiva.
Pienso que así debería ser, al menos la resolución de casos. Muchas gracias.
Ricardo. No creo que habrá variaciones respecto del primer concurso. Me parece que han sido preguntas de carácter general para todos. Saludos
POR FAVOR QUIERO SABER CUAL ES MI NOTA EN REUBICACION DE ESCALA, ESTOY SEGURA DE HABER DADO BUEN EXAMEN. GRACIAS.
Elvia. Vaya a la página del Ministerio de Educación donde están evaluaciones a los docentes, busque la evaluación de reubicación y allí encontrará un link que la lleva a su nota. Saludos
ni autoridades, ni los mismos maestros nombrados desde 1980 a la fecha muestran preocupación por su previsión social. ES que resulta difícil entender la tragedia de un maestro que se jubila con la 19990. Muchos maestros preocupados por ganar más no se dan cuenta que el descuento por AFP y ONP sólo los esta llevando a tener una pensión ridícula de 415. soles Que hacen las autoridades que anunciaron con bombos y platillos las bondades de esta nueva ley, los dirigentes ni reparan la situacion de los colegas que se van. ES triste ver a estos maestros que han sido privados de su trabajo gracias a los eruditos autores de la Ley y de este gobierno nefasto. Saldrán a morir más rápido, ojala tengan un sentido previsor, el tiempo pasa muy rápido.
Eleazar. Que yo sepa, los maestros se jubilan con una pensión no de 415 soles sino mucho más. El que recibe esa cantidad será porque se jubiló antes de tiempo. Saludos
Dr.
una pregunta y a estas alturas cual es la ugel de Lima departamento incluyendo callao , que mas postulantes tiene inscritos para el examen de directivos
Profesor CPM. No lo sé. No he estado siguiendo las inscripciones. Saludos
pero al menos tendra una idea?
Peofesor CPM. Ugeles 1, 2 Y 6. En ese orden. saludos
Dr, soy del II nivel nombrado en esta nueva ley hace cuatro años aprox, pero tengo más de 11 años de servicio en el magisterio; mi pregunta es: puedo postular a este concurso? o aún no?
Carlos. Usted proviene de la ley de carrera pública magisterial ¿cierto?. Necesita ser de la cuarta a sexta escala. Saludos
Dr. Hugo, felicitaciones por el cargo, quería comentarle que este concurso para directores y sub directores parece que fuera parte del examen excepcional debido a que en la evaluación de trayectoria solo consideran un puntaje a los directores nombrados y encargados, por lo que cualquier otro docente va en desventaja, en el concurso fallido del año pasado por lo menos se tomaba en cuenta encargaturas de cargos jerárquicos con lo que podíamos tener alguna opción además del tiempo de servicio, muchos docentes estamos desanimados y como no hay opción estamos dejando de inscribirnos y debe haber pocos inscritos por eso han ampliado las mismas.
Gladis. Gracias por la observación. Puede ser útil pra un siguiente proceso. La haré saber. Saludos
me pare excelente la oportunidad para mejorar nuestras remuneraciones con los cargos directivos.
por favor si pudiera indagar y absolver la siguiente pregunta.
un docente que està en la I escala de la LRM ,proveniente del II nivel de la ley del profesorado , con mas de 25 años de servicios. que tiene 4 resoluciones de encargatura de sub direccion de formaciòn general ( 4 años) pero no de director – ¿puede participar en este concurso para directores y subdirectores?.
Mi comentario es porque están pidiendo como requisito haber tenido encargatura como minimo de 1 año de DIRECCIÒN no precisa subdirecciòn. ¿Què pasa con aquellos que postulan a una SUBDIRECCIÒN Y LE EXIGEN TENER ENCARGATURA DE DIRECCIÒN?
Gelvert. Su problema es estar en la I escala. No creo que le sería posible participar pues su situación no está contemplada como una posibilidad en la directiva. Saludos
Dr.
Buenos días.
Es procedente que a un abogado lo nombren Director Regional de educación, tal como está sucediendo en la región San Martín a raíz de malos manejos económicos de ciento treinta mil soles de la contadora a directora de la DRE, dis que por limpiar la imagen de los invitados a los cargos hechos por el veterano presidente regional lo han sacado a la directora para limpiar la imagen y lo han proclamado al abogado que trabajaba en dicha dependencia. Pregunto en qué norma contempla esto.
SALUDOS.
Ubil. No tengo a la mano el CAP de una dirección Regional, pero el cargo es de confianza y en ello hay cierta flexibilidad para el nombramiento. Saludos
Buenas noches, quisiera preguntar què es lo que hay hasta la fecha con respecto a los contratos para el año 2015, hay mucha confusiòn por las declaraciones del ministro, ojalà nos tenga noticias al respecto Dr. Hugo, estamos siempre atentos a las publicaciones que realiza. Saludos cordiales.
Posdata: Algùn dìa el MINEDU tendrà piedad de aquellos docentes que llevaron PRONAFCAP y que hasta la fecha no se nos paga por el logro alcanzado y el reconocimiento por desplazamiento?, cabe señalar que se ha presentado un FUT la cual responden que si se harà efectivo dicho pago pero hasta la fecha nada. Ojalà tambièn puedan hacer recordar ese punto.
NO PUBLICAR MI DNI, gracias. Puede ingresar a SINAD y se darà cuenta que mi pedido està atendido, pero a la fecha no se me ha reconocido economicamente nada. llevè PRONAFCAP El 2011, estamos 2014 y entre los profesores desafortunados que no se nos cancelò me encuentro yo, reitero, ojalà pueda ayudarnos, ya que somos un grupo que se nos excluyò, sin saber hasta ahora el porquè.
Nancy. Me imagino que si habrán contratos en el 2015 además de nombramientos pues es una necesidad. No todos los docentes son o deben ser nombrados, un porcentaje de ellos requieren contratarse. Lo importante es simplificar el procedimiento y respetar los derechos de los contratados. Espero que el 2015 sea así. Saludos
Buenas tardes Dr. Díaz para realizar una sugerencia a los funcionarios del MINEDU, acerca del Concurso de Directores y Subdirectores, con referencia al temario que debe salir con anticipación, no como sucedió con la reubicación de los docentes, faltando una semana se publicó en la página web del MED, los más perjudicados resultaron los profesores de primaria por la densidad de los contenidos en las áreas. Saludos.
Orlando. Gracias por la sugerencia. La haré saber. Saludos
Lo saludo y felicito por el nuevo cargo……sé que lo desempeñará excelentemente…le agradeceré responderme a mis interrogantes: los directores encargados laborarán hasta marzo del 2015 o se retiran en diciembre, puesto que asumiendo que el nuevo director se presentará recién en marzo?????……..
habiendo realizado el minedu muchas declaraciones en los medios diciendo que los que aprueben la evaluación excepcional recibirán sus incrementos al mes siguiente, lo cuál no es cierto…..cree ud. que sucederá lo mismo con los docentes del concurso de reubicación?”’………lamentablemente así pierden transparencia…….por favor vigile sus pasos…….
María Isabel. La resolución de designación del cargo de titular como director dirá la fecha de asumir el cargo. Tengo entendido que será en marzo pero prefiero que sea el Med que defina la fecha. Lo mismo es con ls docentes que serán re ubicados de escala. Saludos
Dr. Hugo, previo saludo, le comento lo siguiente:
Escribí al correo evaluaciondocente.acceso@perueduca.pe preguntando a los señores
del Ministerio ¿Qué alternativa de ascenso nos dejan a los que nos nombramos en el 2008 con la CPM y ahora, con la Ley de la Reforma nos han descendido del nivel 1 de 5 al nivel 2 de 8? . La respuesta que me dan entre otras razones es: “No se pueden comparar los niveles pues el significado de estos en cada una de las leyes es diferente. Cualitativamente son diferentes (apreciaciones cuantitativas, no son pertinentes)”. Dejando de lado lo cuantitativo (que es sumamente desmoralizador) ayúdeme por favor a entender ¿En qué supera cualitativamente la Ley de la Reforma a la Ley con la que nosotros nos nombramos? ¿Qué ventajas cualitativas tiene para nosotros? ¿Acaso no es verdad que de haberse cumplido nuestra ley, ahora estaríamos en el nivel II de V y con posibilidades de seguir ascendiendo? Los señores del Ministerio no quieren que compare, pero la comparación es inevitable cuando se trata de haber sido perjudicados.
Juana. Concuerdo con usted en que los perjudicados con esta ley de reforma magisterial son los que estuvieron en la CPM. Fue una lástima pues fueron ustedes los que se arriesgaron a concursar y a someterse a evaluaciones de desempeño. Ahora con el 100% de los docentes incorporados a la nueva ley habrá que preguntarse si el total de ellos aceptará someterse a la evaluación del desempeño. Fue una decisión muy cuestionable abandonar la CPM. Saludos
Una consulta yo tengo 20 años de servicio no e tenido encarga tura de un año pero tengo maestría y estoy en el primer nivel , puedo participar en el concurso
Samuel. Sn está en el I nivel no puede hacerlo. Saludos
SEÑOR HUGO SOY DIRECTOR HE APROBADO TAMBIEN EL ULTIMO EXAMEN. EN CUANTO AL PAGO´POR EL CARGO RECIEN SERA EL 2015
Miguel. Asi es, se asume el cargo en el 2015. Saludos
buenos dias sr hugo:
mi consulta es sobre el concurso de directores…hay una parte en la inscripcion virtual sobre si que eres licenciado de las fuerzas armadas… digame a cuanto equivale en puntos ser licenciado….en el caso mio fui licenciado del ejercicito promocion 87….¿estoy den tro de este beneficio? si es asi ¿como puedo tramitar las constacia? gracias serñor hugo diaz.
Cosme. Así como hay una ley que dice que los discapacitados tienen un puntaje bonificación cuando se presentan a un concurso igual es en el caso de los licenciados de las FFAA. Le recomiendo que lea la Resolución de la Presidencia Ejecutiva de Servir Nº 61-2010.SERVIR-PE. Allí encontrará lo que necesita. Saludos
Es una lástima que el Señor Ministro se haya contagiado de la Exministra Patricia Salas, ya comenzó modificando el cronograma del concurso, el cual irá perdiendo seriedad.
También es inconcebible como el Grado de Maestría tenga un valor de 06 puntos y otro Título Profesional 03 puntos. Sin embargo un postulante que haya realizado Servicio Militar sea beneficiado con el 10%. Con estas normas las Instituciones Educativas van a tener como Directores a excachacos
Aloys. Gracias por el comentario. Lo haré saber. Saludos
por qué en la norma anterior se consideraba (2013) como requisitos 10 años de servicio para concursar y después de unos mese varia. Aún cumpliendo con los requisitos y habiendo ejercido función directiva 2012 ,2013 y 2014, ahora que se ha ampliado la inscripción debe considerarse también gracias
Silvia. Ignoro los criterios que el MED haya adoptado para cambiar el criterio. Espero que sea una cosa temporal pues lo que hay que hacer es lo establecido en la ley y reglamento. Cualquier otro criterio termina confundiendo. Saludos
Por que no podemos concursar los docentes que no trabajamos para el Estado?
Por que no permiten que quienes tenemos experiencia exitosa en gestión trabajemos para el Estado? Se esta haciendo lo mismo que antes, solo se hacwen movimiimientos para justificar lo que roban en el minedu. Pkr eso seguiremos siendo los ultimos. Que indignación!!!
Wilo. No exageremos tampoco no consideremos que todos son corruptos. s no es aceptable. Lástima que una reflexión que podría ser interesante cae por la forma como se expresa. Hay que ser constructivo y propositivo. En esa medida dejaremos de estar en los últimos lugares. Saludos
quiero saber porque el sistema no acepta mi inscripción al concurso de Directivos. según mi conocimiento cumplo con mis requisitos de acuerdo a norma.
Galita. Tiene que verificar que cumpla todos los requisitos. Para darle las razones del rechazo tendría que conocer más el caso. Saludos
Quisiera hacerle una consulta gracias de antemano soy profesora de la ex-Ley del profesorado 24029 he terminado el posgrado quiero concursar para un cargo directivo y la Web, coloca no “cumple los requisitos”.¿porque?….Gracias.He concursado tambien para el cambio de nivel, ¿serà por eso?..¡Bendiciones!
Lourdes. El no cumplir los requisitos podría relacionarse con la escala mínima que se pide. También que su especialidad no coincida u otra razón que figuré n los requisitos. El cambio de nivel es un proceso distinto. Saludos
SEÑOR HUGO YA TERMINA LAS INSCRIPCIONES PARA EL CONCURSO DIRECTIVO Y NO HAY NOVEDAD PARA LOS DOCENTES PROVENIENTES DE LA LEY D LA CPM QUE SE ENCUENTRAN EN TERCER NIVEL, HABIENDO EJERCIDO EL CARGO DE DIRECCION Y QUE DESEAMOS PARTICIPAR DE DICHO CONCURSO. CUMPLIMOS TAMBIEN CON LOS REQUISITO DE LOS DOCENTES QUE TIENEN SEGUNDO NIVEL DE LA LEY DEL PROFESORADO CON EJERCICICO EN EL CARGO Y MAS DE QUINCE AÑOS DE SERVICIO ESPERO URGENTE SU RESPUESTA GRACIAS
Silvia. El problema son los alcances de la ley que pusieron esa camisa de fuerza. saludos
DR. buenos días, preguntado si hizo las consultas
sobre los profesores del tercer nivel de la CPM y cumplen con los requisitos.
Wilbert. Señalan que la norma es que para lis docentes de la CPM es a partir de la cuarta escalas. Saludos
Saludos Dr. Hugo. Hasta cuándo el Minedu seguirá “evaluando desempeños” a través de pruebas escritas, como la comprensión de textos funcionales y la de análisis de casos. La LRM precisa que debe evaluarse desempeños. también dice: concurso para directores de Ugel, jefes y especialistas? ¿cuándo será? ¿quién hará cumplir la ley?
Alcides. Esperemos que la evaluación vaya cambiando progresivamente. Por ahora están desbordados con todo lo que tienen que hacer en materia de Reforma Magisterial: regularización de pagos, concursos en marcha, presupuesto 2015, etc. Son embargo ya es tiempo de empezar. Saludos
incluso lean al final de la inscripción bien claro dice: EXAMEN DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO ya muchos se han inscrito y no saben que este examen tiene doble propósito en fin el MED nunca juega limpio con los profes.
Rolando. Gracias por su comentario. Cada quién se firma un juicio. Saludos
tengo entendido que los profesores q den este examen y no aprueben sera su primer examen de desempeño desaprobado y a la segunda de no aprobarlo de nuevo hasta siempre… es un examen encubierto de acuerdo a ley el MED propone examen voluntario pero la siguiente es obligaotorio, sin embargo este examen es oficial asi que no se lleven la sorpresa o cuando den el que se supone sera el primer examen de desempeño para quienes ya dieron este examen en realidad sera su ultima oportunidad.. eso no está aclarando el MED sin embargo ya lo dijo hace poco el ministro en las entrevistas en lso noticiarios
Rolando. Yo lo que interpretó es que no hay obligatoriedad pero sí consecuencias. El que no se presenta es porque no quiere continuar ejerciendo un cargo directivo y decide ceder la plaza a otro que postule. Saludos
Dr. Hugo, mis respetos a su digna persona. Es indignante que hasta la fecha no hay ningún indicio de solución a mi reclamo presentado con respecto a la segunda Prueba de Solución de Casos, en donde negligentemente cambiaron mi evaluación asignandome el calificativo de otro profesor.
Demetrio. Lo lamento mucho. Por lo menos una nota de respuesta deberia producirse. Saludos
Doctor previo saludo y felicitando por atender a muchos maestros y maestras que tenemos dificultades de interpretar y entender las normas y directivas del MINEDU. Solicito, que me oriente, al respecto que sí la mención educativa de estudios de maestría puede servir como requisito para postular al concurso de directivos en su segunda etapa, que se requiere de tener de 200 horas de gestión institucional.
Pedro. La directiva no hace referencia a la maestría como requisito. Le da un puntaje pero no es requisito. Lo que si le pide son estudios de gestión o experiencia en gestión en instituciones educativas públicas o privadas no menor de un año. Saludos
Buenos Díaz, Dr. Hugo. Los Directores y Subdirectores de la región San Martín, que aprobamos la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo, con buen puntaje y desaprobamos la segunda Prueba de Solución de Caso al Ejercicio Directivo, nos sentimos decepcionados por los criterios de evaluación y los puntajes asignados a los mismos:
CASO 1: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
1. Identifica los actores principales Puntaje máximo 10
2. Reconoce la causa del conflicto 10
3. Reconoce las implicancias pedagógicas del conflicto 10
4. Reconoce las implicancias en el clima institucional 04
5. Recoge las percepciones de los actores principales 04
6. Incluye valoración de las partes implicadas 04
7. Incluye toma de acuerdos 04
8. Incluye acciones de prevención 04
CASO: 2 PEDAGÓGICO
1.Identifica el error pedagógico en la actividad de motivación
12 puntos.
2.Identifica el error pedagógico en la modelación del problema
12 puntos.
3.Identifica el error pedagógico en la atención a la
intervención del estudiante 12 puntos.
4.Identifia el error pedagógico en la actividad grupal 07
puntos.
5.Identifica el error pedagógico en la retroalimentación 07
puntos
TOTAL 100 Puntos.
Dr. Díaz presentamos varios reclamos al MINEDU, debidamente fundamentado, nos contestaron que un grupo de “expertos” han evaluado de forma profesional y técnica, sin embargo muchos docentes han conocido los criterios de evaluación, por ese motivo el MED ha cambiado la segunda prueba cerrada con opción múltiple. Para la reflexión y recapacitación por los errores cometidos y que a perjudicado a miles de maestros honestos y transparentes, en aras de la transparencia y la legalidad. Saludos.
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Carlos Segundo. Toda Pruebas es susceptible de mejoras y seguramente es el caso que comenta. Lo que no estoy seguí es si incluir ahora una prueba de opción múltiple es porque hub errores de concepción en la primera. Creo que está en función de la cantidad de pústula tres. Una cosa es calificar 10 o 15 mil postulantes y otra 30 a 50 mil. Allí es imposible aplicar una prueba con preguntas abiertas. En todo caso hay que seguir haciendo esfuerzos por mejorar la prueba. Ojalá pidamos colaborar en ello. Saludos
Por este examen hoy nos dejan sin reasignación, dígame Dr. Hugo, si lo que a continuación expongo, es pertinente.
Iniciar la acción legal contra el estado está bien fácil, primero por lo que el SUTEP expone, desdice la propia ley de Reforma Magisterial y segundo, que el problema lo originaron ellos mismos; pues, no cumplieron con los tiempos y cronogramas establecidos para realizar los concursos de directores y subdirectores. Tercero, le están restando autoridad a los gobiernos regionales, el año pasado el Director de la GRE Arequipa, apelando a su autonomía, decidió continuar con el proceso de reasignaciones y se llevó a cabo en la UGEL La Joya, finalmente los dejó sin piso, suspendiendo arbitrariamente el proceso. Cuarto, un grupo de 22 docente ya nos reasignamos en la UGEL La Joya, existe un acta de adjudicación que vamos a hacer respetar por medio de un juicio. El Magisterio unido reclamando con fundamento, puede y debe triunfar, basta de las épocas de antaño de hacer huelgas que solo perjudican al alumno y al maestro; no nos favorece… entonces, hay que ir por acciones legales, bien asesorados y con conocimiento de causa, contratar buenos abogados, para eso nos descuentan s/. 1.00, o que una comisión bien preparada para hablar, no para gritar, vaya al congreso y se haga escuchar… porque ya perdimos la fe en nuestros dirigentes. GRACIAS
Claudia. Gracias por su comentario. Tiene la vía expedita. Un reclamo bien organizado por lo menos hará reflexionar a las autoridades y posiblemente a revisar la política del concurso que como dicen favorece inequitativamente a los de la ley del Progfesorado. Saludos
soy profesor del tercer nivel proveniente de la carrera pública magisterial, di mi examen en la primera convocatoria para el ingreso a la CPM el 2009, ingresando al 2 nivel, dentro de artículo de la derogada Carrera Publica Magisterial decía :
Artículo 19º.- Funciones del Subdirector y requisitos para postular al cargo
Para ser Subdirector se requiere una experiencia docente no menor de tres (3) años y ganar el concurso público para el cargo. La existencia de la plaza de Subdirector se sujetará a la normatividad que emita el Ministerio de Educación.
Artículo 20º.- Acceso al cargo de Director o Subdirector
En el concurso para acceder al cargo de Director o Subdirector se tienen en cuenta las evaluaciones del postulante sobre su desempeño como docente o directivo, y las competencias determinadas en el reglamento de la presente Ley. De acuerdo a la oferta de matrícula, modalidades y niveles educativos, las Instituciones Educativas pueden tener uno o más Subdirectores.
No puede ser que obligado a pasarme a la ley de la reforma magisterial no pueda presentarme a un cargo directivo.
Además parece que la comisión encargada de este concurso se olvidó de la quinta disposición complementaria de la ley de la Reforma Magisterial que dice textualmente:
En la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo.
Si se lee correctamente dice, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, esta coma me indica una pausa breve y la coma se utiliza para:
– Separar los miembros en una enumeración, salvo los que vengan precedidos por alguna de las conjunciones “y”, “e”, “o”, “u”, “ni”.
Obsérvese bien, es decir podrán participar los de segundo nivel provenientes de la CPM cumpliendo el requisito de los 11 años.
Entonces porque forzar y decir que solo se pueden presentar los del que proceden de la ley de la carrera pública, porque esa discriminación a profesores que venimos de la CPM, que si ingresamos en el año 2009 a estas alturas deberíamos estar participando en un ascenso de nivel
Por eso exijo aclarar mi situación por ser de justicia y Ud. doctor como presidente del CNE pída a los miembros de este concurso especifiquen y corrigan su erroe de limitar nuestros derechos.
Wilbert. LO que puedo hacer es trasladar su mensaje a los responsables del concurso. Ciertamente que no hay un trato igual para los docentes que vienen de la CPM. Lo he dicho en muchos artículos. Saludos
Dr.
Por favor comunicarme la información que obtenga.
Muchas gracias…
Felix. Solo la envío. No puedo hacer seguimiento de cada caso debido a mis múltiples ocupaciones. Creo que su mensaje es suficientemente claro para que lo tomen en cuenta. Saludos
Saludos Dr.
La ausencia del profesor de Ciencia, Tecnología y Ambiente por beca con goce de haberes es en la Institución Educativa “Alberto Pallete”, distrito de Máncora, Ugel Contralmirante Villar – Zorritos, DRE Tumbes.
Reitero mis agradecimientos por su interés a nuestro inconveniente.
Felix. Ok, muchas gracias. Saludos
Por favor, cuando pagarán encargaturas de DIRECCIÓN a docentes procedentes de la Ley 29062 CPM; en algunos aspectos se trata de mejorar pero en otros siguen los maltratos a los docentes, los señores del MINEDU esperan que mendiguemos esos pagos.
Asimismo, el BONO por obtención de GRADO cuando será fijado por Decreto Supremo.
Anteladamente agradezco su respuesta
Aloys. En algunas regiones se ha estado pagando. Ignoro las razones por las que no en otras. Con el pago por maestrías hubo limitaciones presupuestarias pero se que el MED está haciendo las previsiones para afrontar el gasto y regularizar los pagos. Saludos
Buenas noches Dr. al final de mi anterior participación deje planteado la siguiente pregunta que no fue contestada: ¿el cargo de director encargado tiene todos los beneficios de un director titular?. Gracias.
Roberto. Si debe de tenerlo. Hace buen tiempo hice la consulta a la dirección de personal y me contestaron de esa forma. Saludos
Dr. Hugo
Tenemos que inscribirnos nuevamente los profesores que postulamos al cargo de director o subdirector si ya nos inscribimos anteriormente puesto que en esta convocatoria aparece nuevas fechas de inscripción tal como aparece en el portal del Minedu, mi pregunta es tengo que volver a inscribirme en esta convocatoria cual concluye este 3 de octubre, espero su respuesta. Muchas gracias.
Rosa. Es otro concurso por ello la reinscripcion. Saludos