Punto de vista: Ahora hay que evaluar por competenciasHace dos semanas me llegó un interesante artículo del amigo Jaume Sarramona, quien escribe sobre lo que es el tema más crítico de las políticas curriculares en el mundo: la evaluación. Narra la experiencia de Cataluña, en España. Por su importancia, coordiné con él para difundirlo en el blog y que ustedes conozco sus preocupaciones. Aquí va la primera parte del artículo. La semana siguiente se presentará la segunda parte: En Cataluña nos podemos enorgullecer de tener un currículo propio para la educación básica, fundamentado en la consecución de aprendizajes de carácter competencial. En coherencia con este currículo, la evaluación de los alumnos debe ser también de carácter competencial, y así lo ha determinado el Departamento de Enseñanza. Pero al aplicar la normativa correspondiente hay que tener bien claros algunos criterios pedagógicos. Dado que el tema ya fue tratado parcialmente en textos anteriores, pido disculpas si me reitero en algunas cuestiones que resultan claves. Las competencias curriculares que los alumnos deben alcanzar están fijadas para el final de la etapa escolar correspondiente, es decir, final de la educación primaria y final de la educación secundaria obligatoria (ESO). Por lo tanto, los centros escolares deberán determinar cuáles son los aprendizajes que en cada asignatura y curso es necesario dominar para poder alcanzar con éxito las competencias del final de la etapa. Esto quiere decir que en cada trimestre y en cada curso no se pueden evaluar directamente las competencias finales de la asignatura en cuestión, sino aquellos aprendizajes, donde habrá muchos específicos y muchos de obligada memorización, que conduzcan a las competencias, entendidas siempre como objetivos generales de tipo complejo. Dado que al dominio de las competencias como aprendizajes complejos y aplicativos a la vida real se llega mediante aprendizajes de diferente tipo y nivel, la evaluación se deberá nutrir de pruebas de diversa naturaleza, coherente con estos aprendizajes. Valga un ejemplo con una posible competencia del ámbito científico: "Adoptar hábitos sobre alimentación, actividad física y descanso, que permitan alcanzar el bienestar físico". Es fácil advertir que no se llegará a adquirir estos hábitos sin la interiorización de informaciones sobre la composición de los diversos alimentos y su incidencia sobre el cuerpo humano, sin conocer las consecuencias de una alimentación desequilibrada y los beneficios de una alimentación equilibrada, sin la necesidad de practicar un ejercicio adecuado a la edad y las características personales, sin la necesidad de un descanso suficiente, etc. El conocimiento y dominio de cada uno de estos apartados pedirá de pruebas orales, escritas, gráficas, de guías de observación, etc., de acuerdo con la naturaleza de los aprendizajes pretendidos, unos cognitivos, otros aplicativos, otros actitudinales. El problema que se plantea a los centros y los docentes es que mientras no llegue el momento de evaluar directamente las competencias correspondientes a cada asignatura o ámbito, deben hacer informes sobre los resultados de los aprendizajes de los alumnos, y si estos no son estrictamente competenciales, sino aprendizajes que conducen al dominio de las competencias, no se podrá informar si dominan o no las competencias en cuestión. Por lo tanto, si la administración demanda y pretende aplicar una escala de valoración que diga si el dominio del aprendizaje es suficiente, notable o sobresaliente, forzosamente se deberá especificar de qué aprendizaje se trata, sea o no competencial. No es que en la escala numérica tradicional constara el tipo de aprendizaje dominado, pero si se quiere ser coherente con la evaluación competencial, ahora es forzoso especificar de qué aprendizajes se trata. En Cataluña, las competencias del currículo se han presentado en tres niveles de logro para facilitar su evaluación, pero esto supone tener claros los indicadores que caracterizan estos tres niveles. Los documentos de desarrollo de las competencias básicas que ha puesto el Departamento de Enseñanza al alcance de los docentes y centros, también señalan algunos de estos indicadores graduados para cada competencia, pero deben ser los docentes quienes los tengan presentes cuando confeccionen las pruebas de evaluación correspondientes, de manera que constituyan los ítems de estas pruebas. También es oportuno recordar que la denominada evaluación continua, que lógicamente significa que se está constantemente evaluando, no excluye la necesidad de aplicar en ciertos momentos actividades de evaluación (pruebas), que el alumno deba resolver sin la ayuda de nadie, como la única forma de verificar si los aprendizajes han sido personalizados. Además, lo que en cierto momento se aprendió hay que saberlo recuperar para aplicarlo cuando se necesita. Así se diferencia la evaluación de cómo se aprende de la evaluación de lo que efectivamente se ha aprendido, sea este aprendizaje realizado en grupo o individualmente. Como se puede ver, la evaluación es una tarea seria, técnica, que exige de toda la profesionalidad por parte de los docentes. Esto no se puede dejar exclusivamente en manos de los alumnos, aunque ellos participen y se autoevalúen. Y es que la evaluación es parte integrante de la planificación curricular del centro y de cada ámbito o materia. ¿Y qué pasa si se acaba el curso y los alumnos no han alcanzado los aprendizajes propuestos? Lo dejamos para el próximo puntdevista. Jaume Sarramona

Punto de vista: Ahora hay que evaluar por competencias

Autor: Hugo Diaz Publicado: noviembre 25, 2018

Hace dos semanas me llegó un interesante artículo del amigo Jaume Sarramona, quien escribe sobre lo que es el tema más crítico de las políticas curriculares en el mundo: la evaluación. Narra la experiencia de Cataluña, en España. Por su importancia, coordiné con él para difundirlo en el blog y que ustedes conozco sus preocupaciones.

Aquí va la primera parte del artículo. La semana siguiente se presentará la segunda parte:

En Cataluña nos podemos enorgullecer de tener un currículo propio para la educación básica, fundamentado en la consecución de aprendizajes de carácter competencial. En coherencia con este currículo, la evaluación de los alumnos debe ser también de carácter competencial, y así lo ha determinado el Departamento de Enseñanza. Pero al aplicar la normativa correspondiente hay que tener bien claros algunos criterios pedagógicos. Dado que el tema ya fue tratado parcialmente en textos anteriores, pido disculpas si me reitero en algunas cuestiones que resultan claves.

Las competencias curriculares que los alumnos deben alcanzar están fijadas para el final de la etapa escolar correspondiente, es decir, final de la educación primaria y final de la educación secundaria obligatoria (ESO). Por lo tanto, los centros escolares deberán determinar cuáles son los aprendizajes que en cada asignatura y curso es necesario dominar para poder alcanzar con éxito las competencias del final de la etapa. Esto quiere decir que en cada trimestre y en cada curso no se pueden evaluar directamente las competencias finales de la asignatura en cuestión, sino aquellos aprendizajes, donde habrá muchos específicos y muchos de obligada memorización, que conduzcan a las competencias, entendidas siempre como objetivos generales de tipo complejo.

Dado que al dominio de las competencias como aprendizajes complejos y aplicativos a la vida real se llega mediante aprendizajes de diferente tipo y nivel, la evaluación se deberá nutrir de pruebas de diversa naturaleza, coherente con estos aprendizajes. Valga un ejemplo con una posible competencia del ámbito científico: “Adoptar hábitos sobre alimentación, actividad física y descanso, que permitan alcanzar el bienestar físico“. Es fácil advertir que no se llegará a adquirir estos hábitos sin la interiorización de informaciones sobre la composición de los diversos alimentos y su incidencia sobre el cuerpo humano, sin conocer las consecuencias de una alimentación desequilibrada y los beneficios de una alimentación equilibrada, sin la necesidad de practicar un ejercicio adecuado a la edad y las características personales, sin la necesidad de un descanso suficiente, etc. El conocimiento y dominio de cada uno de estos apartados pedirá de pruebas orales, escritas, gráficas, de guías de observación, etc., de acuerdo con la naturaleza de los aprendizajes pretendidos, unos cognitivos, otros aplicativos, otros actitudinales.

El problema que se plantea a los centros y los docentes es que mientras no llegue el momento de evaluar directamente las competencias correspondientes a cada asignatura o ámbito, deben hacer informes sobre los resultados de los aprendizajes de los alumnos, y si estos no son estrictamente competenciales, sino aprendizajes que conducen al dominio de las competencias, no se podrá informar si dominan o no las competencias en cuestión. Por lo tanto, si la administración demanda y pretende aplicar una escala de valoración que diga si el dominio del aprendizaje es suficiente, notable o sobresaliente, forzosamente se deberá especificar de qué aprendizaje se trata, sea o no competencial. No es que en la escala numérica tradicional constara el tipo de aprendizaje dominado, pero si se quiere ser coherente con la evaluación competencial, ahora es forzoso especificar de qué aprendizajes se trata.

En Cataluña, las competencias del currículo se han presentado en tres niveles de logro para facilitar su evaluación, pero esto supone tener claros los indicadores que caracterizan estos tres niveles. Los documentos de desarrollo de las competencias básicas que ha puesto el Departamento de Enseñanza al alcance de los docentes y centros, también señalan algunos de estos indicadores graduados para cada competencia, pero deben ser los docentes quienes los tengan presentes cuando confeccionen las pruebas de evaluación correspondientes, de manera que constituyan los ítems de estas pruebas.

También es oportuno recordar que la denominada evaluación continua, que lógicamente significa que se está constantemente evaluando, no excluye la necesidad de aplicar en ciertos momentos actividades de evaluación (pruebas), que el alumno deba resolver sin la ayuda de nadie, como la única forma de verificar si los aprendizajes han sido personalizados. Además, lo que en cierto momento se aprendió hay que saberlo recuperar para aplicarlo cuando se necesita. Así se diferencia la evaluación de cómo se aprende de la evaluación de lo que efectivamente se ha aprendido, sea este aprendizaje realizado en grupo o individualmente.

Como se puede ver, la evaluación es una tarea seria, técnica, que exige de toda la profesionalidad por parte de los docentes. Esto no se puede dejar exclusivamente en manos de los alumnos, aunque ellos participen y se autoevalúen. Y es que la evaluación es parte integrante de la planificación curricular del centro y de cada ámbito o materia.

¿Y qué pasa si se acaba el curso y los alumnos no han alcanzado los aprendizajes propuestos? Lo dejamos para el próximo puntdevista.

Jaume Sarramona

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  • Dr. Diaz un saludo, quisiera que sugiera al Ministerio que imprima el nuevo currículo nacional para ser entregado a todos los docentes como lo hacian años anteriores, he notado que con tantas versiones, los docentes manejas diversas versiones de diseños. Gracias por su respuesta.

  • Buen día, para este año la calificación es en letras, también es verdad que en muchos países ya se pone las notas en las boletas en letras, pero estos tienen un equivalente, por ejemplo, de 0 a diez, donde 10 es A, 8 y 9 es B, 5 a 7 es C y 0 a 4 es D. Pero en ningún país se pone solo. Solo A, B, C, AD, sin tener su escala numérica, y ahora estos ineptos con poca capacidad para pensar, para salir del apuro dicen que AD podría equivaler a 4, A igual a 3, B igual a 2 y C igual a uno, acaso no se informaron bien para implementar el nuevo currículo. Incluso en los desempeños hay un montón de errores, minedu sugiero que antes de cometer la burrada más grande en lo que se refiere a evaluación sugiero que revisen, primero cuadernos del profesor, que son aplicaciones para Android o iPhone, segundo como ejemplo ver el currículo español donde se concidera solo competencias y desempeños. Ah y solo déjense cuenta en las rubricas nada más, En serio si los profesores y padres de familia se dan cuenta de esta burrada van a tener serios problemas.

  • Buen día señor Hugo, mi consulta es:¿los directivos ratificados en la evaluación de desempeño pierden su plaza de origen? pero si en la siguiente evaluación de desempeño desaprueban donde les reubicarian. Agradezco su respuesta.

  • buenas tardes señor Hugo queria saber que cantidad de alumnado tiene que tener una Institucion unidocente rural 2 para poder acceder a un incremento de una docente mas ; ya que desde hacer tres años lo voy pidiendo y el año pasado solo tuve niños de 4 y 5 años con un total de 23 niños por que el hacinamiento de alumnado tampoco es bueno el ante año pasado se tuvo 30 niños matriculados y el año pasado 21, pero temo que este año tambien tendre que solo recibir niños de 4 y 5 ya que llego a 24, se me hace injusto ya que por mi zona somos varias instituciones unidocentes que tenemos el mismo problema y los padres de familia quieren un cupo y practicamente tenemos que cerrar las vacantes y matriculas en el mes de diciembre del año anterior.

  • SEÑOR BUENOS DIAS:
    HE ESTAD LLAMANDO AL MINEDU PARA DAR DE CONOCIMIENTO QUE EN LA IE YAMAGUCHI NIVEL SECUNDARIA LOS SUBDIURECTORES DE ADMINISTRATIVO Y PEDAGOGICO DE FORMACION GENERAL NOS HICIERON IR AL COLEGIO EL 7 DE ENERO DEL 2019 PARA FIRMAR UNAS DECLARACIONES JURADAS EN DONDE ELLOS PONEN QUE SE HAN LLEVADO BIEN CON TODOS LOS MAESTROS CON LOS PADRES DE FAMILIA Y QUE HAN SIDO PERSONAS QUE HAN CULTIVADO EL BUEN CLIMA INSTITUCIONAL LO CUAL NO ES CIERTO , YA TENIAN PREPARADO LA DECLARACION JURADA , Y DECIAN A CADA P ROFESOR NOMBRADO QUE FIRMARAN QUE ERA OPCIONAL , YO PRESUMO QUE ESTAN BAJOS EN LA PUNTUACION PARA RATIFICACION: LA DECLARACION JURADA ERA PARA FAVORECER A varios directivos y jerárquicos Y APARTE EL DIRECTOR TENIA OTRO DONDE TAMBIEN NOS JHACIA FIRMAR. LOS DOCENTES SE LE APLICO LA ENCUESTAS Y ELLOS HAN RESPONDIDO ALA VERCAIDAD QUE ESTOS SEÑORES SOBRE TODO LA SDFG NO HA CULTIVADO LAS BUENAS RELACIONES Y MUCHOS POR TEMOR NO HAN DENUNCIADO PERO HABIA MUCHOS PROBLEMAS EN EL CLIMA , ELLOS MANIFIESTAN QUE HAN RESPONDIDO DESFAVORABLE PARA LA SUBDIURECTORA DE FORMACION GENERAL, PERO QUE DE ALGUBNA FORMA ESTABAN OBLIGANDOI A FIRMARLES A SU FAVOR , MUCHOS NO FIRMARON OTROS INTIMIDADOS PENSANDO QUE SE RATIFICARA Y NO HAYA VENGANZA POR PARTE DE ELLOS ESTE 2019 FIRMARON , YO PIENSO QUE ESTO ESTA MAL. PUESTO QUE SE DEBE CONSIDERAR LA PRIMERA RESPUIESTA , LA ENCUESTA PRIMERA QUE SE APLICARON PORQUE CON ESTA DECLARACION JURASDA LO QUE SE PRETENDE ES QUE COMO VEN QUE ESTAN BAJO EN ESE CRITERIO DE CONVIVENCIA Y CLIMA QUEIRE DE TODAS FORMAS QEUDARSE Y LO MISMO HAN HECHO CON LOS PADRES DE FAMILIA DE LA IE YAMAGUCHI NIVEL SECUNDARIA UGEL 6

      • SI PERO YO PRESUMO QUE ESAS DECLARACIONES JURADAS ES PARA APOYAR A LA SDFG Y ADMINISTRATIVO QUE CULTIVARON LAS BUENAS RELACIONES Y BUENA CONVIVENCIA LO CUAL NOES CIERTO COMO LE DIGO ESTAN BAJOS DE PUNTAJE EN ESA DIMENSION DE EVALUACION Y PARA HACER SU RECLAMO PIDIERON EL APOYO MEDIANTE DECLARACION JURADA QUE SE LE APOYE DE FORMA INDIVIDUAL A LOS NOMBRADOS. ESTE TIPO DE SUSTENTO NO SE DEBE CONSIDERAR PORQUE YA HAY UNA ENCUESTA CON RESPUESTAS PERTINENTES EN SU TIEMPO ESTABLECIDO Y PRETENDER FIRMAR PARA EL 7 DE ENERO Y RECLMAR POR EL BAJO PUNTAJE QUE HAN OBTENIDO LOS SUBDIRECTORES NO ES OBJETIVO, NO SE DEBE ACEPTAR ESTE TIPO DE RECLAMO LO QUE CUENTA ES LAS RESPUESTAS DE LA ENCUESTA .IE YAMAGUCHIO NIVEL SECUNDARIA UGEL 6-

  • Dr. Hugo mi consulta es lo siguiente: Si un docente a solicitado licencia sin goce de haber desde el 25 de setiembre hasta el 25 de octubre ¿en el mes de diciembre solo le corresponde 100 soles de aguinaldo por navidad?. ¿Esto es correcto? y aún esos 100 soles lo van a reintegrar recién en el pago del mes de enero de este año. Tengo entendido que cuando no le dan al trabajador su aguinaldo en la fecha indicada corre el interés hasta el día en que abonen a su cuenta pero en planillas de mi UGEL me dicen que no. Espero que me aclare estas dudas y gracias por su gentil respuesta.

  • Realmente lo felicito, por primera vez encuentro a alguien centrado y que comprende muy bien lo que es el desarrollo de competencias y lo que ello implica en la evaluación.
    Algunos docentes, incluso directivos, toman “literal” el desarrollo de competencias sin comprender los procesos que conlleva. Me explico al respeto; se cree que la evaluación necesariamente solo debe ser con rubricas o listas de cotejo, quedando de lado los diversos tipos de pruebas y/o instrumentos y técnicas, que nos permitirán evaluar otros aspectos como el propio conocimiento. Se dice que el objetivo del aprendizaje ya no es el conocimiento, que no importa, pero están totalmente equivocados, pues yo no creo que se pueda desarrollar competencias sin tomar en cuenta los conocimientos. No pueden existir personas competentes sin conocimientos, pues somos un todo integral.
    Llevo tres años tratando de comprender el enfoque por competencias y evaluar el desarrollo de las mismas, a través de la revisión de las experiencias en España y países latinoamericanos; me parece muy interesante, pero implica construcción e ingenio de parte del docente, por supuesto de un docente informado, que no espere que el MINEDU le dé todo listo.
    Muchas gracias por sus aportes…

  • Porqué un director de I.E. permite que en las horas de reforzamiento del docente de secundaria de los cuales actualmente tienen 30 Hrs pedagógicas, eligen a alumnos para la evaluación censal y para concursos provinciales. Se descuidan de los que verdaderamente se quedan atrás. Cómo se puede solucionar esto?

  • Buenas noches doctor Hugo Díaz por favor sé que no es el tema pero por favor ayuda estoy preocupada por la directiva de contrato 2019 ya que sólo hay la del 2017 y con eso se contrato este año por favor tiene conocimiento si va a salir la directiva y se va a renovar contrato si la plaza está disponible de acuerdo a la ley de la Reforma magisterial por favor Gracias por su respuesta

    • Liz. Contratos van a haber y la directiva debe estar próxima a salir. Hay plazas que de todas maneras deben contratarse. Lo que se ha estado evaluando es la cantidad de contratos. Hay un exceso que que disminuido la cantidad de nombrados. Saludos

  • uenas noches Dr. Hugo Díaz, esperando goce de una buena salud, luego para consultarle sobre el siguiente caso: “Un profesor que es nombrado en EBR y de la misma manera en EBA, que ha participado en el concurso de designación de Directores de II.EE., y que tiene la posibilidad de ocupar el cargo de Director de EBA, por supuesto que cuenta con disponibilidad horaria y de distancia, a la vez que tiene tiempo para dedicación exclusiva al cargo: Puede adjudicarse como Director en EBA y seguir ejerciendo funciones como profesor por horas en EBR? Gracias por su comprensión y respuesta.

  • Dr. Hugo buenos días, tal vez sabe si el MINEDU esta programando alguna capcitacio para los docentes del área de Desarrollo Personal, ciudadanía y cívica que el proximo año se va implementar en educación secundaria, como sabe es una novísima área en la que suspuestamente se fusionan PFRH y FCC, pero parece que tiene otros enfoques y otras formas de planificación curricular y al respecto a la fecha no nos han brindado ningún tipo de orientaciones lo cual creará una confusión en su planificación desarrollo y en el proceso de aprendizaje de los estudiantes, por cierto la UGEL Cusco tampoco está brindadno orientacines al respecto realizando capacitaciones sólo para Ciencias Sociales, además no existen textos ni materiales sobre el área a implementarse.

  • Dr. Hugo buenas noches, la subdirectora de primaria de mi IE fue elegida como Vice Gobernadora Regional, la pregunta es ¿A la referida docente le corresponde licencia con goce de haber completa (por toda su jornada laboral) o solo licencia con goce de haber parcial (sólo debe tener una jornada laboral de doce horas en la IE como es el caso de los regidores y consejeros regionales? Cual es la norma que regula este aspecto?. Gracias.

      • Dr Hugo no me deje entender: Una vez que asuma el cargo dicha subdirectora como Vice Gobernadora Regional el próximo año, tendrá licencia con goce de remuneraciones por toda su jornada laboral o como dice el reglamento de la ley de reforma magisterial refiriendose a los regidores municipales y a los consejeros regionales sólo le corresponderá una licencia por un dia semanal mensual (por cierto que se entiende por un dia semanal mensual? es un día por semana o un dia por mes?). Gracias.

        • Juan Carlos. El caso que menciona es diferente al de regidores o consejeros. Ella va a desempeñar un cargo a tiempo completo, no a asistir a sesiones de consejo municipal o regional. En ese sentido no le debe corresponder. Lo que ella deberá decidir es si solicita licencia por el tiempo estipulado en Ley. Saludos

  • Dr. Hugo quiza sabe que paso con el SIJE del MINEDU para consultar las normas, ahora solo aparece una entrada al SINAD pidiendote usuario y pasword, y nisiquiera te da una alternativa para suscribirte al mismo. Ahora ya no podemos estar al tanto de la normatividad relacionada con el MINEDU.

  • Dr. Hugo Díaz una pregunta, soy Directora Ratificada en la última evaluación de Desempeño Directivo a partir del 01 de octubre 2018, postulé al último concurso de directores y estoy con posibilidades de salir a una plaza en lugar de mi residencia. ¿Cuándo debo presentat mi renuncia al cargo actual, si la adjudicación al otro es el 12 de diciembre? agradecida por su orientación. Bendiciones

  • hola . la verdad no se por que el temor de hacer publica esta denun cia por este medio y sobretodo por no dar la respuesta para que todo los profesores esten alertas de las injusticias que se vienen cometiendo por parte de algunas Ugeles… sabemos perfectamente que Algunas Ugeles buscan hacer descuento a los profesores por las puras inventandoles cosas injustas , solo para que ellos al finalizar el año se los repartan entre ellos y al final engañan que se ha revertido al tesoro publico, tyodo mentira, no se dejen señores profesores , manden un documento ma la ugel solicitandoles que les reintegren sus descuentos indebidos de sus haberes, para que ellos no se beneficien con nuestros pagos .gracias

    • Miguel Angel. No sé cuan cierto sea lo que indica. Que se repartan lo descontado no es posible si hay un registro contable que surge de las boletas de pago. Creo que tendría que demostrarlo. Mientras no hayan pruebas no se puede afirmar que ello sea así. Saludos

  • la verdad no se porque el temor para hacerlo publico con las repuestas. todo esta claro el abuso de esa ugel, y de la profesora por no saber sus derechos. simplemente que mande un documento a la ugel solicitándole el reintegro de sus haberes. y poner mediante este medio que por cierto tiene un 100% de atención de los docentes. gracias .

  • DR. Hugo, buenas noches, mi consulta es la siguiente, Soy directora designada, trabajo en zona VRAEM y mi Institución Educativa está considerada como rural 1.Le comento que; el uno de octubre falleció mi papá en otra Provincia y Región distante a la que trabajo, por lo que solicite 15 días de licencia por fallecimiento de padre, según el artículo 188, literal a, de la ley de Reforma Magisterial, otorgándome la Ugel la resolución de licencia con goce de haber; pero resulta que cuando fui al Banco a cobrar mis haberes del mes de noviembre , faltaba la suma de S/700.00 nuevos soles, por lo que me apersone a la oficina de planillas para informarme a que se debía dicho descuento, dándome como respuesta que las asignaciones temporales me corresponde solo por función efectiva de trabajo y como no había trabajado 15 días, esa era la razón del descuento, explíqueme por favor si esto es así, y en que norma legal puedo encontrar para informarme. Gracias por su respuesta.

  • Coincido plenamente con el aporte de Jaume Sarramona,un enfoque por competencias requiere una evaluación por competencias y en nuestro país todavía no se entiende eso a nivel de educación básica y a nivel superior, muchos creen que la competencia es cambiar el verbo y plasmarlo en un currículo y no se comprende la verdadera dimensión de un enfoque por competencias. El MINEDU y La SUNEDU tienen que capacitar a sus especialistas para transmitir el enfoque correcto a los maestros de aula.

  • Dr Hugo buenas noches, en la pagina del MINEDU sobre la ley de reforma magisterial se ha publicado algunas especificaciones sobre la distribucion de horas para el 2019 en el cual se contempla el plan de estudios del Curriculo Nacional para el nivel secundario, en estas especificaciones no se contempla para nada los colegios de exvariante técnica que tienen implementación y trabajan actualmente con 6 a 8 horas de Educación para el trabajo porque tienen la implementación necesaria y la distribucion de estudiantes por grupos (como es el caso del colegio Luis Vallejos Santoni del Cusco donde laboro) ¿Qué se está pensando hacer con colegios como el mencionado en el año 2019? ¿Se debe aplicar a rajatabla el plan de estudios propuesto en los colegios de exvariante técnica?

  • Buenos días , quisiera hacerle una consulta;en mi colegio somos dos profesores del área en la primera escala pero yo he ascendido a la segunda escala,ahora para la distribución de horas es por orden de prelación el que tiene más escala ,pero en la norma dice que la vigencia es a partir del 1ero de marzo de 2019;eso quiere decir ¿que estamos en las mismas condiciones o en el NEXUS ya figura mi ascenso?Gracias.

  • Buenas tardes, se que mi pregunta no tiene que ver con el tema, pero es algo de lo que tengo duda, ocurre que me encuentro en el concurso de nombramiento,ya elegi mis dos opciones de colegios, que segun los reglamentos debia ser en una misma region, yo pertenezco a la region callao, por lo que en una de las opciones tengo a unla colegio que oertenece a la drec y otra a ka ugel ventanilla, las dos del callao, mi pregunta es si solo debo presentar el fedateo dedel mis documentos a una sola drec o ugel ? Espero su ayuda

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