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El corregidor

Corregimiento.- Fue la división administrativa y territorial implantada por la corona española una vez instaurado el reino del Perú. Hubo 12 corregimientos en la jurisdicción del nuevo virreinato peruano: Cuzco, Cajamarca, Saña, Chiclayo, Arica, Collaguas, Andes del Cuzco, Ica, Arequipa Huamanga, Piura y Huancavelica. La extensión del territorio hizo que varios de estos corregimientos se subdividieran a su vez en corregimientos autónomos. La falta de límites claros entre los corregimientos fue motivo de disputa y pelea entre los corregidores, pues no solo estaba en juego el territorio, sino también la población indígena, en otras palabras, la mano de obra y fuerza de trabajo requerida para la obtención del tributo.

El corregidor y justicia mayor fue la autoridad política, administrativa y judicial con mayor presencia en el virreinato del Perú. Fue el "brazo del gobierno" en cada una de las provincias en la que se estableció y el encargado de hacer cumplir la ley en los más recónditos lugares del reino.

El corregidor era nombrado directamente por el rey y el periodo en el cargo iba de los tres años, si el nombrado se encontraba en el Perú, o cinco años si procedía de España. Una vez concluido este periodo era posible la prórroga en el cargo, pero sólo hasta el nombramiento del sucesor por la Real Audiencia. El cargo no podía ser otorgado a los indígenas, encomenderos, deudos de los oidores, mestizos, judíos o vecinos que residieran dentro de la jurisdicción del corregimiento. Su sueldo variaba de acuerdo a los repartimientos mercantiles u otros beneficios que obtenía por su cargo. Entre sus ayudantes se encontraban el teniente corregidor, el alcalde de indios, escribanos, escribanos alguaciles de indios, e intérpretes.

Entre sus múltiples obligaciones se encontraba el recorrido por las provincias de su corregimiento, pero sin detenerse en cada una de ellas más de 15 días; la vigilancia de la recaudación de tributos, la conservación y reparación de caminos y tambos ubicados a lo largo de los principales caminos dentro de su corregimiento, etc.

El corregidor administraba justicia tanto entre españoles e indígenas, pero siempre como primera instancia. De igual manera organizaba el registro personal de indios y velaba por que vivan en las reducciones. Del corregidor dependía el enviar a los indios a las minas a cambio de un salario, su instrucción, así como su evangelización. En el papel debía proteger a los indios frente a los abusos de los españoles, sobretodo en los temas agrícolas. Sin embargo, fueron los mismos corregidores los primeros en violar los precarios derechos de los indios. Muchas veces cobraban doble tributo o les imponían el reparto de mercancías, por lo que los indígenas debían pagar cuantiosas sumas de dinero.

El cargo de corregidor desapareció para siempre tras la revuelta que organizara Tupac Amaru II en 1780, ya que se puso en evidencia la gran concentración de poder que éstos podían llegar a tener y el abuso que cometían con la población indígena. Los corregimientos fueron reemplazados por las Intendecias (1784).

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