Teniendo en consideración el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial el Ministerio de Educación ha difundido el oficio Nº 033-2013/MINEDU-SG-OGA-UPER que norma el ceso de profesores de la carrera luego de cumplir 65 años de edad.
Debe Registrarse o Iniciar sesión para publicar un comentario.
Desde Educared, queremos compartir a las familias una guía muy útil elaborada por el Ministerio de Educación en alian ...
Educación más allá del aula es un conjunto de conversatorios online organizado por Fundación Telefónica y Educared ...
A través de Fundación Telefónica/Movistar y “la Caixa” Foundation se ha puesto a disposición del Ministerio de E ...
Estamos en plena pandemia y cuarentena no me dejan salir de casa.
Estaos en plena pandemis y cuarentena no me dejan salir de casa.
Por si acaso el dato es que soy soy Sub Director
como saber mi situacion laboral ya cumpli los 65 años pero la Ugel no me hace llegar ningun docuento ¿que hago?
Cumplo 65 años el 28 de abril del presente año y se que me llegará mi carta de retiro lo que quiero saber es para retirarme; ¡ que documentos debo presentar en la UGEL, que beneficios me corresponde,y que debo hacer para pertenecer a la ONP?
Hey cesado el mes de setiembre del presente año 2019 y me han dado mi oficio de cese,y después mi RD dónde esta la CTS con un monto de 10,500 no entiendo cual seria el monto definitivo fui nombrada el año 1983 el 24 de Junio, en total tengo 36 años y meses de cual seria el monto que debo percibir,es muy claro que reconocen 30 años de trabajo y mi pension cual seria el monto a percibir,será acreedora a las bonificaciones del mes de Diciembre y escolaridad del presente año después de mi cese.
Le agradezco por su atención Señor Hugo Diaz.
Gracias
Clelia. La jubilación es por edad, Los jubilados recibe bonificaciones por navidad. Saludos
CONSULTA: CON LA NUEVA LEY DE PROFESORADO EL LIMITE DE EDAD PARA CESAR EN EL CASO DE PROFESORAS O MAESTRAS?
Buenas tardes, un docente que a la fecha se encuentra desempeñándose como director de UGEL ha cumplido 30 años de servicios en el mes de agosto, donde y como se le efectúa el cálculo para percibir el pago por su ATS en la UGEL donde viene ocupando el cargo o en su UGEL de origen. Saludos
Fernando. En función de donde esté su cargo como titular. Saludos
Buenos días, mi mama cesa por limite de edad a fines de agosto, ya llegó la resolución a su colegio, pero quería saber que beneficios le corresponden, si podría mencionarlos de forma detallada y cual es la forma de calcularlos. Tengo entendido que la LBS es diferente en el sector público, ella es nombrada y ha laborado mas de 32 años.
Sandra. Ella ya debe haber cobrado su bonificación por años de servicio, por lo tanto no le correspondería. Lo que le corresponde es tramitar su pensión de jubilación. Debe presentar una solicitud con los documentos que le indiquen en la Ugel. No se si cotiza en la Derrama Magisterial. Por allí también puede hacer un cobro. Saludos
Soy Secretario de una Institución Educativa, 65 años cumplo el 27-12-2019 y con 35 años de servicio, cuanto me corresponde me pensión mensual 500 soles o 892.36 soles.
Juan. Eso debe averiguarlo en la Uge. Me parece que el personal administrativo cesa a los 70 y no 65 años. Saludos
Por favor ayuda, mi resolución de cese salio el 10 de Abril me dijeron que mi liquidación Jubilación salia automáticamente,me accidente y no puedo movilizarme que debo hacer para agilizar el tramite.
Elena. Normalmente las liquidaciones demoran. Solo que algún familiar vaya a la Ugel y explique su situación. Recuerde que eso tiene que están incluido en el programa de desembolsos del mes siguiente. Saludos
Mi esposo cumplió sus 65 años el 7 de julio, hasta cuando debe de trabajar, agradezco su respuesta.
Marisol. Hasta el momento que le llegue la carta. Es posible que ya le haya llegado. Saludos
QUE REQUISITOS SON INDISPENSABLES PARA ATENDERSE EN ATYENCION GERIATRICA SOYM CESANTE PENSIONISTA AGRADECEREE ENVIAZR INFORMACION
Honorio. Me imagino que usted quiere servirse con Padomi. Tiene que tener 80 años. Hacerse un chequeo en el IPSS para que lo diagnostiquen y vean el medico que lo visitará. Saludos
deseo saber si un profesor hace una permuta en junio del presente año pero segun la ley esta se comienza a ejercer a partir del 1 de marzo del 2020, mi preocupacion e si puedo pedir mi ces voluntario, es procedente
Guillermo. Pero cual es si situación dentro de ese proceso. Usted es uno de los que hará la permuta? Si es así podría anularse todo el proceso previo pues ya no habría permuta. Saludos
Buen dia Doctor, una consulta: soy Docente de I.E. sin embargo la ugel a donde pertenezco me quieren destacar por necesidad de servio a la ugel(SEDE ADMINISTRATIVA), y mi duda es si se puede o no, porque no voy a ejercer funciones de especialista, me van hacer ejercer como apoyo de una área administrativa. sáqueme de dudas
Anderson. Supongo que hay una justificación. Una de ellas puede ser que se enmarca dentro de la racionalización. Tiene que averiguar en la Ugel que va a suceder con los derechos que usted tiene en la carrera magisterial. Si los conserva o los pierde. No deberían poder afectaremos. Saludos
Dr. soy profesora de educación secundaria, mi mamá falleció el 26 de diciembre del 2018, al hacer el trámite por subsidio por luto y sepelio se me ha entregado una resolución con el monto de 3000.00. Sin embargo mi sueldo en diciembre 2018 correspondía RIM 29944 A S/. 2000.00. Consulto está bien mi liquidación o me correspondería más ´para hacer el reclamo pertinente.
Ninon. De acuerdo a la norma los 3000 es la cifra correcta. Saludos
SR. HUGO YO CUMPLI MIS 65 AÑOS EL 04 DE ABRIL, SIN EMBARGO LA UGEL ME NOTIFICA CON RESOLUCIÓN EL DESPUÉS DE 8 DÍAS, TENGO ERECHO A QUE ME PAGUEN O NO ME CORRESPONTE PORQUE SEGUI TRABANAJO
Abelino. Se desliga desde el momento en que se oficializa su retiro por jubilación, Antes no porque puede interpretarse como abandono de cargo. Trabaja hasta eludía que sale su resolución Saludos
Dr. muy buenas tardes, soy auxiliar de educación (de profesión asistenta social) y cumplí 65 años el 03 de mayo de este año, y me notifican con la jubilación por edad, pero la realidad es que no deseo jubilarme por lo efímero de mi futura pensión que no permitirá cubrir un préstamo financiero que tengo. Mi pregunta es si en mi caso -por no ser docente- es obligatoria mi jubilación a los 65 años o recién al cumplir 70 años? En todo caso que debo hacer para seguir laborando hasta los 70 años en mi plaza? De antemano muy agradecida estimado Dr. Bendiciones.
Nelly Isabel. En el caso de las mujeres la jubilación es a los 65 años. Tendria que retirarse si llegó la orden. Ver si por allí puede lograr un contrato… Saludos
Yo soy docente cesado El dia 6 de mayo de 2 019, por cumplir mi 65 años.
¿Que beneficios voy a gozar?
¿Sera que me pagaran el CTS, Y Bono de Reconocimiento y el tirmpo de servicios?
Calixto. No sé si ya cobro por sus años de servicio. Si ya lo hizo ni le corresponde. Lo que tiene que tramitar es su pensión de jubilación Saludos
deseo cesar como profesor en agosto tengo 62 años los mismo que los cumpli en febrero,deseo saber cuanto aproximadamente sera mi remuneracion, tengo 37 años aportando en forma continua a la 19990, por favor deseo su respuesta
Guillermo. Los datos que me da no son suficientes. El calculo debe solicitarlo a la Ugel. posiblemente será las 37 avas partes de loo que le correspondería cuando hubiese cumplido la edad de retiro que son 65 años. Saludos
Sr. Diaz. Cumplo 65 años este 10 de Mayo y quiero seguir laborando hasta fin de año. Podría facilitarme el número del oficio o Resolución donde dice que puedo continuar laborando?.
Muchas gracias.
Carmen. Esa fue la decisión inicial, de dejarlos trabajar hasta fin de año. Ahora depende de si el colegio o la UGEL están en posibilidad de cubrir ese vacío. Es una decisión que debe consultarla con la UGEL pues ellos tienen la base informativa que le permite ese respuesta. Saludos
Un docente ya cesado por limite de edad puede nuevamente ser contratado por la ugel, u otro organismo del estado.
Agradezco su respuesta
Carmen. Puede solo bajo contrato. Hay normas que indican que se suspende temporalmente el cobro de pensión. Saludos
Personalmente considero que es un trato injusto que nos dan a los pensionistas o cesantes, el maestro se ha entregado cuerpo y alma a la enseñanza, son ustedes quienes ocupan cargos en niveles altos el resultado del trabajo del maestro, que ahora vive como un mendigo con un sueldo irrisorio de 500,600,800, y cómo es posible se olviden de su maestro. Requerimos urgente una mejora sustancial del mísero haber que recibimos cada mes, que no alcanza para vivir con decoro. El gobierno tiene la obligación de preocuparse y establecer normas efectivas de mejora.
Alfredo. Es un problema casi mundial. Pocos países están haciendo esfuerzos en esa línea. En América Latina Chile es uno de ellos. El problema es que es difícil atender las demandas de solo un sector de jubilados. Las medidas tienen que se para jubilados de todos los sectores laborales. Saludos
Hola que tal saludos, tengo una consulta soy hija de una docente coordinadora de nivel inicial nombrada en la ciudad por muchos años trabajo en una zona por cierre de locales le dieron otra zona la cual pertenecia a una docente nombrada que asumio otro cargo de directora la cual dos años depues volvio a su primera plaza dejando a mi madre sin plaza y le informa la ugel que la enviaran a zona rural lo cual se niega a asistir hay algo que se pueda hacer? me parece mal la decision de la ugel ya que ella se nombro el la ciudad y claro por no querer asistir se le abrira proceso indican y esta pensando en retirarse pero quiere proceder al cese voluntario pero no esta informada tiene actualmente 50 años algunos compañeros le indican que no puede y ella se siente fatal
Macarena. La edad para jubilarse y salir con el 100% de su pensión es 65 años.Saludos
Buenos días, cesé por límite de edad con 33 años 9 meses en Octubre; y hago llegar mi disconformidad con el sueldo de los cesantes. El MINEDU y el Ministerio de Economía deberían considerar una pensión justa para los docentes que damos el 100% a nuestro trabajo e ininterrumpida y con mucha responsabilidad. Por favor merecemos respeto y que nuestro malestar sea escuchado. Gracias Sr. Hugo.
Ana Maria. Es cierto que las pensiones están en un nivel muy bojo y hay que elevarlas. El Ministerio de Economía y Finanzas tendría tendría que hacer los estudios necesarios para ver hasta cuánto es posible mejorar las pensiones. Posiblemente no al 100% oro coincido con usted que no se puede sobrevivir con esos sueldos luego de haber aportado durante toda su vida laboral. Saludos
Buenas noches una consulta espero pueda aclararme está situación, hay una docente que asumió el cargo de directora pero pero ella cumple 65 años en el mes agosto, ella dice que por encargo de la UGEL se queda hasta diciembre .Eso puede ser cierto… O o no…
Pero más arriba usted dice que puede a través de un contrato, ella puede quedarse todo el año. Me gustaría saber pues es una persona en reunión de primer día nos ha dicho que se quedara todo el año por disposición de la UGEL
Paty. Eñ tema es si en el presupuesto de la escuela hay presupuesto para contratos que no se esté usando. Saludos
Paty. Hay una norma que remite ello. Saludos
Dr Hugo Diaz mi pregunta es si puedo todavía ser contratado ya que los 65 los cumplo en el mes de setiembre?,
Hugo. No le van a permitir. Saludos
Saludos, soy un especialista que tiene resoluciónes de designación hasta febrero del 2021 pero cumplo 65 años en diciembre del 2019, ¿que posibilidad tengo para que pueda continuar cumpliendo la resolución de designación?
Alfredo. El retiro a esa edad. Como parte de la carrera es posible que le demanden su renuncia. La única posibilidad es un contrato. Saludos
En la ley del profesorado el cese es a los 70 años y el ley de Reforma magisterial contempla a los 65 anos , la situación se da por que escuchaba el descontento de profesoras especialmente que pedían que disminuyan la edad y ahora no están de acuerdo.Una critica al MINEDU que deben dar un buen trato al docente es el caso de Directores que tienen designación de Directores hasta febrero del 2019 sin embargo no han respetado la UGEL General Sanchez Cerro, y peor aun envían un oficio que comunican el cese 3 días antes de cumplir los 65 anos, ahora para la entrega de cargo se necesita de unos días por lo menos 15 días hábiles y quien paga al docente Director, esto constituye un abuso y maltrato lo considero una burla de porte del Director de la UGEL y funcionarios comprometidos. por otro lado las pensiones son irrisorias, el estado no vela por los docentes y Directores que reciban una pensión digna, no cumplen con el PAGO de la CTS en forma oportuna en algunos casos va de 8 meses a años de espera, es una injusticia total.
Fernando Marcelino. Le doy la razón. Es una tragedia pasar de activo a cesante. Saludos
Tengo 7 anos y 9 mese e la carriera magisterial puedo ir en pensione con 64 anos de edad. Puedo riconoscere los anos de estudio . Quanto se paga por estos anos.estoy en el extranjero y no tengo derecho a la pensione porque no llego a tener. 20 anos de aportacion.Gracias.un
Ana. Así es, tiene muy pocos años de servicio. No le da para tener pensión. Saludos
Una pregunta, el cese por jubilación, se hace efectivo solo cuando llega al tope de la edad o si tiene los 30 años de labor independientemente de la edad??, gracias
Sonia. Es por edad no por años de servicios. Saludos
Apreciado doctor . Voy a cumplir 65 el 5 de Noviembre , me llegó la carta de invitación al retiro . He presentado un recurso a la UGEL 02 haciendo ver que tengo derechos a que me haga llegar la RESOLUCIÓN DE CESE asignandome mi CTS . Pero la carta de invitación dice ” Posteriormente le saldrá la resolución. Mi pregunta es :¿ Qué derecho le asigna a la Directora de la UGEL 02 a decirme vete y dejarme sin sueldo y sin CTS . Por favor espero su comentario .
Muy agradecida por esta oportunidad que me brinda .
Los que estamos a punto de cesar, merecemos respetos y no tienen ellos el derecho de maltratarnos EMOCIONALMENTE , ellos son sádicos porque obligan a los directores a que insistan en que al siguiente día del cumpleaños nos debemos ir , pero en cuanto a los derechos , no se pronuncian .
Gloria. La norma señala que cumplida la edad, al finalizar el mes cesa. Lo que debe hacer la Ugel es tener preparada la documentación para que usted realice los trámites de la pensión correspondiente.Coincido con usted que hay que tratarlos con mucho respeto. Saludos
Buen dia Doctor Hugo y muchas gracias por sus respuestas y aclaraciones.
Hoy quisiera consultarle a cerca del calculo que hace el MED de los años de servicios oficiales para efectos del monto de pago por el mismo. Ingrese como contratada al servicio del magisterio en agosto de 1985, me nombre el año 1998 mediante concurso nacional, pase a la carrera magisterial en el 2009 y el MED me reconoce solo 21 años. es correcto? por favor agradezco su respuesta. trabaje en forma ininterrumpida durante todo este tiempo. gracias.
Elizabet. Lo que puede estar sucediendo es que la norma de reconocimiento de años de servicios de contratos salió poco antes que usted fuera nombrada. Y en este caso, como en otros, la ley no es de aplicación retroactiva. Saludos
Buenos días Sr. Hugo hay un caso sobre el cese por limite de edad de un docente que fue designado como director. La pregunta es con que cargo se le cesa como profesor o con el ultimo cargo que esta ejerciendo (director). gracias por la atención.
Fernando. Se le cesa como director pero para efectos del calculado e la pensión no se toma en cuenta ello sino los aportes de los últimos 18 meses. Saludos
Buenos días Hugo, soy docente con 39 (incluyendo 4 años de estudio con resolución) años de servicio a la educación en Rodriguez de Mendoza, ley 19990, me faltan aún 5 años para el límite de edad, reulta que como muchos de mis coleguitas no cesamos adelantado por las mísera pensión que recibimos luego que no alcanza ni para comer, deberían tomar el tema de la jubilación con más seriedad,teniendo en cuenta que la vejez de las personas es bastante larga y en muchos casos tormentosa, se habla de invitación al cese de docentes viejos, pero no se conoce las estrategias que decide tomar la patronal que dicho sea de paso maltrata y mucho , a los docentes, la salud va deteriorándose con los años y hay jóvenes que pueden volcar sus energías e innovaciones con nuestros estudiantes están por ahí, resagados, desempleados, no es justo para ambos extremos, nuestro Ministro escobita nueva, debería escuchar el clamor de sus docentes y atendernos con justicia y equidad, por que tanta diferencia en sueldos en el sector público, porque tanta indiferencia, porque tanta ceguera a problemas latentes y urgentes.
por otro lado debo mencionarle que después de terminada la huelga los docentes nos comprometimos a recuperar cada hora de clase no dictada, resulta que si, lo hicimos y nunca recuperaron el total de nuestro sueldo descontado, la región Amazonas no cumplió y sabe Dios en que bolsillo quedaron estos fondos, necesitan ser auditados los señores de planillas de esta región porque suelen manipular nuestras planillas a su antojo y muchos no nos damos cuenta de esos robos sistemáticos de los cuales somos víctimas muchos docentes, puede ser un sol, pero tienen un dueño y muchos centavos forman cantidades, necesito que usted lea y analice mi comentario que es reflejo de muchos en situaciones similares señor. gracias por su respuesta, que tenga un bonito día por lo menos usted si trabaja fuera de las aulas.
Delicia. El problema d elas pensiones es mundial y no solo peruano. Estoy de acuerdo en que deben mejorarse las pensiones, lo que no estoy muy seguro es del cuanto de mejora pues la actual estructura del presupuesto no da para mucho, además que la solución pasa por mejorar no solo a los cesantes maestros sino a los de todo el sector público, lo cual cuesta mas. En cuanto a lo segundo, los datos que tengo es que no todos los docentes cumplieron con la recuperación de horas, lo cual se sabía desde el principio. No obstante ello, cobraron como si lo hubieran hecho. Seguramente no es su caso. Depende de la calidad el sistema de información con la que se haya trabajado la recuperación de clases y devolución de días descontados. Es la consecuencia de las paralizaciones. No es que no deban haberlas pero hay que ser consciente de los riesgos de no recuperar los días descontados. Esta vez hubo suerte. Pero no necesariamente puede ser en otra ocasión como ya fue en el pasado. Saludos
Sr. Hugo Diaz buenas noches molesto su atención postulé a una plaza de contrato estoy en el cuadro de mérito del minedu ,UGEL ,drelm me adjudican la plaza yluego me la retiran por límite de edad los 65 años los cumplí hace 10 días y no puedo trabajar. La pregunta de rigor es nuestro Pdte. tiene 78 años, el ministro de Educación también es mayor congresistas también hay mayores y siguen
laborando.Agradezco su amable respuesta.
Nelly. El problema es la ley. Para las personas que menciona no hay topes de edad; para los maestros sí. Saludos
una consulta mi madre cumple el 31 de enero del 2018 65 años de edad ella aun tiene que laborar ese año completo para recibir su pension maxima? o ya en marzo de este año puede juvilarse y recibir su pension maxima teniendo en cuenta que ya tiene 30 años de experiencia laboral
en resumen al cumplir 65 te puedes juvilar ahi mismo o seguir aun laborando ese año que cumplio 65 años de edad
Wendy. Dd acuerdo a la Ley a los 65 años es la edad de jubilación. para evitar problemas con el reemplazo de los que se van retirando se dispuso que concluyan el año. Saludos
Buenas noches señor Hugo Diaz, mi consulta es a nombre de mi padre, quien se encuentra laborando actualmente como Director de UGEL (nombrado en el último concurso para Directores de UGEL) y quien ya cumplió 65 años.
Considerando las siguientes circunstancias:
– Aun no le cursaron su oficio de cese.
– Mi padre aún tiene pendiente su contrato con el Ministerio de Educación por tres años, el cual vence el año 2018.
– Cumplió 65 años en agosto de éste año 2017.
– Y que él se encontraba laborando como especialista en otro departamento antes de ser nombrado como Director de UGEL.
Mi consulta es, ¿Cómo ha de ser la situación actual de mi padre al haber cumplido ya los 65 años, siendo Director de UGEL y con contrato pendiente con el Ministerio de Educación?, ¿Si le cursaran el oficio de cese deberá retirarse o continuar, teniendo en cuenta su contrato con el Ministerio.
Luis. Si su padre está nombrado y llegó al límite de edad establecido en la Ley seguramente a fin de año le cursarán una carta anunciándole el cese. Me imagino que cuando usted se refiere a contrato está hablando de nombramiento, además que está incurro en la Ley de Reforma Magisterial. La única posibilidad que siga en el sistema, no necesariamente en el cargo que tiene es con un contrato. Saludos
Tenga ud. buen dia SR. Hugo diaz, felicitándolo por su disposición Y COMPROMISO de apoyo al magisterio peruano, agradeciendo su respuesta Y DESEÁNDOLE LOS ÉXITOS DE SIEMPRE
Soy una docente que cumplí 65 años de edad en el mes de enero del presente. Suponiendo que el cese es de oficio, lo cual hasta el momento no me ha llegado y yo sigo laborando.Mi consulta es: CUAL ES MI SITUACIÓN? DEBO SEGUIR LABORANDO EN ESPERA DEL OFICIO DE CESE? o QUE ES LO QUE DEBO HACER? POR FAVOR.
Elizabeth. En principio usted sigue laborando hasta que salga la resolución de cese. No lo haga antes pues si sale y no hay resolución lo pueden tomar como abandono de cargo. Saludos
en el caso que por conncurso se designe director de una II.EE. por 3 años y este es cesado por limite de edad al año.
La pregunta:¿Tiene que culminar los 3 años?¿se deja sin efecto el cese por limite edad?¿sus beneficios seran reconocidos como director cesante o profesor?
Johnny. El cese es por ley. La permanencia en el trabajo es una norma de menor rango.. Los beneficios se calculan en función del tiempo de servicios, el tipo de régimen pensionario en el que está la persona que se va a jubilar. Saludos
Estimado Hugo, me preocupa que los especialistas en educación no hayan realizado un estudio sobre la edad de los docentes y su labor en el aula. Ud. es un analista en educación y creo que conoce las estadísticas en las cuales muchos docentes en el nivel EBR tienen 50 a más años, ¿Crees que tienen las mismas condiciones físicas y emocionales para continuar enseñando? quisiera que imagines cómo será su trabajo con 60 y más años.
Creo que ya es hora que se analice las ventajas y desventajas de tener docentes mayores de 50 años en el aula y se presente un proyecto de Ley para que los docentes puedan jubilarse con todos sus derechos al cumplir los 50 años de edad.
Renato. En eso no hay discusión. Las leyes permiten el trabajo hasta los 65 o 70 años. Eso hay que respetarlo. Uno nunca debe decir de esta agua no beberé. Saludos
Estimado Sr. Hogo:
Tengo un colega que el proximo año, en el mes de abril (04) cumple 65 años. El tema es que el colega tiene solo 3 años de nombrado y 14 años de contratado. ¿Como sera su jubilacion y sus haberes?
Gracias.
Juan. Depende en que régimen de jubilación esta. Si es en AFPs es en función de las cotizaciones que haya realizado. Saludos
Es oportuno que los docentes que son invitados al retiro por limite de edad tengan garantizados tambien sus pagos pendientes (Así lo dice el mismo Reglamento). Antes de emitir estos oficios los directores de UGELES y DRET tienen que saber que también tienen que aplicar el Reglamento en lo que a CTS se refiere, no se trata de decir te vas y no se como te las arreglas para que te paguen tu CTS. Sería una falta de respeto al derecho a la VIDA inclusive. Igual debe difundirse como se pagará su PENSIOB, como se calcula, cuanto le corresponde segun sus aportes, etc…….
Eleazar. Totalmente de acuerdo. Saludos
si un director ha sido cesado de oficio por límite de edad es necesario que le salga resolución para que entregue el cargo teniendo ya su remplazo.
ACTUALMENTE en época de pandemia, Si a un docente, le toca su cese por límite de edad este mes de Junio,¿La resolución de cese es automática o hay que solicitarala a la Ugel o a la direccion de la I.E,? ¿Hay que permanecer en cargo hasta que este el remplazo? ¿Cómo se debe proceder? ¿y en que tiempo le reponen su remuneracion en caso de que el cese ya salió?
Marleny. Asi es. Saludos
doctor saludos afectuosos desde Castilla en la Región Piura. Le agradecería mucho si ofrece su comentario acerca del tema de las permutas , claro está, contando con los reqwuisitos de ley, lo importante es saber cuando se pueden dar, ya que en la ley dice que son sólo una vez pro año. Muchas gracias y felicito por su encomiable labor educativa.
Helidoro. Las permitas se dan hasta antes que empiecen los concursos para contrato y nombramiento, aproximadamente desde noviembre. En efecto, es solo en ese periodo del año. Saludos
Doctor buenas tardes, tiene Ud razón hay muchos directores que pasan al cese como el caso de mi I.E. y sobre eso quisiera consultarle ¿Quien asumiría la Dirección en lo que queda del año? Mire Ud. acá tenemos tres colegas que están en la IV escala magisterial, pero también hay un colega que viene de la ley 24029 y que es el mas antiguo, con escala II y que ocupa la coordinacion de OBE .Quisiera que me oriente al respecto puesto al inicio del año escolar, los colegas de la IV escala reclamaron el cargo de Coordinación pero Ugel respondió que como no se tenia aun el Reglamento de la Ley de la Reforma magisterial y amparándose también en el oficio 005, le correspondía al mas antiguo, ademas se argumento que por falta de presupuesto no se les podía asignar a cualquiera de ellos el cargo, y sin embargo ya salio el oficio 035 que indica que se les cancele de acuerdo a su ley……esto es una cadena de atropellos, marchas y contramarchas que en realidad afecta mucho mas a quienes tuvieron la buena disposición de apostar por la Carrera Publica Magisterial……..Gracias Doctor espero su respuesta
Pedro. El problema es que mientras no salga la directiva de concurso de cargos de personal directivo es dificil responderle a su pregunta. No se sabe si mantendrán o cambiarán los criterios que se vinieron empleando. Saludos
Doctor el problema es que ya cesaron a los directores y deben ser remplazado inmediatamente, y no sabemos quien asumirá estos cargos en tanto se convocan a concurso y toman posición los ganadores y eso sera hasta el próximo año.
Pedro. Hay orden de que no cesen hasta que se haya cubierto la plaza. Saludos
Saludos Sr. Hugo Díaz, le consulto sobre los administrativos que ya tienen 65 años, es el caso de la I.E en la cual laboro, ya no puede cumplir con sus funciones pero no desea jubilarse. Esto genera un problema ya que los Directivos necesitan elaborar, enviar, etc, diversos documentos.Gracias por su respuesta.
Mar. La norma de la reforma magisterial alcanza a los profesores, no al personal administrativo. Sin embargo la pensión es alcanzable a los 65 años. Lo que no existe es una norma que obligue a ello en el caso de los administrativos. Saludos
Se que es pertinente que los colegas que cumplan los 65 años de edad cesen con un reconocimiento por la labor educativa que han desempeñado a lo largo de su vida profesional,sin embargo considero que reemplazarlos no es problema, pues existe el cuadro de méritos de los docentes que se han presentado para las contratas, lo que si es preocupante que las remuneraciones de los cesantes y jubilados son irrisorios, no compensa a todo lo que aportaron, esto si implica que se tenga en cuenta en el Ministerio de Educación.
Mucha. No es un problema tan simple. Las plazas hay que reemplazarlas con personal que cumpla los requisitos del cargo. Hay muchos que lo dejarán siendo directores, otros en determinadas especialidades. Además, usted conoce como son los tramites para cubrir una licencia. Lo mismo podrá suceder en este caso. Saludos
Considero pertinente la medida, pero hace falta para orientar a los colegas involucrados por límite de edad ¿Cómo y con qué monto o porcentaje de sus remuneraciones se calculará la pensión de jubilaci{on y las compensaciones, no es posible maltratar de esa forma, es ugente aclarar este asunto que expongo, los maestros antiguos merecen respeto.
amenaza
José Elías. Como sabe los pensionistas ganan sufre menos que un activo. Sólo lo pensionable de su talón de pagos. El tema que preocupa es como sacarlos 15 días después que cumplan 65 años. No ha y. Tiempo para reemplazarlos. La niños podrían quedarse sin profesor un buen tiempo. Saludos
cual seria el monto de su liquidacion de un maestro por 37 años de servicio pasa q mi padre esta jubilandose y m el esta preocupado por ese tema
Nike. Debe averiguarlo en la Ugel con datos más específicos de su carrera. Saludos