Norma para encargaturasResolución de Secretaría General Nº 2076-2014-Minedu. Norma para la encargatura de plazas de director, plazas jerárquicas  y especialistas. Ver link; ENCARGATURA DE PLAZAS DE DIRECTOR, JERARQUICAS Y ESPECIALISTAS - 2015

Norma para encargaturas

Autor: Hugo Diaz Publicado: noviembre 24, 2014

Resolución de Secretaría General Nº 2076-2014-Minedu. Norma para la encargatura de plazas de director, plazas jerárquicas  y especialistas.

Ver link; ENCARGATURA DE PLAZAS DE DIRECTOR, JERARQUICAS Y ESPECIALISTAS – 2015

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  • Doctor Díaz:
    Reciba mis saludos cordiales. Por favor, podría aclararme esta situación del proceso de encargatura (RVM N°255-2019).Hay colegas directivos que en la última evaluación de desempeño en cargo directivo (2018) salieron en situación desfavorable y están ocupando,actualmente,el cargo de docente en su plaza de origen,( LRM). En este proceso de encargatura (2019) se han presentado para postular a una encargatura de cargo directivo, pero en los resultados preliminares de calificación de expedientes observan señalando como motivo el numeral 6.3 (b) y el 13.17 que dicen: “… haber aprobado la última evaluación de desempeño en el cargo…”.
    Podría decirme que quiere decir la expresión ” la última evaluación en el cargo…”. Yo lo interpreto que para casos de encargatura hay que esperar 4 años para poder postular, porque después de 4 años, viene la 2° evaluación de desempeño en el cargo directivo( 2022).

    Y con respecto a la encargatura de especialista en educación, todavía no se da la evaluación de desempeño en este cargo.Puede presentarse a esta encargatura, habiendo desaprobado en el cargo de directivo. La norma dice: “… en el último cargo…”
    Gracias, doctor Díaz.

  • UNA CONSULTA POR FAVOR. EN MI IE EL DIRECTOR SALE DE VACACIONES Y DEJA ENCARGANDO DICHO CARGO AL SUBDIRECTOR NIVEL SECUNDARIO, MI CONSULTA ES PUEDE EL SUBDIRECTOR DESEMPEÑAR DOS CARGOS A LA VEZ, ES MAS DICHAS PLAZAS SON ORGANICAS PRESUPUESTADAS,DONDE ESTA LA OPORTUNIDAD PARA LOS DOCENTES EN ESTE CASO Y COMO LA UGEL PERMITE ESTO. POR FAVOR SU COMENTARIO

  • buenas tardes doctor no entiendo muy bien de las normas ya los leí todo…mi pregunta es: yo me estoy presentando para nombrarme en una institución educativa polidocente multigrado. me supongo que yo voy a asumir la dirección de la institución, tendría que presentar alguna documentación o es automático?. por favor orienteme

  • Buenos días Dr. Hugo muy agradecida por este espacio, que nos sirve de apoyo a los docentes; soy directora encargada y quisiera saber de las bonificaciones asignadas por turnos que corresponde al cargo,cuales son los criterios para considerarlos un turno o dos turnos. Gracias de antemano por su respuesta.

  • soy trabajador del centro juvenil jose Quiñones Gonzales Chiclayo peru e ganado con juicio el pase a la 728 en el cargo de técnico administrativo 2 Y EN UN PRIMER MOMENTO MI JEFE ME PUSO DE APOYO EN ENFERMERIA SACANDO CONSULTA A LOS INTERNOS PERO LUEGO ME DIJO QUE MI RESOLUCION DICE ALGO IGUAL O SIMILAR ME REGRESO A VIGILANCIA MI PREGUNTA ES CUAL MANDA EL CARGO OLA REFERENCIA

  • Dr.buenos dias una consulta soy docente nombrada y e postulado este año como especialista en inicial,tengo licencia por maternidad y es correcto que me retiren del cargo por estar embarazada,segun la ugel dice que han consultado al ministerio lo y hay una norma que nos pueden retirar del cargo,lo cual tengo conocimimiento que tenemos derecho sacar licencia por maternidad,quiero por favor su opinion y que debo hacer en este caso.muchas gracias espero su respuesta.

  • Es una página muy interesante de gran utilidad para nosotros los docentes ya que nos aclara las dudas que tenemos respecto al tema y es loable lo que hace ya que con sus conocimientos nos ayuda a muchos. Éxitos y bendiciones en todo lo que emprende.

  • Dr. buenas noches, agradecerle de antemano por su respuesta. Mi duda es: trabajo en una I.E. Integrado (inicial y primaria) pero somos unidocente en cada nivel ¿a quién le corresponde la encargatura de funciones de dirección? yo tengo la II escala vigente desde el 01 de marzo de este año, la otra colega es del I escala. sin embargo la encargatura le dieron para este año en el mes de diciembre a la colega de I escala ni siquiera me evaluaron mi ficha escalafonaria porque hasta diciembre del año pasado todavía me encontraba en la I escala igual que la otra colega. ¿por lo menos nos deben de evaluar el escalafón a ambas? ¿esta vigente la norma que menciona que se le da la encargatura de funciones al docente de nivel superior en este caso primaria? ¿por ser unidocentes ambos niveles, a cada una debe encargarnos las funciones de dirección?

  • Dr. agradecerle de antemano por su respuesta. Mi duda es: trabajo en una I.E. Integrado (inicial y primaria) pero somos unidocente en cada nivel ¿a quién le corresponde la encargatura de funciones de dirección? yo tengo la II escala vigente desde el 01 de marzo de este año, la otra colega es del I escala. sin embargo la encargatura le dieron para este año en el mes de diciembre a la colega de I escala ni siquiera me evaluaron mi ficha escalafonaria porque hasta diciembre del año pasado todavía me encontraba en la I escala igual que la otra colega. ¿por lo menos nos deben de evaluar el escalafón a ambas? ¿esta vigente la norma que menciona que se le da la encargatura de funciones al docente de nivel superior en este caso primaria? ¿por ser unidocentes ambos niveles, a cada una debe encargarnos las funciones de dirección?

  • Sobre las encargaturas de jefe de taller, de laboratorio y asesores solamente estaran vigentes hasta el mes de mayo del 2019, que tanto hay de cierto esta informacion Dr le agradecere me responda si sabe algo de esto que nos dijo nuestro director

    • Fernando. No conozco que haya salido norma al respecto. Mientras no salga no se puede decir nada. Por el contrario, el MINEDU revisa la cantidad de evaluaciones que ha programado pues superan su capacidad de administrarlas. Saludos

  • Buen día, mi consulta doctor es sobre el siguiente caso: me nombré en una plaza de comunicación en secundaria pero cuando llegué una docente de la misma área había tomado algunas d mis horas para q complete aduciendo antigüedad ya que hubo reducción de aulas. Ahora la docente que estuvo en dirección en otro colegio va a volver a su plaza de origen pero ya no quedan horas completas para ella y me dicen rumores que yo, por ser la última nombrada debo ser racionalizada. Pero he leído que la docente no necesariamente debe volver ya que podría ser reubicada en una plaza semejante dentro de la jurisdicción. Por favor, a quién le corresponde quedarse? ¿Debería reclamar mis horas a la docente q tomó mis horas? ¿Cómo verificar el nexus? Gracias por su respuesta

  • No es específico la Ley de municipalidades; sin embargo se puede interpretar que si asume el cargo de director es pacible de vacancia al cargo de regidor. Invoco a que el MINEDU pueda pronunciarse al respecto. Apelo a su persona para que haga llegar dicha situación a quien corresponda. El cargo de Director es de mucha responsabilidad y requiere de tiempo completo.

  • Hola Soy docente encargada en el CETPRO HUAYCAN de la UGEL 6,resulta que desde el 2013 hasta octubre del presente año no existe libro caja de mi Institución, los estudiantes durante todos estos años depositan el dinero por mantenimiento de maquinarias en el banco de la Nación, el cual está bloqueada por malos manejos de dinero hasta hoy. Asumí la encargatura de directora el 25 de octubre, ya que después de más de 5 años la Ugel 6 tomó cartas en el asunto a raíz de la denuncia que hice como tesorera.
    Ya está encaminado la apertura de libro caja, pronto se activara la cuenta del banco y resulta que el especialista de Cetpros CISNEROS VALENTIN YON RICHARD de ugel 6 se presenta para el cargo de director en dicho cetpro sin tener experiencia en esta modalidad,nunca trabajó en cetpro doy fe de ello, además, nunca se preocupó de la situación que atravesaba nuestra Institución, siendo especialista trabaja en la Ugel 6 y en colegio básica alternativa Edelmira del Pando descuidando los cetpros, (Cetpros funcionan mañana tarde y noche) otra preocupación es que además del especialista de cetpro hay otro especialista de Básica Alternativa BARRIOS OYAGUE EDWIN del mismo área AGEBAT procedente de Ugel 2, del nivel secundaria que también está solicitando el cargo de Director del Cetpro Huaycan. la ONG SAHEE va a invertir en la Construcción y capacitación de nuestro CETPRO, y requieren el personal comprometido con la institución. Estas personas que pretenden el cargo del Cetpro no conocen nuestra realidad.
    La directora anterior era externa, estas personas también son externas y tienen influencias hacen lo que quieran con nosotros, ahora se están disputando el cargo, están apelando a los resultados. Me presenté a la evaluación y no consideran mi título de profesional técnico a nombre de la nación en Cosmetologia, ya que el Instituto cambió de razón social, hoy se llama I.S.T. Naciones Unidas. En el 2017 solicité solucionen este problema y solo lo anotaron en anotaciones y no en estudios académicos, me tienen esperando hasta el momento. Soy profesional técnico, licenciado en Educación, con resolución de méritos por proyectos realizados y ganado la inversión de la Unión Europea por medio de APROLAB en el Cetpro Nicolas de Piérola como directora, Desde el 98 en esta modalidad, desde el 2008 en Cetpro Huaycan. Estoy preocupada por esta situación, el Cetpro Huaycan el mas pobre de todos, ahora es la codicia de muchos. Hice mi reclamo espero me atiendan. lo invito a revisar los resultados en la pagina de la ugel 6 en administración de personal grupo C. http://www.ugel06.gob.pe/portal/ Le pido por favor su opinión o intervenga por el bienestar de nuestros estudiantes. Mil gracias.

    • Gladys. Una pena que algunos burócratas quieran ganar los puestos fácilmente. Lo único que puedo hacer es trasladar su preocupación a una de las autoridades de la Regional para que lo evalúen. No enviaré su mensaje pues puede comprometerla, sino expresar que deben cumplirse las normas sin favoritismos. Saludos

      • Gracias Señor Hugo
        Hoy se observa en la página de ugel 6 los resultados, donde indican que no cumplimos con el numeral 6.2.2.8 de la RM Nº 592-2018-
        MINEDU(mínimo dos años de haber laborado en el sector productivo). La plaza quedó desierta, pregunto convocarán nuevamente?, ya estamos a fines de año el cargo de la dirección culmina el 31 que debo hacer? .
        Quiero saber si el haber tenido salón de belleza mas de 20 años en el mercado laboral de servicios,puede facilitarme el acceso a este cargo, por salud tuve que cerrar, estuve expuesta muchos años a productos químicos. Todo el Asentamiento humano Horacio Zevallos me conoce por el salón de belleza “Yochi”, el tema es que laboré en la informalidad como muchos otros, ya que inicie mi negocio en un asentamiento muy joven donde no exigían ningún tipo de documentación de parte de la municipalidad. Trabaje también en un salón donde me pagaban semanal sin obtener un comprobante de pago de parte del establecimiento. Que puedo hacer Doctor Hugo Diaz. Puedo presentarme nuevamente si hay nueva convocatoria, alguna ley me lo impide? Mil gracias.

          • Estimado Dr Hugo serà posible que dos especialistas de la Ugel 6 del área de AGEBAT asuman el cargo de Director en mi Instituciòn Cetpro Huaycan?, nuevamente se presentaron, me siento impotente, como es posible que trabajando en la Ugel habiendo ganado concurso de esècialistas (orgullosos por el puntaje que obtienen) ahora pretendan asumir tambien la direcciòn del Cetpro. No entiendo si el Cetpro funciona mañana tarde y noche como asumirán el cargo, hasta el año pasado trabajaba el especialista en ugel y por la noche en basica alternativa.
            Me atrevì a denunciar a la Ex directora que estuvo por mas de 5 años sin regularizar el libro caja AFECTANDO A LOS Y LAS ESTUDIANTES. ellos no tomaron carta en el asunto, e inclusive antes de hacer la denuncia le comunique al especialista porque, existe también docentes que denuncian sin sustento,La ugel inmediatamente saco a la luz una resoluciòn que ya estaba desde hace mucho para una sanción de la ex directora.
            Asumì, el cargo por el nivel, en verdad estoy decepcionada de las autoridades, solo velan por sus intereses personales. Hoy es día de reclamo, como debo reclamar, si ellos tienen la sarten por el mango,pido su opinión Dr. Hugo.

          • Gladys. Haga el reclamo. Si tiene una buena justificación que siembre dudas sobre el procesonpresentelo al órgano de control de la Ugel y a la Defensoria del Zpueblo. Saludos

    • Manolo. La Ley de Municipalidades establece: ARTÍCULO 11 RESPONSABILIDADES, IMPEDIMENTOS Y DERECHOS DE LOS REGIDORES
      Los regidores son responsables, individualmente, por los actos violatorios de la ley practicados en el ejercicio de sus funciones y, solidariamente, por los acuerdos adoptados contra la ley, a menos que salven expresamente su voto, dejando constancia de ello en actas.

      Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción. Todos los actos que contravengan esta disposición son nulos y la infracción de esta prohibición es causal de vacancia en el cargo de regidor. Para el ejercicio de la función edil, los regidores que trabajan como dependientes en el sector público o privado gozan de licencia con goce de haber hasta por 20 (veinte) horas semanales, tiempo que será dedicado exclusivamente a sus labores municipales. El empleador está obligado a conceder dicha licencia y a preservar su nivel remunerativo, así como a no trasladarlos ni reasignarlos sin su expreso consentimiento mientras ejerzan función municipal, bajo responsabilidad. Saludos

  • Buenas noches, para postular a la asesoría de Ciencias la Maestría de administración de la educación vale ser considerado para el puntaje. Un docente reasignado en el aula de innovación con título de contabilidad y relacionado con. Área de EPT con título de contabilidad.que cuenta con título de Matemáticas pero que no tiene horas de dictado de clases, puede postular a la asesoría de Ciencias. Gracias por su atención. Es urgente

  • Si fui nombrada en la I.E. Moises Valderrama” y luego soy reasigna hace dos años a I.E. Jorge Pinto , ¿pierdo mi calidad de docente nombrada en I.E. Moises Valderrama”?.
    Pienso que mi situación sería docente nombrada en I.E. Moises Valderrama y reasignada I.E. Jorge Pinto. Me gustaría saber si es así que norma me ampara, porque justo quiero postular a una encargatura .

  • hola, soy profesora nombrada y trabajo hace 4 años en un eba pero avanzado y mi pregunta es en base al siguiente caso:Ya van dos años que pido la encargatura de la sub dirección del eba, tengo tercera escala, maestría y capacitaciones pero le dan la encargatura a un profesor de educación primaria que tiene tercera escala. Que requisitos necesito para asumir como sub directora encargada del eba?

  • Dr. Hugo Díaz, previo cordiales saludos, le consulto:
    Soy actual Director encargado en una I.E. a partir del 9 de enero al 31 de diciembre del presente año. Solicité a la UGEL hacer uso de mis vacaciones por adelantado, pero mi solicitud no fue aceptado, ya que el jefe de personal me manifiesta de que necesariamente tengo que cumplir un año de encargatura (09 de enero 2019) y ello, es imposible porque al 31 de diciembre fenece dicha encargatura. Todo ello, a pesar que le hice presente el DECRETO LEGISLATIVO Nº 1405, Artículo 2 numeral 2.2.2. La verdad, me parece que la instancia que le menciono, ¿no lo está interpretando la norma o es que estoy equivocado?.
    Por favor Dr., espero que me esclarezca mi consulta y en cuanto cumpla al 31 de diciembre ¿Aún tendrè el derecho de solicitar mis vacaciones proporcionales?

    • Jaime. Todos tienen derecho a las vacaciones luego de un año de trabajo. Me supongo que antes de la encargara usted ya trabajaba. No necesitaba cumplir el año de encargatura pues ustedla había estado desempeñando otros cargos. Creo que no hay una correcta interpretación d ella norma por la Ugel. Saludos

  • Estimado Doctor, es cierto que cuando un director titular va a hacer uso de sus vacaciones de 1 mes, puede designar la encargatura de la dirección a uno de su confianza al margen de la escala, siendo el caso que es un colegio de dos niveles en locales diferentes con código de plaza de director en el nivel de secundaria…. en todo caso a quien le corresponde la encargatura

  • Estimado Doctor Hugo
    Soy docente de Cetpro, Profesional técnico en Cosmética Dermatológica(3 años), Licenciada en Educación Física, con una maestría en gestión de la Educación, quinto nivel. Mi pregunta es, ¿puedo acceder a una encargatura de directora o especialista de Cetpro?.
    Mil gracias por su respuesta.
    Gladys.

  • Dr. Debo agregar a mi consulta anterior que el docente nombrado es de 40 horas que accedió al cargo el año 1991 mediante concurso publico, luego ingreso a la Carrera publica Magisterial, conociéndole las 40 horas pedagógicas. percibe por asignación al cargo la suma de 129 soles, mientras que un docente encargado percibe 180. soles. ¿Eso es correcto Doctor?

  • Bendiciones estimado Doctor Hugo.
    Usted es un gran conocedor de la problemática del docente peruano y nos ilustra de manera confiable, por ello mi consulta:
    Dr. Porqué un docente encargado en el cargo jerárquico de una I.E. percibe los 180 soles como asignación al cargo, mientras que en el mismo cargo un docente nombrado mediante concurso publico desde hace mas de 20 años percibe por el mismo concepto la suma de 129 soles?.

    • Margarita. Son las contradicciones de una Ley ue tiene que revisarse. Creo que la Ley de Reforma Magisterial requiere de cambios profundos en cuanto a escalas, políticas de bonificaciones, así como del sentido y las finalidades de las evaluaciones. Saludos

  • Estimado Doctor Díaz, en relación a los requisitos para ser Director en Instituciones Educativas Privadas, uno de los requisitos es tener experiencia mínima de cinco años como docente; por lo que quisiera saber si se refiere a cinco años lectivos o cinco años calendario, gracias.

  • Dr. Hugo, tengo una inquietud, soy docente de especialidad Primaria que aprobé la prueba única nacional en concurso de acceso a cargos directivos, la pregunta es: ¿puedo adjudicarme en una plaza de Secundaria? o sólo me corresponde adjudicarme en una plaza de Primaria. Gracias

  • Buenas tardes dr. Actualmente trabajo como docente del nivel inicial como contratada, asimismo tengo el cargo de regidora en un distrito vecino,¿cómo docente contratada puedo ejercer mis funciones de regidora asistendo a las sesiones de concejo?, desde un inicio solicite licencia con goce de haber para ejercer la funcion edil, sin embargo hasta la fecha no tengo respuesta. ¿Es cierto que como docente contratada no puedo acceder a esta licencia con goce de haber?.

  • DR Buenas noches, Estoy ocupando el cargo de la SubDirección de Secundaria como encargado, ahora el Director que es designado pide Licencia por fallecimiento de Padre, a quien le corresponde asumir el cargo durante su ausencia, ya que en la I.E. La Subdirección de primaria es desiganada. Gracias por su respuesta

  • BUENAS TARDES TENGO UNA CONSULTA:
    ME NOMBRE EL AÑO PASADO EN UNA PLAZA UNIDOCENTE, ME ESTUVIERON PAGANDO LA ENCARGATURA DE DIRECCIÓN PERO AHORA ME DICEN QUE ME DESCONTARAN PORQUE NO SALIO LA RD DE LA ENCARGATURA MI PREGUNTA ES ¡¿TENGO QUE TENER LA RD DE ENCARGATURA PARA RECIBIR EL PAGO, SI ES UNA PLAZA UNIDOCENTE Y QUE DEBO HACER PARA QUE NO ME DESCUENTEN DE LOS 4 MESES QUE ME PAGARON DIRECCIÓN?

  • Buenas Noches Dr.Hugo…Soy subdirectora de una I.E. de zona rural, donde el director es una persona prepotente, abusivo con el personal, el CONEI no existe para él, hace y deshace los recursos de la institución, incluso no cumple su horario establecido, con el cuento que sale a realizar gestiones en la UGEL nunca se le encuentra a partir de las 12 y al día siguiente marca su hora de salida normal como si hubiera cumplido su horario, esto es de todos los días. Realice una denuncia ante la UGEL, el 04 de enero del presente año, hasta la fecha no obtengo respuesta al respecto, pero el tomo represalias ante mi persona mediante un mal informe sobre mi labor pedagógica, la cual absolvi con pruebas..anteriormente tiene diversas denuncias sobre abuso de
    autoridad pero es intocable porque incluso habiendo de por medio una resolución en donde se pide abrir proceso administrativo en el 2016, este nunca se realizo…que acciones aparte de esta denuncia que no prospera ante la UGEL puedo realizar?

    • Anónimo. Primero insista en la demanda ante la Ugel. Si es posible busque firmas de respaldo de padres de familia. Segundo, hágalo notoriamente. Tercero, envíe copia de su denuncia al órgano de control de la Ugel y la DRE, también a la Defensora del Pueblo. Saludos

  • Deseo saber porqué no pagan a los directores encargados los meses enero y febrero si ya estamos dentro de la R.S.G.N 208-2017-MINEDU,soy director encargado de una I.E. primaria multigrado, además todavía no efectivizar los pagos del mes de marzo, a que se debe la demora.Gracias

  • Soy profesora coordinadora de Pronoei. Nombrada desde el año 99. Nunca he postulado a ninguna evaluación para ascenso y aún asi en mi boleta figura: Régimen Laboral: 29944. pensé que para pertenecer a la reforma educativa este era un proceso voluntario. le agradeceré aclarar mi duda ya que no tengo ningún interés en pertenecer a la Reforma Educativa.

    • Lourdes. No es así. Antes con la Ley de Carrera Pública Magisterial el proceso era voluntario. Con la Reforma Magisterial el 100% de los docentes pasó de donde estaba (CPM o Ley del Profesorado) al nuevo régimen. Saludos

  • Buenos días, Dr. Hugo son docente del nivel inicial con encargatura de dirección, percibía mensualmente el pago de maestria pero ahora no me están pagando ya que dice la UGEL que al asumir la dirección no me corresponde. Gracias por su recpuesta.

  • Dr hugo buenas dias para informarle que en el ceba 3030 ugel 02 se esta cobrando por matricula 30 soles cada año piden por matricula y el director no nos dice en que gasta el dinero la ugel entrega papelotes cartulinas pero los estudiantes no tenemos y nos hacen comprar.Al director no se le encuentra en el colegio viene firma y se va y no rinde cuentas a nadies

    • Noelia. Depende de usted.De buscar su traslado a otro centro educativo. Tiene que evaluar las ventajas y desventajas de hacerlo. Las oportunidades de capacitación, de buen clima de trabajo, etc. No todo es ascenso de puesto. Saludos

  • AMIGO BUENAS NOCHES ME PODRIA ILUSTRAR RESPECTO A UN TEMA, DIGAME CUANDO EXISTEN DOS PROFESORES DE SEGUNDA ESCALA , Y UNO DE ELLOS ES EL DIRECTOR ENCARGADO TODA VEZ QUE ES MAS ANTIGUO EN TIEMPOS DE SERVICIOS , PERO EL CASO ES QUE EL OTRO PROFESOR ASCIENDE EN EL MES DE DICIEMBRE DE ESTE AÑO AL TERCER ESCALON , PERO YA EN EL MES DE NOVIEMBRE SE HIZO EL CONCUURSO PARA DIRECTORES ENCARGADOS Y LO RATIFICAN EN SU CARGO COMO DIRECTOR ENCARGADO PERO EN EL MES DE DICIEMBRE ASCIENDE EL OTRO PROFESOR AL TERCER ESCALON ,, DIGAME ES FACTIBLE IMPUGNAR DICHA RESOLUCION TODA VEZ QUE EL OTRO DOCENTE ES DE TERCER ESCALON Y EL DIRECTOR ES DE SEGUNDO ESCALON

  • buenas tardes, para el presente año 2018, desde el o1 de enero vengo ocupando el cargo directivo de subdirectora de una I.E., cuya encargatura finalizará el 31 de diciembre del presente. Me corresponden vacaciones? Cuando haré uso de mis vacaciones?. Gracias pór la respuesta.

    • Rosa María. Supongo que usted trabaja desde hace años en el sistema. Si ya tiene más de un año le corresponden vacaciones. Las mismas debe coordinarlas con el Director para que no haya mes en que alguno de ustedes este presente. Las mismas deben utilizarse entre los dos primeros meses del año. Saludos

  • Ante todo muy buenos día deseo si puede interpretar el DS 345 de fecha 25 de noviembre del presente año que habla sobre el pago de directores designados y especialistas designados, que si bien es cierto esa bonificación ya se les esta cancelando crea suspicacia que vuelva a salir este documento a esta altura del año y asimismo menciona que el pago es desde el 1 de febrero del presente año, cuando a nosotros nos empezaron a cancelar desde el 13 de febrero. Esperando su análisis.
    Gracias por su respuesta

  • PARA EL AÑO 2018 LAS ENCARGATURAS DE DIRECCION ; DONDE ESTA LA MERITOCRACIA.
    EL 2017 ASUMÍ UNA ENCARGATURA POR CONCURSO, DE UNA I.E. DONDE NO SOY NOMBRADA, ESTE AÑO SOLICITE LA RATIFICACION O POR LO MENOS CONCURSAR Y ME DIJERON QUE NO PODÍA PORQUE NO SOY NOMBRADA EN LA I.e DONDE EXISTE LA VACANTE. ME PARECE INJUSTO NO PODER PARTICIPAR DEL CONCURSO. ME PARECE INJUSTO

  • Dr. HUGO, buen día saludos.
    Quiero saber Dr. si me corresponde lo siguiente soy director designado, cuento actualmente con aula a cargo 40/30 horas, la I.E. tiene 3 niveles inicial, primaria y secundaria; 2 secciones de inicial, 6 secciones de primaria y 4 secciones de secundaria, en total 13 docentes. Dr. me corresponde 40/0 horas y no tener aula a cargo. Y si es así que tengo que presentar a la UGEL si me corresponde.Gracias Dr. por su comentario.

  • Estimado Dr. Hugo Diaz: De antemano gracias por la atención de mi consulta. Dr. la Norma que regula el procedimiento para el encargaturas de jefaturas de Laboratorio I de CTA, tiene entre los requisitos y criterios de evaluación considera lo siguiente:
    Que el docente que tiene resolución de sanción por 5 años,presenta declaración jurada falsa, restringido por el minedu al examen de ascenso. Ha podido y esta asumiendo la Jefatura de Laboratorio, sin que ninguna autoridad de la Ugel 05 SJL o la Institucion IEE AOE de Zarate se pronuncie. Esto es correcto, a mi parecer , esto es algo indebido.

  • Sr. Hugo buenas tardes le escrbi para saber si hay alguna norma donde indique que la encargatura de direccion por uno o mas dias el director puede dejar a cualquier persona.. ya que siempre el director deja a una docente como encargada porque el se falta siempre,, y esta directora encargada por uno o mas dias comete muchos abusos….ya s ele indico al director sobre la situacion pero como es su amiga ….entonces no le dice ni hace nada… entonces necesito la norma por favor…

    • Robert. La norma mas específica es laRSG 208-2017 MINEDU NORMAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO PARA EL ENCARGO DE PLAZAS VACANTES DE CARGOS DIRECTIVOS, JERÁRQUICOS, ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN DOCENTE Y ESPECIALISTAS EN EDUCACIÓN. El resto debe estar especificado o en una norma particular de la Ugel o en el Reglamento interno de la institución. Saludos

  • dr buenas noches soy docente y tengo la encargatura de la direccion de mi institucion dos años, pero no me pagan segun dicen que en el año 2016 no pagaban porque era un colegio nuevo ya tenia tres años y en el 2017 no me pagan porque solo sale la resoluion para funciones, la plaza salio a concurso pero nadie quiso y empezaron los problemas porfavor sr que hago

  • Soy coordinadora pedagógica y se me cito el 28 de noviembre para evaluación de desempeño pero no fui evaluada, ahora el director me dice que después ya estamos diciembre y me sigue paseando lo cual lo considero una burla y falta de respeto a mi persona, ya que mis demás compañeras ya fueron evaluadas en la fecha indicada…y yo todavía no ¿qué hago?, necesito la evaluación porque debo presentarme a una convocatoria…

  • Estimado Dr. Hugo agradecer por este espacio para elaborar consulta.
    En La UGEL 04 no han publicado plazas por función del CETPRO. CARABAYLLO, ya que el docente encargado actual no cumple con el perfil al ser docente del II NIVEL, según la RSG Nº 208-2017, los docentes que tenemos los requisitos como postulamos si no han publicado la plaza que debemos hacer, si ellos han ratificado a Directores sin cumplir la norma.No revalorando la carrera docente.
    Por favor cuales son los pasos a seguir.
    Soy una docente del VI nivel y deseo participar en la encargatura por función.

  • Estimado Dr. Hugo: De antemano gracias por la atención de mi consulta. Dr. la RSG Nº 208-2017 Norma que regula el procedimiento para el encargo, entre los requisitos y criterios de evaluación considera lo siguiente:
    De los requisitos específicos:
    6.3.1. Para las plazas de cargos jerárquicos:
    a) Estar ubicado entre la segunda y octava escala magisterial

    6.4. De los criterios de evaluación para calificar los expedientes:
    b) Tiempo de servicios oficiales: Máximo de 12 puntos
    Se otorga un (1) punto por cada año de servicios oficiales en la carrera como profesor nombrado en la modalidad, forma, nivel o ciclo respectivamente, según corresponda al cargo que postula, adicionales a los años de experiencia como docente de aula requeridos como requisito.
    Según estas consideraciones a un profesor de cuarta escala con 15 años de servicio a partir de su nombramiento ¿Cuánto de puntaje se le asignaría?
    Bendiciones.

  • Dr. buenas noches, soy docente del nivel primario, la subdirectora se va de vacaciones, ¿cuál es el procedimiento para cubrir esta plaza?
    Tengo entendido que primero es la escala, luego los años de servicio y luego la permanencia en el centro. ¿Eso es así? Sáqueme de esa duda por favor. Gracias.

  • Dr. tenga Ud. buen día, mi consulta es la siguiente:
    Soy director encargado de una institución rural multigrado, y tengo una permanencia de 16 años en la misma institución. Este año en el mes de marzo llegó un docente a la institución, y resulta que ahora aparece con un oficio de encargatura de dirección aduciendo que le corresponde porque tiene más tiempo de servicios. ¿le corresponde Dr.?

  • buenas tardes Dr. Hugo un saludo a la distancia, la presente es para hacerle llegar mi inquietud sobre el incremento del bono por el desempeño del cargo de Director y Sub director de I.E, que esta contemplado el la ley del presupuesto publico del presente año, quisiera saber porque hasta el momento, estando ya a medio año, el MEF, hasta el momento no refrenda del DS, para hacer efectivo dicho incremento, dado que el nos reconoce actualmente, no es compensable con la gran responsabilidad que tenemos que afrontar en nuestra función y mas aun, que ahora para cubrir pasajes para nuestra capacitación que va hacer convocada por el MINEDU

  • Dr. buenas noches, un saludo afectuoso a su persona.
    Dr. En la institución Educativa en la cual laboro el año pasado un docente nombrado salió por racionalización y se fue a otra institución Educativa en la cual la directora de esa institución no lo quiere en su colegio y está quejándose en la UGEL- DRE del mencionado docente. Dr. La resolución de racionalización puede ser anulada por la UGEL. procede este caso o ya no se puede anular esa resolución. Gracias por su comentario Dr. Hugo.

    • Disculpe la desubicacion de la pregunta, fue referente a las encargaturas que le respondió sobre los pagos a los encargados de dirección y jerárquicos que venimos de la Ley de profesorado, a Nelly el 23 abril 2017, le responde: “Nelly. Es el problema que todavía subsiste con los encargos. Se ha solicitado al Minedu que arregle esta situación….” por eso referente a esa respuesta le hice las preguntas:¿de qué manera se ha solicitado al Minedu que arregle esta situación? y ¿en qué tiempo debe dar una respuesta? o se tendrá que esperar años como se viene esperando hasta ahora?

      • Profculla. El pedido es que se aplique una sola ley y que no haya diferencia de trato entre encargados y titulares. Nosotros cumplimos con detectar el problema y denunciarlo. El resto le corresponde al ejecutivo. Saludos

  • Sr.Hugo soy docente de VI escala y desde octubre 2016 hasta la fecha estoy asumiendo una encargatura por licencia por salud de mes en mes.
    No me deberian reconocer al menos mis horas trabajadas. Ya q trabaje hasta en mis vacaciones . Me han dado solo adicional de 140 en un mes en otro 95.

    O es que por lo qs licencia no me revonocen el pago.Graciad por su respuesta.

  • Dr. Hugo, Le saludo cordialmente.
    Soy extrabajador contratado en plaza docente y fui destacado el 2016 para laborar en una UGEL, en el cargo de Racionalizador, finalizando este vinculo laboral el 31/12/2016, pero por necesidad de servicio me llaman para seguir laborando enero y febrero del 2017 en el mismo cargo, el 17 de enero de año en curso me designan como presidente de la comisión de adjudicación docente 2017, con acto resolutivo, pero para ejercer dicho cargo me encargan las funciones de la Oficina de Planeamiento y de desarrollo organizacional (AGI), el 26 de enero, TECNICAMENTE este vinculo termina el 28 de febrero puesto que terminan mis vacaciones y en tanto el 1 de marzo me adjudican en un plaza docente en una I.E. de la jurisdicción y sigo ejerciendo los cargos mencionados pero no hay ningun documento en la cual me destacan a la UGEL, y tan poco hay un documento en la cual nuevamente me consignan las funciones de AGI y de presidente de la comisión de contratación 2017.

    ESTIMADO DR. según lo planteado se a omitido algún proceso administrativo.

    • Britaldo Lo que debe hacer es solicitar los certificados de desempeño de cargos que ha tenido en estos últimos tiempos. Es importante porque las resoluciones de contrato parece dicen otra cosa y usted necesita resguardarse. Igual tendría que ser con lo que actualmente le están encargando. Saludos

  • Esta es la respuesta del MINEDU a la consulta del pago de encargaturas.
    Estimado Prof. Ernesto, buenas tardes:

    Para el pago de las encargaturas a los profesores comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial, de acurdo a lo que establece la Ley de Presupuesto 2017, se toma como referencia las asignaciones por cargo otorgadas en el régimen laboral de procedencia del profesor.

    La precisión señalada en el citado oficio múltiple es para aquellos profesores nombrados en los concursos de nombramiento (a partir de marzo 2016) bajo los alcances de la Ley de Reforma Magisterial (ellos no provienen de la Ley 24029 ni de la Ley 29062).

    El oficio múltiple está dirigido para los técnicos y responsables de planillas a través de su Director (de UGEL o de DRE), quienes son los que entienden los códigos de haberes y las especificaciones técnicas.

    Atentamente

    ESPECIALISTA MINEDU

  • Dr. deseo consultar respecto a una acción administrativa del año 2004 y 2005, cuando se creó un a Institución Educativa, sin embargo la UGEL no expidió resolución de encargatura de Dirección, solicito su apoyo con la norma que indica que una IE no puede funcionar si no hay un director encargado o nombrado. Gracias de antemano

    • Oscar. No conozco suficientemente el caso que narra. Ignoro que haya norma que especifique lo que dice. Si puede haber instituciones donde el director no está formalmente designado y la institución funciona. Claro que debe regularizarse esa situación pues sino hay problemas con los certificados, actas, etc. Saludos

  • DR HUGO BUENAS NOCHES.
    DE ACUERDO A LA RVM Nª 076-2015 SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LAS ENCARGATURAS DE DIRECCION. MI PERSONA NO PUDO ACCEDER A DICHA EVALUACIÓN POR ESTAR EN LA 3 ERA ESCALA.
    LA DRE PUBLICO 19 PLAZAS PARA ENCARGATURAS Y SOLO SE PRESENTARON 9 DE LA 4TA ESCALA, QUEDANDO 10 PLAZAS.
    EN EL NUMERAL 7.18 DICE QUE LAS PLAZAS DESIERTAS SERAN CUBIERTAS EXCEPCIONALMENTE CON PROFESORES QUE SE ENCUENTREN UBICADOS EN LA TERCERA, SEGUNDA O PRIMERA ESCALA EVALUADOS DE ACUERDO AL NUMERAL 6.4. DR. HUGO DE ACUERO A LOS NUMERALES MENCIONADOS MI PERSONA PUEDE ACCEDER A UNA PLAZA DIRECTIVA?. NECESITO QUE ME ORIENTE POR FAVOR. LE AGRADEZCO SU APOYO.

  • Dr. Hugo
    Me gustaría saber porque es la diferencia en el pago de las encargaturas de dirección entre un docente que perteneció a la carrera publica magisterial y otro de la ley del profesorado,tengo 2 colegas que están en el III nivel a una de ellas le paga S/160 soles y a la otra docente S/600. soles ¿Por que esa diferencia si ambos docentes estan en la misma ley? gracias por su respuesta

  • Me gustaría saber quienes son considerados coordinadores del sector educación. Existen aquellos que perciben un sueldo pero los que no perciben un sueldo pero igual asumen las funciones de ser coordinadores por ejemplo de TOE son considerados también coordinadores del sector educación. Cuál sería la diferencia en ventaja o desventaja para postular a una plaza en donde solicitan coordinadores en el sector educación …tienen igual peso los coordinadores de gestión del riesgo, TOE, etc. ya que éstos son designados con resolución directoral institucional.

  • DR HUGO BUENAS NOCHES PAR CONSULTARLE COMO SERÀ EL PROCESO DE ENCARGATURAS PARA EL 2017 DE ACUERDO A LA R.V Nª076-2015, OFICIO MULT. 093-2016 MINEDU,OFICIO 048-2015 MINEDU , OFICIO MULT. 043-2015 MINEDU.
    *EL ANEXO 01 PARA QUIÈNES ESTA DIRIGIDO ESTA EVALUACION DE DESEMPEÑO.
    *SE TOMARÀ EN CUENTA LAS ESCALAS.
    * EN LA PRIMERA FASE SE DESIGNÒ A TODAS LAS DIRECTORAS.SOBRANDO PLAZAS.
    ES POR ELLO QUE HAN CONVOCADO A CONCURSO DE ENCARGATURAS PARA DIRECCION.

  • Mi consulta es: con las modificaciones realizadas ayer a la ley: -Ya se sabe a cuánto asciende el aumento por escala?
    – se pagará las encargaturas de asesorías por 40 horas como debe ser, o se le seguirá asignando los 2 soles y céntimos?.
    Gracias por su atención.

    • Rosario. El Ministerio ha propuesto que la diferencia entre la I y VIII escala sea de 2.1 y además propuso una diferenciación entre escalas. Lo que no estoy totalmente seguro es que los porcentajes de aumento escala por escala sean los mismos propuestos. Debemos esperar unos tres o cuatro días que salga el texto oficial aprobado. Lo que todavía subsistirá el 2017 es el pago de encargaturas con los problemas que ahora tiene. Saludos

  • Dr. Buenas noches y gracias por su respuesta por favor tengo otra duda en el Of. 098 que norma el pago por encargatura de dirección menciona que los docentes de I.E Unidocentes y Secundaria percibirán una asignación por jornada de trabajo adicional pero están afectos a un 65% a cargas sociales, esto se aplicará al monto total a recibir durante el año o este 65% se aplicara por cada mes.

  • Dr. digame en el caso del documento OFICIO MULTIPLE N°098-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN del 29 de diciembre del 2016 sobre pago por encargatura de direccion , me puede esplicar sobre ls unidocentes que hemos acendido recien en el examen del año 2014 . tenemos derecho a pago por esa funcion. Yo estoy en la IV escala y tengo encargatura de funciones de direccion , mi plaza es de 30 horas, ESTA ENCARGTURA LA TENGO DESDE EL AÑO 2002 y nunca percibi remuneracion alguna por esta función. Gracias.

    • Patricia. La norma parte del principio de que su escuela es de maestro único, por tanto usted es el docente que por ser único también adquiere las funciones de director. Lo que le dan son otras bonificaciones pero no la de directivo pues para ser directivo se requiere que tenga mando sobre otro personal y eso no sucede Saludos

  • Mi estimado Sr Hugo Díaz el caso que comenta el Sr Jorge Pedro es similar a mi caso pese a haber cumplido mi funciones correctamente el año 2016 el director recién hizo mi ficha de evaluación cuando presente un documento de reatificacion puesto que el mismo director ya me había elaborado una ficha favorable 18 puntos de 20 como docente fortaleza y tener acta de reuniones colegiadas de los docentes de mi área de mi especialidad CTA Y AL impugnar esa ficha me amenazan con igual desaprobarme en el CONEI. Los docentes merecemos respeto tenemos ética profesional cosa que no demuestran muchos directores nuevos que saben que si se les denuncian quedan bien librados y los que no los procesos durán cerca a 2 años o más de seguimiento constante en la UGEL .Los directores son los primeros en avatar la normas pero cuando no quieren a un docente que les sea más “manejable” optan por ponerlo a él y responden ,”si quiere denuncieme”. Donde esta el Líder Pedagógico el Clima Institucional donde hay una oficina que dirima soluciones rápidas ante el peso de las normas que los directores no quieren cumplir para adueñarse de la institucion e imponer sus ideas sin por ninguna crítica. Lástima que no pueda llevarme bien con una persona que abusa de otras y por temor se quedan calladas es lo que busca el gobierno mantenernos en letargo en pacto de hablar a media voz. Al igual a los padres queque quieren poner a sus hijos en colegios emblemáticos los directores ponen las condiciones de Matricula sin ton ni son como alumno destacado o deportista. La carrera docente no es p
    ara buscar quedar bien con el director si no es crítico que va a enseñar a sus alumnos que acepte sumiso al superior el querer halagarlo y decirle si a todo. Exijo un explicacion por que al igual que otras carreras somos profesionales y nos avala únicamente nuestro trabajo pese al bajo sueldo que recibimos Muchas gracias.

    • Juan. Lamentablemente es el cuerpo de directores y de docentes que tenemos con el cual no hemos trabajado suficiente para que puedan desempeñar mejor sus tareas. Estas cosas van a seguir pasando en la medida en que no hagamos mayores esfuerzos de formación y capacitación, así como identifiquemos un mecanismo de seguimiento de las actividades de cada quien. Como ice, no basta ver el cumplimiento de la norma sino la justicia y oportunidad en la que se aplica. Saludos

  • Dr. Hugo, previo saludo le deseo hacer conocer la injusticia que estoy viviendo en la institución donde estuve encargado como jefe de laboratorio con IV escala de la CPM en otra I.E. según la 076-2015 – MINEDU, resulta que la Dirección no cumplió dicha norma para la ratificación de ancargaturas para el año 2017, el suscrito no fue ratificado ni hubo evaluación de desempeño hasta fines de diciembre y según el Director todo documento me sería desfavorable nada más por no haber puesto S/. 125,00 para el festejo de la fiesta de la inmaculada concepción, a pesar que era de conocimiento del director mediante una solicitud desde junio 2016 por mi religión, y hasta el momento no desea entregarme tampoco la ficha de evaluación de desempeño, y por la actitud que tomó el sr. Director es un abuso de autoridad, dígame que hago.

    • Jorge Pedro. Situación difícil la que pasa. Siempre hay que tratar de llevarse bien con el director por ser la primera autoridad de la institución. Trate de hacerlo de lo contrario es difícil que pueda superar problemas como el que cuenta. Saludos

  • buenas tardes que el director de I.E. a sido separado del cargo mientras se decida si apertura o no proceso disciplinario y puesto a disoosiicon de la UGE este director puede encargar la direcion al prodfesor de su elccion, y si se le parturo proceso subsiste la encargatura dejada por el , esta disignacion a causado malestar en la comunidad educativa tanto profesores como docentes no estan de a cuerdo, es procedente esta designacion
    me puede dar respuesta.

    • Edilberto. No conozco suficientemente el caso. Supongo que será una emergencia para no dejar el cargo sin cubrir temporalmente. En todo caso ustedes pueden solicitar a la Ugel que les explique oficialmente los criterios de tal decisión. Saludos

      • Tenga usted buenas tardes, le consulto si soy un docente de EBA donde todos los docentes son contratados y tenemos en el CEBA 5 secciones de ciclo avanzado al asumir la encargatura de la dirección me asiste o no trabajar solo doce horas en aula según la norma para el año lectivo 2017 o por ser contratado no me asiste, otra mas cual sería la norma con que me ampararía para reclamar mis derechos si es que lo tengo.

  • DR. HUGO DIAZ. ANTE TODO QUE EL AÑO 2017 SEA MUCHO MEJOR EN TODO ASPECTO PARA SU PERSONA.
    APARTE DE ESO SI ES VERDAD O NO QUE EL DECRETO SUPREMO 370-2016 ES PARA PAGAR LAS ENCARGATURAS DE LOS PROFESORES QUE PROVIENEN DE LA LEY DEL PROFESORADO EN IGUAL MONTO QUE LOS PROFESORES QUE PROVIENEN DE LA LEY CPM. ES UNA INCERTIDUMBRE TOTAL.
    POR FAVOR SI PUDIERA AVERIGUAR PARA SABER A QUE ATENERNOS EN ESTE 2017.

  • En el colegio donde laboro han elegido a asesores en asamblea por votación sin respetar la meritocracia de los docentes de IV y III escala aduciendo que no han cumplido bien sus funciones. Está bien ese proceder son los maestros quienes deben evaluar la performance de los jerarquicos y no los directivos? ¿Qué dice la ley al respecto?

  • Doctor hugo buenas tardes, soy director encargado de una i.e. de la ugel cajamarca y he ganado recientemente el concurso de especialistas de secundaria en otra ugel y quería saber cual es el procedimiento a seguir para dejar mi puesto actual y pasar al puesto de especialista de ed. secundaria

  • Dr. Hugo Buenas noches, soy docente con tercer nivel de la escala magisterial, con 30 horas pedag. En un CETPRO de la UGEL 4, que no tiene plaza de dirección, por tener solo 4 secciones, motivo por lo que asumí la encargatura de direccón por funciones con RD desde mayo al 31 de diciembre 2016, por lo que a pesar de trabajar 40 horas cronológicas, solo adicionaron a mi sueldo de 30 horas pedag. una boleta de pago por S/.165.00. Eso no es todo, se me propone continuar con la encargatura a partir de e ero. Mis preguntas son:
    1.- Tendré algún reitegro que cobrar por la encargatura 2016?
    2.- Me pagarán un sueldo adicional al que me corresponde por mis vacaciones de enero y febrero como docente?
    Gracias por su tiempo en responder mis preguntas..

  • DR. HUGO DIAZ. POR FAVOR UD. QUE TIENE MAS CERCANIA CON EL MINEDU AVERIGUE SI ESTE DECRETO SUPREMO TAMBIEN ES PARA LAS ENCARGATURAS QUE PROVENIMOS DE LA LEY DEL PROFESORADO. OJALA CON LA NUEVA MINISTRA QUE ES UNA EDUCADORA SE HAGA JUSTICIA. SI ES ASI SOLO ESPERARIAMOS LOS DEVENGADOS DE LO ADEUDADO.

  • Doctor Hugo, ha salido esto ayer, me gustaría saber si es para el pago de encargaturas a los que proceden de la Ley del Profesorado.
    Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de encargaturas en cargos jerárquicos, directivos y de especialistas en educación. DECRETO SUPREMO Nº 370-2016-EF.
    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.

  • bUEN dia , quisiera que resuelva mi duda por favor, soy docente contratado, cubro la licencia de un docente de provincia, que gano concurso publico para director en Lima, el tema es que a pesar que en mi resolucion de contrato por la ugel menciona la plaza que tengo que cubrir, hay una docente nombrada en la I.E. donde laboro que desea coger justo el aula donde yo estoy laborando, amparandose que ella es nombrada y yo como contratado debo ceder mi aula y cambiar con el de ella.
    por favor agradecere cualquier ayuda, con base o sustento legal. gracias.

  • Doctor quisiera saber si e Ministro ya presentó los cambios que se hará a la Ley de Reforma magisterial. Nos dicen que la educación será prioridad en el Gobierno de PPK pero veo la misma lentitud que con Humala. Espero que el aumento se haga desde enero y no desde marzo y que sea unos 300 soles. Pero seguiremos esperando. Gracias por su respuesta.

  • buenas tardes señores del ministerio mi consulta es la siguiente: necesito saber si se va a pagar a los docentes que nos nombramos el 2016 por encargatura de direccion, ya que tenemos conocimiento de que los docentes que que se nombraron anteriormente vienen cobrando por encargatura. soy docente del nivel inicial en una institucioon unidocente. Gracias

  • Soy docente de educación primaria el año pasado me sacan por excedencia y lo dejan a la directora designada, sabiendo que en una plaza unidocente una directora no puede desempeñarse pero sin embargo hasta la fecha lo mantienen, lo apelé a la autoridad superior, donde sale el fallo de retrotraer el proceso la UGEL se niega en dar cumplimiento a donde puedo presentar mi queja. frente a la irregularidad de los funcionarios de la UGEL. ya que estos señores me están maltratando psicologicamente y moralmente, espero sus alcances.

  • Dr. Actualmente estoy en una encargatura de Dirección, y según la R.M. 572-2015, que norma los encargos. señala que en el mes de noviembre se puede postular a la renovación en el cargo. Sin embargo, la plaza que ocupo ha salido para el presente concurso de directivos. En este caso, ¿queda sin efecto la 572? o en todo caso ¿puedo tener una prioridad en en dicho concurso en la elección de dicha plaza?

  • Soy docente del nivel secundaria. Cuento con 26 años de servicios oficiales y estoy en la VI escala magisterial, desde diciembre del 2014.Pienso cesar -Dios mediante- dentro de 03 años. Mi pregunta es la siguiente: Como cesante, ¿cuánto ganaría aproximadamente? El problema es que me faltan muchos años para llegar a los 65 años que obliga la ley actual. Un abrazo y muy agradecida por su pronta respuesta Dr. Díaz

    • Karito. El problema suyo es el que define el calculo de la pensión. Es decir, que la función se calcula en función e cuantos años le faltan para llegar a los 65. Si le faltan muchos saldrá perjudicado, con una pensión relativamente baja. Saludos

  • Buenos días Doctor Hugo,hoy me adjudicarán la plaza por encargatura de subdirección,ya que la subdirectora ganadora del concurso cumplio 65 años.Que consejos me daría para desempeñar bien el cargo, además quisiera saber si me pagarán un monto adicional.Estoy en la V escala pero no tengo experiencia alguna. Muchas gracias por su atención.

  • Doc. Hugo una consulta, un docente de aula de innovación gano el concurso de jefe de Gestión Pedagógica, pertenece a la UGEL CUSCO, y gano el concurso para la UGEL CALCA, es obligatorio que solicite licencia por desiganación de cargo, por que la profesora que le esta reemplazo en su institucion hasta la fecha no cobra sus remuneraciones desde el 01 de Agosto.

  • Dr Hugo buenas noches, soy jefe(e) de laboratorio con una jornada de 40 horas y 12 horas de dictado de clases en 5to año. Con las horas adicionales el director a dispuesto que yo me encargue de realizar la nivelación en 2do año, pues dice que todos los profesores tienen que realizar esa tarea. Esta dentro de mis funciones realizar esa labor?. Muchas gracias

  • Dr. GRACIAS X SU RESPUESTA…. LA VERDAD ES Q TODOS NOS PREGUNTAMOS PARA CUANDO NOS PAGAN LAS ENCARGATURAS PUES GENERA MUCHOS GASTOS CUANDO QUEREMOS ASUMIR DE MANERA RESPONSABLE Y DEDICADA X FAVOR YA Q USTED TIENE CIERTA CERCANÍA CON EL MINISTERIO, RECUERDELESDE ESTA DEUDA. GRACIAS

  • DR. HUGO. QUISIERA SABER ASI COMO MUCHOS DOCENTES QUE ESTAMOS EN LA MISMA SITUACION SI AVERIGUO ALGO SOBRE NUESTRO PAGO A LOS PROFESORES ENCARGADOS DE JEFATURAS DE LABORATORIO, EN EL ULTIMO DE LOS CASOS QUE PASO SOBRE LA BONIFICACION DE 300 SOLES QUE SALIO EN MAYO DEL 2016 Y HASTA AHORA NO SE HACE EFECTIVO.
    YA SI UD ,QUE ES PRESIDENTE DEL CNE, NO PUEDE INTERCEDER POR NOSOTROS, NO PODEMOS ESPERAR MUCHO DE ESTE NUEVO GOBIERNO.

  • Dr. se puede renunciar a una encargatura de dirección que solo es por funciones y mas no es remunerado? le digo esto ya que me esta ocasionando mucho gasto y demanda tiempo que puedo aprovecharlo para otro trabajo… gracias por su respuesta…

  • Doctor Hugo buenos días, Dios mediante muchas bendiciones. Soy Subdirectora de una IE primaria,el Director gano la convocatoria para direcciones de UGELs convocado por minedu que asumieron el 1 de agosto. Me apersono a jefatura de personal de la UGEL Puno y me dicen que no me corresponde la dirección por que hay un rankig de diciembre 2015 que prevalece de donde designan la directores por renuncia. Es so vàlido. Gracias por su asesorìa.

    • LO que se busca aplicar ahora es que las plazas sean asumidas por concurso de mérito. Posiblemente en Puno lo que hubo es profesores que aprobaron el concurso para ser directores y no hubo plaza. Ahora les están asignando una. Saludos

  • Doctor me nombre en una I.E unidocente y cumplo mis funciones el 1 de marzo del 2016. Y hasta la fecha no percibo por encargatura de dirección pese a que ya tengo la resoluciòn por 40 horas cronológicas. ¿qué debo hacer o a quién recurro para ver este asunto? gracias por su respuesta.

  • somos un grupo de profesoras unidocentes con resolución de direccion la mayoria pasamos de 30 años de servicio pero nos falta todavis para jubilarnos y hasta el mes de mayo nos estuvieron pagando por 40 horas y desde el mes de junio nos han bajado a 30 horas y en nuestra boleta de pago figuramos ya como profesores no entiendo porque han hecho eso si las responzabilidades son mayores no me parece justo lo peor es que la ley especifica que nosotros debemos seguir percibiendo por lo menos las adicionales pero sin embargo no nos pagan ni adiciolnales me podrisa ud explicar donde hago mi queja porque presentamos a la ugel norte y nadie nos da una respuesta indicada , pienso que no deben atropellar ni vulnerar nuestros derechos en vez de aumentarnos nos descuentan, no se si el ministro podria vivr con ese sueldo tan pauperrimo que nos pagan y se dice que es el que nos va a mejorar que gamamos mas de dos mil soles falso nosotros ganamos 1,200 soles con carga familiar pienso que este es un atropello a la dignidad del maestro. deberia ponerse en nuestros zapatos donde podemos hacer el reclamo respectivo por favor,y otra consultita nosotras somos maestras que comenzamos a laborar en instituciones alojadas y que hemos hecho gestión primero por conseguir terrenos para muestras instituciones educativas , luego las construcciones e implementaciòn de nuestras aulas que estan mejor que un colegio particular no hay un estimulo por estas gestiones si ud va a nuestras instituciones se va asombrar que podemos gestionar por lo menos para una resolución de felicitación esto es lo que debe evaluar el ministro la gestiòn porque no se preocupa por averiguar de estos profesores que en su mayoria ya somos de edad solo falta que nos saquen por viejos, por lo menos deberian cesarnos con dignidad muchas gracias espero su respuesta.

    • Salome. Me parece justa su indignación. No pueden recortar los sueldos sin una explicación, además que legalmente es discutible. Creo que deberían reclamar explicando claramente su caso y presentando las evidencias del recorte del sueldo. Les aconsejo hacerlo no solo ante la UGEL , el Minedu. También ante la Defensora del Pueblo y ante Servir de la Oficina del Primer Ministro. Saludos

  • Doctor buenos dias una consulta
    Soy nombrada en una IE unidocente aun no me pagan por encargatura de direccion pese a que tengo una resolucion en el indica afectese en el presupuesto fiscal ley N# 30372 al consultar en mi UGEL me indican que no esta normado y estamos afectadas como 16 docentes nombradas en el 2015 pero a otras docentes que se nombraron en unidocente con la carrera publica les hacen un pago de 260.00 s/ en forma mensual muy aparte de su RIM, quisiera saber por que la discriminacion a las nuevas nombradas y por favor alguna normativa que me sirva para poder sustentar mi reclamo gracias

    • Yen. Lo que sucede es que se saca´una norma que decía que a los profesores de la ley del profesorado mientras sean encargados se les paga como si estuviesen en esa ley.y en ese caso no hay bonificación por cargo directivo. Una de las cosas que se demanda al Minedu es eliminar las dos leyes anteriores y pagar de acuerdo a la nueva ley. Saludos

  • estimado hugo solicitarlo ante la UGEL o ante el MINEDU, desearia saber si estos documentos alcanzan a mi persona hoy III nivel proveniente de la ley del profesorado coordinador de tutoria…agradecere su amable respuesta

  • DR. HUGO. LO QUE LE MENCIONA LA PROFESORA VICTORIA EN CUANTO A DS. 120-2016 EXISTE DADO EN MAYO O JUNIO DE ESTE AÑO, PERO NADIE DEL MINISTERIO LO HACE EFECTIVO. UD. PODRIA INTERCEDER POR ESTE MONTO DE S/. 300 QUE MENCIONA EL DOCUMENTO ( AUNQUE ESTE MONTO NO ES LO JUSTO) O CUANDO SE HARA EFECTIVA. ESPERAMOS SU RESPUESTA POSITIVA.

  • Dr. buenas noches como le escribe anteriormente hay un DS 120-2016-EF, que dispone el pago por encargaturas en plazas jerárquicas de I.E de 300 nuevos soles publicado en el diario oficial EL PERUANO el día 17 de Mayo . mi pregunta es por que no se ha hecho efectivo el pago en Junio, por según la parte final de dicho decreto, este debe entrar en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial el EL PERUANO, por favor Dr. le pido que indague en el MINEDU, al respecto de esta inquietud

  • estimado Hugo respecto al reconocimiento por diferenciacion de horas a los docentes que estamos en cargos jerarquicos de 40 horas por encargatura visto años anteriores se viene cometiendo la injusticia de no reconocer este derecho remunerativo a los que provenimos de la ley del profesorado haciendo mi consulta a MINEDU este año me enviaron dos oficios multiples el Nº 051-2015 del 23/12/15 y el Nº 004-2015 del 21/01/15, y desearia saber su opinion si es que con ello este año si puedo acceder a este derecho discriminativo…le agradecer muchisimo su respuesta..

  • Dr.Hugo buenas noches soy docente con el V nivel en mi I.E estaba vacante la plaza de subdirección esta libre porque el subdirector nombrado tiene ha cargo la dirección de la ugel, su esposa que es la jefa de laboratorio se le encarga la subdirección estando en el IV nivel y a mi me encargan la jefatura de laboratorio .Quiero saber si es justo que me paguen por la encargatura la suma de S/ 2,60 , tengo entendido que para encargar una plaza directiva es por nivel o estoy equivocada, de ser así el director de la Ugel esta cometiendo un abuso de autoridad . Gracias por sus respuestas

  • Dr reciba mi saludo a la distancia. Que podemos hacer frente al oficio 035-2013 sobre el pago a las encargaturas de dirección porque en mi UGEL solo estan pagando 165 nuevos soles. legalmente que podemos hacer. gracias de antemano por su deferencia.

  • Dr. Hugo
    Previo saludo, quiero consultarle acerca de la publicidad que dice: que el Ministerio convoca para acceso a cargos de Directores de las Instituciones Educativas y especialistas de la DRE y UGELs, cuan cierto es esta? ya que no encuentro norma alguna de la convocatoria.
    Gracias por su rpta.
    Atte,
    Prof. Laquise

  • USTED QUE TIENE MAS CERCANÍA A LAS AUTORIDADES DEL MINEDU HA COMENTADO ESTA INJUSTICIA QUE SE ESTA COMETIENDO CON LAS ENCARGATURAS. PARA EL PRÓXIMO AÑO 2017 OJALA NO SE DE ESTA INJUSTICIA. Y DESPUES LAS AUTORIDADES NO QUIEREN PROTESTAS.
    GRACIAS.

  • Dr. buenas noches mi consulta es fui nombrada como directora con 40 horas en unidocente en el año 2001 luego me reasigne a una plaza de 30 el 2014 donde me salio una resolución quedando sin efecto con dos resoluciones en ese mismo año. Para el año siguiente 2015 sin resolución me dijeron que yo ya estuve reasignadas con 30 horas y no mediero ninguna resolución, asen di a la III escala magisterial donde me piden mi informe confesionario y menciona que sigo de directora con 40 horas ese mismo año sale la resolución de asenso con 30 horas mi pregunta es esta bien este procedimiento

  • Buenos Dias Dr. Hugo, escribiéndole nuevamente, quiero hacerle una consulta, una colega del I.E, San Jose-Chiclayo me ha informado que el MINEDU ha aprobado una disposición para el pago de encargaturas del personal jerárquico de II.EE, equivalente a S/. 300.00 para todos los docentes, eliminando así la discriminación que existía entre los docentes encargados de la 29062 y la 24029, por favor si me pudiera confirmar esta situación Dr Hugo espero su respuesta pronto,

  • Doctor Hugo,tengo una inquietud referente a la evaluación de directores de ugel asi como de jefes de AGP,es un proceso que se viene dando y ya esta en un avance del 50%, quisera saber cuando se dará para los especialistas de primaria y secundaria en las UGELs del pais,ya que tengo entendido que se dará una bonificacion adicional por ser especialistas cuando ganen por concurso,por lo que mi pregunta es cuando el Ministerio de Educación tiene un concurso programdo solo para especialistas en el nivel primario y secundario de las Ugeles del pais, o es que ya no se realizará dicho concurso.
    Gracias por su respuesta.

  • Dr. buenas tardes tengo una consulta este año tengo la encargatura de laboratorio de 40 horas pero el pago adicional es de 2,80 a pesar que ya estoy en la 3era escala, di el examen de ascenso en el 2014, me podría explicar por que no me pagan como los demas

  • dr. deseo saber su opinión al documento que estoy presentando
    Que habiendo sido notificado -15.ABR.2016- con el Oficio N° 994-PER-AAD-D-UGEL.T-DRSET/GOB.REG.TACNA del 13.ABR.2016 (Anexo 02), donde señala entre otros puntos que; “le corresponde los pagos de acuerdo al Oficio Mult. Nº 051-2015-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DITD”, documento por el cual solicité consulta sobre el pago que debería recibir como Director encargado, y al no estar conforme con dicha respuesta y de conformidad al Art.209 de la Ley Nro. 27444, Ley del Procedimiento administrativo General, interpongo RECURSO DE APELACIÓN contra el Oficio N° 994-PER-AAD-D-UGEL.T-DRSET/GOB.REG.TACNA, a fin de que el superior jerárquico, Revoque el Oficio impugnado y Reformándolo declare procedente mi pedido sobre pago por concepto de encargatura de Dirección, y se me remunere de acuerdo a las 40 horas cronológicas que vengo laborando como Director de la I.E. “Simón Bolívar”.

    Sustento mi impugnación en los Fundamentos Fácticos y Jurídicos, que seguidamente paso a exponer:

    II. FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA:
    1. Que en diciembre del año 2015, el suscrito ha participado de una convocatoria (concurso) realizada por la Ugel Tacna, en base a la R.V.M. 076-2015-MINEDU, la misma que norma el Proceso de selección para encargo de plazas vacantes de cargos directivos, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial. Adjunto copia de publicación de relación de postulantes y calificación de expedientes, publicado en la página webb de la Ugel Tacna. (Anexo 03)
    2. Que como producto de dicha convocatoria, el suscrito ha sido designado mediante Resolución Directoral N° 001411 (Anexo 04), como Director de la I.E. “Simón Bolivar” desde el 3 de marzo del 2016 y hasta el 31 de diciembre del 2016, toda vez que el director que conducía dicha institución educativa, postulo a una plaza de Director de la ciudad de Arequipa que actualmente viene trabajando, en consecuencia la plaza de director de IE. Simón Bolivar se encontraba libre, es decir, con sus presupuestos completos.
    3. El suscrito viene laborando a la actualidad, como director encargado de la I.E. “Simón Bolívar”, con 40 horas de labor cronológica, tal y como lo señala la R.D. emitida por la UGEL – Tacna; empero, el pago que recibo es sólo como docente de 28 horas una remuneración de S/.1,860.01(Anexo 05). y adicionalmente como director encargado un monto de S/.167.46(Anexo 06).
    4. Que, se ha efectuado la consulta respectiva la instancia superior sobre el pago que vengo recibiendo, dándome la respuesta que, por ser un cargo de encargatura (temporal) de dirección, corresponde un sueldo conforme se ha fijado mediante el Oficio Múltiple N° 051-2015-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DITD; empero, en aplicación al Principio de la primacía de la realidad, que es un principio propio del Derecho del Trabajador, establece que “en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que fluye de los documentos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos…” (STC N° 1944-2002-AA/TC).
    5. Aplicando al caso concreto otro principio del derecho del trabajador, el principio protector que se manifiesta en tres reglas: Regla In dubio pro operario, que es aplicación de la norma más favorable y aplicación de la condición más favorable al trabajador; requiere en cada uno de los supuestos que exista una duda en cuanto al derecho que se discute; a) en la regla in dubio pro operario, la duda trata en cuanto a la interpretación de la norma; b) en la regla de la aplicación de la norma más favorable, la duda consiste en determinar ¿cuál es la norma que corresponde aplicar?; c) y en cuanto a la aplicación de la condición más favorable, lo que está en duda es determinar si se aplica la nueva condición de trabajo o la derogada.
    6. Bajo el mismo sentido, el principio de la primacía de la realidad también implica la existencia de una duda, pero esta trata, respecto si es válido lo que figura en los documentos, o lo que se ha constatado en la realidad, por lo tanto, solo puede aplicarse el principio de la primacía de la realidad, siempre que se haya verificado plena y fehacientemente lo que ocurrió en los hechos, y si estos hechos verificados son contrarios a lo que fluye de los documentos presentados.
    7. En el caso concreto del suscrito, se puede evidenciar el cumplimiento de la jornada laboral diaria de 8 horas diarias (40 horas semanales), con el cuaderno de asistencia diario que se encuentra en la Institución Educativa (Anexo 07, Anexo 08, Anexo 09, Anexo 10); sin embargo, la remuneración que recibo no corresponde a las 40 horas cronológicas, sino a 28 horas pedagógicas. Vale decir, que mientras laboro 8 horas diarias sólo se me está remunerando por 4 horas con 12 minutos diarios. La prueba en este caso están en las boletas de pago (Anexos 5 y 6) descritas en el punto 3.
    8. Que, Ministerio de Educación ha elaborado el siguiente cuadro para las remuneraciones de los directores que han aprobado el concurso.

    Director designado:

    CARGO ESCALA REMUNERACION (de acuerdo a Tabla) BONIFICACION
    DIRECTOR POR 40 HORAS CRONOLO-GICAS IV 2902.48 (sin descuentos) S/.600.00
    Fuente: Remuneración íntegra y mensual (RIM) según escala y jornada de Trabajo. (Anexo 11)

    Director encargado: (caso del suscrito)
    CARGO ESCALA REMUNERACION
    (la misma de docente) BONIFICACION
    DIRECTOR Encargado POR 40 HORAS CRONOLO-GICAS IV 1860.01 S/.167.46

    Como se puede advertir, Ministerio de Educación ha fijado para los docentes que se desempeñen como directores, una remuneración de acuerdo a la escala y la jornada de trabajo, en el caso concreto, no se aplica dicha tabla, la UGEL Tacna, solo justifica el cumplimiento de un Oficio que no tiene fundamentos que justifiquen, la cual no tiene nivel de norma para fijar un salario (indigno) de encargatura de Director que actualmente percibo.
    9. Que, la desnaturalización de mi cargo como director encargado de una Institución Educativa de la Ugel Tacna, contraviene la norma constitucional de igualdad de trato ante la Ley , la cual es un derecho fundamental exigible, ya que considero un trato diferente (discriminatorio) a los demás directores que ha sido designado con el nuevo cargo, en el presente caso considero un trato indigno e discriminatorio que recibo de parte de una entidad del Estado, toda vez que la UGEL-TACNA, pretende justificar recortando mis haberes, aduciendo que Ministerio de Educación ha fijado mediante un documento “Oficio” la cual no tiene sustento legal; no obstante que en la Resolución Directoral Nro. 001411, que señala como datos de la plaza a encargar:
    NIVEL Y/O MODALIDAD : EDUCACION BASICA REGULAR
    INSTITUCION EDUCATIVA : Simón Bolívar – Ciudad Nueva
    CODIGO DE PLAZA : 112121421125
    CARGO : DIRECTOR
    JORNADA LABORAR : 40 HORAS CRONOLÓGICAS
    VIGENCIA : Desde 03/03/2016 hasta 31/12/2016.
    10. Que ante los argumentos descritos en el presente documento, solicito que sea elevado la instancia superior, mi apelación y con mejor criterio evalúen mi pedido de pago de mis haberes como Director de una Institución Educativa que vengo desempeñando actualmente, y disponga a revoque el Oficio N° 994-PER-AAD-D-UGEL.T-DRSET/GOB.REG.TACNA. Por considerar trato indigno al no respetar el cuadro de mérito del concurso que ha organizado Ministerio de Educación.

    III. FUNDAMENTOS JURIDICOS:
    1. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, establece en su artículo XIV respecto al derecho a la remuneración:
    “Artículo XIV. Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones dignas y a seguir libremente su vocación en cuanto lo permitan las oportunidades existentes de empleo.
    Toda persona que trabaja tiene derecho a recibir una remuneración que, en relación con su capacidad y destreza le asegure un nivel de vida conveniente para sí misma y su familia”.
    2. El Convenio 95, sobre Protección del Salario, establece las garantías de protección del salario ya pactado previamente con un empleador y dentro del desenvolvimiento de la relación laboral.
    3. Art. 1 de la Constitución, referente a la Dignidad Humana.
    4. Art. 2 Num. 2 de la Constitución, referente a igualdad ante la ley.
    5. Art. 23º de la Constitución referente a la garantía de la retribución de la remuneración o, dicho en otros términos, la proscripción del trabajo gratuito, que: “nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento”. El punto inicial para la determinación del derecho fundamental a la remuneración en nuestra Constitución se manifiesta en el reconocimiento de su carácter retributivo, estableciendo, de esta forma, “una vinculación directa entre la remuneración y el servicio prestado”.
    6. Art. 26° de la Constitución que señala; En la relación laboral se respetan los siguientes principios:
    a.) Igualdad de oportunidades sin discriminación.
    b) Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
    c) Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el
    sentido de una norma.

    • Javier. El ministerio no viene pagando como se debe por encargaras. Sin embargo me parece bien que haga ese reclamo. Está en su derecho. Con la CPM los encargados tenían los mismos derechos que in titular. Es lo que debería ser. Saludos

  • Saludos Dr. Hugo mi consulta es referida a la publicacion del D.S.087-2016-EF publicado el 21 de Abril del presente ,referente a una bonificación de 1500 soles por desempeñar el cargo de especialistas de educación, quisera saber si es para los que ahora se encuentran como especialistas o son para los que recien ingresen por concurso del Ministerio de Educación,ya que en el decreto especifica el pago de dicho a los que ingresen por concurso del ministerio o gobiernos regionales.
    Gracias por su repuesta.
    Saludos
    Rubén

  • En la institución el subdirector administrativo ha solicitado licencia por 2 meses sin goce de remuneraciones, la consulta es:

    a)¿ Se solicita a la UGEL cubrir la plaza con uno de los docentes que se presentaron al Concurso de Encargaturas de inicio de año?

    b) ¿Se cubre por promoción interna con el docente de mayor escala?

    c) ¿Hasta cuanto tiempo puede un directivo solicitar licencia sin goce de remuneraciones?

    Agradecidos por su respuesta.

    • Arequipeños. Un directivo o docente puede pedir licencia sin goce de haber hasta por dos años. Hay que informar a la Ugel de la licencia. Si es muy corta, como se señala, lo mas probable es que se encargue a alguien del colegio. En efecto, al docente de mayor escala. Saludos

  • El director de mi IE sale de vacaciones. El sub director asume la direccion. ¿Es correcto que la sub direccion se le encargue a un coordinador que esta en II escala solo porque es nombrado en la plaza, a pesar que hay docentes que estan en V y VI escala? Le agradezco su respuesta por anticipado.

    • Alina. Es un periodo muy corto para el que no se han establecido criterios. Además hay que preguntarse si vale la pena hacerlo. Hasta qué punto la carga de trabajo de subdirector es tan grande que hay necesidad de cubrirla por cuatro semanas? A veces el buen criterio es el mejor consejero. Saludos

  • Buenas noches, soy docente nombrada por 30 horas en una plaza unidocente de 40 horas presupuestadas, hasta febrero estuve percibiendo el pago por la diferencia de horas. ahora que las unidocentes de 40 pasan a plazas de 30. ¿Me sigue correspondiendo el pago?

  • Dr. muchas gracias por la respuesta. Me acerque a mi UGEL y me dijeron que en mi caso no sabian el regimen al cual pertenezco…puesto que hace 5 años trabajé como contratada y recien este 2016 como nombrada..como tomaran el regimen laboral al cual pertenecia?…y mi I.E. es multigrado

  • Dr. Hugo Diaz un placer saludarlo…mi consulta es la siguiente…soy docente nombrada en el ultimo concurso de nombramiento docente 2015 en una I.E. multigrado SIN presupuesto para ENCARGATURA DE DIRECCION..trabajo con otra maestra nombrada de II nivel y me dieron la Encargatura por funciones de la Dirección…ya que la docente nombrada presento problemas de malas relaciones con la comunidad…PROCEDERA EL PAGO POR ENCARGATURA DE FUNCIONES DE DIRECCION HACIA MI PERSONA? Si es asi…de cuanto será?

  • soy docente de EBA III escala magisterial,estudios de maestría culminados 2008; el 9 de marzo del pte. concursé a una jefatura de taller técnico comercial. donde me califican mi CV y se pone en resultado: NO CUMPLE CON REQUISITO ESPECIFICO Num 6.3 (6.3.1)Lit.c de RVM N° 076-2015. entonces no se me califica mi trayectoria.
    es claro que esta parte del literal de RVM-076-2015 dice ” contar con formación especializada relacionada con la gestión Institucional Pedagógica, y/o administrativa de I.E. con un mínimo de 200 horas realizadas en los últimos 5 años de acuerdo al perfil que se requiere en la plaza convocada” entonces cuento con la formación especializada(diploma de egresado maestría-mención en DOCENCIA Y GESTIÓN EDUCATIVA en el 2008). estoy siendo marginada de dicho concurso a pesar de haber presentado el reclamo el subdirector persiste q mi DIPLOMA NO ES VIGENTE. hacia donde debo dirigirme ahora para hacer valer mi derecho en participar en dicho concurso. atentamente. espero su pronta respuesta. Amanda

  • El año pasado trabaje como Coord. de TOE encargada, recibiendo 2.8 al mes por 40 horas de labor. 35 horas de TOE y 5 horas de dictado de clase. Este año tendre nuevamente el cargo de Coord. pero me dieron mi horario con el incremento de 12 horas de dictado de clase Es esto correcto?. Mi I.E. el 2015 tuvo 38 aulas y este año tiene 36. Le agradezco anticipadamente su respuesta.

  • quisiera saber si es factible crear la direccion de secundaria en un colegio dande funcionan todos los grados de 1 a 5 pero que no tiene direccion y esta funcionando con direccion de primaria ojo no es integrado pero como no tiene ireccion lo hacen funcionar asi

  • Doctor Hugo buenas tardes,mi consulta es la siguiente; quisiera saber si tiene algun conocimiento que haya una evaluacion de nombramniento para especialistas en educacion secundaria en las UGEL a nivel nacional como lo viene haciendo para directores de ugel y jefes de AGP.
    Gracias de antemano por su respuesta.

  • soy docente de 24 horas proveniente de la CPM 29062 actualmente me encuentro en la escala II. desde 2013 estoy encargado de dirección el 2013 y 2014 me pagaron 970 soles aproximadamente por mes. el año 2015 bajó en 250 soles aproximadamente mi remuneración. actualmente sigo encargado de dirección.
    Quiero saber exactamente cuanto debo de percibir por encargatura. por favor doctor saqueme de esta duda.

    • Pedro. Depende del número de seciones y turnos de la institución educativa. A usted deberían pagarle entre el 20% y 40% de la RIM que percibe dependiendo de esas variables. 970 soles para estar en el II nivel si parece que era excesivo. Saludos

  • Dr. Hugo un docente nombrado que laboró 12 años inimterrumpidos hasta el 31 de diciembre del 2015, enero y febrero está de vacaciones, y postula ganando una plaza contrato CAS para trabajar en la UGEL desde 01 de febrero hasta 31 de diciembre 2016¿ puede puede pedir su licencia desde 1 de marzo hasta 31 de diciembre del 2016 o desde el 1ro de febrero hasta hasta 31 de diciembre? dado que está de vacaciones como docente en febrero. ¿ Sería legal que reciba 2 remuneracionres en febrero una por vacaciones de docente y la otra por trabajo efectivo de CAS puede percibir en febrero ambas remuneraciones y ya de marzo a diciembre percibiría la del CAS solamente. Gracias.

  • Buenas tardes, tengo una interrogante…las plazas para el proceso de contrata docente..especifica lo siguiente: TIPO DE VACANTE: PLAZA/EVENTUAL/POR REEMPLAZO: ENCARGATURA DE ???
    MI INTERROGANTE QUE SIGNIFICADO TIENE, SU CONTRATO SERA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE O POR UN DETERMINADO MES.
    GRACIAS.

    • Abdel. Que dependiendo de la plaza puede que un contrato dure todo el año o solo unos meses. Por ejemplo que la plaza se de alguien que está destacado en la Ugel o en alguna otra función y su encargo termina a fines de agosto. Entonces el contrato se hace hasta esa fecha. Saludos

  • Buenas noches Doctor, agradeciendo de antemano la respuesta le consulto lo siguiente:
    Soy encargada en una plaza de especialista en Ugel, ascendí recientemente a la cuarta escala y si bien es cierto debido al oficio del 2013 no pueden darnos el mismo trato que a los provenientes de la CPM ¿cuál es el sueldo que me corresponde?
    cuánto sería el RIM que me corresponde, el DS 068 – 2005 (S/. 200.00), DU 012 – 2006 (S/.50.00), Compensación extraordinaria (175.00).

  • ESTIMADO DR.
    SOMOS un grupo de Especialista que venimos trabajando en una UGEL como ENCARGADOS por el concurso rms. 02076-2014 y ahora por ratificación de la rsm 076-2015, por lo cual vemos que solo nos estan pagando la cantidad 28 horas como si estuviesemos en nuestros I.E. asi mismo nuestars RD estan con el codigo nexus de la SEDE y 40 horas de jornada.
    ahora viendo en http://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/docentes-nombrados.php menciona que 40 horas y directivos segun escala nos deben pagar pero no nos pagan. que hacer en esta situacion.
    espero pronta respuesta

  • SOY DIRECTOR ENCARGADO DE UNA INSTITUCION EDUCATIVA UNIDOCENTE, QUERIA SABER SI EL PAGO POR DIRECCION VA SEGUIR SIENDO 45 NUEVOS SOLES, MI PERSONA A PARTIR DE JUNIO DEL 2015 HE ASCENDIDO DE ESCALA DE I A III ESCALA, QUERIA SABER SI PARA EL AÑO 2016 SE VA HA PAGAR LO MISMO YA QUE LAS FUNCIONES DE UN DIRECTOR SON LAS MISMAS. EXISTE UNA DISCRIMINACION POR LAS LEYES, ES MENTIRA QUE HAY UNA LEY IGUAL PARA TODOS.DE QUE JUSTICIA PODEMOS HABLAR.

      • Doctor y que hay con los docentes que no son titulares y provienen de la ley de la CPM para ellos si hay presupuesto,ojo si para ellos el MED da pase para que exista presupuesto, por que no ese presupuesto se nos da a nosotros también (ley del profesorado).No basta con decir tienes que ser titular si existe presupuesto para otros que no son titulares,por que hay concurso para encargaturas si nos van a tratar así,se supone que lanzas un concurso por que hay presupuesto,le pido por favor nos oriente como defender nuestro derecho a la no discriminación en este caso en forma justa.

  • Doctor Hugo, lo vi en una noticia “Sueldo de maestros aumentó en 44%” en la foto sale usted con el Ministro. Veo en esta página que muchos docentes le preguntan por los pagos de las encargaturas. ¿Le preguntó usted al ministro si este año van a pagar las encargaturas?. Aproveche esos espacios para ayudar a los docentes del Perú. El Ministro con el SUTEP han considerado en promover un proyecto de Ley para la homologación de las encargaturas.

    • Ernesto. Invitamos al ministro para que exponga sus planes hasta julio de este año. La reforma magisterial es uno de los temas que habría que seguir trabajando para que se aplique en 100% y no como ahora, aún parcialmente. Saludos

  • DR.HUGO
    Saludos y anticipadamente agradeciendo su respuesta, mi consulta es que el año pasado estuve a encargado de la Dirección de una IIEE, estoy en el III escala de la LRM, hubo convocatoria para la presentación de expedientes en la UGEL hasta el 31 de diciembre, lo cual yo no presente, salio un cuadro final con un docente del II escala, es procedente el acto porque a destiempo fui a presentar mi expediente y me rechazaron, puedo hacer algún reclamo. Y otro esta considerado el pago por encargatura de dirección no titular el presente año? porque el año pasado solo me pagaban 160.00 soles por la función con 24 horas pedagógicas, y otros directores cobraban en mi misma condición hasta 900.00 soles mensuales eso depende del presupuesto de la UGEL, entonces el pago deberia ser para todos no para algunos. Gracias por su respuesta.

    • Jaime. S no se presentó se tomó como que no había decidido volver a asumir el cargo. Si en la evaluación ganó otro profesor es muy difícil que pueda reclamar pues usted no se presentó a la misma. En cuanto al pago sigue mientras no se sea titular. Saludos

  • DR. HUGO RESPECTO A LOS PROFESORES QUE NUEVAMENTE HEMOS SIDO RATIFICADOS EN LAS ENCARGATURAS (TOE MI CASO), ESTE AÑO ¿RECONOCERÁN LAS 40 HORAS A LOS QUE PROVENIMOS DE LA LEY 24029? …EN TODO CASO QUE TRAMITE SE DEBE REALIZAR PARA GARANTIZAR EN ALGO ESTE DERECHO…..GRACIAS

  • DR. previo saludo. sobre encargaturas de direcciones en la reforma magisterial indica claramente que en el segundo tramo debio implementarse pagos de encargo de direcciones, solamente hasta el final del primer tramo es decir 31 de diciembre 2013 las encargaturas ganarian de acuerdo de la ley de procedencia.la consulta sera posible la modificacion de la ley de presupuesto 2016. porque es nuestro derecho q paguen tal como indica la ley de reforma magisterial. gracias

  • Buen Día Dr. Mi consuta es que he partipado en la convocatoria realizada por la ugel de Otuzco dpto La libertad para encargaturas de plazas vacantes de directivos etapa exepcional y me declararon no apto por no contar cpn la opinion favorable del especialista en finanzas y el dire tor del organo dexconcentra numetal 6.6.5 ya q yo vengo de la Ugel de Ventanilla Callao la pregunta es cual de los organos desconcentrados es el que expide la opinion favorable la ugel de origen o la ugel de destino.

  • Acoto lo siguiente la Ugel de destino me dice q me tiene que otorgar dicha opinon la ugel de origen osea la de Ventanilla y y la UGEL de origen me dice que lo tiene q dar la de destino y en esa cuestion de interpretacion me daclararon no apto por favor q debo hacer gracia de antemano por su respuesta q lo estare esperando

  • Dr. Buenos días mi consulta es que he participado del concurso para el encargo de directores en la etapa exepcional en la UGEL de Otuzco dpto La Libertad la cual me declaro no apto por no contar con la opinion favorable del especialista de finanzas y del director del organo desconcentrado ya que yo vengo a participar de la UGEL de Ventanilla Callao mi pregunta es cual de los organos desconcentrados es el que da la opinon favorable,la de origen o la destino segun la RVM N°076-2015 MINEDU

  • Buenas tardes Dr. Hugo, le escribo el presente para hacerle la sgte consulta, referida a las encargaturas de puesto, Dr. según la RVM 076 exige como requisito para una encargatura, tener estudios de especialización de 200 horas como mínimo,en relación al cargo que se quiere postular, resulta que en mi I.E. han descartado a un colega que ha postula a TOE, por no acreditar dicho requisito, pero el referido colega, presentado una constancia de haber concluido una maestría en Psicopedagogia hace un año, mi pregunta dicho estudio no suple el requisito exigido, por otro lado he observado en el cuadro de resultados de la UGEL, en cuanto al criterio para calificar el tiempo de servicios que ha colegas de la 5 y 6 escala le han restado el tiempo mínimo para dichas escalas que estaba estipulado en la norma del año pasado, pero que en la actual norma no esta señalado,pues solo figura solo para la 2, 3 y 4 escala..dígame esta correcta la evaluación realizada.

    • Diofanto. Debe servirle los estudios de Ps9copedagogñia siempre y cuando no se quiera que tengan doble puntaje. Es decir están como estudios de postgrado o como capacitación especializada. En el segundo punto lo que hay que seguir es lo que dice la directiva y nada más. Saludos

  • Doctor Hugo muy buenas noches y de antemano gracias por su respuesta ¿Dónde está normado las funciones de los especialistas de educación secundaria, porque en la UGEL donde trabajo el jefe de gestión pedagógica me ha dado como tarea recibir documentacion de fin de año de los directores. Me puede indicar que documentos debo leer para elaborar mi caja de
    herramientas

  • doctor Hugo buenos días y de antemano gracias por su respuesta
    Por qué a los profesores que provienen de la ley de profesorado les pagan menos que a los provienen de la carrera pública magisterial. M
    e podría indicar cuál es la normativa que regula esto.

  • Gracias Dr.Hugo,me queda la duda referida al pago por hora adicional, si mi jornada horaria es de 28 horas en mi institucion educativa y ahora sería 40 hay una diferencia de 12 horas para las cuales , el pago deberia ser algo de 600 soles , ya que sería multiplicar 12×51 soles, pero me dicen que por venir de la ley 24029 solo me pagaran 2.8 soles la hora adicional.
    Es esto cierto Doctor, en conclusion al trabajar 40 horas en la UGEL ganaria incluso menos que en mi institucion educativa que tengo una jornada de 28 horas, ya que tengo el bono de rural tipo I.
    Para el 2016 existe la posibilidad que nos paguen igual a todos o siempre habra esa diferenciacion de los que provienen de antigua ley como de la nueva.
    Espero sus respuestas para dichas inquietudes.
    Gracias.

  • Buenas tardes Dr. mi consulta es la siguiente, ascendi a la tercera escala magisterial y concurse a una plaza de especialista de educacion, me comentan que me pagarn las horas adicionales con una asignacion diferente al RIM que es de 2.8 la hora,y no me daran la bonificcaion de zona rural I que me correspondia en mi plaza de origen, es cierto ello y porque no se pagarìa como a los que provienen de la nueva carrera publica magisterial.Quisiera me de un alcance para de lo contrario renunciar a dicho cargo ya que me bajarian el sueldo siendo esto absurdo trabajndo mas horas ganaria menos que en mi institucion educativa.Espero sus respuestas gracias.

    • Rubén. Si va coo especialista es correcto que le dejen de pagar la bonificación por ruralidad puesto se paga mientras se trabaje en un cargo en esas za. Debe evaluar su situación. Si ya salió la resolución es posible que su cargo previo también ya haya sido cubierto. Evalué bien antes de tomaran decisión. Saludos

  • DR.HUGO, BUENAS NOCHES, MI PREGUNTA ES: YO TRABAJO EN UNA I.E UNIDOCENTE, PERO NO FIGURO EN EL PADRON DE I.E REPORTADAS AL MINEDU, POR TAL MOTIVO NO SE ME CONSIDERA PARA RECIBIR LAS BONIFICACIONES, SOLO RECIBEN LAS QUE ESTAN FIGURANDO EN EL PADRON. ¿DE QUIEN DEPENDE EN LA DRE QUE MI I.E FIGURE EN EL MENCIONADO PADRÓN?. ¿DEL AREA DE PERSONAL? ¿DEL AREA DE ESTADISTICA? ¿DEL AREA DE PRESUPUESTO?
    COMO PUEDO HACER PARA HACER MI RECLAMO POR ESCRITO. GRACIAS POR SU RESPUESTA.

  • Buenas noches Dr. Hugo.
    mi inquietud es la siguiente:
    De un grupo Docentes que estaban de especialistas en la UGEL, solo uno fue ratificado, ¿pueden los otros presentarse como postulantes ante la convocatoria al concurso de las plazas vacantes?
    ¿En los CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES DELOS POSTULANTES, en el cuadro del literal b, la Constancia de evaluación favorable tiene una asignación de 2 puntos, si no fuera favorable tendrá 0 (cero) y se le puede considerar NO APTO?

  • Dr.Hugo para el 2016 según la RVM N° 076-2015-MINEDU para el encargo en las plazas vacantes de directivos, jerárquicos y especialistas de UGEL, el numeral 7.20 suspende el literal d de los numerales: 6.3.1; 6.3.1 y 6.3.3. En los CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES DELOS POSTULANTES, en el cuadro del literal b, hace mención de una Constancia de Desempeño Laboral Favorable.
    MINEDU mediante Oficio-043-2015-minedu-vmgp-digedd-ditem, adjunta una FICHA DE EVALUACiÓN DEL DESEMPEÑO LABORAL- RVM W 076-2015-MINEDU, señala ” NOTA: – Si el profesor cuenta como mínimo con 18 puntos a favor, reúne las condiciones para ser ratificado
    en el cargo por el jefe inmediato superior de la Institución en el que se encuentra encargado.
    – La presente ficha de evaluación debe acreditar el visto bueno (VOBO) del COPARE, COPALE o CONEI según corresponda.
    – La presente Ficha de Evaluación de Desempeño Laboral del profesor, se aplica para los directivos, jerárquicos y especialistas en educación encargados …
    Si los docentes que no alcanzaron puntaje 18 y no fueron ratificados, significa que los docente no están aptos para presentarse en la convocatoria ante la vacancia de algunas plazas,
    Ya que en algunas instituciones se toma como referencia dicha FICHA.
    Gracias doctor por su alcance.

  • Dr. Hugo, soy director encargado de una IIEE. unidocente asimismo nombrado en el mismo centro. la consulta es por que la Ugel crucero región puno aduce que no me corresponde el el pago por asumir la encargatura de dirección; pero sin embargo existe mi nombre en el padrón de directores con el respectivo monto de dirección.Ya que a los docentes de la CPM se nos cancela cada fin de año.
    Doctor, o existe una norma en la que expresamente diga que no nos corresponde dicho pago, y de ser así a que se debe que vino el nombre de todos los directores y el monto que le corresponde a cada director.

    • Hernán. En las escuelas unidocentes no se paga por dirección. Es un solo docente que no puede terminar siendo director de sí mismo. Lo que tiene que reclamar si son las bonificaciones por unidocencia, por estar en zona rural le podría corresponder. Saludos

  • Estimado Hugo Díaz en principio no es una bonificación lo que uno puede recibir por ocupar un “cargo de responsabilidad” , lo cual si esta contemplado en la ley de reforma magisterial si no es una “asignación temporal” articulo 56 o 58 de la ley 29944, desconozco la “incapacidad” de estos burócratas, que no entienden que estando todo el magisterio en la ley de reforma
    magisterial aún establecen diferencias entre la inefable ley de
    carrera magisterial y los luchadores de la ley del profesorado, que se puede esperar de estos burrocratas de escritorio

    • Raúl. Es cierto que la ley las tipifica como asignaciones y como lo aclara, se dan mientras se ejerza el cargo. Si se deja de ser director o de trabajar en una escuela unidamente o multigrado se pierden las asignaciones correspondientes. Hacer efectiva la ley en toda su amplitud es una urgencia aunque depende mucho de la disponibilidad financiera. Saludos

  • De antemano gracias por su respuesta.
    Soy docente de nivel secundario, ubicada en el v nivel magisterial trabajo en JEC y me pagan por 30 horas, he ganado el concurso para especialista de educación secundaria mi pregunta es ¿cuánto será mi remuneración?

  • Saludos profesor Hugo, mi consulta es respecto a las licencias, soy docente en un colegio de EBR, por cuestiones de estudio solicite licencia por aproximadamente 2 años, para el presente año deseo solicitar licencia para desarrollar mi labor en un ISP público, es posible que se me otorgue dicha solicitud?. Gracias.

  • Doctor Hugo buenas tardes.
    Soy docente de educación secundaria con jornada laboral de 24 horas proveniente de la Ley del Profesorado, ubicado en este ultimo examen en la IV escala, postulé para las encargatura de sub dirección año 2016, en una plaza que se origino por cese de limite de edad del titular; me gustaría saber cuál es la remuneración que me corresponderá en el presente año.

    • Nestor. Siendo encargado y proveniente d ella ley del Profesorado, no percibirá las bonificaciones correspondientes al director sino conmoverían percibiendo los directores en la ley anterior. Si le deberían para por 40 horas. Saludos

  • ESTIMADO DR. HE ASUMIDO PARA EL PRESENTE AÑO 2016 ENCARGATURA DE SUB DIRECCIÓN EN UNA I.E.S. Y PROVENGO DE LA LEY DEL PROFESORADO CON 24 HS. Y ACTUALMENTE ME ENCUENTRO DE LA CUARTA ESCALA MAGISTERIAL ¿CUAL SERIA MI REMUNERACIÒN POR ESTE NUEVO CARGO; TENGO DERECHO A QUE ME PAGUEN POR 40 HORAS Y LOS BENEFICIOS AL CARGO? .
    DR. AGRADESCO ANTICIPADAMENTE SU RESPUESTA

  • Mi estimado Dr. Hugo Díaz, el año pasado 2014 y el presente 2015 vengo trabajando como Especialista en una UGEL, éstoy en la tercera escala magisterial, mi remuineración es 1,554.00, es decir como docente de 24 horas pedagógicas, mi pregunta es: ¿Debo ganar por 40 horas, es decir 2,591.50? Me corresponde ese monto doctor, por favor espero su respuesta.

  • Las encargaturas de dirección de los colegios con plaza de dirección no presupuestada.Se designa como director encargado al maestro que está en la escala magisterial más alta y del nivel secundario?
    También se postula para esos puestos o la ugel designa a quien le corresponda por antigüedad.

  • Buenos días doctor Hugo. Soy docente contratada de Comunicación. Tengo una incertidumbre. Este año he trabajado cubriendo la plaza de encargatura de un docente nombrado de la 4ta escala magisterial. En mi colegio hay una docente nombrada excedente que es de la 1era escala magisterial, mi pregunta es la siguiente: ¿Puede aquella docente de la 1era escala cubrir las horas de la docente de la 4ta escala que tiene encargatura? ¿Puede el director de mi colegio ratificar mi contrato por un año más ya que este se encontrará por 3 años en su cargo como director? Gracias

  • Estimado Hugo:
    Este años 2016 seré propuesta por el Director de mi Institución educativa como coordinadora de TOE y me comunica que trabajaré 40 horas. Mi pregunta es si me remunerarán por las 40 horas conforme a la ley de reforma magisterial. Leo que las encargaturas se regirán con las leyes antiguas y eso significa 2 soles mensuales por la coordinación. Quisiera que me oriente, por favor, gracias.

      • Gracias por la pronta respuesta, estimado Hugo. Pero la verdad es algo contradictorio, porque se está trabajando por 40 horas y la verdad es una labor nada fácil y que debería ser considerada como tal. Lo que más me llama la atención es que en la DREC nos informan que los docentes que asumieron la jefaturas de laboratorio cuando estaba vigente la Ley de la Carrera Pública Magisterial hasta antes del 2012 y continúan siendo propuestos por sus Directores (no son titulares) si se les remunerará según sus escalas y conforme a la Carrera de Reforma Magisterial.
        Pero ellos nos son titulares y en mi I.Educativa hay tres jefaturas que si son remuneradas con la actual escala magisterial a pesar de no ser titulares y no haber concurso público para ello.
        ¿Por qué se da esta situación? No es comprensible.

        • Angelica María. Es por una norma que existe que señala que mientras no sean titulares a los docentes se les paga de acuerdo al régimen anterior; es decir, de acuerdo a las bonificaciones que se pagaba en la ley del Profesorados y la de la CPM. Saludos

          • Estimado Hugo, disculpa que nuevamente moleste tu atención me podrías indicar los números de estas normas para buscarlas y leerlas mejor. Sea resoluciones, decretos o directivas
            Nuevamente gracias,
            Angélica Granados

  • Dr. Hugo. Estoy seguro que Ud. nos va a poder ayudar. En la IE “Crnl. Manuel C. de la Torre” de Moquegua desde el año 2014 a la fecha no se conforma el CONEI ni el Comité de Recursos Propios, designa a personal jerárquico que no cumplen con el perfil, no rinde cuentas y nunca participa ni lidera de las reuniones aduciendo excusas, promueve una persecución psicológica y laboral al personal docente y administrativo de la IE, el Director lejos de ser un líder pedagógico más está dedicado en sus procesos tanto en la Fiscalía y en el Poder Judicial. Se ha presentado un memorial y se ha tenido la presencia del Gobernador Regional, el Gerente de Desarrollo Social del Gobierno Regional y del Director de la UGEL Mariscal Nieto con sus asesores legales y pese a tener conocimiento con toda la documentación no se hace nada. Se envió una copia original de dicho memorial al MINEDU.¿Existen normas legales para poder cesar en el cargo a dicho director? Toda la comunidad moqueguana y los medios radiales saben de los antecedentes del Prof. Antonio Flores Contreras que se ha “paseado” o mejor dicho “lo han hecho pasear” por casi todas las IIEE de Moquegua y en todas ha tenido problemas y le han cerrado las puertas y nuestras autoridades educativas … amén. ¿Es ético y legalmente que dicho Director siga en el cargo?. Pareciese que nuestras autoridades educativas le tuviesen miedo porque según él es un leguleyo y que nadie lo va ha sacar del cargo digan lo que digan. ¿Es un ejemplo de líder pedagógico? Gracias por su apoyo en esta cruzada por salvaguardar la ética en nuestro sector.

    • Sergio Enrique. Lo único que tienen que hacer es seguir insistiendo ante la Ugel y la DRE.. Deben hacerlo oficialmente, por escrito y fundamentando con hechos su pedido. Si no hay reacción de la burocracia muevan a los medios de comunicación para hacer la denuncia. Saludos

  • DR. HUGO, ESTOY EN LA TERCERA ESCALA, MI I.E ES UNIDOCENTE PERO NO SE ENCUENTRA E EL PADRÓN PARA RECIBIR LA BONIFICACION POR SER UNIDOCENTE PUES ESTA PERTENECE A LA DREICA DONDE SE VIENEN COMETIENDO UNA SERIE DE IRREGULARIDADES PARA PAGOS POR ENCARGATURA DE DIRECCIÓN.
    QUISIERA SABER QUE PUEDO HACER PARA QUE MI I.E UNIDOCENTE SEA CONSIDERADA EN EL PADRON, YA QUE LA ENCARGADA DE HACER ESTOS REPORTES NO LOS CONSIDERA HASTA ESTOS MOMENTOS SIENDO PERJUDICADA MI PERSONA, YA QUE NO NOS SE NOS RECONOCE PAGOS POR ENCARGATURA. ¿QUE PUEDO HACER DR. HUGO, QUIERO POR FAVOR QUE ME APOYE, QUE PUEDO HACER FRENTE A ESTOS ATROPELLOS QUE SE COMETE.
    DISCULPE DR. HUGO.
    GRACIAS POR SU APOYO Y CONSIDERACIÓN A PESAR QUE UD. NO NOS CONOCE PERSONALMENTE, QUE EL SEÑOR LE COLME DE BENDICIONES A UD Y TODA SU FAMILIA ¡FELIZ NAVIDAD¡

  • En primer lugar felicitarlo y agradecer por el tiempo que dedica para leer y responder nuestras inquietudes y aquì va la mìa, trabajo un un I.E con la Sub direcciòn del nivel de primaria, mi pregunta es cu`ndo el Directos d emi I.E tome vacaciones a quièn le corresponde el encargo de la direcciòn?

  • Dr Hugo una quien le escribe es una docente nombrada que postula al cargo de dirección mi pregunta es la siguiente el criterio que están teniendo para la calificación de tiempo de servicio es el tiempo que se tiene a partir de la fecha de nombramiento o también los años de servicio en contrata.Esto le consulto por que según la 076 se debe tomar en cunta el tiempo de servicio como profesor nombrado gracias

  • DR. HUGO GRACIAS DE ANTEMANO POR LA RESPUESTA. QUISIERA SABER CUANTO ME CORRESPONDE EN PAGOS EN UNA I.E UNIDOCENTE AL TENER LA TERCERA ESCALA.
    POR OTRO LADO VEO QUE EN EL D, 048-2015 DONDE SE ENCUENTRA TODAS LAS I.E UNIDOCENTES REPORTADAS AL MINEDU, NO SE ENCUENTRA LA I.E QUE VOY A LABORAR A PARTIR DE MARZO DEL 2016, DEBE ESTAR EN EL LISTADO LA I.E UNIDOCENTE QUE ME VOY A SER CARGO A PARTIR DEL 2016 PARA QUE SE HAGA EFECTO MIS PAGOS. POR FAVOR ESPERO SU RESPUESTA.

  • DR. HUGO QUISIERA SABER COMO SERÁN LOS PAGOS PARA LOS DOCENTES QUE TRABAJAN EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS UNIDOCENTES PUES ASCENDÍ A LA 3ERA ESCALA, ESTE AÑO ME REASIGNÉ A UNA I.E UNIDCOENTE QUE ME HARÉ CARGO EL 1 DE MARZO DEL 2016. SE NOS RECONOCERÁ POR LABORAR EN UNA I.E UNIDOCENTE. AGRADEZCO SU RESPUESTA.

  • EN LA REGIÓN PIURA (AYABACA) LAS ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN LAS PAGAN A FIN DE AÑO Y LOS MONTOS PROMEDIOS ESTÁN POR LOS 9000 SOLES,PROFESOR DE I ESCALA CPM ENCARGADO DE DIRECCION.
    Y EN OTRAS UGELES DEL PAIS NO DAN NI MEDIO SOL.
    ESO DE LOS PAGOS DE LAS ENCARGATURAS DE DIRECCION ES PRESUPUESTO REGIONAL?

  • En algunas IIEE de Moquegua (Coronel manuel C. de la Torre) se están renovando las plazas jerárquicas, pese a que dichos docentes en año 2014 para el 2015 dichas plazas el director las designó a dedo y sin reunir los perfiles mínimos. Ahora el 2015 para el 2016 las están renovando dizque en base a un oficio que emitió el minedu. Dichos docentes sólo tiene la primera escala. El director a la fecha no quiere conformar el comité de evaluación. Consulte al minedu dichos actos que tiñen con la injusticia.Lean las dos resoluciones (la 20176-2014, no contempla la ratificación; pero la 076-2015 si)

  • Buenas noches Dr. dando lectura a los anteriores comentarios veo que en otras UGELES si pagaron por las encargaturas;pero en la ugel – Yungay no se nos paga desde 2014-2015 y que tambien en el 2013 tan solo se me pago la suma de 45 nuevos soles pero en otras ugel pagaro 165.00 nuevos soles a que se debe. Y como podria reglamar mis derecho.

  • Dr Hugo Buenas tardes mi duda es la siguiente Si tengo ya 20 años de servicios oficiales al estado y 4 años de estudios como tiempos de servicios reconocidos en una resolución de UGEL , mi ultima ficha escalafonaria al 20/8/2014 señala como tiempo de servicio 23 años, 2 meses, 10 días hasta la fecha indicada. ( contratado fueron 6 años , 10 meses , 1 día, nombrada 12 años , 4 meses, 9 días y Rd que me reconoce los años de estudios 4 años) mi pregunta es me corresponde el otro año pedir mi bonificacion de 25 AÑOS de servicios o cuando tendría que pedirla. Anteriormente la solicite y se me negó la bonificacion de 20 años por haber salido la ley después de haber presentado como 7 meses antes y me lo negaron por escrito. Hoy me encuentro en la ley de la reforma magisterial la ultima y como cambian constantemente las leyes es que yo le pido aconsejarme sobre este punto ya que reconociendo lo descrito el próximo año estoy cumpliendo los 25 años como tiempo de servicio. Muchas gracias por sus sabios consejos.

  • Buenas tardes. En la region lambayeque no pagan las encargaturas de direccion. A nadie. Y por qué en la region PIURA si las pagan
    Asi tenga el colegio una sola aula.y las pagan a fin de año. Y los montos oscilan entre 3000 a 9000 soles. se lo digo porque trabajo en ayabaca y conozco la realidad

  • Buenas noches Dr. Hugo, mi consulta es por qué los asesores del MINEDU. siguen aplicando normas de menor jerarquía de la Leyes derogadas del Magisterio 24029 y su modificatoria, la ley 29062, sabiendo que invocar dicha normatividad es cometer prevaricato aquí en el Perú y en cualquier parte del mundo, o acaso el magisterio es el hijastro del MINEDU o del gobierno de turno. No puedo entender que los decretos, resoluciones y oficios de las Leyes derogadas sigan vigentes. No puede ser que los funcionarios de alto nivel sean tan brutos, ineptos o corruptos.

  • Tengo una consulta y agradecería respuesta urgente.Soy parte de la comisión de evaluación para cargos jerárquicos 2016, en mi institución educativa, y se ha presentado un colega, que tiene todos los requisitos pero actualmente está de licencia sin goce de haber, ¿Está apto para presentarse? ¿Podremos podremos evaluarlo?, recién se reincorporará el jueves 17 de diciembre.
    Gracias por la respuesta

  • Dr. Hugo me presente a la Ugel Condesuyos de la ciudad de AREQUIPA para una encargatura de direcciòn, màs luego me comunicaron que todos los directores serìan ratificados en sus cargos he buscado alguna directiva en la Pàg. del ministerio y no encuentro la que establezca lo señalado agradecerìa muchìsimo me dè luces sobre este tema. Que Dios lo bendiga.

  • Doctor Hugo buenas tardes.
    Soy docente de educación primaria con jornada labporal de 30 horas proveniente de la Ley del Profesorado, ubicado en este ultimo examen en la V escala,estoy postulando para las encargaturas de dirección año 2016, he consultado sobre la remuneración y me han dado como respuesta que me pagarían S/. 160 por dirección y el adicional de las 10 horas.
    Mi pregunta es: ¿Cuánto me pagarían por encargatura de dirección en este año 2016?

  • Doctor Hugo buenas tardes.
    Soy docente de educación primaria con jornada labporal de 30 horas proveniente de la Ley del Profesorado, ubicado en este ultimo examen en la V escala,estoy postulando para las encargaturas de dirección año 2016, he consultado sobre la remuneración y me han dado como respuesta que me pagarían S/. 160 por dirección y el adicional de las 10 horas.
    Mi pregunta es: ¿Cuánto me pagarían por encargatura de dirección en este año 2016?

  • Buenas Dr. Hugo…reportandome nuevamente, y continuar con el desconcierto, en discrimnacion en cuanto al pago de encargaturas, de los docentes que provenimos de la ley 24029, pero en fin, Dr. he leido el articulo 21, literal a de la ley de presupuesto para el 2016, en el cual se afirma que se esta garantizando el pago par los docentes que accedan a cargos segun lo estipulado en los art. 34, 35 y 36 de la ley de Reforma Magisterial 29944, donde indudablemente se encuentra los cargos jerárquicos de I.E. (art 34), bueno hasta el momento lo único que ha salido a concurso son las direcciones de UGEl y DGP, mi pregunta es tiene Ud. conocimiento, si este año el Ministerio también tiene planificado realizar otro concurso para el acceso a cargos jerárquicos en I.E porque la ley de presupuesto esta garantizando el pago , tal como le estoy mencionando antes.
    Muchos saludos..Dr. Hugo esperare pronto su respuesta a mi consulta

  • Dr. Hugo: Muy Buenas Tardes. mi consulta es lo siguiente: Soy especialista en la UGEL de Padre Abad – Ucayali, y lo que sucede en nuestra UGEL es que NO logran interpretar la norma como es el D.S. 272-2015-EF, donde Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar el pago de encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en Educación.
    Lo cual, según la norma, regula un pago a docentes por encargatura y comprende tambien a especialistas, el asesor legal de ésta UGEL da por improsedente el pago que le corresponde a los Especialistas de la UGEL…
    Cual sería su análisis e interpretación de ésta Noram Doctor???

  • Amigo Hugo: Yo he trabajado este año en la jefatura del laboratorio (encargada por cese del titular), a fines del año pasado subí a la tercera escala de la carrera mag. y lo único que me pagan es s/2.87 céntimos por 40 horas de trabajo; quiero saber si de continuar en el cargo para el 2016 me van a pagar lo mismo?

  • Saludos, soy directora con encargatura por función, me he reasignado y en la Ugel me han dicho que me corresponde elegir a la nueva directora para el 2016, aplicando el Reglamento de la ley 004-13, ya que nadie quiere asumir el cargo, en mi escuela hay una docente que tiene 2 nivel y ella es de la carrera magisterial, las demás docentes están con nivel I ya que no quisieron evaluarse. ¿Debo dar la encargatura a la docente que tiene el 2 nivel? bajo que norma, reglamento o ley me amparo para hacerlo. Agradezco su respuesta.

    • Rosa. A nadie se le puede obligar a asumir un encargo si no quiere. El problema, y seguramente usted lo ha vivido, son las bonificaciones cuando los profesos proceden de la Ley del Profesorado. No solo no ganan las bonificaciones sino un deben sacrificar sus vacaciones. Varios no las tomaron este año. Hubo una noma eco cuido de enviarlos pero no ha salido una nueva. Haré la consulta al ministerio. Saludos

      • Amigo Hugo yo estoy encargada de la jefatura del laboratorio y entré a la tercera escala de la carrera el año pasado, me pagan por las 40 horas que trabajo s/2.87, quiero saber ¿si me quedo en la jefatura el 2016 me van a pagar lo mismo?; ¿Por qué a mis colegas asesoras que entraron a la carrera en el gobierno anterior sí les pagan de acuerdo al nivel (más de s/1000.00 adicionales) y a mí no si ya estoy en tercer nivel de la carrera?

  • señor Hugo soy sub directora encargada ha salido un RM 076 -2015 mi encargatura termina el 31 de diciembre del 2015,si mi evaluacion de desempeño es favorable soy ratificada en la encargatura. Mi preguntas es ¿puedo renunciar? ya que tengo un familiar enfermo?

  • Dr, Hugo yo postulé al proceso de nombramiento de directores y no alcance plaza en la UGEL HUANCAYO, por lo que otro director se nombró en el centro donde estuve encargada por espacio de 5 años esto es en la UGEL HUANCAVELICA, ahora soy docente de aula, estoy en la quinta escala, la consulta es si puedo postular a encargatura directiva en alguna I.E. puesto que la mía esta ocupada con nombramiento, si debo adjuntar la Ficha de desempeño y firmada por quien , tal vez deba especificar la institución a la que postule y si puedo postular al cargo de especialista a la vez o es solo uno de ellos, ya que el plazo se vence en esta UGEL y no se de las plazas vacantes.

  • Dr. una consulta al respecto de encargatura de jefatura. puede un coordinador pedagógico del presente año 2015 presentarse a cuncursar para jefatura sin haber renunciado porque su cargo no se para mi todavía termina el 31 de diciembre del presente año posiblemente. de no poder concursar en que norma me amparo por favor mil gracias por su respuesta.

  • Saludos Dr. Hugo, necesito su comentario respecto mi caso, en el presente año me reasigne a otro UGEL que a partir de 1 de marzo del 2016 estaré en mi nueva I.E.AHORA BIEN sale la norma RVM N 076 de encargaturas en ello quiero participar, dime doctor Hugo puedo presentarme para ese concurso en la UGEL de destino o en mi UGEL actual?, porque la norma no precisa al respecto.

    Gracias por su Rpta

  • Haciendo la aclaración , digo que me entero que se perdió el parte de asistencia, por que en la época de mi anterior directora, se extravió las planillas de pago, y me vengo a enterar ahora de que no había sido sólo la planilla que se extravió , sino también el parte de asistencia, y que ese tema lo denunció con el CONEI.

  • Buen día, Dr. Hugo, mi caso es el siguiente, hay un colega que me ha denunciado por que dice que he tenido vacaciones en enero y febrero del 2014, pues yo fui jefa de talleres en el cetpro en los años 2013 y 2014. Para mi mala suerte , me entero por mi actual director, que, se ha extraviado el parte de asistencia de ese año. La directora de esa época hizo la respectiva denuncia. Yo fui a trabajar toooodo el 2014, tuve vacaciones de 15 días en setiembre, nada más. Gracias.

  • Dr. tengo entendido que a partir del 2016 pagaran las asignaciones por 40 horas y demás tal como corresponde según la ley de la reforma magisterial y ya no harán las diferencias entre los que provenían de la ley del profesorado y de la carrera publica¿Que hay de cierto?.gracias por su respuesta.

  • SALUDOS DR. HUGO. RECIÉN ME ENTERO QUE EN LA EVALUACIÓN DE PLAZAS JERÁRQUICAS 2015 EN MI CASO PARTICULAR HUBO ERROR AL MOMENTO DE CONSIDERA LOS PUNTAJES EN LA FICHA DE EVALUACIÓN EN LA CUAL RESULTA QUE SOY EL GANADOR SIN EMBARGO SE LE ADJUTICO A OTRO DEBIDO A QUE SE LE ASIGNO MAYOR PUNTAJE SOBRE EL MÁXIMO. ASI MISMO LA COMISIÓN EVALUADORA SOLAMENTE PUBLICÓ LOS RESULTADOS FINALES, MAS NO PUBLICÓ UN CUADRO CON LOS PUNTAJES PARCIALES POR PARTICIPANTE (A LOS CUALES HOY TUVE ACCESO DE MANERA CASUAL). MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: ESTE AÑO LA NORMA INDICA LA RATIFICACIÓN DE LOS ENCARGADOS, PROCEDERÍA EN EL CASO QUE RATIFIQUEN A ESE PROFESOR QUE ACTUALEMTE ESTA (CON PUNTAJE ERRADO) O EL DIRECTOR DEBE PROCEDER A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO SOLO EN ESTA PLAZA. GRACIAS POR SU RESPUESTA.

  • Dr. QUISIERA SABER SOBRE LOS COORDINADORES EN JORNADA ESCOLAR COMPLETA SI SALDRÁ UNA NORMA DE RETIFICACION PARA ELLOS O SE EVALUARA NUEVAMENTE EN CADA I.E DE EVALUARSE EN QUE NORMA SE AMPARAN Y ADEMAS EXISTIENDO UNA PLAZA DE JEFE DE LABORATORIO LA NORMA DICE QUE DEBE PASAR A SER COORDINADOR PEDAGÓGICO DEL ÁREA AFÍN ESPERO SU RESPUESTA PUNTUAL A MI CONSULTA. GRACIAS.

  • DR. HUGO, SALUDOS CORDIALES.- QUISIERA QUE ME ACLARE ESTA DUDA.- EL NUMERAL 7.23 INDICA “LOS PROFESORES NOMBRADOS EN LAS II.EE. DE NIVEL SECUNDARIA DE EBR ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE COORDINADOR PEDAGÓGICO O TUTORIA NO PODRÁN RENUNCIA A DICHOS CARGOS”, MI PREGUNTA ES (A) SI EL AÑO 2015 ESTUVE ENCARGADO EN DICHA PLAZA SE ME RATIFICA AUTOMÁTICAMENTE O (B) DEBO SOMETERME PRIMERO A LA EVALUACIÓN CONFORME INDICA LA RVM 076-2015-MINEDU Y UNA ELEGIDO GANADOR YA NO PUEDO RENUNCIAR UNA VEZ EMITIDO EL ACTO RESOLUTIVO. GRACIAS.

  • Dr. Hugo. CONSIDERO QUE HAY UNA OMISIÓN EN LA RVM 076-2015-MINEDU PUES NO CONSIDERA LA ESCALA CINCO Y SEIS EN EL TIEMPO DE SERVICIO DE PERMANECIA O ES QUE SE TIENE EN CUENTA DESDE LA ESCALA CUATRO EN ADELANTE.- SOY DOCENTE DE ESCALA 5. GRACIAS.

  • Doctor Hugo ya salió la Directiva de encargaturas para el 2016 RVM Nº 076-2015-minedu, norma que regula el procedimiento para el encargo de plazas de cargos directivos jerárquicos y de especialistas de educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial. La pregunta es ¿pagarán las 40 horas a los profesores procedentes de la ley del profesorado? Porque este año 2015 solo me dieron 160.00 soles mensuales.

  • Estimado Hugo, respecto a la RVM 076-2015-MINEDU de encargaturas para el 2016 ¿estamos considerados los de la ley del profesorado para efectos de reconocimiento de pago de las 40 horas? o sera el mismo acto discriminatorio para los que estamos en estas mismas condiciones.

  • Saludos Dr. Hugo.Revisando la RVM 076-2015-MINEDU de encargaturas 2016 en la pag. 7 en el rubro tiempo de servicios oficiales en la carrera como profesor indica solamente segunda, tercera, cuarta escala no apecere ni quinta, ni sexta. En mi caso estoy en quinta escala,la pregunta es QUE PUNTAJE SE ME DEBERIA ASIGNAR, pues la norma anterior la RSG 2076-2014_Minedu si señala desde el segundo hasta la sexta escala y el puntaje que correspondía.Salvo que por error no se digitó, en todo caso, comunique usted por favor al MINEDU para la rectificacion respectiva. Gracias.

  • Antes Dr. Hugo quiero agradecer por su respuesta para hacer la siguiente consulta si podría presentar por adelantado a la UGEL mis expedientes para la evaluación amparándome en la resolución de secretaria general N° 2056 – MINEDU 2014 para la encargatura de jefe de laboratorio pues anticipándome a que algunas veces las UGEL no comunican a tiempo cuando salga otra norma Por favor espero su respuesta

  • Dr. Hugo quisiera espresarle muestras de agradecimiento por la informacion brindada Gracias,quien se dirige actualmente es Director (e) con puesto de trabajo por lo que continuo en la misma I.E. donde fui nombrado hace muchos años,la cual trabajo solo pero administrativamente eramos dos probablemente hasta este fin de año 2015 por lo que tengo entendido la maestra ya sale racionalizada definitivamente, por lo que puede quedar I.E Unidocente la I.E es zona rural tipo 1, cual debe de ser mi escala de pagos por lo que me descuenta bastante BENDICIONES DR HUGO.

    • Rulo. El cambio a unidamente debe tramitarse y salir en el padrón de lo contrario no rige. Igualmente la bonificación tendrá que estar considerada previamente en el presupuesto para ser efectiva, pues sino no habría respaldo presupuestario. Saludos

  • bueno antes de participar con mi inquietud quiero saludarlo Dr. a usted en seguida es para preguntarle soy docente que trabajo nombrado en un i. e y en el presente año estuve en la encarga tura de jefe de laboratorio y hasta la fecha no sabemos si seremos ratificados o concursaremos con el año pasado hasta la fecha no sale ninguna norma o de salir comunícame por favor que norma es del presente año URGENTE POR FAVOR …..

  • Disculpe Sr. Hugo Diaz para mí no es cuestión de financiamiento, si nosotros los provenientes de la ley del profesorado renunciamos al puesto de Director Encargado y el puesto lo toma un profesor del mismo nivel y procedente de la CPM a ellos si le abonarían más dinero por el cumplimiento de las 40 horas,y para ellos si habría financiamiento. Por mi parte no voy a esperar un milagro, el próximo año no me presento para la encargatura ya que 165 soles por las horas trabajadas no compensa el tiempo de dedicación.

    • Javier. Es su opción. Lamentablemente la solución buscada por el Minedu es injusta pero es la que aplica. A mi me gustaría que todos sean tratados por igual. Es más, lo he escrito varias veces. Pero la razón que le he dado es la que han explicado con los datos respectivos. Saludos

  • estoy en la tercera escala ascendió en setiembre del 2014 en el mes de marzo me dan una encarga tura por funciones y me cancelan 165 mensual no me parece justo ya que hacemos el mismo trabajo que las que pertenecen a la cpm y sin embarga ellas se les paga a fin de año todo y es una buena cantidad se puede reclamar a ugel que se considero la escala magisterial en mi colegio la anterior directora le cancelaban entre 10,000 a 12,000 a fin de año le agradezco mucho por su respuesta doctor.

    • Julia Rosa. Lo que expone es un problema que sucede en todo el país y que el MED debe solucionar cuanto antes. El problema es financiamiento. Cuesta varios cientos de millones arreglarlo. Se necesita que Economía apruebe la partida pues coincido con usted: entre un director encargado y un titulas lo único que los diferencia es la denominación del cargo. El resto no tiene diferencia. Saludos

  • Dr. HUGO DIAZ a todo lo cuestionado con respecto al reconocimiento de pago por encargaturas, nosotros los que procedemos de la ley 29944 ¿podremos hacer algo, ¿se podrá canalizar alguna acción legal? o sinceramente veremos como pasa un año mas de injusticia?…gracias dr. por los aportes

    • Santos Lucio. Es indudable que una acción legal solicitan la vigencia 0plena de la ley es posible, aunque hay una arma que establece el pago para los encargados. Sin embargo hay el precedente en la ley de CPM que titulares y encargados percibían las mismas bonificaciones. saludos

        • Santos Lucio. Tengo entendido que ahora no hay partida presupuestaria para ello. El ministerio es consciente e esa limitación pero choca con la barrera del financiamiento del MEF. El 2016 no será un año fácil pues el presupuesto no se espera que crezca demasiado. En todo caso, una presión de parte de ustedes es buena sobre todo si hay un nuevo gobierno que ingresará. Saludos

  • DR. HUGO, BUENAS NOCHES, PARA EL AÑO 2016 ME REASIGNÉ Y TRABAJARÉ EN UNA I.E UNIDOCENTE, ESTOY EN EL TERCER NIVEL DE LA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL QUISIERA QUE ME APOYE CON QUE NORMA SUSTENTO PARA MIS PAGOS QUE ME CORRESPONDE POSER UNA I.E UNIDOCENTE, QUISIERA SABER SI PERCIBIRÉ POR ENCARGATURA DE DIRECIÓN O SOLAMENTE POR SE UNIDOCENTE.
    PORQUE EN LA DRE DE ICA A LA FECHA NO SE ESTA PAGANDO POR SER UNIDOCENTES, NI POR ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN.

    LE AGRADEZCO SU APOYO.
    LE AGRADEZCO SU APOYO.

  • DR HUGO BUENAS NOCHES, PARA EL 2016, ME HE REASIGNADO A UNA I.E UNIDOCENTE, ESTOY EN EL TERCER NIVEL DE LA LEY REFROMA MAGISTERIAL, QUISIERA SABER CUANTO DEBO PERCIBIR EN MIS REMUNERACIONES.
    QUISIERA SABER TAMBIEN SI ME CORRESPONDE PAGOS POR ENCARGATURA POR SER UNIDOCENTE. QUISIERA QUE ME ENVIE A MI CORREO LAS NORMAS QUE SUSTENYAN LOS PAGOS QUE ME CORRESPONDE.
    GRACIAS.

  • SR. HUGO GRACIAS POR SU RESPUESTA
    sOY PROFESOR DE IV DE LRM.
    EN ENERO Y FEBRERO ESTUVE EN ENCARGATURA Y NO USE MIS VACACIONES.
    ME ADJUDICO EN MARZO POR TRES AÑOS.
    PUEDO TOMAR MIS VACACIONES? O CUÁNDO ME TOCARÍA?
    ALGUNA DIRECTIVA ? MUY AGRADECIDO

  • Sr Hugo, le consulto lo siguiente, hay 4 subdirectores en mi institución en eutimo concurso alcanzaron puesto con distintos puntajes, la dirección esta vacante, a quien le corresponde la encargatura al de mayor puntaje en el rankin o al de mayor escala?.

  • Dr. Hugo Díaz , reciba mis saludos cordiales a su honorable persona , mi consulta es que en el mes de setiembre del pte. año , se me ha descontado de mi haber mensual aproximadamente cerca de 200 mensual por motivo de un Oficio Múltiple N° 004-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD que de acuerdo al SUP se les paga únicamente a los Jerárquicos Contratados y yo que soy Titular Como Coord. de Toe x 40 hrs. se me hace este descuento. Es una aberración que este documento en mención sólo reconozca a los Jerárquicos Encargados y a los Titulares se les descuente , me parece arbitrario y contradictorio y además en este documento no señala que se descuente a los Titulares. Provengo de la Ley N° 29062 y estoy en la VI escala de Nivel Magisterial.
    Por favor Dr. HUgo , espero su respuesta con mucha expectativa.
    Con mis consideraciones especiales.

    • Alfonso. Todo el tema remuneraciones no está bien administrado. Hay muchas cosas que ya se deberían estar pagando y no se hacen. Faltan bonificaciones, alguna normatividad aclaratoria y ver cuando es que la Reforma Magisterial se aplica al 100%. si no se avanza en ello los problemas van a continuar. Saludos

  • Dr. Hugo Díaz, tenga usted buenos días, respecto a las encargaturas de plazas jerárquicas, como mi caso de Jefe de Laboratorio, en el presente año nos están haciendo un pago irrisorio de $/. 2.50 soles mensuales y lo que más indigna es que se está proyectando para el año 2016, mi pregunta es: ¿Qué se puede hacer para revertir este hecho que afecta a nuestros derechos?

  • Dr. muy agradecido: de haber leido mi comentario, me da una luz de esperanza, su interés que tiene por conversar el problema con las autoridades del Ministerio, ojala que analicen bien las cosas para terminar con esta discriminación, tres años son ya suficientes, no se puede seguir tolerando mas esta injusticia: por lo menos pienso yo si es que no hubiere mas presupuesto, por que todo depende de ello, deben darnos en forma equitativa a todos, lo que existe, no le parece.

  • Dr. Hugo mi comentario es en este caso para todos los colegas que le han hecho llegar sus consultas referidas al pago por encargatura en palzas directivas y jeraquicas y que provienen de la 24029 como es mi caso tambien, lo cierto es que lamentablemente al parecer el proximo año 2016, va a continuar la discriminacion en el pago en relacion con los colegas que provienen de la CPM y cierto es que iindigna mucho como lo expresa una colega en su comentario….como puede ser que las ! mentes brillantes! justifiquen esta injusticia, amparandose en leyes que segun la Ley de Reforma Magisterial debian ser derogadas al dia siguiente de su promulgacion sin ambargo para pagar nuestros beneficios que por dercho nos corresponden si las toman en cuenta….Ahora de acuerdo al proyecto de ley de presupuesto publico para el año fiscal 2016…nuevamente prorrogan el cumplimiento del segundo tramo de la decima disposicion transitoria de la ley 29944,,,con lo cual nos estan condenado a continuar recibiendo las ínfimas y ridículas sumas de dinero por asumir encargaturas, salvo que los congresistas observen y nos defiendan antes de aprobar la ley de presupuesto para el 2016…situación que la veo muy difícil sabiendo como actúan estos señores…colegas lean por favor el Art. 21 numeral 21.1 literal b , del proyecto de ley antes mencionado, allí esta lo que les manifiesto

  • Dr.Hugo en la I.E.I somos 5 docentes de los cuales 2 somos nombrados
    La directora encargada sale de licencia por maternidad ella tiene que dejar
    El cargoo o solo deja con un memorandun el cargo y ademas ella regresaria
    En diciembre el 23 vuelve al cargo o la que asume termina hasta el 31 de
    diciembre.

  • Soy profesor de la II escala de CPM, docente de secundaria, el año pasado estuve encargado de la Sud dirección, este año estuve encargado de la Dirección (en los meses de enero y febrero) mientras se desarrollaba el proceso del Concurso de Directores… mi pregunta es ..¿Puedo solicitar mis 2 meses de vacaciones que de acuerdo a ley me corresponde?… gracias…

  • Dr. Hugo. Buenas tardes. Quisiera que me explique porque en la UGEL de Coronel Portillo no quieren pagar las encargaturas por concurso de los meses de enero y febrero, aduciendo que era por funciones y que esto no genera ningún derecho. Pero si le pagaron a los ex directores como si estuvieran ejerciendo el cargo en forma normal. Ya pedimos varias veces y siempre niegan el pedido. Indíqueme la ruta a seguir. Muchas Gracias y Bendiciones.

  • DR HUGO LA RESPUESTA QUE uD. DA SOBRE EL PAGO DE ENCARGATURAS DE JEFATURA DE LABORATORIO , NO ES JUSTA PORQUE EN ESE CASO SI NO HA HABIDO CONCURSOS PARA QUE HAYA TITULARESY TODOS ESTAMOS EN LA LEY DE LA REFORMA Y EL PAGO DE s/. 2.50 MENSUAL ES DISCRIMINATORIO Y ADEMÁS UNA BURLA PARA LOS DOCENTES . Y QUE EN TODO CASO PARAQUE EL EXAMEN DE ASCENSO SI SIEMPRE VAN A BENEFICIAR A LOS QUE INGRESARON PRIMERO .

    • Teodosia. Yo no hago las normas. Solo comento lo que es en la realidad. Estoy de acuerdo con usted en que para esas sumas tan pequeñas es mejor no pagar nada. Lo que el Ministerio tiene que hacer es cuanto antes hacer efectiva en un 100% la ley de reforma.Sino siempre habrán quejas como la suya. Y con razón. Saludos

  • hola hugo, mi pregunta es la siguiente: el proximo año me voy reasignada a una plaza de inicial unidocente de la provincia de Ica y me han dicho que ya no voy a percibir una bonificacion por encargatura ni por tipo de I.E,solo como docente, ¿como en la I.E donde estoy trabajando actualmente si percibo estos beneficios?

  • Buenos dias. sr Hugo,
    Una consulta, el año pasado asumi la encargatura por funciones en el colegio donde laboro, me dieron la RD en Abril, pido mi licencia por maternidad en mayo y me reintegro en agosto, me pagaron normal como docente, pero no me han pagado todo el año por la encargatura, en la ugel 01 me dicen que tengo que solicitar la modificatoria de mi Rd por los meses de licencia, lo vengo pidiendo desde marzo, fecha en que deje la dirección, porque ni los dos meses que estuve en el cargo me pagaron, ¿como puedo hacer para solicitar mi pago? no es justo trabaje todo el año, porque incluso estando de licencia, tenia que ir al colegio para la presentación de documentos como el de mantenimiento preventivo. mil gracias.

  • Dr Hugo. Estoy encargada de una jefatura de laboratorio de 40 horas, el año pasado ascendí a la 5ta escala magisterial. En la ugel de mi provincia me dicen que no me corresponde el pago de 4011 nuevos soles que dice el cuadro de remuneraciones de acuerdo a escala, sino, que solo me corresponde 3170 nuevos soles. Es esto cierto y de ser así, a qué se debe?

  • La profesora Juana, anterior a mi comentario también debe ser encargada ya que aún no se dió concursos para cargos jerárquicos titulares, sin embargo le dice que debe ganar 3549 con IV escala. En todo caso la RS Nª 2076-2014 MINEDU se encuentra dentro del Marco de Reforma Magisterial y es bajo esa norma que me presenté a la encargatura de laboratorio, entonces no debo percibir los beneficios de la Reforma?

    • Marylyn. Como le digo, lo que me indican de Ministerio es que se percibe las remuneraciones de acuerdo al régimen anterior. La diferencia entre usted y la profesora Juana puede estar en que una procede de la Ley del Profesorado y la otra de la Ley de CPM. Saludos

  • Dr. Hugo: saludos y a la vez agradecerle por su respuesta.

    Deseo saber cuánto me corresponde la asignación por desempeñarme en el cargo jerárquico: Jefe de laboratorio cuya jornada laboral es de 40 horas pedagógicas y estando en la IV escala magisterial desde el año pasado.

  • Dr. Hugo Díaz, mi consulta es la siguiente:
    Soy docente de IV Escala y mi I.E. va a ser JEC el 2016.
    Yo deseo acceder al cargo de Asesor de Letras, mi incógnita es, puedo solicitarlo?, en vista de que no hay otro de mi escala, y de ser asi…¿Cuanto sería el sueldo?, teniendo en cuenta toda la responsabilidad del cargo,…solo sería por 30 horas? o 40 horas.
    Muchas gracias por su respuesta.

  • buenas tardes Dr.Hugo le quiero hacer una consulta el director de mi institución ha creído determinar dejarme en su ausencia encargado de la dirección lo deseo que me explique si ello esta normado que un director pueda hacerlo ya existe una profesora que ha manifestado su descontento aduciendo que ello no factible digace de paso de que ella desea quedarse en la direccion el director actual ha llegado a mi escuela por haber aprobado el concurso de directores. ojala me pueda orientar

  • Buenas Noches Dr. Hugo, Mi consulta es: un profesor trabaja hace 15 años en un colegio, y hace tres años llega la esposa al mismo colegio, asciende a la cuarta escala ella y el a la tercera.La Sra. Directora va a cesar, y le corresponde a la mencionada profesora por cuarta escala asumir la Direccion?, aun cuando el esposo trabaje en el mismo colegio? (¿EXISTE NEPOTISMO?), con el transcurso del tiempo siempre habrá preferencias ya que el esposo trabaja en el mismo colegio. No seria mas saludable que elijan a otro profesor que esta en tercera escala y tiene experiencia como Director encargado de otro colegio anteriormente, pero con 20 años de permanencia actual en el colegio. Cual seria el procedimiento mas adecuado? Gracias por su respuesta.

    • Feli. Lo que hay que hacer es cumplir con la norma. Quizá la pareja puede conversar y decidir que hagan. A ellos también les puede parecer que no es conveniente que estén juntos. Pero como usted sabe, lograr traslados y hacerlo en un lugar de condiciones similares a donde actualmente está es tremendamente difícil. Saludos

  • Buenas noches Dr Hugo Diaz agradeciendo de antemano su respuesta. Mi consulta es sobre los CAS para Especialistas en UGEL. Puede un docente nombrado con disponibilidad de tiempo participar en el proceso y ocupar un contrato como administrativo a la vez

  • SEÑOR HUGO DIAZ PRIMERAMENTE LE HAGO LLEGAR MIS CORDIALES SALUDOS, SOY PROFESOR DE UNA I.E. UNIDOCENTE, VENGO DE LA LEY DEL PROFESORADO,ESTE AÑO HE ASCENDIDO A LA III ESCALA CON LA NUEVA LEY, DESDE EL MES DE JUNIO SE NOS HA QUITADO UN DERECHO POR ENCARGATURA EL D.S.N° 065 EN LA CUAL NOS PAGABAN 120 NUEVOS SOLES, ESTO ESTA OCURRIENDO EN LA UGEL-MORROPON SEGUN ELLOS ALEGAN QUE HAY UN OFICIO
    QUE SUPRIME ESTE BENEFICIO QUE SE NOS HA VENIDO PAGANDO HASTA EL MES DE MAYO PERO NO OCURRE CON LA I.E. MULTIGRADO A ELLOS SE LES ESTA PAGANDO NORMALMENTE EL D.S. 065. QUIERO SABER SI ESTO ESTA OCURRIENDO A NIVEL NACIONAL. SOLAMENTE POR ENCARGATURA DE DIRECCION SE NOS ESTA PAGANDO 45 NUEVOS SOLES, SERA JUSTO EL TRATO QUE NOS ESTAN DANDO. LA LEY QUE DICE.

  • DR. Hugo, mis cordiales saludos, mi inquietud es sobre el trabajo que realizamos como directores encargados con jornada de 40hrs pedagógicas y el no cumplimiento de la ley de la R. Magisterial, en el Art. 58 sobre el pago de asignación, siendo una burla y discriminatorio nuestro pago diferenciado el cual se percibe 2.16 por la encargatura, se va a nivelar el pago? como percibe de los maestros genios que provienen de la ley CPM? Hoy todos estamos en una ley, en verdad ya el ministerio debe pronuciarse.

  • DrHugo, una consulta, soy profesor contratado y en el presente año solo percibo la suma de 1 500 en una IE unidocente, por ende tengo encargatura de direccción.
    El año pasado era docente y percibía la suma de 1 200 ahora que soy director encargado, cuando debo ganar???
    Creo yo:
    como profesor de 30 horas pedagógicas es la suma de 1 200
    por tener la encargatura de dirección xxx
    según el DS N° 014-2914 (como IE unidocente) Art. 1 200
    según el DS N° 014-2914 (como IE unidocente) Art. 3 rural2 100

    No encuentro el bono por cargo directivo???

  • Muy buenos días Dr. Hugo provengo de la CPM IV escala durante los años 2012, 2013,y 2014 vine asumiendo la encargatura de dirección, me siento indignada porque no me pagaron los montos que corresponde por encargatura, es decir fueron montos minimos de 300 a 400 soles por mes, mientras a colegas de la misma escala le pagaron de 900 a mas aduciendo de que desde el MINEDU estaban establecidos esos montos, quisiera saber si puedo realizar mis reclamos ahora y cuales
    serian los tramites a seguir.
    Tambien en el año 2011 por la huelga me descontaron muy a pesar de haber recuperado las horas. lo que no sucedió en otras regiones a nivel nacional.

    • Nancy. El Minedu hace diferencia entre encargados y titulares. A los titulares les paga de acuerdo a la norma. A los encargados de acuerdo al régimen de donde provenían. Frente a los 2.70 que le dan a los de la ley del profesorado lo suyo está mejor, pero cuanto antes hay que corregir estas desigualdades. Saludos

  • Doctor buenas noches, Soy un docente del IV nivel proveniente de la ley del profesorado y este año estoy encargado de la Dirección de mi I.E. y pero hasta el momento no nos pagan por la encargatura de la dirección, frente a esto que sucedería con mi persona si renuncio a la Dirección.

    • Wilson. En efecto, en muchos casos hay demoras además de un trato diferente entre los docentes titulares y encargados, así como entre los que vienen de la Ley del Profesorado y los de la CPM. El pago es no solo atrasado sino que lo que podrá recibir no es tan significativo. Renunciar, es posible, aunque no sabemos cual será la reacción de las autoridades pues no hay norma al respecto. Saludos

  • Doctor, buenas noches, después de conocer las irregularidades y diferencias en cuanto a la asignación por encargatura de dirección, quisiera me explique que sucede con nosotros si renunciamos a la encargatura de dirección. digo por que soy un docente proveniente de la Ley del profesorado y este año estoy encargado de la dirección. espero su respuesta.

  • Buenas tardes lo que deseo es consultar, aprobe el examen de ascenso y estoy en la tercera escala, este año me dieron la oportunidad de tener la jefatura de laboratorio con 40 horas voy a planillas a ver sobre mi pago y me dice que son dos soles cincuenta por mes, cual seria mi pago realmente, espero su respuesta
    gracias

  • Doctor Diaz, previo saludo cordial, a través suyo hago extensivo el reclamo de muchos docentes que a la fecha venimos desempeñando encargaturas en cargos de Dirección. El suscrito provengo de la CPM CON J.L. de 40 horas desde el año 2011. A partir del año 2015 me designan como docente de 24 horas titularmente. Pero en la actualidad desempeño el cargo de director encargado, ubicado en la IV Escala Magisterial y la remuneración no corresponde como dice la Ley de la R.M. y me sorprende la diferencia en nuestra remuneración con un docente de 24 horas de la misma escala magisterial desde el año 2011 y somos encargados en la Dirección durante el presente año.
    Agradeceré mucho su atención.
    Saludos.

  • Dr. buenas noche mi consulta es lo siguiente: el año 2014 desde el 01 de marzo al 31 de diciembre asumi la sub direccion de mi institucion educativa y en este año 2015, gane una Direccion en otra institucion en los meses de enero a diciembre, la pregunta es ya tengo derecho a mis vacaciones por que desde el 2014 hasta la fecha no hago uso, que puedo hacer dr. gracias por la respuesta.

  • Disculpe pero la docente que asumió LA ENCARGATURA POR CONCURSO recibió su resolución hasta el tae y ya renunció, solo esperaba que salga el documento. Eso es posible?SI EL CONTRATO TAMBIÉN ERA HASTA EL TAE. nO HAY SANCIÓN PARA ESTE DOCENTE?
    AHORA POR QUÉ DEBE ASUMIRLLO UN CONTRATO SI LES CORRESPONDE A UNO DE LOS NOMBRADOS DE ESA MISMA ÁREA. NADIE QUIERE. GRACIAS

  • Estimado Dr. Hugo Diaz, saludos desde la Ciudad de la amistad Chiclayo, mi consulta es: Soy profesor por horas (26 hrs), nombrado, y ubicado en la III escala magisterial, me han encargado desde el mes de mayo (por cese del titular) una jefatura (40 hrs), al revisar mi boleta mi pago por encargatura es S/.2.39 ¿Es correcto el monto?. con las disculpas pero me pareció hasta una burla. Gracias.

  • Disculpe otra vez, pasa que el contrato dice al TAE pero la docente que renuncia debía estar en la encargatura de asesoría también hasta el tae como está en su resolución. ya le salió y ahora renuncia porque no le pagan. Eso es correcto?

  • La encargatura es de una área y al parecer ningún colega desea asumir por lo tanto se lo pretenden dar a un contrato que está cubriendo la plaza que dejó el docente titular al asumir la encargatura. Otra consulta, ¿Demora el procedimiento para cambiar la nomenclatura de asesoría en un área para pasar a otra área?

  • Dr. Hugo por favor explíqueme si es posible que un docente abandone la encargatura a la que postuló sin ninguna sanción y renuncie para volver a la plaza en la que un contrato se encuentra ¿no hay derechos para el contratado?

    • Verónica. Mientras la resolución de encargatura no se oficialice e docente está todavía en su cargo anterior. No hay previsto sanción para ello. Pero respecto del contratado depende cual es la figura del documento de contrato. lo que dicen las cláusulas de tiempo y disolución del mismo. saludos

  • Dr. Hugo quisiera que me saque de una duda un profesor que se presenta al proceso de reasignación excepcional docente 2015, le pueden contabilizar en sus puntajes sus años de contratos porque en su pases de UGEL dice 10 años con acumulación de 3 años de contratos genera puntaje con todas sus acumulaciones de contrato.
    Otra pregunta Dr. para calificar sus puntajes las zonas rurales que es 2,5, se evalua en su último cargo o de su total de sus años de
    servicios oficiales con contratos que también trabajo en zonas rurales, esperando su respuesta le estaré muy agradecido por su atención, saludos.

  • Sr.Hugo , expliqueme por favor en lo que respecta a las encargaturas supongamos de TOE.Di examen y subí a la 5ta escala pero me dicen que como provengo de la ley antigua y las encargaturas no se pagan por las 40 horas sino por un monto y que a mi me corresponde o.45 céntimos , me parece lo mas absurdo y ridículo que he escuchado,osea que yo no trabajo igual que los demás. Se que mi vocación por los mi carrera es grande, pero creo que debo protestar por la injusticia que se està dando con respecto a mi cargo y a mi persona.

    • María Leonor. Comparto su indignación. Esa norma de pagar de acuerdo al régimen anterior está en el reglamento de la ley e reforma magisterial. Se lo ha hecho para los que están en condición de encargados. La verdad termina siendo una burla. Yo espero que estas diferencias y vigencia de las leyes antiguas acabe pronto. Saludos

  • Dr. Hugo reciba los cordiales saludos. Mi consulta es acerca del maltrato del sub director de mi I.E. a los alumnos y docentes. El sub director tiene un mal trato con los estudiantes porque a través del micrófono grita permanentemente a los estudiantes para que ingresen rápidamente a clases, los alumnos ingresan de forma normal a sus aulas. Y a algunos docentes, especialmente contratados les grita como si fueran delincuentes. A una profesora le gritó delante de sus alumnos cuando llegó tarde, cuando según pienso solo debe hacer el respectivo informe. A otros docentes les grita cuando van al colegio con un uniforme parecido al acordado en reunión, pero no es una llamada de atención verbal, sino gritos hasta con palabras desafortunadas. Mi consulta es a donde podemos acudir para denunciarlo o que debemos hacer, porque en reunión ya se le pidió que deje de maltratar a los alumnos y docentes. Gracias.

  • Dr. Hugo previo saludo, mi consulta es la siguiente: 1° La Directora del plantel donde laboro recibió notificación de su cese, es decir laborará hasta el 31 de julio, es posible que pueda solicitar ampliación de tiempo ya que aun no ha concluido lo de mantenimiento 2015? 2° La Directora debe de encargar la Dirección a un docente sea el nivel que tenga o lo hace la UGEL, o se procede con la Resolución de Secretaria General 2076-2014 concurso para encargo de dirección? Realmente a quien le corresponde la Dirección? y como se procede con la Trasferencia cuales son los procesos a seguir? Por favor absolver mi inquietud. Muchas Gracias por las respuestas. Buen día.

  • Dr Hugo, quisiera saber como serán las encargaturas de direccion para el año 2016, porque mi persona asume la encargatura de Dirección sin recibir ningún beneficio económico ya que en el sistema Nexus esta como una plaza de 30 horas cuando en realiadad es una plaza de dirección con 40 horas ya que hasta el 2013 si se me vino pagando S/120.00 nuevos soles pero el 2014 y este año 2015 ya no se me esta pagando por la encargatura. El jefe de personal me dice que a pesar que se ha modificado la plaza para 40 horas no existe presupuesto. ¿Qué puedo hacer?¿De repente apersonarme el MINEDU? ¿Quisiera DR. que me oriente para que se me pueda abonar lo que me deben por asumir la encargatura de Dirección?

  • Doctor Hugo, En cuanto a los criterios de valoracion no cree Ud. que deberían puntuar los estudios concluidos de doctorado con 7 puntos y los de maestria con 5 puntos? por que la norma ha obviado injustamente el esfuerzo logrado hasta estos niveles de superacion y solo puntuan los grados, las especializaciones. Ademas en cuanto al tiempo de servicios, incorporaciones a la CPM y escalas deberian puntuar significativa y diferencialmente. Asimismo, existen casos en los que los postulantes han trabajado en otras entidades publicas y otras instituciones educativas, sin embargo priorizan el tiempo de servicios oficiales y no las de la institución (se observan casos en que estos docentes piden licencias despues de asumir estos cargos luego retornan en noviembre para nuevamente asumir estos cargos perjudicando a otros postulantes). muchas gracias.

  • Doctor Diaz, previo saludo cordial, a través suyo hago extensivo el reclamo de muchos docentes que a la fecha venimos desempeñando encargaturas en cargos jerárquicos y no nos pagan aún, lo del 2 014 nos pagaron recién la segunda quincena de enero de este año y con descuento del 15% de renta de quinta categoría (cuando el gobierno emitió un decreto que rige con descuento del 10% a partir de 1 de enero del 2015).
    Por otro lado solicito que nos aclare la posibilidad de nombramiento en cargos jerárquicos a pesar de ser plazas presupuestadas.

  • Dr. buenas noches, estoy ocupando una plaza jerarquica en mi colegio es de 40 horas pero me pagaron 2.85 mensual por la encargatura solo porque provengo de la ley del profesorado, eso debe ser así?, en que se amparan, se supone que todos estyamos en una misma ley,habrá alguna solución por parte del MINEDU?, puedo renunciar de no arreglasrse esta situación?, gracias

  • Dr, Hugo buenas tardes.gane el concurso para ocupar la jefatura de laboratorio de mi colegio con jornada de 40 horas plaza jerárquica,esoy en la IV escala, ascendí en la primera evaluación excepcional; pero solo me pagaron por 4 meses 11.80 soles, es decir 2.85 mensual, encima me descontaron AFP y un seguro de vida, la justificación en la DRE es que provengo de la ley del profesorado y por lo tanto eso me corresponde, en que ley se amparan, es eso verdad lo que me corresponde? y si eso es verdad puedo renunciar al cargo? o hay alguna esperanza que nos paguen como debe ser de acuerdo a la escala por la encargatura,gracias

    • Horacio. La ley y el reglamento de la reforma magisterial hacen referencia a ese pago. Los que ganan las bonificaciones actuales son los que están en el cargo en condición de titulares. No hay saluda. La renuncia es una posibilidad pero debe evaluar conscuencias para el futuro. Saludos

      • Saludos:
        Disculpe Doctor pero no es así, las encargaturas de los que vienen de la CPM son diferentes, la asignación es alrededor de 500 soles vs 2.80 de los que vienen de la ley antigua del profesorado. Creo que ya paso tiempo y debieron solucionar estos casos. Lo mismo que el pago de maestrías, siguen pagando mensualmente a unos y a otros nada.

        • Ricardo. Lo que dice usted es lo que está en la norma. Usted me dijo que está en la ley del profesorado y de acuerdo al reglamento lo que se dice es que las bonificaciones se pagan de acuerdo al regimen laboral previo. Esas bonificaciones son diferentes entre la ley del profesorado y la CPM. Es cierto que ya deberían unificarse pero hasta ahora no lo hacen, Saludos

  • Dr, Buenas noches. El caso es que en la actualidad un docente esta ocupando el cargo de coordinador pedagogico en un colegio JEC (30 HOras). Pero se ah presentado la oportunidad en el mismo colegio de cubrir la plaza de ATI (Atención tutorial Integral- 40 Horas) Se podra presentar y tendra que presentar su renuncia al cargo?

  • Soy profesora de la I.E. “Fermín Tangüis” Ica encargada del Laboratorio con 40 horas (12 horas de dictado de clases).Vengo ocupando dicho cargo desde el mes de Julio del 2014.¿Es correcto que mi haber mensual sea menor al de un docente con jornada Laboral de 30 horas, siendo de la misma Ley, provenientes de la misma Ley y además nuestra I.E. es de JEC. Ahora creo que todos estamos en una sola Ley.

  • Doctor Hugo Díaz buenas noches, por favor le ruego absuelva mi consulta: en la RSG 2076-2014-MINEDU, en el numeral 6.4 se señala:”La Comisión de Evaluación, para efectos de la calificación de los expedientes debe tener en cuenta los siguientes criterios de evaluación EN FORMA EXCLUYENTE…”; y luego pasa a indicar los criterios: a) Escala magisterial; b)Tiempo de servicios y c) Estudios académicos en educacion.
    La pregunta clave que le formulo:qué significa en FORMA EXCLUYENTE?

  • Dr. Hugo buenos días. He visto mencionar arriba en algunas preguntas de los colegas que hablan sobre dos oficios: El 004 y 006-2015-minedu-vmgp-digedd-ditd. He buscado en la web para poder leer y no la halle. Le estaria muy agradecido a.Ud. si me pudiera facilitar dichos documentos para estar mejor informado. Mi correo es johnvi_27@hotmail.com Muy agradecido Doctor.

  • Doctor una consulta de las tantas que hago y usted muy amablemente responde, gracias por ello. La Ley N° 30328 en su QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL, menciona el Incremento de las asignaciones establecidas en el marco de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial. La pregunta es ¿se incrementarán a los jerárquicos que procedemos de la ley del profesorado? ya que los de la CPM si ganan muy bien.

  • Buen Dia Sr Hugo Díaz, quisiera saber si pueden asumir la encargatura de Dirección docentes de la 1ra o 2da escala y que no han tenido experiencia en el cargo. En el colegio donde laboro hay docentes de 4ta y 5ta escala con experiencia pero se le otorgó la encagatura a uno de inferior escala.

  • Prof. Diaz con el saludo y respeto a mis colegas docentes, quiero saber si las normas sobre encargatura de dirección aun siguen vigentes, pues es el caso que el Director de la Dirección de Educación del Callao, ha encargado mediante oficio a un colega docente con I escala y sin haber tenido experiencia directiva todo por que el mencionado docente es el secretario general base del SUTEP

  • Estimado Dr. Hugo deseaba preguntarle cuanto me corresponderia por encargatura de Direccion de dos niveles si provengo de la Ley de la CPM y si hay algun documento normativo que indique el proceder de las Ugeles para pagar asi a los que no somos titulares. Gracias

  • Hola Hugo le saludo y a la vez me gustaria preguntarle,se me adjudico en el mes de febrero encargatura de mi I.E por el mes de febrero pero no se acerco a la Institución Educativa ningún Directivo es por eso que tuve que estar en Dirección hasta el 11 de marzo día que recién se acerco a la I.E en nuevo Director Encargado quisiera saber si tengo derecho a recibir mis días trabajados por 40 horas hasta la llegada del Nuevo Director pertenezco a la Carrera Publica Magisterial inclusive di el Examen para Directores y salí en la lista de Aprobados le agradeceré me pueda orientar

  • Hola Hugo Díaz cuando salió esta norma para las encargaturas era una muy buena oportunidad para mejorar la remuneración del docente. Pero ingrata es la sorpresa de que remunerativamente el del planilla de la Ugel-Tumbes dice que sólo corresponde a 2.50 nuevos soles por no pertenecer a la carrera pública magisterial con la cual fuimos divididos, que ellos si pueden percibir de acuerdoal nivel, y en el anterior año fue también una encargatura y no titular como veo que Ud. manifiesta. Por qué esa discriminación con el docente, me puede alcanzar la directiva, reglamento donde dice que existen tales diferencias remunerativas. O es que siempre tendremos que iniciar una acción judicial para que se nos reconozcan nuestros derechos.

  • Tengo un gran problema, este año asumí una encargatura (por 40 horas). En la Ugel donde laboro me han manifestado que solo percibiré 2.50 (provengo de la ley del profesorado) a pesar de ascender a la IV escala. He pensado en renunciar ya que considero que es un hecho discriminatorio la diferencia de la ley donde provenimos. Sin embargo, con mi renuncia perjudico a un profesor que vino a ocupar mi plaza.

  • Como a los profesores encargados de la misma jefatura que mi persona y estan en el mismo nivel que yo (4 nivel) si le asignan el pago de cuarenta horas por que ellos si ascendieron con los gobiernos anteriores.. la verdad no comprendo puede explicarme esta situación

  • En la anterior exmane de ascenso accedi al 4 nivel se me reconocio se me paga por ello luego , tengo una resolución de encargatura de jefa de Laboratorio del 25 de maRZO DEL 2015, luego al salir mi talón de cheque por encargatura me pagan 2.50dos soles cincuenta cuando fui a preguntar aplanillas y me dicen que es por un oficio del Minedu del 11 de Enero del 2015 donde dice que asi me deben pagar no entiendo usted me podria explicar gracias y donde puedo reclamar garcias de antemo

  • Los docentes encargados en direcciones, sub direcciones y jerarquicos en educacion secundaria, solo recibimos el pago de 26 horas, pese a que la resolucion esta como 40 horas, practicamente no nos estan pagando 14horas faltantes.
    Mi pregunta es: ¿Podemos recurrir al Ministerio de Trabajo? porque el año pasado los docentes trabajaron gratis las 14 horas. Y este año no queremos que suceda lo mismo.

  • Dr. le agradezco por anticipado la deferencia que con tanta sencillez usted nos atiende. Mi consulta es sobre la asignación que le corresponde al profesor que se le encarga plaza de director o de subdirector o plaza jerárquica, si se va a seguir aplicando el criterio discriminativo de la leyes de procedencia o ya se regularizó de acuerdo al segundo tramo que debió ser implementado a partir de enero del 2014. Si hay alguna norma para el presente año 2015.
    Saludo y Dios lo bendiga siempre.

  • Creo que sólo en nuestro país ocurren estas cosas. Cómo es posible que a dos personas que ejercen el mismo cargo y realizan el mismo trabajo se les pague un sueldo diferente, sólo por provenir de leyes diferentes. Leyes que ya no existen porque ahora todos estamos en la Ley de la reforma magisterial. Sólo aquí tenemos las mentes brillantes que justifican tremenda injusticia.
    Alguien puede hacer algo por favor?

    • Elizabeth. Las desigualdades entre docentes contratados y nombrados deben desaparecer. Tengo entendido que el ministro está declarando en estos días al respecto indicando que se van a corregir esas diferencias. Ojalá sea así. Es injusto. Saludos

  • Dr Buenas noches Actualmente estoy en la V escala de magisterial Estoy ejerciendo la encargatura de la jefatura de laboratorio Mi resolución salió el 8 de Abril Pero para mi sorpresa el talón de cheque ha salido con el pago de dos soles Qué debo hacer.
    Saludos

    • Beatriz. La encargatura no genera el derecho de recibir la bonificación establecida en la reforma magisterial. Si es de la ley del profesorado le pagaran muy poco, casi nada. Lo que puede es solicitar que revisen su boleta. Es posible que como su resolución salir tarde no haya podido ingresar bien a la planilla del mes. saludos

  • Hola Doctor Hugo Díaz, el MINEDU acaba de presentar un Proyecto de Ley sobre la igualdad de sueldos entre los contratados y nombrados que me parece súper bien, pero hubiera sido más perfecto si en este se incluiría la igualdad entre los que trabajan en encargaturas de 40 horas de la CPM y los procedentes de la Ley del Profesorado. Ayúdenos por favor y converse con el Ministro sobre este caso, usted es el único que responde nuestras inquietudes ya que el MINEDU solo nos responde: tu caso ha sido enviado al área correspondiente para poder brindarte mayor información. Saludos. Y en saludos nos quedamos.

  • Dr. Hugo buenas noches quiero consultar un caso:
    un director de una I.E. estando sancionado deja el cargo a una profesora de 24 horas y la UGEL 01 hasta el momento no envía director reemplazante, mientras tanto ya hay un memorial en apoyo a la docente para que se quede en el cargo ¿esto procede?.
    Muchas gracias por su respuesta

  • Buenos días y agradeceré su opinión:
    En el año 2014 me reubiqué de la I a la IV escala magisterial. en el 2015 concurse y laboro en una encargatura en la UGEL como especialista en educación.
    NO se nos paga por las 40 horas como menciona la resolución, solo un bono de 250 soles, que normativa muestra el pago correspodiente que me pueda guiar. Gracias.

    • Ricardo. Solo se están pagando las bonificaciones correspondientes a los que ejercen el cargo como titulares. El concursp que se hizo sobre encargos lo que dice es que la encargatura no general derechos en cuanto a bonificaciones. Saludos

  • Buenas tardes Dr. Hugo.
    En primer lugar felicitar desde aquí a Ud. y a todos los foristas por antenernos informados acerca de la relidad nacional y que el día de hoy lo estén pasando con alegría por el DÏA DEL TRABAJADOR
    En en segundo lugar decirle que me da mucha pena escuchar tanto verborreo barato de los funcionarios del MED sobre la mejora educativa, situación que no es así lo que sí se puede observar es la iprovisación y charlatanería barata para vender su producto a cómo de lugar . Mire Ud. cómo se puede pensar que hasta el 2015 se pueda estar gobernando en educación con dos o mas leyes para lo que le conviene al gobierno con una y para lo que no le conviene con otra ley ya derogada. En foros anteriores hemoas hablado tanto con Ud. del despilfarro de dinero en las benditas y casi fallecidas Rutas de Aprendizaje que nuestro país no fue nada más que copiar y pegar y adaptar como rabo de cometta un poquito de cada cosa. Dr. Ud. es inteligente y creo que conoce esto. En nuestro país es la ley del vivo . Hecho la Ley hecho la trampa. SALUDOS

    • Ubil. Muchas gracias por el saludo por el dia del trabajador. Igual para usted. Las reformas magisterial y curricular requieren replantearse. Son muchas sus fallas. Precisamente sobre la ultima conversaré con el ministro a mediados de la próxima semana. saludos

  • doctor, existe un convenio entre la municipalidad y el ministerio de educacion, que un docente puede ser reemplazado por otro que lo envia la municipalidad, pagandole a este reemplazo la municipalidad y al otro el ministerio. o este es undelito administrativo

  • Estimado profesor,soy un docente procedente dela carrera pùblica magisterial hoy Ley de Reforma magisterial. En enero y febrero del 2015 accedi a un encargo de direccion de una I.E. y hasta la fecha no me pagan.¿Que hacer?

  • saludos Dr.
    quisiera saber si los directores encargados deben estar en su centro de trabajo en los meses de enero y febrero, puesto que ne alguna zonas rurales los directores no aparecen solo hacen su presencia cuando inicia las clases (por ejemplo este año 2015) los encargados cobraron su encargatura y que norma les rige.
    * ¿a los maestros nombrados en el nivel secundaria les pagan por horas o por días, por que cuando hacen descuento de una falta por ejemplo los descuentan por dia en las Ugels?

    • Alberto. Deberían estarlo. No necesariamente todos los días pues ellos tienen al año un mes de vacaciones, pero deben organizar su tiempo. El descuento es por tardanzas. Recuerde que el pago es por hora semanal mensual. Saludos

  • Doctor Diaz, agradecería me indique si procede el encargo por función para el caso de los CETPROS, que a la fecha según indicaba la norma 130-2008 Organización de los CETPROS, otorga cargos de Coordinadora, Jefe de Actividades Productivas y Jefe Administrativos, pero que a la fecha no se han implementado en ninguna UGEL de Lima Metropolitana, (no se si en otros ugeles lo han hecho), de modo que el director tiene que asumir todos estos cargos. Yo agradecería muchos su respuesta, si es posible su asesoría por este medio para lograrlo, pues nos estamos organizando como RED DE CETPRO, para poderlo solicitarlo.

  • doctor Hugo, en las resoluciones de encargatura de direcciones por funciones, los funcionarios del MINEDU están cometiendo prevaricato, ya que el DS.065-2003 es solo aplicable para las leyes derogadas 24029 y 25212. recordarles que la ley 29944 ya se implementó desde el 2014 en su totalidad según su contenido literal.por principio de la ley, no se puede invocar leyes o normas derogadas.

  • Dr. Buenas noches, la situación en mi I.E. es la siguiente: La plaza de director está presupuestada por 40 hrs y en el examen de directores fue adjudicada a un docente que ganó la plaza pero renunció (nunca llegó). Según el CAP de mi institución todos estamos en la I escala y justamente hoy le ha llegado un memorándum a un docente de la I escala (el más antiguo)para que se haga cargo de la dirección. En este último examen de reubicación ya estoy en la III escala aunque la resolución recién las entregarán en mayo por lo que, ¿puedo solicitar la dirección?. Algunos me han manifestado que a pesar que recién asciendo debo permanecer un año en esta nueva escala para a partir de alli pedir la dirección?

  • Una consulta de antemano le agradesco su respuesta, quisiera saber hasta cuando van a resolver las medidas cautelares de directivos porque existen muchos directivos como en mi I.E. que por intereses personales y argollas en la ugel no permite el desarrollo en mi I.E. no cree que ya debe acabar estos casos….

  • SEÑOR DIAS.. QUIERO HACERLE DOS CONSULTAS
    1.- EN ENERO Y FEBRERO ASUMI UNA ENCARGATURA DE DIRECCION DE 02 MESES ENERO Y FEBRERO Y AUN NO ME PAGN ME DICEN QUE DEBE LLEGAR PRESUPUESTO DEL MED SOY DE L V ESCALA DE LA CPM 2010
    2.- ACTUALMENTE ESTOY EN UNA NUEVA ENCARGATURA SEGUN LA NORMA 2956. Y TAMPOCO ME PAGAN SOLO GANO POR LAS 24 HORAS Y ME DICEN CUANDO LLEGUE PRESUPUESTO Y HE IDO A PLANILLAS Y ME DICEN QUE NO SABEN CUANTO Y NI EN QUE FECHA PORQUE LAS ENCARGATURAS CUANDO LLEGUE PRESUPUESTO QUE HAGO..TENGO AMBAS RESOLUCIONES

  • en mi colegio la directora que adjudicó la plaza renunció, yo a aprobé el concurso para acceso a dirección y soy la única profesora que se presentó de mi colegio, a quien le corresponde la dirección a mi persona o a quien ni siquiera se presentó al concurso pero tiene la V escala. tengo entendido que las direcciones solo seran ocupadas por profesores que se presentaron al concurso. gracias

  • señores de Minedu basta de cometer aberraciones administrativas aplicando normas que corresponden a las leyes del magisterio que ya fueren derogadas, 24029, 25212 y 29062. esto demuestra que a ustedes les gusta pagar con las normas que les da la gana, pero exigen evaluaciones con la ley 29944. Les recuerdo que un director encargado cumple las mismas funciones que el titular y asume las mismas responsabilidades o ¿no?

  • señores de Minedu basta de cometer aberraciones administrativas aplicando normas que corresponden a las leyes del magisterio que ya fueren derogadas, 24029, 25212 y 29062. esto demuestra que a ustedes les gusta pagar con las normas que les da la gana, pero exigen evaluaciones con la ley 29944. Les recuerdo que un director encargado cumple las mismas funciones que el titular y asume las mismas responsabilidades o ¿no? ES UNA INJUSTICIA QUE NO NOS QUIERAN REMUNERAR EL TRABAJO REALIZADO, SOBRE TODO PORQUE TENEMOS QUE CAPACITARNOS CON LO POCO QUE GANAMOS….A VER EL TALLER DE INDUCCIÓN SOLO FUE PARA LOS QUE APROBARON EL CONCURSO……….PERO LOS DOCUMENTOS AL FINAL TODOS LOS DIRECTORES, ENCARGADOS NOMBRADOS.IGUAL LO TENEMOS QUE PRESENTAR…..LIDERAR NUESTRA I.E….EL TRABAJO ES EL MISMO……YO NO SE PORQUE TANTA DESCRIMINACIÓN

  • Sr. Hugo es lamentable como nos tratan a los directivos que ganamos el concurso.
    estuve trabajando en un colegio de la jurisdicción de la DREC (CALLAO) , por el concurso de directivos , me designaron una sub dirección en un colegio de la UGEL 05.
    El detalle es que en marzo , me pago la DREC por 26 horas (como profesor por horas)
    AHora el lunes 30 de marzo he solicitado a la DREC EL cese de pagos, resulta que para que me otorguen la constancia de cese de pago , tengo que devolver a la DREC los 1860 soleS (pago en bruto , del mes de marzo, sin descuento)
    Sólo si es que les devuelvo el dinero , me podrán otorgar la constancia de cese de pago, dicha constancia es el único documento que tengo que presentar a la UGEL 05 para que me empiecen a pagar.

    Tengo que devolver ese dinero que ya lo gaste en la canasta básica familiar.
    No era más fácil que a nivel de UGEL 05 – DREC HAYAN HECHO ESOS TRAMITES ????????

  • Mi cordial saludo Sr. Hugo Diaz
    Mi consulta es la siguiente: Me reasigne a una plaza unidocente en el 2014 en los primer mes me pagan con el 30% por unidocente en el siguiente mes me abonan solo 200 soles y a partir de Julio a la fecha me suspenden el pago alegando que no hay presupuesto para el pago, como se explica esto si antes se estuvo remunerando y ahora no
    gracias por su respuesta

  • Mi colegio está ubicado en una zona Rural.
    El caso es que tengo un docente de 24 horas que solicitó LICENCIA POR FUNCIÓN EDIL. La UGEL, le otorgó una RD con el dictado de 18 horas con Goce de Haber. Son 6 horas, la que deja en la Institución Educativa. Estas horas la distribuí a dos profesores 4 y 2 horas respectivamente. En la UGEL me refieren que no hay presupuesto para estos casos, SEGÚN INFORME DE NEXUS, inclusive no se puede contratar. Entonces quién dicta estas horas, si se contrata de dónde sale el presupuesto?
    LE AGRADECERÉ SU ORIENTACIÓN.

  • POR FAVOR: PODRÍA INDICARME SI YA EXISTE UNA ESCALA REMUNERATIVO PARA EL PERSONAL DIRECTIVO??…PERTENEZCO A LA IV ESCALA, HE SIDO DESIGNADA EN EL ULTIMO CONCURSO COMO SUBDIRECTORA Y QUISIERA SABER CUAL SERÁ MI SUELDO INCLUIDAS LAS BONIFICACIONES POR CARGO E INCLUIDO TODOS LOS DERECHOS QUE CORRESPONDEN?…SI PUDIERA DECIRMA LA BASER LEGAL QUELO SUSTENTA SE LO AGRADECERÍA…LE COMENTO QUE PERTENEZCO A LA UGEL 07 DE LA REGIÓN LIMA Y LE DIRÉ QUE ES UN CAOS ESTA UGEL …COMO HAN PERMITIDO QUE GENTE INCAPAZ DE “SERVIR” ASUMAN ESTOS CARGOS ESTAN EN LA CALLE Y GANAN UNOS SUELDAZOS, OJALA ALGUIEN DEL MINEDU TOME MEDIDAS EN ESTA UGEL Y EMPIECEN SACANDO A LA JEFA DE AGA QUE ES EL PEOR CASTIGO QUE NOS HAN PODIDO DAR.

  • DR. me parece una injusticia de tamaña magnitud, de que por provenir de la ley del profesorado, y a pesar de haber ascendido a la IV escala y haber ganado mediante concurso una encargatura de jefe de laboratorio, me reconozcan la micerable suma de s/. 2.50 por trabajar 40 horas, es inconcebible, el trato que nos dan…MARGINACION TOTAL..por que si a los de PCM. ¿acaso hacen un trabajo diferente?

  • señores de Minedu basta de cometer aberraciones administrativas aplicando normas que corresponden a las leyes del magisterio que ya fueren derogadas, 24029, 25212 y 29062. esto demuestra que a ustedes les gusta pagar con las normas que les da la gana, pero exigen evaluaciones con la ley 29944. Les recuerdo que un director encargado cumple las mismas funciones que el titular y asume las mismas responsabilidades o ¿no?

  • DOCTOR BUENOS DÍAS, SALUDOS QUE ESTA SEMANA SANTA LO PASE EN COMPANIA DE SU FAMILIA.
    SOY DIRECTORA DE UNA I.E. INICIAL, ESTE AÑO SACARON UNA RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE UGEL- ESPINAR CUSCO, EN EL CUAL INDICA UBICAR EN EL CARGO DE PROFESOR, TENIENDO YO MI NOMBRAMIENTO COMO DIRECTORA DESDE HACE 25 AÑOS, EN LA ULTIMA EVALUACION DE ASCENSO 2014 LOGRE SUBIR A LA V ESCALA MAGISTERIAL EN EL CUAL SE ME RECONOCE CON CARGO DE DIRECTORA CON JORNADA LABORAL DE 40 HORAS PEDAGOGICAS.
    DOCTOR QUISIERA SABER SI SALIO ALGUNA DISPOCICION DE LOS CARGOS DE DIRECTOR PARA LAS PLAZAS UNIDOCENTES RURALES Y SI ESTA CORRECTO LO ACTUADO POR LA UGEL.
    POR FAVOR RESPONDER Y ENVIAR MODELO DE SOLICITUD O ALGUNA NORMA QUE ME AMPARE MIS DERECHOS.
    GRACIAS DIOS LE BENDIGA.

  • DR BUENOS DÍAS, TRABAJO EN ZONA RURAL PROFESORA DE PRIMARIA CON AULA A CARGO,ESCUELA MULTIGRADO .LA PLAZA DE DIRECCIÓN NO SE CUBRIÓ EN EL CONCURSO PARA DIRECCIÓN Y ME ENCARGAN EL PUESTO DE DIRECCIÓN CON VIGENCIA DEL 02 DE MARZO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2015.QUÉ REMUNERACIÓN ME CORRESPONDE?. GRACIAS.

  • Dr Hugo buenas noches.Nuevamente acercándome a usted, a través de este medio.Necesito comunicarme con desarrollo docente para que me informen el porque no están pagando las encargaturas por 40 horas,porque en mi boleta aparece por encargatura de Jefatura de Laboratorio el pago de 2,50 céntimos.
    La encargatura ha sido un concurso con una directiva 2076 del Minedu y con la Ley de carrera pública magisterial y no es justo que nos marginen a unos en el pago y a otros colegas con el mismo servicio si les paguen, por 40 horas siendo encargados también.

  • Buen día:
    Estuve en la primera escala, me reubique en la tercera escala, Concurse y gane la encargatura como jefe de laboratorio en mi i.e. y solo recibo 160 soles adicionales. DEnuncio?, renuncio? Es un trabajo absorbente de 40 horas cronológicas en lugar de las 26 horas pedagógicas que tenia en el aula. Que documento me ampara?

    • Mario. Lo que sucede es que a los encargados el Ministerio les paga tal como era en el régimen de la ley del profesorado o de la CPM. Para ganar como en la reforma magisterial deben ser titulares. Es cuestión que evalúe y tome su decisión si acepta esa regla de juego. Saludos

  • Dr. Hugo buenos días, soy docente con 24 años de servicio provengo de la ley del profesorado en el primer nivel, me cambiaron del segundo nivel, en el concurso del año 2014 ascendí a la IV escala y actualmente me encuentro encargado de la jefatura de laboratorio y mi remuneración asciende por la encargatura a 2.50 soles. Si ya he ascendido porque no me consideran lo que corresponde.
    Gracias por la respuesta.

    • Miguel Angel. Su RIM no es 2.50 soles. Será la bonificación que le dan por ejercicio del cargo. El criterio que adopta el ministerio es que se reconoce la bonificación nueva para los que ejercen cargos como titulares no como encargados. Saludos

      • Miguel Angel. Hubo precedentes en la ley de la carrera pública magisterial en que la diferencia entre un titular y un encargado era la condición. En remuneraciones y bonificaciones no había diferencia. Lo que deben ver es si los plazos para la ciencia de pagos de acuerdo a la ley del profesorado y CPM se vencieron y si hay una norma que mantenga ello. De no haberlo pueden reclamar. Saludos

  • Buenas noches Dr. Hugo, soy director encargado en una institución educativa, con tercera escala magisterial. la presente es para consultar lo siguiente, ¿por que a los directores encargados no se les esta pagando conforme indica la ley de la reforma magisterial? en mi resolución de encargatura esta por 40 horas cronológicas, sin embargo no me pagan por 40 horas sino por 30 horas, ademas no percibo la asignación segun el DECRETO SUPREMO
    Nº 227-2013-EF, que se refiere a la Asignación
    Temporal por Desempeño de cargo de
    Director y Subdirector de Institución
    Educativa Pública en el marco de la
    Carrera Pública Magisterial de la Ley.
    espero su respuesta
    de Reforma Magisterial. Tambien quisiera saber si hay alguna norma donde indique que a los directores encargados no se debe de pagar por 40 horas y recibir la Asignación
    Temporal por Desempeño de cargo de
    Director y Subdirector.

  • Dr. saludos, soy director de una I.E. y el sub director designado en el ultimo concurso de acceso a cargos directivos va a pedir licencia sin goce de haber, que procedimiento y que docente debe asumir la encargatura que debo hacer. Gracias.

    • Glend. El subdirector que ganó la plaza debe consultar en la Ugel su caso. El item 7.9 dice de la RM 1551-2014 hace referencia a plazos para asumir el cargo en cinco días de lo contario se considera abandono de cargo.El encargo debe coordinarlo con la Ugel. Saludos

  • pregunto Doctor HUGO, TENEMOS QUE ASIGNAR AUN DIRECTOR DE UNA I.E. ESTA PLAZA NO SE PUBLICO PORQUE EL TITULAR FUE RATIFICADO PERO HA FALLECIDO, CUAL SERA LA FORMA CORRECTA PARA DESIGNAR. AL NUEVO DIRECTOR. ES PLAZA PRESUPUESTADA

  • Buenas noches Doctor Hugo tengo una pregunta, soy docente de computación e informática y el año pasado me reasignaron a una plaza de aula de innovación pedagógica y la institución a la que me reasignaron esta con el plan piloto del JEC y bueno el director me esta obligando con documentó a dictar horas de clases. ¿Que puedo hacer frente a esto?

    • Daniela. No conozco el caso pero deberá ver si en el colegio hay profesores que pueden cubrir el área o no. En caso negativo usted seria la alternativa. En sefundo lugar ¿le demanda el aula de innovación la dedicación exclusiva? En varios colegios he visto situaciones diversas. A veces si otras no. saludos

  • Por favor
    A partir de que mes recibirán su remuneración los profesores de la JEC??
    Ahora al hacer los horarios hay permanencia del docente hasta 45 horas, y lo que percibimos se limita a 30 horas??
    Como no se logra el trabajo colegiado con los docentes del área. Podemos reunirnos después de la hora de salida, de 3.30 a 5.00pm???

  • doctor Hugo yo gane el concurso de directores pero ahora tengo problemas familiares y de salud que me impiden seguir en ese cargo, pero en la ugel me han dicho que si renuncio al cargo de director no me permitirán regresar a mi plaza de origen y me declararan excedente. eso es verdad o me están amenazando.

  • Buen dia Doctor, quisiera consultar cual es el motivo por el cual no se regulariza las normas, pues por ejemplo en al UGEL donde trabajo el pago por encargatura de dirección a los docentes provenientes de la Ley de carrera pública magisterial se les paga más (un promedio de 500 soles), y a los que provienen de la ley del profesorado menos (tan solo 165 soles) o es que asi lo especifica la norma… Y de no ser así cual es el procedimiento para reclamar… Gracias por su comentario

  • Amigo Hugo que desilusion siento..tanta propaganda se hizo para entrar en la ley de la Reforma educativa..porque ya no abria deferencias de una ley con la otra, esto no es del todo cierto. soy una profesora de la Ley del profesorado que siempre he invertido en mi para seguir aprendiendo..yo me nombre con un concurso ganado..me mantuve en el I nivel..y como siempre segui estudiando para el ascenso y ascendi al IV..trabajo en una zona lejana lejos de mi familia.Mi colegio es unitario es zona rural.estoy ganando con el nuevo Rin por ser zona rural y unidocente.Gano por 30 horas y me dan solo 165 por direccion.Lo que decia la ley de la reforma que automaticamente pasvanos a ganar por 40 horas mas las bonificaciones ASI NO ME PAGAN asi pagan a las profesora en mis mismas condiciones a las que se nombraron la Nueva ley. Entonces nos estan haciendo diferencia por pertener de una ley a otra. No es justo..Una proferora con mi mismo nivel en la Nueva Ley gana mas 600 mas que yo..Tenia gran ilusion de poder cubrir mis costos de estudios que sigo..y de un profesor II de la misma ley yo solo le paso con 300 soles..Ahora es cuando uno dice que debimos quedarnos en nuestra misma ley con el pago del 30% por preparacion de clase, siendo evaluados alli..Parece la ley de engaña muchachos..reconozco sus ventajas pero a mi esto me perjudica.

  • Buenas noches Doctor, le agradecería que Ud. me oriente sobre la encarga tura de Dirección que que no se ha cubierto en el examen, me presente para encarga tura de Dirección en la I.E. que laboro. en los meses de Enero y Febrero.
    Al no aprobar me re ubicaron en otra I.E., tengo cuarta escala y la dirección que estaba encargada no fue cubierta, es un I.E.I. que tiene 5 aulas la UGEL le dio la encarga tura a una docente que tiene la primera escala, mas aun sin aula a cargo cambiaron las normas. ya no son ocho aula para no tener aula a cargo. Contésteme por favor gracias.

    • María Luisa. Depende cuando llegó a la IE usted, si antes o después de tomada la decisión. Si fue usted después entonces ya la decisión estaba tomada. En cuanto a tener o no aula a cargo hay que sujetarse a la norma y no incumplirla. En este caso si la Ugel la incumple está mal. Saludos

  • Dr. Muy buenas noches, estoy encargado de una Direccion de IE de una escuela de la zona rural en la que existen 2 plazas organicas, la que actualmente ocupo y la otra que es de un docente que ha sifrido un accidente en 1997 y quedó discapacitado y desde esa fecha viene siendo destacado y el docente reemplazante a la IE lo asignan recien en los meses de julio o agosto. Estoy cansado de reclamar y no hacen me pasean de un lado a otro. ¿A qué instancia del MINEDU debo acudir para la solución de este caso?

  • Saludos Maestro Hugo
    Mi consulta es, el 31 dic 2015 nos entregan la resolucion de encargatura POR CONCURSO para cargo de Especialista con 40 horas de jornada, con vigencia desde 01 enero/2015 a 31 dic/2015. Cabe mencionar que anterior a esta ascendi a TERCERA ESCALA
    En enero una vez ya ganado el concurso de especialista me pagan como si estuviese en 3ra escala pero en mi centro educativo (26 hras) siendo asi mi boleta: Rim29944 s/ 1684 + encargat s/ 2.39 + ds08 s/200.0 +du12 s/ 50. siendo en TOTAL S/ 1936.00. mir pregunta y preocupacion de muchos especialistas es por que no nos RECONOCEN LA ESCALA CON LAS 40 HORAS, como y donde debo hacer mi reclamo.
    pd. aqui en el video de http://www.minedu.gob.pe/envivo/ de Política Remunerativa en el marco de la Ley de Reforma Magisterial menciona en el 14a 15 min y de 19 a 21 min

    • Angi. Un oficio dirigido a la Comisión de Evaluación de la DRE expresando las razones por las que no podría asumir el cargo. Le recomiendo que vaya a la DRE y converse con ellos sobre cual es la mejor forma de hacerlo. Saludos

  • Doctor Hugo, buenas noches, le agradezco la consulta por antemano.
    Mi consulta es que e la I.E donde laboro existen 3 plazas por 30 horas, 2 son orgánicas y una es eventual. NO EXSITE PLAZA PRESUPUESTADA PARA DIRECION, por motivos que segun el especialista de personal una de estas plzas debió ser por 40 horas de acuerdo a la R.D de Reubicacion ya que esta es de 40 horas y no de 30 horas como esta REPORTADA en el SISTEMA NEXUS. El especialista de Personal de la DRE me explicó frente a mi reclamo que es imposible que NEXUS modifique dicho error porque 1 plaza es eventual y solo 2 son orgánicas, LE SUPLICO DR HUGO QUE ME DIGA SI ESTO ES ASI NO SE PORQUE HAN HECHO ESTO. Por otro lado, me comunique con NEXUS del Minedu y les explique lo mismo que le digo a Ud. y ellos me dijeron que el Area de Personal envíe el reporte a nexus con los documentos sustentatorios para realizar la modificación de la plaza ya que debe existir una de 40 horas de cuerdo a la R.D existentente y que figura en la leyendade NEXUS. Que debo hacer Dr. Hugo, si el jefe de personal me dice que no es procedente y de lo contrario NEXUS está pidiendo el reporte de la mencionada plaza que figura por 30 horas cuando debe figurar por 40 hras e acuerdo a R.D de Reubicación. Por tal motivo no quieren pagar la encagatura de Dirección, solo se está encargando la Dirección por funciones sin beneficio económico.
    Otra consulta…me perjudica si yo renuncio a la Plaza.
    Le agradezco su respuesta.

    • Angi. Lo primero que deben hacer es regularizar que una plaza encargada de la dirección sea a 40 horas y hacer el trámite en el Nexus. Si no está regularizada no habrá pago. Ello incluye verificar que haya presupuesto ara el pago de 40 horas. Saludos

  • Doctor Hugo buenos días, mi consulta es la siguiente, en mi I.E. la comisión de evaluación para cargos jerarquicos estaba conformada por 5 miembros, sólo uno de ellos tiene IV escala magisterial, una II escala magisterial y los 3 restantes no están en la Ley de reforma Magisterial, pueden EVALUAR a docentes que tienen III y IV escala magisterial? Es válida esa evaluación realizada, no estaría vulnerandose lo dispuesto en la RSG 2076-2014-MINED, capitulo 5.5, numerla 5.5.1 y el artículo 60°, numeral 60.3 del Reglamento de la Ley N° 29944-Ley de Reforma Magisterial?; esperando una respuesta me despido de Usted agradecida por la atención.Graciela.

  • Dr. Hugo: El día 20 de febrero se adjudico en la Ugel Arequipa Sur una plaza de subdirector primaria de la I:E Inmaculada Concepción a una profesora que enseña en el nivel secundario en I.E. Neptali Valderrama, se presento la queja pero la comisión dio pase a esta irregularidad que debemos hacer apara que este atropello no se cometa ya que la directora de la ugel no dio ninguna respuesta

  • Dr. estoy en un dilema fui seleccionado como coordinador académico jec (jornada escolar completa) y hay una opción de una encargatura de especialista de matemática en la ugel estoy en la segunda escala proveniente de la CPM donde obtendré mejoras económicas detalle por favor gracias por su respuesta

  • Dr. Como será con el caso de los unidocentes que prestan servicio a los seis grados, hacen la parte administrativa y aveces de personal de servicio y que la mayoría de estas instituciones se encuentran en la zona rural.

  • Buenas noches profesor Hugo:
    Una consulta, en mi IE, e cargo jerárquico de asesor está libre porque el docente que ganó concurso obtuvo cargo de dirección. Desearía saber con qué norma se elegiría al nuevo asesor para el año 2015.
    Saludos

  • Amigo sólo para agregar algunos sucesos de la profesora: la colega ha sido encargada durante el 2013 como jefa de laboratorio el cual es una encargatura de 40 horas y ella sólo laboraba 24h y con su día libre, es más en Tumbes se han pagado las encargatura de dirección, sud dirección y jefaturas y se presume que la colega ha cobrtado sin trabajar…

  • Estoy en la cuarta escala magisterial y hay una colega de primera escala magisterial, he solicitado la encargatura de laboratorio; la dirección de mi colegio me ha considerado en el cuadro de horas el cual ha sido aprobado con fecha 31 de diciembre. Ahora la UGEL-TUMBES quiere desconocer el cuadro de horas donde quieren favorecer a la colega que se encuentra en el primer nivel y no ha aprobado el éxamen de ascensos de nivel magisterial.
    Amigo mi consulta es legalmente y respetando toda norma a quien le toca dicha encargatura.
    Sirvase comentar a mi correo: calosra@hotmail.com

  • Consulta un director de colegio JEC (jornada escolar completa) cual es la bonificación que le corresponde por que según la norma dice 600 para los colegios de un turno y 800 para colegios de dos turnos, siendo ej colegio JEC una jornada completa cual de los dos rubros le correspondería?

  • Buenas tardes Sr Hugo. Soy docente con encargatura de dirección en una IE Multigrado de plaza inorgánica, mi pregunta es sobre el pago de encargatura de dirección, si desde el año 2013 nos rige una sola ley que es la reforma magisterial, por que se hace la diferencia en el pago de dirección con los docentes de la CPM, donde a ellos se les abona la asignación de 800 soles mensuales, siendo la misma situación de la IE antes descrita(dirección con plaza inorgánica); aclarando que desde diciembre del 2014 me he ubicado en la III escala magisterial.
    Gracias por su respuesta

    • Alex. La ley está a favor de unos en unos temas y a favor de los otros en otros teas. Por ejemplo la reubicación es solo para los de la ley del profesorado. Las bonificaciones son mas altas en la CPM Lo que se espera es que pronto desaparezcan esas división y que los citerior sean únicos para todos. saludos

  • Dr. Hugo buenas noche en la Adjudicación de la UGEL Leoncio Prado Tingo María, se adjudicaron plazas que están publicadas en la relación del MINEDU; pero ahora vienen con el cuento que según el MINEDU 4 plazas no pueden ser coberturadas por que los docentes que están como directores de aquellos colegas han optado el título y que en el mes de mayo recién van a entrar en concurso sus plazas ocupadas.
    ¿Es posible que se anule aquella adjudicación? o que ¿simplemente los docentes adjudicados a aquellas plazas presenten una acción de amparo?. Así mismo Dr. hay un docente de secundaria que se adjudicó en una sub dirección de Primaria ¿procede?
    De antemano, gracias por su respuesta.

    • César. Si se quiere que estos concursos alcancen prestigio y confianza hay que respetar sus normas. yo espero que eso este sucediendo. Que la lista prepublicada de vacantes en concurso se respete. La norma dice que el ejercicio de un cargo requiere de la especialidad. saludos

        • Clara. Las encargaras que no han sido ganadas por concurso de méritos no tendrán las bonificaciones establecidas para la reforma magisterial. Seguirán dependiendo del régimen laboral en el que estaban los docentes antes de la reforma magisterial. saludos

  • Dr. Buenas tardes, una consulta: Es de acuerdo a ley que la la Ugel 02 adjudique una plaza de sub director de primaria a un docente de secundaria, o el caso contrario?. Con el argumento que la iE es integrada, es posible? Yo tengo entendido que solo es posible para el caso de director pero la Ugel señala que también para subdirector y procede la adjudicación. Por ello mi duda. Gracias

  • Dr. una consulta y gracias por su respuesta. Bueno soy docente secundario proveniente de la CPM con IV escala, el año pasado estuve encargado por funciones de dirección de mi I.E. ubicada en zona rural y frontera, ahora nuevamente me encargan la dirección, sin embargo no percibo el adicional de las 16 horas (40 horas directivos), a pesar de realizar todo lo que hace un director “titular” (gestiones, documentos, informes, etc) A quién debo recurrir y hacer este reclamo??? en la UGEL se hacen los locos… O realmente no corresponde….

  • Dr Hugo recurro a Ud. para que me aclare esto: en la Resolución de Secretaría General del N° 1551 – 2914 MINEDU,5.6.4 Para efectos del concurso, el requisito establecido en el numeral 5.5.4 de la presente
    norma técnica debe ser verificado considerando lo siguiente:
    a) Los profesores sancionados con amonestación escrita o suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días, podrán inscribirse en el concurso, siempre que haya transcurrido un (01) año desde que se cumplió la sanción aplicada hasta la fecha de emisión de la presente norma.(9 de setiembre del 2014)
    Resulta que tuve una llamada de atención el 10 de diciembre del 2014 después de la publicación de la norma técnica, según el comité de evalucion para acceso a cargo de de Directores y sub directores de la región Loreto provincia Mrcal Ramón Castilla, me declararon inhabilitado del proceso, quisiera saber si en verdad me afecta o es que interpretaron mal el punto 5.6.4 de RSG N° 1551

  • Dr. Mucho gusto, mi pregunta es la siguiente:
    Me inscribí para el concurso de directores y subdirectores, con el I Nivel magisterial, no obstante luego de 5 días logré alcanzar el VI Nivel. Logré aprobar el concurso de directores con un buen puntaje y de acuerdo a la norma técnica debo tener experiencia en el cargo de director por lo menos un año sin mencionar la modalidad y yo tengo 8 años de encargatura en una institución privada, por ello me retiraron del concurso. He presentado mi descargo y el presidente de la comisión me responde que el MINEDU
    a través de una llamada le dijo que mi caso no procede. Por favor le pido a Ud. aclararme esta situación. Gracias

    • Primitivo. Lo que no sé es si podía inscribirse con la I Escala dependiendo del régimen laboral de donde procedía. La verdad que si cumplía los requisitos no debería haber problema salvo que haya otro motivo por el cual lo descartan. Saludos.

  • Dr Hugo otra vez recurro a Ud. para que me aclare esto: en la Resolución de Secretaría General del N° 1551 – 2914 MINEDU nos dice que Los profesores, en acto público y por estricto orden de mérito, escogerán su plaza dentro de cada UGEL, respetando la modalidad, forma y/o nivel educativo al que se inscribieron; pero en la convocatoria se encuentra de la siguiente forma: Los profesores, en acto público y por estricto orden de mérito, escogerán su plaza dentro de cada UGEL, respetando la modalidad, forma y/o nivel educativo al que se inscribieron, con excepción de las instituciones educativas públicas integradas*.
    Y aparece un asterisco aclarando esto de IE Públicas integradas; así: *INSTITUCIONES EDUCATIVAS INTEGRADAS
    Los profesores de educación básica regular podrán elegir una institución educativa integrada, conformada por dos o más niveles educativos (inicial y/o primaria y/o secundaria), siempre que esta imparta el nivel educativo en el que se inscribieron. Del mismo modo, podrán escoger una plaza exclusiva del nivel al que postularon (inicial, primaria o secundaria).

    Disculpe la extensidad de mi texto y espero su respuesta lmás pronto posible; antes de la adjudicación.

    • César. Pongamos que usted ha elegido y gano la plaza para director de primaria y otros dos colegas ganaron la de inicial y de primaria. De ustedes tres lo que se debe proceder a elegir es quién se hace cargo del colegio en general, es decir, es director de los tres niveles considerando además el cargo de director de nivel que ya lo ostenta. Saludos

  • Dr Hugo, mucho gusto. mi pregunta es la siguiente.
    en una I.E de convenio se me plantea la encargatura de la subdireccion a partir de marzo 2015, quisiera saber, cuanto pecibire, ya que en la ugel me dicen que no se paga encargaturas, solo el sueldo normal.pertenezco a la II escala magisterial.gracias por su respuesta.

      • entiendo, pero si trabajo por encargatura en subdireccion con una carga laboral de 40 horas, se incrementara el sueldo por esas horas adicionales?, normalmente trabajo 30 horas, o tampoco se paga esas horas que incrementan la carga laboral? ya que en mi I,E nadie se presento a ese cargo, seria ad honore esas 10 horas adicionales? disculpe la insistencia. agradecida.

  • Buenas noches Dr. Hugo, la consulta es como sigue: tengo la encargatura de dirección de un colegio de la juridicción de la ugel 02 por los 2 meses, pero aún no nos pagan, a pesar que tenemos la RD, otra cosa supuestamente estamos de vacaciones se nos va a pagar (si pagan) por las 40 horas? o por las 16 que complementa las 24 que percibo como docente?. le agradezco de antemano primera ves que veo esta página, saludos

  • señor victor los que estan en la direccion por dos meses como quedaran yo soy la unica nombrada en mi istitucion y hay un profesor que vino de otra institucion a ocupar la direccion o abra (se escribe habrá) algun proceso grasias (se escribe gracias)

  • porque en tumbes aparece la plazas de la I.E n° 50 virgen de las mercedes que atiende los dos nivele en el caserio de higueron y por supuesto debe ser plaza para de direccion de secundaria pero aparece en la lista de primaria error del ministerio que debe ratificarse a tiempo para evitar cualquier mal entendido porque en otras I.E con las mismas caracteristicas aparece la direccion en secundaria agradecere dar solucion a este comentario.

  • Dr.
    Agradezco, la atencion soy una postulante al Concurso de Directores y Sub-Directores 2015, de acuerdo a las plazas publicadas no alcanzo el puntaje, cuales son los beneficios que tengo y cuando puedo postular para el cambio de Nivel.Mire Ud., desgraciadamente llevo 35 años trabajando en el Sector Educacion, empece como oficinista y ahora estoy en la Carrera Magisterial, jamas tendre la oportunidad de tener beneficios de 25, 30 años mas aun, siempre se ma han recortado beneficios incluso en los Concursos Nacionales, he sido organizadora anonima y solo me limitan a estar en una sola, en fin todo es negativo hasta en la calificacion, que no se tiene en cuenta mi experiencia en la Administracion por mas de 22 años.
    Muy Atentamente
    ROSA VERA

  • Dr. que pasa con los colegios estatales con convenios con congregaciones religiosas los cuales sus directores no han aprobado la evaluación del MED y otros que no han dado la evaluación, ellos seguirán dirigiendo estos colegios o se tomarán en cuenta solo a los que han aprobado la evaluación, porque a pesar de no haber dado sus examenes ellos siguen en la encargatura de enero y febrero, aquí no hay igualdad para todos,donde queda la meritocracia, tanto poder tienen? , donde queda la norma emitida por el minedu, las plazas están, pero ellas siguen en el cargo dicen que por mandato del MED y por su convenio.

  • Dr. me encuentro sumamente indignado, en la ugel 1 convocaron para encargaturas de direccion, participe y me adjudique en una plaza, pero resulta que la rd ya lleva 30 dias y todavia no me la entregan. Yo postule el 30 de diceimbre con l esperanza de trabajar los dos meses de encargaturas, pero ya estamos 11 de febrero y nada de nada, y lo peor de todo es que la ugel no permite ingresar para hacer las consultas respectivas, solamente dicen miren el SINAD en el internet, o solamente uno puede ingresar a mesa de partes nada mas. Y hay inmensas colas en la ugel, ¿Que me recomienda que deb hacer doctor?

  • Dr. buenas tardes el 2014 me destaque y encargue en una plaza de 40 horas. revisando los requisitos para reasignacion dice el inciso B)Acreditar 2 años de permanencia en la última plaza de la cual es titular nombrado….qiere decir que este año no podria participar en el proceso de rasignacion por interes personal???? gracias

  • Buenas tardes Dr. Mi caso es el siguiente, trabajo en una escuela polidocente de zona rural, me nombré con la CPM y hasta el año pasado 2014 me estabn encargando la Dirección y me pagaban un promedio de 400 nuevos soles mensual, este año es probable que la plaza quede desierta porque esta muy alejada y entonces me volverían a encargar el puesto de dirección. Dígame Dr. ¿Me pagarían lo mismo?. Gracias por su ayuda.

    • Juan Carlos. Me da la impresión que no. Si usted postulo o no y en el primer caso no aprobó el concurso no tendrá acceso a la bonificación que establece una de las normas de la Reforma Magisterial. Lo que no sé es cuanto es la bonificación que le correspondería. Saludos

  • DR. HUGO, buenos días y gracias anticipadamente por la respuesta.
    Mediante D.S. N° 343-2014 EF se autoriza financiar el costo diferencial del pago de las asignaciones adicionales por encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o especialistas en educación, situación que en la UGEL CHOTA se ha estado realizando el pago diferencial solo para los directores de II.EE que proceden de la LEY 29062 mas no así para los que procedemos de la 24029, a pesar que todos iniciamos percibiendo la suma de 165 soles
    Al respecto que debemos hacer para que se nos otorgue dicha asignación, por que continua la discriminación.

  • Dr. por favor quisiera saber si usted me puede ayudar con la siguiente información los coordinadores de la JEC van a ganar algo mas de su sueldo por el cargo y las tareas de responsabilidad que van a desarrollar.
    ojala puede responderme gracias de antemano

  • Dr, quisiera que me ayude con la interpretacion de este punto del oficio multiple N° 006-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD.
    ?A que serefiere?

    2. Los registros suspendidos al 31.12.2014 como consecuencia del desplazamiento de destaque y encargatura (tipo de plaza 52), en el presente año deben habilitarse(situacion 4:Habilitado), siendo
    responsabilidad del tecnico de planillas dicha habilitacion.
    Gracias

  • Un saldo cordial Dr. Hugo. Mi consulta va:
    La plaza de Sub Director EBA de la IE donde laboro salió a concurso, sin embargo no hay ganadores. El director no fue ratificado ni se presentó al concurso, razón por la cual lo reubicaron con resolución a otra institución. Ahora está encargado por que la solicitó. ¿Puede seguir en la encargatura durante todo este año siendo docente reubicado en otra institución?

  • Saludos doctor Hugo. Mi consulta es la siguiente, sobre los contratos docente 2015, en la Ugel de Arequipa, no ratificaron plazas de contrato, a pesar de que muchos presentamos la propuesta y la evaluación de buen desempeño, nos dijeron que no procedía, ya que sólo puede ratificar el director designado por tres años, y no el encargado hasta fines de febrero, Como aún no hubo adjucación de plazas de directores y subdirectores, entonces en conclusión no hubo ratificación y entramos al ranking, la verdad no me pareció justo. Pues esta norma de ratificación no se estaría cumpliendo, pues aún no hay directores que hayan tomado el cargo por tres años. Mi pregunta es: ¿Se puede presentar algún reclamo respecto a que acepten o no la ratificación por directores encargados hasta Febrero? Pues como lo indicó no aceptaron a pesar que se presentó toda la documentación requerida. Gracias de antemano su respuesta.

    • Sol. La norma lo que dice es que en el caso de los directores titulados o ratificados procede la evaluación del desempeño y la solicitud de contrato de la plaza por quien trabajó el año anterior. En el resto de casos de profesores que trabajaron el año anterior se respeta el cuadro de méritos 2014. Si hay alguna irregularidad dentro de ese marco se puede presentar un reclamo. Saludos

  • Hola, soy docente nombrada en escuela unidocente con 40 horas del area rural, en este mes de enero nos estan recortando el pago de la dirección y figura la boletra solo x 30 horas. Quisiera saber si las escuelas unidocentes se les quitará las 10 horas de dirección igual q las escuelas multigrado y polidocentes. Gracias x su respuesta.

    • Mary. En las escuelas unidocentes como el profesor es uno solo tiene que ser a la vez profesor y director. No tiene mando sobre personal. Lo que se le debe pagar es 30 horas más un adicional de 10 horas hasta completar las 40. Además las bonificaciones por ruralidad y otras, si le corresponde

  • DR. Hugo, buenos días y gracias por anticipado por la respuesta.
    Mediante concurso publico (Ref. R.S.G. 2076) en enero del presente año accedí a una plaza orgánica de especialista en educación en la UGEL CHOTA, pero al momento de recibir mi remuneración me están pagando por mi I.E de origen y no por las 40 horas de la plaza de especialista que esta presupuestada en el CAP de la UGEL, solo percibo por encargo el haber 102 (S/. 4.38) por proceder de la ley 24029, lo que no sucede con los colegas procedentes de la ley 29062
    La interrogante es si la plaza es por 40 horas porque se nos paga por 26 hrs en caso de secundaria, 30 en caso de primaria. ¿¡que me recomienda hacer sobre el particular!?

    • Edwin. Los que han seguido las normas e los concursos públicos ya deben ganar las bonficaciones establecidas en la reforma magisterial. Haga su reclamo a la dirección de desarrollo docente, con copia a la DRE y a Defensoría del Pueblo. saludos

  • soy docente de institución educativa proveniente de la CPM IV escala, en la Ugel de Zarumilla aducen que el MINEDU dice que a los docentes de escuelas unidocentes no les corresponde el pago por encargatura de dirección. siolamneta a las escuelas multigrado y polidocentes, muchas gracias por su respuesta, saludos.

  • gracias por sus respuestas pero en Chiclayo solamente nos pagaron 60 soles. es lo correcto, en el último examen ascendí a la sexta escala. Estoy trabajando enero y Febrero.
    Es posible renunciar a la encargatura?en este mes de Febrero.
    En la plaza de encargatura el director saliente tiene juicio, rindió examen y no aprobó. Es posible que regrese con las cautelares?

  • BUENOS DIAS DR. Y GRACIAS POR SU RESPUESTA:
    QUISIERA CONSULTARLE SOBRE LAS ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN, SI BIEN ES CIERTO QUE SE “PAGAN” SOLO A AQUELLAS INSTITUCIONES QUE SON PRESUPUESTADAS, PERO QUE PASA CON AQUELLAS QUE NO SON PRESUPUESTADAS Y TENGAN QUE CUMPLIR “FUNCIONES” ¿CUÁNTAS SECCIONES SON NECESARIAS? PARA RECIBIR EL PAGO POR HORAS ADICIONALES, SI SE DICE QUE ESTÁ VIGENTE EL Oficio Nº 0035-2013/Minedu-SG/OGA-UPER035-2013 Y NO SE ME HA PAGADO CONFORME A ESTE OFICIO, HE ASUMIDO LA DIRECCIÓN POR FUNCIONES, YA QUE HE RECIBIDO UN PROMEDIO DE S/. 225.00 MENSUALES. PUES SOY DOCENTE PROVENIENTE DE FENECIDA LEY CPM CON IV ESCALA MAGISTERIAL, UBICADA EN ZONA DE FRONTERA, RURAL, EIB QUE ATIENDE A NIÑOS Y ADOLESCENTES DE DIVERSAS COMUNIDADES DEL DISTRITO DE VILQUECHICO, PROV. HUANCANÉ, DE LA REGIÓN PUNO. EL PLANILLERO Y FINANCISTA SIEMPRE ADUCEN QUE NO HAY PRESUPUESTO Y QUE NO CORRESPONDE A MÁS PAGO QUE EL QUE TENEMOS. SOMOS UN PROMEDIO DE 20 DOCENTES CON ESTE PROBLEMA EN LA UGEL HUANCANÉ, DE LA REGIÓN PUNO. DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS POR SU RESPUESTA.

  • VILMA. en la UGEL pataz nivel sec. hay 45 plazas de direccion y solo aprobaron el examen 16 docentes,he leido la norma para encargatura de direccion y es clara dice que les encargaran a los docentes que tengan del IV escala a màs dice:

    En la UGEL pataz nivel sec. hay 45 plazas de dirección y solo aprobaron el examen 16 docentes,he leído la norma para encargatura de dirección y es clara dice que les encargaran a los docentes que tengan del IV escala a más, y me parece correcto. lo malo es que hay docentes que postularon a otras UGEL, como en mi caso aprobé el examen de SCC y CTF pero ya para la evaluación de trayectoria no me consideraron porque ascendí recién el 10 de octubre al V nivel y la resolución tiene vigencia a partir del 1 de diciembre del 2014. Si bien esta vez no calificaron mi expediente, por el motivo que indico, como hago para participar el la capacitación de inducción, porque para el próximo examen ya puedo concursar, porque tengo requisitos. mientras los docentes que hoy reciben el cargo con I;II;III escala ya no podrán presentarse al próximo examen a menos que asciendan en el último examen de marzo pero las vacantes son poquisimas. el MED debe preparar a todos los docentes que quieran ser directores como en mi caso, oportunamente.
    ¿y los docentes que reciben encargatura van o no a ser capacitados?. En la UGEL Pataz no se hizo la convocatoria para encargaturas, continúan en dirección los docentes encargados del 2014.

  • ¡Buenas noches! Dr. HUgo.
    ¿Que pasaría si no me inscribo al programa de capacitación para Directores a pesar que he clasificado para ganar una Dirección, ya que por la distancia en donde están ubicadas las plazas en concurso que son muy distantes a mi domicilio, no me conviene?.
    ¿Puedo seguir como profesor de aula?, espero su respuesta gracias.

  • Dr. Hugo buenas noches,le explico mi caso; me encargaron la dirección por estos dos meses con un acta de adjudicación, ahora los de la ugel de Cajamarca nos dicen que va a quedar sin efecto esta acta de adjudicación,porque les van ha encargar la dirección a los directores que estaban anteriormente y que no aprobaron el examen de directores. Quisiera saber si hay alguna norma donde me pueda amparar o está actuando bien la Ugel. Gracias por su respuesta

  • GRACIAS POR LA RESPUESTA.
    QUISIERA SABER COMO SE PROCEDERÁ CON AQUELLAS PLAZAS POR ENCARGO YA Q LA PLAZA NO HA SIDO REPORTADA PARA CONCURSO DE DIRECTORES, NI PARA CONCURSO DE ENCARGATURA POR NO ESTAR PRESUPUESTADA. HASTA LA FECHA MI PERSONA ESTUVO ENCARGADA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2014, Y EL DÍA LUNES 02 DE FEBRERO SE PROCEDERÁ A REALIZAR LA POSESIÓN DE CARGO DE LAS DOCENTES CONTRATADAS, YA QUE MI PERSONA HA SOLICITADO NUEVAMENTE LA ENCARGATURA Y CONTINUO REALIZANDO LAS MATRÍCULAS E INFORMES HASTA LA FECHA.

  • BUENAS NOCHES, LE AGRADEZCO POR LA RESPUESTA. MI CONSULTA ES, DONDE YO LABORO EXISTE UNA PLAZA PARA ENCARGATURA PERO ESTA ES POR FUNCIONES, SEGÚN DICE LA DREI, NO TIENE PRESUPUESTO PARA PAGAR LAS 10 HORAS POR ENCARGO DE DIRECCIÓN SOLO ESTA DADA LA ENCARGATURA POR FUNCIONES. LA PLAZA NO HA SIDO REPORTADA PARA NINGÚN TIPO DE CONCURSO HASTA LA FECHA, MI PREGUNTA ES : ¿COMO SE PROCEDERÁ EN ESTE CASO PARA LA ENCARGATURA EN EL PRESENTE AÑO 2015? ¿si la plaza fue creada con presupuesto para direccion? pero la persona encargada en esta área manifiesta que no existe plaza para 40 hras. sino todas las xistentes son de 30 horas.
    Es posible eso. Ya que hasta el año 2013 si se pagaba por encargatura de Dirección.

  • Dr. Hugo:
    Se ha publicado la relación de plazas de direccion y subdirección a nivel nacional. Pero en caso de las subdirecciones no se especifica si son de formación general o de área técnica. En todo caso, qué criterio tomarán las comités de evaluación para adjudicar las subdirecciones de área técnica. En todo caso que norma sustenta el posible criterio que se tomará en las adjudicaciones. Le agradezco su pronta respuesta.
    Atentamente.

  • Dr. Buenos días.
    En el último examen de ascenso de escala he ascendido a la cuarta escala, será posible recibir una encargatura de la dirección de mi C.E. teniendo en cuenta que soy el único profesor con máxima escala (cuarta), pero sin experiencia en cargos directivos.

  • Sr Hugo reciba mi saludo. La que le escribe cogió una plaza por encargatura de especialista. Resulta que ahora en la Ugel me dicen que no pueden dar la resolución, si me la dieran quedo fuera dl concurso de directores el cual tambien gané.

    ¿Que sabe al respecto? ¿ Podría realizar Ud. la consulta al ministerio? Es que envié un mns y no me responden.. Muchas gracias

  • Buenas tarde,
    Mi pregunta es la siguiente: He trabajado el año pasado como profesora contratada en EBR EN LA ESPECIALIDAD DE MATEMÁTICA desde el mes de Abril hasta Diciembre. El mes de ENERO 2015 no me han cancelado. En presupuesto me comunican que no me han cancelado por que en la plaza que labore el profesor había solicitado destaque temporal en CEBA- es lo que figura en mi resolución – a retornado a su plaza. En la resolución del profesor nombrado en EBR EN LA ESPECIALIDAD DE MATEMÁTICA en el 2010, el solicita destaque en CEBA llevando su presupuesto a dicha institución. Dejando sin presupuesto a la IE de EBR, por lo que recién me informan que no tenían presupuesto para esa plaza y se las arreglaron para cancelarme ya que faltaba profesor en esa institución.El 4 de diciembre se publica en la pizarra de la UGEL una resolución en la cual el pasa de EBR a CEBA nombrado.
    La UGEL para el contrato docente 2015 publica una plaza orgánica en la Especialidad de Matemática de esa IE. La misma que antes no existía ni había presupuesto.
    Y NO ME CANCELAN EL MES DE ENERO Y POR ENDE EL MES DE FEBRERO 2015 POR QUE NO HAN PRESUPUESTO Y EL PROFESOR A RETORNADO A PLAZA DE ORIGEN.
    MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE UN PROFESOR PUEDE SOLICITAR SU DESTAQUE LLEVÁNDOSE SU PRESUPUESTO?.
    SI UN PROFESOR ES NOMBRADO EN EBR PUEDE PASAR A SER NOMBRADO A CEBA?
    EXISTE ALGUNA LEY QUE AMPARE ESTO.
    ME CORRESPONDE QUE SE ME CANCELE LOS MESES DE ENERO Y FEBRERO 2015?
    SI LA PLAZA ORGÁNICA QUE SOLICITA LA IE ES PORQUE EL PASA A CEBA, ENTONCES, PORQUE EN PRESUPUESTO ME COMUNICAN QUE ESTE PROFESOR A COBRADO PORQUE A RETORNADO A SU PLAZA DE ORIGEN. Y QUE SU NOMBRAMIENTO EN CEBA EMPIEZA EN ENERO.
    ME PODRÍA ACLARAR ESTO.
    GRACIAS.

    • Rodrigo. Para una plaza no puede haber doble presupuesto; solo uno. Si el señor se llevó su plaza no debieron abrir un proceso para cubrirla pues no habría espalda presupuestario. Es lo que creo ha sucedido. El traslado de EBR a CEBA es una cuestión que la Ugel puede hacer cuando hay necesidades servicio. Es decir, no se encuentran maestros de la especialidad. Enero y febrero deben pagarle en el caso que usted tenga contrato por esos meses. De lo contrario no procede. Saludos

  • Estimado Dr. Ascendí a quinta escala, estuve en la ley del profesorado, tengo una encargatura de Dirección, y mi resolución especifica desde 01 de enero 2015, pero no se me paga por las 40 horas ni LA ASIGNACION ESPECIAL POR ENCARGATURA, QUE si están pagando a los provenientes de la CPM, me apersone a planillas y me dijeron que me pagan según el oficio 035.2013. minedu . de fecha 6 de mayo, pero creo que es para afectar presupuesto 2013, además en la convocatoria del concurso de directores de resolución se Secretaria General 2076 2014, de 18 noviembre 2014, en la BASE NORMATIVA no menciona tal oficio 035.2103, señalando siempre la ley de Reforma Magisgterial y la IV escala como mínimo.
    Dr. Qué puedo hacer, o ese oficio 035 esta vigente y se aplica a estae concurso.
    Agradeceré su respuesta

    • Amador. Se está pagando de acuerdo a las bonificaciones establecidas para la reforma magisterial a los directivos que han concursado y ganado las plazas como titulares o ratificados. Al resto se les paga de acuerdo a los regímenes anteriores de Ley del profesorado y CPM. Saludos

  • Doctor un profesor que ha sido sub director titular por 8 años y que esta postulando al concurso de directores 2014 a una plaza de director o sub director debe ser descalificado del concurso por no tener una encargatura de direccion, si en una escuela integrada el organo de direccion lo conforman el director,sub director de nivel,sub director administrativo y de formacion general en algunas escuelas se discrimina a los ex sub directores por no tener dicha encargatura.Gracias por la respuesta.

  • Sr Hugo reciba mi saludo. La que le escribe cogió una plaza por encargatura de especialista. Resulta que ahora en la Ugel me dicen que no pueden dar la resolución, si me la dieran quedo fuera dl concurso de directores el cual tambien gané.

    ¿Que sabe al respecto? ¿ Podría realizar Ud. la consulta al ministerio? Es que envié un mns y no me responden.. Muchas gracias

  • En mi I.E hay tres niveles: Inicial, Primaria y Secundaria yo he postulado por la R.S.G 2076-2014-MINEDU para una plaza jerárquica en mi I.E lo que me dicen en la UGEL DE Zarumilla-Tumbes a la que pertenezco que yo no puedo ocupar dicha plaza por pertenecer al nivel Primaria y no Secundaria de la plaza jerárquica que hay de cierto en esto y según que documento del inisterio se basan ellos.

  • Soy docente encargada de una dirección por el periodo vacacional,este mes al revisar mi planilla observé qu el sueldo por encargatura en Chiclayo nos han pagado S/60 ( D.S 077-93 DIR-7SUBDIR) me parece un abuso y atropello hemos recibido la dirección con problemas y sin documentación, no alcanza ni ara los pasajes, impresiones y copias que tenemos que hacer.Quisiera saber si ese es el sueldo. Gracias

    • Hola Giovana:
      Es cierto de ese pago a los profesores que procedemos de la ley del profesorado y a los que proceden de la ley de carrera magisterial les han pagado su sueldo por 40 horas, en la Ugel Chiclayo
      Como puede ser posible, es una injusticia si todos estamos ahora en la ley de reforma magisterial.
      Yo también me siento preocupada porque también concursé para la jefatura de laboratorio y en realidad no es justo trabajar por 2,80 céntimos adicionales por el encargo.

    • Giovana. Comprendo su fastidio. Parece que a los que están en condición de encargados todavía les pagan de acuerdo al régimen anterior al que pertenecían; en este caso, de la Ley del Profesorado. Injusto y ojalá se corrija. Saludos

  • Dr. antes que nada agradecerle por anticipado su respuesta. Tengo entendido que en un colegio integrado las coordinaciones son como sub direcciones; puestos que éstos no existen o no son creadas aún ¿Qué norma ampara ello? además éstas encargaturas son mediante resolución directoral emitidas por el Director de la Institución.

    • Cesilia. Hacen el equivalente pero presupuestalmente no son reconocidas así. La asignación del director difiere. Además, para recibirla es indispensable que esté incorporada en el presupuesto institucional del colegio. Saludos

  • Doctor Hugo, reciba Ud. un cordial saludo, mi consulta es la siguiente: Soy profesora encargada de la sub dirección de una escuela. Sin embargo he sido beneficiada con una beca de especialización del MINEDU, POR Lo cual he consultado en PRONABEC y me dijeron que si quería asistir a la capacitación (del 2 al 27 de febrero) tengo que renunciar a la encargatura. ¿Será posible?

    Agradezco por anticipado su respuesta.

  • Estimado Dr. Somos un grupo de docentes que nos presentamos a una Ugel Por concurso de Especialistas, en la REsolución aparece 40 horas. Pero ingrata sorpresa ayer vimos nuestros pagos que contamos con los mismo de la nueva escala ya sea III escala magis terial o IV escala magisterial. en mi caso Yo ascendi ace poco a la III escala magiterial, ahopra soy especialista de Educ Secundaria, pero el pago que veo es de 1600+250 soles por encargo (los 1600 es del la III escala de 24 horas) y 250 mencionan que es de encargatura de especialista. Es justo eso?? POR FAVOR digame en que norma o ley me puedo basar para que me paguen y reconoscan por 40 HORAS. Ya que esta persona de planilla aduce q si provenimos recien de la anterior ley eso nada mas nos corresponde. Espero pronta respuesta. gracias

    • Pedro Pablo. No sé cuando ha salido su resolución de designación en el cargo. Tenga en cuenta que las planillas se hacen en los primeros días de la segunda semana de cada mes. Si la resolución salió tarde hay que esperar al siguiente mes. Saludos

  • Ismael Buenas Noches:
    Donde podría encontrar ese oficio múltiple de que mencionas sobre las remuneraciones de encargaturas 2015.Porque la verdad, estamos en una incertidumbre sobre dichas remuneraciones.Por favor si podrías darme el link si es que esta en la web por favor, te lo agradezco.

  • Dr. Soy profesora de secundaria,en el ultimo examen de reubicacion logre ascender a la V escala,si me encargan la plaza de especialista, es verdad que voy a ganar menos de lo que ya estoy estoy recibiendo con el ascenso?.Gracias por su atencion

  • .
    Dr. Buenas días ,gracias por absolver nuestras dudas. Mi I.E. no cuenta con director nombrado hace muchos años, y la plaza no ha figurado en las vacantes para el concurso nacional público para directivos. Quisiera saber,en el presente año, ¿quién ocupará la dirección desde marzo hasta diciembre?, ¿quién y cómo hará la selección? .
    Gracias.

  • Dr. Buenos días, como puede el MINEDU dictar normas que beneficien a unos y a otros perjudiquen, en el caso de ser miembro de fuerzas armadas, ello permitió que docentes con bajo puntajes en la evaluación, experiencia y otros, puedan ubicarse en los primeros lugares. Me lamenta que el MINEDU se equivoque de esta manera dentro de las cosas tan buenas que está haciendo. Las colegas Mujeres donde quedan, no será una norma discriminatoria. Por favor arreglen esto urgente.

  • Saludos Dr. Hugo, para preguntarle respecto del Art. 5.5.17 de la “Norma para la elaboración y aprobación del cuadro de horas (…) 2015” que dice: El personal Directivo titular o encargado del nivel secundaria (…) necesariamente asumirá doce (12) horas pedagógicas de clase (…).
    Preguntas:
    1. ¿Se aplica a las I.E. que sean de un solo nivel (secundaria) o también para las I.E. que tengan además otro u otros niveles educativos?
    2. Ahora bien, si fuera también para el segundo caso, es menester señalar que la directora de mi I.E. no ha sido considerada para asumir las horas que le corresponderían.
    3. En este sentido, debo suponer que la UGEL revisará el cuadro de horas y obligará a la directora a asumir sus 12 horas.
    ¿Qué sabe Ud. al respecto? Gracias. Saludos.

    • Luis. No ay una norma que reemplace pero lo que he podido averiguar es que el criterio que se está tomando es que las 12 horas juegan para instituciones educativas con menos de 10 secciones. En el resto las Ugeles están aprobando los cuadros de horas sin dificultad. Saludos

  • Dr. Hugo Díaz
    El año 2014 me destacaron a una IE Unidocente por razones de excedencia. Me dieron la encargatura, pero pagaron el sueldo de mi plaza de origen, o sea de aula. Como usted sabe se ha reconocido el pago de encargaturas y les están pagando. En el caso de la UGEL Lucanas, Ayacucho solamente se ha considerado a los multigrados y polidcocentes. Reclamamos y nos dijeron que a los unidocentes no les corresponde dicho pago. Por favor quisiera q nos aclare.

  • Dr. Buenas noches, gracias por absolver muchas de nuestras dudas. Estoy encargada por dos meses en una subdirección que no figura en las plazas vacantes para el concurso nacional público para directivos (yo no participo de dicho concurso)quisiera saber hasta cuando durará mi encargo. Gracias.

  • Sr.Hugo buenos días.Soy una madre de familia.El año pasado puse a mi niña a jardin de 3años.Ella solo acudió hasta los primeros días de julio y no tuvo evaluaciones de medio año, ya que el trato de una de las trabajadoras de dicho jardin había intimidado a mi menor al punto de no querer asistir mas.Este año deseo hacerla estudiar su jardin de 4 años en otro centro educativo, pero la directora dice que no puede liberar su codigo y que si lo libera tiene que ir a jardin de 3 años nuevamente.Por favor orienteme porque mi niña ya tiene cuatro años y medio y es demasiado perder un año mas.

  • DR. Buenas tardes soy profesora del nivel de inicial de la IV escala con 16 años de servicio desde el mes de julio hasta el 21 de enero he estado de licencia x enfermedad con goce, ya estoy mejor ya me dieron de alta desde el 22 de enero;YO TRABAJO EN LA UGEL PACASMAYO PERO postule a una plaza para cargo de director en la ugel de lima metropolitana ahora me encuentro en lima, pero mis familiares en pacasmayo la libertad me informar que hoy llego la UGEL pacasmayo a dejarme un memorandum de encargatura de direccion paRA ENERO Y FEBRERO. TENDRIA ALGUN PROBLEMa CON LA PLAZAS DIRECTIVAS X TRES AÑOS SI ACEPTO LA ENCARGATURA X DOS MESES. OBTUVE NOTA APROBATORIA EN EL EXAMEN DE DIRECTORES Y SUBDIRECTORES EN LIMA. ADEMAS QUISIERA SABER EN ESTOS DOS MESES CUANTO SERA LA REMUNERACION POR ENCARGATURA. GRACIAS.

  • Dr. Buenas tardes:
    Una consulta, ¿Las encargaturas para plazas jerárquicas según norma 2076 para el año 2015, serán pagadas por 40 horas, de acuerdo a la remuneración según la Ley de Reforma Magisterial? o solamente seguirán pagando los dos soles con 80 céntimos que veníamos percibiendo hasta el año pasado.

  • Saludos Dr.Hugo Díaz.
    Mi pregunta es la siguiente, en mi I.E. postulo para encargatura de docente de AIP un profesor con 16 años de servicio, pero se encuentra en el I nivel de la Reforma Magisterial , pero se encontraba en el II nivel de la anterior ley ¿Es posible que pueda ser encargado en dicha plaza?
    Se que para el caso de cuadro de horas se han suspendido los niveles de la LRM lo mismo sucedera con las encargaturas?
    Gracias.

  • Dr. buenas dias
    Gracias por su Rpta:
    Me encuentro en la II Escala, provengo de la Ley 24029 (III NM). Ahora para acceso a cargo de director debo necesariamente poseer 01 año como mínimo encargatura de dirección? (Según 5.5.2 de la RSG N° 1551).

  • siguiente consulta.
    Yo soy profesor por horas del nivel secundario nombrado, he participado en el concurso de encargaturas, y he ganado una encargatura para enero y febrero como dice la norma; mi pregunta es si yo deberia tener mis dos mese de vacaciones remuneradas de 2200 soles y ahora por haber ganado la encargatura de dirección ya no voy a tener vacaciones, Como se pagará el encargo si esto es adicional a mis vacaciones. Expliqueme por favor, mas detalladamente, ya que hay una confusión por el pago,porque no es dable que sólo nos paguen por 16 horas adicionales , si vamos a trabajar 40 horas a parte de nuestros dos meses de vacaciones que nos corresponde de acuerdo a ley.

  • sandra: en mi i.e gané el concurso para asesoria 2015, como usted sabe de 40 horas, soy de la iv escala en el último concurso exepcional de reubicación ,soy profesora de 24 horas nivel secundaria me dicen que mi sueldo adicional sera de 2.80 ¿es cierto?

    • Sandra. Los cargos que han sido dados a partir del concurso de cargos directivos y jerárquicos van con las bonificaciones establecidas con la nueva ley. Los que no se dan en base a esa evAlusión todavía mantienen las bonificaciones de las leyes anteriores. Usted seguramente es de la ley del profesorado. Saludos

  • Doctor Hugo, buenas noches
    En mi centro educativo estamos concursando dos profesores para la dirección de nuestro Cetpro que es por convenio, que salio publicada para tal fin, pero la Congregación me a manifestado que ellas solo van a dar “encargatura” a quien ellas consideren, así no hayan concursado ¿tienen la facultad de hacerlo así?

  • Buenas Noches. Estuve contratada el 2014 y el Director de mi I.E. no aprobó la Evaluación de Directores. La Directora que ha asumido el cargo por enero y febrero, puede hacerme la Evaluación de Desempeño?Según las Normas…023-2015, solo es realizada por el Director que haya sido ratificado o designado en dicho cargo. Pero según estoy leyendo algunas noticias en la web, la evaluación la harían los Directores ratificados, que han aprobado la Evaluación. Me podría aclarar la información por favor. Gracias por la atención.

  • Doctor Hugo buenos días,
    En la IE en la cual labore el año pasado.El director encargado de la dirección culmino sus funciones el 31 de diciembre de 2014 y asume provisionalmente la dirección un nuevo profesor que labora en la misma institución.
    el director que se desempeño desde 2012 hasta marzo de 2014 tuvo problemas con los profesores nombrados, por lo cual lo denunciaron por rompimiento de relaciones humanas. Dicho director se presento al concurso de directores y ocupo unos de los altos puntajes a nivel regional. Los profesores no lo dejan tomar el cargo por ese problema.
    Mi pregunta es:¿Cuál de los dos directores es el indicado ratificar el contrato 2015?. gracias.

  • DOCTOR HUGO BUENAS TARDES, SOY UN DOCENTE CONTRATADO EN EL AÑO 2014, EL DIRECTOR ENCARGADO DE LA DIRECCION CULMINO SUS FUNCIONES EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 PORQUE HA SIDO ELEGIDO COMO REGIDOR EDIL Y LO REMPLAZARA EN LA ENCARGATURA DE LA DIRECCION UN NUEVO PROFESOR QUE LABORA EN LA MISMA INSTITUCIÓN, MI PREGUNTA ES:¿CUAL DE LOS DOS DIRECTORES ES EL INDICADO PARA OTORGARME MI PROPUESTA DE TRABAJO Y FIRMAR MI FICHA DE EVALUACIÓN PARA EL CONTRATO 2015?. GRACIAS.

  • dr. buen dia
    segun la una entrevista . CONTRATARÁN A 100 MIL MAESTROS: solo 2 mil serán ratificados por sus directores En todo el país, solo 2.160 directores tendrán esta posibilidad y se estima que 2.363 maestros se beneficiarán con esta modalidad (ratificacion).
    PREGUNTA: SOLO LOS DIRECTORES RATIFICADOS EN EL CARGO TENDRAN ESTA FACULTAD DE RETIFICAR?.

  • Buenos Días,
    Soy docente contratada, mi inquietud es la siguiente en la IE en la que elabore había un director que asigno la Ugel por problemas interno con el director anterior. Actualmente han asignado a otro director, y el director que gano la plaza es el director que tiene problemas con el colegio y tiene una denuncia administrativa. Entonces quien puede firmar y llenar mi ficha desempeño laborar para ratificar mi contrato. Lo puede hacer el director asignado por la Ugel sin haber participado al concurso de evaluación convocado con RM N 214-2014- Minedu y En que ley.

  • Señor Hugo Diaz, ¿por qué? para la encargatura de direcciones que no tienen presupuesto no se considera el tiempo de servicio acumulado de contrato mediante resoluciones, en muchas II.EE están en igualdad de escala y el que tiene menos permanencia en la II.EE, tiene la encargatarura. deben modificar esta parte excepcionalmente a fin de no evitar problemas con los padres de familia, la realidad en el Perú profundo es otra. Gracias por su respuesta.

  • Buenas tardes
    Soy una maestra que lamentablemente a pesar de haber demostrado a través del examen mis capacidades, por un error involuntario se me obliga a dar examen, yo corregí mis años de nombrmiento dentro de la fecha establecida para corregir según el Minedu, pero se que a otros colegs que no aprobaron el examen y volveran a dar les ha llegado una carta de invitación en mi caso no ha sido asi, debería de haberme llegado dicha carta o es suficiente con lo que he corregido a través del portal.
    Gracias

  • Hugo, mi pregunta es la sgt. : alcancé la VI escala en el examen de docentes en 2014 sin embargo no puedo acceder porque me inscribí de acuerdo a mi escalafón con 23 años de servicios ya que toma en cuenta los años de estudio y me dijeron que es a partir del nombramiento con el cual tengo 19 y 4 meses . He abierto un juicio porque el abogado me dice que si me corresponde porque los años de estudio son de acuerdo a ley.Yo quiero que me bajen a la V escala pero que no me excluyan . Por favor dígame si tengo posibilidades de acceder aunque sea a la V escala.

  • Agradezco su respuesta; soy profesora de educación primaria tengo estudios de maestría , doctorado y estudios concluidos en otro idioma y estoy en el V nivel ¿puedo ser directora de mi colegio que tiene los niveles de primaria y secundaria EBR.?

  • Dr. Hugo Díaz, con cierta pena le digo que en la UGEL – Utcubamba, Amazonas. no se estará adjudicando las plazas directivas que cuentan con medida cautelar, haciendo caso omiso a lo dispuesto por el MINEDU, dígame Dr. habrá sanción para estos malos funcionarios.

  • Buenas noches Señor Hugo, soy profesor que concursa a una plaza directiva; resulta que en la Ugel que postulo muchos aprobamos a las pocas plazas vacantes, sobraremos; pero vemos con la sorpresa que en las demás ugeles hay demasiadas plazas vacantes para pocos postulantes aprobados; mi consulta habrá segunda etapa de adjudicación inter-ugeles para cubrir dichas plazas sobrantes. Agradezco su atención y respuesta

  • Buenas noches Señor Hugo quisiera soy profesora de inicial contrata mi plaza fue creada el 2014 mi directora dice que la Institución figura como multigrado ella aprobó el examen de directores dígame es necesario que presente a la UGEL mi desempeño laboral para seguir trabajando el 2015 la otra pregunta es si es que debo de presentar a la UGEL la resolución de felicitación y una constancia de haber culminado el año escolar 2014 para que me paguen enero y febrero muchas gracias por su respuesta.

  • BUENOS DIAS SEÑOR HUGO DIAZ:
    ESTOY POSTULANDO A UNA PLAZA DE DIRECCION DE ESTE CONCURSO DE DIRECTORES 2015 QUE YA ESTE 17 DE ENERO SE PUBLICARA LOS RESULTADOS…REVISANDO EN EL INFORME ESCALAFONARIO EMITIDO POR LA UGEL QUE SOLICITE Y ME LO DIERON APARECE LA ESCALA MAGISTERIA EN LA CUAL ESTOY… DICEL EL INFORME ESCALAFONARIO:
    Escala Magisterial Actual Ley N° 29944: ESCALA 4
    ¿TENDRE PROBLEMAS EN ESTE CONCURSO QUE APAREZCA ASI ESCALA 4 Y NO ESCALA IV? TENIENDO EN CUENTA QUE TODOS LOS COLEGAS QUE PIDIERON SU INFORME ESCALAFONARIO ASI APARECE: ESCALA 1, 2 ,3 , 4, 5, 6…AHORA BIEN EL ASUNTO ES QUE ESTOY POSTULANDO EN OTRA UGEL..¿CONSIDERA QUE LA COMISION ME OBSERVE QUE APAREZCA EN EL INFORME ESCALA 4 Y NO ESCALA IV O CUARTA?…MUY AGRADECIDO POR SU RESPUESTA SEÑOR HUGO DIAZ

  • Doctor Hugo Díaz, estoy concursando para una plaza de dirección, quisiera saber si el MINEDU hará prevalecer para su respectiva adjudicación todas las plazas directivas reportadas y que pasará con los directores que tienen cautelar.

  • Como dice las normas para la encargatura de dirección fueron dadas pero no se cumplieron, hay muchas irregularidades para cumplir los cronogramas en Chincha el 31 de diciembre se publicaron los resultados y se hicieron los reclamos. ese dia solo se atendió en la Ugel hasta las 10 am. mientras que los docentes en mi escuela aún trabajaron hasta la 1 pm. todo se hizo muy rápido.

  • El año lectivo no puede ser igual a años anteriores ya que antes se iniciaban labores escolares en el mes de Abril cosa que es diferente actualmente ya que se inicia en marzo por lo cual en el concurso de directores no habrìa igualdad…

  • Buenas tardes Dr. estoy muy preocupado resulta que obtuve un alto puntaje en el examen y la semana pasada me notifican que tengo instauracion de proceso administrativo para dar mis descargos (lo cual ya hice) desde el 04 de diciembre, quiero saber si esto limitara mi derecho a una plaza directiva

  • Es muy cierto lo que menciona el profesor Guillermo. Conozco casos de docentes que aùn no teniendo los requisitos exigidos segùn la Norma Tècnica para el concurso de directivos (el cual està en proceso) se han presentado y han logrado hacer muy buenos puntajes.
    Ahora, segùn su opiniòn Dr. Hugo Diaz ¿Es correcto que esto suceda y no se respete lo que dice la norma? algo similar sucediò en el examen de reubicaciòn con los años de servicio obtenidos, donde algunos docentes contabilizaron sus años de contratados, sin embargo, han sido reconocidos en sus resoluciones con niveles de escala que no les corresponde. Si la UGEL deja pasar ello a ¿quièn entonces le corresponde verificar? ESTO LE HACE PERDER LA SERIEDAD AL CONCURSO. PORQUE EN TODO CASO TODOS ESTARÌAMOS PROBANDO SUERTE SIN TENER EN CUENTA LOS OBJETIVOS Y REQUISITOS QUE INDICA LA NORMATIVIDAD.

    MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS.

    • Bertha. Como comprenderá hay una norma dada con determinadas reglas de juego. Nos pueden gustar o no dichas normas pero ya están establecidas y hay que respetarlas. Si la Ugel no lo hace actúa mal y hay que denunciarla. La denuncia requiere datos concretos y pruebas. Saludos

  • Dr. Hugo buenas noches, quisiera saber su opinión sobre el pago de encargaturas de dirección que el gobierno mediante D.S 343-2014 esta reconociendo y que publico el 13 de diciembre ultimo y si es que también les corresponde a los profesores por encargo de funciones y que procedemos de la ley 24029 0 si solo es para los de la 29062.
    gracias por anticipado por la respuesta

      • Gracias por la respuesta doctor Hugo. En la Ugel Chota solo ha salido una lista de 17 personas en las que solo se consideran a algunos especialistas de Ugel y directores encargados procedentes de la ley 29062; que acciones debemos tomar para obtener dicho beneficio los que hemos estado ejerciendo la encargatura de dirección en el 2014 y que procedemos de la derogada ley 24029.
        Existe algún documento que se contraponga al D.S. 343-2014 o solo es cuestion de la administración de la Ugel, gracias por anticipado por la respuesta

        • Edwin. No lo existe pues por un lado hubo la evaluación excepcional que se dio previamente para que los directores que estaban en el cargo sean evaluados y se cumpla con la norma que decía que para moverlos del cargo previamente tenían que ser evaluados. Luego ha venido este concurso que fue una nueva oportunidad de evaluación. Ahora no hay norma que avale- Saludos

  • Dr. Buenas Noches
    Observando la lista de los colegas que pasan a la Evaluación de trayectoria Profesional en el Concurso de Directores, pude evidenciar que un colega que se nombró el 2009 figura en la lista de colegas para la etapa de trayectoria valga la redundancia.
    Tengo entendido que para poder postular en la web del MED tenias que indicar los años de servicios oficiales para el estado de 10 a más decia . Esto se considera oficial a partir del nombramiento, no se contabilizan los años como contrato. Entonces ¿porque aquel colega pasó el filtro?. ¿Podrá ser adjudicado de forma irregular acaso?, ya que no cumple con los requisitos.
    Bajo ese criterio de darse el caso, muchos docentes en situación similar podrían también haber postulado.

  • Que ocurrirá con los haberes de los directores encargados en enero y febrero. Recibirán sus haberes de acuerdo al desempeño en enero y febrero o tendrán que esperar hasta cuando haya presupuesto como siempre.

  • Muy buenas tardes doctor Hugo Díaz, la verdad me parece interesante la forma como ayuda a absolver las tantas dudas que tenemos los docentes con esta nueva forma de política establecida por el gobierno actual, espero con esperanza que seda un éxito, yo lo felicito y agradezco . Pero también quiero hacer una pregunta más ¿Cuánto va a ser la remuneración que va a percibir los docentes con cuarta escala y que han logrado la encargatura de dirección en enero y febrero 2015 ?

  • a qué se refiere la norma de concurso de directivos cuando dice: “han asumido encargatura de dirección de una IE por un periodo no menor de un (01) año lectivo en el tiempo de servicios requeridos”? Para especificar ¿vale la encargatura que se ha tenido en el 2014 para el tiempo de servicios requeridos, si en el 2013 no se ha completado los 9 meses?

  • Dr. soy postulante del concurso de directivos Nivel Secundaria. La plaza que pretendo solicitar en la adjudicación es de primaria. pero el colegio atiende los dos niveles (Primaria -secundaria). Podré tener el derecho de pedirla?….Gracias

  • Buen dia Dr. Hugo el día 30 envie un comentario pero veo que ni siquiera, se han tomado la molestia de contestar, mi pregunta es porque los nuevos Subdirectores que han ganado el concurso no rotan a otras instituciones, porque al quedarse perenne en la misma institución solo se ve corrupción y favoritismo entre los colegas, como sucede en I.E. La Sub dirección solo favorece a su grupo que paran en su oficina, la cuel el mismo sub director tiene grupo que entre ellos hacen sus famosas juntas bueno eso le compete a ellos pero no cree que eso deberian hacerlo fuera del colegio.

    • Carmen. No sé donde envió su comentario. Por lo menos en este blog contesto todas os mensajes. En realidad no sé si es una pregunta que se haya planteado el ministerio. Me imagino para no cruzarse con el proceso de reasignación que ya le causa bastantes dolores de cabeza. Saludos

  • Dr. Hugo, en mi institución educativa se ha desarrollado la elección las jefaturas de laboratorio de forma irregular: en primer lugar, no hubo una convocatoria abierta;segundo, no se convocó a las subdirectoras o a un comité a la evaluación de los expedientes presentados; tercero, solo cuando se invitó a reunión a los docentes postulantes a las encargaturas, el director estaba solo a la cabeza, no se presentó a algún comité de evaluación; cuarto, el director decidió que dos jefaturas de laboratorio funcionen como TOE, no mostró fundamento alguno para tal decisión, y a pesar de que se le insistió en la necesidad de hacer funcionar una de las jefaturas para el área de letras, este decidió en ese momento que sirva para TOE, pero a cargo de docentes que no muestran especialización en el cargo, pues uno de ellos, viene trabajando, desde hace años, como jefe de laboratorio de ciencias, pero ahora o hará como TOE; quinto, dos profesores, uno de ellos el que mencioné, postularon para la encargatura de subdirección, al ver que no alcanzaron el puntaje adecuado, decidieron postular para las jefaturas, lo que dejó a una de las profesoras, especialista en el área de Comunicación fuera de carrera, pues el director decidió nombrar un jefe de laboratorio de Ciencias, uno de TOE y uno de Letras (pero que realizará la función de TOE) bajo el argumento que no existe en el nexus Jefatura de Laboratorio de Letras de forma explícita, y por lo tanto, pueden utilizar esa plaza como mejor les convenga, pero me pregunto que pasa lo mismo con Ciencias o TOE, pues en el nexus no se especifica Jefe de Laboratorio de Ciencias o Jefe de Laboratorio de TOE. Lo peor de todo esto, es que nunca se ha realizado evaluaciones sobre los resultados de la función de TOE en el colegio, a pesar que ya llevan tres años, nunca se ha informado a los docentes de sus logros; además, uno de estos cargos en adjudicado ante la DREC como Jefatura de laboratorio de letras (hay resoluciones al respecto), pero nunca funcionan como tal. Ahora que se urge, más que antes, la mejora de las capacidades fundamentales en los alumnos, el trabajo de proyectos, la participación en concursos hacen caso omiso. Ya presentamos un petitorio, pero temo que una vez más quede en nada.Es el colmo ver cómo se burlan de los docentes, alumnos y padres de familia: Dos docentes, uno que va a la Jefatura de Ciencias y otro de TOE, son del área de Ciencias;y la que va como Jefa de Laboratorio de Letras es de Educación Física. ¿Qué puedo hacer al respecto?
    Espero su pronta respuesta

  • Dr. Hugo:
    El MED a previsto otorgar puntaje a los que ejercieron funciones de Directores y Jefes de Gestión Pedagógica así como también a los Especialista en Educación, sin embargo no ha tenido en cuenta a los Directores y Jefes de Gestión Institucional así como a sus especialistas, obviando que los Directores de IEs también desarrollan gestión institucional ¿A qué se debe esta omisión?
    Saludos.

    • Carlos. Ignoro el criterio adoptado por los que formularon la directiva. Lo que sucede posiblemente que en las Ugek los cargos de gestión institucional son muy amplios y muchos no corresponden a la gestión del centro; por ejemplo, los especialistas contables, de personal, de abastecimientos etc. Saludos

  • Dr. en primer lugar para saludarlo por estas fiestas navideñas y desearle lo mejor el año 2015. Dr. estoy confundida con las convocatorias para encargaturas, titulares de encargaturas y especialistas en cada ugel.¿Qué tiempo va a durar cada cargo?

  • buenas, solo deseo que me explique como se generan la plazas para contrato de docentes, en EBR, y que me explique cada forma, por ejemplo por cese, por encargatura, por licencia etc, lo pregunto por la renovacion de contratos para el 2015, mi esposa estubo por encargatura y no sabe si la volveran a contratar.
    gracias

    • Paulo. Las plazas son identificadas pir la Ugel en función a la información que proporcionan los centros educativos. La norma todavía no sale pero lo que se ha declarado es que los docentes evsluados con buen desempeño laboral pudran tener renovación sutomatica de contrato. Saludos

  • Soy docente de IV escala postule al concurso por encargatura a una plaza de Dirección (primaria) por estos dos meses (enero y febrero) ya que la plaza esta publicada como vacante para este concurso de Directores mi pregunta es ¿Cuanto será el monto que recibiré por esta escargatura? Y le hago esta pregunta porque la plaza esta muy alejada al lugar donde laboro lo cual significa gastar mucho en pasajes.

  • REQUIERO PRECISIONES SOBRE EL SIGUIENTE CASO:
    LA RD INDICA VIGENCIA DEL 12 DE MARZO AL 31 DE DICIEMBRE, COMO SUBDIRECTOR.¿ESTA COMPRENDIDO COMO “…..COMO PERIODO NO MENOR DE UN (01) AÑO LECTIVO DENTRO DEL TIEMPO MÍNIMO DE SERVICIOS REQUERIDOS. (5.5.2 b) DE LA 1551- 2014- MINEDU?.
    GRACIAS POR SU RESPEUESTA

  • Dr. Hugo Diaz quisiera saber como mediante que proceso se cubriran las plazascreadas o ampliadas para el 2015 puesto que ya no tendremos examen para contrata docente ,yo trabaje muchos años en el sector privado y me prepare para dar mi examen de contrata docente ,queria saber si podia acceder a esas plazas recien creadas que Dios lo bendiga gracias por su respuesta
    702

  • en la ugel de mi jurisdiccion solo se llevo a cabo la evaluación de especialistas, de encargaturas de dirección no lo organizaron aduciendo que nexus no envia la información respectiva sobre la situación d los directores actuales, que acciones debo de tomar?

  • Dr Hugo Diaz, porque existe tanta discrimacion por parte del Minedu hacia los docentes que con tanto esfuerzo,sacrificio,dedicacion y perseverancia en capacitarse, estudiar ingresaron a la tercera escala magisterial y el premio que se obtiene es no tener oportunidad de concursar a cargos directivos ni a las encargaturas

  • Saludos, postule al cargo de especialista de una UGEL en la que nos presentamos dos postulantes y desaprobamos los dos dado que la DREP tomo una evaluación en la que de 150 postulantes solo aprobaron 10, quedando vacantes casi en todas la UGELES los cargos de especialistas.

  • Dr. Buenas Noches.
    Respecto al concurso de encargaturas, le informo que sucedio tal y como me lo imagine, ningun concursante pidio la plaza de mi I.E. entonces la Ugel Encarga la Dirección a un colega de segunda escala. a proposito los de mayor escala son lo que estan en la II, sin ningun criterio o al menos se desconoce cuales, a eso es lo que voy cuando hablamos de meritocracia.

    • Guillermo. Usted sabe como es el variable comportamiento de las Ugel. Actúan con criterios muy variables. De otro lado, no se si podemos exigir a la administración que todo sea 100% meritocracia o. Luego de haber un concurso de selección de directores que incluye dos oportunidades hacer una nueva evaluación para lis cargos que queden vacantes ya resulta una carga muy pesada. Con que hayamos avanzado un 80% en que los cargos hayan surgido de los concursos me sentiría pir ahora satisfecho. En un futuro digirió mas pero dadas las actuales circunstancias… Saludos

  • La Ugel esta ampliado la convocatoria para las encargaturas de dirección y subdireccion por que en la adjudicación no se cubrio todas las plazas y aun quedan plazas .Mi consulta cuento con los requisitos para presentarme a esta nueva convocatoria, pero también he ganado una encargatura de plaza jerarquica en mi I.E la cual rige a partir de marzo .¿Puedo presentarme a una encargatura de cargos directivos para estos dos meses ? o se contraponen ?

  • Dr. Hugo:
    Según los los resultados del último concurso de acceso a cargos de directores he alcanzado un puntaje expectante, por lo que tengo que presentar los documentos que acrediten tener la capacitación en gestión. Mi inquietud al respecto es el criterio que tomará la comisión de evaluación respecto a las menciones de las maestrías que se consideran “directamente relacionadas” con la gestión educativa.Al respecto,me parece, la Dirección de Desarrollo Docente no ha clarificado el asunto. En mi caso soy egresado de la Maestría en Docencia Universitaria e investigación Educativa y en la web de la Escuela de Post Grado de la UNPRG se señala textualmente como una de las salidas profesionales de la maestría citada la de “Fomentar el enfoque interdisciplinario y demostrar habilidades que les facilite el trabajo en equipo como estrategia de calidad en la administración de las instituciones educativas”. Sin embargo, me preocupa el criterio que tomará la Comisión de Evaluación respecto a su validez como requisito para seguir en el concurso.En todo caso me gustaría su opinión técnica al respecto y/o algún alcance sobre el dilema al que me encuentro expuesto.

    • Elizer. En efecto, la norma no es suficientemente clara. Más aún en el caso que usted describe en donde se trata de una maestría que no corresponde a la educación básica sino a la educación superior. Creo que el nivel de libertad que tendrán las comisiones en la Ugel para decidir será muy amplio y dependerá mucho de ellas. Saludos

  • Porque, un profesor que estaba ubicado en el II nivel de la Ley del profesorado y ahora esta ubicado en la primera escala magisterial, no puede postular a una jefatuta, si aún no a culminado el proceso de reubicación de escala magisterial. La actual Resolución de secretaría general 2076 – Minedu, especifica que parapostular a un jefatura tiene que esta en la II escala magisterial.
    El oficio N°113 Minedu delmes de Diciembre del 2013,para el proceso deencargaturas del año 2014, no consideró la escala magisterial porque aún estan en proceso de reubicación. Lo mismo se debe de considerar para el año 2015, ya que aún no hemos sido reubicados en otras escala, esto perjudica a los docentes en no poder aaceder a un cargo jerárquico. Quisiera su opinión al respecto.

    • LC. Los criterios han sido establecidos por el MED y difícilmente serán cambiados. Posiblemente hay contradicción entre los empleados en las dos normas pero en ello puede haber explicación asociada al tiempo en que se realizan ambos concursos. Saludos

  • Buenas noches Doctor
    Mi inquietud es que en la I.E donde laboro somos 6 y estamos nombrados, pero el minedu ha publicado la plaza de dirección para nombramiento. ¿Qué pasará con un docente? Lo reubicaran ? Porque de acuerdo a las norma el director que asuma tendrá seccion a cargo por la cantidad de secciones existentes.

  • Estimado Hugo: Soy postulante a una encargatura de Especialista ,por favor qué puntaje tendría según la RSG 2076-2014-MINEDU si estoy en la V Escala Magisterial y tengo 29 años de servicio.¿ 10 por Escala Magisterial y 29-15 igual 14 ? ¿En total 22 ya que se considera como tiempo mínimo un máximo de 12 ?En mi UGEL a todos han descontado 7 puntos como tiempo mínimo. He presentado mi reclamo. ¿Tengo la razón?

    6.4.-De las evaluaciones y criterios a calificar:
    a).-Escala Magisterial: máximo 16 puntos
    Escala Puntaje
    VIII 16
    VII 14 VI 12
    V 10
    IV 08
    III 06
    II 04

    b).-Tiempo mínimo de servicios oficiales Escalas magisteriales en la Carrera Pública Magisterial

    20 VI
    15 V
    11 IV
    7 III

  • Buenos Tardes Dr Hugo diaz.
    Soy docente de Carlos Rubina Burgos de Puno.
    Le cuento que en mi institucion Educativa de la Region Puno hubo una plaza para encargatura de Jefe de Laboratorio, donde nos presentamos entre tres docentes. En el momento de presentacion del expediente me base en la directiva de la DRE Puno, donde señala como documentos minimos que no debe faltar son: solictud, copia de DNI, original de Informe escalafonario,copia de desempeño laboral, declaraciones juradas segun formato y documentos en copia como certificados de capacitacion, resoluciones de felicitacion,segunda especializacion en gestion y administracion educativa, diplomado en gestion educativa.
    Despues de presentarlo, La comision publico como no apto a mi persona, indicando que me falto el titulo de profesor.
    en el dia de reclamaciones, presente documento adjuntando mi titulo profesional para que me reconsidere en el proceso, luego me denegaron en ese mismo dia.
    Yo tengo titulo profesional, tal como indica en el informe escalafonario.

    ¿Esta bien el actuado del comite evaluador? ya que m parecio que se esta parcializando con uno de los docentes que ahora es ganador con puntaje 20, de los 100 puntos.
    ¿que debia hacer frente a esa situacion?

  • Dr. Hugo Diaz:
    Mi inquietud es para confirmar que no hay hay incompatiblidad en asumir la enarcgatura de 2 meses para cargo directivo porque ello es en enero y febrero y por otro lado si ha aprobado el examen del 14 de diciembre y se esta en un mérito apropiado para un nombramiento ya que eso se haría efectivo en marzo del 2015. Espero de Ud. su confirmación o hay alguna normatividad que dice lo contrario y estoy equivocada- Aprovecho la ocasión para desearle los mejores éxitos en el 2015 y el mantener informados y conectados a esta demanda docente que siempre confiamos en Ud. y en sus respuestas oportunas. ¡ Gracias!

  • muy buenos dias señor hugo diaz:
    ustes siempre atento a nuestra inquietudes…respeto al requisito de cerfificado de 200 horas para postular a cargos directivos…tengo un certificado de po mi participacion y asitencia por 260 horas en el PROGRAMA NACIONAL DE FORMACION Y CAPACITACION PERMANENTE EBR nivel secundario ejecutado por la UNHEVAL….mi pregunta es ¿si este certificado es valido para acreditar formacion especializada para cumplir requsito para el concurso de directores?…gracias

  • Buenas noches, Dr. Hugo Díaz, la vacante de dirección de mi IE ha quedado desierta. La pregunta es debo solicitar la encargatura o es la UGEL la que de oficio me la debe asignar para los meses de enero y febrero. Estoy en la IV escala y cumplo con todos los requisitos establecidos en la norma técnica.

  • Dr. Hugo:
    Trabajo en una IE de acción conjunta en la que no se nos permite acceder a plazas directivas ni jerárquicas. La Directora propone a quien mejor le parece aunque no reuna los requisitos amparándose en la famosa “Propuesta”. ¿Acaso los que tuvimos la oportunidad de nombrarnos en una de estas IEs, no tenemos derecho a tener mayores aspiraciones? ¿Donde quedó el derecho a la igualdad?
    Anteladas gracias por la atención.

  • Dr. Hugo Díaz, aún sigo con la duda en cuanto a los nuevos profesores que ascendieron en la nueva escala magisterial que ya se sienten los más más. La UGEL ya emitió la resolución con la nueva escala, pero el criterio solamente para la distribución del cuadro de horas, en este caso, según la R.M.Nº556-2014-MINEDU de fecha 15 de diciembre 2014 a lo que corresponde la “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2015 en la educación básica”-Numeral 5.1.3 Pág.17 renglón 24.Aparte de ello, señala claramente la Resolución de la Secretaría General Nº2378-2014-MINEDU, en su Norma Técnica numeral 5.5.20 señala también que “Los criterios establecidos en el numeral 1) de los literales a), b) y c) del numeral 5.5.3 quedan suspendidos en tanto no se realicen los concursos públicos de reubicación a los que se refiere la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial.” La verdad, me parece que este numeral señala con claridad, ya que de las dos evaluaciones cronogramadas, recién se realizó una evaluación y faltando aún una más. La verdad es que estas normas se han emitido recién ahora último (15-DIC-2014).
    Por todo ello, le agradezco infinitamente por el alcance que nos brinda cordialmente.

    • Dr. Hugo Díaz. Previo el saludo respetuoso, quisiera consultarle en cuanto al cuadro de distribución de horas en educación secundaria, pero antes le menciono de que conozco los requisitos y los criterios ya establecido por años.Pero también, aquí encuentro últimamente una excepción que claramente especifica la R.M.Nº556-2014-MINEDU de fecha 15 de diciembre 2014 a lo que corresponde la “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2015 en la educación básica”-Numeral 5.1.3 Pág.17 renglón 24.
      El caso es en cuanto a la ubicación inmediata de un colega quien recientemente ascendió de II escala a la VI escala tan solamente con 21 años de servicios, él muy altanero y soberbio ya se ubicó en primer lugar para realizar el cuadro de distribución de horas para 2015. Además,pues no me sometí a la evaluación y me quedé en III escala magisterial, además cuento con 31 años de servicios. El caso es que en esta Resolución Ministerial,ya indicado, menciona que “En las IIEE donde se implementen procesos de reestructuración que incluyan cambio de turno de los profesores deberá procederse teniendo en cuenta los siguientes criterios: escala magisterial, …El criterio de escala magisterial será suspendido, en tanto no se culmine con los concursos excepcionales de reubicación de escalas magisteriales en la carrera pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial.” Todo ésto, realmente, me parece que vulnera en la interpretación inclusive del mismo “director” en donde supuestamente se basa de la resolución de ascenso de escala que ha obtenido, pero es confecha anterior a la Resolución Ministerial. Además en la I.E. cada año se reestructura un nuevo horario y algunos docentes cambian de turno.
      Bueno, es la duda o interpretación que aún no lo entiendo bien. Debería ser así o se tiene que rectificar la distribución del cuadro de horas?.
      Gracias por su respuesta tan valiosa que realiza en bien de la educación y para una buena administración en el sector.

      • Jaime. La oficialización de ls reubicación en una nueva escala magisterial a ¡nivel de la Ugel significa el término de ese proceso lo que deja sin vigencia ese articulo de la norma. Lo que hay que ver es si la Ugel concluyo su trabajo. saludos

  • Podría decirme como será la remuneración de un profesor que durante sus dos meses de vacaciones ejercerá el cargo de director encargado. Se le pagarán sus vacaciones y su cargo como encargado? Porque si no fuera así cuál sería el beneficio?

  • Me parece que innecesariamente el MINEDU complica el proceso de transferencia de los directivos actuales a los que asuman de forma definitiva los cargos después de la evaluación de directores , tiene sentido que por dos meses asuman un cargo, como podrán evaluar los contratos de los docentes que laboraron el 2014, se presta a corrupción tal y como ocurre en mi I.E qu los pseudos docentes encargados están ofreciendo las plazas al mejor postor

    • Gaby. Puede que tenga razón. Lo que sucede es que las normas se formaban para la generalidad de casos y olvidan el trato de situaciones particulares como las que dice. Me imagino que los que van a estar encargados por poco tiempo serán los menos. Saludos

  • Dr. Hugo
    He participado en el concurso interno de plazas para jefatura en mi I.E. donde hay 4 plazas, pero están en otras especialidades diferente a la mía, por ello que no pude salir apta. ¿Como será el concurso ahora, puesto que de la carrera pública magisterial y del segundo al cuarto nivel solo somos tres profesores? ¿puede el director cambiar las jefaturas a otras especialidades?

  • SOY PROFESORA DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y HE POSTULADO PARA LA ENCARGATURA DE SUB DIRECCIONES DE ACUERDO AL CRONOGRAMA QUE APARECE EN LA DIRECTIVA Y EN LA UGEL DE CHINCHA, PERO ALA FECHA NO APARECE LA PUBLICACIÓN DE DOCENTES APTOS, NI LA RELACION DE PLAZAS VACANTES
    EN LA UGEL NADIE TE SABE DAR RAZONES DEL PORQUE
    A QUIEN PUEDO ACUDIR PARA DENUNCIAR ESTAS IRREGULARIDADES

  • Dr.Hugo:
    He participado en el último concurso de directores, alcanzando alto puntaje,pero a pesar de aquello no alcanzaría una de las plazas vacantes; entonces mi pregunta es, si es posible, que si quedan plazas vacantes me puedan ubicar en una de ellas. El caso es que yo he postulado a una UGEL distinta a la que laboro; además la UGEL (Ferreñafe) a la que pertenece la IE donde trabajo no ha convocado a cubrir encargaturas de dirección. ¿Es posible que esta convocatoria se diera después
    de cubrir las plazas vacantes con titulares? Y si quedarán vacantes (en plazas bilingües) de secundaria, sería posible que se me pueda considerar en una de ellas.

  • Doctor Hugo, pagarán las 40 horas de encargaturas de acuerdo a la RIM, sea procedente de la ley del profesorado o de la carrera pública magisterial?. Usted sabe que todos estamos inmersos en la ley de reforma magisterial, pero con referente al pago hay enormes diferencias y creo que eso le hace mucho daño al magisterio peruano. En mi caso estoy postulando a una plaza de coordinador de tutoría en una institución de 29 secciones, estoy en el tercer nivel y procedo de la ley del profesorado. Gracias Doctor por aclarar dudas a los maestros del Perú.

  • QUE PASARA CON LOS DIRECTORES QUE OCUPAN PLAZAS POR ENCARGATURA Y SUS PLAZAS NO HAN SIDO OCUPADAS.
    SE LES RENOVARA CONTRATO ASI NO REUNAN LOS REQUISITOS PARA SER EL LIDER DE LA INSTITUCION.
    NO PUEDE SER QUE ESA POBLACIÓN EDUCATIVA QUE EN NUESTRO CASO SON DE 4 AULAS DE INICIAL ESTE ABANDONA A SU SUERTE.

  • Dr. Hugo: en lo que se refiere al inciso 5.5.17 de la RSG 2378 2014-MED cuadro de horas 2015, que dice “El personal directivo titular o encargado del nivel secundaria de la EBR necesariamente asumirá doce (12 ) horas pedagógicas de clase en el área curricular que acredite su título o especialidad”. Eso quiere decir que el ¿Director y el subdirector deben dictar 12 horas pedagógicas?

      • Dr. Buenos Dias.
        Casualmente ahi esta el problema de la tan llamada Meritocracia.
        Si usted dice, la ugel decide el Procedimiento, no siempre lo hacen en base a la meritocracia. A mi modesto modo de ver las cosas deberia un proceso interno entre los interezados y que asuma el cargo el más calificado para tal, y no dejar que las ugeles como siempre designen a dedo ello.

        • Guillermo. Allí tenemos diferencia. No noy partidario que entre los mismos profesores de una escuela se decida al director. Hay que buscar de los mejores que hay en la regiòn. Debe ser un proceso totalmente abierto. Recuerde que usted se refiere a las plazas de los que no aprobaron el concurso que se supone son los menos. Saludos

  • En mi Institución los docentes de Mayor escala son de la II.
    ¿Quien debería ser el Director según el siguiente?.
    Solo se considera años de servicio, o estudios tb.
    3 colegas nombrados el 2009, uno de ellos se reasigno el 2012, el otro el 2014 y el otro se nombró en dicha institución, en la actualidad encargado de la misma.
    4 colegas nombrados el 2011, uno de ellos con 8 años de servicios discontinuos.
    Los demás colegas están en la I escala.

  • Señor Hugo la pregunta es en mi I. E. soy el único con tercera escala y el director no dio ningún examen por lo tanto la encargatura para enero y febrero lo puedo asumir yo o tendrá que ir otro docente de otra I.E. Pero igual ya presente mi expediente a la UGEL

  • Cuanto de puntaje corresponde si fuí nombrada en marzo de 2002 y a partir de setiembre de 2009 ingrese a la carrera publica. segun el 6.4 inciso b , es que no entiendo por que aparece el cuadro el cual indica Tiempo mínimo de servicios oficiales en la CPM.Actualmente estoy en el tercer nivel

    Gracias

  • Buenas noches, mi consulta es referente al inciso 5.5.17 de la RSG 2378 2014-MED cuadro de horas 2015, que dice “El personal directivo titular o encargado del nivel secundaria de la EBR necesariamente asumirá doce (12 ) horas pedagógicas de clase en el área curricular que acredite su título o especialidad.” ¿Es para todos los directores y subdirectores? La norma no especifica mas.
    Gracias por la atención

  • Cuanto de puntaje corresponde si fuí nombrada en marzo de 2002 y a partir de setiembre de 2009 ingrese a la carrera publica. segun el 6.4 inciso b , es que no entiendo por que aparece el cuadro el cual indica Tiempo mínimo de servicios oficiales en la CPM.
    Gracias

  • Buenas noches, una consulta un postulante a cargo de asesoría de letras hace unos años sacó su titulo de profesor de lengua y literatura, pero nunca trabajó como profesor de esta asignatura sino como profesor de contabilidad. ¿Puede postular sin impedimento alguno a este cargo jerárquico? y su nombramiento sin titulo pedagógico fue como profesor de contabilidad. Esto se considera como nombramiento interino?

  • Buenas noches estimado Dr.Hugo Diaz,en la Ugel,segun la RSG 2076,se Han suscitado much as dudas,Vera un professor nombrado en IV ESCALA,ingreso en 1999 y además del Tutulo de profesor es Licenciiado en Periodismo,cual seria su puntaje de acuerdo a la RSG que he mencionado antes,hay incertidumbre al respecto,podría ilustrarnos al respecto?La ugel le ha asignado 4 puntos por año de servicios oficiales,8 por nivel y 2 por el titulo de Periodista,es correcto? Agradeceré respuesta.Bendiciones y gracias

  • En la evaluación a cargos jerárquicos, se ha presentado un reclamo pidiendo la nulidad del proceso, basándose en el inciso 5.3 del punto 5 de las Disposiciones generales de la presenta resolución, en donde se indica que podrán participar TODOS LOS PROFESORES COMPRENDIDOS EN LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL que se encuentren en la escala requerida para el cargo. Y en este concurso algunos postulantes tienen su resolución de nivel requerida pero en la ley de reforma magisterial. Tiene sustento legal este pedido de nulidad del proceso?

    • Hernan. Lo que sucede es que en Reforma Magisterial a los profesores nombrados se dice que ya están en la carrera y para hacerlo señalan “carrera pública magisterail”. incluso en la ley de presupuesto algunos articulos hacen alusión a ello. Saludos

  • Buenas tardes, discúlpenme me estoy enredando con estos criterios de evaluación para plazas jerárquicas, por favor descríbanme las siguientes situaciones para un profesor de II nivel y IV nivel magisterial:
    Los años de servicio van por cuerda aparte para el puntaje, un ejemplo por favor.
    Excluyente, significa que si un criterio rige el otro ya no se toma en cuenta. Es uno u otro; un ejemplo por favor.

    • Hernán.cuando digo los años de servicio van en cuerda aparte es porque el untare de ellos no tiene que ver con el de pertenecer un una escala. La esca le da otro puntaje. Llo excluyente va por el lado de no acumular. Por ejemplo en la experiencia se contabiliza un puntaje por cada determinado tiempo de servicios. Si tiene 15 pone el de 15 y ya no suma los previsos de 10 o menos. Saludos

  • Doctor Hugo, reciba mis cordiales saludos. Mi consulta es la siguiente, en la evaluación de encargaturas y de acuerdo a la Resolución de Secretaría General N° 2076-2014, donde le otorga 06 puntos a Maestría en Educación y 04 puntos a una segunda Especialidad. ¿Evaluarán los estudios concluidos o el grado de maestría o el título en segunda especialidad? Eso no está muy claro, hay Ugels que quieren considerar los estudios concluidos con el mismo puntaje.

  • Saludos: En el caso de un CETPRO, en el cual se han presentado dos profesores, ninguno con titulo tecnico, uno de tercera escala con capacitacion en direccion por 300 horas (declarado NO APTO por la UGEL), y el otro que no tiene capacitacion en direccion tambien declarado NO APTO… Al no ver mas postulantes para una plaza ¿Como se resuelve este caso?.. MUy agradecido.

  • Soy docente en un CETPRO, este año estuve encargado de la dirección pero son sección a cargo, porque no contamos con dirección a tiempo completo.
    Mi pregunta es… este concurso es también para las encargaturas en instituciones que no tienen dirección a tiempo completo???

  • Doctor Hugo, buenas tardes. Mi consulta es lo siguiente. La semana pasada hemos tenido una capacitación en Arequipa todos los directores de colegios del nivel secundaria con jornada completa. hemos asistido de toda la región Arequipa y Tacna. Nos hemos enterado que a los directores de la Ugel Norte y Sur de Arequipa y de la región de Tacna les están pagando oportunamente la encargatura de dirección (IV escala proveniente de la CPM); sin embargo a nosotros que pertenecemos a la Gerencia de Educación Arequipa todos los años se nos viene maltratando manteniéndonos sin pago; incluso llega el mes de diciembre y no nos pagan y nos han pasado a devengados (2013). Hemos llamado al señor de planillas de la UGEL Islay; y nos manifiesta que no se sabe si este año nos pagarán la encargatura, que aun el MEF no ha hecho la transferencia. ¿Por qué doctor Hugo, hay esas diferencias en cuanto a los pagos de encargaturas de dirección? ¿Está bien lo que pasa en la GREA? ¿Nos pagarán en este mes? Gracias por su respuesta. Me parece que no hay un buen trato a los profesionales que nos encargamos de la dirección de una Institución Educativa al mantenernos sin pagos todo el año.

  • Hugo, respecto a estudios académicos, por favor confirma si los estudios concluidos de maestría tienen puntaje.En otras directivas se señala grados , aquí dice estudios y otros títulos. Por favor a qué tlf. del MINEDU se puede llamar, consulta y me escribes. Tengo v escala, 30 años de servicio y buen desempeño laboral.En total hago 26 puntos.¿La encargatura deespecialista es por 3 años?.Espero tu respuesta.

    • Ruth. La encargatura puede ser de 30 días para adelante dependiendo de la plaza hasta que se concurse la titularidad. En cuanto a la maestría buscaré de averiguar. Si quiere comunicarse llame a la central del MED y pida con la dirección de desarrollo docente. Saludos.

  • Dr. La verdad que estoy confundido con los diversos comentarios y Resoluciones que salen. Mi pregunta es: estoy inscrito para el concurso de directivos y me he presentado para el concurso de encargaturas 2015 en mi ugel ¿Si salgo designado como encargado y también apruebo la evaluación del 14 de diciembre, qué pasaría? ¿ Cuál vale? gracias.

  • DR HUGO BUENAS NOCHES, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: LA DOCENTE QUE TIENE SEGUNDO NIVEL EN MI I.E ES LA QUE ESTA APTA PARA GANAR CONCURSO , PERO LA PROFESORA NO SE VA A PRESENTAR PORQUE EL ENCARGO EN LA I.E SOLO SE ESTA DANDO POR FUNCIONES PORQUE NO ES PLAZA PRESUPUESTADA PARA 40 HORAS,PARA ELLO SOLO QUEDARÍA UNA DOCENTE NOMBRADA PERO ESTA EN EL PRIMER NIVEL…COMO SE PROCEDERÁ EN ESTOS CASOS.

  • Buenas noches una consulta, no sabia de la inscripcion en la ugel,por lo cual no aparesco en la lista depostulantes, solo me inscribi en la pag web y en el banco, tengo el lugar para rendir el ezamen,mi consulta es tengo opcion a dar el examen o ya no

  • Tendría el máximo de puntaje que es 12, ya que se resta los 04 años requeridos para la segunda escala que de los 20 daría 16 puntos pero se considera sólo 12 (según la plantilla de evaluación) a esto hay que sumarle los 04 puntos por estar en la Segunda escala lo que daría un TOTAL de 16 PUNTOS.
    Pero Dr. este es un caso típico de lo errónea de esa plantilla. Si hubiere un docente con igual cantidad de años (20) pero por su preparación haya logrado o esté en la SEXTA ESCALA, él tendría 00 (CERO) puntos en tiempo de servicios, porque el tiempo mínimo requerido para esa escala es 20 años. A eso se le suma el puntaje por estar en la sexta escala que son 12 PUNTOS. 12 + 0 = 12 puntos EN TOTAL para el que está en la SEXTA ESCALA. La encargatura la GANARIA OLÍMPICAMENTE el docente que está en la SEGUNDA ESCALA. (¿Eso es meritocracia?). Muy al margen de que los dos tengan maestría o doctorado, en igualdad de condiciones de todas maneras gana el que está en la MENOR ESCALA. El proceso ya está en marcha, pero esta plantilla debe corregirse a futuro.
    Gracias Dr. Diaz. y felicitaciones reiteradas por sus acertadas opiniones que brinda.

  • Antes que nada gracias por la respuesta anterior, esto le preguntaba porque estoy en la II escala magisterial con 20 años de nombrado y de acuerdo a uno de los criterios de evaluación que dice: tiempo de servicios oficiales como profesor nombrado, sin considerar el tiempo mínimo requerido para la escala en que se encuentra (01 punto por cada año lectivo de servicios oficiales hasta un máximo de 12 puntos)de acuerdo a la Resolución N°2076-2014 (Normas que regulan el procedimiento para el encargo de plazas vacantes cargos directivos, jerárquicos y de especialistas en educación en el marco de la ley de reforma magisterial); quería saber que puntaje obtendría. Gracias

  • Buenas tardes, me podría explicar como se calificaría tiempo de servicios oficiales como profesor nombrado, sin considerar el tiempo mínimo requerido para la escala en que se encuentra a un profesor con 15 años de nombrado con IV escala magisterial y a un profesor con 20 años de nombrado con II escala magisterial. Por favor explíqueme con un ejemplo este asunto. Gracias

    • Hernan. Para casos como el que usted dice y para cualquier otro, el tiempo de servicios oficial corre a partir del momento en que usted fue nombrado en la Ley del Profesorado o en la Ley de carrera Pública Magisterial en el primer nivel. Si usted previamente fue contratado o tuvo nombramiento interino, esos años no cuentan para efectos del concurso de reubicación y el de directores. En el caso del profesor que tiene 20 años como nombrado y está en la II escala es porque provenía de la ley del profesorado donde no se realizaron ascensos desde 1991; por tanto, se congelaron el nivel magisterial. Ese profesor, cuando se aprobó la reforma magisterial, venía de estar en el III nivel en la carrera del profesorado. La diferencia con el otro es que ese venía del III nivel de la Ley de CPM. Cuando pasó a la Reforma Magisterial lo hizo en una escala superior, la IV. Saludos

  • Dr. Hugo. reciba mis cordiales saludos. Trabajamos en Perú 21 en mi I.E Antonio Torres Araujo
    Soy la profesora con más tiempo de permanencia en mi institución 28 años, 33 de servicio oficiales, V escala (desde 1999), nivel Primaria. Atendemos tres niveles Incial, Primaria y Secundaria.
    A la salida del director titular por límite de edad, mi institución de todo lo que habíamos logrado hasta proyectos de Innovación y otros, todo se ha venido abajo incluso estamos perdiendo alumnos. Tenemos aulas con 11, 12 y 15 alumnos, solo por mantener la plaza de subdirector de primaria, no se justifica realmente.
    Bueno mi pregunta es si yo puedo participar en la convocatoria a encargatura y por cuánto tiempo es. Estoy inscrita para participar en el concurso para directores el 14 de diciembre.
    A raíz de reclamar algunas situaciones irregulares en la UGEL(aprista), he pedido mi constancia de desempeño desde agosto a la fecha y no me la expiden. He recurrido a la UGEL y de igual forma no me contestan. Que puedo hacer para que me expidan la constancia de mi desempeño.
    Si el hecho de participar en el concurso a la convocatoria de encargatura no me limita o impide participar en el Concurso de Directores.
    Agradecería su opinión, soy una admiradora de su pensamiento y calidad de Maestro.

    • María. Un gusto saber que está aún en servicio. Recuerdo al director del Antonio Torres a quien lo he visto en varias ocasiones cuando fui a Trujillo. En cuanto a la posibilidad de presentarse al concurso puede hacerlo cumpliendo los requisitos. Ya tiene V escala y eso está bien. ¿no seria posible buscar el apoyo de los padres para acelerar la evaluación del desempeño? saludos

  • Buenos días Dr Hugo y gracias por su respuesta anterior.Mi colega de la IV escala ya fué considerado apto.

    También estoy leyendo en el numeral 7.18 de la R.S.G. N° 2076-2014-MINEDU que para el concurso de especialistas,encargaturas de dirección y cargos jerárquicos,que por esta vez no se aplican la evaluación de desempeño porque no se ha realizado este año.

    Entonces, mi pregunta es esta :Si este año no ha habido evaluación de desempeño docente ¿Cómo van a evaluar al docente contratado? Dr. Hugo no estoy de acuerdo con la renovación automática de los contratados.

    Soy DAIP en mi colegio que es integrado y de los 3 docentes contratados 2 docentes utilizan las computadoras en sus sesiones de clase con sus estudiantes y van a los talleres de computo que doy a los docentes fuera de horas de clase .El tercer docente no asiste al AIP con sus estudiantes ni a los talleres aduciendo que no sabe computo ni asiste a los talleres .Me gusta trabajar con docentes que sean proactivos e innovadores con las TIC,con docentes que sumen porque de los otros,tengo a los mas antiguos de mi colegio ya que me paso constantemente concientizándolos.

    Ademas,el director tiene 65 años y sale este fin de año.¿Quien va a evaluar el desempeño de los contratados? Me gustaria que se evalúe el criterio del uso de las TIC.

    Saludos.

  • Buenas noches Dr. Hugo son subdirector de formación general de una institución con dos niveles aprobé el examen excepcional para directivos, viajando a lima para un reconocimiento que nos hizo el Ministerio de Educación el caso es que el director de la IE donde trabajo no aprobó el examen excepcional y ha presentado documentos para una encargatura, pregunto ¿le corresponde?

  • BUEN DÍA DOCTOR, SOY UN DOCENTE QUE RECIÉN HE ASCENDIDO A LA V ESCALA, ESTOY POSTULANDO A UNA ENCARGATURA DE DIRECCIÓN, PERO NO ME ENTREGAN MI RESOLUCIÓN. EN LA DIRECTIVA DE LA UGEL PARA DICHO CONCURSO DE ENCARGATURA DICE: PRESENTAR FICHA ESCALAFONARIA O DECLARACIÓN JURADA DEL NIVEL. LE COMENTO EL DÍA 09 DE DICIEMBRE SE VENCE EL PLAZO PARA ENTREGA DE RESOLUCIONES DE LOS NUEVOS ASCENSOS A NIVEL NACIONAL Y ESTE DÍA 09 EMPIEZA LA EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES,YA ME PRESENTE POR QUE HOY 06 DE DICIEMBRE SE VENCIÓ EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE EXPEDIENTES.
    ¿ME PODRÁN EVALUAR SI ESE MISMO DÍA DE EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES SALE MI RESOLUCIÓN?, MAS AÚN ¿SI YA ME INSCRIBÍ CON UNA DECLARACIÓN JURADA QUE LA MISMA DIRECTIVA DE LA UGEL PROPONE?
    ETERNAMENTE AGRADECIDO, SALUDOS

  • Buen día doctor Hugo. Le escribo con la finalidad de saber si en una UGEL no realizan la convocatoria para acceder al concurso de encargaturas de dirección; ¿Adónde presentamos nuestros expedientes? Este es el caso de la UGEL Camaná (Arequipa) que no ha convocado a dicho concurso; solo para especialistas. Le agradeceré su respuesta.

  • Dr. Hugo: le comento que voy a participar en el concurso para cargos jerárquicos en I.E., pero veo que el director me ha considerado 21 puntos en evaluación de desempeño; pregunto:¿cuánto debería ser lo óptimo?, pienso que no fue muy objetivo…¿qué puedo hacer? He pensado en desestimar mi participación porque no quiero que mi EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO, se vea sesgada por esta postulación:”no sólo podemos ver el arbolito sino todo el bosque detrás”

  • Dr. Hugo en la localidad donde laboro hasta el día de hoy 05/12/2014 la UGEL no ha publicado la relación de instituciones para ser coberturada según la RS 2076, ¿las 200 horas que se sugiere son acumulativas o tiene que ser en un sólo certamen? habemos muchos docentes que aspiramos coberturar una plaza. ¿En la solicitud ha presentar: debemos de indicar la I.E. a la cual nos presentamos o es de carácter general? ¿Cómo se cubrirán las plazas? supongo que ha de
    ser según el cuadro de mérito
    Gracias por su respuesta

  • hola doctor muy buenas mi IE es una JEC jornada completa a partir del proximo año y en la norma indica que los docentes nombrados de 40 horas asumiran por encargatura el cargo de coordinadores pedagogicos por funcion. la pregunta es si es por funcion perciben el mismo sueldo que ahora por 40 horas o solo por 30, y en el caso de los que ganen el concurso de encargaturas en las JEC percibiran por 40 o solo por 30 ya que se va a trabjar en 2 turnos, aunq la norma solo dice por funcion y reconocimento para el ascenso

  • Dr.Hugo buenas noches, GRACIAS POR LA RESPUESTA. Mi consulta es: SOMOS DOS DOCENTES NOMBRADAS en la I.E, UNA SE NOMBRO EN EL 2001 QUE ESTA EN EL 1ER NIVEL Y ASUME HASTA LA FECHA LA DIRECCIÓN Y OTRA QUE ESTA EN EL II NIVEL NOMBRADA EN JUNIO DEL 2011 QUE ASCENDIÓ AUTOMÁTICAMENTE POR HABERSE NOMBRADO EN LA LCM. LA ENCARGATURA SOLO ESTA POR FUNCIONES. Mi pregunta es¿Aquién le corresponde la encargatura? ¿Cómo procede en estos casos si la plaza para encargatura no es presupuestada?

  • Dr. Hugo buenas noches, en mi I.E somos 2 docentes nombrdas, una se nombró en el 2001 y esta en ekl primer nivel con la encargatura hasta la fecha, la otra esta en el segundo nivel y se nombró en junio del 2011, y ascendió a nivel automaticamente por haber sido nombrada con LCM, AHORA QUISIERA SABER COMO SE PROCEDERÁ PARA LA ENCARGATURA.

  • Dr. Hugo buenos día, En mi centro existe una vacante para jefatura de tutoría y el director ha especificado que debe de ser sólo de Cs Sociales el que ocupe la encargatura. ¿Existe alguna norma que avale dicha propuesta? a mi entender el cargo jerárquico no debe de ser excluyente, todos los docentes estamos en capacidad de asumir el encargo de tutoría puesto que todos realizamos labor tutorial; es más en el DS sólo se dice del nivel magisterial más no de la especialidad. Gracias por su respuesta

  • Sr. Hugo Díaz, en el último examen del 28 de setiembre 2014, en la evaluación excepcional alcancé la sexta escala, de acuerdo a mi tiempo de servicios oficiales según RD de reconocimiento que figura 25 años de servicio he llenado la ficha o formulario de inscripción. Sin embargo, ahora se quiere desconocer los servicios de tiempo interino que fue desde el 89 al 97, ¿Quiere decir que un docente con tiempo de servicios interinos no laboró durante ese periodo, fue sólo prácticas para que no se considere ese tiempo de servicios, qué ley indica que los servidores deben renunciar a su tiempo de servicios?
    Si hemos llegado a lograr con un examen una escala superior es por que profesionalmente nos hemos preparado, de acuerdo al Marco del Buen desempeño estamos cumpliendo con los dominios exigidos para todo docente. Es más se habla de meritocracia, inclusión, buen desempeño; pero, nada de eso se cumple, ya nos quitaron tiempo de estudios en los cuales se les reconocía a los licenciados en educación, más maltrato a los docentes ¿A caso no nos hemos sometido a examen para indicar lo preparados que estamos?
    Cuando ingresamos al sector educación, en primer lugar se tomaron docentes con otras profesiones (como es mi caso, no ingresé al magisterio con quinto de secundaria) eso nos preparó mejor. Contamos con estudios de maestría, diplomados y continuamos preparándonos en forma virtual tal como en la plataforma de Perueduca registra nuestro empeño y desempeño profesional.
    ¿Por qué las “innovaciones””normas técnicas” están perjudicando al sector educación?
    Respeten la meritocracia que tanto se publicita. Espero su intervención y respuesta.

    • Elva Maria. Lamento su caso. Pero lo que dice la ley y reglamento de la Reforma Magisterial es que lo que vele son los años de nombrado en un nivel de la carrera magisterial o del profesorado, no los años de servicio totales. Lamento que la norma de concurso no haya sido más explícita para evitar estos problemas que atañen a miles de profesores. Estoy de acuerdo en que hay que respetar la meritocracia. Sin embargo creo también que cuando se concursa hay que conocer bien las reglas de juego. Saludos

  • Buenas noches Dr Hugo. Por favor ,le ruego aclare una duda.En mi colegio se presentan los siguientes casos :
    1.Un docente con mas de 20 años de nombrado está ubicado en la II escala,no aprobó el examen de reubicación docente.Es el mas antiguo después del director y siempre juega a ser director.

    2.El segundo docente tiene 15 años de nombrado y aprobó el examen de reubicación docente de éste año y se ubicó en la IV escala,pero la UGEL todavía no le ha entregado su resolución.

    Cómo el docente que está en la IV escala quiere postular a encargatura de dirección,el que esta en II escala y que es mas antiguo le ha dicho que no puede porque no tiene resolucion de la IV escala y por lo tanto le corresponde a él que tiene la II escala y es el mas antiguo.

    Doctor Hugo ¿Los docentes que han aprobado el último exámen de reubicación docente y se han ubicado en la IV escala no pueden postular a encargaturas? .No quiero que se cometa injusticias porfavor responder.

    Dios lo bendiga.

    Saludos.

  • Dr.Hugo Diaz con respecto a la ultima evaluación de Desempeño docente mi director titular hace tres semana acaba de cesar por cumplir los 65 años de edad, actualmente se le ha encargado la dirección a un docente de secundaria,pregunto : ¿Quien debe otorgarme la evaluación de Desempeño Docente o es la sub Directora del nivel primaria. Soy Docente del nivel primaria

  • Doctor Hugo Díaz, buenas noches. Tengo una duda respecto a la remuneración por encargatura. Mi I.E. tiene dos niveles: primaria y secundaria. Tengo IV nivel, grado de Magíster en educación y soy docente de 24 horas. De ganar la plaza de subdirección ¿cuánto ganaría exactamente?

  • Buenas noches señor Hugo Diaz:
    Respecto a las encargaturas para enero 2015. Ya se estan presentando expedientes para la ugel de los colegas que estan en la IV escalaa….he leido la norma y tengo una duda al respecto… la ugel va a sacar el cuadro de meritos de acuerdo a los expedientes presentando a la ugel ¿entonces los colegas de la cuarta escala de cada colegio elegiran las plazas va antes para encargatura de dirección de ese colegio o el concurso es abierto por lo que de acuerdo al merito cada colega elegira libremente el colegio donde ira? gracias señor hugo diaz.

  • En mi colegio somos dos profesores que estamos concursando a una plaza jerárquica: Juan(Prof. Matemática IV nivel magisterial) para asesoría de ciencias y Manuel ( Prof. CTA Iv nivel magisterial) para Jefe de laboratorio, como no existen profesores con IV nivel o más para formar los comités de evaluación, la pregunta es: Juan puede formar parte del comité de evaluación para Jefe de laboratorio y Manuel formar parte del comité de evaluación para asesoría de ciencias?. Gracias

  • Buenas tardes, una consulta a que se refiere cuando para calificar los expedientes se debe tener en cuenta los criterios de evaluación en forma excluyente, si hay dos postulantes a una plaza jerárquica, Juan con IV nivel magisterial con 15 años de servicio y Pedro con II nivel magisterial con 20 años de servicio. Explíqueme por favor

  • Dr. Buenas tardes y gracias por su respuesta. En la II.EE. donde laboro solo somos dos docentes los nombrados y ambos estamos en la II escala magisterial, mi pregunta es: NO podemos postular para la encargatura de direccion de nuestra I.E Y ¿SI la plaza quedaria vacante tampoco se nos daria la oportunidad de ejercer dicho cargo directivo? y si no se puede cual seria el proceso? Gracias.

  • Las plazas para encargatura de cargos directivos ya fueron publicadas, mi consulta es que las mencionadas plazas son casi todas las que están publicadas para concurso del 14 de diciembre , si las encargan para el 2015 que plazas quedaran para aquellos que aprueben el examen para asumir cargos directivos por tres años o estos encargos serán para el periodo de 2 meses , enero y febrero puesto que en marzo llegarían aquellos que ganaron la plaza por concurso .Esta es mi duda o confusión .
    Los docentes que estamos postulando para el cargo podemos presentarnos también a esta convocatoria para asumir una encargatura , puesto que los requisitos son menores y como son los comentarios los que nos encontramos en la IV ESCALA no somos tantos docentes y las posibilidades son mayores para que te adjudiquen una plaza en comparación con el concurso de diciembre próximo .Realmente el MINEDU NOS OCASIONA UN GRAN DILEMA …….

    paar meses de enero y febrero

    • Rosa. Habrán encargos que durarán uno o día meses y otros un tiempo mayor como lo dice usted. Dependerá de cuantos ganan el concurso para ocupar plazas de titulares.me parece coherente que las plazas para las escalas más altas sean escasas. Sucede en cualquier carrera tipo piramidal. Corresponde evaluar a ustedes que les conviene. Lo importante es que hayan esas posibilidades que antes no existían al no haber concursos para ratificación o selección de directores. Saludos

  • Dr. Buenas Noches
    Un par de consultas:
    No especifica el puntaje para los docentes que tienen estudios concluidos de Maestría.
    En lo que respecta a los cargos directivos, si no hay muchos docentes con cuarta escala, ¿Podrán participar los de II y III Escala?.
    ¿El tiempo del contrato es anual?

  • Buenas Tardes;
    Soy profesor de aula nombrad en una I.E. nivel secundaria, actualmente ocupo un plaza de coordinador de ODEC (encargo y destaque) hasta el 31 de diciembre del 2014.
    Pregunto para el 2015, que acción se debe solicitar a la UGEL para pedir nuevamente se me designe en la plaza de coordinador de ODEC, sabiendo que de acuerdo a la Resolución de Secretaría General N° 2076-2014-MINEDU no proceder al encargo y destaque.(Disposiciones Complem. Art. 7.7)
    Muy agradecid por su atención, espero su respuesta

  • Doctor Hugo Buenos diaz.
    Recien sabemos de esta convocatoria, y revisando la pagina de la Ugel Lambayeque no hay ningun aviso, esto desconcierta ,ayer justamente se vio en pleno movimiento a la Directora (E) ,como va ha realizarse el concurso de maner abierta para todos o en la I.E donde uno trabajo y esta vacante o se puede inscribir para otra I.E
    Por favor responderme.
    Eternamente agardecida.y muchas Bendiciones

  • Dr. el punto 5.5.2 inciso b
    En la primera escala magisterial de la LRM, provenientes del segundo nivel de la ley del profesorado, que acrediten al menos 11 años de servicio en la carrera y hayan asumido encargatura de dirección por un periodo no menor de un (01) año lectivo dentro del tiempo mínimo de servicios requeridos.
    Cuando dice “hayan asumido encargatura de dirección” ………. esta se refiere a que el profesor (a) haya asumido ser director (a) pero no sub director (a)????????????
    Le comento esto, debido a que en el colegio donde trabajo hay una profesora ( de la 1ra escala) que en los últimos 11 años fue por un año subdirectora , y se ha inscrito para el examen …….. ella reúne los requisitos????
    otro detalle es que ademas hay otras 2 profesoras que están en la 1ra escala y nunca han sido directoras ni subdirectoras.
    y así como estas 3 profesoras cuántos , más se habrán inscrito sin tener los requisitos necesarios………. ESTO LO único que hace es inflar esa cantidad de postulantes (más de 40000) .

  • Buenas noches Dr. varias preguntas sobre la directiva:¿que plazas serán publicadas para la dirección? ¿las plazas de especialistas de las Ugel también dentran a concurso?, ¿por cuanto tiempo serán estas plazas?, un director aprobó el examen del 3 de agosto, sin embargo cumplió 65 años afines de agosto, ¿sigue en la dirección o cesa tal como dice la norma? y por ultimo ¿que ocurre si la Ugel no realiza dicha convocatoria?

    • Roberto. Las plazas que serán publicadas para la dirección son, según la norma, aquellas que ahora están vacantes o quien la ejerce está destacado en otro cargo. Esa información solo la puede construir la Ugel correspondiente que sabe que es lo que existe como vacantes y movimientos de personal. No hay una norma concreta pero lo que se vino conversando en el MED es que quienes cumplen 65 años no son retirados automáticamente al día siguiente de hacerlo sino hay que terminar el año escolar para no generar problemas de personal. Las plazas pueden ser de plazo mayor de 30 días y pueden abarcar todo el período presupuestal es decir todo el año. Si la Ugel no realiza la convocatoria está incumpliendo la norma que le da obligaciones que cumplir. El MED tendrá que ver como actúa en ese caso. Saludos

  • Dr. Hugo. quien escribe esta postulando para el concurso acceso para directores. Pero ahora se nos presenta las encargaturas de direccion, jerarquicas y de especialistas. Pregunto:¿Puedo postular a las encargaturas?¿Que pasaria si ganara aln cargo por encargaturam tendria que renuciar al concurso para acceso de cargos directivos? Valdria la pena que el minedu virtualmente informara a los docentes interesados en estos concursos. Gracias, de antemano, Sañludos.

      • Dr. Hugo Buenas tardes. Durante el presente año he sido encargado en una plaza vacante según la R.D. Nº 2076-2014-MINEDU, sin embargo en la UGEL donde laboro a los directores encargados no se les está pagando por los 40 horas de trabajo, tampoco están pagando la Asignación Temporal por desempeño de cargo de director y subdirector de institución educativa pública de Educación Básica conforme al DECRETO SUPREMO N° 227-2013-EF. Mi pregunta Dr. es: ¿Habrá una norma especifica donde especifique que a los directores encargados no puedan percibir por los 40 horas de trabajo y la Asignación Temporal por desempeño de cargo de director y subdirector de institución educativa pública de Educación Básica conforme al DECRETO SUPREMO N° 227-2013-EF?
        Dr. ¿Será que la Ley de reforma magisterial no se aplica a los directores encargados por eso es que no nos pagan

          • Dr en referencia a lo que usted sostiene que las normas son las normas pero es el oficio 035-2013, no una ley entonces no se cumple el planteamiento de la piramide de kensen, en todo caso es inconstitucional ese oficio frente a ello que debemos hacer legalmente hablando. gracias por su defencia.

          • Será justo que hagan esto con los encargados de dirección? Si, tratamos de ser los más cumplidos en nuestra gestión. Se debería tomar en cuenta que tenemos que realizar el mismo trabajo. El MINEDU ya nos colocó a todos los profesores en la Ley de la Reforma Magisterial. Como es posible que cuando le conviene, se rige con la antigua ley! LOS QUE ESTAN EN EL PODER, HACEN Y DESHACEN!

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