El gobierno publicó el viernes 3 de mayo el reglamento de la Reforma Magisterial. Si bien la norma ya está sancionada, resultará importante su análisis e identificación de sus fortalezas y aspectos críticos. Estos últimos resultarán valiosos para efectos de recomendar al Ministerio de Educación la emisión de algunas normas complementarias.
El informe preparado por el Instituto de Investigación para el Desarrollo y la Defensa Nacional puede verse en el archivo siguiente: Abr13-r
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Podría enviarme a mi correo una copia del Oficio Nº 0035-2013/Minedu-SG/OGA-UPER sobre destaques y pago de encargaturas, ya que en la red no lo encuentro.
Agradeceré su gentil atención.
Alexander. A su correo se lo envío. Saludos
ES MUY IMPORTANTE EL ANALISIS QUE SE HACE ACERCA DE LA EDUCACIÓN PERUANA, PUESTO QUE EN LA ACTUALIDAD HAY MUCHA DESINFORMACIÓN Y POR LO TANTO IGNORANCIA EN LAS NORMAS Y DOCUMENTOS QUE EMITE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN. GRACIAS POR LOS COMENTARIOS QUE NOS AYUDAN A CONOCER MEJOR NUESTRA REALIDAD EDUCATIVA.
Luis. Gracias por su comentario. Saludos
Buenas Tardes Dr. Hugo.
Agradeciendole de antemano por las respuestas.
Respecto a los Cargos Directivos, quiero hablarle exclusivamente de una Institucion Local.
En Una IE. Integrada, osea con sus 3 niveles.
Quien debe asumir la Dirección, exclusivamente un profesor de secundaria o cualquiera que de los 3 niveles?.
Si el Director es de Secundaria, el Sub Director ¿necesariamente tiene que ser de Primaria?, y especificamente ¿cuàl es la funcion en la I.E. del Sub Director?, si hablamos de una IE con 6 aulas en Inicial, 12 aulas en primaria y 15 aulas en secundaria.
La razón de estas interrogantes es: algunos especialistas de la Ugel indican, como no hay la cantidad de secciones necesarias para tener sub directores(20 aulas por nivel), entonces el Director asume secundaria, el Sub director Primaria y la Coordinadora Inicial, Pero tengo entendido que el Sub Director de un Integrado es quien se encarga de la parte pedagógica y el director de la parte administrativa, por favor Dr. aclareme esa duda, y si hay algun documento a leer faciliteme por favor. Muchas Gracias, Dios lo Bendigue
Vanguardia. La dirección general del colegio puede estar en manos de un profesor de cualquiera de los tres niveles. El ideal es que haya un complemento de visiones, es decir, que entre los dos cargos directivos haya una experiencia que permita manejar los tres niveles. Lo que está en la ley general de educación y el reglamento de gestión es lo normado en cuanto a funciones del director pero en ella no se le deja únicamente la parte administrativa, él es el responsable general en lo administrativo y pedagógico. El subdirector asume las funciones pedagógicas de una manera más ejecutiva, es decir, las pone en operación. Saludos
buen dia
con esta ley los mas perjudicados son los profesores de 24 hrs
por que no homologar a todos a 30 hrs incluido directores(+ bono por cargo)
y los profesores de la antigua ley cuando seran evaluados, es practicamente un ascenso automatico
Jesús. Cuando se es pregunto a las autoridades del Med respecto de los profesores de secundaria respondieron que era por limitaciones de financiamiento. En lo segundo coincido. Saludos
Continuando:
Abr13-r
Proyecto de orientaciones para acceso a cargos directivosOficio Nº 0035-2013/Minedu-SG/OGA-UPER sobre destaques y pago de encargaturasReglamento de la Reforma Magisterial: una análisis de mayor detalle.
Gracias Dr. Hugo
Vanguardia. De acuerdo. Serán esos documentos. Saludos
Estimado Hugo,
Si no hay evaluación de desempeño, no hay meritocracia y entonces la Ley de Reforma sería lo mismo que una Ley del Profesorado mejorada para los maestros provenientes de esta ley y ya con la CPM derogada.
Luis Francisco. Asi parece. No habrá evaluación del desempeño no se sabe por cuanto tiempo. Saludos