Por: Miguel Morachimo (*)
Estamos acostumbrados a pensar en los Derechos de Autor como ese aviso que viene en las primeras páginas de los libros y está lleno de prohibiciones: no copiar, no prestar. Sin embargo, los Derechos de Autor son parte de una política pública nacional más amplia sustentada en nuestro derecho fundamental de acceso a la cultura y el conocimiento.
Gracias a las leyes de Derechos de Autor existen bibliotecas, podemos estudiar con fotocopias o podemos usar citas de otros textos en una investigación. Desde esta perspectiva, los profesores y estudiantes somos los usuarios más frecuentes de este sistema y los más llamados a defender su verdadera esencia.
Es un error creer que los Derechos de Autor son una forma de propiedad diseñada para recompensar ilimitadamente al quien escribe un libro o compone una canción. En su esencia, son un sistema de permisos que buscan equilibrar el derecho que tiene todo creador a beneficiarse de su trabajo con el que tiene el público en general para acceder a la cultura y el conocimiento. Si los creadores tuviesen todos los derechos posibles para excluir al resto de usar sus obras, no existirían bibliotecas ni obras bajo el dominio público. Por el contrario, si los usuarios tuviésemos la libertad de usar todas las obras existentes como se nos ocurra sin compensar a los creadores, no existirían mercados culturales ni tantas obras como hoy existen y disfrutamos. El problema es que muchas leyes y propuestas contemporáneas para modificar el sistema de Derechos de Autor han terminado relativizando este equilibrio para privilegiar los derechos de unos pocos, como las empresas discográficas o editoriales, por encima de las del resto.
Así como los creadores tienen sus derechos exclusivos, el público en general tiene de su lado a los derechos de los usuarios representados en las excepciones y limitaciones al Derecho de Autor. Estos derechos son una lista definida de casos en los cuales es posible usar un libro, una película o una obra musical sin autorización del autor o pago de remuneración alguna. En el ámbito de la enseñanza, los principales derechos de los usuarios son:
Los Derechos de Autor son un sistema vivo que debe siempre acomodarse a su tiempo. No debemos de pensar en ellos como una tradición escrita en mármol, sino como una herramienta que las sociedades tienen para promover la creatividad y el acceso a la cultura de sus ciudadanos. Como súper usuarios de estos derechos, profesores y alumnos tenemos el deber de entenderlos su funcionamiento y apreciarlos críticamente. Así mismo, estamos llamados a demostrar sus posibles limitaciones y solicitar su modificación a nuestras autoridades como lo hacen otras partes interesadas.
* Colaborador del blog. Es abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Máster en Derecho, Ciencia, y Tecnología por la Universidad de Stanford, Estados Unidos. Director de Hiperderecho, una asociación civil dedicada a defender el potencial liberador de la tecnología en las políticas públicas. ¡Mira su charla en MayéuTICa sobre ciudadanía digital!
Por: Miguel Morachimo (*)
Estamos acostumbrados a pensar en los Derechos de Autor como ese aviso que viene en las primeras páginas de los libros y está lleno de prohibiciones: no copiar, no prestar. Sin embargo, los Derechos de Autor son parte de una política pública nacional más amplia sustentada en nuestro derecho fundamental de acceso a la cultura y el conocimiento.
Gracias a las leyes de Derechos de Autor existen bibliotecas, podemos estudiar con fotocopias o podemos usar citas de otros textos en una investigación. Desde esta perspectiva, los profesores y estudiantes somos los usuarios más frecuentes de este sistema y los más llamados a defender su verdadera esencia.
Es un error creer que los Derechos de Autor son una forma de propiedad diseñada para recompensar ilimitadamente al quien escribe un libro o compone una canción. En su esencia, son un sistema de permisos que buscan equilibrar el derecho que tiene todo creador a beneficiarse de su trabajo con el que tiene el público en general para acceder a la cultura y el conocimiento. Si los creadores tuviesen todos los derechos posibles para excluir al resto de usar sus obras, no existirían bibliotecas ni obras bajo el dominio público. Por el contrario, si los usuarios tuviésemos la libertad de usar todas las obras existentes como se nos ocurra sin compensar a los creadores, no existirían mercados culturales ni tantas obras como hoy existen y disfrutamos. El problema es que muchas leyes y propuestas contemporáneas para modificar el sistema de Derechos de Autor han terminado relativizando este equilibrio para privilegiar los derechos de unos pocos, como las empresas discográficas o editoriales, por encima de las del resto.
Así como los creadores tienen sus derechos exclusivos, el público en general tiene de su lado a los derechos de los usuarios representados en las excepciones y limitaciones al Derecho de Autor. Estos derechos son una lista definida de casos en los cuales es posible usar un libro, una película o una obra musical sin autorización del autor o pago de remuneración alguna. En el ámbito de la enseñanza, los principales derechos de los usuarios son:
Los Derechos de Autor son un sistema vivo que debe siempre acomodarse a su tiempo. No debemos de pensar en ellos como una tradición escrita en mármol, sino como una herramienta que las sociedades tienen para promover la creatividad y el acceso a la cultura de sus ciudadanos. Como súper usuarios de estos derechos, profesores y alumnos tenemos el deber de entenderlos su funcionamiento y apreciarlos críticamente. Así mismo, estamos llamados a demostrar sus posibles limitaciones y solicitar su modificación a nuestras autoridades como lo hacen otras partes interesadas.
* Colaborador del blog. Es abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Máster en Derecho, Ciencia, y Tecnología por la Universidad de Stanford, Estados Unidos. Director de Hiperderecho, una asociación civil dedicada a defender el potencial liberador de la tecnología en las políticas públicas. ¡Mira su charla en MayéuTICa sobre ciudadanía digital!
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