Establecen bonificación por ejercicIo de cargos de director y sub director de centros educativos
Ver link: Bonificacion Director DS227_2013EF
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buenos dias, sobre la bonificacion del D. S. 227-2013- EF, trabajo en una escuela en lima que da servicio a tres niveles: inicial, primaria y secundaria en un solo turno. ¿Es procedente que el director hasta la fecha siga cobrando por bonificación 800 soles si la escuela solo tiene un solo turno?
Fernando. El pago de 800 soles es por una escuela de dos turnos. saludos
buenos dias y felicitaciones por la pagina, la presente es para consultarle que conozco a un Director que cobra los 800 soles por concepto del decreto supremo 227-2013 por concepto de bonificacion por el cargo de director, pero el caso es que el director en su colegio donde trabajo solo tiene un solo turno y tres niveles en el mismo curso (inicial, primaria y secundaria). Es procedente ese bono para esa persona.
Fernando. En efecto, es para dos turno y no solo uno. saludos
Estimado señor Hugo Díaz felicitarlo por los comentarios que realiza con respecto a educación y mi consulta es la siguiente.
Soy director designado de una I.E. y me están haciendo el abono de los 600 soles como pago de dirección, pero yo atiendo a los niveles de primaria y secundaria en el turno de la mañana y en las tardes a partir de las 17:00 p.m. CETPRO: ¿Me corresponde el pago de los 800 soles por desempeño de director de dos turnos? espero su respuesta y a quien debo recurrir de ser positiva la respuesta.
Dany. Si es director titular si. Saludos
Dr, mi saludo cordial y gracias por su atención: sucede que en la UGEL de Lambayeque, no se programó el pago por cargo directivo, pero sucede que después del reclamo al área de planillas, se nos paga indistintamente cifras incorrectas sabiendo que son 400 para subdirectores, 600 para un turno de director y 800 para dos turnos de director; pero la interpretación que dan es que se tiene que pagar la diferencia por la asignación que se nos viene dando; para el colmo tengo dos turnos y se me paga sólo 11 soles, por los meses de octubre y noviembre. Me podría ilustrar claramente sobre este caso? La preocupación es que según el planillero ya se nos está pagando una parte y solo nos van a completar lo que falta de acuerdo al cargo. Gracias Dr, por su respuesta.
Isaac Ricardo. Lo que parece darse en varias regiones es que mientras no se pase los procesos de evaluación de la reforma magisterial los pagos de bonificaciones se hacen de acuerdo a los regímenes previos (Leyes del Profesorado y CPM). Todo el que ingresa bajo las nuevas normas si percibe lo normado para el ejercicio de esos cargos. Saludos
Estimado Dr. Hugo Díaz:
Soy un docente proveniente de la Ley del Profesorado y que el año 2013 postule y accedí a una plaza de Director; actualmente me ubico en la segunda escala y sigo como Director de una Institución Educativa de 20 secciones y dos turnos. El año pasado solo tuve un aumento aproximado de S/.60.00 por cargo, Cuando he acudido al área de planillas en la Ugel 04 solo tengo por respuesta, que como yo provengo de la Ley del profesorado solo tengo un mínimo aumento. Para este año se dispuso el Decreto Supremo N° 227-2013 en la cual se dispuso una bonificación a los Directores de S/.800.00 y no nos han pagado y solo tengo por respuesta la misma de siempre, que como provengo de la ley del profesorado no tengo derecho a percibir los aumentos ni bonificaciones. Mi pregunta es: Si la ley del profesorado ha sido derogada por la Ley de Reforma Magisterial, Por qué no me pagan en base a lo establecido en la actual ley??? O es que algunas personas de la Ugel 04 se están beneficiándo con mis ingresos? Agradeceré estimado Dr. me ilustre sobre el mismo y espero su pronta respuesta.
Ricardo Martín. Hay un artículo de la ley de presupuesto que dice que en el 2014 todavía le seguirán pagando a nivel de lo que le pagaban con la ley del profesorado. Saludos
Buenos día,Especialista Hugo Díaz. Mi consulta es por lo siguiente:
En los meses pasados se emite un Oficio de la Unidad de Personal del MINEDU sobre el pago de Encargaturasde Dirección y Subdirección, pero dá el caso que en el mes de Agosto pasado se nos suspendión dicha Remuneración y en la UGEL Jaén nos informan que el Ministerio de Educación y Economía no atienden las partidas para realizar la cancelación y que están esperando un D.S. en donde se les realice las transferencias de partidas. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA ASEGURÓ QUE LA LEY 29944 LRM ESTÁ DEBIDAMENTE FINANCIADA. ENTONCES POR QUÉ NO PAGAN ENCARGATURAS DE DIRECCIÓN Y SUBDIRECCIÓN, ASÍ COMO 25 AÑOS DE SERVICIOS QUE HE CUMPLIDO EN EL MES DE ENERO? USTED QUE ESTÁ CERCA A LOS AMIGOS DEL MINEDU PODRÍA BRINDARNOS UNA EXPLICACIÓN. GRACIAS. ÉXITOS. SALUDOS.
Luis Alberto. Es difícil comprender lo que esta pasando. Da la impresión que no tienen una idea clara de los compromisos que han asumido, que no hubo un estudio de costos previo y que los ajustes presupuestarios del camino hacen que el MEF vaya reduciendo las expectativas presupuestales para educación. Saludos