Internet: un derecho para armar

El Informe Global Sobre el Entorno Digital 2022 estima que poco más del 60% de ciudadanos en el mundo acceden a Internet. Las características de ubicuidad e instantaneidad de este nuevo entorno y la creciente intensidad con que millones de personas empezaron a participar de él, cambiaron las formas como consumimos, producimos e intercambiamos información. Se trata, por lo tanto, de una revolución cultural y es desde esta dimensión que el tema del acceso a Internet debe ser discutido. Así mismo, como argumenta el profesor Nick Couldry (2021), los medios de comunicación son infraestructuras de conexión no exentas de conflictos, tensiones y pugnas de poder político y económico, por lo que la discusión sobre el acceso a Internet tampoco puede ser ajena a estas cuestiones.

La revolución de Internet se gestó mediante un proceso complejo que intentaré simplificar desde dos ángulos. Por un lado, a raíz del cambio en el modelo de producción y distribución de contenidos: pasamos del broadcasting, típico de los “medios masivos”, a disponer de nuevas posibilidades interactivas en tiempo real. Y, por otro lado, con la masificación de este modelo gracias al desarrollo de dispositivos digitales con conectividad cada vez más fáciles de usar. La posibilidad de estar conectados en cualquier momento y en cualquier lugar hizo de Internet una extensión de nuestras facultades y consolidó el espacio virtual global como un territorio cotidiano.

Este proceso tiene hoy como centro a las plataformas digitales (llamadas por muchos “redes sociales”), que reemplazan la lógica unidireccional de los medios de comunicación tradicionales y los primeros portales de Internet que los emulaban. Es en estas plataformas, ofertadas como espacios “asépticos y neutrales” (lo pongo en comillas porque no lo son), donde se construyen los flujos de comunicación entre las personas y los datos en el mundo digitalizado.

Hasta aquí resulta claro admitir que el ecosistema de los medios de comunicación con los que interactuamos tiene su “alma” en Internet. Un “alma” que provee a cualquier tecnología de “inteligencia” (para usar el ridículo adjetivo smart con el que se presentan los dispositivos en red: desde los teléfonos hasta los semáforos). Internet es, pues, un ecosistema de conexiones mutuas entre aparatos y usuarios que no solo consumen contenidos, sino que también los crean, los almacenan en “nubes” y los despliegan a través de aplicaciones.

Estas nuevas dinámicas de comunicación nos llevan a discutir de modo inmediato al menos dos asuntos centrales: por un lado, las asimetrías de acceso a Internet, que generan brechas que impactan en el ejercicio de nuestra ciudadanía y en la calidad de nuestras democracias; por el otro, que quienes acceden a Internet lo hacen a un entorno desregulado que demanda el desarrollo de capacidades críticas y marcos legales que aseguren su neutralidad y libertad.

Internet como derecho humano

Internet es la pecera en la que vivimos sumergidos. Al menos ocho horas diarias interactuamos con otras personas y con algoritmos; compramos y vendemos; nos entretenemos y nos aburrimos; nos informamos y desinformamos; debatimos, insultamos, construimos identidades, producimos y negociamos. En este sentido, reconocer que Internet se ha convertido en un derecho humano constituye el punto de partida de cualquier debate serio sobre la materia, pues se inscribe en la premisa de que el mundo mediatizado que vivimos depende del acceso a la llamada “red de redes”.

Por eso, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas estableció el 2016 “la naturaleza mundial y abierta de Internet como fuerza impulsora de la aceleración de los progresos hacia el desarrollo en sus distintas formas, incluido el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible”. En su resolución, la ONU exhortó “a todos los Estados a que consideren la posibilidad de formular […] y adoptar políticas públicas nacionales relativas a Internet que tengan como objetivo básico el acceso y disfrute universal de los derechos humanos” (ONU, 2016).

Distintos países ya incluyen esta comprensión en sus constituciones o marcos legales. En el Perú, el acceso a Internet es reconocido desde el 2021 como un “derecho fundamental” que el Estado se obliga a garantizar. Así, según el texto aprobado por el Congreso, “en las entidades, instituciones y espacios públicos su acceso es gratuito. Asimismo, promueve el desarrollo científico y tecnológico del país a través de la formación en las tecnologías de la información y comunicación, en especial para el sector educativo y en las zonas rurales del país”. Si bien es un avance, como explica el experto en derecho digital Dilmar Villena (marzo de 2021), se omiten principios de neutralidad y libertad de la red, lo que enciende algunas alarmas respecto a su devenir inmediato.

Que la nueva norma legal aterrice al plano de la realidad cotidiana es otra cuestión compleja (recordemos que la Constitución ya reconoce otros tantos derechos que no se ejercen en la práctica). No obstante, es un hecho que permite empujar la cuestión de Internet como un problema social. La Secretaría de Gobierno Digital, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, impulsa desde hace unos años una Agenda Digital que debería servir de punto de partida para la deliberación. En un reciente estudio, este organismo conceptualiza la transformación digital como un proceso orientado a la resolución de asuntos públicos, que van desde incrementar el acceso a mejores servicios de salud hasta reducir el gasto y tiempo de atención en trámites, por ejemplo. Asimismo, muchos ciudadanos confían en que el acceso a Internet y la propagación de buenas prácticas de gobierno digital permitan atenuar el estado de corrupción que nos atraviesa, gracias a la posibilidad de transparentar procesos y permitirnos acceder a información pública para fiscalizarla.

Brechas y capacidades

Los meses de confinamiento en el contexto de la COVID-19 nos forzó a ver el nivel de dependencia a Internet. La falta de acceso privó a muchos ciudadanos de ejercer sus derechos y los sometió a una marginalidad cuyo impacto es fácil de apreciar en cualquier estadística. La falta de infraestructuras de interconexión digital viene generando, desde hace dos décadas, importantes brechas que repercuten de forma directa en el ejercicio ciudadano. Si bien los indicadores de acceso aumentaron durante la pandemia, permitiendo que más de la mitad de los hogares peruanos (55%) puedan tener Internet, son las brechas entre los ámbitos urbanos y rurales que incrementaron (pasaron de 47,7% a 59% y de 11,4% a 20,7%, respectivamente), así como entre Lima Metropolitana y las otras regiones del país (ENAHO-INEI, 2021).

Como explicó hace más una década el profesor Eduardo Villanueva-Mansilla (2009), “una sociedad democrática tiene que garantizar el acceso al conocimiento, a la información, y al mercado, en condiciones igualitarias y con regulaciones y protecciones adecuadas [y que]la manera más práctica de lograrlo es mediante la Internet” (p. 77). Ahora bien, este derecho fundamental va mucho más allá del acceso. El Estado debe incluir en su lista de prioridades otros asuntos vinculados con la calidad de ese acceso, lo que implica el desarrollo de capacidades digitales en los ciudadanos y la creación de un marco regulatorio que salvaguarde la pluralidad y la apertura a la red, como advertimos párrafos atrás.

Las mejoras en infraestructura digital en el país, que tiene como emblema la operación de la Red Nacional Dorsal de Fibra Óptica que debería dotar de conectividad a todo el territorio, no pueden carecer de orientación política. En esta medida es que no debemos ver el problema de Internet desde una dimensión solamente técnica. Si el acceso a Internet y su cualificación atañe el desarrollo de la ciudadanía y el ejercicio de sus derechos, debe venir acompañada de políticas educativas para promover la alfabetización digital con un sentido crítico o de políticas económicas para promover el desarrollo de capacidades digitales en las empresas. Los discursos fetichistas o ingenuamente utópicos, que suelen acompañar millonarias compras en dispositivos tecnológicos haciéndonos creer que el problema se agota cuando existe la herramienta o la conexión, deben matizarse con la evidencia.

Al menos figura ya en el papel la responsabilidad de un Estado que ha señalado el acceso a Internet como un derecho fundamental. Nos corresponde a los ciudadanos exigir su cumplimiento y un propósito humano que lo sostenga.

Artículo publicado originalmente en la revista Intercambio.pe

Referencias

  • Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Resolución A/HRC/32/L.20 
  • Couldry, N. (2021). Medios de comunicación. Por qué importan. Alianza Editorial
  • Hootsuite (2022). Informe Global Sobre el Entorno Digital 2022.
  • INEI (28 de diciembre de 2021). El 55,0% de los hogares del país accedieron a internet en el tercer trimestre del 2021. Nota de Prensa Nº 195.
  • Villanueva-Mansilla, E. (2009). ¿Es el internet un derecho? Chasqui. Revista Latinoamericana de Comunicación, (107), 74-86. 
  • Villena, D. (Marzo de 2021).  Perú reconoce el derecho de acceso a Internet como un derecho fundamental. Hiperderecho.

Internet: un derecho para armar

Autor: Julio César Mateus Publicado: septiembre 9, 2022

El Informe Global Sobre el Entorno Digital 2022 estima que poco más del 60% de ciudadanos en el mundo acceden a Internet. Las características de ubicuidad e instantaneidad de este nuevo entorno y la creciente intensidad con que millones de personas empezaron a participar de él, cambiaron las formas como consumimos, producimos e intercambiamos información. Se trata, por lo tanto, de una revolución cultural y es desde esta dimensión que el tema del acceso a Internet debe ser discutido. Así mismo, como argumenta el profesor Nick Couldry (2021), los medios de comunicación son infraestructuras de conexión no exentas de conflictos, tensiones y pugnas de poder político y económico, por lo que la discusión sobre el acceso a Internet tampoco puede ser ajena a estas cuestiones.

La revolución de Internet se gestó mediante un proceso complejo que intentaré simplificar desde dos ángulos. Por un lado, a raíz del cambio en el modelo de producción y distribución de contenidos: pasamos del broadcasting, típico de los “medios masivos”, a disponer de nuevas posibilidades interactivas en tiempo real. Y, por otro lado, con la masificación de este modelo gracias al desarrollo de dispositivos digitales con conectividad cada vez más fáciles de usar. La posibilidad de estar conectados en cualquier momento y en cualquier lugar hizo de Internet una extensión de nuestras facultades y consolidó el espacio virtual global como un territorio cotidiano.

Este proceso tiene hoy como centro a las plataformas digitales (llamadas por muchos “redes sociales”), que reemplazan la lógica unidireccional de los medios de comunicación tradicionales y los primeros portales de Internet que los emulaban. Es en estas plataformas, ofertadas como espacios “asépticos y neutrales” (lo pongo en comillas porque no lo son), donde se construyen los flujos de comunicación entre las personas y los datos en el mundo digitalizado.

Hasta aquí resulta claro admitir que el ecosistema de los medios de comunicación con los que interactuamos tiene su “alma” en Internet. Un “alma” que provee a cualquier tecnología de “inteligencia” (para usar el ridículo adjetivo smart con el que se presentan los dispositivos en red: desde los teléfonos hasta los semáforos). Internet es, pues, un ecosistema de conexiones mutuas entre aparatos y usuarios que no solo consumen contenidos, sino que también los crean, los almacenan en “nubes” y los despliegan a través de aplicaciones.

Estas nuevas dinámicas de comunicación nos llevan a discutir de modo inmediato al menos dos asuntos centrales: por un lado, las asimetrías de acceso a Internet, que generan brechas que impactan en el ejercicio de nuestra ciudadanía y en la calidad de nuestras democracias; por el otro, que quienes acceden a Internet lo hacen a un entorno desregulado que demanda el desarrollo de capacidades críticas y marcos legales que aseguren su neutralidad y libertad.

Internet como derecho humano

Internet es la pecera en la que vivimos sumergidos. Al menos ocho horas diarias interactuamos con otras personas y con algoritmos; compramos y vendemos; nos entretenemos y nos aburrimos; nos informamos y desinformamos; debatimos, insultamos, construimos identidades, producimos y negociamos. En este sentido, reconocer que Internet se ha convertido en un derecho humano constituye el punto de partida de cualquier debate serio sobre la materia, pues se inscribe en la premisa de que el mundo mediatizado que vivimos depende del acceso a la llamada “red de redes”.

Por eso, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas estableció el 2016 “la naturaleza mundial y abierta de Internet como fuerza impulsora de la aceleración de los progresos hacia el desarrollo en sus distintas formas, incluido el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible”. En su resolución, la ONU exhortó “a todos los Estados a que consideren la posibilidad de formular […] y adoptar políticas públicas nacionales relativas a Internet que tengan como objetivo básico el acceso y disfrute universal de los derechos humanos” (ONU, 2016).

Distintos países ya incluyen esta comprensión en sus constituciones o marcos legales. En el Perú, el acceso a Internet es reconocido desde el 2021 como un “derecho fundamental” que el Estado se obliga a garantizar. Así, según el texto aprobado por el Congreso, “en las entidades, instituciones y espacios públicos su acceso es gratuito. Asimismo, promueve el desarrollo científico y tecnológico del país a través de la formación en las tecnologías de la información y comunicación, en especial para el sector educativo y en las zonas rurales del país”. Si bien es un avance, como explica el experto en derecho digital Dilmar Villena (marzo de 2021), se omiten principios de neutralidad y libertad de la red, lo que enciende algunas alarmas respecto a su devenir inmediato.

Que la nueva norma legal aterrice al plano de la realidad cotidiana es otra cuestión compleja (recordemos que la Constitución ya reconoce otros tantos derechos que no se ejercen en la práctica). No obstante, es un hecho que permite empujar la cuestión de Internet como un problema social. La Secretaría de Gobierno Digital, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, impulsa desde hace unos años una Agenda Digital que debería servir de punto de partida para la deliberación. En un reciente estudio, este organismo conceptualiza la transformación digital como un proceso orientado a la resolución de asuntos públicos, que van desde incrementar el acceso a mejores servicios de salud hasta reducir el gasto y tiempo de atención en trámites, por ejemplo. Asimismo, muchos ciudadanos confían en que el acceso a Internet y la propagación de buenas prácticas de gobierno digital permitan atenuar el estado de corrupción que nos atraviesa, gracias a la posibilidad de transparentar procesos y permitirnos acceder a información pública para fiscalizarla.

Brechas y capacidades

Los meses de confinamiento en el contexto de la COVID-19 nos forzó a ver el nivel de dependencia a Internet. La falta de acceso privó a muchos ciudadanos de ejercer sus derechos y los sometió a una marginalidad cuyo impacto es fácil de apreciar en cualquier estadística. La falta de infraestructuras de interconexión digital viene generando, desde hace dos décadas, importantes brechas que repercuten de forma directa en el ejercicio ciudadano. Si bien los indicadores de acceso aumentaron durante la pandemia, permitiendo que más de la mitad de los hogares peruanos (55%) puedan tener Internet, son las brechas entre los ámbitos urbanos y rurales que incrementaron (pasaron de 47,7% a 59% y de 11,4% a 20,7%, respectivamente), así como entre Lima Metropolitana y las otras regiones del país (ENAHO-INEI, 2021).

Como explicó hace más una década el profesor Eduardo Villanueva-Mansilla (2009), “una sociedad democrática tiene que garantizar el acceso al conocimiento, a la información, y al mercado, en condiciones igualitarias y con regulaciones y protecciones adecuadas [y que]la manera más práctica de lograrlo es mediante la Internet” (p. 77). Ahora bien, este derecho fundamental va mucho más allá del acceso. El Estado debe incluir en su lista de prioridades otros asuntos vinculados con la calidad de ese acceso, lo que implica el desarrollo de capacidades digitales en los ciudadanos y la creación de un marco regulatorio que salvaguarde la pluralidad y la apertura a la red, como advertimos párrafos atrás.

Las mejoras en infraestructura digital en el país, que tiene como emblema la operación de la Red Nacional Dorsal de Fibra Óptica que debería dotar de conectividad a todo el territorio, no pueden carecer de orientación política. En esta medida es que no debemos ver el problema de Internet desde una dimensión solamente técnica. Si el acceso a Internet y su cualificación atañe el desarrollo de la ciudadanía y el ejercicio de sus derechos, debe venir acompañada de políticas educativas para promover la alfabetización digital con un sentido crítico o de políticas económicas para promover el desarrollo de capacidades digitales en las empresas. Los discursos fetichistas o ingenuamente utópicos, que suelen acompañar millonarias compras en dispositivos tecnológicos haciéndonos creer que el problema se agota cuando existe la herramienta o la conexión, deben matizarse con la evidencia.

Al menos figura ya en el papel la responsabilidad de un Estado que ha señalado el acceso a Internet como un derecho fundamental. Nos corresponde a los ciudadanos exigir su cumplimiento y un propósito humano que lo sostenga.

Artículo publicado originalmente en la revista Intercambio.pe

Referencias

  • Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Resolución A/HRC/32/L.20 
  • Couldry, N. (2021). Medios de comunicación. Por qué importan. Alianza Editorial
  • Hootsuite (2022). Informe Global Sobre el Entorno Digital 2022.
  • INEI (28 de diciembre de 2021). El 55,0% de los hogares del país accedieron a internet en el tercer trimestre del 2021. Nota de Prensa Nº 195.
  • Villanueva-Mansilla, E. (2009). ¿Es el internet un derecho? Chasqui. Revista Latinoamericana de Comunicación, (107), 74-86. 
  • Villena, D. (Marzo de 2021).  Perú reconoce el derecho de acceso a Internet como un derecho fundamental. Hiperderecho.

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