Prohibir o regular el uso de celulares y otros dispositivos digitales

El 22 de mayo del presente año el Congreso de la República aprobó el proyecto de Ley presentado por la Comisión de Educación referido a la regulación del uso de teléfonos celulares inteligentes o cualquier otro dispositivo electrónico similar en instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica en sus niveles de enseñanza primaria y secundaria.

El país se suma a otros varios países que han dispuesto medidas similares con el objetivo de disminuir la sobreexposición al internet, combatir el “ciberbullying", evitar riesgos en la salud y prevenir trastornos de salud mental en los estudiantes, así como promover ambientes sanos de socialización para estos. La restricción el uso de celulares inteligentes, o cualquier otro dispositivo electrónico similar, debe realizarse durante los procesos de enseñanza y aprendizaje en las aulas, en tanto su uso no sea guiado para el desarrollo de las competencias en el marco del Currículo Nacional de la Educación Básica.

El proyecto de ley aprobado no se aplica para aquellos estudiantes que requieran atención especial y que, por alguna condición de salud, se justifique el uso de algún dispositivo electrónico. Tampoco cuando el uso de dicho dispositivo sea permitido en forma expresa por la institución educativo únicamente para uso académico.

Los directores de todas las instituciones y programas educativos deberán implementar protocolos de actuación para dar cumplimiento a la norma, supervisar y aplican las medidas correctivas de acuerdo con los criterios de gradualidad, reiteración, razonabilidad y proporcionalidad. Corresponderá a los Ministerios de Educación y Salud promover e implementar campañas de reducción del uso excesivo de teléfonos celulares inteligentes en todas las instituciones y programas educativos del país. El segundo lugar, en sus campos correspondientes, aprobar el reglamento de la presente ley en un plazo de sesenta días calendario contados desde su entrada en vigor.

A las instituciones educativas públicas o privadas incluidas en la Ley deberán colocar en una parte visible en el exterior de los lugares de ingresos a la institución un aviso que indique: “El uso de teléfonos celulares en horarios de clase se encuentra restringido para los escolares, salvo autorización expresa de la institución educativa”.

Comentarios

 1º Con buen criterio la norma aprobada se refiere a “regular”, no “prohibir”. Se quitará a las instituciones de enseñanza un papel clave en la formación de competencias digitales tan necesarias en la sociedad actual. No exime a los Ministerios de Educación y Salud y a las instituciones de enseñanza de adoptar las medidas que implican riesgos en el mal uso de estos dispositivos.

2º Los reglamentos que menciona la Ley que debieron aprobarse en sesenta días aún no han sido publicados. Se espera que sea pronto y que respete los estilos formativos de las instituciones.

3º Hay muchas escuelas y colegios que en sus normas han venido introduciendo regulaciones referidas al uso de herramientas y dispositivos digitales desde mucho antes que se aprobara el proyecto. Dada la realidad diferente de cada institución, lo deseable habría sido que se de a cada una la libertad de poder normar el uso inteligente de estas herramientas.

4º Ante el rápido proceso de desarrollo de las herramientas digitales, será importante que cuando sea necesario, las normas que se generen en las diversas instancias de la administración sean revisadas y enriquecidas.  El Ministerio de Educación, por ejemplo, podría revisar los alcances de las competencias digitales contempladas en el Currículo Nacional de la Educación Básica dada la importancia que ahora tienen herramientas como la Inteligencia Artificial, los Chatbots, la realidad virtual y aumentada en un enfoque integral de enseñanza, donde las tecnologías digitales en las aulas podrán ofrecer experiencias inmersivas para aprender historia, ciencias o geografía; enseñar a los niños a programar, crear y colaborar con robots y otras tecnologías. En síntesis, hacer del aprendizaje un proceso más interactivo y emocionante.

5º Una referencia que puede ayudar al Ministerio de Educación y a las insttuciones educativas a generar sus normas sobre el tema es:

https://notebooklm.google.com/notebook/5f53571a-f4b0-4839-94bf-c2a16dbfacf4?pli=1

6º No olvidar que el problema no es la tecnología; es su mala utilización.

Prohibir o regular el uso de celulares y otros dispositivos digitales

Autor: Hugo Diaz Publicado: septiembre 9, 2025

El 22 de mayo del presente año el Congreso de la República aprobó el proyecto de Ley presentado por la Comisión de Educación referido a la regulación del uso de teléfonos celulares inteligentes o cualquier otro dispositivo electrónico similar en instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica en sus niveles de enseñanza primaria y secundaria.

El país se suma a otros varios países que han dispuesto medidas similares con el objetivo de disminuir la sobreexposición al internet, combatir el “ciberbullying”, evitar riesgos en la salud y prevenir trastornos de salud mental en los estudiantes, así como promover ambientes sanos de socialización para estos. La restricción el uso de celulares inteligentes, o cualquier otro dispositivo electrónico similar, debe realizarse durante los procesos de enseñanza y aprendizaje en las aulas, en tanto su uso no sea guiado para el desarrollo de las competencias en el marco del Currículo Nacional de la Educación Básica.

El proyecto de ley aprobado no se aplica para aquellos estudiantes que requieran atención especial y que, por alguna condición de salud, se justifique el uso de algún dispositivo electrónico. Tampoco cuando el uso de dicho dispositivo sea permitido en forma expresa por la institución educativo únicamente para uso académico.

Los directores de todas las instituciones y programas educativos deberán implementar protocolos de actuación para dar cumplimiento a la norma, supervisar y aplican las medidas correctivas de acuerdo con los criterios de gradualidad, reiteración, razonabilidad y proporcionalidad. Corresponderá a los Ministerios de Educación y Salud promover e implementar campañas de reducción del uso excesivo de teléfonos celulares inteligentes en todas las instituciones y programas educativos del país. El segundo lugar, en sus campos correspondientes, aprobar el reglamento de la presente ley en un plazo de sesenta días calendario contados desde su entrada en vigor.

A las instituciones educativas públicas o privadas incluidas en la Ley deberán colocar en una parte visible en el exterior de los lugares de ingresos a la institución un aviso que indique: “El uso de teléfonos celulares en horarios de clase se encuentra restringido para los escolares, salvo autorización expresa de la institución educativa”.

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 1º Con buen criterio la norma aprobada se refiere a “regular”, no “prohibir”. Se quitará a las instituciones de enseñanza un papel clave en la formación de competencias digitales tan necesarias en la sociedad actual. No exime a los Ministerios de Educación y Salud y a las instituciones de enseñanza de adoptar las medidas que implican riesgos en el mal uso de estos dispositivos.

2º Los reglamentos que menciona la Ley que debieron aprobarse en sesenta días aún no han sido publicados. Se espera que sea pronto y que respete los estilos formativos de las instituciones.

3º Hay muchas escuelas y colegios que en sus normas han venido introduciendo regulaciones referidas al uso de herramientas y dispositivos digitales desde mucho antes que se aprobara el proyecto. Dada la realidad diferente de cada institución, lo deseable habría sido que se de a cada una la libertad de poder normar el uso inteligente de estas herramientas.

4º Ante el rápido proceso de desarrollo de las herramientas digitales, será importante que cuando sea necesario, las normas que se generen en las diversas instancias de la administración sean revisadas y enriquecidas.  El Ministerio de Educación, por ejemplo, podría revisar los alcances de las competencias digitales contempladas en el Currículo Nacional de la Educación Básica dada la importancia que ahora tienen herramientas como la Inteligencia Artificial, los Chatbots, la realidad virtual y aumentada en un enfoque integral de enseñanza, donde las tecnologías digitales en las aulas podrán ofrecer experiencias inmersivas para aprender historia, ciencias o geografía; enseñar a los niños a programar, crear y colaborar con robots y otras tecnologías. En síntesis, hacer del aprendizaje un proceso más interactivo y emocionante.

5º Una referencia que puede ayudar al Ministerio de Educación y a las insttuciones educativas a generar sus normas sobre el tema es:

https://notebooklm.google.com/notebook/5f53571a-f4b0-4839-94bf-c2a16dbfacf4?pli=1

6º No olvidar que el problema no es la tecnología; es su mala utilización.

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