Bono por escolaridad 2016 para trabajadores del sector públicoDe acuerdo a la nota de prensa publicada por el diario El Peruano, y como todos los años, el gobierno estableció el monto por escolaridad que recibirán los trabajadores del sector público.  La norma establece lo siguiente: “El presente decreto supremo tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por escolaridad cuyo monto fijado por la Ley Nº 30372 corresponde hasta por la suma de 400 soles, la cual se abona, por única vez, en la planilla de pagos del mes de enero de 2016”, indica la norma. El bono será otorgado a los funcionarios y servidores nombrados y contratados con el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944; a los docentes universitarios de la Ley N° 30220; al personal de la salud regido por el D. L. N° 1153 y a los obreros permanentes y eventuales del sector público. También será entregado al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; y a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los decretos leyes N° 19846 y 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091. Los trabajadores estatales que se encuentran en el régimen laboral de la actividad privada perciben la bonificación por escolaridad, conforme al numeral 7.2 del artículo 7° de la Ley N° 30372. Para el magisterio, la bonificación se otorga a los docentes con jornada laboral completa. La norma agrega que el bono por escolaridad es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio en beneficio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción dentro del presente año fiscal. Indica que la bonificación no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro y aportaciones al Sistema Privado de Pensiones. Asimismo, no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión, detalla el decreto supremo. Requisitos. El decreto supremo estipula que para recibir el bono por escolaridad, el trabajador debe estar laborando, en uso del descanso vacacional o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790 (Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud). También deberá contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses. “Si no contara con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados”, explica la disposición. Finalmente, tal como ha sucedido en otros años, la norma reitera que el pago de escolaridad no alcanzan a los trabajadores contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios. En el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se han consignado los recursos necesarios. Ver link: Ley de Presupuesto del Sector Público 2016 ley_30372 Presupuesto público 2016

Bono por escolaridad 2016 para trabajadores del sector público

Autor: Hugo Diaz Publicado: enero 24, 2016

De acuerdo a la nota de prensa publicada por el diario El Peruano, y como todos los años, el gobierno estableció el monto por escolaridad que recibirán los trabajadores del sector público.  La norma establece lo siguiente: “El presente decreto supremo tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por escolaridad cuyo monto fijado por la Ley Nº 30372 corresponde hasta por la suma de 400 soles, la cual se abona, por única vez, en la planilla de pagos del mes de enero de 2016”, indica la norma.

El bono será otorgado a los funcionarios y servidores nombrados y contratados con el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944; a los docentes universitarios de la Ley N° 30220; al personal de la salud regido por el D. L. N° 1153 y a los obreros permanentes y eventuales del sector público.

También será entregado al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; y a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los decretos leyes N° 19846 y 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

Los trabajadores estatales que se encuentran en el régimen laboral de la actividad privada perciben la bonificación por escolaridad, conforme al numeral 7.2 del artículo 7° de la Ley N° 30372.

Para el magisterio, la bonificación se otorga a los docentes con jornada laboral completa.

La norma agrega que el bono por escolaridad es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio en beneficio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción dentro del presente año fiscal.

Indica que la bonificación no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro y aportaciones al Sistema Privado de Pensiones.

Asimismo, no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión, detalla el decreto supremo.

Requisitos. El decreto supremo estipula que para recibir el bono por escolaridad, el trabajador debe estar laborando, en uso del descanso vacacional o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790 (Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud).

También deberá contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses. “Si no contara con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados”, explica la disposición.

Finalmente, tal como ha sucedido en otros años, la norma reitera que el pago de escolaridad no alcanzan a los trabajadores contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios.

En el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 se han consignado los recursos necesarios.

Ver link: Ley de Presupuesto del Sector Público 2016

ley_30372 Presupuesto público 2016

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  • Una consulta trabaje como director de una escuela (diferente a mi plaza de origen) me desempeñe en esa escuela en encargo de dirección (encargatura) lo asumí el 02 enero 2017, trabaje todo ese año en dicho cargo, me correspondió percibir la proporcional este enero 2018. Podría señalarme la normatividad que lo sustenta. Gracias

  • Buenos días, mi papá empezó a laborar el 01/01/2015, pero no ha percibido ningún tipo de bonificación (Escolaridad y Asignación Familiar) Tenía acaso que presentar algún documento y/o solicitud? o es automatico. de ser el caso automatico, quisiera saber si puede ser retroactivo. si puede reclamar dicho derecho. Gracias

  • Doctor soy nombrado con 26 años de tiempo de servicio y convocaron para acompañante pedagógico y preste servicios educativos al estado por la experiencia que cuento y no hay forma específica que indique que como nombra y haber estado en cas hasta diciembre del 2016 no me corresponde el bono por escolaridad,pero yo estoy dentro del DS 276 y la Ley 30057 de servicio civil que se aplica a servicios publicos,entonces digame me corresponde o no escolaridad

  • Buenoas noches Dr. Soy docente contratada y laboré desde el 1 de marzo al 31 diciembre 2016.¿ Nos corresponde el bono de escolaridad de 400 soles? En la norma habla del personal nombrado y contratado… explíqueme por favor. Muchas gracias.

  • Buenas tardes. Soy docente contratada de la Ugel 01(contrato desde el 1ro de marzo 2016). El pago de las décimas proporcionales en enero y febrero del 2017 serán automáticas o se debe tramitar en la Ugel para que se efectúe el pago??? Gracias por su respuesta.

  • DR.SOY DOCENTE NOMBRADA RECIENTEMENTE EN LA LEY 29944 Y ESTOY LABORANDO EN UNA I.E MULTIGRADO ASUMIENDO TAMBIEN LA ENCARGATURA DE DIRECCION,POR FAVOR QUISIERA SABER SI ME CORRESPONDE O NO LA ASIGNACION POR DICHO CARGO. YA QUE LA UGEL DE TAYACAJA-HUANCAVELICA ADUCE DE QUE COMO RECIEN NOS NOMBRAMOS NO SALE NINGUN DOCUMENTO QUE ACREDITE NUESTRO PAGO.NO ENTIENDO SI YA ME NOMBRE PORQUE NO ME CORRESPONDERÍA PERCIBIR ESTE BENEFICIO QUE SI SE LES OTORGA A LOS DEMAS NOMBRADOS. ME COSTO TANTO ESFUERZO NOMBRARME PARA QUE NOS DISCRIMINEN ASÍ.

    • Beatriz. La administración de las bonificaciones por cargo directivo no está bien dirigida y cada quien interpreta las normas como les parece. Las bonificaciones por ejercicio del cargo no excluyen a los recién nombrados. Insista por escrito. Saludos

  • mi consulta es sobre una compañera de trabajo que no se le pago su aguinaldo de julio, al reclamar en la Ugel el responsable le informo que por haber faltado el 30 de junio no tiene derecho a ello. ya que ha consultado a Lima Minedu y le informaron que los docentes que falten el 30 de junio y el 30 de noviembre no tienen derecho a aguinaldo es cierto esto o están interpretando mal la norma afectando económicamente a mi compañera.

  • mi consulta es acerca de una compañera que trabaja en el sector educación y que por faltar el 30 de junio no le abonaron la escolaridad, aduciendo que no le corresponde al hacer su reclamo el especialista de la Ugel le indico que había consultado con el minedu y le confirmaron que los docentes que falten el 30 de noviembre y el 30 julio no les corresponde escolaridad ni aguinaldo es cierto eso o estan mal interpretando la norma. saludos

  • Estos cursos de Diplomado y segunda especialidad tomados por la universidad Champagñant aquí en l a sede Rioja- San Martín no pasa nada. ES PEOR QUE PÉSIMO, RECIEN ESTE SÁBADO ENTREGARON LOS MATERIALES de la guias del particiante, no dan las mochilas, los USBs es pésimo UNA ESTAFA MAS AL ESTADO.

  • SALUDOS DR. SEGÚN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL PRESENTE AÑO INDICA QUE LOS PAGOS POR ENCARGATURA SE SIGAN HACIENDO COMO SE HIZO EN AÑO ANTERIORES TENIENDO EN CUENTA LA LEY DE LA CPM EN MI CASO LO CUAL SIGNIFICABA APROXIMADAMENTE 1092 SOLES, SIN EMBARGO ESTE AÑO EL PAGO SE HA REDUCIDO A APROXIMADAMENTE A 860 SOLES QUISIERA DR DE SER POSIBLE ME INDIQUE ALGUN OFICIO O DOCUMENTO QUE SUSTENTE PARA ESTE AÑO EL PAGO DE ENCARGATURAS COMO SE EMITÍA EN AÑOS ANTERIORES.- MUY AGRADECIDO..

    • Jaime. La ley lo que ha venido estableciendo es que los pagos se hacen de acuerdo al régimen laboral previo del profesorado; es decir, Ley del Profesorado o de la CPM. La reducción ignoro por que la hacen. Entre una y otra DRE hay a veces criterios diferentes para tratar un mismo tema. Quizá lo mejor es que le den una explicación en la Ugel y haga la misma consulta a la Unidad de Personal del MED. Saludos

  • Soy director de la I.E.No. 84247 de Parcobamba, Huacaybamba-Huanuco, el año lectivo 2015 nos propusimos de trabajar arduamente con nuestros estudiantes motivados por bono escolar reforzando todas las tardes, logrando que nuestros estudiantes del cuarto grado de primaria según la evaluación EIB – ECELO se encuentra en Satisfactorio mas del 60% y en proceso menos del 40% ninguno en inicio. Sin embargo no estamos como beneficiario de dicho bono escolar ¿por qué? el cual desmotiva a nuestros docentes. Urgente la respuesta por parte del MINEDU.

  • por que no solucionan las deudas de:
    preparación de clase desde el 2009 ,refrigerio y movilidad,sepelio,
    los 25 años son derechos ganados y no vulnerable .
    por que cuando uno tramita hasta por una firma legal no procede que hacer hasta cuando ,siendo profesional con trayectoria somos lo peor que cualquier otro profesional hasta los taxistas nos ganan en sueldo.

  • Dr. HUgo, como se llevará a cabo el pago de bono de atracción a los docentes nombrados en este ultimo concurso, según norma dice en el primer trimestre del 2016.
    Se que a algunos docentes ya se les efectuo el pago y a otros no. ¿A que se debe esto dr. HUgo?

  • Buenas tardes, según el cronograma del concurso de Directores de Ugel y jefes de áreas ahora deberían salir las plazas a concurso ya temina el día y no hay nada Publicación de plazas puestas a concurso para los cargos de director de UGEL, director/jefe de Gestión Pedagógica de DRE/UGEL.01-03-2016. ¿Qué sabe Ud..
    SALUDOS.

  • Profesor Hugo buenos dias, le escribo para comentarle una queja que vengo padeciendo. Soy docente nombrado de la region Cusco. El año 2015 solicite licencia sin goce para trabajar en el programa PELA (bajo la modalidad CAS). Resulta que hasta la fecha no se me abona mis gastos de movilidad tal como lo contempló la RSG 2128-2014 minedu, ¿es justo profesor ese trato?, le comento esto porque mi area de intervencion fue la zona del VRAE -Cusco, a alli el costo de vida es elevado, por tal motivo tengo la peor percecepcion del programa de acompañamiento pedagogico que esta implementando el MINEDU. Espero su comprension y respuesta.

    • Daniel. Lo lamento. Es una pena y poco explicable que la Ugel, DRE y el Minedu no coordinen el pago de esta asignación indispensable para que usted pueda hacer su trabajo. Debe insistir y presentar una solicitud pidiendo regularizar su pago. Saludos

  • Saludos Dr. Hugo, hasta la fecha telefónica no cumple con entregar los certificados, sobre el tema los 8 módulos del año pasado, como son enificaces así hablan de calidad por lo menos para dar servicio, lo siento no existe seriedad, por eso digo que en el Perú existen hombres que se creen genios con lo que hablan, pero el resultado, no se trata de hablar sino con hechos en el aula con estudiantes quechuas. espero la respuesta de la empresa.

  • Doctor Hugo Díaz, soy una docente nombrada en el 2010 en EBR Educación para el trabajo: Tecnología del Vestido, en la ciudad de Puno y en el proceso de reasignaciones del año diciembre 2012 me reasigne a la ciudad de Arequipa a CETPRO: Industria del Vestido, salio mi resolución en febrero 2013 y labore durante tres años en CETPRO pero en ese transcurso durante año y medio se me pago por una docente de 24 horas de I escala y no por 30 horas y de segunda escala como me corresponde y posteriormente se regularizo las horas, más no la escala magisterial, estuve con documentos realizados por abogados y no me daban solución y me indicaban en UGEL SUR de Arequipa, que mi reasignación no se debió dar y que tenia problemas en el sistema SUP de planillas, peo en NEXUS si esta en Cetpro, Bueno actualmente me dicen que me van a reubicar a secundaria, pero la verdad digo como reubicarme y tengo una resolucion de reasignacion y otro de improcedencia a la reubicacion a secundaria. Estoy muy preocupada, ya quedan 15 días para el inicio del Año escolar y me preocupa. Espero su respuesta.

    • Maritza. Creo que primero debe averiguar las razones por las que la UGEL la quiere resignar. No parecen claras. En segundo lugar, s usted tiene su resolución de profesora que la ubica en la II escala a partir de una fecha, esa debe ser el sustento para que le reintegren. Saludos

  • SEÑOR HUGPO BUENAS NOCHES.
    UNA CONSULTA EN LA LEY DE LA REFORMA HABLA DE LICENCIA POR MATERNIDAD PERO EN LA NORMA DE CONTRATO EN BENEFICIOS NO DICE NADA RESPECTO A LICENCIA CON GOCE POR MATERNIDAD, EN QUE ME BASO PARA PEDIR MI LICENCIA CON GOCE O ES QUE YA NOS HAN QUITADO ESE DERECHO TAN SOLO POR SER CONTRATADOS.

  • Dr. buenas noches, los directivos que accedimos a los cargos en el último concurso vivimos en la incertidumbre porque se anuncia que los ex directivos deben retornar a sus cargos por orden judicial. El MINEDU no se pronuncia para aclarar la situación y contribuye a esta gran preocupación. Estando ad portas del inicio del año escolar es necesario recibir un mensaje sincero porque las dudas perjudican nuestra gestión. Por cierto, se originaría un caos en diversos aspectos. Qué nos puede decir Dr. sobre lo expuesto, es verdad que el poder judicial ordena reponer a los ex directivos.

  • Y HASTA CUANDO SEGUIREMOS ESPERANDO LA VOLUNTAD DEL MINEDU? PARA EL PAGO DEL BONO POR EL GRADO DE MAESTRIA? CLARO COMO NO HAY PAROS, O DISTURBIO NO NOS HARAN CASO. “BEBE QUE NO LLORA NO MAMA” QUE PENA QUE HAYA QUE RECURRIR A LAS CALLES PARA SER ESCUCHADOS, DE LO CONTRARIO A DORMIR EL SUEÑO DE LOS JUSTOS.

  • BUENAS NOCHES DOCTOR:
    LE SALUDO CORDIALMENTE Y A LA VEZ LE MANIFIESTO QUE, EN EL MES DE MAYO DEL AÑO 2015 OBTUVE EL GRADO DE MAESTRO Y DE ACUERDO A LA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL NOS CORRESPONDE UN INCENTIVO POR ÚNICA VEZ.
    SOLICITÉ ESTE INCENTIVO A LA UGEL; PERO ME DEVOLVIERON EL EXPEDIENTE ARGUMENTADO QUE MINEDU AÚN NO HA FIJADO EL MONTO Y QUE NO PODÍAN ATENDER MI SOLICITUD.
    MI PREGUNTA ES: ¿HASTA CUANDO HAY QUE ESPERAR PARA SER ATENDIDOS EN ESTE DERECHO QUE POR LEY NOS CORRESPONDE? POR LO DEMÁS RECONOZCO LOS ESFUERZOS QUE REALIZA MINEDU POR LOGRAR LOS GRANDES CAMBIOS EN MEJORA DE LA EDUCACIÓN PERUANA, FELICITACIONES.
    DOCTOR, CREO NO SER EL ÚNICO DESATENDIDO Y LE AGRADEZCO POR ADELANTADO AVERIGÜE EL POR QUÉ DE LA DEMORA.
    DIOS LE BENDIGA. HASTA PRONTO.

  • Doctor Hugo en la RD de la docente que en el mes de agosto 2015 viene a remplazar a esta docente puesta a disposición de la ugel por abandono de cargo, En una parte de datos de plaza dice, motivo de la vacante: Peres Seres, Juan, 6666-15-PLLA/128-15-CPPADD (esta sera la resolución?). Doctor consultando con un abogado me dice que como esta docente tiene proceso esta en la ugel y le pagan entonces no les conviene parar doble por la plaza, en el sentido de parar a la docente sancionada y a su remplazo. Entonces con ese argumento estaré este año sin docente 6 meses como el año que paso. Doctor Cual seria el procedimiento que debería seguir para tener profesor para esa plaza desde el primer día de clases.

    • E. Legalmente usted tiene la razón. Es el caso de muchas escuelas que en su presupuesto tienen asignada una plaza y en la práctica la misma está con un docente en otro colegio. Son las malas prácticas de algunos funcionarios de las Ugel. No eñe cuanto haga seguir los procedimientos naturales de poner una solicitud y demandar que le provean efectivamente la plaza. Hágalo pero acompáñelo de un reclamo de los padres de familia que presionen y vayan a demandar a la Ugel ese derecho para sus hijos. Incluso si pueden mover un medio de comunicación mucho mejor. Saludos

  • Buenas noches, particularmente si debo felicitar al MINEDU por el esfuerzo que están haciendo para mejorar el proceso de contratación docente, felizmente este año eh podido escoger donde quiero trabajar teniendo en cuenta mi resultado del examen y además complementar con la presentación de una clase modelo y la entrevista que se nos hizo, ojalá sigan puliendo la directiva siempre en beneficio de aquellos docentes que año tras año se esfuerzan capacitándose y además teniendo un buen desempño docente en la I.E. a diferencia del año pasado no salieron que solo los directores ratificados podían ratificar, además debo añadir que las UGEL´s también se están esforzando por cumpir en publicar la mayoría de plazas, este año un aprox del 60% se ha publicado es un gran avance, anteriormente en la primera etapa solo publicaban exageradamente el 20%, yo ya me preocupaba pensando que este año sería más de lo mismo, sin embargo reitero que eh podido escoger en qué institución deseo trabajar. Hagamos eco a lo que pregona el MINEDU, “Cambiemos la educación, cambiemos todos”

  • Doctor Hugo el 2015 en el mes de marzo una docente que antes había sido directora lo colocaron en mi colegio como docente ella ningún día se presento al aula no tomo poseciòn de cargo porque desde el primer día del mes de marzo empezó a pedir licencia cada 5 días sin goce de haber hasta que le denege y con mucho sacrificio logre ponerlo a disposición de la ugel por presunto abandono de cargo, después de 6 meses me enviaron su remplazo, imagínese eso niños del tercer grado de primaria no tuvieron profesora de marzo hasta la quincena de agosto. El 14 de enero del 2016 esta misma docente se presenta con un fut pidiéndome reintegrarse, hable con el abogado y me dijo que lo pasara a la ugel su pedido ya que ella el 2015 había sido puesta por mi persona a disposición de la ugel por presunto abandono de cargo, hoy me dirijo a la ugel porque que el nexus figura su nombre y le digo a la especialista de la ugel que por favor le considere su remplazo ya que el año 2015 fue puesta a disposición de la ugel y la especialista me contesto que este año ella puede presentarse y reintegrarse a trabajar, Doctor Hugo como puedo solucionar este problema ya que los de la ugel lo quieren reponer porque dice que este es un nuevo año, significa que en educación funciona borrón y cuenta nueva.Por que si la ley dice mas de tres días consecutivos sin laborar se considera abandono de cargo esta docente a abandonado medio año su trabajo y no le pasa nada. Estas son alguna de las razones por la cual la educación esta como esta, una muestra de que la ley no se cumple. Doctor podría decirle al ministro que investigue este caso esta en la ugel01, no puede ser que se vuelva a repetir la tragedia que me toco vivir el año pasado junto a los niños de tercer grado.

  • Estimado Dr.Hugo. Estoy decepcionada de la selección del personal para cubrir las plazas de docentes fortalezas en la ugel 04 ,tengo colegas que no tienen experiencia laboral en el sector publico ,se encuentran últimos en el cuadro de merito de la ultima evaluación,dejándolas sin opción a coger una plaza de contrato para este año. Probaron presentarse como “Docentes fortalezas” en dicha Ugel y me informaron que en la entrevista les preguntaron cuales eran los procesos pedagógicos , cognitivos? manifestaron que no se acordaron y respondieron lo poco que sabían, al ver los resultados se dieron con la sorpresa de ser seleccionados como “Docentes fortalezas para el año 2016”,ni ellas mismas se lo creían.
    La pregunta es ,Se trata de cubrir plazas o seleccionar a docentes que destaquen por su trayectoria?
    Saludos cordiales.

    • Magy. Es un asunto que debe investigarse y evaluarse. Docentes que realicen funciones especiales de asesoría, capacitación, acompañamiento, deben ser cuidadosamente seleccionados. No sé si una denuncia como la suya es en otros lugares del país pero de hecho si creo que falta tener mejores instrumentos de evaluación. Saludos

  • Doctor Hugo realmente le agradezco por sus repuestas ya que son realmente practicas y útiles. Doctor como responder a un trabajador de limpieza que dicen que son empleados del estado y el director no puede estar mandando les porque el no es quien les paga el que les paga el estado.

  • Doctor Hugo tengo un personal de limpieza nombrado que le e dado el segundo memorándum que no lo firma ni lo recibe y me dice que va haber que después lo va a recibir, que norma o que puede hacer para que este personal cumpla con sus obligaciones de acuerdo a memorándum

  • Dr. Hugo, buenas tardes, estoy totalmente de acuerdo con el colega Auver, eso de la evaluación del Primer tramo, no es más que un engaña muchacho. Eso puede servir para el próximo año y ratificar a aquellos docente que hayan tenido una buena o destacada labor en el presente año lectivo y la plaza que ocuparon siga estando vacante. Pero para el presente año., solo va a sirve como clientelaje político o amical. Se debe respetar el orden de mérito y listo es lo más justo y adecuado. Ojalá me equivoque pero este tramo va a traer más resentimiento de buenos docentes.

  • Dr. Hugo haga alguito, recomiende parece que estamos de guatemala a guatepeor, la Norma de Inicio de año 2016 sale demasiado tarde, la R.R No 02 de contratos imaginese demasiado tarde, cuando ya todos están de vacaciones e inclusive los subdirectores, los docentes, los padres de familia muchos de ellos han viajado me refiero para hacer una regular valoración se tiene que hacer en equipo del CONEI, esto se presta a clientelismo y que muchas veces los directores propongan por sentimiento y no por razón. De favor le pido haga alguna RECOMENDACIÖN a estos señores que han venido de MARTE o de JUPITER y se han asentado en el MINEDU y hacen unas canalladas que nadie los entiende. Ojalá quisiera que en una de sus recomendaciones haga que se tenga muy en cuenta el no confundir la politiquería barata con los temas netamente de educación .
    SALUDOS

  • Saludos, realmente no entiendo la necesidad de la etapa de adjudicacion en el primer tramo, una vez que el docente tenga la propuesta del director, deberia ingresar su expediente a mesa de partes, y ya, luego la ugel hace el descargo, y convoca para la adjudicacion de las plazas restantes, sobrantes, asi seria mas rapido, y menos tedioso. GRACIAS.

  • Dr. que nos puede decir sobre la versión de los ex directivos sobre su retorno a las plazas que ocupaban antes del concurso. Manifiestan que ya se agotó la vía judicial y que al MINEDU sólo le queda reponerlos. Lo anunciaron ayer en una manifestación en el Parque Universitario y lo vienen haciendo en su Facebook. El ministerio no dice nada, qué es lo que se viene.

  • Buenas Noches.
    Estimado Dr Hugo,en la norma para contrato docente ,a los docentes que hemos obtenido un puntaje mayor de 140,se nos pide presentarnos a una institución educativa que tenga una plaza vacante y solicitar dicha plaza a través de una evaluación Didáctica.
    Uno de los indicadores de evaluación que se nos presenta en la ficha: -Cuenta con su carpeta pedagógica….,-Participa en las reuniones de trabajo….y otros.
    Se supone que al finalizar el año 2015,en la institución que hemos laborado se nos a evaluado a través de una ficha similar.Esa ficha se debe hacer valer.Si voy a una institución nueva que carpeta me van a evaluar ,como van a saber si asistí puntualmente al colegio … la fecha nos gana y no hay nada claro. Tampoco dice que es una clase magistral ….muchas dudas y poco tiempo.

    Saludos Cordiales

    Magaly

  • Saludos:
    Parece de ripley, salio la norma para contratos, ahora a los Cetpros nos piden una evaluación del desempeño Docente, hasta aquí todo bien, si es el Director quien la va a realizar, pero no, también un representante de los docentes, y otro de los estudiantes, ¿No le parece? absurdo, primero a estas alturas 26 de Enero, todos están de vacaciones, que representante se va a buscar, y los estudiantes que criterios puede manejar, para decir si es buen o mal docente. El querer hacer procesos transparentes, ocasiona incongruencias, yo creo que bastaría el Director y su coordinador académico. Muchas gracias.

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