Concurso Público para el acceso a cargos de director y subdirectorEl Ministerio de Educación, continuando con la aplicación de la Reforma Magisterial, ha iniciado la realización del Concurso Público para el acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas. El concurso busca asegurar la calidad de la gestión de las escuelas como aspecto clave para la mejora de la calidad educativa y se enmarca en la política de revalorización docente y fortalecimiento de la gestión educativa con énfasis en la dirección de las escuelas. Quienes aprueben las bases cel concurso y logren una plaza accederán a los cargos de director y subdirector por un periodo de tres años y mejorarán sus remuneraciones en el marco de la implementación de la Ley de Reforma Magisterial. No hay consecuencias negativas por participar de este concurso. No habrá despidos. ¿Quiénes pueden participar? Pueden paticipar los profesores y profesoras que están entre la 4ta y 6ta escala de la Ley de Reforma Magisterial. Solo en el concurso 2014, también participarán quienes: están como mínimo en la 2da escala magisterial de la Ley de Reforma Magisterial y provienen de la Ley del Profesorado; y quienes están en la 1ra escala de la Ley de Reforma Magisterial, provienen del 2do nivel de la Ley del Profesorado y han asumido la dirección de una escuela como mínimo 1 año lectivo en el tiempo de servicios requeridos. En ambos casos se debe acreditar como mínimo 11 años de servicios en la carrera. ¿Qué ventajas tiene este concurso? El concurso permite la mejora en remuneraciones por mayor cantidad de horas de trabajo (40 horas). Asimismo , entre los que ganen, percibir la asignación por función directiva: S/. 800 directores de dos turnos, S/.600 directores de 1 turno y S/. 400 subdirectores. ¿Qué requisitos deben cumplir? • Acreditar formación especializada de un mínimo de 200 horas en los últimos 5 años o estudios de segunda especialidad o de postgrado relacionados con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las escuelas. • No registrar en el Escalafón sanciones ni limitaciones para el ejercicio de la profesión docente. • No tener antecedentes penales ni judiciales al momento de postular. • No haber sido condenado por los delitos consignados en la Ley N° 29988. • No haber sido condenado por delito doloso o estar suspendido o inhabilitado judicialmente. • Para el caso de las instituciones educativas de Educación Intercultural Bilingüe debe acreditar el dominio oral de la lengua originaria correspondiente. ¿Cómo deben inscribirse? El periodo de inscripción va entre el lunes 16 de setiembre al viernes 3 de octubre todos los profesores de manera gratuita podrán inscribirse en la página web del Ministerio de Educación. Pasos: • Ingresar a la web www.minedu.gob.pe, registrar el DNI y correo electrónico. • Buscar en el correo electrónico registrado el mensaje del Minedu con el enlace al Formato Digital de Registro de Inscripción. • Completar los datos en el formato e imprimirlo. • Confirmar la inscripción en una agencia del Banco de la Nación con el formato impreso y el DNI. • Confirmada la inscripción, recibirás un correo electrónico con el usuario y clave asignados que te servirán para conocer el resultado de tu evaluación. • Para evitar contratiempos recomendamos a todos los maestros a inscribirse oportunamente y no esperar el último momento. Características de la prueba • La evaluación consistirá en dos pruebas: La prueba comprensión de textos funcionales al ejercicio directivo y la prueba de solución de casos cerrados. • Ambas pruebas son escritas y de opción múltiple. • Se valorará la experiencia del maestro con la calificación de la trayectoria profesional.

Concurso Público para el acceso a cargos de director y subdirector

Autor: Hugo Diaz Publicado: septiembre 16, 2014

El Ministerio de Educación, continuando con la aplicación de la Reforma Magisterial, ha iniciado la realización del Concurso Público para el acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas.

El concurso busca asegurar la calidad de la gestión de las escuelas como aspecto clave para la mejora de la calidad educativa y se enmarca en la política de revalorización docente y fortalecimiento de la gestión educativa con énfasis en la dirección de las escuelas.

Quienes aprueben las bases cel concurso y logren una plaza accederán a los cargos de director y subdirector por un periodo de tres años y mejorarán sus remuneraciones en el marco de la implementación de la Ley de Reforma Magisterial.

No hay consecuencias negativas por participar de este concurso. No habrá despidos.

¿Quiénes pueden participar?

Pueden paticipar los profesores y profesoras que están entre la 4ta y 6ta escala de la Ley de Reforma Magisterial.

Solo en el concurso 2014, también participarán quienes: están como mínimo en la 2da escala magisterial de la Ley de Reforma Magisterial y provienen de la Ley del Profesorado; y quienes están en la 1ra escala de la Ley de Reforma Magisterial, provienen del 2do nivel de la Ley del Profesorado y han asumido la dirección de una escuela como mínimo 1 año lectivo en el tiempo de servicios requeridos. En ambos casos se debe acreditar como mínimo 11 años de servicios en la carrera. ¿Qué ventajas tiene este concurso? El concurso permite la mejora en remuneraciones por mayor cantidad de horas de trabajo (40 horas). Asimismo , entre los que ganen, percibir la asignación por función directiva: S/. 800 directores de dos turnos, S/.600 directores de 1 turno y S/. 400 subdirectores.

¿Qué requisitos deben cumplir?

• Acreditar formación especializada de un mínimo de 200 horas en los últimos 5 años o estudios de segunda especialidad o de postgrado relacionados con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las escuelas.

• No registrar en el Escalafón sanciones ni limitaciones para el ejercicio de la profesión docente.

• No tener antecedentes penales ni judiciales al momento de postular.

• No haber sido condenado por los delitos consignados en la Ley N° 29988.

• No haber sido condenado por delito doloso o estar suspendido o inhabilitado judicialmente.

• Para el caso de las instituciones educativas de Educación Intercultural Bilingüe debe acreditar el dominio oral de la lengua originaria correspondiente.

¿Cómo deben inscribirse?

El periodo de inscripción va entre el lunes 16 de setiembre al viernes 3 de octubre todos los profesores de manera gratuita podrán inscribirse en la página web del Ministerio de Educación.

Pasos:

• Ingresar a la web www.minedu.gob.pe, registrar el DNI y correo electrónico.

• Buscar en el correo electrónico registrado el mensaje del Minedu con el enlace al Formato Digital de Registro de Inscripción.

• Completar los datos en el formato e imprimirlo.

• Confirmar la inscripción en una agencia del Banco de la Nación con el formato impreso y el DNI.

• Confirmada la inscripción, recibirás un correo electrónico con el usuario y clave asignados que te servirán para conocer el resultado de tu evaluación.

• Para evitar contratiempos recomendamos a todos los maestros a inscribirse oportunamente y no esperar el último momento. Características de la prueba

• La evaluación consistirá en dos pruebas: La prueba comprensión de textos funcionales al ejercicio directivo y la prueba de solución de casos cerrados.

• Ambas pruebas son escritas y de opción múltiple.

• Se valorará la experiencia del maestro con la calificación de la trayectoria profesional.

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  • buenas tardes una consulta mi pregunta es si un director es desaprobado la norma indica que tiene que volver a su cargo de origen o una similar en la jurisdicción pero si esa plaza esta ocupada pueden concluir a la docente en cualquier momento sin haber culminado su contrato solo por reubicar a ese docente.

    • Elizabeth. He estado viendo en mis viajes unos problemas. Realmente de difícil solución cuando se vencen los plazos para guardar la plaza. Lo que se está haciendo es colocarlos en algunas plazas que a veces no están cubiertas como son las de Aulas de Innovación. Saludos

  • Dr. Hugo. Buenas tardes, tengo una duda y espero me ayude a resolverla.
    En el 2004 llegó al CETPRO UTCUBAMBA una docente reasignada a la plaza de dirección por cese del director anterior. Mas adelante se dieron los concursos de directores para conservar sus plazas, desaprobando ella los dos exámenes. Actualmente ella se encuentra en la tercera escala magisterial. Por otro lado, yo soy la única docente de la institución que se encuentra en cuarta escala magisterial. Quiero saber si yo puedo pedir el cargo de dirección del CETPRO UTCUBAMBA, puesto que la directora no ha sido reubicada hasta el momento?

  • BUENAS TARDE TENGO UNA CONSULTA EN LA REGION DEL CALLAO HAY CONCURSO PARA PUESTOD DE DIRECTORES DE LA UGEL, EL DETALLE ES QUE EL DIRECTOR ACTUAL POR CARGO DE CONFIANZA HA POSTULADO PARA DICHO CARGO PERO EL HASTA LA ACTUALIDAD SIGE EJERCIENDO EL CARGO DE DIRECTOR; NO HA PEDIDO LICENCIA, PARA POSTULAR AL CARGO DE ANTE MANO LE DOY LAS GRACIAS POR SU RESPUESTA

  • Me parece interesante. Lo que no me agrada es que tiene que haber necesariamente una terna para ser nombrado como director de la DRE o UGEL. Como es un cargo de confianza, los de la DRE pueden nombrar no necesariamente por orden de mérito.

  • Un Director de IIEE en la sexta escala (con grado de Doctor) que se proyecta cesar con 30 años de servicio tiene derecho a cesar con la misma renumeración (4,146 soles)?. De modo similar, los cargos por concurso nacional para Direcciones de Ugel o Departamental nos otorga el derecho a cesar con la misma renumeración?

    • John. El cese es por edad, no por años de servicio. La Reforma Magisterial dispone el cese a los 65 años. Por lo tanto, el que cesa puede tener 30, 35 o los años de servicio que sean dependiendo de cuando ingreso a la administración. Es en función de ello que resulta la pensión. La pensión se calcula sobre la base el último sueldo o del promedio de sueldos percibido no recuerdo si es en los últimos dos años. Saludos

  • Buenas tardes:
    Una consulta, ¿Conoce cuándo depositarán el sueldo de Marzo?. Fui designada como subdirectora en el concurso de directores y subdirectores 2015, en una IE Pùblica, sin ningún contratiempo, mi RD tienne fecha de 3 de Marzo, sin embargo hasta hoy no me han depositado mi sueldo. ¿Qué habrá pasado? ¿Será para todos o solo algunos?

    • Norma. Me es dificil responderle. Los pagos se programan por Ugel y DRE. Si su resolución tiene fecha 3 de marzo es posible que todavía su cheque salga con el sueldo anterior. Me da la impresión que la resolución salió en el límite para hacer las planillas. Saludos

  • Entonces por qué el Ministerio de Educación permite que siendo del nivel secundario y trabajando en el nivel primario ingresemos a las evaluaciones de ascenso si al final no nos va a servir para ocupar por lo menos una encargatura. Por lo que analizo eso de las escalas solo sirve para acceder a un poco más de aumento en nuestras remuneraciones.

  • Soy licenciada en educacion secundaria y mi pregunta es si puedo acceder a una encargatura de subdirección en una institución de nivel primario. Me encuentro actualmente en la tercera escala magisterial y vengo laborando 21 años en el nivel primario. Siempre me dicen que por ser de nivel secundario no puedo acceder a la subdirección o debo ser la primera en ser racionalizada. Por favor absuélvame esa duda.

    • Yolanda. En efecto. Se permite en unos casos que alguien de primaria asuma la encargara de inicial por la insuficiencia de profesores pero no así en el caso de secundaria con primaria. El estar en un nivel de enseñanza diferente es un riesgo en la racionalización. Saludos

  • Dr. Hugo
    Se me ha adjudicado una plaza de Directora UGEL NORTE AREQUIPA, y resulta que la I.E. estaba focalizada para ser sede del COAR, a mi se me informa en la I.E. que la comunidad educativa y APAFA no están de acuerdo con la reubicación por que el local al que se le pretendía trasladar no reúne las condiciones para albergar a los estudiantes quienes han aumentado la meta y elevado su rendimiento según ECE.
    También se estaría desatendiendo las expectativas de los Padres de familia ingresantes puesto que al enterarse que la I.E. va a ser reubicada podrían retirar a sus hijos.
    Esta situación afecta mucho el clima institucional de la I.E. y como comprenderá yo debo de llevar el parecer de la Comunidad Educativa de la que ahora dirijo, pero me siento presionada por los señores de la Región Arequipa como por asesoría Jurídica de la UGEL NORTE.
    Ante esta situación le pido por favor su asesoría.
    Anticipadamente agradezco su opinión.

  • Dr. Hugo, buenas tardes un cordial saludo a su persona.
    Bueno disculpe la consulta que le hago, soy director de una I.E multigrado, que recién me han encargado tambien cuenta con nivel inicial solo con una aula ahora se presenta que la UGEL en coordinación con la municipalidad nos propone que si queremos ampliación del nivel secundaria nos pueden dar pero como anexo de otra I.E. con el 1º Gdo. Solo nos dan 2 docentes Dr. esto es posible
    que suceda en una escuela multigrado. Nos beneficiaría o perjudicaría a la I.E. Ya que es una I.E. Multigrado. Por favor Dr. espero su respuesta gracias de antemano.
    Hasta pronto.

    • Marco. Sin conocer mucho la situación me parece que pasar de ser multigrado a tener secundaria no parece muy coherente. Hay que ver si se justifica, sin hay una población mínima que se pueda atender en mejores condiciones que las que se le atiende hoy. Saludos

  • Estimado Dr. en mi I.E. “AUGUSTO SALAZAR BONDY” se está viviendo una incertidumbre, La plaza de director fue adjudicada al docente MARIO pero lamentablemente renunció ayer. De otro lado el docente JOSÉ que hasta el año pasado fue director en mi I.E. se le adjudicó una plaza de director en otra I.E.(NESTOR MARTOS) y pretende renunciar aquí para que se le pueda adjudicar la plaza en el SALAZAR BONDY. ¿Procede esto? ¿Se le puede dar el cargo de director de mi I.E. si renuncia al mismo cargo en la otra I.E.?
    Un dato adicional, en la UGEL que pertenezco ya no hay directores en lista para ser adjudicados.

  • Mi pregunta es la siguiente una ex directora que no aprobo tiene que retornar a su plaza de origen verdad?
    el caso es el siguiente ella era Directora con 40 horas de un IE Inicial y la retorna como docente de 30 horas pese que ella fue nombrada como docente coordinadora, lo correcto seria retornarla como DOCENTE COORDINADORA y solo como DOCENTE de 30 hrs y en base a que?

  • La Ugel 01 ha adjudicado todas las plazas a concurso a todos los docentes por orden de merito donde hemos quedado docentes que no hemos sido adjudicados por falta de plaza cual sera nuestra situación ya que estamos aprobados en las 2 etapas .Existen colegios que estan siendo cubiertas por encargaturas como es su situacion de aquellos directores

  • Dr he sido adjudicado una plaza en un distrito de Piura, pero me dicen que el director anterior ya le aceptaron su demanda y ha presentado su demanda y ahora esta a la espera de su medida cautelar para regresar a su plaza, mi pregunta es cual sera mi situación si ya fui adjudicado\ que es lo que debería hacer?? SE PERDERÍA MI DERECHO DE desempeñarme como Director pese haber ganado una plaza directiva??

  • Gracias Doctor Hugo Díaz por atender mi consulta, me comuniqué con la asesora del señor Jorge y me comentó que se realizarán otros concursos a nivel del minedu. Sería bueno calificar como experiencia profesional el acompañamiento pedagógico en el Programa de Especialización y el de Formador en el Programa de Didáctica ambos ejecutados por las IFD en convenio con el Minedu.

  • Maestro le comento que en la publicación final estuve en el 1° puesto y ahora me sacan del concurso en la publicación definitiva.
    La justificación es que al momento de la inscripción yo estaba en la 1ra escala pero ahora tengo la resolución de la cuarta escala, el día en que me inscribí ya sabía que sería reubicada a la 4ta escala. Lo curioso es que en mi región hay varios casos análogos y solo a mí se me retiró del concurso. ¿Hay algo que se pueda hacer?
    Agradezco por anticipado la respuesta. Gracias Doctor.

  • Tengo la misma inquietud que Juanita, recién han cambiado las reglas del juego, a unos dìas de la adjudicaciòn, cada uno ya sabìa la cantidad de plazas por nivel y modalidad, ahora incluyen una forma màs de adjudicaciòn que no estaba planteada inicialmente, se originarà un caos, dejando algunos aprobados de lado que inicialmente se inscribieron en su nivel y modalidad y que aparentemente alcanzaban cubrir plazas segùn la directiva inicial.
    Que el MINISTERIO DE EDUC. RESPETE LO QUE PLANTEARON INICIALMENTE.

      • Gracias por su atención Dr., buenos dia: Lo decía en el sentido en que, qué pasaría si en el extremo de los casos, Ejemplo1: en una institución integrada (primaria y secundaria) todos los directivos adjudicados pueden ser del mismo nivel ya sea primaria o secundaria, cuyas plazas inicialmente estaban distribuídas entre primaria y secundaria (direcccion: secundaria, subdirección primaria, subdirección secundaria), sin embargo, todas son ocupadas por profesores de primaria (o secundaria) en esta adjudicación.
        Ejemplo2: Ocupo el 100 puesto en secundaria de 108 plazas publicadas en secundaria, contenta con que logaría el cargo; sin embargo después de esta última publicación (23 de enero) ocupo en cuadro de méritos general 202. ¿Qué pasará si tan solo 10 profesores de primaria que están antes que yo en el cuadro general eligen colegios integrados cuyas plazas están publicads como secundaria? practicamente quedaría fuera de esta evaluación… Planteamiento que al inicio no era así, cada uno sabía la cantidad de plazas por nivel y se inscribió de acuerdo a su nivel. Lo mismo ocurrirá en plazas de inicial y primaria.
        Gracias por su atención nuevamente. Reciba mis cordiales saludos.

  • DR.HUGO DIAZ CON LOS SALUDOS Y AGRADECIENDO SU RESPUESTA. MI CONSULTA SOY DOCENTE APROBADO PARA ACCESO A DIRECCION EN HUANCAVELICA. RESULTA QUE LA UGEL HUANCAVELICA SOMOS MUCHOS APROBADOS Y ESTA COPADO DE PLAZAS PARA DIRECCIONES EN NIVEL SECUNDARIO; PERO RESULTA QUE HAY PLAZAS MAS DEL 80% EN LAS DEMAS UGELES DE LA REGION HUANCAVELICA; ES POSIBLE CUBRIR ESAS PLAZAS DESIERTAS – INTER-UGELES POR LO QUE SOLICITO.

  • Dr. Hugo muy buenas noches.

    Según el artículo 6.2 de la Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU. A La letra dice:

    PUBLICACIÓN DE PLAZAS DIRECTIVAS PUESTAS A CONCURSO
    La relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso será aprobada por resolución ministerial, dentro del plazo establecido en el cronograma, indicando las modalidades (EBR, EBE y EBA) y forma educativa (ETP). En el caso de EBR, se indicará el nivel (inicial, primaria o secundaria), asimismo en el caso de EBA se indicará si es Inicial/Intermedio o Avanzado.

    Entonces si mediante Resolución Ministerial el MINEDU publicó plazas directivas para inicial, plazas directivas para primaria, plazas directivas para secundaria. Porque ahora el MINEDU fomenta el caos a través del OFICIO MULTIPLE N° 005-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD sobre las direcciones de colegios integrados.

    Si las direcciones de colegios integrados ya habían sido publicadas en los tres niveles. Es decir hay direcciones de colegios integrados que son para primaria y hay direcciones de colegios integrados que son para secundaria (CONCURSO PÚBLICO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS 2014
    RELACIÓN CONSOLIDADA DE PLAZAS DIRECTIVAS PUESTAS A CONCURSO
    R.S.G. N° 1551-2014-MINEDU / R.M. N° 430-2014-MINEDU / R.M. N° 471-2014-MINEDU / R.M. N° 549-2014-MINEDU)

    Dr. Hugo cuando nosotros nos inscribimos tomamos en cuenta esta publicación de plazas y sabíamos cuales eran de inicial, cuales de primaria y cuales de secundaria. por eso nos inscribimos a la UGEL donde teníamos más opción de coger plaza. (repito las plazas de colegios integrados ya estaban distribuidas unas eran para inicial, otras para primaria y otras para secundaria)

    Deben de respetar las reglas puestas antes del concurso y no ahora a través del oficio 005 quieran hacer una mezcolanza de plazas.

    Desde un inicio las plazas han estado separadas para los tres niveles inclusive las de colegios integrados.

    Acotar algo más que este oficio 005 ocasionará en muchos casos que el Director y suddirector sean de primaria o sino los dos sean de secundaria. es decir sean de un mismo nivel.

    Dr. Hugo ayúdenos a hacer respetar las plazas puestas a concurso ya que nosotros nos inscribimos de acuerdo a dicha publicación de plazas.

    DIOS LE DE BENDICIONES.

  • Buen día Doctor Hugo. ¿Que opina al respecto?
    OFICIO MÚLTIPLE N°005 – 2015 – MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD
    Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, a fin de realizar precisiones para la aplicación del acápite 6.10.3 del numeral 6.10 de la Norma Técnica aprobada con Resolución de Secretaría general N° 1551.2014-MINEDU, la cual señala que “La adjudicación de plazas deberá respetar la modalidad, forma y/o nivel educativo al que se inscribió el postulante”.
    Al respecto, para la aplicación de los dispuesto acápite 6.10.3 del numeral 6.10 de la Norma Técnica aprobada con Resolución de Secretaría general N° 1551.2014-MINEDU, deberá tomarse en consideración que, cuando se trate de plazas de Director de Instituciones Educativas de Educación Básica Regular (EBR) denominadas integradas en las que se imparte dos o más niveles educativos (Inicial, primaria, secundaria), podrá adjudicarse un profesor que se haya inscrito en cualquiera de estos niveles.
    Cabe añadir, que la precisión realizada se rrealiza en el marco del acápite 7,14 del numeral 7 de la Norma Técnica en mención, la misma que dispone que todo aquello que no sea contemplado por la presente norma será resuelto por la Dirección General de Desarrollo Docente. Firma Miguel A. Cardenás Huayllasco, Director (e) de Trayectoria y Bienestar Docente.

    Al respecto, creo que a nivel Nacional, se publicaron las plazas que son destinadas para los tres niveles (Inicial, primaria, secundaria); así mismo ya se publicó un Ranking de docentes en el nivel que les corresponde. Había orden; asimismo cada uno de los postulantes ya sabíamos qué plaza adjudicar. Sin embargo aparece el oficio de fecha 26 de enero del 2015, creando desconcierto en que ya estaba organizado y ordenado; pues ahora se tendrá que hacer un solo ranking de los tres niveles; y no se piensa en el caos que se ocasiona, por que si hay 10 plazas para secundaria de las cuales 5 son integradas; y si estas son adjudicadas por profesores de otros niveles; entonces los postulantes de secundaria tienen menos opciones de adjudicar una plaza, estando entre los 10 primeros puestos. Ruego a Ud. hacer llegar este malestar e incertidumbre al Ministerio al respecto; y que se deje sin efecto; porque muchos docentes hasta ya han presentado sus quejas ante este hecho. Creo que como estaban ya dada la forma de este proceso estaba bien y no perjudicaba a nadie; y la aparición de este oficio si está causando malestar e incluso muchos se quedarán sin plaza. Gracias.

  • Dr. Hugo veo que la observación que hizo el profesor Sigifredo ya le llegó, le comenté antes sobre el mismo tema (10% de bonificación para lecenciados de las fuerzas armadas) me alegra que esa fecha Ud. haya dado su compromiso de elevarlo al Ministerio, sólo queda esperar la respuesta. Este es el texto de la solicitud que presenté a la UGEL que postulo el día 06 de enero del 2015: SOLICITA : Inaplicación del numeral 6.9.3 de normas técnicas aprobado por Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU.
    Que, al amparo del artículo 2° inciso 20 de la Constitución Política del Estado, solicito la Inaplicación en el presente concurso del numeral 6.9.3 de la Norma Técnica denominado, “Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014” aprobado por Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU del 09/09/2014 por los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:

    1) el artículo 61 de la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar establece como uno de los beneficios de los licenciados de las Fuerzas Armadas una bonificación del diez por ciento (10%) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública; disponiendo asimismo que, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes, en ese orden se aprueba el reglamento de esta ley por Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG, que en sus artículos 87 y 95 dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes mediante Resolución. A la luz de ello se dicta la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE del 01/09/2010 estableciendo en su artículo 4° de su parte resolutiva que:

    Artículo 4º.- Procesos de selección
    Todo proceso de selección que realicen las entidades de la administración pública incluyendo la contratación administrativa de servicios, deberá considerar, entre otras etapas, como mínimo, las siguientes:
    a) Evaluación curricular.
    b) Evaluación técnica.
    c) Evaluación psicológica.
    d) Entrevista.
    La etapa de Evaluación psicológica es obligatoria para las entidades señaladas en los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.6 del artículo 3 de la presente Resolución. En los Gobiernos Regionales y Locales, incluidos sus órganos y entidades, corresponderá a las autoridades evaluar la aplicación de la mencionada etapa, tomando en cuenta además la disponibilidad presupuesta! de las entidades.
    Aquellos postulantes que superen todas las etapas mencionadas precedentemente, y hubiesen acreditado documentalmente la condición de personal licenciado de las Fuerzas Armadas, recibirán una bonificación del 10 % en la última de las etapas señaladas (entrevista).

    2) Como sabemos en el presente Concurso Público de Acceso a Cargo de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014, no existe la etapa de entrevista, consecuentemente, no existe esta bonificación del 10% a los licenciados de las Fuerzas Armadas, pese que así lo dispone en su numeral 6.3.9 y 6.9.3 de las Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014 aprobado mediante Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU del 09/09/2014, pues en esta misma norma como se aprecia, no existe la etapa de entrevista. Entonces, esta norma técnica sobrepasa lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE al pretender establecer en este numeral 6.9.3 que: El docente postulante que acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas, reciben una bonificación del 10% sobre el puntaje final alcanzado, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29248 – Ley del Servicio Militar; con cargo a la acreditación según se establece en el numeral 6.3.9 de la presente norma técnica. Como bien sabemos, en caso de haber existido la etapa de entrevista en este concurso esta bonificación del 10%, solo sería sobre esta etapa de entrevista, no sobre el puntaje final alcanzado, en consecuencia es inaplicable este numeral 6.9.3 primero por no existir etapa de entrevista y segundo, porque la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE no dispone ninguna bonificación del 10% a los Licenciados de las Fuerzas Armadas sobre el puntaje final alcanzado de todo el proceso de concurso del Estado.

    3) Ahora, lo dispuesto por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE se dicta a la luz de la vigencia del Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG, específicamente a lo dispuesto en sus artículos 87 y 95, y no así en base al artículo 61 de la Ley N° 29248, en ese sentido, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE queda sin vigencia al ser modificado el artículo 61 de la Ley N° 29248 por Decreto Legislativo N° 1146, en ese mismo sentido, también derogado el Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG por la disposición complementaria derogatoria única del Decreto Supremo N° 003-2013-DE publicado en el Diario Oficial el Peruano el 03 de Junio de 2013, entonces el numeral 6.3.9 y 6.9.3 de las Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014 aprobado mediante Resolución de Secretaria General N° 1551-2014-MINEDU del 09/09/2014, invocan normas derogadas, los mismos que no pueden ser aplicadas supletoriamente por el parecido que pudieran tener la asignación del 10% al personal licenciado de las fuerzas armadas que establece el artículo 88 inciso 1° del Decreto Supremo N° 003-2013-DE que es por única vez y no de manera indefinida como con la vigencia del Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG.

    4) Queda demostrado que la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE regulaba hasta antes de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1146 y el Decreto Supremo N° 003-2013-DE, quedando claro además que, no existe en la actualidad disposición legal que regule la modificación del artículo 61 de la Ley N° 29248 y el artículo 88 numeral 1° y artículo 96 numeral 2° del Decreto Supremo N° 003-2013-DE, nuevo reglamento de la Ley N° 29248, vigente en la actualidad. Entonces aplicar normas derogadas en el presente concurso, significa vulnerar el principio del debido procedimiento administrativo establecido en el artículo IV inciso 1° numeral 1.2 del Título Preliminar de la Ley 27444, así como generaría nulidades posteriores conforme a su artículo 10° inciso 1 de esta Ley del Procedimiento Administrativo General, hecho que retrasaría los resultados finales del concurso, perjudicando a los postulantes innecesariamente.

    POR LO EXPUESTO:

    Sírvase inaplicar el numeral 6.9.3 de la Norma Técnica en razón de no estar vigente en la actualidad la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE.

      • dr. aqui en la ugel PUNo aprobaron 364 prof en secundaria para 53 plazas, y los resultados han cambiado significativamente con el 10% que se les considera a los licenciados del ejercito. mire no se trata de quitarles su 10% dispuesto en la ley, sino aplicarla correctamente aqui no se trata de ingreso a la administración. es una forma de ascenso creo yo puesto que ya estan trabajando.
        otro dr. en los contratos cada año se les bonifica con el 10% y la ley dice por unica vez . espero que ya no sigan cometiendo el error los del ministerio de educacion y las ugel.
        gracias por su comentario.

  • Doctor Hugo Díaz, ya no sé ni que pensar con tanta incertidumbre, primero; las medidas cautelares de muchos directores para proteger sus plazas y ahora nos salen con el Statu Quo en varias regiones del País, para dejar sin efecto el concurso de directores y subdirectos, cuál es su comentario al respecto, le agradezco su respuesta, saludos.

    • Nolberto. Lo del statu quo me sorprende pues no hay razón para hacerlo. Ya en las plazas que estaban congeladas el problema se superó con la evaluación excepcional de directores. En todo caso enviaré su correo al ministerio para saber que piensan sobre este tema. Saludos

  • sr. hugo saludos, me presente a la evaluacion para plazas de directores y aprobe y segun la note que obtuve estoy dentro de los aptos para escoger una plaza, pero acabo de acceder a una plaza cas en un coar de provincias, mi consulta Sr. hugo es, puedo adjudicar una plaza para direccion y luego solicitar licencia sin goce para trabajar este año en el coar.agradezco su rpta.

  • En la ugel que me presento los postulantes que ascendieron en el ultimo examen de escalas ( III, IV, V y VI escala) y que al momento de inscribirse registraron I escala en el formato de inscripcion ya que provienen de la ley del profesorado , son considerados en los listados de calificacion de la trayectoria profesional pese a tener 00.00 en el rubro experiencia profesional contradiciendo la norma. ya que los requisitos debe tener el postulante al momento de inscribirse y dichos postulantes no tienen un año de direccion segun su propia calificacion. ¿como saber las escalas con las cuales se inscribieron ya que el ministerio no publica? en bien de un concurso transparente deberia revisar minuciosamente lo mencionado porque muchos postulantes tienen favoritismo por parte de la comision.

  • Dr. Hugo:
    En mi acta de evaluación bajada del Ministerio de Educación estoy observada sólo por el certificado de 200h, sin embargo, ayer, lunes, 26 de enero me citan en mi Ugel para supuestamente hacer un descargo y el comité de evaluación me dice que además de esa observación no he firmado la declaración jurada y por lo tanto por omisión no cumplo con algunos requisitos y estoy retirada, ¿es posible que este hecho?

  • Dr. HUGO DIAZ
    Agradezco anteladamente su respuesta.
    Para acreditar requisitos en el numeral 5.5.3 de la norma técnica señala: “Contar con formación especializada de 200 horas o con estudios de segunda especialidad o de postgrado, relacionados con la gestión Institucional…….”
    Además en el punto 5.6.1. dice “Los profesores postulantes deben cumplir con todos los requisitos señalados en el numeral 5.5. al momento de su inscripción”
    En el punto 5.6.2. especifica: Los profesores que superaron la Prueba de Comprensión de textos deben presentar “Copia de la Documentación que acredite que el profesor cuenta con formación especializada de un mínimo de 200 horas, estudios de segunda especialidad o de postgrado relacionados Directamente con .a gestión Institucional, pedagógica y/o administrativa de una I.E”
    Para evidenciar este aspecto presente a mi Ugel mi constancia de egresado de maestría en Administración de la Educación.
    Mi pregunta es:
    ¿Es válido este documento?
    Toda vez que en el se especifica que terminé mi maestría en el año 2012, anterior a la fecha de inscripción al concurso, pero la constancia me otorgaron el 17 de diciembre del 2014

    • SE PUEDEN HABLAR MUCHAS COSAS PERO LO IMPORTANTE ES PAPELITO MANDA:

      5.5.2 Excepcionalmente y por única vez, en aplicación de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria y Final de la LRM, pueden participar además profesores comprendidos:
      b) En la Primera Escala Magisterial dela LRM, provenientes de la Ley del Profesorado, que acrediten al menos 11 años de servicios de la carrera y hayan asumido encargatura de dirección por un periodo no menor de un (01) año lectivo dentro del tiempo mínimo de servicios requeridos.

      – Encargatura de Dirección = Director, pero NO subdirector.

      – 11 años de servicio de la carrera = se refiere a 11 años de servicio en la carrera pública, pero no en la privada.
      No menor de (01) año lectivo = se entiende como año lectivo al periodo de marzo a diciembre.

      – Los profesores que están ubicados en la 1ra Escala Magisterial de la LRM mínimamente con 11 años de servicios de la carrera y hayan asumido encargatura de Sub- dirección, eran conscientes de que la norma no los favorecía, es por eso su retiro del concurso.

  • Buen día Dr. Hugo Diaz, mi consulta. El Ministerio dio ha conocer la infografìa de 4 700 plazas en 12 regiones a no ser cubiertas y habrà otro concurso tengo entendido este año. Pero no es tan especìfico con las plazas desiertas que ocurrirán dentro de cada región que para su conocimiento en algunas ugeles hay más aprobados y con excelentes puntajes y otras ugeles pocos aprobados y muchísimos plazas vacantes. Pregunto ¿Tendrá alcance regional para su nombramiento de dichas plazas o sea inter-ugeles?

  • dr. le envio el sgte analisis a cerca de 10% fuerzas armadas
    La pretensión del Ministerio de Educación (MINEDU) de otorgar una bonificación del 10 % sobre el puntaje final alcanzado para cada Licenciado de las Fuerzas Armadas, tal como lo ha expresado y estipulado en el numeral 6.9.3. de la Norma Técnica del concurso aprobada por Resolución N° 1551-2014-MINEDU del 09 de setiembre 2014, resulta ser exagerada, injusta y sobre todo ilegal; pues no se ajusta a los dictaminado por la legislación nacional, no es característica de población vulnerable y menos puede ser criterio que asegure calidad a un directivo de colegio alguno, más todavía si consideramos que no están en concurso las plazas directivas de los colegios policiales y de las Fuerzas Armadas.

    Veamos: La Ley del Servicio Militar es la Ley N° 29248 de junio de 2008, en su artículo 61 estipula los “Beneficios de los licenciados”; ese artículo 61 fue modificado, junto a otros artículos de esta ley, por el Decreto Supremo N° 1146-DE de diciembre 2012; entonces la redacción en vigencia es la siguiente: “El personal licenciado del Servicio Militar Acuartelado, al momento de licenciarse y por única vez, tiene los siguientes beneficios: 1. Bonificación de diez por ciento (10 %) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública. Para ello, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes”.

    Los reglamentos: El primer reglamento de la ley en mención fue aprobado por Decreto Supremo N° 021-2009-DE/SG en agosto de 2009; pero este fue derogado por el Decreto Supremo N° 003-2013-DE de junio de 2013, la cual en su artículo 88 dice: “El personal del Servicio Militar Acuartelado, al momento de licenciarse y por única vez, tiene los beneficios siguientes: 1. Bonificación de diez por ciento (10 %) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública. Para ello, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes”.

    Entonces, notemos que, bajo ningún punto de vista el actual concurso directivo es un “concurso para puestos de trabajo”, no es para acceder a puestos de trabajo pues todos los que concursan ya tienen un trabajo en la administración pública y de no lograr cupo entre las plazas directivas no van a quedar desocupados en el trabajo que ya tienen.

    Si queremos aproximarnos al espíritu de la Ley, digamos que la diferencia vital y decisiva entre los artículos modificados y derogados con la nueva redacción es el agregado de la frase “al momento de licenciarse y por única vez”; no es para siempre ni para todo y entre los postulantes al actual concurso el mínimo permitido son once años de servicio; lo que se facilita es el acceso al trabajo, el cual indudablemente ya lo tienen. No se avizora una pro militarización de la administración pública en el espíritu de la Ley.

    La norma técnica del concurso también estipula en su numeral 6.3.9. que el abono está conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE, lo cual no es verdad. Veamos: La Resolución en mención establece los criterios para asignar la bonificación del 10 % en concursos para puestos de trabajo de los licenciados de las Fuerzas Armadas y lo especifica en su artículo 4, el cual dice: “Aquellos postulantes que superen todas las etapas mencionadas precedentemente, y hubiesen acreditado documentalmente la condición de personal licenciado de las Fuerzas Armadas, recibirán una bonificación del 10 % en la última de las etapas señaladas (Entrevista)”; está claro que en el presente concurso no hay entrevista, pues no es concurso de acceso reciente a puestos de trabajo, y ninguna legislación prevé que sea reemplazada por otra etapa, por lo tanto no procede la bonificación no hay donde darla ni razones para otorgarla.

    Espero que los equipos del MINEDU y todos los intervinientes en la organización hagan esta corrección por el bien del magisterio, la salud del concurso, el buen derrotero de todos los cambios pedagógicos que se están trabajando y el respeto a nuestra legislación.

    RESPECTO AL 15 % DE ABONO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
    Considero correcto y justo, aplaudo la Ley N° 29973 que norma esta bonificación. Solo me permito hacer una atingencia: Consideren la definición de persona con discapacidad que la misma Ley ofrece en su artículo 2, “La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás”.

    Cumplo con comunicar mis observaciones. Espero el MINEDU cumpla con las correcciones.

    SIGIFREDO SÁNCHEZ CRISANTO – Profesor

    Sullana – Perú / sigsancri@yahoo.com

  • Estimado Dr. muy buenos días. Quisiera me oriente para hacer un reclamo a la comisión de evaluación de rayectoria profesional. En el rubro Formación Académica 1.5. Título de 2da.especialidad docente acreditado con título consideré un Diploma de 2da. especialidad en formación magisterial de la PUCP y no se me consideró los 6 puntos. Tengo entendido que una 2da. especialidad se obtine a partir de un primer título de profesor. Le ruego me ayude para efectuar mi reclamo.

  • Buenas noche, mi consulta es la siguiente: en la I.E. donde laboro existen 6 secciones, una de cada grado por lo que indico que somos 6 profesores titulares y un contrato para educacion fisica por 15 horas.¿es correcto que haya plaza para nombrar a un director? pues la UGEL publicó plaza. Mi inquietud surge ya que de acuerdo a norma corresponde director(sin seccion a cargo cuando hay mas de 8 secciones y ese no es el caso de mi I.E. Gracias por su respuesta

  • Soy Profesor de la Primera Escala Magisterial de la LRM, provenientes del segundo nivel de la Ley del Profesorado, con mas de 15 años de servicio, con 1 año y 2 meses en la encargatura de la subdirección, durante este periodo demostré mis cualidades de liderazgo obteniendo una felicitación con R.D. por parte de la UGEL 02, La ugel 06 me retira por no cumplir con los requisitos, hasta ahora aún desconozco los motivos, pero revisando el numaral 5.5.2 en la letra b)”… y hayan asumido en la encargatura de dirección…”. Entiendo que el concurso es para cargos de Director y Subdirector (cargos directivos), no creo que esa única palabra “dirección” sea el causal para mi retiro o en todo caso los Sres. del Ministerio deben aclarar esta situación.

  • Dr. Buenos días, mi consulta es que soy profesor nombrado como director, pero no he aprobado el examen de directores, mi plaza ha sido puesta en concurso, pero tengo conocimiento que en mi Ugel los que han aprobado el examen son solo 45 y las plazas puestas en concurso son 93, ¿me encargarán nuevamente la dirección?, teniendo en cuenta que soy nombrado como director en primaria pero con título en inicial.
    Muchas gracias por su respuesta.

  • DR. HUGO, Saludos para su persona.
    Sobre el concurso pùblico de acceso a cargos de director y subdirector de II.EE. pùblicas. La comisiòn evaluadora no me considerò puntaje en el rubro 3: Experiencia profesional, en una resoluciòn por encargatura de Direcciòn por la vigencia de 01-04 al 31-12-2002. Antes el año escolar duraba solamente 9 meses. Pero segùn la norma para el concurso considera como año lectivo el periodo de marzo a diciembre. La consulta Dr. hago el reclamo de esta resoluciòn o simplemente ya no segùn norma no procede el puntaje motivo por cual no hay flexibilidad en la comisiòn de evaluaciòn.
    Gracias por su apoyo.
    Hasta pronto.

  • Dr. Buenos Días:
    La Resolución de encargatura de dirección que presenté al concurso de directores indica el mes de inicio (mes de junio) pero no de término, pues solo consigna HASTA NUEVA DISPOSICIÓN, y esta nueva disposición se dio en el mes de mayo del siguiente año, esta resolución es válida para acreditar el año de experiencia como director? Además esta resolución indica que solo se encarga las funciones de director sin beneficios correspondientes. Gracias.

  • Prof. Hugo Díaz, Buenas Noches
    He sido nombrado el 08 de diciembre de 1992 en el Colegio Secundario de Menores y Primario y Secundario de Adultos, “Tito Cusi Yupanqui” – Modalidad Adultos – San Ignacio – Cajamarca, pero antes de ser nombrado trabajé un año en Educación Secundaria de Menores en la misma institución, para el concurso a cargos de director y sub director postulé a Educación Básica Regular Secundaria logrando aprobar el examen, pero resulta que ahora veo en la parte de consulta individual del Ministerio de Educación dice NO CUMPLE REQUISITOS, me gustaría me aclare mi situación y qué puedo hacer al respecto.

    • Luis. Causas puede haber varias. Lo primero que debe verificar es si respondo a los requisitos de la norma en cuanto a escala, años de experiencia en gestion y lo exigido en cuanto a estudios. Como sabe, la prueba es un factor de calificación pero no lo es tupid. Saludos

  • Buenas noches Prof. Hugo Díaz.
    ¿Y que va a pasar con las plazas que tienen medida cautelar?
    Hago esta pregunta debido a que durante el proceso de Concurso se han venido presentando ante el Poder Judicial acciones de Amparo que han derivado provisionalmente en medidas cautelares, creando incertidumbre entre quienes han aprobado los exámenes para acceder a cargo de director y Sub director.

    • William. Es cierto lo que dice pero la situación cambió al darse la evaluación excepcional. Con ello los jueces deberían reexaminar sus fallos. Como le dije en anterior mensaje, el MED con sus abogados ya está viendo el caso, Saludos

  • Dr. buenas noches cordiales saludos.
    DR. No publicaron los resultados finales del concurso a cargos de Director y Subdirector de II.EE. pùblicas en la pàg. del MINEDU de acuerdo al cronograma modificado. Porque no lo hicieron, talvez hayga alguna explicaciòn al respecto. Gracias Dr. por su comentario.
    Hasta pronto.

  • Buen día maestro. tengo dos inquietudes.
    1. Los postulantes a cargo directivo que lograron su inscripción a pesar de estar en la I escala de la Ley del Profesorado pero que ascendiernon en octubre del 2014 a IV, V, VI nivel, pues la rpesentación de su escalafón fue posterior al ascenso, podrán ser evaluados??
    2. Los maestros de la II escala provenientes de la CPM donde estuvieron en I nivel, y que tuvieron cargos directivos en su colegio de convenio pueden ser evaluados?, toda vez que no cumplen los requisitos de este concurso, solamente por tener convenio con sus ii. ee.???

    Gracias por su atención

  • Buen Día Dr. Hugo.
    Saludos cordiales. Tengo mis dudas en lo relacionado a la formación especializada en 200 horas. En la UGEL donde estoy postulando me dicen que no van a considerar los cursos de capacitación (como son por ejemplo un certificado por más de 200 horas en “entornos virtuales para el aprendizaje” ejecutado por la Universidad Católica de Santa María y otros certificados de capacitaciones que lo ha ejecutado el Gobierno Regional con auspicio de las Dirección Regional de Educación y la UGEL). Cumplo con dicho requisito con las capacitaciones detalladas líneas arriba. Mucho agradeceré su opinión y consulta al MINEDU

  • Señor Hugo Diaz le hago llegar mi saludo cordial y de esta manera comentarle sobre el concurso de directores y sub-directres que me tiene preocupada debido a que al momento de inscribirme no llene correctamente el rubro de la lengua materna y en la zona de Ancash la mayoria de las instituciones son consideradas en la lengua originaaria (QUECHUA ) Y EN REALIDAD NO SE PORQUE TANTO TRABA SI EN LA UGEL DONDE ME PRESENTE HAY 15 PLAZAS Y APROBAMOS EL EXAMEN 8 Y NO PUEDO TOMARLO ESAS INSTITUCIONES DÍGAME POR FAVOR SI REÚNO LAS CONDICIONES NO HABRÁ ALGUNA POSIBILIDAD DE QUE EL MINISTERIO RECONSIDERE Y EN REALIDAD EN LA INSTITUCIÓN DONDE TRABAJO YA TENGO 22 AÑOS DE DIRECCIÓN Y NO E TENIDO NINGÚN PROBLEMA Y LA GRAN MAYORÍA HABLAN EL CASTELLANO, ESPERO SU PRONTA RESPUESTA GRACIAS.

  • Buen dia Dr. Hugo Diaz
    Gracias por su respuesta. Estoy en proceso por cuanto ya presenté mi experiencia laboral y todo para Acceso a Cargo de Director para EBA avanzada. Provengo del III NM de 24029 con 20años de servicios oficiales, actualmente estoy enII Escala. Mi consulta es:
    i) Inicialmente laboré en EBR Secundaria, hace 3 años atras
    me reasigné a EBA Avanzada, Podrían objetarme al rspecto?
    ii) Me indican que como no tengo ni 01 año de haber asumido cargo de Director, podrían observarme por ese requisito. Es posible eso??
    Saludos

    VICTOR MAMANI MAGNO

  • buenas noches señor hugo diaz:
    soy posttulante a un cargo de director en este concurso de directores…mi pregunta es sobre el requisito del informe escalafonario…en cuanto a la escala magisterial aparece asi: ESCALA 2… mis colegas me han dicho que debe aparecer asi: ESCALA II O ESCALA SEGUNDA…el asunto es que postulo a otra ugel de otro departamento..¿tendre alguna observacion o problema de parte de la comisiòn? muy agradecido señor hugo diaz

  • buenas tardes:
    mi consulta es si un sub director postula al concurso de directores debe renunciar al cargo y a partir de cuando se hace efectiva la renuncia, si en caso no renuncio y trata de sorprender a las autoridades que medidas se debe tomar.
    gracias

  • buenas noches señor hugo diaz:
    estoy postulando a un cargo directivo en este concurso de directores…mi pregunta es sobre la formacion especializada de 200 horas en gestion pedagogica, educativa o administrativa…obtuve un certificado PRONAFCAP DE 22O HORAS EL 2009 ¿este certificado vale como gestion pedagogica? ¿si la comision observa y no considera este este certificado como gestion pedagogica tengo posibilidades de reclamar con exito? gracias doctor diaz.

  • Buen Día Dr. Hugo Díaz; agradecerle por los alcances y orientaciones al magisterio peruano; mi consulta, hay muchos docentes aprobados para acceso a plazas de Dirección y subdirecciones como el caso Lima, Cuzco, Junín entre otros; pero a la vez otras pocas regiones como el caso Huancavelica sobrarán plazas vacantes; ¿habrá la fase nacional o regional a coberturar dichas plazas? porque para un futuro Director por vocación será oportunidad a desempeñarse y contribuir con la educación cual fuese la distancia y el espacio a ubicarse. Comparto en que evitemos la mesquindad habiendo talentos en regiones o ugeles vecinas. Agradezco su respuesta.

  • Doctor Hugo Díaz, soy profesor del nivel secundario y estoy participando en el concurso para la designación de directores, dígame es posible que me adjudiquen una plaza directiva de una Institución Educativa Integrada(inicial, primaria y secundaria) gracias por su respuesta

  • Dr. Hugo, mi consulta es respecto de los profesores comprendidos en la primera escala magisterial provenientes del segundo nivel de la Ley del profesorado, necesariamente tienen que acreditar haber sido encargados en la plaza de director?¿es valido la encargatura en Sub direccion?. ¿Es valido la encargatura de Direcccion de una I.E particular?

  • Dr soy participante del concurso de directores 2014 (nivel secundario) y la plaza que pretendo pedir en adjudicación es un plaza de educación de nivel primaria (según reporte minedu). la plaza en mención es de una IE que atiende los 2 niveles. ¿Sera posible que se me adjudique?. Agradecidamente

  • Dr despues de aprobar el concurso me abrieron proceso administrativo el 4 de diciembre por negligencia funcional, estoy preocupado porq tengo alto puntaje y cumplo con los requisitos pero en los demeritos de mi escalafon aparece que me han instaurado el proceso quiero saber si esto no impedira que me asignen la plaza

  • Buenas tardes doctor yo estoy en la misma situacion que la colega yo me inscribi por que estaba encargada en dirección el año pasado tengo 6 años y 6 meses de nombrada proveniente de la carrera reconoci mis años accidentales cuando estaba en la otra ley que pasara conmigo irterceda por nosotros por favor gracias

  • DR. HUGO, buen día.
    Para comentarle que en las II.EE. donde algunos directores que fueron reubicados a Aula en la UGEL- VIRÚ-LA LIBERTAD, los reubicaron en la misma Institución Educativa. Dr. esto es posible o deberían ser reubicados en otras II.EE. Gracias por su respuesta.
    Hasta pronto.

  • Doctor buenas noches quisera saber si hay alguna norma que prohiba que un profesor que esta actualmente particpando en el concurso de directores pueda ser designado como DIRECTOR DE UGEL Y SEGUIR en el procesod e nombramiento de directores.Estaré muy agradecido por su aporte.

  • Dr Hugo , respecto al 10% que la Ley reconoce a los Licenciados de las Fuerzas Armadas, la respectiva norma y SERVIR lo aclara que ese porcentaje se añade en la entrevista personal, o también menciona que se añade a la última evaluación, si en el presente proceso no existe la entrevista y la última evaluación es la de expedientes entonces por qué la RSG 1551-2014 dice que este porcentaje debe añadirse al PUNTAJE TOTAL obtenido. ahí creo que está el error de los señores del Ministerio quienes no interpretaron bien y debiendo de cumplir con las normas cometen el terrible error de perjudicar a las mujeres en un 1000% ?volvemos al machismo? ¡eso es lo que ellos pretenden? miremos hasta dónde están en Comprensión lectora los señores del Ministerio? ?así exigen que los docentes y alumnos rindan en Comprensiíon lectora cuando ellos tienen deficiencias?

  • Doctor, Dios le bendiga y que tenga en un feliz año nuevo. Interceda porque se lleve un proceso limpio y transparente en el concurso para directores. ¿Qué va a suceder si en una UGEL acepta como requisito un certificado de capacitación (200 horas) de temas pedagógicos o de gestión dado en el año 2014? y en otra UGEL donde no se acepte certificados de capacitación; y muchos docentes con altos puntajes tengan que abandonar el concurso. Por favor haga llegar nuestra preocupación al Ministerio sobre la aclaración de este requisito. Muchas gracias.

  • Dr. Hugo,en el presente concurso para acceso a cargos directivos se está considerando en la evaluación de expedientes el acreditar ser Licenciado de las Fuerzas Armadas, pregunto ?No están discriminando a las mujeres con este criterio que les otorga el 10% más del total del puntaje obtenido? ahora que estamos luchando por la igualdad y sabiendo que las damas generalmente no han hecho servicio militar han pensado acaso en la brecha discriminatoria que acaban de originar entre los profesores, convirtiendo a esta norma en machista y excluyente a las profesoras como todas las colegas que se esfuerzan por superarse y han demostrado ser eficientes en las tareas encomendadas? ? de qué manera el MINEDU puede solucionar este problema?

      • Buenos días profesor Hugo, provengo de la Carrera Pública Magisterial y me encuentro en la segunda escala magisterial de la actual ley, tengo 5 años servicio como nombrada, así mismo, logré aprobar la evaluación de acceso a cargos directivos, con una de las notas más altas de mi UGEL, mi consulta es ¿seré eliminada del concurso por no tener experiencia de 11 años? tengo entendido que estos 11 años sólo se les pide a los profesores que provienen de la ley del profesorado, pues, en la quinta disposición complementaria de LRM dice: “podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores del tercer nivel de la Ley del Profesorado y profesores del segundo nivel de la Ley de Profesorado que se encontraban encargados” en la presente convocatoria, sólo hace mención a los docentes que provienen de la ley del profesorado para acreditar los 11 años, y para quienes provenimos del la Carrera Pública sólo nos pide la segunda escala. ¿Es lógico mi razonamiento?

  • Dr. Hugo, ¿En un colegio por convenio, puede continuar ejerciendo la encargatura de Subdirección un subdirector que no haya aprobado el último examen? OTRA PREGUNTA: ¿Los colegios parroquiales tienen potestad para proponer Directores o Subdirectores que no hayan dado el examen? Gracias anticipadas por su respuesta.

  • buenas noches señor hugo diaz:
    sobre el concurso de directores y subdirectores…en la trayectoria solicitan “FORMACION ESPECIALIZADA DE UN MINIMO DE 20O HORAS REALIZADO LOS ULTIMOS 5 AÑOS, O CON ESTUDIOS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD O DE POSTGRADO QUE ESTEN DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA GESTION INSTITUCIONAL, PEDAGOGICA Y/O ADMINISTRATIVA DE UNA II.EE.”….tengo un diplomado emitido por la UNDAC de cerro de pasco en gestion educativa en IE por 1200 horas… ¿cumple con ese requisito para postular a una direccion de una IE?….gracias señor hugo diaz.

  • SEÑOR HUGO DIAZ LA SIGUIENTE CONSULTA, HE APROBADO EN EL ULTIMO CONCURSO PARA ACCESO AL CARGO DE DIRECTORES Y SUB DIRECTORES, PERO TENGO UNA DUDA EN CUANTO AL FORMULARIO DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS Y TRAYECTORIA PROFESIONAL, YO SOY MAGISTER EN ADMINISTRACION DE LA EDUCACION. EN LOS DOCUEMNTOS A PRESENTAR DICE: COPIA DE LA DOCUEMNTACION QUE CUENTEA CON FORMACION ESPECIALIZADA DE UN MINIMO DE 20O HORAS REALIZADO LOS ULTIMOS 5 AÑOS, O CON ESTUDIOS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD O DE POSTGRADO QUE ESTEN DIRECTAMENTE RELACIONADOS CON LA GESTION INSTITUCIONAL, PEDAGOGICA Y/O ADMINISTRATIVA DE UNA II.EE. A LA VEZ HE OCUPADO CARGO DE SUB DIRECTOR EN UNA II.EE. AHORA ES NECESARIO ACREDITAR UNA CERTIFICACION DE 200 HORAS COMO MINIMO. ES LA CONSULTA. A LA VEZ TAMBIEN DICE EL POSTULANTE NO PUEDE UTILIZAR UNA MISMA EVIDENCIA PARA ACREDITAR MAS DE UN CRITERIO. QUIERO QUE ME ACLARE.

    • Fresa Jesus. Si usted es magisterio presente la copia federada del grado. Eso ya le da puntaje. Si además tiene una capacitación en gestión superior a 200 horas presente el certificado respectivo. Lo que no puede hacer es que la maestría le sirves para atender esos dos criterios. Saludos

  • Buenas Tardes: ¿Con mis certificados de estudios de Especialización en CTA (Segunda especialidad) en el nivel secundaria (IPNM- 2012) , cumplo con el requisito para que puedan evaluar mi trayectoria profesional y no ser retirado del concurso?.

    • Willian. La Res de la Secretaría General 1551 en su numeral 5.9, del concurso especifica con claridad los roles y composición de la comisión de evaluación a nivel de la Ugel presidida por su director. Léala por favor. No debe suceder que se presenten a un concurso sin haber leído detenidamente la directiva. Saludos

  • buena noches señor hugo diaz:
    agradeder a Dios y a usted por su invaluable apoyo desinteresado que nos brinda a todos nosotros…
    tengo dos consultas por favor:
    1. estoy laborando en una ugel de huancayo, pero postulando a una plaza en la ugel 2 de lima para este concurso de directores…¿puedo fedatear mis documentos en huancayo o es necesario fedatearlo en la ugel 2 de lima para que no haya problemas posteriores?.
    ¿es mejor y mas seguro legalizar con notario mis documentos que pide la directiva para que la comision no los rechace o solamente autenticar y fedatear?….muchas gracias señor hugo diaz…

    • Cosme. Tiene que hacerlo en donde la Uge pueda comprobar la veracidad del documento, sin embargo, como dice, el ideal es que sea en la Ugel 02. Me es difícil darle una respuesta segura, se la tiene que dar principalmente la Ugel 02. No es necesario pero ayuda que un notario apoye la confiabilidad del documento. Saludos

  • DR. BUENAS NOCHES PERSONAS COMO UD ES JUSTO Y NECESARIO QUE EXISTA EN ESTE MUNDO GRACIAS DE ANTEMANO POR SU RESPUESTA.
    MI PREGUNTA ES :
    APROBE EN EL ULTIMO CONCURSO DE DIRECTORES PERO ESTUVE CON LINCENCIA CON GOCE DESDE ABRIL HASTA JULIO Y LUEGO SIN GOCE DESDE AGOSTO HASTA EL 16 DE DICIEMBRE Y ACTUALMENTE ME REINCORPORE PERO MI DUDA ES QUE ME SAQUEN DEL CONCURSO POR ESAS LICENCIAS. MUCHISIMAS GRACIAS POR SU RESPUESTA QUE DIOS LO BENDIGA

    • Edelinda. En principio hay plazos máximos de licencia que creo que usted no los ha cubierto. Sin embargo usted sabe que las direcciones no pueden dejarse sin ser cubiertas. Debe acercarse a la Ugel planteando su intención de reasumir su cargo. Ellos le dirán como han abordado el caso. Saludos

  • Dr. Hugo feliz navidad.
    Disculpe la inquietud, en el registro de trayectoria profesional a presentar para el concurso de directores y subdirectores, para el rubro 2:Méritos solo los libros se asigna el puntaje o las revistas también son consideradas para el puntaje Dr. o solo los libros. gracias por su respuesta.

  • Dr. Diaz, en primer lugar, que haya tenido usted una linda Navidad al lado de su familia y que Dios haya puesto sus ojos sobre su hogar colmándolos de muchas bendiciones.

    Dr. Hugo, disculpe mi insistencia, es con respecto a que pueda usted interceder en el Ministerio por nosotros, los postulantes a cargos directivos, para que se aclare sobre el “CERTIFICADO de estudios concluidos”. Esperamos nos pueda usted ayudar para que se realice esta aclaración a nivel de Ministerio, en el marco de la ley, pero también de la justicia, puesto que la norma no dice “CERTIFICADO DE ESTUDIOS” y el “certificado de estudios concluidos” no existe, tan solo una una Constancia, quizás se pueda añadirse el record de notas, bueno, quedamos a su disposición.

  • quiero hacerle una consulta cuento con una constancia de estudios concluidos la puedo presentar para mi trayectoria profesional ya que pase la prueba de comprension de textos por que hay un problema que los certificados de estudios concluidos lo expediran en la universiddad que ternmine mi maestria el 7 de enero .Quiero saber si es valido por el COMITE DE EVALUACION DEBE SER FLEXIBLE

  • Doctor Hugo, Dios le bendiga; y desearle una feliz navidad. Quisiera que aclare mi duda. En la UGEL me manifiestan que el certificado de 200 horas sobre gestión debe ser del año 2013 hacia atrás; y que si el curso se ha llevado en este año 2014 no tendría valor. Dígame si esta afirmación es verdad, por favor.

    Así también, si tengo documentos de haber inscrito en la Biblioteca Nacional con fecha del mes de diciembre del 2014, normalmente tiene validez? Le agradeceré muchísimo su respuesta.

  • Buenas tardes, estoy postulando una plaza directiva de educación inicial, tengo 29 años de servicio y asumí una encargatura de dirección el 21 de agosto de 1985, pero recién se me reconoció en 1986, esta resolución cumple con el requisito solicitado? Ah, estoy en la tercera escala magisterial. Muchas
    gracias.

    • si Ud esta en la 3ra escala si puede seguir en el proceso …………. si tiene un año de encargatura de dirección , le puede servir para la evaluación de expediente (siempre y cuando sea año lectivo de marzo a diciembre)
      El requisito de haber sido DIRECTOR mínimo un (1) año es para los que están ubicados en la 1ra escala……… y tiene que ser dentro de los último once (11) años….. ojo sólo vale encargatura de dirección , pero no de subdirección y obviamente tiene que ser del colegio público

  • Estimado Dr. Hugo Diaz, acabo de llamar por teléfono al Ministerio de Educación al 6409163 y tajantemente me dicen que la constancia de haber concluido la maestría no será aceptada y que solo es válido con los certificados de estudios. Por favor, recurrimos a Ud. para que se pueda hacer la aclaración respectiva.

  • Gracias Dr. Hugo por la respuesta inmediata, pero en el Ministerio (he realizado una llamada para consultar y me dicen lo contrario) las UGEL 01 (tengo un familiar que pertenece a esa jurisdicción)y UGEL 03 (a la cual pertenezco) no están al tanto de ello, he conversado con una especialista de la UGEL 03 y me dice que es un requisito el presentar los certificados de Maestría para justificar los estudios concluídos, de lo contrario no se tomará en cuenta. Se están dejando llevar por la primera parte en la que se dice “Certificado de estudios concluídos”, pero no entienden que no se pide los certificados de estudios, solo un documento que certifique los estudios concluidos, que en este caso puede ser una constancia o lo que emita la Universidad.
    Le pediría por favor, que interceda por nosotros para que se realice esta aclaración a nivel de Ministerio para que el proceso sea justo. Gracias una vez más, por estar siempre apoyándonos, por estar al lado de la educación, la veracidad y la justicia.

  • El documento “ NORMAS PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS 2014 en el punto 5.5 REQUISITOS DE LOS POSTULANTES” en el articulo 5.5.2 Excepcionalmente y por única vez, en aplicación de la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la LRM, pueden participar además profesores comprendidos:

    b) En la Primera Escala Magisterial de la LRM, provenientes del segundo nivel de la Ley del Profesorado, que acrediten al menos 11 años de servicios en la carrera y hayan asumido encargatura de DIRECCIÓN por un periodo no menor de un (01) año lectivo dentro del tiempo mínimo de servicios requeridos.

    • El detalle es que hay muchos profesores que se encuentran ubicados en la 1ra escala, se han presentado al concurso y han aprobado; pero no reúnen el requisito de haber asumido la encargatura de DIRECCIÓN por un periodo no menor a un año.

    Al parecer muchos de estos profesores están buscando constancia de haber ocupado cargo de director en instituciones particulares, aquí hago un llamado a los señores del MINEDU, para que tengan en cuenta esto, aunque la norma es clara, tomando en cuenta lo siguiente.

    – Acreditar mínimo 11 años de servicios en la carrera, es obvio que esos 11 años son en la carrera pública, (contados a partir del nombramiento con título ya sea en la Ley del Profesorado o en la Ley de La carrera Publica Magisterial, además de nuestra actual Ley de Reforma Magisterial.
    No valen los años de servicio prestados en la educación particular, por lo tanto la encargatura mínima de un año solicitada en la norma tiene que ser una encargatura de DIRECCIÓN en la educación pública.

    • Otro tema es que otros profesores, que también han aprobado, se encuentran ubicados en la 1ra escala, pero no reúnen el requisito de haber asumido la encargatura de DIRECCIÓN por un periodo no menor a un año, creen que por haber tenido encargatura mínima de un año en SUBDIRECCIÓN también están habilitados en este concurso. La norma es clara dice de encargatura de DIRECCIÓN, mas no encargatura de SUBDIRECCIÓN

    • Y para terminar en la “Matriz de valoración de trayectoria profesional” en el ítem de “Cargo de director o subdirector en institución educativa privada, acreditado por resolución” la cual otorga dos puntos por cada año lectivo, hasta doce (12) puntos. La información que deben consignar para la aplicación del medio digital es la de constancia o contrato, para evitar los casos de fraude, se debería exigir copia legalizada de acta de estudios de un determinado grado por cada año, en el cual se aprecie los datos completos del director.

  • Estimado Doctor Hugo:
    En el Formato de registro de trayectoria profesional que se encuentra en la pàgina del MINEDU se especifica que para evidenciar los estudios concluidos de maestría es necesario presentar el CERTIFICADO DE ESTUDIOS CONCLUIDOS. Una amiga llamò al nùmero de telèfono que figura en la pagina web del MINEDU y la señorita a quien consultó le respondió que eran necesarios los certificados de estudios. Disculpe mi insistencia pero quisiera saber si debo registrar los estudios concluidos de maestría lo cual solo puedo evidenciar con mi CONSTANCIA DE EGRESADO.

    MUCHAS GRACIAS

    Rozana

  • Dios le bendiga doctor Hugo. Preguntarle lo siguiente: Este año 2014 he participado en un curso de capacitación en relación a gestión educativa con una duración de 200 horas; ¿Tiene validez como requisito para el concurso? También he inscrito en estos días mis cuentos en la Biblioteca Nacional; si presento ese registro tiene validez; asimismo si he sido asesora pedagógica en la producción intelectual de un libro de inglés; en el libro consta mi nombre; pero en el certificado que emite la Biblioteca Nacional solo figura el nombre del autor; si presento ambos documentos me darán validez como producción intelectual? También tengo un certificado de producción intelectual de haber participado en el concurso de Horacio Gamez ¿Tiene validez? Le agradeceré muchísimo su respuesta.

    • Sesi. Respecto del curso de capacitación no debe tener problema en incluirlo si cuenta con la documentación pertinente. La asesoría de un libro no cuenta para el puntaje sino es coautoría. Los certificados de producción intelectual no están contemplados. Saludos

  • Doctor HUGO, un saludo cordial a su persona.
    Una consulta como documento obligatorio a presentar al concurso de directores y subdirectores, puedo acreditar como formación especializada de un mínimo de 200 horas. Con un diplomado en estrategias para la enseñanza del razonamiento lógico matemático, con un total de 1200 horas académicas y 40 créditos. Gracias por su respuesta Dr. Hugo.
    Hasta pronto.

  • Buenos días doctor Hugo.
    Para consultarle sobre el registro de trayectoria profesional,para el rubro 3:Experiencia Profesional dice.
    En el caso de experiencia como directivo de IIEE. se entiende como año lectivo el periodo de marzo a diciembre. A mi persona le encargaron la dirección en el año 2001, en ese entonces se trabajaba de abril a diciembre, la Resolución Directoral lo emitían de fecha de abril a diciembre. Dr. Hugo cree Ud. que me considerarán puntaje.
    Gracias por su respuesta.

  • Dr. Hugo buen día.
    Como documento obligatorio a presentar para el concurso de directores y subdirectores, el que no tiene estudios de segunda especialidad o de postgrado, se debe acreditar que el profesor cuente con formación especializada de un mínimo de doscientas (200) horas. A que tipo de documento hace referencia a (certificados de capacitación, diplomados) relacionados con la gestión institucional,pedagógica, y/o administrativa de una IIEE. o estoy equivocado, por favor Dr. sáqueme de dudas. Gracias por su respuesta.

  • Estimado Dr. Hugo Diaz, estoy preocupada por el requisito de “Certificado de estudios concluidos” en maestría, el documento que nos otorga la Universidad es una constancia y siempre ha sido válido, en este caso, si se trata de los certificados de estudios, resulta un costo muy alto, puesto que la Universidad en la que realicé mis estudios a duplicado sus costos y debo suponer que sucede lo mismo en otras instituciones. Hoy estuve en la universidad y no pude gestionar los certificados porque no me alcanzó el dinero.
    Por otra parte el tiempo que demanda la entrega de los certificados, en estos momentos, ya excede al límite de la fecha para presentar los documentos en la UGEL.
    ¿Será posible que se pueda presentar la constancia de egresado legalizada o fedateada?

    • María Elena. Si se fija en el Anexo 2, lo que la matriz le está exigiendo es lo siguiente. Si tiene el grado lo presenta con el número de registro, el año de obtención, el nombre de la institución y la mención del grado. En el caso que tenga estudios concluidos pero no el grado le piden los tres últimos requisitos y no el primero. Por tanto, los certificados no son necesarios. Si el documento expedido por la universidad que certifica que ha concluido los estudios. Saludos

  • consulta:
    Doctor Hugo Diaz buenas noches, quisiera saber con claridad referente a la Publicación de la relación de profesores que deben rendir la Evaluación de Dominio de la Lengua Originaria según cronograma de concurso. Le agradeceré la explicación.

  • una consulta acerca de la trayectoria profesional,en un concurso para encargos, se presentó una situación: Un colega obtuvo el título de profesor en un instituto pedagógico y posteriormente su licenciatura en una universidad, y la comisión le otorgó puntaje como otro título profesional. Ahora se presenta de nuevo esta situación, ¿Cómo debería considerarse este título de Licenciado, ¿Cómo otro título profesional o como segunda especialidad?. ¿O no tiene puntaje?
    Gracias por la respuesta

    • Ana. Los titulos profesionales son claros. Un titulo profesional de acuerdo a la ley no es una segunda especialidad ni maestría. Cuando se hace referencia a otro titulo profesional está implícito que es diferente del original no importan la institución quien lo otorgue. Saludos

  • Dr. ¡Buenos dias ! realmente sorprende el estilo de evaluación del Minedu , hay docentes que teniendo alto puntaje en Solución de Casos , y solamente por tener 55 puntos en comprensión de textos ,no hayan clasificado , y por el otro lado hay profesores que tienen 60 puntos en CTF y 35 puntos en solución de casos esten en la relación de clasificados ¡ es una barbaridad ! ¿ a caso no hay puntaje mínimo clasificatorio para Solución de casos ? , la Directiva dice que el puntaje mínimo para solución de casos es el 50% . Aclare por favor Dr. estos errores garrafales y de una contestación acertada y así solucionar el problema y que nos llamen como ganadores .

    • Coralia. En la primera evaluación hay mínimo porque es condición para pasar a la evaluación de casos. La segunda no tiene mínimo pirque ese se establece en función de las vacantes. Es decir los que tienen los más altos puntajes cubren las plazas disponibles. Saludos

  • Dr. Hugo Buen día.
    Mi consulta es la siguiente, como documento obligatorio acreditar que el docente cuente con formación especializada un mínimo de (200) horas. Cuento con grado de Maestría en docencia y gestión educativa, este documento es suficiente para la acreditación obligatoria de requisito. Ahora este documento en la valoración de la trayectoria profesional será valido también para obtener puntaje en ese criterio.
    Puesto que en la recomendación dice que los postulantes NO puede utilizar una misma evidencia para acreditar más de un criterio. Dr. Por favor acláreme esa situación.
    Gracias.

    • Edgar. Usted mismo se ha dado la respuesta. Es decir, su grado de maestría le da para obtener puntaje en el rubro donde están los títulos y grados pero ya no para otro puntaje mas. Con una evidencia no se puede obtener doble puntuación. Saludos

  • Estimado Doctor Hugo:
    Mi consulta es sobre los procedimientos para el registro de la Trayectoria Profesional en donde se especifica que para evidenciar los estudios concluídos de Maestría se debe presentar el CERTIFICADO DE ESTUDIOS CONCLUIDOS, lo que a nosotros nos entregan en la Universidad es la CONSTANCIA DE EGRESADO DE LA MAESTRÍA, que pone en envidencia que hemos concluido nuestros estudios. Haciendo referencia a la normas ¿Será necesario presentar los certificados de estudios o basta con la Constancia de Egresado? A mi parecer y como en anteriores concursos, debería tomarse en cuenta la CONSTANCIA DE EGRESADO puesto que a estas alturas, las universidades van a hacer su agosto, por ejemplo, fui a tramitar a la Universidad donde estudié la maestría y me cobran 400 soles, lo cual resulta oneroso.
    Por favor, si Ud. pudiera hacer la consulta y/o sugerencia a los responsables, pues imagínese cuàntos maestros que hemos aprobado el examen estamos en esa condición. Podréan exigir la CONSTANCIA DE EGRESADO fedateada o en su defecto, legalizada ante notario, pero considero que los certificados de estudios, tanto por el costo como por el tiempo, nos complican más nuestra situación.

    Muchas gracias por su apoyo

      • Estimado doctor Hugo:
        Gracias por su pronta respuesta, muchos colegas como yo estamos a la espera de la aclaraciòn por parte del MINEDU, pues es una situación que nos preocupa sobremanera. La CONSTANCIA DE EGRESADO podría ser exigida como requisito que esté fedateada o legalizada por un notario, pero sacar los certificados de estudios està provocando que las universidades hagan su agosto, por ejemplo me comentan que en la Universidad donde estudiè hace dos meses el certificado de cada ciclo costaba 50 soles, es decir en total por cuatro ciclos 200 soles, pero hace poco han cambiado los montos a 100 soles por ciclo, en total 400 soles, imaginese la diferencia.
        Gracias por su respuesta siempre acertada.
        Saludos
        Roxana

        • Roxana. En el Anexo 2 de la directiva, lo que la matriz exige es lo siguiente. Si tiene el grado lo presenta con el número de registro, el año de obtención, el nombre de la institución y la mención del grado. En el caso que tenga estudios concluidos pero no el grado le piden los tres últimos requisitos y no el primero. Por tanto, los certificados no son necesarios. Si el documento expedido por la universidad que certifica que ha concluido los estudios. Saludos

  • Doctor Hugo, un saludo fraterno.
    Quiero saber el Informe Escalafonario como documento obligatorio a presentar para el concurso de directores y subdirectores se lo solicita personalmente a la UGEL, para su emisión correspondiente y luego adjuntarlo a la carpeta para su presentación. o la UGEL se encarga de ajuntar automáticamente el Informe Escalafonario del postulante. Por favor Dr. acláreme esta situación. Gracias por su respuesta.

  • Buenas Dr. para el colega Guillermo el puntaje en PCT (prueba de comprensión de textos) tenia la característica de tener puntaje mínimo y el puntaje es de 60 puntos los que no lograron ese puntaje no pasaban a la otra etapa de PSC (prueba de solución de casos cerrados), esta ultima no tiene puntaje mínimo, por lo tanto el que logro en PCT 48 no clasifico, en cambio el que logró 60 puntos clasifico y pasa a la otra etapa, donde no hay puntaje mínimo.

  • Hola Doctor, busque su opinión y aprovecho para conocerla ¿cómo cree usted que se decidirá el concurso si haya una gran cantidad de aprobados? Mi duda está centrada en las pocas posibilidades que tendremos quienes no tenemos años de experiencia en gestión. Agradeceré su comentario. Saludos por las Fiestas Navideñas.

  • Hola doctor Hugo. Con mucha tristeza tengo que comentarle que es una pena que en mi IE, este año no se haya dado el mantenimiento como en todas las escuelas del país. En el primer semestre no se dio y, cuando pensábamos que en el segundo semestre sí se daría, tampoco se dio. Todo el año he pasado con vidrios rotos en mi aula. El CM de mi IE es 0343020.
    Le comento esto, porque sé que su blog es seguido por personas que trabajan en el MINEDU. Por eso espero que me dé alguien una respuesta, ya que nuestros estudiantes también merecen tener mejores ambientes.
    Agradezco la atención que le dé a mi comentario y preocupación.

  • Despues de ver los resultados del Concurso de Acceso a Directores y Sub Directores me surgen algunas dudas.
    Un colega de trabajo Hizo en PCT 48 Puntos y en PSC 60, pero no pasa a la siguiente fase.
    Observando la relación una colega hace en PCT 60 y en PSC 35 y aprueba.
    No se supone que en ambas etapas tenian que tener nota aprobatoria minima.

  • Doctor Hugo, buenas noches saludos a su persona.
    Disculpe la consulta, los documentos a presentar para el Registro de Trayectoria Profesional, para el concurso público de acceso a cargo de directores y sub directores. Dichos documentos deben ser fedateados por la UGEL a la cual se postula o deben ser copias simples. Por favor Dr. me puede ser la aclaración.
    Gracias por su respuesta.

  • Saludos Dr. Hugo Diaz. Es la primera vez que escribo en este blog y me parece muy interesante y felicitar que personas como UD se den el tiempo para absolver las dudas que ha traído consigo la reforma magisterial.
    Yo tengo 27 años trabajando en el magisterio,en la UGEL de Urubamba Cusco y he sido nombrada en educación inicial.Pero mi título es de nivel primario. Es legal que yo que no he aprobado el examen de directores me reubiquen a un centro que esta en otra región y que tiene que ser en el nivel primario, pues yo he enseñado y recibido todas la capacitaciones en el nivel inicial durante mis 27 años de carrera y realmente me preocupa esto. Agradezco de antemano su respuesta y felicito otra vez este espacio.

    • Delfina. El tema para los que no aprobaron es que regresan a su plaza de origen guardando la misma hasta por un año. Pro como eso es inusual la administración va colocando personal donde hay necesidad de plazas. Esa puede ser la razón. Damas se están guiando por la especialidad seguida no la real y ocupada. No se si inicialmentebla nombraron como profesora de inicial o primaria. saldos

  • Buenas tardes. Por favor quería preguntarle ¿Cómo queda la plaza de un docente nombrado como director o subdirector después del concurso del domingo 14 de diciembre? Realmente no lo sé. Algunos dicen que la plaza queda reservado hasta después de tres años y es cubierta por contrato, otros dicen se somete a concurso o reasignación como plaza orgánica. Estoy con esa duda. Muchas gracias de antemano por su respuesta.

  • Doctor, gusto en saludarle.
    Respecto a las encargaturas, según la resolución de Secretaría general Nº 2076 – 2014, de directivos, jerárquicos y especialistas de UGEL. Lo que yo deseo saber es si los docentes que tienen condición de licenciados de las FF.AA. recibirán la bonificación del 10% en su evaluación. Acláreme esta duda. Muchas gracias. Saludos.

  • Dr Díaz.
    Seguramente no soy la primera maestra que mediante Ud. desea hacer llegar la voz de los maestros que confiamos en el ascenso planteado por ley de la CPM, fuimos evaluados por mas de 3 veces,se reviso nuestro record profesional y los años de servicio. La nueva ley nos dejo mal parados, según el ministro el ascenso automático fue un favor, personalmente lo veo como un perjuicio,mis colegas que ascendieron lo hicieron con una sola prueba, no se considero los años de servicio ni los estudios. Con lagrimas en los ojos le digo que nosotros nos jugamos por una ley,luego de una huelga del magisterio y ser llamados comechados por el presidente de la república sabrá Ud que fuimos marginados por los colegas que no quisieron ascender, nos tildaron de amarillos, nos marginaron y a pesar de eso el ministerio nos sigue marginando.Lo único que pedimos es poder dar el examen de ascenso,pues considero injusto este trato que recibimos los docentes de la CPM. Pedimos ser evaluados nada mas.

  • Dr. Hugo los directores que no lograron el puntaje requerido para seguir siendo directores en el examen de Agosto , ¿ pueden participar en el examen del 14 de diciembre del 2014 ? o ya fueron excluídos del proceso . Saqueme de la duda , le agradezco por anticipado .

  • Dr. HUGO, buenas noches saludos.
    Con respecto a las encargaturas que según la resolución de Secretaría general Nº 2076 – 2014 – MINEDU. Mi persona postula para una plaza en la Ugel en la que laboro, este 14 de diciembre.Puedo inscribirme en la Ugel, para la encargatura de algunas de esas plazas vacantes en paralelo no habría incovenientes. Porque la adjudicación de esas plazas se va a dar la tercera semana de diciembre. Que pasaría si apruebo la evaluación del 14 de diciembre y este es un proceso más largo. Espero su respuesta Dr.
    Hasta pronto.

  • buenas noches señor hugo diaz:
    respecto a las encargaturas de la direcciones y subdirecciones correspondientes a enero y febrero 2015…hay una información extraoficial queeee manifiesta que la ugel convocara un concurso de encargatura para cubrir la vacancia de esas plazas en enero y febrero 2015 ¿que hay de cierto al respecto señor Hugo Diaz. Gracias de antemano por su respuesta.

  • Soy profesora de inglés de secundaria y tengo casi 29 años de servicio. Acabo de ascender de la II a la VI escala. Actualmente soy Coordinadora (e) de TOE (sólo recibo alrededor de 2.00 nuevos soles por la encargatura) y estoy pensando presentarme en el concurso para cubrir cargos jerárquicos (que también son encargatura), me puede decir ¿cuánto voy a recibir mensualmente en caso gane el concurso? Doctor, muchas gracias por su respuesta. Bendiciones!!!

  • Dr. Hugo felicitaciones por su espacio,pregunto en caso de las plazas que no fueron publicadas ya que los directores aprobaron el exàmen pero estàn con algunos impedimentos legales lo que no les faculta de recibir su oficio, sin embargo han iniciado acciones para hacerse cargo.
    Estas plazas podràn ser publicadas luego? o què es lo que podri
    a suceder?
    Gracias por su respuesta

  • Buenas noches Dr. Díaz, solicitarle que haga recordar a los funcionarios del MINEDU, que deben publicar la matriz de contenidos que tendrá la evaluación a cargos directivos de Instituciones Educativas Públicas, que se realizará el 14 de diciembre del presente año. No vaya a suceder como ha ocurrido con la evaluación de reubicación docente, faltando 12 días el MINEDU a publicado los contenidos de las pruebas, ante el rechazo de los docentes. Saludos

  • Dr. desde el 2011 hasta el 2013 me han venido pagando por 40 horas, es una plaza orgánica que actualmente en Chulucanas sólo la Institución donde laboro existe. El 2014 todavía no se hace efectivo el pago de encargaturas; el Director dice que la capacitadora le hizo saber que al Colegio le corresponde otra subdirección, puede haber una convertibilidad de la plaza. Además tengo entendido que existe la posibilidad de un concurso para cubrir cargos jerárquicos

    Gracias

  • Estoy de acuerdo que hay muchos directores con procesos administrativos están inscritos, pero cuando presenten el expediente de trayectoria profesionalserán separados del concurso. También se han inscrito muchos docentes de la I Escala Magisterial que nunca han sido Directores, declarando bajo juramento cumplir con los requisitos, es trabajo del Comité de Evaluación de las UGELES.
    Particularmente, no estoy de acuerdo con los puntajes asignados en la trayectoria profesional; sin embargo tengo que someterme a las reglas porque las conocía antes de inscribirme.
    Dr. le hago la siguiente consulta ya que en la UGEL ni en la capacitación que ha tenido el Director la han resuelto. Actuelmente mi Institución Educativa cuenta con Director, Subdirector y un cargo JERÁRQUICO 40 HORAS DE COORDINADOR DE OBE CUYA PLAZA ES ORGÁNICA y la estoy cubriendo mediante ENCARGO; resulta que mi Institución ha ssido seleccionada para la Jornada Escolar completa, donde de acuerdo a la directiva, al Colegio donde laboro le corresponde 4 Coordinadores pedagógicos y un Coordinador de Tutoría obviamente la jornada laboral es de 30 horas. Dígame cómo queda el Cargo Jerárquico de 40 horas si actualmente son pocos los Colegios que tienenesa plaza, pero la ley de Reforma Magisterial lo considera como parte del Área de Gestión Pedagógica
    Agradezco anteladamente su gentileza

    • Aloys. La jornada laboral es de 30 horas. Lo que puede suceder es que las 10 horas adicionales se las otorguen como una bonificación, no como parte de la RIM. Es importante para saber su caso como le pagan las 40 horas, como RIM o parte como RIM y otra parte como bonificación. Saludos

  • Dr. previo saludo, me encuentro en capacitación de directores por MINEDU en la cual se prioriza una improvisación en comprensiòn de textos funcionales y de ejercicio directivo que las considero capciosas y ambiguas que los capacitadores no conocen sobre administraciòn y/o gestion educativa este curso es una improvisacion es obvio la evaluacion no determina el mejor director con una convocatoria de 200 horas de formalismo como pèsima capacitaciòn, lo correcto debe ser de requisito inprecendible de tìtulo al cargo directico de lic. en administraciòn educativa o segunda especialidad en gestion educativa y no Magister en gestiòn educativa y/o pedagogia ya que los post grados son de altos estudios de investigaciòn superior y no se puede atribuir al ejercicio directivo.OTRO SI:En el curso siguen participando los directores que no reunen los requisitos al cargo directivo peor aun tienen antecedentes de denuncias y procesos administrativos pendientes en actos arbitrarios y ilegales en administraciòn pùblica por incurrir en negligencia administrativa y en actos de corrupcion e inmoralidad afortunadamente siguen en capacitación. Lo correcto se debiò admitir solo aquellos profesores que realmente les corresponde por formaciòn profesional al cargo y capacitarse para el concurso en la cual debe intervenir la UGEL de oficio por que existe registrado en escalafon y es muy lamentable que los directores que aprobaron en el anterior concurso registran denuncias y antecentes en procesos admistrativos pencientes en estos casos es complice los famosos ficalizadores del SUTE . espero su explìcita respuesta LE AGRADESO ANTICIPADAMNTE.

    • Alberto. Los requisitos para el cargo de director previstos en la ley son difíciles de cambiar pues hay que cambiar la ley. Eso no es posible por ahora. En cuanto a quienes son aceptados como candidatos, es un tema en el que la Ugel debería preocuparse más de verificar antecedentes. Pero debe tener en cuenta usted que si bien es correcto excluir a los que ya tienen proceso en curso, no se puede hacer lo mismo con los que se piensa que han cometido una falta grave pero no está probado. Saludos

  • Buenas noches sr Hugo Diaz :
    este mes me ha venido 200 soles mas en mi sueldo de maestro….me informan en UGEl quees por las dos horas adicionales de incremento…y que los profesores tenemos que trabajar dos horas mas osea 26 horas…podemos trabajar dicen reforzando aprendizajes con los alumnos en otro turno en la misma IE o haciendo labor de consejeria con los padres de familia… es cierto esto..Si es asi en que norma legal se encuentra expresado esto. Gracias.

  • BUENAS NOCHES DR:

    VEO CON PREOCUPACIÓN QUE HAN PROGRAMADO LA PRUEBA EL MISMO DÍA QUE LA SEGUNDA VUELTA DE LAS ELECCIONES REGIONALES (7 DE DICIEMBE), YO SOY DE CHINCHA Y TENGO QUE VIAJAR A ICA A RENDIR LA PRUEBA, EN ESE CASO NO PODRÌA SUFRAGAR POR EL TIEMPO DE VIAJE ENTRE IDA Y VUELTA. SABE UD. SI VAN A MODIFICAR EL CRONOGRAMA?

  • Dr Hugo Diaz, soy directora de la I.E, por 15 años tengo todos los requisitos para postular a una plaza de direccion, provengo de la ley de la CPM, actualmente estoy en la III escala de la ley de reforma magisterial, me parece que es descriminatorio que nos considere para dicho examen a directores, y subdirectores, porque solo a los docentes de la ley delm profesorado si muchos de ellos no cuentan con los requisitos y estan en la I Y II escala de la ley.

  • Señor Hugo Diaz: lamentablemente perdí el documento de inscripción que estaba dentro de una agenda que me hurtaron… de su respuesta deduzco que ya no puedo rendir la prueba de evaluación del concurso de directores..A que numero de teléfono del ministerio de educación puedo hacer la consulta sobre este caso….gracias por su respuesta señor Hugo Díaz.

  • Buenos días señor Hugo Diaz. Soy docente que está en la V escala magisterial y estoy inscrito para el concurso de diciembre próximo… sucede que he perdido en estos días el documento que emitió el Banco de la Nación al momento de inscribirme. por favor dígame si hay una alternativa de que como puedo solucionar este incoveniente…. le comento que tengo una copia simple de dicho documento…Gracias señor Hugo.

  • Buenas noches sr Hugo Diaz:
    Me disculpara sobre otro tema que tocaré. Es referente a los contratos de docentes para el año 2014. Mi consulta es sobre si los contratos serán cubiertos por examen concurso púbico o será por ratificación a propuesta de los directores de las IE. Gracias por su respuesta.

  • Buen día Dr. agradezco por anticipado mi consulta, Soy Docente del CEBA “Victor E. Vivar” – Huamalies – Huánuco, paticipante en el concurso para el acceso a cargos de director y sub director, estamos en plena capacitaci{on para dicho concurso PERO LAMENTABLEMENTE TODO ESTE CURSO GIRA EN TORNO A EBR y no se dice nada sobre EBA, quisiera que nos proporcionen por lo menos el formato y los ejemplos de examennes para el programa por que la tematica y el desempeño ddirecivo es muy diferente. ojala los examenes sean tambien acorde al programa que postulamos.
    Gracias

  • CORDIAL SALUDO:
    Recordado Dr. Hugo me encuentro preocupada, me preparé para el concurso de directores en los cursos del MED (febrero marzo 2014) pero ahora cambiaron las reglas de juego ahora existe el proceso de comprensión lectora y no nos apoyaron en mejorar esta capacidad al 1er grupo. Ahora existe otro proceso de preparación y supongo que fortalecerán este aspecto y ahora no tenemos esta oportunidad los que ya recibimos la capacitación, porque ya no permiten inscribirse en esta nueva capacitación.
    La verdad es que si me hubieran dado a escoger entre escoger una capacitación con el ISP “LA SALLE” Y EL ISP “GREGORIA SANTOS”, hubiese escogido el primero porque no hay seriedad con la 2da, lamentablemente el MED debe tener mucho cuidado al seleccionar los entes capacitadores, le comento ello porque debe haber durante el proceso de capacitación una evaluación constante a las instituciones capacitadoras vía internet para mejorar el proceso.
    La mayoría de docentes en la 1ra capacitación estuvimos desmotivados por la falta de capacidad de los facilitadores y por la informalidad del trabajo, cambio de fechas sin previo aviso y consenso, dilatación del tiempo, poca exigencia en la producción de trabajos grupales y se convirtió en charlas de asuntos amicales que el propósito del taller. Lamentablemente muchos docentes decidimos ya no asistir solo cuando el facilitador tenía algo de reputación decidíamos recibir la capacitación, así que el último día que fuimos para saber si existía alguna novedad y lo peor fue observar que hicieron firmar planillas de asistencia de varios días con el fin de darnos un certificado. Todos los docentes hacían cola para regularizar las firmas, me quedé triste porque solo de esa manera pudieron motivar asistencia el último día. Déjeme decirle también que no es la 1ra vez que tengo esta mala experiencia, el 2009 también recibí capacitación por esta misma institución y fue la misma experiencia. Ojalá el MED se preocupe en monitorear bien cada proceso de capacitación. LA MEJOR EXPERIENCIA FUE VIRTUAL, la exigencia es mayor y hasta la calidad de los trabajos. OJALA NOS DIERAN CAPACITACIÓN VIRTUAL EN COMPRENSIÓN DE TEXTOS. Si no sabemos comprender lo que leemos como vamos a enseñar a nuestros niños a comprender, digo esto con mucha vergüenza pero una gran debilidad de mi persona y mis colegas.

  • Siempre he felicitado a todos los que aportamos por el cambio y la mejoras en la educación de nuestra nación. Mi caso es que me inicié en el campo laboral como Bachiller en Economía-Administración; con 8 años de experiencia en el sector público. Luego estudié para Docente en el nivel inicial. Luego estudié;para estar actualizada y brindar servicios a la organización educativa.Bachiller en Educación en Ciencias Histórico Social; estoy por acabar y concluír mi Post Grado de Maestría en la mención Administración de la Educación. Siempre he hecho comentarios sobre la labor del cargo de Director y Subdirector; que se debe de tener un perfíl de preparación académica en las Ciencias de la Economía y Administración de la Educación; toda vez que las instituciones educativas; ya con esta reforma de reestructurar todo el aparato educativo; vienen a llamarse las instituciones educativas “Organizaciones Educativas”; bien dicha la expresión;porque se va administrar el recurso humano y el recurso financiero de las organizaciones. llevo 8 años como docente de inicial laborando en el sector público; y 8 años de experiencia en la administración pública. siento que muchos maestros nos sentimos capáces de desempeñarnos como tal;pero los requisitos para poder postular a director o subdirector; no van de la mano con lo que uno hace tanto sacrificio,esfuerzo y entrega cada día como profesional y poder brindar de uno los mejores servicios al usuario; de esta manera poder aportar a la educación de nuestro Perú.Bueno como profesional deseo brindar mis servicios a la educación y a nuestro PERÚ.mUCHAS BENDICIONES DR. HUGO DIAZ.

  • I.E.I. N° 675 “Retamitas de Yarucaya” (nivel inicial) C.M. 1078294, I.E. N° 20050 nivel primaria C.M. 0819961 y nivel secundaria C.M. 1055466, del centro poblado San Juan de Yarucaya, del distrito de Cochamarca, provincia de Oyón y bajo la jurisdicción de la UGEL 09 de Huaura.

  • Dr. Hugo muy buenos días, referente a las plazas publicadas para el Concurso de Directores, pertenezco a la IV escala magisterial y estoy encargado de la dirección hace 4 años en una I.E. en la zona rural que tiene los tres niveles integrados (Inicial, Primaria y Secundaria). Originalmente la plaza para dirección se creó para el nivel primaria y desde 1996 se amplia a nivel secundaria.La pregunta es porqué no puedo postular a la dirección de mi colegio donde estoy nombrado desde el 2002 en el nivel secundaria y de quién depende para que se produzca este cambio de nivel en la plaza. Este caso se replica en varias I.E. de la zona altoandina de la UGEL 09 de Huaura.

    • Carlos. Si es por la escala magisterial no tiene problemas en postular. Lo que no me indica es cual es la razón por la que me indica no puede postular. Si la escuela tiene los tres niveles no hay problema para que el profesor de un nivel que cumple los requisitos pueda hacerlo. Saludos

  • Dr. estoy sumamente preocupada por lo que estoy inscrita para elconcurso de directores pero en los ultimos tres meses estoy con licencia sin goce de remuneración , y peor aún Dr. en los meses de noviembre y Diciembre me urge seguir solicitando licencia por problemas netamente personales y de salud , indiqueme Dr. las controversias que podrían presentarse. ¡ayúdeme Dr.,lo que si deseo por encima de todo presentarme al concurso de directores ! Gracias Dr. por sus orientaciones, por anticipado .

  • PREGUNTA:
    -ESTIMADOS PROFESORES, EN LO REFERIDO AL RUBRO DE TRAYECTORIA, 1.-FORMACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL
    1.5.- TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD DOCENTE ACREDITADA CON TITULO:(6 PUNTOS)
    CUENTO CON TÍTULO PROFESIONAL DE PROFESOR DE EDUCACIÓN PRIMARIA, PERO ADEMÁS TENGO UNA SEGUNDA ESPECIALIDAD CON TÍTULO PROFESIONAL DE PROFESOR DE EDUCACIÓN SECUNDARIA ESPECIALIDAD MATEMÁTICA

    1.7.- OTRO TITULO PROFESIONAL ACREDITADO CON TITULO (3 PUNTOS)
    CUENTO CON TITULO PROFESIONAL DE TÉCNICO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA

    3.-EXPERIENCIA PROFESIONAL:
    3.4 DIRECTOR O JEFE DE GESTIÓN PEDAGÓGICA: (05 PUNTOS)

    DURANTE LOS AÑOS 2012, 2013 Y 2014 ME DESEMPEÑO COMO ACOMPAÑANTE PEDAGÓGICO DEL PROGRAMA LOGROS DE APRENDIZAJE- PELA- ASUMIENDO EL CRITERIO DE QUE EL CARGO DE ACOMPAÑANTE TIENE RANGO DE ESPECIALISTA

    CONSULTA:

    CONSIDERO QUE EN CADA UNO DE LOS CASOS DESCRITOS ME CORRESPONDE EL PUNTAJE INDICADO POR SER JUSTO DE ACUERDO A LA DIRECTIVA.

  • Doctor Hugo reciba un cordial saludo, la inquietud que tengo es de los profesores que se inscribieron al concurso de Directores el año en el anterior; pero que no se dió, quedaron anulados automaticamente? o estan considerados para este examen.

  • Estimado Doctor Hugo Diaz: Le hago llegar mis saludos a la vez me pueda absolver una duda, a la fecha vengo estudiando una maestría en la USIL por PRONABEC, como becaria y estoy con licencia con goce de haber, siempre espere este concurso de directores para poder presentarme y cumplo con todos los requisitos. Logre inscribirme y también daré el examen, mi pregunta va si gano una plaza me la darán ya que estoy con licencia y mi maestría termina en diciembre del 2015. Es factible que pidamos que nos reserven la plaza hasta nuestro retorno al lugar de origen. Muy agradecida por sus aportes.

  • Un saludo cordial, y a la vez hacerle llegar mi sugerencia, que con los cambios permanentes hay necesidad que los docentes constantemente se estén preparando y actualizando en educación y a veces las maestrías y los doctorados se hace en un tiempo largo y no es continuo, pero sí los diplomados con temas didácticos y de actualidad por lo que se debe de considerar para el concurso de directores y subdirectores 2014, por lo menos hasta dos diplomados con 6 puntos ya que tienen una duración de un año hasta 18 meses, en el anterior concurso con mucho criterio y amplia visión se ha considerado y ahora no. Por lo que pedimos que se modifique este aspecto a evaluar.
    A ver si hace presente mi modesta sugerencia a los del MINEDU especialmente a los que tengan que ver con estas evaluaciones.
    Gracias,

    Atentamente

  • Buenos días Dr.
    El presente es para por su intermedio hacer llegar mi solicitud al MINEDU, en el sentido de publicar una nueva relación plazas para el concurso a cargos directivos (07 de diciembre), considerando las nuevas plazas de sub dirección generadas por renuncia de los titulares con el propósito de postular a una plaza de dirección. Es este el caso de la Institución donde laboro y en particular mi caso, toda vez que tengo planeado postular a la sub dirección porque el titular, luego del proceso de agosto, ha renunciado para postular a la dirección. O es que dicha plaza no se considerará para dicho proceso? Le agradeceré su intervención o aclaración según sea el caso.
    Las gracias enormes por su apoyo.

    • Felix. No sé como estará viendo ese tema el Ministerio. Me imagino que tendrá primero que hacer será conocer específicamente cada caso y luego armar las vacantes definitivas. Sin embargo eso es muy difícil mientras no termine la inscripción. Saludos

  • Si Dr. estamos dentro del marco de los requisitos , por tal motivo le estamos pidiendo encarecidamente que nos apoye . haciéndole recordar al minedu que se coloque la fecha de inscripción del concurso a la segunda convocatoria en la página web del minedu . Gracias

  • Dr. Hugo ¿puede apoyarnos ? pidiendo al minedu la fecha para la inscripción a la segunda Convocatoria de Ascenso de escala magisterial . Ya que muchos profesores no logramos inscribirnos para la primera convocatoria , esperamos que todos logremos inscribirnos .Gracias de antemano Dr.

  • Saludos Dr. Hugo.
    Tengo una inquietud Dr. relacionado al Concurso de Direcciones, si en el próximo examen de Directores hablando específicamente de la modalidad de EBA no hubiera aprobados, que pasará con las plazas desiertas, serán ratificados los directores encargados actualmente o bien se llevará nuevamente otro concurso para ocupar esa vacante. Agradeceré su respuesta.

  • Saludos cordiales Dr. Hugo.
    Tengo una inquietud en el colegio que laboro es un colegio piloto tengo entendido que ellos pueden dar la RD. al nuevo sub director si fuese por tres meses, pero sucede que fue por cuatro meses .se llevó a cabo una reunión de profesores y se eligió a un profesor que esta nombrado desde el año 2010. por ser una persona carismática, líder en el colegio y por tener experiencia en una universidad de del departamento de Piura se presentó su expediente a la UGEL 04 la cual ha sido denegado el día viernes 17/10/14, él ha estado laborando apoyando al colegio incluso como no salía su RD. él seguía trabajando en sus horas pedagógicas, la UGEL ha manifestado que él no puede ser Sub director, así se haya realizado una reunión de profesores.
    Manifiesta la UGEL que tiene que ser un profesora del cuarto nivel o quinto nivel de la carrera magisterial , los profesores no están de acuerdo y piden que se respete su opinión. Que se puede hacer en este caso el colegio se encuentra ubicado en CARABAYLLO y finalizando el año escolar, no se puede estar en estos problemas con cambio de Directores que se viene a fin de año. los perjudicados serán los alumnos, me parece q está actuando mal la UGEL.
    Se quiere que un director sea LIDER PARA QUE PUEDA GERENCIAR BIEN EN UNA INSTITUCION que se lleve bien con la plana docente y así todos puedan trabajar en armonía no con imposiciones. Gracias por leer todo lo que manifestamos los docentes mil veces gracias

      • En la UGEL 04 NOS INFORMARON QUE SI HABIA ALGUN PROFESOR DEL CUARTO NIVEL QUE DESEA SER SUBDIRECTOR PERO Q SEA ELEGIDO EN REUNION POR LOS PROFESORES PERO QUE SI NO DESEA QUE FIRME UN DOCUMENTO DESISTIENDO DE ESTE CARGO POR ALGUN MOTIVO LO CUAL SE REALIZO. DISCULPE LO QUE DESEO SABER ES Q SI UN PROFESOR DEL SEGUNDO NIVEL CON 4 AÑOS Y 9 MESES EN UN COLEGIO PILOTO PUEDE SER SUBDIRECTOR, YO ME ACUERDO QUE HACE 6 AÑOS UNA PROFESORA CONTRATADA FUE SUBDIRECTORA EN UN COLEGIO DE INDEPENDENCIA
        DISCULPE LA MOLESTIA PERO UD. ES UNA BELLA PERSONA QUE SE DIGNA A CONTESTAR A TODAS LAS PERSONAS Q SIEMPRE LE PREGUNTAMOS
        Lo que tengo entendido es q los colegios pilotos tienen autonomia para elegir a su personal por tres meses o en casos de la subdireccion no se puede.

        • Lidia. Los colegios pueden proponer pero en el marco de las normas para la selección de directores y subdirectores. La norma dice que si provienen de la ley de CPM deben estar entre el IV y VI Escala. En la II Escala para los de la LEY DEL PROFESORADO pero con 11 años de servicio. Saludos

  • Dr. Hugo Diaz, o sea los profesores que después de los resultados del 10 de octubre ascendieron, inmediatamente el día sábado 11, fecha en que se cerraban las inscripciones, se inscribieron para el concurso del 7 de diciembre no podrán acceder a una plaza de directores, y la pregunta es ¿Cómo podrán saberlo si en su ficha escalafonaria, que es el documento que acreditara la escala, para la fecha en que lo soliciten ya figurará la escala nueva? Puesto que ya están inscritos y van a dar su evaluación, porque no ha existido un filtro de rechazo para los profesores de la ley del profesorado. Saludos

    • Barboza. No lo pueden hacer pues todavía no salen las resoluciones de reubicación. Lo que he dicho es que cuando estén oficialmente en una escala podrán concursar. Antes, así hayan aprobado no es posible pues no tienen esa resolución de reconocimiento. Saludos

  • Dr. Hugo Diaz, quiero que me despeje de una duda, los docentes que han sido ascendidos con la evaluación del 28 de septiembre, pueden postular a un cargo de director y subdirector considerando que ya se encuentran el IV, V O VI escala de la LRM y anteriormente estaban en la I y no lo podían hacer. Saludos

  • EN LOS ENCARGOS DE DIRECTIVOS POR LO GENERAL SON LAS UGELES QUEIENES EMITEN LAS RESOLUCIONES DE ENCARGATURAS, PERO ESTAS UGELES PODRÍAN DELEGAR A LAS UNIDADES OPERATIVAS PARA QUE EMITAN ESA RESOLUCIÓN DE ENCARGO???????? PARECE Q RESUILTA ALGO COMPLICADO MÁXIME SI LAS UO no tienen presupuesto aunque sí aliviaría la carga laboral de las ugeles est´pá de acuerdo??? bgrtacias

  • Sr. Hugo Diaz:
    Felicitaciones por el cargo, un merecido reconocimiento a su labor en favor de la educación.
    Mi preguntas es la siguiente: Hay muchos docentes de la ley 24029 ley del profesorado que han participado de la primera evaluación de reubicación docente y han aprobado, pero en tiempo de servicio han colocado incluyendo sus contratos logrando una vacante que no le correspondía, cuando el MED identifique estos casos que va a pasar con el docente que se “equivoco en tiempo de servicio” se le bajará al nivel que le corresponde o se le anulará su postulación, en caso del primero, se desplazará a otro postulante con menor puntaje, que si registró bien su tiempo de servicio y tiene menor puntaje del que se equivoco?. Por favor indague sobre estos casos, hay muchos con ese error y la preocupación es de los de menor puntaje si van a ser bajados en el cuadro de merito perdiendo su vacante.

    • Jennifer. Para cada escala hay un cupo de plazas a asignar. No se puede pasar de ese cupo. En el caso de los que han errado al poner su tiempo de servicios seguramente se les pondrá en su verdadera escala respetado los cupos anteriormente mencionados. Los que tienen puntaje mas alti son los que acceden al descenso. Saludos

  • Saludos cordiales Dr. Hugo.
    Tengo una inquietud Dr. que me preocupa y agradecer por su intermediación y respuesta, es sobre las REASIGNACIONES de personal docente en su etapa de TIPO 2, la cual no se llevó a cabo el año pasado en la DREP Puno. Según la normativa R.M. Nº 426-2014-MINEDU relacionado al concurso de directivos en su articulado 3 manifiesta y dice: “Suspender a nivel nacional durante el año 2014, los procesos de reasignación de los procesos comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley, por las causales de interés personal y unidad familiar, establecidas en la presente norma” y ello creo que no debería suspenderse a sabiendas que al próximo año según manifestaciones del Ministro de Educación habrá nombramiento de docentes y tengo entendido que en el presente año hay bastantes plazas por cese de 65 años que se produjeron, entonces, lo más lógico y atinado es de que esas plazas sean cuberturadas mediante reasignaciones por parte de profesores que hemos estado por varios años alejados de la familia y en lugares recónditos de nuestra patria y que las plazas dejadas de parte de los docentes reasignados sean cubiertas posteriormente por los nuevos nombrados.

  • SALUDO DR.

    RESULTA PARADÓJICO QUE, EN LA ERA DE LA INCLUSIVIDAD SUCEDA QUE PARA INGRESAR A LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL, COMO ES EN MI CASO PARA EL IV NIVEL, TUVIMOS QUE AFRONTAR UN PROCESO EVALUATIVO DE CUATRO EXÁMENES MÁS UN MÍNIMO APROBATORIO DE 14 Y HOY PARA ACCEDER INCLUSO A LA VI ESCALA LO HAN HECHO CON UNA UNICA EVALUACION Y CON UN CALIFICATIVO MUY INFERIOR A 14. ¿QUÉ LLAMARLO A ESTO?
    EN EL PEOR DE LOS CASOS NOS EXCLUYERON O NOS PRIVARON (ROBARON) LA OPORTUNIDAD DE PODER PARTICIPAR DE ESTA EVALUACIÓN. ¿QUÉ LLAMARLO A ESTO? ES ACASO UNA “POLITICA DE EDUCACIÓN”, MARGINAR A LOS QUE APOSTAMOS POR LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN?
    EMPERO Y AUN ESTÁN A TIEMPO DE ENMENDAR EN ALGO SU DEPLORABLE ACTITUD Y EN EL SIGUIENTE PROCESO DE EVALUACIÓN DE ENERO NOS OTORGUEN LA OPORTUNIDAD DE HACERLO.

    ENTRE OTRO ASUNTO, SUGIERO CAMBIAR LA ADMINISTRACIÓN DE LOS PAGOS A LOS MAESTROS, TODA VEZ QUE LAS REGIONES NO LO HACEN CONVENIENTEMENTE. SE DA EL CASO DE LA REGIÓN TUMBES QUE PARA SUS TRES UGELES TIENES DINERO SOLO PARA PAGAR HASTA EL MES DE OCTUBRE, PARA LOS DOS MESES RESTANTES DEL PRESENTE AÑO YA NOS HAY PRESUPUESTO. ES TANTA LA SITUACIÓN QUE LOS DOCENTES DE ESTA REGIÓN ESTÁN PLANEANDO LABORAR SOLO HASTA EL MES QUE LES REMUNEREN. HECHO QUE ATENTARÍA ENORMEMENTE AL APRENDIZAJE DE NIÑOS Y ADOLESCENTES ESCOLARES.
    SÉ QUE EN SUS MANOS NO ESTA LA SOLUCIÓN PERO SÍ PUEDE CANALIZAR NUESTRAS INQUIETUDES, ES ESTA LA RAZÓN POR LA QUE EMITO EL PRESENTE MENSAJE.
    MUCHAS GRACIAS POR ESE APOYO INCONDICIONAL Y TRASCENDENTAL A LA VEZ.

  • Saludos de mi estima personal, tengo pendiente procesos administrativos en la UGEL en materia de denuncia que registran desidia e intransigencia administrativa sujetos a silencio administrativo son vulnerados a la normatividad por los funcionarios de educación quedando impune, es obvio aquí prima las influencias en la corrupción y/o inmoralidad institucionalizada que negocian terminando hasta en laS DRE . mi consulta si es posible interponer ante el CADER de ministerio central de educación y/o enviarme de respuesta el FAX O telèfono.Agradeceré su respuesta

    • Albert. Lamentablemente me es dificil ayudarlo pues no conozco los pormenores del caso. Trate de arreglar primero de buenas formas con la Ugel, recuerde que son los que ostentan el poder. Un buen trato y relaciones ayudan así el problema continúe. Saludos

  • Dr. Hugo Díaz, estoy actualmente en la cuarta escala provengo de la carrera pública magisterial y ahora viendo los resultados de las reubicaciones de escala, veo que con los requisitos con los que cuento ahora hubiera estado en una escala superior, mi pregunta es ¿Habrá un concurso para ascender de escala para los que provenbimos de la Ly de la CPM?, por que en realidad no estoy en la escala que me corresponde, esto por que en el momento de ingresar a la CPM, aún no tenía maestría en educación sino en derecho.

  • con todo respeto le pido que para los próximos concursos o evaluaciones el minedu incluya en las normas el puntaje mínimo……..sólo lo aplicaron para la evaluación excepcional pero no para las demás convocatorias……..por qué sería????….

  • Profesor Hugo.
    Me permito expresarle un saludo cordial y al mismo tiempo hacerle llegar esta inquietud, ¿Por qué a los docentes que se presentaron a las evaluaciones anteriores, se les exigió cuanto documento hayan obtenido y solo alcanzaron hasta el quinto nivel?, sin embargo ahora les ha bastado sus años de servicio y superaron a los anteriores ¿Qué pasó? ¿Hay temor a algo o a alguien?. Gracias.

    porque saben que tienen una gran responsabilidad en la educación

    • Martín. Hace un par de años hice la consulta a la Unidad de Personal del MED y me indicaron que lo único que diferencia a un encargado de un titular es la resolución de designación pero que deberían tener los mismos derechos económicos. Eso parece haber variado no tanto por el derecho que les corresponde sino por el desorden presupuestal. Pero en lo que dice está en lo correcto. Saludos

  • SALUDOS, MAS QUE COMENTRIO ES UNA CONSULTA QUE EL MINISTERIO A PESAR DE HABERLES ENVIADO CORREOS SOBRE ESTO NO ME HA CONTESTADO.
    SOY DOCENTE DE 17 AÑOS DE SERVICIO, AL INTENTAR INSCRIBIRME AL CONCURSO DE DIRECTORES Y DESPUÉS DE HABER LLENADO EL FORMATO VIRTUAL, AL ENVIAR PARA EL SIGUIENTE PASO, NO GENERABA EL SIGUIENTE PASO, POR QUE ME SALIA EN EL CUADRO DEL DNI UN MENSAJE QUE DECÍA: SU DNI NO CUMPLE REQUISITOS PARA SU INSCRIPCIÓN, NO SE POR QUE, HABRÁ ALGÚN PROBLEMA CON MI DNI. ENVIAR RESPUESTA A MI CORREO POR FAVOR

  • Dr. agradeciendo su respuesta.
    ¿cuando los docentes de la CPM 29062, podremos ascender de nivel o escala? Ud. cree que en este gobierno o tendremos que esperar al proximo donde ya no este Patria Roja que le aterraba la 29062 por eso la siguen combatiendo, utilizando todos los medios………espero su respuesta.

  • Dr. Jugo saludos cordiales a su idonia y proba persona, le rogaría que sus respuestas sen mas explicitas con fundamento de nivel administrativo lo que hace falta ya que los profesores carecen de èste conocimiento desde luego es una oportunidad que su digna persona està educando a los profesores a nivel nacional . en vista que hay profesores su pregunta no lo fundamentan debidamente a falta de conocimiento. Le agradezco anticipadamente.

    • Alberto. Me es muy divicil atender su pedido. Comprenderá que por día me llegan a veces más de 50 mensajes. Yo hago lo que puedo por ayudarles pero tengo múltiples ocupaciones que debo atender. Si no las hago no tengo como sobrevivir. Me disculpa. Saludos

  • Tengo una inquietud. Recibí como tutora un memorandum donde responsabilizan a los tutores de secundarias como profesores de aula en primaria sobre pérdida o deterioro de culaquier mobiliario del aula. Me pregunto si en mi colegio alquilan los directivos las aulas los fines de semana a universidades privadas ¿por qué los tutores tenemos que ser responsables directos? ¿por qué cada estudiante se hace responsable de su mesa y silla y costear la reparación en caso de deterioro?

  • Dr. Hugo.
    Al haber aprobado el examen excepcional de directivos 2014, he sido designado en el cargo de Sub Director de una I.E. Mi consulta es sobre las funciones que corresponde desempeñar como tal, toda vez que ya no se precisa si es Sub Director de Formación General o de Área Administrativa.
    Gracias Doctor por su atención.

  • Ante todo felicitaciones Dr. Hugo por el cargo logrado. Laboro como Director encargado desde el año 2013 y 2014 en una plaza orgánica presupuestada de Dirección y con jurisdicción a la DREP Puno, provengo de la CPM Ley Nº 29062 con II Escala Magisterial hasta el momento no se hace efectivo el pago correspondiente. Por favor, tenga a bien interceder por nosotros.
    Por otra parte Dr. Hugo cuanto nos deberían pagar de acuerdo a los datos arriba proporcionados de acuerdo a las normativas vigentes en cuanto a Cargo de Directivos. SALUDOS, agradeceré infinitamente su repuesta.

  • Conoce de alguna norma que prohíba la convocatoria a directores a capacitación durante la jornada laboral de clases??? yo no conozco creo que se puede capacitar a los directores dentro de su jornada siempre y cuando se encuentre prevista en su plan anual de capacitación?????? Gracias

  • Estimado Sr Hugo Diaz
    Comparto las opiniones de mis colegas de la CPM ,que los señores del Med todavia estan a tiempo de rectificar su eeror de habernos excluido del exaMEN de ascenso estamos dispuestos a participar en la segunda convocatoria que sera en enero ,no sean injusto ,para estar en el nivel que estamos nos costo mucho esfuerzo, se dice que hasta con nota de 10 estan en la tercera escala.
    Pedimos por intermedio de Ud que nuestro pedido sea escuchadoi .
    Muchas Gracias Y que Dios lo Bendiga , asimismo que los señores del MED escuchen y ejecuten este pedido ,no hay nada imposible .

  • Buenas noches doctor Hugo:
    Existen casos en que los directivos ratificados se lo merecen pero en otros casos con el de la Subdirectora de mi institución, la evaluación debió realizarse observando su trabajo porque conoce de las normas vigentes sabe en algunos casos como actuar, pero nunca lo aplica. Ya que es autoritaria y burocrática, evita las reuniones para concertar y tomar decisiones en forma democrática.En las raras reuniones que convoca a exigencia de los coordinadores,ya que no reune a los docentes en conjunto, no acepta las decisiones de la mayoría ni los compromisos que queremos asumir, opta por lo que ella le parece. Quisiera que oriente que medida se debería tomar porque sufrimos acoso laboral, en cada Asamblea de forma personal me alude que no trabajo en la institución difamándome publicamente y hace oídos sordos mi participación o corta mi participaciòn, esto se lo he tolerado ya en varias oportunidades, inclusive por el bien de la institucion el cuadro de horas del presente año que ella elaboró sola nos perjudica a varios docentes en nuestras horas no respetando que los de mayor escala y tiempo de servicios merecemos nuestras horas de especialidad, aprovechando que estamos de vacaciones nos respeto nuestros derechos, perjudicándonos en algunos casos con 2 tutorias y horas de otras áreas que a otros docentes de menor tiempo le correspondía,a mi plaza le asigno 8 horas de otra àrea, reclame con documento al director y en la UGEL solo consultamos porq los reclamos provocaria retraso en clases al moverse el cuadros de horas y por el bien de la institución tuvimos que aceptar la distribución, pero la UGEL enterada ni siquiera le hizo una llamada de atención para que acepte su error, los especialistas de la UGEL nos dan la razón, pero como esta protegida por el partido de turno de la región, no le paso nada a pesar de memoriales. Yo estoy encargada de jefa de taller pero en estas semana de asamblea me ha atacado de la misma forma que yo no trabajo y que no aporto a la institución. Señor Hugo en la medida de mis posibilidades fuera de mi jornada laboral con un equipo de docentes que somos acosados, hacemos proyectos: Boletines de producciones literarias cuya utilidad es reinvertida en los alumnos como paseo a los alumnos talentos, agasajos para ellos, publicamos libreta de apuntes, agendas elaboradas por nuestros alumnos y la utilidad en un caso fue para hacer un pequeño enrejado a un area verde en otros casos equipamiento de talleres, clases vacacionales y la utilidad se compro 2 proyectores que queríamos que nos sirvieran para nuestras clases extracurriculares gratuitas pero que la Dirección le dio a otro área, en fin hay tanto proyectos que venimos haciendo por el bien de nuestros alumnos con el agradecimiento de los padres de familia, y la Subdirectora abusa de su autoridad y no pierde oportunidad de tratarnos de holgazanes y de acusarnos que en el problema de deserción escolar no hemos hecho nada, desde mi cargo hago lo que mis fuerzas me dan. Por favor oriente cual es el proceso para denunciar este acoso que ya queremos que cese, porque la Subdirectora tiene 3 años mas de ratificada, pese que vino hace 2 años sancionada de otro colegio donde hacia lo mismo. Instruyanos a que me medida formal tomar medidas correctivas al maltrato que somos víctimas. Muchas gracias.

    • Es cierto que no todos los directivos merecen ser ratificados. Donde laboro han sido ratificados pero el colegio es un caos.Antes del examen pidieron vacaciones anticipadas y casi ni se los veía por el colegio. Ahora que han aprobado las cosas siguen igual que antes…¿Tenemos que soportarlos 3 años más para que se evalue el buen deempeño de los directivos de acuerdo a las metas de atención y encuestas?
      Es un panorama desolador y nos sentimos impotentes al no observar un cambio de actitud a fin de lograr una acreditación solo un beneficio personal de estabilidad en el cargo.

    • Ruth. Lamentablemente cuando a más de 100 mil candidatos es imposible una evaluación como la que solicita con el mecanismo que ha concebido el Ministerio. Solo se puede confiar en pruebas de opción múltiple. Cuando sean menos los postulantes se podrá pensar en evaluaciones más refinadas. Saludos

  • Maestro, mi consulta es: estoy ubicada en el tercer nivel con la nueva ley magisterial, no he estado encargada de una direccion o subdireccion. Mi pregunta es puedo acceder a este concurso ya q cumplo con todos los otros requisitos y de aprobar el examen lograria una direccion. Gracias

  • Dios le bendiga doctor Hugo. Continúan transcurriendo los meses y acerca de los pagos por encargatura de dirección no se efectúan hasta el momento. Laboro como director encargado desde el año 2013. Cuento con resolución de devengados y en el 2014 también la resolución del reconocimiento; sin embargo no se hace efectivo el pago en la región Arequipa. En el 2013, se hizo el pago a aquellos directores que estaban comprendidos en la 24029; y a los que estábamos en la CPM, solo a unos cuántos; y a un buen número no se nos concretó el pago. En este año 2014, están pagando sólo a aquellos que provienen de la 24029; y no a los que somos de la CPM. Según comentarios de algunos funcionarios de la GREA y UGELES aducen que que tal presupuesto ha sido utilizado en otras actividades; y es por ello que no se hace efectivo dicho pago. Ante esta situación doctor ¿Cree Ud. que este mal uso del dinero, sea verdad? Sí esto fuese así ¿Es posible hacer estos movimientos de dinero que entrega el MEF para pagos, y son destinados para otros fines? Quisiera que me brinde UD. doctor información al respecto y me dé una respuesta de cuándo es que nos van a hacer efectivo el pago ¿En manos de quién está la responsabilidad? Por favor, interceda por nosotros. Gracias.

    • José. Los pagos dependen de la DRE Arequipa. Según las normas,los pagos que tienen que ver con remuneraciones y asignaciones no pueden ser destinados a otros rubros. Está prohibido. Lo que yo sabía es que los pagos por encargaturas ya se han regularizado en varias regiones. No entiendo porque razones no en Arequipa. Trasladaré su preocupación. Saludos

  • Estimado Hugo, es obvio que es muy injusto. Deberían dejarnos dar el examen a los maestros que provenimos de la CPM, aunque sea en la segunda oportunidad. También podría ser a través de una modificatoria de la ley.

      • Pues insista con su pedido de que al menos nos dejen luchar por las poquitas plazas que hay para 4, 5 y 6 escala para el segundo examen de enero. Lo que se cometio, con los que apostamos por un cambio en la educacion sometiendonos a las evaluaciones de la CPM y con requisitos mucho mas exigentes que los actuales y que nos impidio llegar a las mas altas escalas, fue un total abuso, hasta diria que se nos quizo castigar y no entiendo porque. Creo que es el sentir de los de la ex CPM. Espero sus buenos oficios para tener esa pequeña oportunidad.

  • HOLA DR BUENAS TARDES YO ME INSCRIBÍ AL CONCURSO DE DIRECTORES Y SUBDIRECTORES QUE SE LLEVARA A CABO EN DICIEMBRE, TENGO RESOLUCIÓN DE ENCARGATURA DE DIRECCIÓN POR 2 AÑOS CONSECUTIVOS. ?PUEDE SER SUFICIENTE ELLO O NECESARIAMENTE TENDRÍA QUE PRESENTAR LA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN? LE AGRADEZCO DE ANTEMANO.

  • Me inscribí para el concurso para directivos y se anuló, en la nueva convocatoria se cambió el cronograma y pensando que ya estaba inscrita no lo volví a hacer, sé que ampliaron, pero sería bueno que amplíen un día UNICO en este mes PARA AQUELLOS QUE TUVIMOS ALGÚN INCONVENIENTE, sería bueno para que todos los docentes preparados puedan participar. Ojalá pueda sugerir eso.

  • Sr. Hugo Diaz, después de algún tiempo vuelvo a comunicarme con Ud. y en primera instancia permítame felicitarle por su elección como Presidente del CNE (2014-2017).
    Al igual que el colega Luis Francisco, formo parte del grupo de docentes que nos incorporamos a la CPM en el 2009 y al ver consumado el proceso de “exclusión”, siento que lo único que está generando este gobierno es marcar más aún la diferencia en el trato, según de que ley uno provenga; es por ello que muchos colegas encontramos a través de su Blog el único medio para expresar nuestro sentir desazón y solo esperamos que Ud. siga apoyándonos y sobre todo como mencionaba líneas arriba siga haciéndoles entender a los Srs. del MED, que el tránsito a la LRM está siendo muy injusto.
    Creo yo que aún están a tiempo de subsanar algunos errores y pasar a la historia como un gobierno verdaderamente inclusivo!!!
    Muchos saludos.

  • Estimado Hugo,

    Luego de la publicación de los resultados de la primera de 2 oportunidades extraordinarias de ascenso de nivel exclusivas para los maestros que provienen de la ley del profesorado 24029 se consolida también una primera etapa de exclusión en forma muy injusta de los maestros que provenimos de la ley de carrera pública magisterial (CPM) 29062. Injusta porque nosotros reunimos con creces los requisitos solicitados para este ascenso, el cual es a niveles superiores en los que nos hallamos. Por lo tanto la oportunidad es mucho mejor ahora que la que tuvimos en su momento cuando nos incorporamos a la CPM. Es necesario recordar también que los distintos procesos de incorporación a la CPM (el cual incluía ascenso de nivel con requisitos mucho más exigentes y no solo la antigüedad como es ahora) fueron abiertos para todos los maestros y no excluyentes en forma discriminatoria como viene siendo ahora al cerrar el paso a los maestros de la CPM. Todo esto se trata de justificar con un falso ascenso gratuito de un nivel. Falso porque el ascenso no es tal al pasar de una carrera de 5 niveles a otra de 8 en solo un nivel más. Esto todo lo contrario significa un descenso en forma muy clara para los que tienen un mínimo conocimiento de matemáticas.

    Espero que algún día se tome en cuenta esto y se sepa del daño que nos están haciendo como un castigo por haber respondido al llamado a la meritocracia hecho por un gobierno anterior.

  • Estimado Hugo,

    En relación a los cambios que se vienen dando en el currículo: ¿Cuál es la diferencia entre un Diseño Curricular Nacional y un Marco Curricular Nacional. ¿Porqué ya no Diseño ahora y Marco sí?

  • Prof. Soy docente de comunicaión por 24 horas,con 17 años de servicio, provengo de la ley del profesorado, obtuve un III nivel en este último concurso, obtuve 395 puntos, aunque vi a colegas que con 317 puntos estaba en el IV nivel, me gustaría me explique esta diferencia; tambien, me oriente, me presento al examen de directores en diciembre y con mucho esfuerzo lo logre, cree usted que puedo presentarme al examen en Enero 2015 para otra vez ascender? gracias por la deferencia.

    • Manuelita. Lo que me indican en el Med es que dados los resultados hay un plazo para que quien ni esta conforme con su evaluación renuncia al ascenso y pueda presentarse al siguiente concurso de reubicación. Lo que tiene que hacer es pensar si le conviene. Al postular nuevamente pierde lo ganado. Es decir, si postula y no aprueba pierde el Iii escala que había ganado. Saludos

  • Buenas tardes Dr. Hugo Díaz, le sugiero que derive mi petición a los funcionarios del MINEDU, responsables de las evaluaciones a la función directiva. Que publiquen en forma oportuna y adecuada el temario para este concurso, para que los docentes nos preparemos convenientemente, con los contenidos específicos de acuerdo al nivel y especialidad del docente aspirante, teniendo en cuenta que la gran mayoría de aspirantes son profesores de aula y no tienen experiencia en Dirección y Subdirección.Saludos.

  • La profesora Victoria tiene mucha suerte, pasar de la II escala a la VI escala, y en diciembre se va a presentar al concurso de directores y en el mes de enero posiblemente postularà a la VIII escala, ¡por fin alguien disfrutarà de estar en la tan ansiada VIII escala!¡aplausos para el MINEDU que està regalòn!

  • Soy profesora de inglés y tengo casi 29 años de servicio. Acabo de ascender de la II a la VI escala. Actualmente soy Coordinadora (e) de TOE, me puede decir ¿cuánto voy a recibir mensualmente? El viernes me inscribí para participar en el concurso de acceso a cargos de director y subdirector pero todavía no lo registro en el Banco de la Nación, ¿tengo oportunidad de hacerlo recién este lunes? Por favor espero su respuesta a estas dos preguntas. Muchas gracias por ser como es. Reciba muchas bendiciones!!!

  • saludos, me podría decir que si la prueba para Diredtivos es una sola o habrá por cada nivel, es decir una para primaria, secundaria, inicial y Tecnico productiva.
    Pienso que así debería ser, al menos la resolución de casos. Muchas gracias.

  • ni autoridades, ni los mismos maestros nombrados desde 1980 a la fecha muestran preocupación por su previsión social. ES que resulta difícil entender la tragedia de un maestro que se jubila con la 19990. Muchos maestros preocupados por ganar más no se dan cuenta que el descuento por AFP y ONP sólo los esta llevando a tener una pensión ridícula de 415. soles Que hacen las autoridades que anunciaron con bombos y platillos las bondades de esta nueva ley, los dirigentes ni reparan la situacion de los colegas que se van. ES triste ver a estos maestros que han sido privados de su trabajo gracias a los eruditos autores de la Ley y de este gobierno nefasto. Saldrán a morir más rápido, ojala tengan un sentido previsor, el tiempo pasa muy rápido.

  • Dr. Hugo, felicitaciones por el cargo, quería comentarle que este concurso para directores y sub directores parece que fuera parte del examen excepcional debido a que en la evaluación de trayectoria solo consideran un puntaje a los directores nombrados y encargados, por lo que cualquier otro docente va en desventaja, en el concurso fallido del año pasado por lo menos se tomaba en cuenta encargaturas de cargos jerárquicos con lo que podíamos tener alguna opción además del tiempo de servicio, muchos docentes estamos desanimados y como no hay opción estamos dejando de inscribirnos y debe haber pocos inscritos por eso han ampliado las mismas.

  • me pare excelente la oportunidad para mejorar nuestras remuneraciones con los cargos directivos.
    por favor si pudiera indagar y absolver la siguiente pregunta.
    un docente que està en la I escala de la LRM ,proveniente del II nivel de la ley del profesorado , con mas de 25 años de servicios. que tiene 4 resoluciones de encargatura de sub direccion de formaciòn general ( 4 años) pero no de director – ¿puede participar en este concurso para directores y subdirectores?.
    Mi comentario es porque están pidiendo como requisito haber tenido encargatura como minimo de 1 año de DIRECCIÒN no precisa subdirecciòn. ¿Què pasa con aquellos que postulan a una SUBDIRECCIÒN Y LE EXIGEN TENER ENCARGATURA DE DIRECCIÒN?

  • Dr.
    Buenos días.
    Es procedente que a un abogado lo nombren Director Regional de educación, tal como está sucediendo en la región San Martín a raíz de malos manejos económicos de ciento treinta mil soles de la contadora a directora de la DRE, dis que por limpiar la imagen de los invitados a los cargos hechos por el veterano presidente regional lo han sacado a la directora para limpiar la imagen y lo han proclamado al abogado que trabajaba en dicha dependencia. Pregunto en qué norma contempla esto.
    SALUDOS.

  • Buenas noches, quisiera preguntar què es lo que hay hasta la fecha con respecto a los contratos para el año 2015, hay mucha confusiòn por las declaraciones del ministro, ojalà nos tenga noticias al respecto Dr. Hugo, estamos siempre atentos a las publicaciones que realiza. Saludos cordiales.
    Posdata: Algùn dìa el MINEDU tendrà piedad de aquellos docentes que llevaron PRONAFCAP y que hasta la fecha no se nos paga por el logro alcanzado y el reconocimiento por desplazamiento?, cabe señalar que se ha presentado un FUT la cual responden que si se harà efectivo dicho pago pero hasta la fecha nada. Ojalà tambièn puedan hacer recordar ese punto.
    NO PUBLICAR MI DNI, gracias. Puede ingresar a SINAD y se darà cuenta que mi pedido està atendido, pero a la fecha no se me ha reconocido economicamente nada. llevè PRONAFCAP El 2011, estamos 2014 y entre los profesores desafortunados que no se nos cancelò me encuentro yo, reitero, ojalà pueda ayudarnos, ya que somos un grupo que se nos excluyò, sin saber hasta ahora el porquè.

    • Nancy. Me imagino que si habrán contratos en el 2015 además de nombramientos pues es una necesidad. No todos los docentes son o deben ser nombrados, un porcentaje de ellos requieren contratarse. Lo importante es simplificar el procedimiento y respetar los derechos de los contratados. Espero que el 2015 sea así. Saludos

  • Buenas tardes Dr. Díaz para realizar una sugerencia a los funcionarios del MINEDU, acerca del Concurso de Directores y Subdirectores, con referencia al temario que debe salir con anticipación, no como sucedió con la reubicación de los docentes, faltando una semana se publicó en la página web del MED, los más perjudicados resultaron los profesores de primaria por la densidad de los contenidos en las áreas. Saludos.

  • Lo saludo y felicito por el nuevo cargo……sé que lo desempeñará excelentemente…le agradeceré responderme a mis interrogantes: los directores encargados laborarán hasta marzo del 2015 o se retiran en diciembre, puesto que asumiendo que el nuevo director se presentará recién en marzo?????……..
    habiendo realizado el minedu muchas declaraciones en los medios diciendo que los que aprueben la evaluación excepcional recibirán sus incrementos al mes siguiente, lo cuál no es cierto…..cree ud. que sucederá lo mismo con los docentes del concurso de reubicación?”’………lamentablemente así pierden transparencia…….por favor vigile sus pasos…….

    • María Isabel. La resolución de designación del cargo de titular como director dirá la fecha de asumir el cargo. Tengo entendido que será en marzo pero prefiero que sea el Med que defina la fecha. Lo mismo es con ls docentes que serán re ubicados de escala. Saludos

  • Dr. Hugo, previo saludo, le comento lo siguiente:
    Escribí al correo evaluaciondocente.acceso@perueduca.pe preguntando a los señores
    del Ministerio ¿Qué alternativa de ascenso nos dejan a los que nos nombramos en el 2008 con la CPM y ahora, con la Ley de la Reforma nos han descendido del nivel 1 de 5 al nivel 2 de 8? . La respuesta que me dan entre otras razones es: “No se pueden comparar los niveles pues el significado de estos en cada una de las leyes es diferente. Cualitativamente son diferentes (apreciaciones cuantitativas, no son pertinentes)”. Dejando de lado lo cuantitativo (que es sumamente desmoralizador) ayúdeme por favor a entender ¿En qué supera cualitativamente la Ley de la Reforma a la Ley con la que nosotros nos nombramos? ¿Qué ventajas cualitativas tiene para nosotros? ¿Acaso no es verdad que de haberse cumplido nuestra ley, ahora estaríamos en el nivel II de V y con posibilidades de seguir ascendiendo? Los señores del Ministerio no quieren que compare, pero la comparación es inevitable cuando se trata de haber sido perjudicados.

    • Juana. Concuerdo con usted en que los perjudicados con esta ley de reforma magisterial son los que estuvieron en la CPM. Fue una lástima pues fueron ustedes los que se arriesgaron a concursar y a someterse a evaluaciones de desempeño. Ahora con el 100% de los docentes incorporados a la nueva ley habrá que preguntarse si el total de ellos aceptará someterse a la evaluación del desempeño. Fue una decisión muy cuestionable abandonar la CPM. Saludos

  • buenos dias sr hugo:
    mi consulta es sobre el concurso de directores…hay una parte en la inscripcion virtual sobre si que eres licenciado de las fuerzas armadas… digame a cuanto equivale en puntos ser licenciado….en el caso mio fui licenciado del ejercicito promocion 87….¿estoy den tro de este beneficio? si es asi ¿como puedo tramitar las constacia? gracias serñor hugo diaz.

    • Cosme. Así como hay una ley que dice que los discapacitados tienen un puntaje bonificación cuando se presentan a un concurso igual es en el caso de los licenciados de las FFAA. Le recomiendo que lea la Resolución de la Presidencia Ejecutiva de Servir Nº 61-2010.SERVIR-PE. Allí encontrará lo que necesita. Saludos

  • Es una lástima que el Señor Ministro se haya contagiado de la Exministra Patricia Salas, ya comenzó modificando el cronograma del concurso, el cual irá perdiendo seriedad.
    También es inconcebible como el Grado de Maestría tenga un valor de 06 puntos y otro Título Profesional 03 puntos. Sin embargo un postulante que haya realizado Servicio Militar sea beneficiado con el 10%. Con estas normas las Instituciones Educativas van a tener como Directores a excachacos

  • por qué en la norma anterior se consideraba (2013) como requisitos 10 años de servicio para concursar y después de unos mese varia. Aún cumpliendo con los requisitos y habiendo ejercido función directiva 2012 ,2013 y 2014, ahora que se ha ampliado la inscripción debe considerarse también gracias

  • Por que no podemos concursar los docentes que no trabajamos para el Estado?

    Por que no permiten que quienes tenemos experiencia exitosa en gestión trabajemos para el Estado? Se esta haciendo lo mismo que antes, solo se hacwen movimiimientos para justificar lo que roban en el minedu. Pkr eso seguiremos siendo los ultimos. Que indignación!!!

    • Wilo. No exageremos tampoco no consideremos que todos son corruptos. s no es aceptable. Lástima que una reflexión que podría ser interesante cae por la forma como se expresa. Hay que ser constructivo y propositivo. En esa medida dejaremos de estar en los últimos lugares. Saludos

  • Quisiera hacerle una consulta gracias de antemano soy profesora de la ex-Ley del profesorado 24029 he terminado el posgrado quiero concursar para un cargo directivo y la Web, coloca no “cumple los requisitos”.¿porque?….Gracias.He concursado tambien para el cambio de nivel, ¿serà por eso?..¡Bendiciones!

  • SEÑOR HUGO YA TERMINA LAS INSCRIPCIONES PARA EL CONCURSO DIRECTIVO Y NO HAY NOVEDAD PARA LOS DOCENTES PROVENIENTES DE LA LEY D LA CPM QUE SE ENCUENTRAN EN TERCER NIVEL, HABIENDO EJERCIDO EL CARGO DE DIRECCION Y QUE DESEAMOS PARTICIPAR DE DICHO CONCURSO. CUMPLIMOS TAMBIEN CON LOS REQUISITO DE LOS DOCENTES QUE TIENEN SEGUNDO NIVEL DE LA LEY DEL PROFESORADO CON EJERCICICO EN EL CARGO Y MAS DE QUINCE AÑOS DE SERVICIO ESPERO URGENTE SU RESPUESTA GRACIAS

  • Saludos Dr. Hugo. Hasta cuándo el Minedu seguirá “evaluando desempeños” a través de pruebas escritas, como la comprensión de textos funcionales y la de análisis de casos. La LRM precisa que debe evaluarse desempeños. también dice: concurso para directores de Ugel, jefes y especialistas? ¿cuándo será? ¿quién hará cumplir la ley?

    • Alcides. Esperemos que la evaluación vaya cambiando progresivamente. Por ahora están desbordados con todo lo que tienen que hacer en materia de Reforma Magisterial: regularización de pagos, concursos en marcha, presupuesto 2015, etc. Son embargo ya es tiempo de empezar. Saludos

  • tengo entendido que los profesores q den este examen y no aprueben sera su primer examen de desempeño desaprobado y a la segunda de no aprobarlo de nuevo hasta siempre… es un examen encubierto de acuerdo a ley el MED propone examen voluntario pero la siguiente es obligaotorio, sin embargo este examen es oficial asi que no se lleven la sorpresa o cuando den el que se supone sera el primer examen de desempeño para quienes ya dieron este examen en realidad sera su ultima oportunidad.. eso no está aclarando el MED sin embargo ya lo dijo hace poco el ministro en las entrevistas en lso noticiarios

  • Dr. Hugo, mis respetos a su digna persona. Es indignante que hasta la fecha no hay ningún indicio de solución a mi reclamo presentado con respecto a la segunda Prueba de Solución de Casos, en donde negligentemente cambiaron mi evaluación asignandome el calificativo de otro profesor.

  • Doctor previo saludo y felicitando por atender a muchos maestros y maestras que tenemos dificultades de interpretar y entender las normas y directivas del MINEDU. Solicito, que me oriente, al respecto que sí la mención educativa de estudios de maestría puede servir como requisito para postular al concurso de directivos en su segunda etapa, que se requiere de tener de 200 horas de gestión institucional.

    • Pedro. La directiva no hace referencia a la maestría como requisito. Le da un puntaje pero no es requisito. Lo que si le pide son estudios de gestión o experiencia en gestión en instituciones educativas públicas o privadas no menor de un año. Saludos

  • Buenos Díaz, Dr. Hugo. Los Directores y Subdirectores de la región San Martín, que aprobamos la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo, con buen puntaje y desaprobamos la segunda Prueba de Solución de Caso al Ejercicio Directivo, nos sentimos decepcionados por los criterios de evaluación y los puntajes asignados a los mismos:

    CASO 1: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

    1. Identifica los actores principales Puntaje máximo 10
    2. Reconoce la causa del conflicto 10
    3. Reconoce las implicancias pedagógicas del conflicto 10
    4. Reconoce las implicancias en el clima institucional 04
    5. Recoge las percepciones de los actores principales 04
    6. Incluye valoración de las partes implicadas 04
    7. Incluye toma de acuerdos 04
    8. Incluye acciones de prevención 04

    CASO: 2 PEDAGÓGICO

    1.Identifica el error pedagógico en la actividad de motivación
    12 puntos.
    2.Identifica el error pedagógico en la modelación del problema
    12 puntos.
    3.Identifica el error pedagógico en la atención a la
    intervención del estudiante 12 puntos.
    4.Identifia el error pedagógico en la actividad grupal 07
    puntos.
    5.Identifica el error pedagógico en la retroalimentación 07
    puntos

    TOTAL 100 Puntos.

    Dr. Díaz presentamos varios reclamos al MINEDU, debidamente fundamentado, nos contestaron que un grupo de “expertos” han evaluado de forma profesional y técnica, sin embargo muchos docentes han conocido los criterios de evaluación, por ese motivo el MED ha cambiado la segunda prueba cerrada con opción múltiple. Para la reflexión y recapacitación por los errores cometidos y que a perjudicado a miles de maestros honestos y transparentes, en aras de la transparencia y la legalidad. Saludos.

    12

    • Carlos Segundo. Toda Pruebas es susceptible de mejoras y seguramente es el caso que comenta. Lo que no estoy seguí es si incluir ahora una prueba de opción múltiple es porque hub errores de concepción en la primera. Creo que está en función de la cantidad de pústula tres. Una cosa es calificar 10 o 15 mil postulantes y otra 30 a 50 mil. Allí es imposible aplicar una prueba con preguntas abiertas. En todo caso hay que seguir haciendo esfuerzos por mejorar la prueba. Ojalá pidamos colaborar en ello. Saludos

  • Por este examen hoy nos dejan sin reasignación, dígame Dr. Hugo, si lo que a continuación expongo, es pertinente.
    Iniciar la acción legal contra el estado está bien fácil, primero por lo que el SUTEP expone, desdice la propia ley de Reforma Magisterial y segundo, que el problema lo originaron ellos mismos; pues, no cumplieron con los tiempos y cronogramas establecidos para realizar los concursos de directores y subdirectores. Tercero, le están restando autoridad a los gobiernos regionales, el año pasado el Director de la GRE Arequipa, apelando a su autonomía, decidió continuar con el proceso de reasignaciones y se llevó a cabo en la UGEL La Joya, finalmente los dejó sin piso, suspendiendo arbitrariamente el proceso. Cuarto, un grupo de 22 docente ya nos reasignamos en la UGEL La Joya, existe un acta de adjudicación que vamos a hacer respetar por medio de un juicio. El Magisterio unido reclamando con fundamento, puede y debe triunfar, basta de las épocas de antaño de hacer huelgas que solo perjudican al alumno y al maestro; no nos favorece… entonces, hay que ir por acciones legales, bien asesorados y con conocimiento de causa, contratar buenos abogados, para eso nos descuentan s/. 1.00, o que una comisión bien preparada para hablar, no para gritar, vaya al congreso y se haga escuchar… porque ya perdimos la fe en nuestros dirigentes. GRACIAS

    • Claudia. Gracias por su comentario. Tiene la vía expedita. Un reclamo bien organizado por lo menos hará reflexionar a las autoridades y posiblemente a revisar la política del concurso que como dicen favorece inequitativamente a los de la ley del Progfesorado. Saludos

  • soy profesor del tercer nivel proveniente de la carrera pública magisterial, di mi examen en la primera convocatoria para el ingreso a la CPM el 2009, ingresando al 2 nivel, dentro de artículo de la derogada Carrera Publica Magisterial decía :
    Artículo 19º.- Funciones del Subdirector y requisitos para postular al cargo

    Para ser Subdirector se requiere una experiencia docente no menor de tres (3) años y ganar el concurso público para el cargo. La existencia de la plaza de Subdirector se sujetará a la normatividad que emita el Ministerio de Educación.

    Artículo 20º.- Acceso al cargo de Director o Subdirector

    En el concurso para acceder al cargo de Director o Subdirector se tienen en cuenta las evaluaciones del postulante sobre su desempeño como docente o directivo, y las competencias determinadas en el reglamento de la presente Ley. De acuerdo a la oferta de matrícula, modalidades y niveles educativos, las Instituciones Educativas pueden tener uno o más Subdirectores.
    No puede ser que obligado a pasarme a la ley de la reforma magisterial no pueda presentarme a un cargo directivo.
    Además parece que la comisión encargada de este concurso se olvidó de la quinta disposición complementaria de la ley de la Reforma Magisterial que dice textualmente:
    En la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo.
    Si se lee correctamente dice, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, esta coma me indica una pausa breve y la coma se utiliza para:
    – Separar los miembros en una enumeración, salvo los que vengan precedidos por alguna de las conjunciones “y”, “e”, “o”, “u”, “ni”.
    Obsérvese bien, es decir podrán participar los de segundo nivel provenientes de la CPM cumpliendo el requisito de los 11 años.
    Entonces porque forzar y decir que solo se pueden presentar los del que proceden de la ley de la carrera pública, porque esa discriminación a profesores que venimos de la CPM, que si ingresamos en el año 2009 a estas alturas deberíamos estar participando en un ascenso de nivel
    Por eso exijo aclarar mi situación por ser de justicia y Ud. doctor como presidente del CNE pída a los miembros de este concurso especifiquen y corrigan su erroe de limitar nuestros derechos.

  • Saludos Dr.
    La ausencia del profesor de Ciencia, Tecnología y Ambiente por beca con goce de haberes es en la Institución Educativa “Alberto Pallete”, distrito de Máncora, Ugel Contralmirante Villar – Zorritos, DRE Tumbes.
    Reitero mis agradecimientos por su interés a nuestro inconveniente.

  • Por favor, cuando pagarán encargaturas de DIRECCIÓN a docentes procedentes de la Ley 29062 CPM; en algunos aspectos se trata de mejorar pero en otros siguen los maltratos a los docentes, los señores del MINEDU esperan que mendiguemos esos pagos.
    Asimismo, el BONO por obtención de GRADO cuando será fijado por Decreto Supremo.
    Anteladamente agradezco su respuesta

    • Aloys. En algunas regiones se ha estado pagando. Ignoro las razones por las que no en otras. Con el pago por maestrías hubo limitaciones presupuestarias pero se que el MED está haciendo las previsiones para afrontar el gasto y regularizar los pagos. Saludos

  • Dr. Hugo
    Tenemos que inscribirnos nuevamente los profesores que postulamos al cargo de director o subdirector si ya nos inscribimos anteriormente puesto que en esta convocatoria aparece nuevas fechas de inscripción tal como aparece en el portal del Minedu, mi pregunta es tengo que volver a inscribirme en esta convocatoria cual concluye este 3 de octubre, espero su respuesta. Muchas gracias.

  • Buenas noches Dr. el caso es similar al planteado anteriormente, se trata de la I.E. San Isidro de Aco, perteneciente a la Ugel Concepción, región Junín y las respuestas son las mismas, ante la falta de la plaza dejada por un docente del área de matemáticas, es para pedir a los señores del MED que las coordinaciones para cubrir la plaza debe ser más rápidas,teniendo todos los medios de comunicación supuestamente muy desarrollados, como es posible que no se comuniquen y solucionen este caso, ante sucesos así la muy mentada modernización de la gestión educativa parece que es puro cuento. Otro caso,¿cuándo un docente es encargado de la dirección goza de todos los beneficios de un director titular?. Esperando que este mensaje llegue a los señores del MED y solucionen lo más pronto posible. Gracias.

  • Saludo previo Dr.
    Seguidamente para compartirle y a la vez solicitar su intervención en el caso que detallo seguidamente:
    En el presente año PRONABEC beca a un docente de mi Institución, con gobe de haberes, para realizar estudios en la ciudad de Lima (Univ. Cayetano Heredia). El indicado docente laboró hasta el día 26 de agosto y desde dicha fecha la plaza no ha sido cubierta.Habiéndose realizado las gestiones correspondientes ante la Ugel Contralmirante Vilar – Región Tumbes obteniendo por respuesta que no hay presupuesto porque el programa que otorga la becas no ha hecho el descargo presupuestal y sólo lo hará a partir de enero. Siendo esta información veraz, es necesario hacer notar al Ministerio de Educación que si bien es cierto lo positivo de estas becas, también en necesario tomar en cuenta la cobertura de las plazas que dejan los becarios. NO es prudente, que como en mi caso, tenga más de cien alumnos entre 4to y 5to grados de Secundaria sin clases de CTA ya por más de un mes y con la amenaza de continuar así.
    Las gracias anticipadas por el apoyo que me pueda brindar.

  • Es interesante saber que en el concurso para directores y subdirectores existen plazas libres, pero que pasa con la plaza d director que hay en mi IE que no ha sido publicada a pesar que está vacante. Me comentan que en todas las plazas que directores o subdirectores han aprobado el examen del 3 de agosto no han publicado las plazas vacantes, porque ? Gracias por su respuesta. A pesar que le consulté sobre mi postulación a una dirección y tengo que renunciar, me contesta que va a hacer una consulta al Minedu, espero su respuesta,muchas gracias.

    • Isaac Ricardo. Todavía hay varias plazas que no se han publicado y serán parte de un nuevo concurso. Por ahora son 20 mil las concursadas pero hay más o menos 37 mil que deben concursarse. Las plazas vacantes se producen en el caso de los que no han aprobado el concurso. Los que lo aprobaron son ratificados en su cargo, Esa fue la intención de la evaluación anterior. No he podido hacer la consulta pues estoy fuera del país. Tendré que hacerlo cuando regrese. Saludos

  • Doctor Hugo, hace unos dias le comente que lleve en el PRONAFCAP DE UNA UNIVERSIDAD una especializacion de dos años. Al final nos dieron un diploma y los certificados de estudios. La titulacion de la segunda especialidad iba a demorar. Hace poco solicite a la universidad una constancia de haber concluido la segunda especialidad, pero la que me dieron es especvializacion. Segun ellos la Universidad no entrega Constancias de Estudios de Segunda Especialidad, sino de espacializacion y que cuando entregaran el titulo ahi recien vendria la denominacion se segunda especialida. ademas la coordinadora que esa constancia que me han entregado es equivalente a la de una segunda especialidad. Le pregunto Doctor, esta constancia sera validada para trayectoria profesional en el concurso de directores, donde existe un rubro de 5 puntos por estudios concluidos de segunda especialidad. No vaya que lo presente y no sea validado. Gracias Doctor por su respuesta.
    Esta misma pregunta se la hicieron otros colegas al foro virtual del minedu, pero no fue tomada en cuenta.

  • Saludos:
    En los Cetpros no existen Sub Dirección por un tema de presupuesto, creo que las Coordinaciones académicas que bien hacen el mismo rol que una Subdirección deberían pasar a ser Sub Dirección.
    Otra cosa los docentes que asumieron las Coordinaciones Académicas deberían recibir el puntaje correspondiente , como si fuera una Sub Dirección, eso sería de justicia. Muchas gracias.

  • Doctor quiero que me ilustre sobre la convocatoria a concurso de directores segun la ley de reforma 29944 en las DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES
    QUINTA. Concurso público para acceso a cargos en instituciones educativas
    En la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas contempladas en la presente Ley
    ESTA ES LA PRIMERA CONVOCATORIA YA QUE EL AÑO PASADO NO HUBO EXAMEN Y EN ESA OPORTUNIDAD SI ME PUDE INSCRIBIR Y EN ESTA NO PUEDO , ESTOY EN LA 3RA. ESCALA Y PROVENGO DE LA CPM. LA CUAL ESTA SIENDO MARGINADA DE TODOS LOS PROCESOS A VER SI ME PUEDE AYUDAR YO QUIERO POSTULAR AL CONCURSO MUCHAS GRACIAS

      • interpretación del texto publicado por el colega Damián en lo que respecta a “… podrán participar excepcionalmente”
        * Profesores de la segunda escala magisterial (supongo que hace referencia a los docentes de la 29062 pues a los docentes de la 24029 se les menciona posteriormente)
        * Profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley 24029
        * Profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley 24029
        Que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria.
        Pero la directiva lo interpreta negando esa posibilidad a los docentes que provienen de CPM, indicando que sólo postulan los que encuentran en el 4to y 6to nivel ¿dónde está que podrán participar excepcionalmente?

          • por favor doctor quisiera una verdadera interpretacion de la norma,los funcionarios del MINEDU ESTAN LIMITANDO EL DERECHO DE VARIOS PROFESORES provinientes de la CPM, lo cual accedimos voluntariamente en donde podia postular con solo tres años de servicio, a estas alturas deberiamos estar postulando para acceder a otra escala.

          • Wilbert. Como le indiqué el problema es de interpretación legal y en ello son los abogados los que tienen la palabra. Yo he canalizado su preocupación al MED. Ellos deberán evaluarlo. Saludos

  • Doctor Hugo en una conferencia virtual emitida el 12 de setiembre el señor Miguel Cardenas manifiesta que hay que acreditar 200 horas de capacitacion en temas relacionados a la gestion, administracion o pedagogico, muy aparte de los estudios de maestria o doctorado que tengas, es asi la interpretacion de la norma?

  • Dr. Hugo Buenas Noches, para el maestro Manuel, el curso virtual se inicia a partir del 6 de octubre y tienen plazo para inscribirse hasta el 12 del mismo mes. El curso virtual es para los docentes de IIEE que en la ECE hallan logrado el nivel 1 ó más.
    El curso semipresencial de Didáctica de Comunicación, Matemática y Ciudadanía lo están haciendo 10 universidades en todo el país, dirigido a docentes con aula de IIEE que en la ECE obtuvieron el 50% ó menos del nivel 1, en los tres niveles: Inicial, Primaria y Secundaria. Se inició la primera semana de setiembre. Es un diplomado, que será desarrollado en cuatro módulos. Después de cada módulo de dos meses se otorgará un certificado al participante.
    En total son 412 horas, de las cuales 200 horas son presenciales y 212 horas son virtuales.
    Los directores no participan porque no tienen aula, a excepción de los que si tienen.
    Son seis programas: Uno en Inicial, dos en Primaria y tres en Secundaria. Es gratuito.
    Mis respetos y éxitos a directores y docentes que siempre están aprovechando las actualizaciones docentes, como también tenemos la parte contraria donde no quieren nada por muchos motivos.
    Saludos maestro.

  • Soy Directora de I.E. ratificada en la evaluación excepcional. Sin embargo, estoy desempeñando la función de Directora de UGEL ¿Debo retornar a mi plaza en la I.E. renunciando a la UGEL? ¿Y desde que fecha? ¿Puedo retener la dirección de la I.E. continuando como directora de UGEL?

    • Margoth. Primero debe asumir el cargo de directora de su IE. En segundo lugar, debe coordinar con su director regional su caso y resolverlo entre ambos. En caso de quedarse en la UGel debe tener una resolución que oficialice ello y le cuide su cardo de director de IR. Saludos

  • Dr. Hugo .Buenas tardes .Un saludo desde la noble y acogedora ciudad de Rioja.
    También muy indignado igual que Manuel. Me inscribí par el cursado virtual de Didáctica en matemática, Comunicación y ciudadanía para el IV Ciclo de la EBR, mi I.E a la cual pertenezco está en zona urbana a partir de este año y me inscribí duirante la convocatoria que está en la plataforma de PERUEDUCA, el curso ya se dió desde el 04 de setiembre. ¿Quisierea saber por qué no fui considerado. Me siento excluido, así como son buenazos para que nos quiten los beneficios de rural y multigrado, hoy se juegan con nuestra capacitación ¿Que gente para inepta que trabajan en esre ministerio?

  • Doctor, el MINEDU viene promocionando algunos cursos de didactiva de algunas areas a traves del portal perueduca, lo cual me parece bien. Sin embargo, debo manifestra con malestar que hay una eveidente discriminacion con los directores y algunas zonas del pais. Por ejemplo, soy director de la IE Amauta Atusparia de Chacas- Ancash que acaba de ser ratificado y aparentemente por ser director no puedo acceder a estos cursos. Asimismo he pre-incrito a varios de mis colegas porque la institucion que dirijo segun el MINEDU esta seleccionado como beneficario para el curso, sin embargo ninguno de ellos ha sido inscrito en el curso virtual de didactica.

  • BUENAS NOCHES DOCTOR HUGO.
    Seria tan amable en resolverme dicha inquietud, estoy como director encargado del nivel secundaria desde el 2013-2014 pero estoy nombrado en el nivel primaria, mi titulo es de licenciado en educación especialidad educación física que es para todos los niveles.La pregunta es si es que puedo inscribirme para una plaza del nivel secundario. Gracias.

  • Dr. Hugo Diaz le explico mi caso: Soy docente y pertenezco en la UGEL N°09-Especialidad C.T.A-I.E. San Martin -Huaura,me inscribí para el examen de ascenso de Nivel , y me doy con la sorpresa que figuro en la relacion de docente que voy a dar la evaluación en la ciudad de Lima-Cercado,porque yo pertenezco a la Región LIma-Provincias. ¿Que puedo hacer y que caminos debo tomar para resolver mi situación que me perjudica?

  • Doctor Hugo, en el PRONAFCAP estudie una especializacion en una universidad. Al terminar nos iban a considerar una segunda especialidad, pero el tramite en el ANR iba a demorar, asi que nos dieron el diploma y los certificados de estudios de los 4 ciclos. Ahora la universidad nos esta entregando una constancia de haber culminado la segunda especialidad con la
    mencion respectiva porque la titulacion ya es un hecho, pero va a demorar. Le pregunto doctor, la constancia de segunda especialidad me sirve para el rubro de trayectoria profesional. Favor espero su respueta, gracias de antemano.

  • Dr. Hugo
    He sido nombrado como profesor por horas en el nivel secundario, pero hace cuatro años que vengo laborando como sub-director encargado del nivel primario. Mi pregunta es si puedo postular a la plaza del nivel primario. Agradezco su respuesta.

  • Dr. Hugo, xq los directores que aprueben, recién se harán cargo en marzo, si el examen es en diciembre,lo deben asumir desde enero; ya que en esos meses se realiza toda la labor administrativa para un buen inicio del año escolar, no estpy de acuerdo que los encargados renueven los contratos xq en el presente año ya se han negociado algunas plazas sin estar en el cuadro de Mérito, esto pasa en la UGEL Chincha,, claro que sí hay excelentes directores pero no todos actuan de acuerdo a ley. Creo que los directores que aprueben este examen ingresen desde enero y se corte todos estos abusos de directores y encargados,todavía hay tiempo para modificar, espero haga llegar esta preocupación a los señores del Minedu, nuchas gracias x la ayuda que brinda por este medio,

  • Buenas tardes Dr. Le planteo el siguiente caso: el director de mi institución aprobó la evaluación excepcional y eso le da derecho a seguir en el cargo por tres años más, sin embargo el 22 de agosto cumplió 65 años de edad, según la LRM debe cesar, ahora al revisar la plazas vacantes obviamente la plaza no aparece, entonces ante ello se presentan la siguientes preguntas. ¿hasta cuando laborará en el magisterio el señor director?, ¿la plaza quedará vacante, pero ya no dentrará al concurso y entonces será cubierto por encargatura? y finalmente ¿como se producirá la encargatura?.Gracias

    • Roberto. Si la plaza no ha salido a concurso ahora saldrá cuando el se retire efectivamente. Antes no podía salir la plaza a concurso. Podría ser en el segundo concurso a realizarse el año siguiente pero antes hay que declarar la plaza vacante. Saludos

  • Saludos Dr. Hugo, referente a concurso directivo se trata de merituar y acreditar al profesional en ejercicio profesional con las prerrogativas de Ley y la Constitucion, que desestima la convocatoria para concurso que debe ser admitido con titulo al cargo que ostenta en el debido proceso administrativo en la administraciòn pùblica de requisito y prioridad de nivel profesional, que no puede conpetir con un capacitado de 200 horas supuestamente de cumplimiento con una asistencia de formalismo, vaya un comentario de un iluminado improvisado que tiene una mentalidad vestial de los cancheros para competir con ciertos adjetivos carentes de competencia y capacidad debe ser allegado a un partido politico o a un funciomario de turno , le deseo suertey le hago memoria la Art. No 43 del Regl. de la Ley G.E.-Formaciòn contìnua del docente por una mejor educacion OTRO SI:Invoco interceder ante la comisiòn a su digna persona reconsiderar por addenda al Art.61 de la Ley 29248 Acorde al Decrt. Leg. No. 1023 Art-III. de la Ley 28175 De cumplimiento a la Res.de Presidencia Ejecutiva No. 61-2010-SERVIR/PE.Consistente en la bonificacion de 10% a los licenciados de servicio militar en los puestos de trabajo en la administración publica . lo mismo se ha obviado en la convocatoria a directivos en referencia.Le agradezco por su gentileza.

  • Tengo una preocupación estimado Dr. Hugo, he logrado pasar el examen excepcional del 3 de agosto, ratificando mi plaza como subdirector; teniendo en cuenta que existen plazas de Dirección en la UGEL Lambayeque, a la que pertenezco; es mi deseo inscribirme , pero sucede que tengo que renunciar a la plaza de subdirector que he logrado ratificar, porqué? es cierto? Necesito su orientación.
    Además en este proceso se les va a dar oportunidad a los que desaprobaron y no se presentaron, a los que aspiran a ocupar una plaza directiva y les dan la posibilidad de escoger si quieren ser directores o subdirectores en la UGHEL que se inscriban, considero que esto es una irregularidad, por lo que pido una explicación, mucho le agradeceré.
    Ricardo ramos Pacherres, Túcume -Lambayeque.

  • Dr. Hugo felicitaciones a su página y a Ud. por sacarnos de dudas y solucionar en lo posible nuestras inquietudes.
    Dr. quisiera saber los montos asignados diferenciados de pagos a los docentes que laboran en la zona rural 1, rural 2 y rural 3.´Por el momento no tengo información confiable gracias Dr. Hugo por su repuesta hasta pronto.

    • Cosemir. La directiva es clara: Al realizar su inscripción, el postulante deberá seleccionar la UGEL a la que postula. Así mismo, seleccionará la modalidad (EBR, EBE o EBA) o forma educativa (ETP) a la que se presenta, para lo cual deberá acreditar haber sido nombrado en dicha modalidad o forma educativa. Saludos

  • Saludos:
    Ud cree que será una misma evaluación para todos, EBR, EBA, ETP, si bien las capacidades básicas deben ser las mismas, me parece que hay toda una temática distinta en cada modalidad educativa, no es lo mismo hablar a los docentes de EBR que docentes de ETP, temas como mapas de Progreso, Rutas del aprendizaje, son temáticas ajenas, como para EBR el tema de Niveles de logro, competencias profesionales serán para ellos. Igual la casuística es diferente. Habrán tomado en cuenta esta situación los del MINEDU. Muchas gracias.:)

  • Dr. Hugo, concuerdo con la inquietud de los profesores que se sienten excluidos injustamente del Concurso del Acceso a cargos Directivos, se debió de dar acceso a todos los profesores de vocación, quienes apostando por la educación peruana y a pesar de las diferentes limitaciones que afrontamos, principalmente económicos, asumieron su autoformación académica y profesional. El tiempo mínimo para acceder a cargos directivos debió de ser de 2 años, tiempo necesario que permite familiarizarse con los problemas educativos, porque desde mi modesta concepción, la labor del profesor es, afrontar diariamente con problemas y dar vías de solución, a asuntos pedagógicos, gestión institucional, manejo de conflictos que está relacionado estrechamente con el mantenimiento de un buen clima escolar para el aprendizaje de los estudiantes; y la convivencia armónica con la comunidad. Sin la mínima intención de degradar los grados académicos obtenidos, me atrevo a decir el dicho popular “ LOS GALLOS SE VEN EN LA CANCHA” porque la preparación es personal, y la obtención de grados académicos a veces suele ser sencillo, a excepción de algunas instituciones de formación superior y universitaria que, son rigurosos en su expedición des grados académicos. Perdóneme Dr. Hugo, por las expresiones que voy ha escribir. “ EN MI BESTIALIDAD, NI LA EXPERIECIA NI LOS GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS SON GARANTIA DEL BUEN EJERCICIO DOCENTE, PARA LA MEJORA DEL APRENDIZAJE” bajo esta concepción adoptada por mi modesta persona puedo afirmar que, “SÓLO LAS EVALUACIONES CONSTANTES Y PERMANENTES A LOS PROFESORES” de alguna manera pueden enmendar las deficiencias educativas de nuestro país. Personalmente no me incomoda competir en una evaluación con profesores jóvenes, con profesores de altos grados académicos y incluso me gustaría competir con los señores que me evaluaron en la EVALUACION EXCEPCIONAL DE DIRECTORES, esto con la finalidad de catalogarlos con qué criterios me evaluaron, si me superan mis respetos a ellos, caso contrario que respondan de sus actos.

  • Dr. Hugo, ¿ Cómo y a través de que medio me entero si retomaron mi caso?. Por favor le suplico apoyarme en el seguimiento de mi caso, porque no tengo otro medio accesible a mi alcance, por ser un profesor del medio rural del Perú profundo alejado de la capital de nuestra Patria. Estaré pendiente de las publicaciones en su Blog.

  • Quisiera preguntarle a Demetrio en que pagina o lugar pudo ver el ranking que lo ubica a él en el 5º lugar a nivel nacional con 84 puntos en el 1º examen, entonces yo que saque 92 puntos en el primer examen en que puesto estaré P.D Ahh en el segundo examen saqué 99 puntos de 100

  • Doctor Hugo, muchos saludos. Segun la directiva del concurso los directores desaprobados dejaran el cargo el 31 de diciembre y pasaran a ser docentes de aula. Doctor ¿esta accion se va a cumplir?, de ser cierto los directores salientes deberan dejar ya el encargado para que asuma la gestion a partir del primero de enero, a la espera del nuevo director. Ahora bien, segun he leido, la directiva de encargatura saldra proximamente, por lo no se sabe que docente del CAP debera asumirla. Creo que esa directiva debe salir ya y no esperar el ultimo momento, para no producir conflictos entre quienes puedan asumir el cargo. Gracias doctor `por dejarnos comentar

  • Dr.Hugo un placer saludarlo. En cualquier concurso o evaluaciòn se establece normativamente de prioridad al tìtulo de grado acadèmico de formaciòn profesional que acredite al cargo docente o directivo un derecho legitimado ante la ley y la constituciòn con posible complemento de posgrado consistente en una maestria de estudios de investigacion superior que es muy diferente a formaciòn de grado acadèminco otorgado a nombre de la nacion con las prerrogativas de ley de ejercicio profesional en cualquier modalidad educativa.En el concurso directivo priorizar titulo profesional en Administraciòn Educativa y/o Gestion Educativa al cargo directivo y NO una simple capacitaciòn de 200 Hrs.Que denigra al minimizar la responsabilidad administrativa al competir ilegalmente o indevidamente con profesionales al cargo SE TRATA DE MEJORAR LA EDUCACIÒN.De la modalidad de EBA lo constituye ciclo inicial,intermedio y avanzado con polidocentes y multigrados equivalente a Edcaciòn inicial primaria y secundaria, por lo tanto se debe establecer de prioridad como requisito Titulo Profesional en la modalidad de EBA y otros titulos que la modalidad requiere, en mèrito a su titulos que ostenta el docente se debe valorar y reconocer su formacion acadèmica profesional y no establecer improvisadamente como en la convocatoria años de servicios se trata de ejercicio
    profesional en la modalidad invoco recosiderar por ADDENDA en la convocatoria de directivos y en las reasignaciones por tratarse de ejercicio profesional por mejorar la educaciòn.Que injustamente y/o ilegalmente se desestima en las convocatorias otros titulos profesionales otorgados a nombre de la naciòn que ostentamos por mejorar nuestro nivel profesional y mejorar la
    educaciòn.Invoco a su digna persona proba e idonia interceder por una ADDENDA legitimar un derecho ante la comision responsable Dr.Giuliana Espinosa.Le agradesco anticipadamente a nombre del magisterio.

  • Doctor, deberia dar una segunda opción de coger una plaza directiva , ya que la primera es dentro de la UGEl y podria haber una segunda opción que seria la de escoger una plaza a nivel de region. para que asi se puedan cubrir todas las plazas y no dejar encargaturas.

  • 11 años de experiencia? como le pueden pedir eso aun profesor recién egresado el 2000 y q recién se ha nombrado en el 2009 lo únicos que tienen 11 años de experiencia o mas son los señorones de 60 65 años a mas que clase de renovación quieren hacer con la misma gente que ya tiene malas mañas anticuados y uñas largas ¿por que no han permitido que postulen gente de 35 , 36, 40, 45 años de edad? incluso no piden GRADO de maestría que clase de concurso es este? por que no dan oportunidad a los que son mas jóvenes incluso con mayor capacidad de gestión mayor dinámica y mas agilidad mental que pasa en el MED ??

  • saludos Dr. Hugo Díaz, me parece muy bien que se de este concurso, y que finalmente se concrete, después de varios intentos. me parece también muy bien que los Directores puedan confirmar a su personal docente contratado, un buen docente no se puede perder para la institución.
    Pero hay algo que saldrá desfasado, los nuevos Directores asumirán su cargo justito al inicio de clases, lo que quiere decir que no tendrán oportunidad de ser ellos los que propongan a sus docentes, y encontrarán la mesa servida. Este examen de nombramiento de Directores se debío hacer un poco antes. muchas gracias

  • Hugo Díaz
    Los docentes de técnico productivo pueden postular al nivel primario EBR, los de EBA al Nivel secundario EBR, o los de EBR pueden postular a Técnico productivo o CEBA, según les convenga, los de secundaria EBR si son mujeres pueden postular a INICIAL si desean, no se ha contemplado ese punto, se puede escoger, en este caso hay más plazas en inicial y primaria, dependerá de cada docente y sus gustos.
    IP: 190.239.51.206 | 11:33 | 16-09-2014
    Por favor Hugo explícame la parte esa donde dice que los de EBA pueden postular al nivel secundario.¿habría contradicción con la disposición 6.3.7de la norma que dice: “El postulante, según la modalidad (EBR, EBE o EBA), forma educativa (ETP) y nivel
    en el que se inscribió, deberá presentar, conjuntamente con la documentación que acredita su Trayectoria Profesional, la resolución que certifique su nombramiento en dicha modalidad/forma educativa y nivel/ciclo.Gracias.ence

      • Gracias de antemano, saludos desde la hermosa ciudad de Moquegua, soy profesor de nivel primario y nombrado en ese nivel con 23 años de servicio y cuarta escala, los últimos tres años laboro como director encargado en una institución unificada primaria y secundaria, mi pregunta es si puedo postular al concurso a otra institución que tenga: primaria; primaria y secundaria unificada o quizás solo secundaria a cuales de esas tres podría yo postular???

  • Dr. Hugo, le estoy sumamente agradecido por bridarme su apoyo, mis datos son: DEMETRIO ELISBAN QUISPE JOVE, DNI. N° 01486416, actual Director de la Institución Educativa Primaria N° 72762 de Tintiri, de la jurisdicción de la UGEL Azángaro, DRE Puno. El Reclamo que presenté está registrado con el N° 001149-0001-2014. Frente a la indiferencia de los señores responsables de la Evaluación Excepcional de Directores para resolver mi caso y hacer efectivo mi reclamo recurrí al consultorio de un abogado, quién me sugirió que, tengo 3 opciones; presentar recurso de reconsideración o impugnar la resolución dentro de los 15 días de la ocurrencia del hecho y la tercera opción recurso de amparo. En caso de que la comisión de evaluación excepcional no resuelva mi caso favorablemente al recurrente. Cuál de las opciones me recomienda doctor para que surta sus efectos mi reclamo.

  • Doctor Hugo Buenas Noches:
    Agradeciendo de antemano por su respuesta a la siguiente consulta:Intenté inscribirme para el concurso,pero observo lo siguiente cuando lleno el formulario, solicitan datos a la DRE, UGEL y NIVEL EDUCATIVO, pero en el formulario no figura la opcion de CARGO al que se postula:Es decir no aparecen las opciones para indicar al cargo de DIRECTOR o SUBDIRECTOR. Hago esta consulta porque cuando participé en el concurso para encargatura 2013 me sucedió algo similar, faltando días para culminar las inscripciones hicieron olocaron lasopciones y detalles de las SUBDIRECCIONES (FORMACION GENERAL – ADMINISTRATIVO-AREA TECNICA)y causó muchas dificultades.
    Por favor le solicito si puede comunicar de esto al ministerio.
    Gracias a la espera de su pronta respuesta.

  • Dr. Hugo, que bueno que siempre este respondiendo a las interrogantes de los colegas, ya que es el único medio donde se pueden absolver las dudas, mi pregunta es¿cuando saldran a concurso las plazas de Jefaturas o Talleres, ya que en muchas I.E. no cumplen su jornada de 40hrs y es más según normas deben tener mas de 20 secciones para que haya jefatura, pero conozco un caso que solamente cuentan con 16 aulas y desde años atrás ha habido de 10 a 13 aulas y han tenido jefatura !esto es una estafa al estado¡y por ultimo no tienen implementado su laboratorio, ademas cuentan con un aux.de laboratorio, imagínese a nivel nacional, cuantos casos mas habrán.

  • Hugo Díaz
    Los docentes de técnico productivo pueden postular al nivel primario EBR, los de EBA al Nivel secundario EBR, o los de EBR pueden postular a Técnico productivo o CEBA, según les convenga, los de secundaria EBR si son mujeres pueden postular a INICIAL si desean, no se ha contemplado ese punto, se puede escoger, en este caso hay más plazas en inicial y primaria, dependerá de cada docente y sus gustos.
    IP: 190.239.51.206 | 11:33 | 16-09-2014

    MÁS EN: http://www.educacionenred.pe/noticia/concurso-directores-subdirectores/?portada=60501#ixzz3DbxJznaQ

    Por favor explicar fui nombrada en EBR SECUNDARIA,mI TÍTULO es secundaria y ahora estoy en EBA .Puedo postular a secundaria EBR a ina plaza de directivos 2014.

    • Ivonne. La disposición 6.3.7 de la norma dice: “El postulante, según la modalidad (EBR, EBE o EBA), forma educativa (ETP) y nivel
      en el que se inscribió, deberá presentar, conjuntamente con la documentación que acredita su Trayectoria Profesional, la resolución que certifique su nombramiento en dicha modalidad/forma educativa y nivel/ciclo.” Saludos

  • Dr. Hugo, previo saludo, le comento lo siguiente ¿Qué opción nos queda a los que somos procedentes de la Carrera Pública magisterial y nos nombramos en el 2008? ¿Conformarnos con un sueldo de 1200 soles y sin posibilidad de ascenso? No nos han dejado participar en el concurso de reubicación y ahora tampoco en el de directivos porque piden como mínimo 11 años. Soy Magister en docencia y gestión educativa, tengo estudios concluidos de Maestría en en Didáctica de la Comunicación y actualmente estoy en el segundo ciclo de Especialización,¿Tanto esfuerzo no merece siquiera la oportunidad de concursar? Hay varios profesores como yo que tenemos muchos años de trabajo en el sector privado, pero este tiempo tampoco se nos reconoce porque no es dentro de la carrera. Sinceramente comienzo a pensar que la meritocracia con esta reforma ya no es meritocracia.

  • Saludos, muy mortificado por que no puedo inscribirme en este concurso .Tengo 16 años en el magisterio di el examen y por error me pusieron en el 2do nivel de la cpm al ingresar este nueva ley me dieron el 3er nivel en las primeras oportunidades frustradas al concurso de directores me inscribi y estuve capacitandome para este examen pero ahora que voy a inscribirme veo con pena que no puedo, es decir que siempre estan premiando a los de la ley del profesorado en todo para la reubicacion de nivel y ahora para el concurso de directores, que puedo hacer por que en la primera si pude postular y ahora no ,le agradecere sus consejos.

  • Dr. Hugo, toda convocatoria para concursos tienen buenas intenciones y las evaluaciones deben constituirse en hábito constante y permanente de todo profesor, sin embargo las irregularidades y las omisiones de actos de cumplimiento obligatorio en la ejecución de un proceso evaluativo desvirtúan dicho proceso convirtiéndolo en dudoso, como lo ocurrido en mi caso en la evaluación excepcional de directores, en donde, en forma arbitraria e irregular he sido excluido de la lista definitiva de los profesores aprobados por las siguientes razones: 1°.- Aprobé la primera fase (comprensión de textos funcionales) con un puntaje alto(84 puntos) que me ubica en el 5° lugar a nivel nacional. 2°.- En la segunda fase (resolución de casos) aparezco como desaprobado, calificativo con el que no estoy de acuerdo porque tengo la plena seguridad y convicción, de haber respondido correctamente. 3°.- Manifestando mi desconformidad presente mi reclamo el 02 de setiembre y en respuesta a ello me remiten la hoja de calificación de un profesor de la sede de Cajamarca, lo implica que me asignaron la nota de otro profesor que no es la mía. 4° Inmediatamente reiteré la absolución urgente a mi reclamo advirtiendo la irregularidad que se cometió al que no responden hasta fecha . Hechos que demuestran que no se evaluó mi reclamo ni se revisó mi examen. Por consiguiente se omitió el cumplimiento obligatorio de uno de los actos programados en la norma técnica sobre la absolución de reclamos. Teniéndose presente que el incumplimiento de cualquiera de las faces en un proceso acarrea la nulidad de los actos realizados, esta evaluación ha sido irregular y se debe declarar nula todo el proceso.

  • Hola Hugo:

    Felicitaciones por el cargo en bien de la educación. Espero que le alcance el tiempo para mantenernos muy bien informados en su página que es muy visitada por el magisterio para salir de dudas o para dar su opinión.

    Y bien, empezó las inscripciones para el concurso de Direcciones y Sub Direcciones que está abierto casi para todos los docentes que tengan alguna iniciativa de gestionar su institución desde el difícil cargo de Director o Sub Director.

    El mecanismo de inscripción supone tener un correo electrónico vigente y por intermedia de ello continuar la inscripción; por lo tanto, supone conocimientos básicos de manejo de TIC.

    Asimismo, requiere de manejo de los tiempos para no pedir ampliación de fecha para inscripción, espero que los docentes aspirantes no espere la última hora.

    Los cargos a concurso si bien auspicia una mejoría en los haberes; también, requiere de conocimientos de manejo de recursos humanos.

    La oportunidad es para todos aquellos que tienen una regular experiencia en la docencia (11 años a mas) y sobretodo una comprensión lectora; lo cual me parece muy bien.

    La importancia de éste concurso es vital.

    Saludos

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